02015D1333 — ES — 13.09.2022 — 040.001
Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento
DECISIÓN (PESC) 2015/1333 DEL CONSEJO de 31 de julio de 2015 (DO L 206 de 1.8.2015, p. 34) |
Modificada por:
Rectificada por:
Rectificación,, DO L 268, 26.10.2018, p. 92 ((PESC) 2018/1290) |
DECISIÓN (PESC) 2015/1333 DEL CONSEJO
de 31 de julio de 2015
relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC
CAPÍTULO I
RESTRICCIONES A LA EXPORTACIÓN Y LA IMPORTACIÓN
Artículo 1
Se prohíbe:
ofrecer, directa o indirectamente, asesoramiento técnico, formación u otro tipo de asistencia, incluido el suministro de personal mercenario armado, en relación con actividades militares o el suministro, mantenimiento y uso de los artículos indicados el apartado 1, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo de Libia o para su utilización en Libia;
ofrecer, directa o indirectamente asistencia financiera en relación con actividades militares o para el suministro, mantenimiento o uso de los artículos indicados en el apartado 1, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo de Libia para su utilización en Libia;
participar, consciente y deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones a que se refieren las letras a) o b).
Artículo 2
El artículo 1 no se aplicará a:
el suministro, la venta o la transferencia de equipos militares no letales que estén destinados exclusivamente a uso humanitario o de protección, así como el suministro de asistencia técnica o formación relacionadas con lo anterior;
el suministro, la venta o la transferencia de prendas de protección, incluidos los chalecos antibala y cascos militares, exportados temporalmente a Libia por personal de las Naciones Unidas, personal de la Unión Europea o sus Estados miembros, representantes de los medios de comunicación y trabajadores humanitarios y cooperantes y personal asociado, únicamente para su uso personal;
el suministro, la venta o la transferencia de equipos militares no letales destinados exclusivamente a la asistencia al gobierno de Libia en materia de seguridad o desarme, así como el suministro de asistencia técnica, formación o asistencia financiera relacionadas con lo anterior.
El artículo 1 no se aplicará a:
el suministro, la venta o la transferencia de armas y material asociado, así como el suministro de asistencia técnica, formación o asistencia financiera relacionadas con lo anterior, incluido el suministro de personal;
el suministro, la venta o la transferencia de armas y material asociado, que estén destinados exclusivamente a la asistencia al gobierno libio en materia de seguridad o desarme, así como el suministro de asistencia técnica, formación o asistencia financiera relacionadas con lo anterior;
siempre que el Comité creado en virtud del punto 24 de la RCSNU 1970 (2011) («el Comité») los haya aprobado previamente.
Artículo 3
Se prohíbe la contratación por nacionales de los Estados miembros, mediante buques o aeronaves que enarbolen su pabellón, de artículos a que se refiere el artículo 1, apartado 1, desde Libia, sean o no estos artículos originarios del territorio de Libia.
CAPÍTULO II
SECTOR DEL TRANSPORTE
Artículo 4
Artículo 5
Los Estados miembros denegarán a toda aeronave el permiso para despegar, aterrizar o sobrevolar su territorio, cuando posean información que ofrezca motivos razonables para pensar que la aeronave contiene artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación están prohibidos en virtud de la presente Decisión, incluido el suministro de personal mercenario armado, excepto en caso de aterrizaje de emergencia.
Artículo 6
Artículo 7
CAPÍTULO III
RESTRICCIONES A LA ADMISIÓN
Artículo 8
Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para impedir la entrada a su territorio o el tránsito por el mismo de personas:
que ordenen, controlen o dirijan de alguna otra forma la comisión de violaciones graves de los derechos humanos contra personas en Libia o sean cómplices o partícipes en su comisión, en particular si han planeado, comandado, ordenado o ejecutado ataques, incluidos bombardeos aéreos, contra la población e instalaciones civiles, en violación del Derecho internacional, o de personas que actúen por cuenta de aquéllas, en su nombre o bajo su dirección;
que hayan sido señaladas por su implicación en las políticas represivas del antiguo régimen de Muamar el Gadafi en Libia, o por haber estado anteriormente vinculadas de algún otro modo a dicho régimen, y que continúen representando un riesgo para la paz, la estabilidad o la seguridad de Libia o para la conclusión satisfactoria de su transición política;
que realicen o apoyen actos que amenacen la paz, la estabilidad o la seguridad de Libia, u obstruyan o menoscaben la conclusión satisfactoria de su transición política, en particular mediante:
la planificación, dirección o comisión en Libia de actos que contravengan las disposiciones aplicables del Derecho internacional de los derechos humanos o del Derecho internacional humanitario, o de actos que constituyan abusos contra los derechos humanos en Libia,
ataques contra cualquier aeropuerto o puerto terrestre o marítimo de Libia, contra una institución o instalación del Estado libio, o contra cualquier misión extranjera en Libia,
la prestación de apoyo a grupos armados o redes delictivas mediante la explotación ilícita del petróleo crudo o cualquier otro recurso natural en Libia,
amenazas o coacciones contra las instituciones financieras del Estado libio y la Compañía Petrolífera Nacional Libia, o la participación en cualquier acción que pueda conducir a la malversación de fondos del Estado libio o a provocarla,
la violación de las disposiciones del embargo de armas en Libia establecido en la RCSNU 1970 (2011) y en el artículo 1 de la presente Decisión, o la ayuda para eludirlas,
la obstrucción o el menoscabo de las elecciones previstas en la hoja de ruta del Foro de Diálogo Político Libio,
la actuación por cuenta, en nombre o bajo la dirección de personas o entidades incluidas en la lista;
que tengan en propiedad o bajo su control fondos del Estado libio malversados durante el antiguo régimen de Muamar el Gadafi en Libia, que pudieran emplearse para amenazar la paz, la estabilidad o la seguridad de Libia, o para obstruir o menoscabar la conclusión satisfactoria de su transición política,
enumeradas en el anexo II de la presente Decisión.
El apartado 1 no se aplicará si el Comité determina que:
el viaje está justificado por motivos de necesidad humanitaria, incluida una obligación religiosa;
la exención contribuiría a los objetivos de la paz y la reconciliación nacional en Libia y a la estabilidad regional.
El apartado 1 no se aplicará si:
la entrada o el tránsito son necesarios para el desarrollo de un procedimiento judicial, o si
un Estado miembro determina, para el caso concreto, que la entrada o el tránsito son necesarios para el fomento de la paz y la estabilidad en Libia y lo notifica posteriormente al Comité en un plazo de 48 horas tras haberlo determinado.
El apartado 2 se entenderá sin perjuicio de aquellos casos en que un Estado miembro esté obligado por el Derecho internacional, a saber:
como país anfitrión de una organización intergubernamental internacional;
como país anfitrión de una conferencia internacional convocada o auspiciada por las Naciones Unidas;
en virtud de un acuerdo multilateral que confiera privilegios e inmunidades; o
por el Concordato de 1929 (Pacto de Letrán) celebrado entre la Santa Sede (Estado de la Ciudad del Vaticano) e Italia.
CAPÍTULO IV
INMOVILIZACIÓN DE FONDOS Y RECURSOS ECONÓMICOS
Artículo 9
Se inmovilizarán todos los fondos, otros activos financieros y recursos económicos que estén en propiedad o bajo control, directo o indirecto, de personas o entidades:
que ordenen, controlen o dirijan de alguna otra forma la comisión de violaciones graves de los derechos humanos contra personas en Libia o sean cómplices o partícipes en su comisión, en particular si han planeado, comandado, ordenado o ejecutado ataques, incluidos bombardeos aéreos, contra la población e instalaciones civiles, en violación del Derecho internacional, o han sido cómplices en la comisión de dichos actos; o de las autoridades libias; o de personas y entidades que hayan infringido o contribuido a la infracción de las disposiciones de la RCSNU 1970 (2011) o de la presente Decisión; o de personas o entidades que actúen por su cuenta, en su nombre o bajo su dirección; o de entidades que estén en propiedad o bajo control de las mismas o de personas y entidades enumeradas en el anexo III de la presente Decisión;
que hayan sido señaladas por su implicación en las políticas represivas del antiguo régimen de Muamar el Gadafi en Libia, o por haber estado anteriormente vinculadas de algún otro modo a dicho régimen, y que continúen representando un riesgo para la paz, la estabilidad o la seguridad de Libia o para la conclusión satisfactoria de su transición política;
que realicen o apoyen actos que amenacen la paz, la estabilidad o la seguridad de Libia, u obstruyan o menoscaben la conclusión satisfactoria de su transición política, en particular mediante:
la planificación, dirección o comisión en Libia de actos que contravengan las disposiciones aplicables del Derecho internacional de los derechos humanos o del Derecho internacional humanitario, o de actos que constituyan abusos contra los derechos humanos,
ataques contra cualquier aeropuerto o puerto terrestre o marítimo de Libia, contra una institución o instalación del Estado libio, o contra cualquier misión extranjera en Libia,
la prestación de apoyo a grupos armados o redes delictivas mediante la explotación ilícita del petróleo crudo o cualquier otro recurso natural en Libia,
amenazas o coacciones contra las instituciones financieras del Estado libio y la Compañía Petrolífera Nacional Libia, o la participación en cualquier acción que pueda conducir a la malversación de fondos del Estado libio o a provocarla,
la violación de las disposiciones del embargo de armas en Libia establecido en la RCSNU 1970 (2011) y en el artículo 1 de la presente Decisión, o la ayuda para eludirlas,
la obstrucción o el menoscabo de las elecciones previstas en la hoja de ruta del Foro de Diálogo Político Libio,
la actuación por cuenta, en nombre o bajo la dirección de personas o entidades incluidas en la lista;
que tengan en propiedad o bajo su control fondos del Estado libio malversados durante el antiguo régimen de Muamar el Gadafi en Libia que pudieran emplearse para amenazar la paz, la estabilidad o la seguridad en Libia, o para obstruir o menoscabar la conclusión satisfactoria de su transición política,
enumeradas en el anexo IV.
Podrán concederse exenciones para los fondos y recursos económicos que:
sean necesarios para sufragar gastos básicos, entre ellos el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;
estén destinados exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables y al reembolso de gastos correspondientes a la prestación de servicios jurídicos con arreglo a la normativa nacional, o
estén destinados exclusivamente al pago de tasas o comisiones, con arreglo a la normativa nacional, por servicios ordinarios de custodia o mantenimiento de fondos, otros tipos de asistencia financiera o recursos económicos inmovilizados,
previa notificación, en su caso, al Comité por el Estado miembro de que se trate de su intención de autorizar el acceso a dichos fondos, otros activos financieros o recursos económicos y si no media decisión negativa del Comité en un plazo de cinco días hábiles a partir de tal notificación.
Podrán concederse exenciones para los fondos y recursos económicos que:
sean necesarios para gastos extraordinarios, en su caso, previa notificación al Comité por el Estado miembro de que se trate y aprobación por parte del Comité, o
estén sujetos a garantía o resolución judicial, administrativa o arbitral, en cuyo caso los fondos, otros activos financieros o recursos económicos podrán utilizarse para cumplir con dicha garantía o resolución judicial, administrativa o arbitral, siempre que la garantía o la resolución se hubiera emitido con anterioridad a la fecha de adopción de la RCSNU 1970 (2011) y no sea en beneficio de una persona o entidad contemplada en el apartado 1 o 2 del presente artículo, previa notificación, en su caso, del Estado miembro de que se trate al Comité.
