02014D0061(01) — ES — 01.01.2025 — 002.001


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DECISIÓN (UE) 2015/287 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 31 de diciembre de 2014

relativa al desembolso de capital, la transferencia de activos exteriores de reserva y la contribución a las reservas y provisiones del Banco Central Europeo por el Lietuvos bankas (BCE/2014/61)

(DO L 050 de 21.2.2015, p. 44)

Modificada por:

 

 

Diario Oficial

  n°

página

fecha

►M1

DECISIÓN (UE) 2019/44 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO  de 29 de noviembre de 2018

  L 9

180

11.1.2019

►M2

DECISIÓN (UE) [2024/2940 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 14 de noviembre de 2024

  L 2940

1

11.12.2024




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DECISIÓN (UE) 2015/287 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 31 de diciembre de 2014

relativa al desembolso de capital, la transferencia de activos exteriores de reserva y la contribución a las reservas y provisiones del Banco Central Europeo por el Lietuvos bankas (BCE/2014/61)



Artículo 1

Definiciones

A efectos de la presente Decisión, se entenderá por:

a)

«activos exteriores de reserva» : oro o dólares estadounidenses;

b)

«oro» : onzas troy de oro fino en forma de barras tipo London Good Delivery que cumplan las especificaciones de la London Bullion Market Association;

c)

«dólar estadounidense» : la moneda de curso legal en los Estados Unidos.

▼M1 —————

▼B

Artículo 3

Transferencia de los activos de reserva

1.  

El Lietuvos bankas transferirá al BCE, con efectos a partir del 1 de enero de 2015 y de conformidad con el presente artículo y las disposiciones que en virtud de él se adopten, activos exteriores de reserva denominados en dólares estadounidenses y en oro por un importe equivalente a 338 656 541,82 EUR, tal como se indica a continuación:



Importe equivalente en euros de los dólares estadounidenses

Importe equivalente en euros del oro

Importe equivalente total en euros

287 858 060,55

50 798 481,27

338 656 541,82

2.  
El importe equivalente en euros de los activos exteriores de reserva que transferirá el Lietuvos bankas con arreglo al apartado 1 se calculará conforme a los tipos de cambio entre el euro y el dólar estadounidense fijados por el procedimiento de consulta escrito de veinticuatro horas el 31 de diciembre de 2014 entre el Eurosistema y el Lietuvos bankas y, en el caso del oro, conforme al precio en dólares estadounidenses de la onza troy de oro fino fijado en el mercado del oro de Londres a las 10:30 horas, hora de Londres, el 31 de diciembre de 2014.
3.  
El BCE confirmará al Lietuvos bankas lo antes posible el importe calculado conforme al apartado 2.
4.  
De conformidad con el apartado 1, el Lietuvos bankas transferirá un importe de efectivo en dólares estadounidenses al BCE que sea equivalente al importe en euros establecido en el cuadro del apartado 1.
5.  
El importe de efectivo en dólares estadounidenses que sea equivalente al importe en euros establecido en el cuadro del apartado 1 se transferirá al BCE a las cuentas que este indique. La fecha de liquidación para el efectivo en dólares estadounidenses que deba transferirse al BCE será el 5 de enero de 2015. El Lietuvos bankas dará instrucciones para ejecutar la transferencia al BCE.
6.  
El valor del oro que el Lietuvos bankas transfiera al BCE conforme al apartado 1 estará lo más próximo posible de 50 798 481,27 EUR sin sobrepasar dicho importe.
7.  
El Lietuvos bankas transferirá el oro a que se refiere el apartado 1, en forma no invertida, a las cuentas y en los lugares que el BCE indique. La fecha de liquidación para el oro que deba transferirse al BCE será el 5 de enero de 2015. El Lietuvos bankas dará instrucciones para ejecutar la transferencia al BCE.
8.  
Si el Lietuvos bankas transfiere oro al BCE por importe inferior al especificado en el apartado 1, el 5 de enero de 2015 transferirá la diferencia en efectivo en dólares estadounidenses a la cuenta del BCE que este designe. Dicho efectivo en dólares estadounidenses no será parte de los activos exteriores de reserva denominados en dólares estadounidenses que el Lietuvos bankas transfiera al BCE conforme a la columna de la izquierda del cuadro del apartado 1.
9.  
La diferencia, si la hubiere, entre el importe equivalente total en euros mencionado en el apartado 1 y el importe mencionado en el artículo 4, apartado 1, se liquidará de conformidad con el Acuerdo de 31 de diciembre de 2014 entre el Lietuvos bankas y el Banco Central Europeo relativo al activo acreditado al Lietuvos bankas por el Banco Central Europeo conforme al artículo 30.3 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo ( 1 ).

