02022D2278 — ES — 27.09.2023 — 001.001


Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento

►B

DECISIÓN (UE) 2022/2278 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 8 de noviembre de 2022

sobre la aprobación del volumen de emisión de monedas en 2023 (BCE/2022/40)

(DO L 300 de 21.11.2022, p. 46)

Modificada por:

 

 

Diario Oficial

  n°

página

fecha

►M1

DECISIÓN (UE) 2023/2068 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO  de 12 de septiembre de 2023

  L 238

147

27.9.2023




▼B

DECISIÓN (UE) 2022/2278 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 8 de noviembre de 2022

sobre la aprobación del volumen de emisión de monedas en 2023 (BCE/2022/40)



Artículo 1

Definiciones

A efectos de la presente Decisión, se aplicarán las definiciones del artículo 1 de la Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43).

Artículo 2

Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2023

El BCE aprueba el siguiente volumen de emisión de monedas en euros en 2023 por los Estados miembros de la zona del euro:



(millones EUR)

 

Volumen de emisión de monedas en euros aprobado para 2023

Monedas destinadas a la circulación

Monedas de colección

(no destinadas a la circulación)

Volumen de emisión de monedas

Bélgica

38,00

0,40

38,40

Alemania

427,00

206,00

633,00

Estonia

15,30

0,29

15,59

Irlanda

32,60

0,50

33,10

Grecia

125,50

0,62

126,12

España

303,00

40,00

343,00

Francia

284,00

55,00

339,00

Croacia

316,34

0,43

316,77

Italia

257,00

4,55

261,55

Chipre

6,00

0,01

6,01

Letonia

10,00

0,20

10,20

Lituania

12,00

0,41

12,41

Luxemburgo

13,20

0,26

13,46

Malta

8,00

0,50

8,50

Países Bajos

49,00

1,00

50,00

▼M1

Austria

116,00

175,51

291,51

▼B

Portugal

71,50

2,00

73,50

Eslovenia

25,50

1,50

27,00

Eslovaquia

16,00

2,00

18,00

Finlandia

10,00

5,00

15,00

▼M1

Total

2 135,94

496,18

2 632,12

▼B

Artículo 3

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su notificación a los destinatarios.

Artículo 4

Destinatarios

La presente Decisión se dirige a los Estados miembros cuya moneda es el euro y a Croacia.