Por lo que se refiere a las entidades contempladas en el apartado 3, podrán concederse asimismo exenciones para los fondos, activos financieros y recursos económicos siempre que:
el Estado miembro de que se trate haya notificado al Comité su intención de autorizar el acceso a los fondos, otros activos financieros o recursos económicos, con uno o más de los fines indicados a continuación y si no media decisión negativa del Comité en un plazo de cinco días hábiles a partir de tal notificación:
necesidades humanitarias,
combustible, electricidad y agua para usos estrictamente civiles,
reanudación de la producción y venta de hidrocarburos en Libia,
creación, puesta en funcionamiento o consolidación de instituciones de gobierno civil e infraestructura pública civil, o
favorecimiento de la reanudación de las operaciones del sector bancario, incluidas las destinadas a apoyar o facilitar el comercio internacional con Libia;
el Estado miembro de que se trate haya notificado al Comité que dichos fondos, otros activos financieros o recursos económicos no se han de poner a disposición de las personas contempladas en los apartados 1, 2 y 3, ni en su beneficio;
el Estado miembro interesado haya celebrado consultas previas con las autoridades libias acerca del uso de dichos fondos u otros activos financieros o recursos económicos, y
el Estado miembro de que se trate haya puesto en conocimiento de las autoridades libias la notificación presentada de conformidad con el presente apartado y dichas autoridades no hayan formulado en un plazo de cinco días hábiles objeción alguna a la liberación de tales fondos, otros activos financieros o recursos económicos.
Por lo que se refiere a las personas y entidades enumeradas en el anexo IV, y no obstante lo dispuesto en el apartado 2, las autoridades competentes de un Estado miembro podrán autorizar la liberación de determinados fondos o recursos económicos inmovilizados cuando concurran las siguientes condiciones:
que los fondos o recursos económicos sean objeto de una resolución arbitral dictada antes de la fecha en que la persona física o jurídica, entidad u organismo a que se refiere el apartado 2 fuera incluida en el anexo IV, o de una resolución judicial o administrativa dictada en la Unión, o de una resolución judicial ejecutiva en el Estado miembro de que se trate, antes o después de esa fecha;
que los fondos o recursos económicos vayan a utilizarse exclusivamente para satisfacer las obligaciones garantizadas por la resolución arbitral o reconocidas como válidas en tal resolución, en los límites establecidos por las normas aplicables a los derechos de los acreedores;
que la resolución arbitral no beneficie a una de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos enumerados en el anexo III, IV o VI, y
que el reconocimiento de la resolución arbitral no sea contrario al orden público del Estado miembro afectado.
Cada Estado miembro informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del presente apartado.
El apartado 4 no se aplicará al abono en las cuentas inmovilizadas de:
intereses u otros beneficios correspondientes a esas cuentas;
pagos en virtud de contratos o acuerdos celebrados u obligaciones contraídas antes de la fecha en que dichas cuentas hayan quedado sujetas a medidas restrictivas, o
pagos en virtud de una resolución judicial, administrativa o arbitral dictada en la Unión o ejecutiva en el Estado miembro de que se trate, en relación con las personas y entidades enumeradas en el anexo IV,
a condición de que tales intereses u otros beneficios y pagos sigan estando sujetos a lo dispuesto en el apartado 1 o 2.
CAPÍTULO V
OTRAS MEDIDAS RESTRICTIVAS
Artículo 10
La Unión adoptará las medidas necesarias para determinar los objetos pertinentes a los que sea aplicable el presente artículo.
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
Artículo 11
No se concederá a las personas o entidades designadas que se enumeran en el anexo I, II, III o IV, ni a ninguna otra persona o entidad de Libia, incluido el Gobierno de Libia, ni a ninguna persona o entidad que presente reclamaciones a través de tales personas o entidades o a su favor, reclamación alguna, ya sea de indemnización o cualquier otra reclamación de esa índole, como reclamaciones de compensación o reclamaciones en virtud de garantías, en relación con cualquier contrato o transacción cuya realización se haya visto afectada, directa o indirectamente, total o parcialmente, por causa de medidas decididas de conformidad con la RCSNU 1970 (2011), entre ellas las medidas de la Unión o de cualquier Estado miembro acordes con la aplicación de las decisiones pertinentes del Consejo de Seguridad, o exigidas por dicha aplicación o de algún modo relacionadas con ella, o las medidas reguladas por la presente Decisión.
Artículo 12
Artículo 13
Artículo 14
Cuando el Comité designe un buque tal y como se menciona en el artículo 6, apartado 1, y en el artículo 7, apartados 1, 2, 3 y 5, el Consejo incluirá dicho buque en el anexo V.
Artículo 15
Artículo 16
Para maximizar el impacto de las medidas que contiene la presente Decisión, la Unión Europea animará a terceros Estados a que adopten medidas restrictivas similares.
Artículo 17
▼M40 —————
Artículo 18
Queda derogada la Decisión 2011/137/PESC.
Artículo 19
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
ANEXO I
LISTA DE PERSONAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8, APARTADO 1
1. Nombre: 1: ABDULQADER. 2: MOHAMMED. 3: AL-BAGHDADI. 4: nd.
Tratamiento: Dr. Cargo o grado: Jefe de la Oficina de Enlace de los Comités Revolucionarios. Fecha de nacimiento:1 de julio de 1950. Lugar de nacimiento: nd. Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: B010574. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Túnez (Supuesta situación/paradero: en prisión en Túnez). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 26 de marzo de 2015 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5519275
2. Nombre: 1: ABDULQADER. 2: YUSEF. 3: DIBRI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Jefe de la seguridad personal de Muamar el Gadafi. Fecha de nacimiento: 1946. Lugar de nacimiento: Houn (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011. Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525715
3. Nombre: 1: SAYYID. 2: MOHAMMED. 3: QADHAF AL-DAM. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: 1948. Lugar de nacimiento: a) Sirte, Libia; b) Egipto Alias de buena calidad: Sayed M. Gaddef Eedam. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: Pasaporte libio n.o: 513519. Documento nacional de identidad n.o: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 1 de abril de 2016) Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525735
4. Nombre: 1: QUREN. 2: SALIH. 3: QUREN. 4: GADAFI.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Embajador libio en Chad. Fecha de nacimiento: nd. Lugar de nacimiento: nd. Alias de buena calidad: Akrin Saleh Akrin. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Egipto. Fecha de inclusión en la lista:17 de marzo de 2011 (modificado el 26 de marzo de 2015 y el 26 de septiembre de 2014). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5519275
5. Nombre: 1: AMID. 2: HUSAIN. 3: AL KUNI. 4: nd.
Tratamiento: Coronel. Cargo o grado: Gobernador de Ghat (Libia meridional). Fecha de nacimiento: nd. Lugar de nacimiento: nd. Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia (Supuesta situación/paradero: Libia meridional). Fecha de inclusión en la lista:17 de marzo de 2011 (modificado el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar).
6. Nombre: 1: ABU 2: ZAYD 3: UMAR 4: DORDA
Tratamiento: nd Cargo o grado: a) director de la Organización de Seguridad Exterior; b) jefe de la Agencia de Inteligencia Exterior. Fecha de nacimiento:4 abril 1944Lugar de nacimiento: Alrhaybat Alias de buena calidad: a) Dorda Abuzed OE b) Abu Zayd Umar Hmeid Dorda Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: nd n.° d pasaporte: Libia número FK117RK0, expedido el 25 de noviembre de 2018, expedido en Trípoli (Fecha de expiración: 24 de noviembre de 2026) N.°nacional de identidad: nd Dirección: Libia (Supuesta situación/paradero: fallecido) Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 27 de junio de 2014, el 1 de abril de 2016, el 25 de febrero de 2020 y el 18 de julio de 2022) Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos).
7. Nombre: 1: ABU. 2: BAKR. 3: YUNIS. 4: JABIR.
Tratamiento: General de División. Cargo o grado: Ministro de Defensa. Fecha de nacimiento: 1952. Lugar de nacimiento: Jalo, Libia. Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525775
8. Nombre: 1: MATUQ. 2: MOHAMMED. 3: MATUQ. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Secretario de Empresas de Servicio Público. Fecha de nacimiento: 1956. Lugar de nacimiento: Khoms (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Supuesta situación/paradero: desconocida, se cree que fue capturado. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525795
9. Nombre: 1: AISHA 2: MUAMMAR MUHAMMED 3: ABU MINYAR 4: GADAFI
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: n.d. Fecha de nacimiento:1 de enero de 1978. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: Aisha Muhammad Abdul Salam (Pasaporte de Libia n.o: 215215). Alias de baja calidad: n.d. Nacionalidad: n.d. Pasaporte n.o: a) Omán número 03824970; expedido el 4 de mayo de 2014, expedido en Muscat, Omán (fecha de expiración: 3 de mayo de 2024) b) Libia 428720 c) B/011641. N.o nacional de identidad: 98606612. Dirección: Sultanato de Omán. (Supuesta situación/paradero: Sultanato de Omán). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016, el 26 de septiembre de 2014, el 21 de marzo de 2013, el 2 de abril de 2012 y el 25 de febrero de 2020). Información adicional: Incluida en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525815
10. Nombre: 1: HANNIBAL. 2: MUAMMAR. 3: GADAFI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento:20 de septiembre de 1975. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: Libia B/002210. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia (detenido). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016, el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525835
11. Nombre: 1: KHAMIS. 2: MUAMMAR. 3: GADAFI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: 1978. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525855
12. Nombre: 1. MOHAMMED. 2: MUAMMAR. 3: GADAFI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: 1970. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Sultanato de Omán (Supuesta situación/paradero: Sultanato de Omán). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 26 de septiembre de 2014, el 4 de septiembre de 2013 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525875
13. Nombre: 1: MUAMMAR. 2: MOHAMMED. 3: ABU MINYAR. 4: GADAFI.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Líder de la Revolución. Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas Fecha de nacimiento: 1942. Lugar de nacimiento: Sirte (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 4 de septiembre de 2013 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525895
14. Nombre: 1: MUTASSIM. 2: GADAFI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Consejero de Seguridad Nacional. Fecha de nacimiento: a) 1976; b)5 de febrero de 1974. Lugar de nacimiento: Trípoli, Libia. Alias de buena calidad: a) Almuatesem Bellah Muammer Qadhafi; b) Mutassim Billah Abuminyar Qadhafi. Alias de baja calidad: a) Muatasmblla; b) Muatasimbllah; c) Moatassam. Nationalidad: nd. Pasaporte n.o: Libia B/001897. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 1 de abril de 2016, el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Supuestamente fallecido en Sirte, Libia, el 20 de octubre de 2011. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525915
15. Nombre: 1: SAADI 2: GADAFI 3: nd 4:nd
Tratamiento:nd Cargo o grado: Comandante de las fuerzas especiales Fecha de nacimiento: a) 27 de mayo de 1973b)1 de enero de 1975Lugar de nacimiento: Trípoli, Libia Alias de buena calidad: nd Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: nd Pasaporte n.o: a) 014797 b) 524521 c) Libia número AA862825, expedido el 19 de mayo de 2021, expedido en Trípoli (expira el 18 de mayo de 2029) N.o nacional de identidad: nd Dirección: Libia (detenido) Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 28 de enero de 2022, el 26 de marzo de 2015, el 2 de abril de 2012 y el 14 de marzo de 2012) Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos).
