21.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 167/9


Conclusiones del Consejo sobre una estrategia europea de capacitación de las instituciones de educación superior para el futuro de Europa

(2022/C 167/03)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Recordando los antecedentes políticos de este asunto, recogidos en el anexo de las presentes Conclusiones,

RECORDANDO QUE:

1.   

Las instituciones de educación superior (1) de Europa participan en gran medida en la creación, distribución y certificación de conocimiento y son irremplazables para la consecución tanto del Espacio Europeo de Educación como del nuevo Espacio Europeo de Investigación, en sinergia con el Espacio Europeo de Educación Superior. Las instituciones de educación superior son clave para lograr el objetivo establecido en la Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030), a saber, que de aquí a 2030 el porcentaje de personas con edades comprendidas entre los veinticinco y los treinta y cuatro años que hayan terminado la enseñanza superior sea de, al menos, un 45 %.

2.   

En los próximos años se intensificará el crecimiento de las matriculaciones en la enseñanza superior, una tendencia mundial fundamental de las últimas décadas. Se espera que en los países de la OCDE y del G-20 el número de personas con edades comprendidas entre los veinticinco y los treinta y cuatro años con una titulación superior alcance los 300 millones de aquí a 2030 (2).

3.   

Las oportunidades y los retos que influirán en el desarrollo futuro de las instituciones de educación superior en Europa son numerosos. Las tendencias demográficas mundiales y la globalización desafiarán la posición de Europa como destacado centro de creación de conocimiento. El calentamiento global y la degradación medioambiental, la aceleración del cambio tecnológico y el auge de la carrera en el ámbito de las tecnologías digitales ya afectan a las estrategias y el posicionamiento de las instituciones de educación superior dentro de Europa y en el contexto mundial. La disponibilidad de una gran reserva de talento con una educación y una formación excelentes cada vez será más crucial para que Europa mantenga y reafirme su posición de líder mundial en un contexto de aumento de la competencia a escala mundial.

4.   

Entretanto, el aumento de la demanda de educación inclusiva y de gran calidad, así como la excelencia de la investigación y la innovación en los países emergentes, está reforzando la creación de redes a escala mundial, al tiempo que surgen nuevas amenazas para los valores y principios fundamentales que las democracias europeas tienen por objetivo defender. A escala europea y mundial, el aumento de las desigualdades y los retos que plantea el envejecimiento de las sociedades transformarán el mercado laboral y aumentarán la necesidad de inclusión y de un nivel educativo superior, lo que conllevará nuevas expectativas con respecto al aprendizaje permanente.

5.   

La recuperación económica tras la pandemia y la rápida evolución de los conocimientos, capacidades y competencias relacionados con las transiciones digital y ecológica requerirán que las instituciones de educación superior estudien la posibilidad de seguir desarrollando sus infraestructuras, adopten nuevas herramientas pedagógicas, ofrezcan experiencias de aprendizaje flexibles y breves, preparen a los aprendientes para el entorno social y del mercado laboral en constante evolución y propicien que los investigadores colaboren en la búsqueda de soluciones innovadoras a los actuales retos mundiales.

6.   

Para lograr la inclusión y la excelencia es necesaria una importante inversión general en el sector de la enseñanza superior de la UE, teniendo en cuenta el gasto medio actual en enseñanza superior en la Unión y a la luz del número cada vez mayor de estudiantes y aprendientes, así como de los retos a los que se enfrentan las instituciones de educación superior.

7.   

La posición única de la enseñanza superior, a cargo de las misiones interconectadas de educación, investigación, innovación y servicio a la sociedad, constituye una oportunidad que debe aprovecharse para explotar el potencial sinérgico de estas cuatro misiones.

8.   

Aprovechar estas sinergias es fundamental para abordar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. Deberán fomentarse las asociaciones de múltiples partes interesadas y la cooperación entre las instituciones de educación superior y con estas.

9.   

En este contexto, la Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) solicitó que se estableciera una «agenda para la transformación de la educación superior, prestando especial atención a la inclusión, la innovación, la conectividad, la preparación digital y ecológica, la competitividad internacional, los valores académicos fundamentales y unos principios éticos elevados, así como al empleo y la empleabilidad».

10.   

En ese mismo contexto, las Conclusiones del Consejo sobre el nuevo Espacio Europeo de Investigación reconocieron «las transformaciones institucionales, las carreras de investigación, la educación científica, la formación, la cooperación internacional y la circulación del conocimiento como posibles ámbitos para [que]» el Espacio Europeo de Investigación, el Espacio Europeo de Educación Superior y la dimensión de enseñanza superior del Espacio Europeo de Educación «cooperar[an] con mayor determinación». El Consejo también tomó nota de «la propuesta de la Comisión de elaborar una hoja de ruta de acciones para forjar sinergias entre la educación superior y la investigación» y expresó su apoyo a que se siguieran desarrollando las «“alianzas universitarias europeas” como ejemplo emblemático de las instituciones modernas e integradoras de educación superior del futuro de Europa». En los objetivos de actuación del EEI para el período 2022-2024 recogidos en el anexo a las Conclusiones del Consejo sobre el futuro de la gobernanza del Espacio Europeo de Investigación (EEI) se definieron medidas dirigidas a las instituciones de educación superior.

