Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación (2014-2024)
El Consejo Europeo de Investigación (CEI) se dedica a la investigación en campos nuevos y emergentes, a veces denominada investigación en las fronteras del conocimiento. Este tipo de investigación puede tener carácter interdisciplinar e implicar planteamientos no convencionales. La presente Decisión de ejecución de la Comisión crea la Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación (ERCEA) que aplica el programa del CEI.
ACTO
Decisión de Ejecución de la Comisión 2013/779/UE, de 17 de diciembre de 2013, por la que se crea la Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación y se deroga la Decisión 2008/37/CE.
SÍNTESIS
La ERCEA es la agencia que gestiona las actividades del Consejo Europeo de Investigación.
El CEI funciona como un organismo de financiación autónomo dedicado a la ciencia que fomenta la investigación en las fronteras del conocimiento de primera categoría mundial. Con este fin proporciona financiación competitiva para la excelencia científica en campos de investigación nuevos que plantean un reto mayor y que entran en el ámbito de aplicación de Horizonte 2020.
Se confía a la ERCEA:
Estructura
El CEI consta de un consejo científico independiente y una estructura de aplicación especializada en forma de Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación.
Programa insignia Horizonte 2020
El programa del CEI es uno de los principales componentes de Horizonte 2020, el Programa Marco de la UE de Investigación e Innovación 2014-2020. Dicho programa tiene por objeto conseguir avances fundamentales tanto en las fronteras del conocimiento como más allá. Mediante la concesión de las subvenciones del CEI, la Unión Europea (UE) pretende generar nuevos descubrimientos científicos y tecnológicos impredecibles que sirvan de base para las innovaciones del futuro.
Posibles beneficiarios
Las acciones del CEI están abiertas a investigadores de cualquier nacionalidad, en distintos momentos de sus carreras y que quieran llevar a cabo su investigación en un país de la UE o un país asociado (países que hayan firmado acuerdos con la UE). Los principales investigadores del CEI no deberán tener su residencia permanente en Europa. Esta condición garantizará que la UE, además de apoyar el trabajo de los mejores investigadores europeos, intente atraer investigadores con talento de fuera de la Unión.
Aplicación del programa
A diferencia de otros programas que entran dentro del ámbito de Horizonte 2020, el Consejo Científico del CEI establecerá una estrategia científica global y tendrá plena autoridad sobre las decisiones relativas al tipo de investigación que debe financiarse.
La ERCEA cuenta con experiencia probada en la gestión de actividades similares del CEI con arreglo al VII Programa Marco de la Comunidad Europea para Acciones de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración (2007-2013). Según muestran la evaluación externa y el análisis de los costes y ventajas llevado a cabo por la Comisión Europea, la ERCEA garantizará una gestión de programas de alta calidad de las acciones del CEI incluidas en Horizonte 2020.
REFERENCIAS
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Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial de la Unión Europea |
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Decisión 2013/779/UE |
21.12.2013 |
1.1.2014 |
ACTOS CONEXOS
Decisión de la Comisión C(2013)8915, de 12 de diciembre de 2013, por la que se establece el Consejo Europeo de Investigación (DO C 373 de 20.12.2013, pp. 23-26).
Reglamento (CE) no58/2003 del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por el que se establece el estatuto de las agencias ejecutivas encargadas de determinadas tareas de gestión de los programas comunitarios (DO L 11 de 16.1.2003, pp. 1-8).
Reglamento (CE) no1653/2004 de la Comisión, de 21 de septiembre de 2004, por el que se aprueba el Reglamento financiero tipo de las agencias ejecutivas al amparo del Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo, por el que se establece el estatuto de las agencias ejecutivas encargadas de determinadas tareas de gestión de los programas comunitarios (DO L 297 de 22.9.2004, pp. 6-16).
06.11.2014