16. Nombre: 1: SAIF AL-ARAB. 2: GADAFI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: 1982. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525955
17. Nombre: 1: SAIF AL-ISLAM. 2: GADAFI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Director de la Fundación Gadafi. Fecha de nacimiento:25 de junio de 1972. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: Libia B014995. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia [Supuesta situación/paradero: libertad de movimientos restringida en Zintan (Libia)]. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016, el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525975
18. Nombre: 1: ABDULLAH. 2: AL-SENUSSI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: Coronel. Cargo o grado: Director de Inteligencia Militar. Fecha de nacimiento: 1949. Lugar de nacimiento: Sudán. Alias de buena calidad: a) Abdoullah Ould Ahmed [Pasaporte n.o: B0515260; Fecha de nacimiento: 1948. Lugar de nacimiento: Anefif (Kidal) (Mali); Fecha de expedición: 10 de enero de 2012; Lugar de expedición: Bamako, (Mali); Fecha de expiración: 10 de enero de 2017]; b) Abdoullah Ould Ahmed [N.o de identidad de Mali: 073/SPICRE; Lugar de nacimiento: Anefif (Mali); Fecha de expedición: 6 de diciembre de 2011; Lugar de expedición: Esuk, Mali]. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia (Supuesta situación/paradero: detenido en Libia). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 27 de junio de 2014 y el 21 de marzo de 2013). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525995
19. Nombre: 1: SAFIA. 2: FARKASH. 3: AL-BARASSI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: Aproximadamente 1952. Lugar de nacimiento: Al Bayda (Libia). Alias de buena calidad: Safia Farkash Muhammad Al-Hadad, fecha de nacimiento: 1 de enero de 1953 (pasaporte de Omán n.o 03825239, fecha de expedición 4 de mayo de 2014, expiración 3 de mayo de 2024). Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: 03825239. N.o nacional de identidad: 98606491. Dirección: a) Sultanato de Omán); b) (Supuesto paradero, Egipto). Fecha de inclusión en la lista:24 de junio de 2011 (modificado el 1 de abril de 2016, el 26 de marzo de 2015, el 26 de septiembre de 2014, el 4 de septiembre de 2013, el 2 de abril de 2012 y el 13 de febrero de 2012). Información adicional: Incluida en la lista en virtud de los apartados 15 de la Resolución 1970 y 19 de la Resolución 1973 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5526015
20. Nombre: 1: ABDELHAFIZ. 2: ZLITNI 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: a) ministro de Planificación y Finanzas del Gobierno del coronel Gadafi; b) secretario del Comité Popular General de Planificación y Finanzas; c) director en funciones del Banco Central de Libia. Fecha de nacimiento: 1935. Lugar de nacimiento: nd. Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia. Fecha de inclusión en la lista:24 de junio de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016 y el 26 de septiembre de 2014). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 de la Resolución 1970 y 19 de la Resolución 1973 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5526035
21. Nombre: 1: ERMIAS 2: ALEM 3: nd 4: nd
Tratamiento: nd Cargo o grado: dirigente de una red transnacional de trata Fecha de nacimiento: Aproximadamente 1980 Lugar de nacimiento: Eritrea Alias de buena calidad: Ermias Ghermay, Guro Alias de baja calidad: a) Ermies Ghermay b) Ermias Ghirmay Nacionalidad: eritrea Pasaporte n.o: nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: (dirección conocida: Trípoli, Tarig sure n.o 51, probablemente se mudó a Sabratha en 2015). Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011), apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Numerosas fuentes fiables, incluidas las investigaciones judiciales, aportan documentación amplia sobre Ermias Alem, y lo identifican como uno de los agentes más importantes del África subsahariana implicados en el tráfico ilícito de migrantes en Libia. Ermias Alem dirige una red transnacional responsable de la trata y el tráfico ilícito de decenas de miles de migrantes, principalmente desde el Cuerno de África hasta la costa de Libia y de allí a los países de destino en Europa y los Estados Unidos. Tiene a su disposición hombres armados, así como almacenes y centros de internamiento en los que, presuntamente, se cometen graves abusos de los derechos humanos contra los migrantes. Trabaja en estrecha cooperación con las redes libias de tráfico ilícito, como la de Mustafa, y se le considera su «cadena de suministro oriental». Su red se extiende desde Sudán hasta la costa de Libia y hasta Europa (Italia, Francia, Alemania, los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido) y los Estados Unidos. Alem controla campos de internamiento privados en torno a la costa noroeste de Libia en los que se retiene a los migrantes y se cometen graves abusos contra ellos. Los migrantes son transportados desde estos campos hasta Sabratha o Zawiya. En los últimos años, Alem ha organizado innumerables viajes peligrosos por mar, exponiendo a los migrantes, entre ellos a numerosos menores, al riesgo de muerte. En 2015 el Tribunal de Palermo (Italia) dictó unas órdenes de detención contra Ermias Alem en relación con el tráfico ilícito de miles de migrantes en condiciones inhumanas, incluido el naufragio del 13 de octubre de 2013 cerca de Lampedusa, en el que fallecieron 266 personas.
22. Nombre: 1: FITIWI 2: ABDELRAZAK 3: na 4: na
Tratamiento: nd Cargo o grado: dirigente de una red transnacional de trata Fecha de nacimiento: aproximadamente entre 30 y 35 años Lugar de nacimiento: Massawa, Eritrea Alias de buena calidad: Abdurezak, Abdelrazaq, Abdulrazak, Abdrazzak Alias de baja calidad: Fitwi Esmail Abdelrazak Nacionalidad: eritrea Pasaporte n.o: nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: nd Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Fitiwi Abdelrazak dirige una red transnacional responsable de la trata y el tráfico ilícito de decenas de miles de migrantes, principalmente desde el Cuerno de África hasta la costa de Libia y de allí a los países de destino en Europa y los Estados Unidos. Fitiwi Abdelrazak ha sido identificado en fuentes abiertas y en varias investigaciones judiciales como uno de los agentes de alto nivel responsables de la explotación y el abuso de un gran número de migrantes en Libia. Abdelrazak mantiene amplios contactos dentro de las redes libias de tráfico ilícito y ha amasado una inmensa fortuna a través del tráfico ilícito de migrantes. Tiene a su disposición hombres armados, así como almacenes y centros de internamiento en los que se cometen graves abusos de los derechos humanos. Su red está formada por células que se extienden desde Sudán, Libia e Italia hasta los países de destino de los migrantes. También compra migrantes a terceros, por ejemplo a otros centros de internamiento locales. Los migrantes son transportados desde estos campos hasta la costa libia. Abdelrazak ha organizado innumerables travesías peligrosas por mar, exponiendo a los migrantes, incluidos menores, al riesgo de muerte. Se relaciona a Abdelrazak con al menos dos naufragios de consecuencias mortales entre abril y julio de 2014.
23. Nombre: 1: AHMAD 2: OUMAR 3: IMHAMAD 4: AL-FITOURI
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: comandante de la milicia Anas al-Dabbashi, dirigente de una red transnacional de trata. Fecha de nacimiento:7 de mayo de 1988. Lugar de nacimiento: (posiblemente Sabratha, barrio de Talil). Alias de buena calidad: n.d. Alias de baja calidad: a) Al-Dabachi b) Al Ammu c) El tío d) Al-Ahwal e) Al Dabbashi. Nacionalidad: Libia. Pasaporte n.o: Libia número LY53FP76; expedido el 29 de septiembre de 2015; expedido en Trípoli. N.o nacional de identidad: 119880387067 Dirección: a) Garabulli, Libia b) Zawiya, Libia c) Dbabsha-Sabratha Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018 (modificado el 17 de septiembre de 2018 y el 25 de febrero de 2020). Información adicional: Incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a) de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a) de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015). Enlace a la notificación especial de la Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un
Información adicional
Ahmad Imhamad es el comandante de la milicia Anas al-Dabbashi, que anteriormente operaba en la zona costera situada entre Sabratha y Melita. Imhamad es un destacado dirigente de actividades ilícitas relacionadas con la trata de migrantes. El clan y la milicia de al-Dabbashi también fomentan las relaciones con grupos terroristas y extremistas violentos. Imhamad realiza actividades actualmente en la zona de Zawiya, después de que en octubre de 2017 estallaran violentos enfrentamientos con otra milicia y con organizaciones de traficantes rivales en torno a la zona costera, en los que murieron más de 30 personas, entre ellas varios civiles. En respuesta a su expulsión, el 4 de diciembre de 2017 Ahmad Imhamad prometió públicamente que volvería a Sabratha con armas y fuerza. Existen numerosas pruebas de que la milicia de Imhamad ha estado involucrada directamente en la trata y el tráfico ilícito de migrantes y de que controla zonas de salida de migrantes, campamentos, viviendas francas y embarcaciones. Existe información que respalda la conclusión de que Imhamad ha expuesto a los migrantes, algunos de ellos menores, a condiciones brutales y, en ocasiones, circunstancias mortíferas en tierra y en el mar. Tras los violentos enfrentamientos entre la milicia de al-Dabbashi y otra milicia en Sabratha, se encontraron miles de migrantes (muchos de ellos en estado grave) y la mayoría de ellos estaban retenidos en centros de la Brigada del Mártir Anas al-Dabbashi y de la milicia de Al-Ghul. El clan de Al-Dabbashi, y la milicia relacionada de Anas al-Dabbashi, mantienen vínculos desde hace mucho tiempo con el Estado Islámico de Irak y el Levante (EIIL) y sus afiliados.
Varios miembros del EIIL han estado en sus filas, entre ellos Abdallah al-Dabbashi, el «califa» del EIIL en Sabratha. Imhamad también estuvo involucrado presuntamente cuando se orquestó el asesinato de Sami Khalifa al-Gharabli, que había sido designado por el Consejo Municipal de Sabratha para contrarrestar las operaciones de tráfico ilícito de migrantes en julio de 2017. Las actividades de Imhamad han contribuido en gran medida a agravar la violencia y la inseguridad en el oeste de Libia y constituyen una amenaza para la paz y la estabilidad de Libia y los países vecinos.
