15.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 59/33 |
Recurso interpuesto el 3 de diciembre de 2015 — Crédit Mutuel Arkéa/BCE
(Asunto T-712/15)
(2016/C 059/38)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Crédit Mutuel Arkéa (Le Relecq-Kerhuon, Francia) (representante: H. Savoie, abogado)
Demandada: Banco Central Europeo (BCE)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la Decisión del Banco Central Europeo de 5 de octubre de 2015 (ECB/SSM/2015 — 9695000CG7B8NLR5984/28) por la que se establecen las exigencias prudenciales aplicables al Groupe Crédit Mutuel. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
1. |
Primer motivo, basado en el hecho de que la decisión del Banco Central Europeo de 5 de octubre de 2015 (en lo sucesivo, «decisión») es ilegal debido a que infringe las disposiciones de Derecho europeo que limitan la competencia del BCE en materia de supervisión prudencial a las entidades de crédito. Dicho motivo se divide en cuatro partes.
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2. |
Segundo motivo, basado en el hecho de que la decisión debe también ser anulada, ya que incurrió en ilegalidad al considerar que el conjunto Crédit Mutuel constituye un grupo en el sentido de las disposiciones europeas aplicables en materia de supervisión prudencial. Dicho motivo se divide en tres partes:
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3. |
Tercer motivo basado en el hecho de que la decisión debe anularse al aumentar ilegalmente del 8 % al 11 % la exigencia de fondos propios de base de categoría 1 aplicable al grupo Crédit Mutuel Arkéa. Dicho motivo se divide en dos partes:
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