16.4.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 133/19


Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación

(2018/C 133/03)

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Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que han de manejar las monedas y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas en euros pueden emitir monedas conmemorativas en euros destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un motivo conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.

Estado emisor : República de San Marino.

Tema de la conmemoración : 500. aniversario del nacimiento de Tintoretto.

Descripción del motivo : En el centro de la moneda se reproduce un detalle del cuadro de Tintoretto «La Visitación» (el abrazo entre la Virgen María e Isabel) y se indican las fechas «1518-2018»; en el contorno: en la parte superior está escrito «SAN MARINO» y en la parte inferior «Tintoretto»; a la izquierda están escritas las iniciales de la autora Luciana de Simoni «LDS» y la letra «R», identificador de la Casa de la Moneda de Roma.

En la corona exterior de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.

Volumen de emisión : 60 500 monedas.

Fecha de emisión : Abril de 2018.


(1)  Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.

(2)  Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).