14.8.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 221/19


Recurso de casación interpuesto el 18 de mayo de 2010 por Europaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 2 de marzo de 2010 en el asunto T-70/05: Europaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE/Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA)

(Asunto C-252/10 P)

()

2010/C 221/31

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Europaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE (representantes: N. Korogiannakis, M. Dermitzakis, Δικηγόροι)

Otra parte en el procedimiento: Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA)

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule la sentencia del Tribunal General.

Que se anule la decisión de la EMSA de no seleccionar la oferta de la recurrente, presentada en el procedimiento de licitación EMSA C-1/01/04, relativo al contrato denominado «Desarrollo adicional y validación de la aplicación SafeSeaNet», y de adjudicar el contrato a otro licitador.

Que se condene a la EMSA a cargar con las costas judiciales y otros gastos de la recurrente, incluidos los derivados del procedimiento inicial, aunque se desestime este recurso de casación, y los del presente recurso de casación, si éste se estima.

Motivos y principales alegaciones

La recurrente sostiene que la sentencia recurrida debería anularse por los siguientes motivos:

 

En primer lugar, la recurrente sostiene que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al dar una interpretación errónea al Reglamento Financiero, (1) a las normas de desarrollo y a la Directiva 92/50, (2) especialmente al artículo 97 del Reglamento Financiero, al artículo 138 de las normas de desarrollo y al artículo 17, apartado 1, de la Directiva 92/50.

 

En segundo lugar, la recurrente alega que el Tribunal General cometió un error de Derecho al declarar, en el apartado 178 de su sentencia, que dado el profundo conocimiento que Europaïki Dynamiki tenía del pliego de condiciones, podía deducir las ventajas relativas de la oferta seleccionada. Con ello el Tribunal General parece admitir implícitamente que la información facilitada por el órgano de contratación fue limitada. Sin embargo, en vez de anular la decisión controvertida, el Tribunal General da una interpretación nueva y totalmente errónea a la obligación de motivación, al vincularla a las cualidades personales del destinatario de esa decisión.

 

Además, la afirmación del Tribunal General es errónea, ya que el recurrente no podía (y ahora tampoco puede) entender las ventajas relativas (si las hubiera) del licitador vencedor, sobre todo porque el Tribunal General no motiva suficientemente su sentencia de modo que puedan ser identificadas con claridad.

 

En tercer lugar, la recurrente considera que el Tribunal General comete un error de Derecho al declarar, sobre el motivo relativo al error manifiesto de apreciación, que la recurrente limitó sus argumentos a afirmaciones generales y, en consecuencia, no demostró si los supuestos errores afectaron al resultado final de la evaluación de los licitadores y, si es así, cómo lo hicieron. El Tribunal parece contradecirse al desestimar el motivo relativo a la motivación insuficiente y exigir al mismo tiempo a Europaïki Dynamiki que demuestre, «detalladamente» cómo se reflejan los supuestos errores en el informe de comité de evaluación.


(1)  Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248, p. 1).

(2)  Directiva 92/50/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de servicios (DO L 209, p. 1).