Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 15 de diciembre de 2010 — Goncharov/OAMI

(Asunto C‑156/10 P)

«Recurso de casación — Marca comunitaria — Marcas consistentes en acrónimos — Marca anterior DSB — Signo denominativo “DSBW” — Procedimiento de oposición — Motivo de denegación relativo — Examen del riesgo de confusión — Similitud visual — Similitud fonética — Inadmisibilidad — Apreciación de los hechos»

Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 256 TFUE, ap. 1, párr. 2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véase el apartado 38)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 21 de enero de 2010, Goncharov/OAMI — DSB (DSBW) (T‑34/07), mediante la que dicho Tribunal desestimó el recurso de anulación formulado contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI, de 4 de diciembre de 2006, por la que se denegaba el registro del signo denominativo «DSBW» como marca comunitaria para ciertos servicios de las clases 39, 41 y 43 y se estimaba la oposición del titular de la marca comunitaria denominativa anterior «DSB» — Riesgo de confusión — No consideración, al examinar el riesgo de confusión, de las particularidades de las marcas consistentes en acrónimos — Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas al Sr. Goncharov.