11.   

En sus Conclusiones sobre la Iniciativa «Universidades Europeas» – Tender puentes entre la educación superior, la investigación, la innovación y la sociedad: allanar el camino para una nueva dimensión en la educación superior europea, el Consejo reconoció que las «Universidades Europeas» deben orientarse hacia «la contribución al refuerzo de las dimensiones investigadora e innovadora en las instituciones de educación superior en Europa mediante el desarrollo de un programa común de actuación, de infraestructuras y recursos compartidos», así como hacia «la creación de alianzas cada vez más sólidas mediante el estudio de la viabilidad de la matriculación conjunta de estudiantes y la contratación conjunta de personal docente e investigador, en el marco de los diferentes regímenes nacionales, para que sus carreras en la educación y la investigación sean más atractivas, sostenibles y flexibles dentro de las alianzas». Asimismo, invitó a la Comisión y a los Estados miembros a que «tom[ara]n en consideración instrumentos de financiación más sostenibles para las “Universidades Europeas”, en particular aprovechando las sinergias de los regímenes regionales y nacionales con los europeos, de modo que puedan cumplir su ambiciosa estrategia», y a que elaboraran propuestas claras, a partir de 2022, para «ayudar a eliminar, cuando sea necesario, los obstáculos a la cooperación a escala europea, estudiando, por ejemplo, la necesidad y viabilidad de titulaciones europeas conjuntas dentro de las alianzas de “Universidades Europeas”».

12.   

En sus Conclusiones sobre la profundización del Espacio Europeo de Investigación: ofrecer a los investigadores carreras profesionales y condiciones laborales atractivas y sostenibles y hacer realidad la circulación de cerebros, el Consejo exhortó a la Comisión «a que apoy[ara] a los Estados miembros en la elaboración de medidas estratégicas para una cooperación transnacional sin trabas y ambiciosa entre las instituciones de educación superior en Europa —especialmente en el ámbito de las carreras académicas y de investigación, que a menudo están interrelacionadas— que promuevan la integración, impulsen la excelencia y potencien la competitividad internacional del sector europeo de la educación superior, aumentando así los alicientes para los talentos de dentro y fuera de Europa». También convino en que las alianzas entre «Universidades Europeas» y sus asociaciones con los ecosistemas locales eran «plataformas adecuadas para probar posibles modelos de fomento de la interoperabilidad de las carreras de investigación, para explorar las posibilidades de instaurar unos sistemas conjuntos de contratación, formación y desarrollo profesional que atiendan los aspectos tanto de la investigación como de la docencia, y para experimentar con nuevos sistemas de retribución y evaluación, también en la docencia basada en la investigación».

CONSIDERA QUE:

13.   

Abordar con eficacia a escala europea los retos mencionados reforzará, profundizará y simplificará aún más la cooperación transnacional entre las instituciones de educación superior de toda Europa. En este sentido, la Comisión ha presentado una ambiciosa estrategia europea para las universidades, cuyo objetivo es capacitar a estos centros y apoyarlos en todas sus misiones para mejorar su cooperación y aprovechar sus puntos fuertes, habida cuenta de su contribución esencial a la respuesta de Europa a los retos futuros. Deben incrementarse los diferentes tipos de colaboración en curso y compartirse los resultados y las mejores prácticas asociados, a fin de inspirar a todo el sector de la enseñanza superior europeo, respetando al mismo tiempo las competencias de los Estados miembros, la libertad de cátedra y la autonomía institucional de las instituciones de educación superior.

14.   

Para lograrlo, deben perseguirse cuatro objetivos clave igualmente importantes en el marco de un esfuerzo conjunto a nivel institucional, nacional y europeo:

reforzar la dimensión europea de la educación superior, la investigación y la innovación, además de las sinergias entre estas;

impulsar el papel y el liderazgo mundial de Europa;

reforzar la recuperación de Europa y su respuesta a las transiciones digital y ecológica;

ahondar el sentimiento de pertenencia europeo basado en valores comunes.

INVITA A LA COMISIÓN Y A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, EN CONSONANCIA CON SUS COMPETENCIAS RESPECTIVAS Y RESPETANDO DEBIDAMENTE EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, COLABOREN CON LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y LAS PARTES INTERESADAS CON VISTAS A LA CONSECUCIÓN DE LOS SIGUIENTES OBJETIVOS CLAVE:

Reforzar la dimensión europea de la educación superior, la investigación y la innovación, además de las sinergias entre estas

15.

Una cooperación transnacional más profunda contribuye a la consecución del Espacio Europeo de Educación y del nuevo Espacio Europeo de Investigación en plena sinergia, reforzando las instituciones de educación superior y aumentando la calidad de la enseñanza superior, la investigación y la innovación en Europa en su conjunto. Mediante nuevas dimensiones, formatos y oportunidades de movilidad interdisciplinar, intersectorial y transfronteriza, además de carreras académicas y de investigación atractivas y sostenibles, así como la educación abierta y la ciencia abierta, les permite afrontar mejor los retos sociales y dotar a los estudiantes, las personas en aprendizaje permanente y los investigadores de los conocimientos, capacidades y competencias adecuados para su desarrollo profesional y personal futuro. Debe prestarse especial atención a los estudiantes y jóvenes investigadores cuyos estudios y carreras se han visto muy afectados por la pandemia, así como a los procedentes de zonas rurales y remotas, como las regiones ultraperiféricas.