24. Nombre: 1: MUS'AB 2: MUSTAFA 3: ABU AL QASSIM 4: OMAR
Tratamiento: nd Cargo o grado: dirigente de una red transnacional de trata Fecha de nacimiento:19 de enero de 1983Lugar de nacimiento: Sabratha (Libia). Alias de buena calidad: Mus'ab Abu Qarin Alias de baja calidad: a) ABU-AL QASSIM OMAR Musab Boukrin b) El doctor c) Al-Grein Nacionalidad: libia Pasaporte n.o: a) 782633, expedido el 31 de mayo de 2005b) 540794, expedido el 12 de enero de 2008N.o nacional de identidad: nd Dirección: nd Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un
Información adicional
Mus'ab Mustafa está considerado como un agente fundamental en actividades de trata de seres humanos y tráfico ilícito de migrantes en la zona de Sabrata, pero también opera desde Zawiya y Garibulli. Su red transnacional abarca Libia, destinos europeos, países del África subsahariana para la captación de migrantes y países árabes para el sector financiero. Se ha documentado en fuentes fiables su colusión en actividades de trata y tráfico ilícito de seres humanos con Ermias Alem, quien se ocupa de la «cadena de suministro del este» en nombre de Mustafa. Se ha demostrado que Mustafa mantiene vínculos con otros agentes que se dedican a la trata, en especial con Mohammed al-HadiadaHh (primo y jefe de la brigada Al-Nasr, también propuesto para su inclusión en la lista) en Zawiya. Un antiguo cómplice de Mustafa, que actualmente coopera con las autoridades libias, afirma que, solo en 2015, Mustafa organizó las travesías por mar de 45 000 personas, en las cuales los migrantes, algunos de ellos menores, arriesgaron la vida. Mustafa fue el organizador de un viaje que comenzó el 18 de abril de 2015 y acabó en un naufragio en el canal de Sicilia, en el que perdieron la vida 800 personas. Según las pruebas disponibles, que proceden entre otras cosas del Grupo de Expertos de las Naciones Unidas, Abu-Qarin es responsable de la detención de migrantes en condiciones brutales en Trípoli, cerca de la zona de Al-Wadi, y en las zonas turísticas de la costa cercanas a Sabrata donde permanecen detenidos los migrantes, entre otros lugares. Se ha comunicado que Mustafa mantenía una relación estrecha con el clan de Al-Dabbashi de Sabratha, hasta que estalló un conflicto respecto a un «impuesto de protección». Según las fuentes, Mustafa ha sobornado con dinero a personas cercanas a extremistas violentos de la zona de Sabratha a cambio de una autorización para traficar con migrantes en nombre de los círculos extremistas violentos, que se benefician económicamente de la explotación de la inmigración ilegal. Mustafa está vinculado a una red de traficantes de personas formada por grupos armados salafistas de Trípoli, Sebha y Kufra.
25. Nombre: 1: MOHAMMED 2: AL AMIN 3: AL-ARABI 4: KASHLAF
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: comandante de la brigada Shuhada al-Nasr, jefe de la guardia de la refinería de petróleo de Zawiya. Fecha de nacimiento:2 de diciembre de 1985. Lugar de nacimiento: Zawiya, Libia. Alias de buena calidad: n.d. Alias de baja calidad: a) Kashlaf b) Koshlaf c) Keslaf d) al-Qasab. Nacionalidad: Libia. Pasaporte n.o: C17HLRL3, expedido el 30 de diciembre de 2015, expedido en Zawiya. N.o nacional de identidad: n.d. Dirección: Zawiya, Libia. Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018 (modificado el 17 de septiembre de 2018 y el 25 de febrero de 2020). Información adicional: Incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a) de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a) de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Mohammed al-Hadi es el jefe de la brigada Shuhada al-Nasr en Zawiya, en el oeste de Libia. Su milicia controla la refinería de Zawiya, un eje central de las operaciones de tráfico ilícito de migrantes. Al-Hadi también controla los centros de internamiento, incluido el centro de internamiento de Nasr, que figura oficialmente bajo el control del Departamento de lucha contra la migración ilegal. Tal como se documenta en varias fuentes, la red de al-Hadi es una de las más prominentes en el ámbito del tráfico ilícito de migrantes y de la explotación de migrantes en Libia. Al-Hadi mantiene vínculos estrechos con el jefe de la unidad local de la Guardia Costera de Zawiya, al-Rahman al-Milad, cuya unidad intercepta embarcaciones de migrantes, con frecuencia de redes rivales de tráfico ilícito de migrantes. A continuación se traslada a los migrantes a centros de internamiento controlados por la milicia Al-Nasr, donde al parecer son retenidos en condiciones críticas. El Grupo de Expertos sobre Libia ha reunido pruebas que demuestran que hay migrantes que reciben palizas con frecuencia y que otros, en particular mujeres de países subsaharianos y Marruecos, son vendidos en el mercado local como «esclavos sexuales». El Grupo también constató que al-Hadi colabora con otros grupos armados y ha estado implicado en enfrentamientos violentos reiterados en 2016 y 2017.
26. Nombre: 1: ABD 2: AL-RAHMAN 3: AL-MILAD 4: na
Tratamiento: nd Cargo o grado: comandante de la Guardia Costera en Zawiya Fecha de nacimiento: aproximadamente 29 años Lugar de nacimiento: Trípoli, Libia Alias de buena calidad: nd Alias de baja calidad: a) Rahman Salim Milad b) al-Bija Nacionalidad: libia Pasaporte n.o: nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: Zawiya, Libia Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011), apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Abd al Rahman al-Milad dirige la unidad regional de la Guardia Costera en Zawiya, a la que se relaciona constantemente con la violencia contra los migrantes y con otros traficantes de personas. El Grupo de Expertos de las Naciones Unidas afirma que Milad y otros miembros de la Guardia Costera están involucrados directamente en el hundimiento de embarcaciones de migrantes utilizando armas de fuego. Al-Milad colabora con otros traficantes de migrantes, como Mohammed al-Hadi (también propuesto para su inclusión en la lista), quien, tal como sugieren las fuentes, le brinda protección para que realice operaciones ilícitas relacionadas con la trata y el tráfico ilícito de migrantes. Varios testigos en la instrucción han declarado que fueron recogidos en el mar por hombres armados que iban a bordo de un barco de la guardia costera llamado Tallil (utilizado por al-Milad) y que posteriormente fueron conducidos al centro de internamiento de Al-Nasr, donde, presuntamente, permanecen en condiciones brutales y reciben palizas.
27. Nombre: 1: IBRAHIM 2: SAEED 3: SALIM 4: JADHRAN
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: Dirigente de las milicias armadas. Fecha de nacimiento:29 de octubre de 1982. Lugar de nacimiento: n.d. Alias de buena calidad: Ibrahim Saeed Salem Awad Aissa Hamed Dawoud Al Jadhran. Alias de baja calidad: n.d. Nacionalidad: Libia Pasaporte n.o: S/263963; expedido el 8 de noviembre de 2012. N.o nacional de identidad: a) 119820043341 b) N.o de identificación personal: 137803 Dirección: n.d. Fecha de inclusión en la lista:11 de septiembre de 2018 (modificado el 25 de febrero de 2020). Información complementaria: Nombre de la madre: Salma Abdula Younis. Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: www.interpol.int/en/notice/search/un/xxxx.
Incluido en virtud del apartado 11, letras b), c) y d), de la Resolución 2213 (2015) y el apartado 11 de la Resolución 2362 (2017).
Información adicional
28. Nombre: 1: SALAH 2: BADI 3: nd 4: nd
Tratamiento: nd Cargo o grado: Comandante de alto rango del frente armado Al-Sumud contra el Gobierno de Consenso Nacional, también conocido como «Fakhr» («Orgullo de Libia»), y de la brigada Al-Marsa de Misrata, que forma parte de la Fuerza Escudo de Libia-Centro Fecha de nacimiento: nd Lugar de nacimiento: nd Alias de buena calidad: nd Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: nd Pasaporte n.o : nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: nd Fecha de inclusión en la lista: 16 de noviembre de 2018Información adicional: Incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014) y apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
29. Nombre: 1: Osama 2: Al Kuni 3: Ibrahim 4: nd
Tratamiento: gestor del centro de detención de Al Nasr, en Zawiya Cargo o grado: nd Fecha de nacimiento: 4 de abril de 1976Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia) Alias de buena calidad: a) Osama Milad b) Osama al-Milad c) Osama Zawiya d) Osama Zawiyah e) Osama al Kuni Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: libia Pasaporte n.o : nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: Zawiya (Libia) Fecha de inclusión en la lista:25 de octubre de 2021Información adicional: Como gestor de facto del centro de detención de Al Nasr, la persona en cuestión ha cometido, directamente o a través de subordinados, actos que violan el Derecho internacional aplicable en materia de derechos humanos o actos que constituyen violaciones de los derechos humanos en Libia o ha prestado apoyo a dichos actos. La persona en cuestión ha actuado para dos personas incluidas en la lista, en su nombre o a sus órdenes. Dichas personas están intrínsecamente vinculadas a las actividades de trata de seres humanos de la red Zawiya; se trata de Mohamed Kashlaf (LYi.025) y Abdulrahman al Milad (LYi.026). Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en la lista en virtud del apartado 11, letras a) y f) de la Resolución 2213 (2015) y el apartado 11 de la Resolución 2441 (2018).
Información adicional
Como gestor de facto del centro de detención de Al Nasr, la persona en cuestión ha cometido, directamente o a través de subordinados, actos que violan el Derecho internacional aplicable en materia de derechos humanos o actos que constituyen violaciones de los derechos humanos en Libia o ha prestado apoyo a dichos actos. La persona en cuestión ha actuado para dos personas incluidas en la lista, en su nombre o a sus órdenes. Dichas personas están intrínsecamente vinculadas a las actividades de trata de seres humanos de la red Zawiya; se trata de Mohamed Kashlaf (LYi.025) y Abdulrahman al Milad (LYi.026). Durante años, el centro de detención de Al Nasr en Zawiya ha sido señalado en público y en informes confidenciales que describen la difícil situación de los migrantes y solicitantes de asilo en Libia, en particular la tortura, la violencia sexual y de género y la trata de seres humanos. Las organizaciones humanitarias y las víctimas de la trata de seres humanos han identificado sistemáticamente a la persona en cuestión como gestor de facto del centro de detención. Tres personas que habían trabajado en el centro de detención de Al Nasr cumplieron penas de prisión por torturar a migrantes en el centro de detención.
