8.12.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 439/12 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 9 de octubre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Hamburg — Alemania) — Douane Advies Bureau Rietveld/Hauptzollamt Hannover
(Asunto C-541/13) (1)
((Procedimiento prejudicial - Unión Aduanera y Arancel Aduanero Común - Clasificación arancelaria - Partida 3822 - Concepto de «reactivos de diagnóstico o de laboratorio» - Indicadores de exposición a una temperatura de referencia predeterminada))
(2014/C 439/17)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Hamburg
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Douane Advies Bureau Rietveld
Demandada: Hauptzollamt Hannover
Fallo
La partida 3822 de la Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada por el Reglamento (UE) no 861/2010 de la Comisión, de 5 de octubre de 2010, debe interpretarse en el sentido de que no están incluidos en dicha partida indicadores de temperatura, como los productos comercializados con las denominaciones «WarmMark» y «ColdMark», que, a través de una modificación de color resultante de la variación del volumen de los líquidos que contienen, indican, de manera irreversible, si se ha alcanzado una temperatura superior o inferior a un umbral determinado.