16.

Las alianzas de instituciones de educación superior, como las «Universidades Europeas», pueden demostrar el potencial de una cooperación institucional amplia y a largo plazo en materia de enseñanza superior. Estas alianzas tienen el potencial de generar verdadero valor añadido europeo al lograr una masa crítica a escala europea mediante la adhesión a largo plazo de todas las partes implicadas. Facilitan la libre circulación por toda Europa para estudiar, trabajar o investigar con arreglo a intereses comunes. Gracias a un alto grado de integración, transparencia y apertura, su efecto puede ser transformador tanto dentro de Europa como para esta. La coordinación y la complementariedad con otras iniciativas y redes europeas, nacionales, regionales, locales y, en su caso, internacionales, potenciarán su efecto transformador.

17.

Liberar todo el valor añadido de las alianzas de instituciones de educación superior, como las «Universidades Europeas», requiere un mayor apoyo a escala europea y, en su caso, nacional, adoptando un enfoque gradual. Como catalizadores de la transformación institucional, cuando proceda, estas alianzas deben recibir apoyo para desarrollar una dimensión de investigación e innovación sólida, así como para aplicar innovadores programas educativos conjuntos a todos los niveles, dentro de un enfoque impulsado por la investigación y la innovación centrado en el estudiante, que podría otorgar titulaciones conjuntas con arreglo a criterios europeos creados conjuntamente con los Estados miembros y las partes interesadas pertinentes, de conformidad con los instrumentos del proceso de Bolonia. Cuando proceda, estas alianzas también deben recibir apoyo para mejorar la gestión de los recursos humanos en lo que se refiere a la posible contratación conjunta de personal docente e investigador; para promover el desarrollo de carreras profesionales atractivas y sostenibles; y para poner en común recursos y estructuras, por ejemplo, laboratorios y plataformas.

18.

A la vez que se reconoce plenamente el valor del aprendizaje presencial y la movilidad física, así como la necesidad de contar con una circulación de cerebros equilibrada, debe alentarse a las instituciones de educación superior a que sigan apoyando todos los tipos de movilidad de estudiantes, personal e investigadores, que contribuyen al éxito académico y al logro personal, permitiendo a todos los estudiantes e investigadores y a todo el personal adquirir competencias internacionales e interculturales mediante la internacionalización de los planes de estudios o la participación en entornos internacionales innovadores en sus instituciones de origen.

19.

En este sentido, el Año Europeo de la Juventud desempeña un papel facilitador. Cabe recordar el objetivo de que al menos el 20 % de los titulados del Espacio Europeo de Educación Superior realice un período de estudio o formación en el extranjero, reafirmado en el comunicado ministerial de Roma de 19 de noviembre de 2020, y el apoyo que se prestará a la Iniciativa «Universidades Europeas» en la consecución del ambicioso objetivo de un 50 % de estudiantes móviles, establecido en las Conclusiones del Consejo sobre la Iniciativa «Universidades Europeas» – Tender puentes entre la educación superior, la investigación, la innovación y la sociedad: allanar el camino para una nueva dimensión en la educación superior europea.

20.

Para alcanzar estos objetivos, los Estados miembros y la Comisión, en cooperación con las instituciones de educación superior, también deben esforzarse por simplificar los procedimientos administrativos para las instituciones, en particular ampliando todavía más la aplicación de la iniciativa del carné europeo de estudiante y aplicando en mayor medida el reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones académicas y los períodos de estudio en el extranjero, en cooperación con los Centros Nacionales de Información sobre el Reconocimiento Académico (NARIC). Debe alentarse a las instituciones de educación superior a que hagan un uso pleno de las herramientas digitales para la movilidad y el reconocimiento, promuevan el multilingüismo, la interculturalidad y la inclusión de los estudiantes con menos oportunidades en sus campus e incorporen la movilidad en sus planes de estudios.

Impulsar el papel y el liderazgo mundial de Europa

21.

La internacionalización de la enseñanza superior y de la investigación reviste una importancia geopolítica estratégica para Europa, como se indica en la Comunicación conjunta sobre la «Global Gateway». La colaboración mundial en materia de enseñanza superior debe basarse en valores y principios fundamentales, y tener como eje la libertad de cátedra, la autonomía institucional, la educación abierta y la ciencia abierta. Los principios de reciprocidad y de igualdad de condiciones deben ser un requisito previo de la cooperación internacional. En las relaciones en materia de investigación e innovación y en las negociaciones con los socios mundiales debe seguirse el principio rector «tan abierto como sea posible y tan cerrado como sea necesario». las instituciones de educación superior deben recibir apoyo a través de un enfoque europeo coordinado con el fin de promover estos valores y principios europeos a escala mundial, con vistas a lograr una colaboración equilibrada y mutuamente beneficiosa, que forma parte del poder no coactivo de Europa y de su capacidad para marcar pautas a escala mundial. La colaboración con terceros países en el ámbito de la enseñanza superior y la investigación debe basarse en una comprensión común de estos valores y principios compartidos, que se promueven a escala europea en consonancia con otros intereses estratégicos de la Unión de conformidad con la conferencia de Marsella sobre un enfoque global.