ANEXO II
LISTA DE PERSONAS Y ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8, APARTADO 2
A. Personas
|
Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
▼M30 ————— |
||||
2. |
ABU SHAARIYA |
Cargo: Director Adjunto de la Organización de Seguridad Exterior |
Cuñado de Muamar el GADAFI. Miembro destacado del régimen de Muamar el Gadafi y por tanto estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
28.2.2011 |
▼M23 ————— |
||||
►M23 3. ◄ |
ALSHARGAWI, Bashir Saleh Bashir |
Fecha de nacimiento: 1946 Lugar de nacimiento: Traghen |
Jefe de Gabinete de Muamar el Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. Posee o controla fondos malversados del Estado libio. |
28.2.2011 |
▼M40 ————— |
||||
►M23 5. ◄ |
FARKASH, Mohammed Boucharaya |
Fecha de nacimiento: 1 de julio de 1949 Lugar de nacimiento: Al-Bayda |
Anterior Director de Inteligencia de la Oficina de Seguridad Exterior. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
28.2.2011 |
►M23 6. ◄ |
EL-KASSIM ZOUAI, Mohamed Abou |
|
Anterior Secretario General del Congreso General del Pueblo. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
▼M42 ————— |
||||
►M23 8. ◄ |
HIJAZI, Mohamad Mahmoud |
|
Ministro de Sanidad y Medio Ambiente del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
►M23 9. ◄ |
HOUEJ, Mohamad Ali |
Fecha de nacimiento: 1949 Lugar de nacimiento: Al-Azizia (cerca de Trípoli) |
Ministro de Industria, Economía y Comercio del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
▼M38 ————— |
||||
►M23 11. ◄ |
AL-CHARIF, Ibrahim Zarroug |
|
Ministro de Asuntos Sociales del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
►M23 12. ◄ |
FAKHIRI, Abdelkebir Mohamad |
Fecha de nacimiento: 4 de mayo de 1963 Número de pasaporte: B/014965 (caducó a finales de 2013) |
Ministro de Educación, Enseñanza Superior e Investigación del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
►M23 13. ◄ |
MANSOUR, Abdallah |
Fecha de nacimiento: 8.7.1954 Número de pasaporte: B/014924 (caducó a finales de 2013) |
Antiguo colaborador próximo del Coronel Gadafi, papel de primera importancia en los servicios de seguridad y antiguo Director de la Radiotelevisión. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
▼M5 ————— |
||||
▼M36 ————— |
||||
▼M40 ————— |
||||
▼M36 ————— |
||||
▼M45 ————— |
||||
18. |
DIAB, Moussa Alias DIAB, Mousa |
Sexo: masculino |
Moussa Diab es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, incluyendo la trata de seres humanos y el secuestro, la violación y el asesinato de migrantes y refugiados, y ha participado directamente en estos crímenes. Retuvo a migrantes y refugiados en cautividad en un campamento de detención ilegal cerca de Bani Walid, donde fueron tratados de forma inhumana y degradante. Varios migrantes y refugiados fueron asesinados cuando intentaron escapar del campo de detención. |
21.9.2020 |
19. |
Yevgeniy Viktorovich PRIGOZHIN (Евгений Викторович Пригожин) |
Fecha de nacimiento: 1 de junio de 1961 Lugar de nacimiento: Leningrado, antigua URSS (actualmente San Petersburgo, Federación de Rusia) Nacionalidad: rusa Sexo: masculino |
Yevgeniy Viktorovich Prigozhin es un empresario ruso con vínculos estrechos, en particular económicos, con el Grupo Wagner, una entidad militar privada no constituida en sociedad establecida en Rusia. De este modo, Prigozhin está implicado en las actividades del Grupo Wagner en Libia, que amenazan la paz, la estabilidad y la seguridad del país, y presta apoyo a tales actividades. En concreto, el Grupo Wagner está implicado en múltiples y repetidas violaciones del embargo de armas a Libia establecido en la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y transpuesto en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2015/1333, como el suministro de armas y el despliegue de mercenarios en Libia en apoyo del Ejército Nacional de Libia. El Grupo Wagner ha participado en múltiples operaciones militares contra el Gobierno de Consenso Nacional respaldado por las Naciones Unidas y ha contribuido a dañar la estabilidad de Libia y a comprometer un proceso pacífico. |
15.10.2020 |
20. |
KUZNETSOV, Aleksandr (Alexander) Sergeevich (Александр Сергеевич КУЗНЕЦОВ) |
Cargo(s): Comandante de la 1.a Compañía de Ataque y Reconocimiento del Grupo Wagner Distintivo de llamada: Ratibor Fecha de nacimiento: 8 de octubre de 1977 Lugar de nacimiento: Nikolskoye, antigua U.R.S.S. (ahora Federación de Rusia) Nacionalidad: rusa Identificación del Grupo Wagner: M-0271 Sexo: masculino |
Aleksandr Sergeevich Kuznetsov pertenece a la estructura de mando del Grupo Wagner, una entidad militar privada no constituida en sociedad con sede en Rusia. Asumió el mando de la 1.a Compañía de Ataque y Reconocimiento del Grupo Wagner en 2014. Resultó herido en septiembre de 2019 en Libia, mientras luchaba junto con el Ejército de Liberación Nacional Libio como comandante de los efectivos militares del Grupo Wagner. Por su cargo y sus actos, Kuznetsov es responsable de las actividades del Grupo Wagner que amenazan la paz, la estabilidad y la seguridad de Libia. |
13.12.2021 |
ANEXO III
LISTA DE PERSONAS Y ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 9, APARTADO 1
A. Personas
6. Nombre: 1: ABU 2: ZAYD 3: UMAR 4: DORDA
Tratamiento: nd Cargo o grado: a) director de la Organización de Seguridad Exterior; b) jefe de la Agencia de Inteligencia Exterior. Fecha de nacimiento:4 abril 1944Lugar de nacimiento: Alrhaybat Alias de buena calidad: a) Dorda Abuzed OE b) Abu Zayd Umar Hmeid Dorda Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: nd n.° d pasaporte: Libia número FK117RK0, expedido el 25 de noviembre de 2018, expedido en Trípoli (Fecha de expiración: 24 de noviembre de 2026) N.°nacional de identidad: nd Dirección: Libia (Supuesta situación/paradero: fallecido) Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 27 de junio de 2014, el 1 de abril de 2016, el 25 de febrero de 2020 y el 18 de julio de 2022) Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos).
7. Nombre: 1: ABU. 2: BAKR. 3: YUNIS. 4: JABIR.
Tratamiento: General de División. Cargo o grado: Ministro de Defensa. Fecha de nacimiento: 1952. Lugar de nacimiento: Jalo, Libia. Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525775
8. Nombre: 1: MATUQ. 2: MOHAMMED. 3: MATUQ. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Secretario de Empresas de Servicio Público. Fecha de nacimiento: 1956. Lugar de nacimiento: Khoms (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Supuesta situación/paradero: desconocida, se cree que fue capturado. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525795
9. Nombre: 1: AISHA 2: MUAMMAR MUHAMMED 3: ABU MINYAR 4: GADAFI
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: n.d. Fecha de nacimiento:1 de enero de 1978. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: Aisha Muhammad Abdul Salam (Pasaporte de Libia n.o: 215215). Alias de baja calidad: n.d. Nacionalidad: n.d. Pasaporte n.o: a) Omán número 03824970; expedido el 4 de mayo de 2014, expedido en Muscat, Omán (fecha de expiración: 3 de mayo de 2024) b) Libia 428720 c) B/011641. N.o nacional de identidad: 98606612. Dirección: Sultanato de Omán. (Supuesta situación/paradero: Sultanato de Omán). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016, el 26 de septiembre de 2014, el 21 de marzo de 2013, el 2 de abril de 2012 y el 25 de febrero de 2020). Información adicional: Incluida en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525815
10. Nombre: 1: HANNIBAL. 2: MUAMMAR. 3: GADAFI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento:20 de septiembre de 1975. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: Libia B/002210. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia (detenido). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016, el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525835
11. Nombre: 1: KHAMIS. 2: MUAMMAR. 3: GADAFI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: 1978. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525855
12. Nombre: 1: MOHAMMED. 2: MUAMMAR. 3: GADAFI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: 1970. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Sultanato de Omán (Supuesta situación/paradero: Sultanato de Omán). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 26 de septiembre de 2014, el 4 de septiembre de 2013 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525875
13. Nombre: 1: MUAMMAR. 2: MOHAMMED. 3: ABU MINYAR. 4: GADAFI.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Líder de la Revolución. Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. Fecha de nacimiento: 1942. Lugar de nacimiento: Sirte (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 4 de septiembre de 2013 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525895
14. Nombre: 1: MUTASSIM 2: GADAFI 3: nd 4:nd
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Consejero de Seguridad Nacional. Fecha de nacimiento: a) 1976; b)5 de febrero de 1974. Lugar de nacimiento: Trípoli, Libia. Alias de buena calidad: a) Almuatesem Bellah Muammer Qadhafi; b) Mutassim Billah Abuminyar Qadhafi. Alias de baja calidad: a) Muatasmblla; b) Muatasimbllah; c) Moatassam. Nationalidad: nd. Pasaporte n.o: Libia B/001897. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 1 de abril de 2016, el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Supuestamente fallecido en Sirte, Libia, el 20 de octubre de 2011. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525915
15. Nombre: 1: SAADI 2: GADAFI 3: nd 4:nd
Tratamiento:nd Cargo o grado: Comandante de las fuerzas especiales Fecha de nacimiento: a) 27 de mayo de 1973b)1 de enero de 1975Lugar de nacimiento: Trípoli, Libia Alias de buena calidad: nd Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: nd Pasaporte n.o: a) 014797 b) 524521 c) Libia número AA862825, expedido el 19 de mayo de 2021, expedido en Trípoli (expira el 18 de mayo de 2029) N.o nacional de identidad: nd Dirección: Libia (detenido) Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 28 de enero de 2022, el 26 de marzo de 2015, el 2 de abril de 2012 y el 14 de marzo de 2012) Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos).
16. Nombre: 1: SAIF AL-ARAB. 2: GADAFI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: 1982. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Supuesta situación/paradero: fallecido. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525955
17. Nombre: 1: SAIF AL-ISLAM. 2: GADAFI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: Director de la Fundación Gadafi. Fecha de nacimiento:25 de junio de 1972. Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia). Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: Libia B014995. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia [Supuesta situación/paradero: libertad de movimientos restringida en Zintan (Libia)]. Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016, el 26 de septiembre de 2014 y el 2 de abril de 2012). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525975
18. Nombre: 1: ABDULLAH. 2: AL-SENUSSI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: Coronel. Cargo o grado: Director de Inteligencia Militar. Fecha de nacimiento: 1949. Lugar de nacimiento: Sudán. Alias de buena calidad: a) Abdoullah Ould Ahmed [Pasaporte n.o: B0515260; Fecha de nacimiento: 1948. Lugar de nacimiento: Anefif (Kidal) (Mali); Fecha de expedición: 10 de enero de 2012; Lugar de expedición: Bamako, (Mali); Fecha de expiración: 10 de enero de 2017]; b) Abdoullah Ould Ahmed [N.o de identidad de Mali:073/SPICRE; Lugar de nacimiento: Anefif (Mali); Fecha de expedición: 6 de diciembre de 2011; Lugar de expedición: Esuk, Mali]. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia (Supuesta situación/paradero: detenido en Libia). Fecha de inclusión en la lista:26 de febrero de 2011 (modificado el 27 de junio de 2014 y el 21 de marzo de 2013). Información adicional: Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar). Incluido el 17 de marzo de 2011 en virtud del apartado 17 de la Resolución 1970 (congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525995
19. Nombre: 1: SAFIA. 2: FARKASH. 3: AL-BARASSI. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: nd. Fecha de nacimiento: Aproximadamente 1952. Lugar de nacimiento: Al Bayda (Libia). Alias de buena calidad: Safia Farkash Muhammad Al-Hadad, fecha de nacimiento: 1 de enero de 1953 (pasaporte de Omán n.o 03825239, fecha de expedición 4 de mayo de 2014, expiración 3 de mayo de 2024). Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: 03825239. N.o nacional de identidad: 98606491. Dirección: a) Sultanato de Omán); b) (Supuesto paradero, Egipto), Fecha de inclusión en la lista: 24 de junio de 2011 (modificado el 1 de abril de 2016, el 26 de marzo de 2015, el 26 de septiembre de 2014, el 4 de septiembre de 2013, el 2 de abril de 2012 y el 13 de febrero de 2012), Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 de la Resolución 1970 y 19 de la Resolución 1973 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5526015
