15.2.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 59/22


Recurso interpuesto el 11 de noviembre de 2015 — Stena Line Scandinavia/Comisión

(Asunto T-631/15)

(2016/C 059/25)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Stena Line Scandinavia AB (Gotemburgo, Suecia) (representantes: P. Alexiadis, Solicitor, L. Sandberg-Mørch, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare admisible y fundado el recurso.

Anule la decisión de la Comisión Europea de 23 de julio de 2015 relativa a la ayuda de Estado SA.39078 (2014/N) (Dinamarca) para la financiación del proyecto de conexión fija de la zona de Fehmarn.

Condene a la Comisión a cargar con las costas de la parte demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en un error de la Comisión

Mediante el primer motivo alega que la Comisión incurrió en error al estimar que la financiación concedida a Femern A/S para las conexiones ferroviarias internas danesas no constituye ayuda de Estado en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1.

2.

Segundo motivo, basado en diversos errores de la Comisión

Mediante el segundo motivo alega que la Comisión incurrió en error al estimar que las medidas de ayuda concedidas a Femern A/S para la conexión fija son compatibles con el mercado interior conforme al artículo107 TFUE, apartado 3, letra b). La Comisión cometió un error de Derecho y un error manifiesto de apreciación al estimar que el proyecto de conexión fija de la zona de Fehmarn era de interés común europeo y que la ayuda era necesaria y proporcionada. Asimismo, la Comisión cometió un error de Derecho y un error manifiesto de apreciación con respecto a la prevención del falseamiento indebido de la competencia y ponderación y con respecto a la movilización de las garantías estatales.

3.

Tercer motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de iniciar el procedimiento de investigación formal y en un análisis insuficiente e incompleto por parte de la Comisión

Mediante el tercer motivo alega que la Comisión incumplió su obligación de iniciar el procedimiento de investigación formal. La demandante aduce que existen indicios de serias dificultades en relación con la duración y las circunstancias del procedimiento de examen preliminar. Además, la demandante alega un análisis insuficiente e incompleto acerca de la financiación concedida a Femern A/S para las conexiones ferroviarias internas danesas, con respecto al interés común europeo del proyecto de conexión fija de la zona de Fehmarn, a la necesidad y proporcionalidad de la ayuda y a la prevención del falseamiento indebido de la competencia y ponderación.

4.

Cuarto motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación por parte de la Comisión

Mediante el cuarto motivo alega que la Comisión incumplió su obligación de motivación. La Comisión no expuso ninguna motivación en relación con las conexiones ferroviarias internas danesas, con el interés común europeo del proyecto de conexión fija de la zona de Fehmarn, con la necesidad y proporcionalidad de la ayuda y con el falseamiento indebido de la competencia y ponderación.