22.

Una cooperación europea más estrecha puede ser beneficiosa para brindar apoyo a las instituciones de educación superior y dotar a los investigadores, los formadores y los estudiantes, así como al personal, de las herramientas necesarias para responder a los retos a que se enfrenta una colaboración mundial justa, como la desigualdad, las injerencias extranjeras y los obstáculos a la ciencia abierta. También es necesario promover una comprensión informada e independiente de las contrapartes de terceros países. A fin de posicionar a la Unión Europea como un refugio seguro para la libertad de investigación científica y los valores democráticos, las instituciones de educación superior deben recibir apoyo a través de programas europeos y nacionales, respetando plenamente el principio de excelencia, para acoger a estudiantes y personal investigador y docente cuya libertad se vea amenazada.

23.

Con miras a mejorar su competitividad a escala mundial, debe alentarse a las instituciones de educación superior a que aprovechen los ecosistemas locales o regionales, y fomenten así la cohesión territorial, a través de asociaciones sólidas con organizaciones de investigación, agentes de innovación, proveedores de financiación e interlocutores económicos y sociales, al tiempo que amplían las estrechas interacciones con las autoridades locales, regionales y nacionales. Con el fin de promover la diversidad y la excelencia de las instituciones de educación superior europeas a escala mundial, es preciso seguir trabajando y prestando apoyo a escala europea para que los Estados miembros promuevan las políticas nacionales, por ejemplo, a través de iniciativas de excelencia y de centros regionales y locales.

24.

La cooperación transnacional entre las instituciones de educación superior europeas aumenta su atractivo para los estudiantes internacionales, los investigadores y los socios mundiales, e incrementa la calidad de las ofertas educativas y el potencial de investigación e innovación. Los programas europeos existentes, como Erasmus+, los instrumentos de acción exterior de la Unión y Horizonte Europa, deben utilizarse en la medida en que lo permitan las acciones incluidas en sus bases jurídicas y evaluarse con arreglo a sus respectivos criterios de evaluación para brindar apoyo a las alianzas de instituciones de educación superior como las «Universidades Europeas» y las comunidades de conocimiento e innovación (CCI) en la elaboración de actividades y estrategias conjuntas de internacionalización en los ámbitos de la enseñanza superior, la investigación y la innovación. Esto las ayudaría a proyectarse a escala internacional, crear redes con socios clave en todo el mundo, reforzar las capacidades de sus socios en terceros países y reforzar la movilidad internacional (de entrada y de salida) de estudiantes y personal, en particular investigador y docente. Debe aprovecharse al máximo la Convención Mundial sobre el Reconocimiento de las Cualificaciones relativas a la Educación Superior de 2019 de la UNESCO, ya que facilita la movilidad internacional de los estudiantes y, por lo tanto, aumenta el potencial de internacionalización de la enseñanza superior europea. Por medio de un enfoque del «Equipo Europa», los esfuerzos comunes europeos hacia terceros países también podrían seguir promoviendo la oferta europea de enseñanza superior y participar en actividades de desarrollo de capacidades mutuamente beneficiosas.

Reforzar la recuperación de Europa y su respuesta a las transiciones digital y ecológica

25.

Debe animarse en mayor medida a las instituciones de educación superior a que conviertan los conocimientos en capacidades, competencias e innovación. Esto puede hacerse respetando plenamente la libertad de cátedra desarrollando una estrecha cooperación con los socios económicos, sociales e industriales dentro de los ecosistemas de investigación e innovación locales y regionales y facilitando la movilidad intersectorial entre las instituciones de educación superior y otros socios, partiendo en particular de las estrategias de especialización inteligente, el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT) y las CCI. Esta cooperación también podría ser muy beneficiosa para las empresas locales y las pymes, y ofrecer a estudiantes, formadores y personal, en particular investigador y docente, la oportunidad de recibir formación, por ejemplo en gestión de la propiedad intelectual e industrial, transferencia de conocimientos y espíritu empresarial, incluido el acceso a la financiación, en cualquier fase de su carrera profesional. Debe ser tenerse en cuenta en las evaluaciones profesionales del personal docente toda la gama de actividades que llevan a cabo, tanto dentro como fuera del ámbito académico y en todas las dimensiones de las misiones de las instituciones de educación superior. Las instituciones de educación superior también deben mejorar su capacidad para interactuar con sus ecosistemas, inculcando los conocimientos, capacidades y competencias necesarios, sobre todo para los sectores industriales estratégicos, y fomentando las transferencias de conocimientos y tecnología y la creación de empresas semilla.

26.

Se podría apoyar a las instituciones de educación superior con vistas a reforzar el aprendizaje centrado en el estudiante y basado en la investigación, cuyo objetivo es proporcionar a los estudiantes competencias, capacidades y conocimientos actualizados, además de desarrollar sus capacidades y experiencia en materia de investigación. También debe brindarse apoyo a los estudiantes para trabajen de manera interdisciplinaria en el marco de enfoques basados en retos.

27.

