11.11.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 396/3


Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación

2014/C 396/04

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Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación y emitida por España

Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euros pueden emitir monedas conmemorativas de euros destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular, que emplee la denominación de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un motivo conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.

Estado emisor : España.

Tema de la conmemoración : Cambio en la jefatura del Estado.

Descripción del motivo : El motivo representa los retratos superpuestos de los reyes Felipe VI y Juan Carlos I. En la parte inferior figura el nombre del país emisor y el año de emisión «ESPAÑA — 2014». A la derecha, la marca de ceca.

En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.

Volumen de emisión : 12 000 000.

Fecha de emisión : octubre/noviembre de 2014.


(1)  Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.

(2)  Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).