20. Nombre: 1: ABDELHAFIZ. 2: ZLITNI. 3: nd. 4: nd.
Tratamiento: nd. Cargo o grado: a) ministro de Planificación y Finanzas del Gobierno del coronel Gadafi; b) secretario del Comité Popular General de Planificación y Finanzas; c) director en funciones del Banco Central de Libia. Fecha de nacimiento: 1935. Lugar de nacimiento: nd. Alias de buena calidad: nd. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: nd. Pasaporte n.o: nd. N.o nacional de identidad: nd. Dirección: Libia. Fecha de inclusión en la lista:24 de junio de 2011 (modificado el 11 de noviembre de 2016 y el 26 de septiembre de 2014). Información adicional: Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 de la Resolución 1970 y 19 de la Resolución 1973 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5526035
21. Nombre: 1: ERMIAS 2: ALEM 3: nd 4: nd
Tratamiento: nd Cargo o grado: dirigente de una red transnacional de trata Fecha de nacimiento: Aproximadamente 1980 Lugar de nacimiento: Eritrea Alias de buena calidad: Ermias Ghermay, Guro Alias de baja calidad: a) Ermies Ghermay b) Ermias Ghirmay Nacionalidad: eritrea Pasaporte n.o: nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: (dirección conocida: Trípoli, Tarig sure n.o 51, probablemente se mudó a Sabratha en 2015). Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011), apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Numerosas fuentes fiables, incluidas las investigaciones judiciales, aportan documentación amplia sobre Ermias Alem, y lo identifican como uno de los agentes más importantes del África subsahariana implicados en el tráfico ilícito de migrantes en Libia. Ermias Alem dirige una red transnacional responsable de la trata y el tráfico ilícito de decenas de miles de migrantes, principalmente desde el Cuerno de África hasta la costa de Libia y de allí a los países de destino en Europa y los Estados Unidos. Tiene a su disposición hombres armados, así como almacenes y centros de internamiento en los que, presuntamente, se cometen graves abusos de los derechos humanos contra los migrantes. Trabaja en estrecha cooperación con las redes libias de tráfico ilícito, como la de Mustafa, y se le considera su «cadena de suministro oriental». Su red se extiende desde Sudán hasta la costa de Libia y hasta Europa (Italia, Francia, Alemania, los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido) y los Estados Unidos. Alem controla campos de internamiento privados en torno a la costa noroeste de Libia en los que se retiene a los migrantes y se cometen graves abusos contra ellos. Los migrantes son transportados desde estos campos hasta Sabratha o Zawiya. En los últimos años, Alem ha organizado innumerables viajes peligrosos por mar, exponiendo a los migrantes, entre ellos a numerosos menores, al riesgo de muerte. En 2015 el Tribunal de Palermo (Italia) dictó unas órdenes de detención contra Ermias Alem en relación con el tráfico ilícito de miles de migrantes en condiciones inhumanas, incluido el naufragio del 13 de octubre de 2013 cerca de Lampedusa, en el que fallecieron 266 personas.
22. Nombre: 1: FITIWI 2: ABDELRAZAK 3: na 4: na
Tratamiento: nd Cargo o grado: dirigente de una red transnacional de trata Fecha de nacimiento: aproximadamente entre 30 y 35 años Lugar de nacimiento: Massawa, Eritrea Alias de buena calidad: Abdurezak, Abdelrazaq, Abdulrazak, Abdrazzak Alias de baja calidad: Fitwi Esmail Abdelrazak Nacionalidad: eritrea Pasaporte n.o: nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: nd Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Fitiwi Abdelrazak dirige una red transnacional responsable de la trata y el tráfico ilícito de decenas de miles de migrantes, principalmente desde el Cuerno de África hasta la costa de Libia y de allí a los países de destino en Europa y los Estados Unidos. Fitiwi Abdelrazak ha sido identificado en fuentes abiertas y en varias investigaciones judiciales como uno de los agentes de alto nivel responsables de la explotación y el abuso de un gran número de migrantes en Libia. Abdelrazak mantiene amplios contactos dentro de las redes libias de tráfico ilícito y ha amasado una inmensa fortuna a través del tráfico ilícito de migrantes. Tiene a su disposición hombres armados, así como almacenes y centros de internamiento en los que se cometen graves abusos de los derechos humanos. Su red está formada por células que se extienden desde Sudán, Libia e Italia hasta los países de destino de los migrantes. También compra migrantes a terceros, por ejemplo a otros centros de internamiento locales. Los migrantes son transportados desde estos campos hasta la costa libia. Abdelrazak ha organizado innumerables travesías peligrosas por mar, exponiendo a los migrantes, incluidos menores, al riesgo de muerte. Se relaciona a Abdelrazak con al menos dos naufragios de consecuencias mortales entre abril y julio de 2014.
23. Nombre: 1: AHMAD 2: OUMAR 3: IMHAMAD 4: AL-FITOURI
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: comandante de la milicia Anas al-Dabbashi, dirigente de una red transnacional de trata. Fecha de nacimiento:7 de mayo de 1988. Lugar de nacimiento: (posiblemente Sabratha, barrio de Talil). Alias de buena calidad: n.d. Alias de baja calidad: a) Al-Dabachi b) Al Ammu c) El tío d) Al-Ahwal e) Al Dabbashi. Nacionalidad: Libia. Pasaporte n.o: Libia número LY53FP76; expedido el 29 de septiembre de 2015; expedido en Trípoli. N.o nacional de identidad: 119880387067 Dirección: a) Garabulli, Libia b) Zawiya, Libia c) Dbabsha-Sabratha Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018 (modificado el 17 de septiembre de 2018 y el 25 de febrero de 2020). Información adicional: Incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a) de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a) de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015). Enlace a la notificación especial de la Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un
Información adicional
Ahmad Imhamad es el comandante de la milicia Anas al-Dabbashi, que anteriormente operaba en la zona costera situada entre Sabratha y Melita. Imhamad es un destacado dirigente de actividades ilícitas relacionadas con la trata de migrantes. El clan y la milicia de al-Dabbashi también fomentan las relaciones con grupos terroristas y extremistas violentos. Imhamad realiza actividades actualmente en la zona de Zawiya, después de que en octubre de 2017 estallaran violentos enfrentamientos con otra milicia y con organizaciones de traficantes rivales en torno a la zona costera, en los que murieron más de 30 personas, entre ellas varios civiles. En respuesta a su expulsión, el 4 de diciembre de 2017 Ahmad Imhamad prometió públicamente que volvería a Sabratha con armas y fuerza. Existen numerosas pruebas de que la milicia de Imhamad ha estado involucrada directamente en la trata y el tráfico ilícito de migrantes y de que controla zonas de salida de migrantes, campamentos, viviendas francas y embarcaciones. Existe información que respalda la conclusión de que Imhamad ha expuesto a los migrantes, algunos de ellos menores, a condiciones brutales y, en ocasiones, circunstancias mortíferas en tierra y en el mar. Tras los violentos enfrentamientos entre la milicia de al-Dabbashi y otra milicia en Sabratha, se encontraron miles de migrantes (muchos de ellos en estado grave) y la mayoría de ellos estaban retenidos en centros de la Brigada del Mártir Anas al-Dabbashi y de la milicia de Al-Ghul. El clan de Al-Dabbashi, y la milicia relacionada de Anas al-Dabbashi, mantienen vínculos desde hace mucho tiempo con el Estado Islámico de Irak y el Levante (EIIL) y sus afiliados.
Varios miembros del EIIL han estado en sus filas, entre ellos Abdallah al-Dabbashi, el «califa» del EIIL en Sabratha. Imhamad también estuvo involucrado presuntamente cuando se orquestó el asesinato de Sami Khalifa al-Gharabli, que había sido designado por el Consejo Municipal de Sabratha para contrarrestar las operaciones de tráfico ilícito de migrantes en julio de 2017. Las actividades de Imhamad han contribuido en gran medida a agravar la violencia y la inseguridad en el oeste de Libia y constituyen una amenaza para la paz y la estabilidad de Libia y los países vecinos.
24. Nombre: 1: MUS'AB 2: MUSTAFA 3: ABU AL QASSIM 4: OMAR
Tratamiento: nd Cargo o grado: dirigente de una red transnacional de trata Fecha de nacimiento:19 de enero de 1983Lugar de nacimiento: Sabratha (Libia). Alias de buena calidad: Mus'ab Abu Qarin Alias de baja calidad: a) ABU-AL QASSIM OMAR Musab Boukrin b) El doctor c) Al-Grein Nacionalidad: libia Pasaporte n.o: a) 782633, expedido el 31 de mayo de 2005b) 540794, expedido el 12 de enero de 2008N.o nacional de identidad: nd Dirección: nd Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015). Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un
Información adicional
Mus'ab Mustafa está considerado como un agente fundamental en actividades de trata de seres humanos y tráfico ilícito de migrantes en la zona de Sabrata, pero también opera desde Zawiya y Garibulli. Su red transnacional abarca Libia, destinos europeos, países del África subsahariana para la captación de migrantes y países árabes para el sector financiero. Se ha documentado en fuentes fiables su colusión en actividades de trata y tráfico ilícito de seres humanos con Ermias Alem, quien se ocupa de la «cadena de suministro del este» en nombre de Mustafa. Se ha demostrado que Mustafa mantiene vínculos con otros agentes que se dedican a la trata, en especial con Mohammed al-HadiadaHh (primo y jefe de la brigada Al-Nasr, también propuesto para su inclusión en la lista) en Zawiya. Un antiguo cómplice de Mustafa, que actualmente coopera con las autoridades libias, afirma que, solo en 2015, Mustafa organizó las travesías por mar de 45 000 personas, en las cuales los migrantes, algunos de ellos menores, arriesgaron la vida. Mustafa fue el organizador de un viaje que comenzó el 18 de abril de 2015 y acabó en un naufragio en el canal de Sicilia, en el que perdieron la vida 800 personas. Según las pruebas disponibles, que proceden entre otras cosas del Grupo de Expertos de las Naciones Unidas, Abu-Qarin es responsable de la detención de migrantes en condiciones brutales en Trípoli, cerca de la zona de Al-Wadi, y en las zonas turísticas de la costa cercanas a Sabrata donde permanecen detenidos los migrantes, entre otros lugares. Se ha comunicado que Mustafa mantenía una relación estrecha con el clan de Al-Dabbashi de Sabratha, hasta que estalló un conflicto respecto a un «impuesto de protección». Según las fuentes, Mustafa ha sobornado con dinero a personas cercanas a extremistas violentos de la zona de Sabratha a cambio de una autorización para traficar con migrantes en nombre de los círculos extremistas violentos, que se benefician económicamente de la explotación de la inmigración ilegal. Mustafa está vinculado a una red de traficantes de personas formada por grupos armados salafistas de Trípoli, Sebha y Kufra.
25. Nombre: 1: MOHAMMED 2: AL AMIN 3: AL-ARABI 4: KASHLAF
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: comandante de la brigada Shuhada al-Nasr, jefe de la guardia de la refinería de petróleo de Zawiya. Fecha de nacimiento:2 de diciembre de 1985. Lugar de nacimiento: Zawiya, Libia. Alias de buena calidad: n.d. Alias de baja calidad: a) Kashlaf b) Koshlaf c) Keslaf d) al-Qasab. Nacionalidad: Libia. Pasaporte n.o: C17HLRL3, expedido el 30 de diciembre de 2015, expedido en Zawiya. N.o nacional de identidad: n.d. Dirección: Zawiya, Libia. Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018 (modificado el 17 de septiembre de 2018 y el 25 de febrero de 2020). Información adicional: Incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a) de la Resolución 1970 (2011); apartado 4, letra a) de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Mohammed al-Hadi es el jefe de la brigada Shuhada al-Nasr en Zawiya, en el oeste de Libia. Su milicia controla la refinería de Zawiya, un eje central de las operaciones de tráfico ilícito de migrantes. Al-Hadi también controla los centros de internamiento, incluido el centro de internamiento de Nasr, que figura oficialmente bajo el control del Departamento de lucha contra la migración ilegal. Tal como se documenta en varias fuentes, la red de al-Hadi es una de las más prominentes en el ámbito del tráfico ilícito de migrantes y de la explotación de migrantes en Libia. Al-Hadi mantiene vínculos estrechos con el jefe de la unidad local de la Guardia Costera de Zawiya, al-Rahman al-Milad, cuya unidad intercepta embarcaciones de migrantes, con frecuencia de redes rivales de tráfico ilícito de migrantes. A continuación se traslada a los migrantes a centros de internamiento controlados por la milicia Al-Nasr, donde al parecer son retenidos en condiciones críticas. El Grupo de Expertos sobre Libia ha reunido pruebas que demuestran que hay migrantes que reciben palizas con frecuencia y que otros, en particular mujeres de países subsaharianos y Marruecos, son vendidos en el mercado local como «esclavos sexuales». El Grupo también constató que al-Hadi colabora con otros grupos armados y ha estado implicado en enfrentamientos violentos reiterados en 2016 y 2017.