Las instituciones de educación superior pueden desempeñar un papel clave en el aprendizaje permanente y en la respuesta a la transformación del mercado laboral abriéndose a todos los tipos de aprendientes y fomentando su empleabilidad, en particular gracias al reciclaje profesional y la mejora de las capacidades. Con este fin, debe apoyarse a las instituciones de educación superior en el uso que hacen de la digitalización para fomentar métodos de aprendizaje y enseñanza innovadores, así como en el diseño y la aplicación de itinerarios de aprendizaje flexibles y a medida, incluidos, cuando proceda, cursos o experiencias de aprendizaje más cortos que permitan obtener microcredenciales, sin desviarse del principio básico de los programas de titulación completa. Con el fin de desarrollar las capacidades, competencias y actitudes pertinentes de los aprendientes, así como su espíritu empresarial, debe alentarse a las instituciones de educación superior a cooperar con sus ecosistemas, promover experiencias basadas en el trabajo, como períodos de prácticas, aprendizajes y oportunidades de voluntariado y, cuando proceda, desarrollar aún más programas de estudios en el ámbito del emprendimiento que permitan a los estudiantes llevar a cabo proyectos empresariales durante sus estudios.

28.

El papel de las instituciones de educación superior es clave en el apoyo a la transición ecológica y para abordar los Objetivos de Desarrollo Sostenible como característica distintiva de calidad a nivel mundial. A este respecto, las instituciones de educación superior de toda Europa deben recibir apoyo para introducir enfoques ecológicos y de sostenibilidad aplicando un enfoque institucional integral como parte de sus misiones, infraestructuras y operaciones, cuando proceda.

29.

Con miras a abordar la transición ecológica, debe alentarse a las instituciones de educación superior a que desarrollen conocimientos, capacidades y competencias interdisciplinares, apoyen la adquisición y el uso de conocimientos sobre sostenibilidad entre todos los aprendientes y comunidades, e integren la educación en materia de sostenibilidad en los planes de estudios en todos los sectores pertinentes. Se las debe animar a que encarguen y lleven a cabo investigaciones que se apoyen en la base de conocimientos sobre la sostenibilidad.

30.

La pandemia de COVID-19 ha demostrado que las tecnologías digitales son una poderosa herramienta de transformación para los sistemas de enseñanza superior en Europa, y que las instituciones de educación superior son, a su vez, fundamentales para acelerar la transición digital en Europa.

31.

Es necesario proporcionar infraestructuras y servicios digitales de alta conectividad y de alto rendimiento a las instituciones de educación superior, que en la mayor medida posible deben ser interoperables y comunes en toda Europa, basarse en normas europeas (3) y utilizar tecnologías de confianza para responder a las necesidades específicas de las instituciones de educación superior, como la seguridad de los datos.

32.

Acelerar la transición digital de Europa implica proporcionar alfabetización digital y en materia de datos a todos los estudiantes, formadores y miembros del personal, en particular docente e investigador, y, cuando proceda, al público en general. Las instituciones de educación superior están llamadas a desempeñar un papel clave en esta tarea por lo que respecta a dotar a los aprendientes de nuevas competencias digitales y su componente ético —como la administración de datos, la inteligencia artificial, la informática de alto rendimiento y la ciberseguridad— y a desarrollar la investigación y la innovación.

33.

Se reconoce plenamente el valor del aprendizaje presencial, lo que no impide que las instituciones de educación superior deban hacer pleno uso de los medios digitales para aumentar la calidad de la experiencia de aprendizaje para los estudiantes y el personal, en particular docente e investigador, y abordar las desigualdades sociales. A fin de salvar la brecha digital, deben apoyarse las iniciativas que proporcionan acceso equitativo a las oportunidades de aprendizaje individualizadas para todos, utilizando, por ejemplo, la enseñanza virtual o híbrida en lugares de aprendizaje a distancia. Debe acompañarse a las instituciones de educación superior en sus esfuerzos por compartir plataformas e instrumentos interoperables que permiten intercambiar datos al tiempo que se proporcionan recursos educativos de gran calidad fáciles de utilizar, como cursos en línea.

Ahondar el sentimiento de pertenencia europeo basado en valores comunes

34.

Para profundizar en el sentimiento de pertenencia europeo y promover nuestro modo de vida europeo, es fundamental defender y proteger los valores democráticos europeos, fomentar la diversidad, la inclusión y la igualdad de género y reforzar la calidad y la pertinencia de la enseñanza superior para la obtención de unas capacidades que resistan al paso del tiempo. Las instituciones de educación superior son autónomas y la libertad académica y científica es un principio fundamental de su misión y sus actividades.

35.

Debe apoyarse a las instituciones de educación superior en sus esfuerzos por proteger la educación y la ciencia contra la desinformación, apoyar la ciencia abierta y defender los valores democráticos. A este respecto, las instituciones de educación superior son un baluarte de la democracia y un importante foro para la ciencia ciudadana, que prepara a los estudiantes para la ciudadanía activa y la participación pública.

36.

