19.10.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 346/32


Recurso de casación interpuesto el 13 de agosto de 2015 por el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 3 de junio de 2015 en el asunto F-78/14, Gross/SEAE

(Asunto T-472/15 P)

(2015/C 346/38)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) (representantes: S. Marquardt y M. Silva, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Philipp Oliver Gross (Bruselas, Bélgica)

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Tercera) de 3 de junio en el asunto F-78/14 (Gross/SEAE).

Estime las pretensiones formuladas por la parte recurrente en casación en primera instancia.

Condene en costas a la parte recurrida en casación.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso, la parte recurrente invoca siete motivos, algunos de los cuales se refieren al sistema de calificación y otros al sistema de promoción.

Sobre el sistema de calificación

1.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 43 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto»), de las normas en materia de reparto de la carga de la prueba, de la prohibición de resolver ultra petita y en la vulneración del derecho de defensa de la parte recurrente.

2.

Segundo motivo, basado en la infracción de los límites del control jurisdiccional. La parte recurrente alega que, en la sentencia recurrida, el Tribunal de la Función Pública (en lo sucesivo, «TFP») excede varias veces los límites de su control y parece querer obligarle a adoptar un sistema de calificación determinado.

3.

Tercer motivo, basado en un error de Derecho en cuanto a la falta de objetividad de un sistema de evaluación no cuantificado y en la infracción del artículo 43 del Estatuto.

4.

Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 266 TFUE, puesto que, al anular parcialmente la resolución controvertida, el TFP impidió la ejecución de la sentencia recurrida sin generar otras ilegalidades. La parte recurrente alega que si el artículo 4 de la resolución recurrida es ilegal, deberá hacerse, en ejecución de la sentencia recurrida, un nuevo análisis comparativo de los méritos de la parte recurrida con los de los demás funcionarios promovibles de su grado, sobre la base de los informes de calificación que, según lo declarado por el TFP, no permiten que dicho análisis se haga sobre una base objetiva y comparable.

Sobre el sistema de promoción

5.

Quinto motivo, basado en la infracción de la prohibición de resolver ultra petita y en la vulneración del derecho de defensa de la parte recurrente.

6.

Sexto motivo, basado en la infracción de las normas en materia de reparto de la carga de la prueba.

7.

Séptimo motivo, basado en un error de Derecho en cuanto a la infracción por la parte recurrente del artículo 45 del Estatuto.