26. Nombre: 1: ABD 2: AL-RAHMAN 3: AL-MILAD 4: na
Tratamiento: nd Cargo o grado: comandante de la Guardia Costera en Zawiya Fecha de nacimiento: aproximadamente 29 años Lugar de nacimiento: Trípoli, Libia Alias de buena calidad: nd Alias de baja calidad: a) Rahman Salim Milad b) al-Bija Nacionalidad: libia Pasaporte n.o: nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: Zawiya, Libia Fecha de inclusión en la lista:7 de junio de 2018Información adicional: incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011), apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014); apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
Abd al Rahman al-Milad dirige la unidad regional de la Guardia Costera en Zawiya, a la que se relaciona constantemente con la violencia contra los migrantes y con otros traficantes de personas. El Grupo de Expertos de las Naciones Unidas afirma que Milad y otros miembros de la Guardia Costera están involucrados directamente en el hundimiento de embarcaciones de migrantes utilizando armas de fuego. Al-Milad colabora con otros traficantes de migrantes, como Mohammed al-Hadi (también propuesto para su inclusión en la lista), quien, tal como sugieren las fuentes, le brinda protección para que realice operaciones ilícitas relacionadas con la trata y el tráfico ilícito de migrantes. Varios testigos en la instrucción han declarado que fueron recogidos en el mar por hombres armados que iban a bordo de un barco de la guardia costera llamado Tallil (utilizado por al-Milad) y que posteriormente fueron conducidos al centro de internamiento de Al-Nasr, donde, presuntamente, permanecen en condiciones brutales y reciben palizas.
27. Nombre: 1: IBRAHIM 2: SAEED 3: SALIM 4: JADHRAN
Tratamiento: n.d. Cargo o grado: Dirigente de las milicias armadas. Fecha de nacimiento:29 de octubre de 1982. Lugar de nacimiento: n.d. Alias de buena calidad: Ibrahim Saeed Salem Awad Aissa Hamed Dawoud Al Jadhran. Alias de baja calidad: n.d. Nacionalidad: Libia Pasaporte n.o: S/263963; expedido el 8 de noviembre de 2012. N.o nacional de identidad: a) 119820043341 b) N.o de identificación personal: 137803 Dirección: n.d. Fecha de inclusión en la lista:11 de septiembre de 2018 (modificado el 25 de febrero de 2020). Información complementaria: Nombre de la madre: Salma Abdula Younis. Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de la Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: www.interpol.int/en/notice/search/un/xxxx.
Incluido en virtud del apartado 11, letras b), c) y d), de la Resolución 2213 (2015) y el apartado 11 de la Resolución 2362 (2017).
Información adicional
28. Nombre: 1: SALAH 2: BADI 3: nd 4: nd
Tratamiento: nd Cargo o grado: Comandante de alto rango del frente armado Al-Sumud contra el Gobierno de Consenso Nacional, también conocido como «Fakhr» («Orgullo de Libia»), y de la brigada Al-Marsa de Misrata, que forma parte de la Fuerza Escudo de Libia-Centro Fecha de nacimiento: nd Lugar de nacimiento: nd Alias de buena calidad: nd Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: nd Pasaporte n.o : nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: nd Fecha de inclusión en la lista: 16 de noviembre de 2018Información adicional: Incluido en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en virtud del apartado 22, letra a), de la Resolución 1970 (2011), apartado 4, letra a), de la Resolución 2174 (2014) y apartado 11, letra a) de la Resolución 2213 (2015).
Información adicional
29. Nombre: 1: Osama 2: Al Kuni 3: Ibrahim 4: nd
Tratamiento: gestor del centro de detención de Al Nasr, en Zawiya Cargo o grado: nd Fecha de nacimiento: 4 de abril de 1976Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia) Alias de buena calidad: a) Osama Milad b) Osama al-Milad c) Osama Zawiya d) Osama Zawiyah e) Osama al Kuni Alias de baja calidad: nd Nacionalidad: libia Pasaporte n.o : nd N.o nacional de identidad: nd Dirección: Zawiya (Libia) Fecha de inclusión en la lista:25 de octubre de 2021Información adicional: Como gestor de facto del centro de detención de Al Nasr, la persona en cuestión ha cometido, directamente o a través de subordinados, actos que violan el Derecho internacional aplicable en materia de derechos humanos o actos que constituyen violaciones de los derechos humanos en Libia o ha prestado apoyo a dichos actos. La persona en cuestión ha actuado para dos personas incluidas en la lista, en su nombre o a sus órdenes. Dichas personas están intrínsecamente vinculadas a las actividades de trata de seres humanos de la red Zawiya; se trata de Mohamed Kashlaf (LYi.025) y Abdulrahman al Milad (LYi.026). Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos).
Incluido en la lista en virtud del apartado 11, letras a) y f) de la Resolución 2213 (2015) y el apartado 11 de la Resolución 2441 (2018).
Información adicional
Como gestor de facto del centro de detención de Al Nasr, la persona en cuestión ha cometido, directamente o a través de subordinados, actos que violan el Derecho internacional aplicable en materia de derechos humanos o actos que constituyen violaciones de los derechos humanos en Libia o ha prestado apoyo a dichos actos. La persona en cuestión ha actuado para dos personas incluidas en la lista, en su nombre o a sus órdenes. Dichas personas están intrínsecamente vinculadas a las actividades de trata de seres humanos de la red Zawiya; se trata de Mohamed Kashlaf (LYi.025) y Abdulrahman al Milad (LYi.026). Durante años, el centro de detención de Al Nasr en Zawiya ha sido señalado en público y en informes confidenciales que describen la difícil situación de los migrantes y solicitantes de asilo en Libia, en particular la tortura, la violencia sexual y de género y la trata de seres humanos. Las organizaciones humanitarias y las víctimas de la trata de seres humanos han identificado sistemáticamente a la persona en cuestión como gestor de facto del centro de detención. Tres personas que habían trabajado en el centro de detención de Al Nasr cumplieron penas de prisión por torturar a migrantes en el centro de detención.
ANEXO IV
LISTA DE PERSONAS Y ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 9, APARTADO 2
A. Personas
|
Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
▼M30 ————— |
||||
2. |
ABU SHAARIYA |
Cargo: Director Adjunto de la Organización de Seguridad Exterior |
Cuñado de Muamar el Gadafi. Miembro destacado del régimen de el Gadafi y por tanto estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
28.2.2011 |
▼M23 ————— |
||||
►M23 3. ◄ |
ALSHARGAWI, Bashir Saleh Bashir |
Fecha de nacimiento: 1946 Lugar de nacimiento: Traghen |
Jefe de Gabinete de Muamar el Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. Posee o controla fondos malversados del Estado libio. |
28.2.2011 |
▼M40 ————— |
||||
►M23 5. ◄ |
FARKASH, Mohammed Boucharaya |
Fecha de nacimiento: 1 de julio de 1949 Lugar de nacimiento: Al-Bayda |
Anterior Director de Inteligencia de la Oficina de Seguridad Exterior. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
28.2.2011 |
►M23 6. ◄ |
EL-KASSIM ZOUAI, Mohamed Abou |
|
Anterior Secretario General del Congreso General del Pueblo. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
▼M42 ————— |
||||
►M23 8. ◄ |
HIJAZI, Mohamad Mahmoud |
|
Ministro de Sanidad y Medio Ambiente del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
►M23 9. ◄ |
HOUEJ, Mohamad Ali |
Fecha de nacimiento: 1949 Lugar de nacimiento: Al-Azizia (cerca de Trípoli) |
Ministro de Industria, Economía y Comercio del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
▼M38 ————— |
||||
►M23 11. ◄ |
AL-CHARIF, Ibrahim Zarroug |
|
Ministro de Asuntos Sociales del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
►M23 12. ◄ |
FAKHIRI, Abdelkebir Mohamad |
Fecha de nacimiento: 4 de mayo de 1963 Número de pasaporte: B/014965 (caducó a finales de 2013) |
Ministro de Educación, Enseñanza Superior e Investigación del Gobierno del Coronel Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
►M23 13. ◄ |
MANSOUR, Abdallah |
Fecha de nacimiento: 8.7.1954 Número de pasaporte: B/014924 (caducó a finales de 2013) |
Antiguo colaborador próximo del Coronel Gadafi, papel de primera importancia en los servicios de seguridad y antiguo Director de la Radiotelevisión. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
▼M5 ————— |
||||
▼M30 ————— |
||||
►M23 15. ◄ |
DIBRI, Abdulqader Yusef |
Cargo: Jefe de la seguridad personal de Muamar el Gadafi. Fecha de nacimiento: 1946 Lugar de nacimiento: Trípoli (Libia) |
Responsable de seguridad del régimen. Historial de violencia ejercida contra los disidentes. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
28.2.2011 |
►M23 16. ◄ |
GADAF AL-DAM, Sayyid Mohammed |
Fecha de nacimiento: 1948 Lugar de nacimiento: Sirte (Libia) |
Primo de Muamar el Gadafi. En los años 80, Sayyid participó en la campaña de asesinatos de disidentes y, presuntamente, fue responsable de varias muertes ocurridas en Europa. Se cree también que ha participado en la adquisición de armamento. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
28.2.2011 |
17. |
AL-GADAFI, Quren Salih Quren Alias Akrin Akrin Saleh, Al Qadhafi Qurayn Salih Qurayn, Al Qadhafi Qu'ren Salih Qu'ren, Salah Egreen |
Sexo: masculino |
Antiguo embajador libio en Chad. Se ha trasladado de Chad a Sabha. Ha participado directamente en el reclutamiento y la coordinación de mercenarios para el régimen del difunto Muamar el Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. Miembro del Frente Popular de Liberación de Libia, milicia y partido político leales al difunto Muamar el Gadafi. Implicado en actividades que menoscaban la conclusión satisfactoria de la transición política en Libia oponiéndose a las Naciones Unidas y obstruyendo el proceso político facilitado por las Naciones Unidas, incluido el Foro de Diálogo Político Libio, por lo que sigue representando un riesgo para la paz, la estabilidad y la seguridad de Libia. |
12.4.2011 |
►M23 18. ◄ |
AL-KUNI, Coronel Amid Husain |
Supuesta situación/paradero: Libia meridional |
Anterior Gobernador de Ghat (Libia meridional). Ha participado directamente en el reclutamiento de mercenarios. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
▼M36 ————— |
||||
▼M40 ————— |
||||
▼M36 ————— |
||||
▼M45 ————— |
||||
23. |
DIAB, Moussa Alias DIAB, Mousa |
Sexo: masculino |
Moussa Diab es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, incluyendo la trata de seres humanos y el secuestro, la violación y el asesinato de migrantes y refugiados, y ha participado directamente en estos crímenes. Retuvo a migrantes y refugiados en cautividad en un campamento de detención ilegal cerca de Bani Walid, donde fueron tratados de forma inhumana y degradante. Varios migrantes y refugiados fueron asesinados cuando intentaron escapar del campo de detención. |
21.9.2020 |
24. |
Yevgeniy Viktorovich PRIGOZHIN (Евгений Викторович Пригожин) |
Fecha de nacimiento: 1 de junio de 1961 Lugar de nacimiento: Leningrado, antigua URSS (actualmente San Petersburgo, Federación de Rusia) Nacionalidad: rusa Sexo: masculino |
Yevgeniy Viktorovich Prigozhin es un empresario ruso con vínculos estrechos, en particular económicos, con el Grupo Wagner, una entidad militar privada no constituida en sociedad establecida en Rusia. De este modo, Prigozhin está implicado en las actividades del Grupo Wagner en Libia, que amenazan la paz, la estabilidad y la seguridad del país, y presta apoyo a tales actividades. En concreto, el Grupo Wagner está implicado en múltiples y repetidas violaciones del embargo de armas a Libia establecido en la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y transpuesto en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2015/1333, como el suministro de armas y el despliegue de mercenarios en Libia en apoyo del Ejército Nacional de Libia. El Grupo Wagner ha participado en múltiples operaciones militares contra el Gobierno de Consenso Nacional respaldado por las Naciones Unidas y ha contribuido a dañar la estabilidad de Libia y a comprometer un proceso pacífico. |
15.10.2020 |
25. |
KUZNETSOV, Aleksandr (Alexander) Sergeevich (Александр Сергеевич КУЗНЕЦОВ) |
Cargo(s): Comandante de la 1.a Compañía de Ataque y Reconocimiento del Grupo Wagner Distintivo de llamada: Ratibor Fecha de nacimiento: 8 de octubre de 1977 Lugar de nacimiento: Nikolskoye, antigua U.R.S.S. (ahora Federación de Rusia) Nacionalidad: rusa Identificación del Grupo Wagner: M-0271 Sexo: masculino |
Aleksandr Sergeevich Kuznetsov pertenece a la estructura de mando del Grupo Wagner, una entidad militar privada no constituida en sociedad con sede en Rusia. Asumió el mando de la 1.a Compañía de Ataque y Reconocimiento del Grupo Wagner en 2014. Resultó herido en septiembre de 2019 en Libia, mientras luchaba junto con el Ejército de Liberación Nacional Libio como comandante de los efectivos militares del Grupo Wagner. Por su cargo y sus actos, Kuznetsov es responsable de las actividades del Grupo Wagner que amenazan la paz, la estabilidad y la seguridad de Libia. |
