26.3.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 112/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 11 de diciembre de 2017 — Telecom Italia SpA / Ministero dello Sviluppo Economico, Infrastrutture e telecomunicazioni per l’Italia SpA (Infratel Italia SpA)

(Asunto C-697/17)

(2018/C 112/19)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Telecom Italia SpA

Recurridas: Ministero dello Sviluppo Economico, Infrastrutture e telecomunicazioni per l’Italia SpA (Infratel Italia SpA)

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 28, apartado 2, primera frase, de la Directiva 2014/24/UE, (1) en el sentido de que exige la plena identidad jurídica y económica entre los operadores seleccionados y los que presentan las ofertas en el ámbito del procedimiento restringido y, en particular, de que se opone a un acuerdo entre las sociedades de cartera que controlan a dos operadores preseleccionados, celebrado entre la fecha de selección y la fecha de presentación de las ofertas, cuando a) dicho acuerdo tenga por objeto y por efecto (inter alia) una fusión mediante la absorción de una empresa seleccionada por otra de las empresas seleccionadas (operación, por lo demás, autorizada por la Comisión Europea); b) los efectos de la operación de fusión no se consumen hasta después de la presentación de la oferta por parte de la empresa absorbente (motivo por el cual, en el momento de la presentación de la oferta, su composición no había variado con respecto a la que tenía en el momento de la selección previa) y c) la empresa posteriormente absorbida (cuya composición no había resultado modificada en la fecha límite para la presentación de las ofertas) haya decidido, no obstante, no participar en el procedimiento restringido, verosímilmente para cumplir el programa contractual establecido en el acuerdo celebrado entre las sociedades de cartera?


(1)  Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE Texto pertinente a efectos del EEE (DO 2014, L 94, p. 65).