Las instituciones de educación superior pueden impulsar el debate público con información fundamentada y esclarecedora, facilitando el acceso a las publicaciones y los datos de investigación y organizando actos públicos para difundir y debatir los resultados de trabajos de investigación. Las instituciones de educación superior pueden ser agentes clave en la lucha contra el uso sesgado de la investigación y son la interfaz entre la educación, la investigación, la innovación, las autoridades públicas y la sociedad civil. Las instituciones de educación superior podrían reforzar aún más este papel y aprovecharlo para colaborar más sistemáticamente con todos los agentes sociales, incluidos los innovadores públicos y privados, las autoridades públicas regionales y locales, incluidas las escuelas, los medios de comunicación, las organizaciones de divulgación científica y las organizaciones de la sociedad civil, como las asociaciones de consumidores, usuarios o pacientes.

37.

Las instituciones de educación superior deben velar por que los estudiantes y los miembros del personal, en particular del personal docente e investigador, participen en su gobernanza, como miembros de pleno derecho y socios constructivos de la comunidad de la enseñanza superior. A este respecto, puede implicarse a los estudiantes en los mecanismos de toma de decisiones, también en relación con los planes de estudios; es un aspecto de los valores académicos fundamentales y una señal de democracia y de cultura de diálogo en las instituciones de educación superior.

38.

Se debe apoyar y alentar a las instituciones de educación superior en sus esfuerzos por garantizar la inclusión y el éxito de sus estudiantes y de su personal, en particular docente e investigador, y por promover la igualdad de oportunidades, con independencia del género, el origen racial o étnico, la religión o las creencias, el origen social y económico, la salud, la discapacidad, la edad, la orientación sexual, el origen migrante y la ubicación geográfica. Para ello, las instituciones de educación superior deben recibir apoyo por lo que respecta a garantizar el bienestar de todos en consonancia con una mayor diversidad social. En este sentido, debe animarse a las instituciones de educación superior a dirigirse a los grupos infrarrepresentados con el fin de mejorar su acceso a la enseñanza superior y ayudarlos a finalizar sus estudios, teniendo debidamente en cuenta a los estudiantes y jóvenes investigadores cuyos estudios y carreras se han visto muy afectados por la pandemia, así como a los procedentes de zonas rurales y remotas, como las regiones ultraperiféricas.

39.

Debe apoyarse y alentarse a las instituciones de educación superior para que tomen medidas pertinentes para mejorar el equilibrio de género en el seno del alumnado y el personal, también en el contexto de la promoción profesional en el marco de la carrera académica.

40.

Las instituciones de educación superior pueden emplear herramientas de enseñanza y pedagogías innovadoras, incluidas herramientas digitales, a fin de ofrecer un enfoque del aprendizaje centrado en el estudiante con independencia de su origen socioeconómico o de su contexto de aprendizaje. Con el fin de reducir la desigualdad y promover el logro personal, debe alentarse a las instituciones de educación superior a que proporcionen orientación y servicios de apoyo a medida, en particular a los recién llegados, teniendo en cuenta el estilo y el itinerario de aprendizaje, así como el contexto socioeconómico, de cada aprendiente.

MÁS CONCRETAMENTE, INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A QUE, EN CONSONANCIA CON SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS Y RESPETANDO DEBIDAMENTE EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, RESPALDEN LAS ALIANZAS DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR, COMO LAS «UNIVERSIDADES EUROPEAS»:

41.

Es preciso seguir brindando apoyo, mediante todos los medios adecuados y pertinentes, a todos los tipos de alianzas de instituciones de educación superior para facilitar las actividades de cooperación basadas en una calidad elevada, la excelencia, las repercusiones, la inclusión y el equilibrio geográfico, así como para determinar los obstáculos y las soluciones que podrían ser comunes a todas las alianzas. Más concretamente, sobre la base de la revisión intermedia de las primeras alianzas piloto, debería seguir avanzándose en la Iniciativa «Universidades Europeas». Esto también permitiría agrupar actividades con el fin de compartir las mejores prácticas en materia de enseñanza superior, investigación e innovación y servicios a la sociedad.

42.

En un primer momento, debe alentarse a las alianzas de instituciones de educación superior a que hagan pleno uso de los programas de financiación existentes, así como de las herramientas facilitadoras a escala europea, nacional y regional, con vistas a aumentar y estrechar su cooperación.

43.

Cuando proceda, y en estrecha cooperación con las autoridades nacionales, las alianzas de instituciones de educación superior y las partes interesadas, deben adoptarse medidas para superar los obstáculos a una cooperación transnacional más profunda, flexible y a largo plazo, y diseñar instrumentos de cooperación institucionalizada a partir de una evaluación preliminar exhaustiva de su necesidad, sus ventajas y su viabilidad. El objetivo es dar a las alianzas, con carácter voluntario, margen de maniobra para que actúen conjuntamente, tomen decisiones estratégicas comunes, experimenten la contratación conjunta, elaboren planes de estudios conjuntos o pongan en común recursos y capacidades humanas, técnicas, en materia de datos, educativas, de investigación y de innovación.

44.

Al tiempo que se hace hincapié en la aplicación del Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos, deben adoptarse medidas adicionales para reconocer el valor de las experiencias de aprendizaje transnacionales innovadoras y aumentar, tanto en Europa como fuera de ella, la visibilidad, el atractivo y la reputación de programas conjuntos de este tipo ofrecidos por las alianzas de instituciones de educación superior. Deben estudiarse criterios comunes que puedan dar lugar a una posible etiqueta europea para los programas conjuntos. Posteriormente, podría contemplarse la posible concepción y entrega a escala nacional, regional o institucional, con carácter voluntario, de titulaciones conjuntas a todos los niveles, sobre la base de estos criterios europeos creados conjuntamente, de conformidad con los instrumentos existentes del proceso de Bolonia. Este proceso debe llevarse a cabo en estrecha cooperación con las autoridades nacionales, las alianzas de instituciones de educación superior y las partes interesadas.

