26.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 26/42


Sentencia del Tribunal General de 5 de diciembre de 2012 — Consorzio vino Chianti Classico/OAMI

(Asunto T-143/11) (1)

(Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria figurativa “F.F.R” - Marcas nacionales figurativas anteriores CHIANTI CLASSICO - Motivo de denegación relativo - Inexistencia de riesgo de confusión - Artículo 8, apartados 1, letra b), y 5 del Reglamento (CE) no 207/2009)

2013/C 26/80

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Consorzio vino Chianti Classico (Radda in Chianti, Italia) (representantes: S. Corona, G. Ciccone y A. Loffredo, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representantes: inicialmente V. Melgar y G. Mannucci, posteriormente V. Melgar y D. Walicka, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI: Fédération française de rugby (FFR) (Marcoussis, Francia)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 10 de enero de 2011 (asunto R 43/2010-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Consorcio vino Chianti Classico y la Fédération française de rugby (FFR).

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI), de 10 de enero de 2011 (asunto R 43/2010-4), en la medida en que la Sala de Recurso desestimó la oposición por estar basada en el artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

El Consorcio vino Chianti Classico y la OAMI cargarán cada uno con sus propias costas derivadas del procedimiento sustanciado ante el Tribunal.


(1)  DO C 152, de 21.5.2011.