Artículo 4

Denominación, remuneración y vencimiento del activo equivalente a la contribución

1.  
Con efectos a partir del 1 de enero de 2015 y con sujeción a lo especificado en el artículo 3 en relación con las fechas de liquidación de las transferencias de activos exteriores de reserva, el BCE acreditará al Lietuvos bankas un activo denominado en euros equivalente al importe total en euros de su contribución de activos exteriores de reserva. El activo será de 239 453 709,58 EUR.

▼M2

2.  
El activo acreditado por el BCE al Lietuvos bankas se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33) ( 2 ).

▼B

3.  
Los intereses devengados calculados conforme al apartado 2 se pagarán al Lietuvos bankas al final de cada ejercicio. El BCE informará trimestralmente al Lietuvos bankas del importe acumulado.
4.  
El activo no será amortizable.

Artículo 5

Contribuciones a las reservas y provisiones del BCE

1.  
Con efectos a partir del 1 de enero de 2015 el Lietuvos bankas contribuirá a las reservas del BCE, a las provisiones equivalentes a reservas y al importe que aún deba asignarse a las reservas y provisiones correspondientes al saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias al 31 de diciembre de 2014.
2.  
La cantidad con la que deba contribuir el Lietuvos bankas se determinará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de los Estatutos del SEBC. Las referencias del artículo 48.2 al «número de acciones suscritas por el banco central de que se trate» y al «número de acciones que hayan desembolsado los demás bancos centrales» se entenderán hechas a la ponderación del Lietuvos bankas por un lado, y de los BCN de los Estados miembros cuya moneda es el euro existentes por el otro, en la clave del capital del BCE, con arreglo a la Decisión BCE/2013/26.
3.  
A los efectos del apartado 1, «las reservas del BCE» y «las provisiones equivalentes a reservas» incluirán el fondo de reserva general, los saldos de las cuentas de revalorización y las provisiones frente a los riesgos cambiarios, de tipo de interés, de crédito, de mercado y de fluctuación de la cotización del oro, del BCE.
4.  
A más tardar el primer día hábil siguiente a la aprobación por el Consejo de Gobierno de las cuentas anuales del BCE del ejercicio de 2014, el BCE calculará y confirmará al Lietuvos bankas la cantidad con la que este deba contribuir conforme al apartado 1.
5.  

El segundo día hábil siguiente a la aprobación por el Consejo de Gobierno de las cuentas anuales del BCE del ejercicio de 2014, el Lietuvos bankas pagará al BCE por TARGET2:

a) 

la cantidad adeudada al BCE calculada conforme al apartado 4, menos cualquier cantidad que sobrepase el activo al que se refiere el artículo 4, apartado 1, transferida en las fechas de liquidación establecidas en el artículo 3, apartados 5 y 7 (anticipo de la contribución), y

b) 

los intereses devengados, entre el 1 de enero de 2015 y el día de pago, de la cantidad adeudada al BCE conforme al apartado 4, menos cualquier anticipo de la contribución.

6.  
Los intereses a que se refiere el apartado 5, letra b), se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo de interés marginal empleado por el Eurosistema en su operación principal de financiación más reciente.

Artículo 6

Competencias

1.  
En la medida necesaria, el Comité Ejecutivo del BCE dará instrucciones al Lietuvos bankas para especificar y aplicar cualesquiera disposiciones de la presente Decisión y para resolver adecuadamente cualquier problema que susciten.
2.  
Toda instrucción del Comité Ejecutivo en virtud del apartado 1 se notificará sin demora al Consejo de Gobierno, y el Comité Ejecutivo acatará cualquier decisión del Consejo de Gobierno al respecto.

Artículo 7

Disposición final

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2015.



( 1 )  DO C 64 de 21.2.2015, p. 5.

( 2 ) Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo, de 14 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Decisión (UE) 2016/2248 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (BCE/2016/36) (BCE 2024/33) (DO L, 2024/2939, 11.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/2939/oj).