45.

Los resultados de los procesos exploratorios que se mencionan en los apartados 43 y 44 se comunicarán en cada fase al Consejo para que adopte una nueva decisión.

46.

Deben propiciarse procesos eficientes y eficaces de aseguramiento de la calidad a escala nacional a fin de facilitar un Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos, de conformidad con las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior, teniendo en cuenta la importancia de la calidad, la investigación y la empleabilidad.

47.

Para que las alianzas de instituciones de educación superior puedan desarrollar todo su potencial afrontando los costes financieros de la cooperación transnacional para cubrir todas sus misiones a largo plazo, deben adoptarse medidas para avanzar hacia una perspectiva de financiación de la UE más sostenible, holística e integrada. En este sentido, la Comisión debe probar enfoques piloto para posibles soluciones en estrecha consulta con los Estados miembros y las partes interesadas pertinentes a más tardar en 2024 y, posteriormente, informar al Consejo para que este adopte nuevas decisiones.

COMO PRÓXIMOS PASOS, RESPETANDO DEBIDAMENTE LOS PRINCIPIOS DE SUBSIDIARIEDAD Y AUTONOMÍA INSTITUCIONAL, Y ATENDIENDO A LAS CIRCUNSTANCIAS NACIONALES:

48.

PIDE a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan y protejan los valores académicos fundamentales, incluida la libertad de cátedra y la integridad, en consonancia con el comunicado ministerial de Roma de 2020 y la Declaración de Bonn sobre la libertad de investigación científica.

49.

INVITA a la Comisión y a los Estados miembros a que, en colaboración con las partes interesadas pertinentes, impulsen conjuntamente medidas para crear sinergias entre la enseñanza superior, la investigación y la innovación dentro del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación y las estructuras de gobernanza del Espacio Europeo de Investigación. Estas medidas deben tener un verdadero valor añadido a nivel europeo y trabajar en pos de los objetivos clave mencionados, y ser llevadas a cabo por la Comisión y, de forma voluntaria, por los Estados miembros a través de cualquier medio adecuado en función de los contextos nacionales.

50.

INVITA a la Comisión a que presente al Consejo, para su información y decisión ulterior, una hoja de ruta antes de mediados de 2022 a fin de elaborar conjuntamente los nuevos instrumentos. En la hoja de ruta se indicarán los hitos clave y los grupos de expertos que participarán. Al aplicar los objetivos clave se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: las medidas definidas en la Comunicación de la Comisión sobre una estrategia europea para las universidades; la Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030); y las medidas pertinentes definidas en los objetivos de actuación del Espacio Europeo de Investigación 2022-2024 anexos a las Conclusiones del Consejo sobre el futuro de la gobernanza del Espacio Europeo de Investigación (EEI), así como los valores y principios establecidos en la Recomendación del Consejo sobre un Pacto de Investigación e Innovación en Europa.

51.

INVITA a la Comisión, a los Estados miembros y a las partes interesadas a que entablen una cooperación reforzada para aplicar estas sinergias, basándose en las estructuras de gobernanza existentes del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación y el Espacio Europeo de Investigación, en estrecha sinergia con el Espacio Europeo de Educación Superior y aprovechando las mejores prácticas de las instituciones de educación superior. A este respecto, podría considerarse la posibilidad de celebrar, cuando proceda, reuniones conjuntas entre los directores generales de enseñanza superior y el CEEI; dichas reuniones tendrían que tener temas claramente definidos de interés común y un objetivo común.

52.

INVITA a la Comisión y a los Estados miembros a que trabajen en pos de estos objetivos clave colaborando estrechamente con organizaciones centrales internacionales y a nivel de la UE o con otras organizaciones pertinentes a escala de la UE que representen a las partes interesadas, tales como: instituciones de educación superior, en particular alianzas de instituciones de educación superior europeas, asociaciones de estudiantes, agencias de garantía de la calidad, organizaciones que realizan actividades de investigación y tecnología, empresas con un importante componente de I+i, incluidas pymes, investigadores e innovadores individuales, infraestructuras de investigación, organizaciones que financian I+i y academias de ciencias. Podría estudiarse la posibilidad de celebrar reuniones periódicas, como el Foro de Universidades para el Futuro de Europa, con el fin de debatir sobre la aplicación de la estrategia y fomentar el intercambio de buenas prácticas. Los resultados de dicho Foro deberían inspirar nuevos avances y trabajos de los grupos pertinentes del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación y del Espacio Europeo de Investigación, en sinergia con el Espacio Europeo de Educación Superior.

53.

INVITA a los Estados miembros a que hagan uso de los intercambios multilaterales con el apoyo de la Comisión con el fin de fomentar el intercambio de buenas prácticas y el aprendizaje entre iguales con otros Estados miembros.

54.

