26.1.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 26/12


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale regionale di giustizia amministrativa di Trento (Italia) el 6 de noviembre de 2014 — Antonio Tita y otros/Ministero della Giustizia y otros

(Asunto C-495/14)

(2015/C 026/15)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale regionale di giustizia amministrativa di Trento

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Antonio Tita, Alessandra Carlin, Piero Constantini

Demandadas: Ministero della Giustizia, Ministero dell’Economia e delle Finanze, Presidenza del Consiglio dei Ministri, Segretario Generale del Tribunale Regionale di Giustizia Amministrativa di Trento (TRGA)

Cuestión prejudicial

¿Se oponen los principios establecidos en la Directiva 2007/66/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2007, y en las Directivas 89/665/CEE (2) y 92/13/CEE (3) del Consejo, sobre la mejora de la eficacia de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos, a una normativa nacional italiana como la relativa a la tasa unificada («contributo unificato») diseñada en los artículos 9, 13, apartados 6 bis y 6 bis.1, y 14, apartado 3 ter, del Decreto del Presidente della Republica no 115, de 30 de mayo de 2002 (en su versión progresivamente actualizada por las sucesivas modificaciones legislativas), que establecen elevados importes en concepto de tasa unificada para el acceso a la jurisdicción contencioso-administrativa en materia de procedimientos de adjudicación de contratos públicos?


(1)  Directiva 2007/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2007 , por la que se modifican las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE del Consejo en lo que respecta a la mejora de la eficacia de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos (DO L 335, p. 31).

(2)  Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras (DO L 395, p. 33).

(3)  Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de los disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (DO L 76, p. 14).