02005R1810 — ES — 06.07.2023 — 004.001
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REGLAMENTO (CE) No 1810/2005 DE LA COMISIÓN de 4 de noviembre de 2005 relativo a una nueva autorización durante diez años de un aditivo en los piensos, a la autorización permanente de determinados aditivos en los piensos y a la autorización provisional de nuevos usos de determinados aditivos ya permitidos en los piensos (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 291 de 5.11.2005, p. 5) |
Modificado por:
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Diario Oficial |
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n° |
página |
fecha |
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REGLAMENTO (CE) No 184/2007 DE LA COMISIÓN de 20 de febrero de 2007 |
L 63 |
1 |
1.3.2007 |
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REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 651/2013 DE LA COMISIÓN de 9 de julio de 2013 |
L 189 |
1 |
10.7.2013 |
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REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1145 DE LA COMISIÓN de 8 de junio de 2017 |
L 166 |
1 |
29.6.2017 |
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REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1173 DE LA COMISIÓN de 15 de junio de 2023 |
L 155 |
28 |
16.6.2023 |
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REGLAMENTO (CE) No 1810/2005 DE LA COMISIÓN
de 4 de noviembre de 2005
relativo a una nueva autorización durante diez años de un aditivo en los piensos, a la autorización permanente de determinados aditivos en los piensos y a la autorización provisional de nuevos usos de determinados aditivos ya permitidos en los piensos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
▼M1 —————
Artículo 2
Se autoriza, sin límite de tiempo, el uso como aditivo en la alimentación animal de las sustancias que figuran en el anexo II, pertenecientes al grupo «Agentes aglutinantes, antiaglomerantes y coagulantes», en las condiciones establecidas en el mencionado anexo.
▼M4 —————
Artículo 4
Se autoriza, durante cuatro años, el uso provisional como aditivo en la alimentación animal, del preparado que figura en el anexo IV, perteneciente al grupo «Microorganismos», en las condiciones establecidas en el mencionado anexo.
Artículo 5
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
ANEXO I
|
Número de registro del aditivo |
Nombre y número de registro del responsable de la puesta en circulación del aditivo |
Aditivo (nombre comercial) |
Composición, fórmula química y descripción |
Especie o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Fin del período de autorización |
|
mg de sustancia activa/kg de pienso completo |
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Promotores del crecimiento |
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E 800 |
BASF Aktiengesellschaft |
Diformato de potasio (Formi LHS) |
Composición del aditivo: Diformato de potasio, sólido 98 % Silicato: máximo 1,5 % Agua: máximo 0,5 % Sustancia activa: Diformato de potasio, sólido KH(COOH)2 No CAS 20642-05-1 |
Lechones (destetados) |
— |
6 000 |
18 000 |
Indicado para el uso en lechones destetados de hasta 35 kg aproximadamente |
25.11.2015 |
|
Cerdos de engorde |
— |
6 000 |
12 000 |
— |
25.11.2015 |
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ANEXO II
|
No o no CE |
Aditivo |
Fórmula química y descripción |
Especie o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Fin del período de autorización |
|
mg/kg de pienso completo |
||||||||
|
Aglutinantes, agentes antiaglomerantes y coagulantes |
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▼M2 ————— |
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E 535 |
Ferrocianuro sódico |
Na4[Fe(CN)6]. 10H2O |
Todas las especies animales o categorías de animales |
— |
— |
— |
Contenido máximo: 0 mg/kg NaCl (calculado como anión de ferrocianuro) |
Sin límite de tiempo |
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E 536 |
Ferrocianuro potásico |
K4[Fe(CN)6]. 3H2O |
Todas las especies animales o categorías de animales |
— |
— |
— |
Contenido máximo: 80 mg/kg NaCl (calculado como anión de ferrocianuro) |
Sin límite de tiempo |
▼M4 —————
ANEXO IV
|
No o no CE |
Aditivo |
Fórmula química y descripción |
Especie o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Fin del período de autorización |
|
UFC/kg de pienso completo |
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Microorganismos |
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▼M3 ————— |
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18 |
Enterococcus faecium CECT 4515 |
Preparado de Enterococcus faecium con un contenido mínimo de: 1 × 109 UFC/g de aditivos |
Pollos de engorde |
— |
1 × 109 |
1 × 109 |
En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquense la temperatura de conservación, el período de conservación y la estabilidad ante la granulación. |
25.11.2009 |