TOMA NOTA DE la intención de la Comisión de racionalizar los instrumentos de seguimiento de la enseñanza superior. Esto podría aumentar su potencial y su pertinencia para los responsables políticos, las instituciones de educación superior, los estudiantes y los investigadores, sin aumentar la carga administrativa de los Estados miembros o de las instituciones de educación superior, con el fin de proporcionar información sobre los avances logrados en la aplicación de la estrategia europea encaminada a capacitar a las instituciones de educación superior y ayudar a los Estados miembros que deseen elaborar las medidas a las que tienen la intención de contribuir basándose en pruebas y datos sólidos. La participación de los Estados miembros en este proceso es voluntaria. PROPONE basar los debates futuros en un estudio que ofrezca una visión de conjunto del potencial y el marco jurídico de las herramientas de seguimiento pertinentes. DESTACA que esta tarea debe desarrollarse en sinergia con el proceso de coordinación y seguimiento de las políticas del EEI, incluido el cuadro de indicadores del EEI.

55.

INVITA a la Comisión a que presente de manera periódica a los Estados miembros información actualizada sobre los avances en la aplicación de las medidas mencionadas, y a que proporcione una visión global en el informe completo de la Comisión sobre el Espacio Europeo de Educación en 2025, teniendo también en cuenta los progresos realizados en la aplicación del Espacio Europeo de Investigación.

(1)  A los efectos de las presentes Conclusiones, el término «instituciones de educación superior» se utiliza para hacer referencia al sector en su conjunto y representa todo el ámbito de la educación superior, por lo que comprende todos los tipos de instituciones de educación superior, en particular, con arreglo a la legislación o la práctica nacional, las universidades dedicadas a la investigación, las escuelas universitarias, las universidades de ciencias aplicadas, las instituciones superiores de educación y formación profesionales y las instituciones superiores de arte.

(2)  OCDE (2020), Resourcing Higher Education: Challenges, Choices and Consequences [Dotar de recursos a la educación superior: retos, decisiones y consecuencias], Higher Education, OECD Publishing, París.

(3)  Carretero Gomez, S., Vuorikari, R. y Punie, Y.: DigComp 2.1: The Digital Competence Framework for Citizens with eight proficiency levels and examples of use [DigComp 2.1: el Marco de Competencias Digitales para ciudadanos, con ocho niveles de competencia y ejemplos de uso], Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, Luxemburgo, 2017.


ANEXO

Contexto político

Consejo Europeo

Conclusiones del Consejo Europeo, 14 de diciembre de 2017, (EUCO 19/1/17 REV 1)

Consejo de la Unión Europea

Recomendación (UE) 2021/2122 del Consejo, de 26 de noviembre de 2021, sobre un Pacto de Investigación e Innovación en Europa (DO L 431 de 2.12.2021, p. 1)

Conclusiones del Consejo sobre el futuro de la gobernanza del Espacio Europeo de Investigación (EEI) (14308/21, 26 de noviembre de 2021)

Conclusiones del Consejo sobre el enfoque global para la investigación y la innovación – La estrategia de Europa para la cooperación internacional en un mundo cambiante (12301/21, 28 de septiembre de 2021)

Conclusiones del Consejo sobre la Iniciativa «Universidades Europeas» – Tender puentes entre la educación superior, la investigación, la innovación y la sociedad: allanar el camino para una nueva dimensión en la educación superior europea (DO C 221 de 10.6.2021, p. 14)

Conclusiones del Consejo sobre la profundización del Espacio Europeo de Investigación: ofrecer a los investigadores carreras profesionales y condiciones laborales atractivas y sostenibles y hacer realidad la circulación de cerebros (9138/21, 28 de mayo de 2021)

Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) (DO C 66 de 26.2.2021, p. 1)

Conclusiones del Consejo sobre el nuevo Espacio Europeo de Investigación (13567/20, 1 de diciembre de 2020)

Recomendación del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero (DO C 444 de 10.12.2018, p. 1)

Conclusiones del Consejo sobre la adquisición de una visión del Espacio Europeo de Educación (DO C 195 de 7.6.2018, p. 7)

Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a la promoción de los valores comunes, la educación inclusiva y la dimensión europea de la enseñanza (DO C 195 de 7.6.2018, p. 1).

Comisión Europea

Tackling R&I Foreign Interference [Luchar contra las injerencias extranjeras en el ámbito de la I+i] [SWD(2022) 12 final]

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre una estrategia europea para las universidades [COM(2022) 16 final]

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre el enfoque global para la investigación y la innovación – La estrategia de Europa para la cooperación internacional en un mundo cambiante [COM(2021) 252 final/2]

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Un nuevo EEI para la investigación y la innovación» [COM(2020) 628 final]

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la consecución del Espacio Europeo de Educación de aquí a 2025 [COM(2020) 625 final]

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Agenda de Capacidades Europea para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia» [COM(2020)274 final]

Comisión Europea y Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad

Comunicación conjunta al Parlamento Europeo, el Consejo, el Comité Económico y Social Europeo, el Comité de las Regiones y el Banco Europeo de Inversiones «La Pasarela Mundial» [JOIN(2021) 30 final]

Declaraciones

Comunicado ministerial de Roma (19 de noviembre de 2020)

Declaración de Bonn sobre la libertad de investigación científica (20 de octubre de 2020)