13.12.2021 |
B. Entidades Bajo el control de Muamar Gadafi y su familia, y posible fuente de financiación de su régimen.
|
Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
Empresa de Inversiones Libio-Arabo-Africana-LAAICO (también denominada LAICO) |
Internet: http://www.laaico.com. Sociedad establecida en 1981, 76351 Janzour (Libia). 81370 Trípoli (Libia) Tel. 00 218 (21) 4890146-4890586-4892613 Fax: 00 218 (21) 4893800-4891867 Correo electrónico: info@laaico.com |
Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
2. |
Gaddafi International Charity and Development Foundation (Fundación internacional de beneficencia y desarrollo Gadafi) |
Datos de contacto de la administración: Hay Alandalus — Jian St. — Trípoli — PoBox: 1101 — LIBIA Tel. (+218) 214778301. Fax (+218) 214778766. Correo electrónico: info@gicdf.org |
Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
3. |
Waatassimou Foundation |
Con sede en Trípoli. |
Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
21.3.2011 |
4. |
Oficina general de la radiotelevisión libia |
Datos de contacto: Tel. 00 218214445926; 00 214445900. Fax 00 218213402107 http://www.ljbc.net. Correo electrónico: info@ljbc.net |
Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. Implicado en la incitación pública al odio y a la violencia mediante participación en campañas de desinformación en relación con la represión de los manifestantes. |
21.3.2011 |
5. |
Cuerpo de la guardia revolucionaria |
|
Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. Implicación en la represión de los manifestantes. |
21.3.2011 |
6. |
Banco Agrícola de Libia (otras denominaciones Banco Agrícola; Banco Agrícola Al Masraf Al Zirae; Al Masraf Al Zirae; Banco Agrícola de Libia) |
Área del El Ghayran, Ganzor El Sharqya, Apdo de Correos 1100, Trípoli (Libia); Al Jumhouria Street, East Junzour, Al Gheran, Trípoli, (Libia). Correo electrónico: agbank@agribankly.org. SWIFT/BIC AGRULYLT (Libia). Tel. (218)214870586; Tel. (218) 214870714; Tel. (218) 214870745; Tel. (218) 213338366; Tel. (218) 213331533; Tel. (218) 213333541; Tel. (218) 213333544; Tel. (218) 213333543; Tel. (218) 213333542; Fax (218) 214870747; Fax (218) 214870767; Fax (218) 214870777; Fax (218) 213330927; Fax (218) 213333545. |
Filial libia del Banco Central de Libia. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
7. |
Al-Inma Holding Co. for Services Investments (Holding Al-Inma para inversiones en servicios) |
|
Filial libia del Fondo para el Desarrollo Económico y Social. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
8. |
Al-Inma Holding Co. For Industrial Investments (Holding Al-Inma para inversiones industriales) |
|
Filial libia del Fondo para el Desarrollo Económico y Social. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
9. |
Al-Inma Holding Company for Tourism Investment (Holding Al-Inma para inversiones turísticas) |
Calle Hasan al-Mashay (adyacente a la calle Al-Zawiyah) Tel. (218) 213345187, Fax +218.21.334.5188 Correo electrónico: info@ethic.ly |
Filial libia del Fondo para el Desarrollo Económico y Social. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
10. |
Al-Inma Holding Co. for Construction and Real Estate Developments (Holding Al-Inma para proyectos de construcción e inmobiliarios) |
|
Filial libia del Fondo para el Desarrollo Económico y Social. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
11. |
LAP Green Networks (también denominado Lap GreenN, LAP Green Holding Company) |
9th Floor, Ebene Tower, 52, Cybercity, Ebene, Mauricio |
Filial libia de la Libyan Africa Investment Portfolio (Cartera Libia de Inversiones para África). Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
12. |
Sabtina Ltd |
530-532 Elder Gate, Elder House, Milton Keynes, UK. Información adicional: no de registro: 01794877 (UK) |
Filial registrada en el Reino Unido del Organismo de Inversiones de Libia. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
13. |
Ashton Global Investments Limited |
Woodbourne Hall, PO Box 3162, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. Información adicional: no de registro: 1510484 (BVI). |
Filial registrada en las Islas Vírgenes Británicas del Organismo de Inversiones de Libia. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
14. |
Capitana Seas Limited |
|
Entidad registrada en las Islas Vírgenes Británicas perteneciente a Saadi Gadafi. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
15. |
Kinloss Property Limited |
Woodbourne Hall, PO Box 3162, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. Información adicional: no de registro: 1534407 (BVI). |
Filial registrada en las Islas Vírgenes Británicas del Organismo de Inversiones de Libia. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
16. |
Baroque Investments Limited |
c/o ILS Fiduciaries (IOM) Ltd, First Floor, Millennium House, Victoria Road, Douglas, Isla de Man. Información adicional: no de registro: 59058C (IOM). |
Filial registrada en la Isla de Man del Organismo de Inversiones de Libia. Estrechamente asociado al anterior régimen de Muamar el Gadafi. |
12.4.2011 |
17. |
Sigma Airlines Otras denominaciones: Sigma Aviation; Air Sigma |
Dirección: Calle Markov, 11 050013, Almaty (Kazajistán) Tel. +77272922305 Sitio web: https://airsigma.pro/ Registrada con el nombre: Kenesbayev Umirbek Zharmenovich |
Sigma Airlines es una compañía aérea comercial de carga y se ha constatado que explota aeronaves que han incumplido el embargo de armas a Libia establecido en la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y transpuesto en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2015/1333. Las Naciones Unidas han determinado que Sigma Airlines es uno de los proveedores comerciales de carga aérea que operan incumpliendo el embargo de las Naciones Unidas sobre el transporte de material militar a Libia. |
21.9.2020 |
18. |
Avrasya Shipping |
Dirección: Liman Mh. Gezi Cd. n.o 22/3 İlkadım, Samsun (Turquía) Tel. +90 549 720 1748 Correo electrónico: info@avrasyashipping.com Sitio web: http://www.avrasyashipping.com/iletisim |
Avrasya Shipping es una compañía marítima que explota un buque denominado Cirkin y se ha probado que ha incumplido el embargo de armas a Libia establecido en la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y transpuesto en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2015/1333. En concreto, el Cirkin ha sido vinculado al transporte de material militar a Libia en mayo y junio de 2020. |
21.9.2020 |
19. |
Med Wave Shipping |
Dirección: Despacho 511, 5.° piso, edificio Baraka, Dauwar Al-Waha (Jordania); Edificio Adel Al-Hojrat n.o 3, 1.° piso, frente a Swefieh, Mall-Swefieh, Apartado de correos 850880, Amán 11185 (Jordania); Piso bajo, Edificio Orient Queen Homes, John Kennedy, Ras Beirut (Líbano) Tel. +962787064121; +96265865550; +96265868550 Correo electrónico: operation@medwave.co |
Med Wave Shipping es una compañía marítima que explota un buque denominado Bana y se ha constatado que ha incumplido el embargo de armas a Libia establecido en la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y transpuesto en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2015/1333. En concreto, el Bana ha sido vinculado al transporte de material militar a Libia en enero de 2020. |
21.9.2020 |
ANEXO V
LISTA DE BUQUES A QUE SE REFIEREN EL ARTÍCULO 6, APARTADO 1, Y EL ARTÍCULO 7, APARTADOS 1, 2, 3 Y 5
…
B. Entidades
▼M3 —————
▼M21 —————
ANEXO VI
LISTA DE ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 9, APARTADO 3
1. Nombre: LIBYAN INVESTMENT AUTHORITY (ORGANISMO DE INVERSIONES DE LIBIA)
También denominada: Libyan Foreign Investment Company (LFIC) (Sociedad de inversiones extranjeras de Libia). Antes: nd. Dirección:Torre Fateh 1, Despacho n.o 99, piso 22.o, Calle Borgaida, Trípoli, 1103 Libia. Fecha de inclusión en la lista:17 de marzo de 2011. Información adicional: Incluida en la lista en virtud del apartado 17 de la Resolución 1973, modificado el 16 de septiembre en virtud del apartado 15 de la Resolución 2009. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5526075
2. Nombre: LIBYAN AFRICA INVESTMENT PORTFOLIO (CARTERA AFRICANA LIBIA DE INVERSIONES)
También denominada: nd. Antes: nd. Dirección:Calle Jamahiriya, Edificio LAP, Apartado de Correos 91330, Trípoli, Libia. Fecha de inclusión en la lista:17 de marzo de 2011. Información adicional: Incluida en la lista en virtud del apartado 17 de la Resolución 1973, modificado el 16 de septiembre en virtud del apartado 15 de la Resolución 2009. Enlace a la notificación especial de la INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: https://www.interpol.int/en/notice/search/un/5525715