COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 14.10.2021
COM(2021) 634 final
2021/0328(COD)
Propuesta de
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
sobre el Año Europeo de la Juventud 2022
(Texto pertinente a efectos del EEE)
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 14.10.2021
COM(2021) 634 final
2021/0328(COD)
Propuesta de
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
sobre el Año Europeo de la Juventud 2022
(Texto pertinente a efectos del EEE)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.CONTEXTO DE LA PROPUESTA
•Razones y objetivos de la propuesta
El 15 de septiembre de 2021, la presidenta von der Leyen anunció en su discurso sobre el estado de la Unión que la Comisión Europea propondrá que 2022 sea el Año Europeo de la Juventud, un año dedicado a valorar a una juventud que ha renunciado a tantas cosas por los demás. La presidenta subrayó su confianza en el futuro de Europa, que basa en las ideas facilitadas por los jóvenes europeos y añadió que si queremos crear nuestra Unión a su imagen, los jóvenes deben poder crear el futuro de Europa.
Para que nuestro proyecto colectivo de la Unión se base en las acciones, los sueños, las esperanzas y las ideas de las nuevas generaciones, es imprescindible que el Año Europeo de la Juventud sea absolutamente inclusivo. En palabras de la presidenta Von der Leyen: «Europa necesita a toda su juventud».
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto desigual y sin precedentes en la educación, el empleo, la inclusión social y la salud mental de los jóvenes. La pandemia, y las medidas relacionadas con esta, han dado lugar a interrupciones en su educación y en su transición al mercado de trabajo, y muchos jóvenes han experimentado sentimientos de aislamiento, ansiedad y depresión. Estas perturbaciones de los lazos familiares y sociales han afectado especialmente a los niños, los adolescentes y los adultos jóvenes, y la crisis económica provocada por los confinamientos ha golpeado particularmente a los europeos jóvenes. 1
Al mismo tiempo, los jóvenes han mostrado apoyo y solidaridad intergeneracionales, sacrificando valiosos «momentos de juventud» de la vida cotidiana. Y, sin embargo, los jóvenes, que forman uno de los grupos humanos más diversos de nuestra sociedad europea, han conseguido mostrar una gran resiliencia y han participado en la mitigación del impacto de la pandemia.
En este sentido, el Año Europeo de la Juventud 2022 servirá como estímulo adicional para que los jóvenes europeos presenten contribuciones e ideas para moldear el desarrollo de la Unión y de la sociedad en su conjunto. Será asimismo una ocasión para concienciar sobre las oportunidades futuras para los jóvenes. El objetivo general del Año Europeo de la Juventud será impulsar los esfuerzos de la Unión, los Estados miembros y las autoridades regionales y locales por reconocer y apoyar a los jóvenes y colaborar con ellos con la perspectiva de la etapa posterior a la pandemia, mediante las siguientes acciones:
1)Destacando cómo las transiciones ecológica y digital ofrecen una perspectiva renovada para el futuro, así como oportunidades para contrarrestar el impacto negativo de la pandemia en los jóvenes y en el conjunto de la sociedad, inspirándose en las acciones, la visión y los puntos de vista de los jóvenes para seguir reforzando y revitalizando el proyecto común de la Unión Europea, así como escuchando a los jóvenes, teniendo en cuenta sus preocupaciones y ayudándolos a desarrollar oportunidades concretas e inclusivas mediante un uso óptimo de los instrumentos de la Unión.
2)Animando a todos los jóvenes, especialmente a aquellos con menos oportunidades, procedentes de entornos desfavorecidos o pertenecientes a grupos vulnerables, a que se conviertan en ciudadanos activos y en impulsores del cambio, inspirados por un sentimiento de pertenencia a Europa, también mediante esfuerzos adicionales en el desarrollo de capacidades de participación de los jóvenes y en el compromiso cívico de la juventud y de todas las partes interesadas que trabajan para representar los intereses del os jóvenes. Esto implica la contribución de jóvenes procedentes de distintos entornos, también los pertenecientes a grupos vulnerables, en los procesos de consulta clave, como la Conferencia sobre el Futuro de Europa,
3)Fomentando las oportunidades derivadas de las políticas públicas a escala de la UE, nacional, regional y local, con objeto de apoyar su desarrollo personal, social y profesional en una Unión más ecológica, digital e inclusiva.
En su sentido más amplio, el Año Europeo de la Juventud irá acompañado de la aplicación con éxito de NextGenerationEU, que garantiza un avance rápido de las dos transiciones, ofrece la posibilidad de salir colectivamente fortalecidos de la pandemia y reabre perspectivas llenas de oportunidades para los jóvenes, que incluyen empleos de calidad y oportunidades de educación y formación para la Europa del futuro, y apoya la participación de los jóvenes en la sociedad. La Comisión pretende reforzar el papel de los jóvenes convirtiendo la recuperación en una fuerza impulsora del bienestar y la prosperidad en el futuro.
• Coherencia con las disposiciones existentes en la misma política sectorial
La Estrategia de la Unión Europea para la Juventud constituye el marco de la UE para la cooperación en el ámbito de la juventud en el período 2019-2027, sobre la base de la Resolución del Consejo de 26 de noviembre de 2018 2 . La cooperación de la UE en el ámbito de la juventud deberá aprovechar al máximo el potencial de la política de juventud. Fomenta la participación de los jóvenes en la vida democrática, en consonancia con el artículo 165, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Además, apoya el compromiso social y cívico, y vela por que todos los jóvenes tengan los recursos necesarios para participar en la sociedad.
Las Metas de la juventud europea 3 , que forman parte integrante de la Estrategia de la UE para la juventud, han sido elaboradas por los jóvenes y para los jóvenes en el marco del proceso de Diálogo de la UE con la Juventud, y reflejan los ámbitos en los que todavía no se ha producido el cambio para que los jóvenes puedan desarrollar todo su potencial.
Al mismo tiempo, el Año europeo de la Juventud 2022 dará un impulso único para la creación de un Espacio Europeo de Educación, al establecer, de aquí a 2025, un verdadero espacio europeo de aprendizaje en el que la educación y la formación inclusivas y de calidad para todos no se verán obstaculizadas por las fronteras. Además, contribuirá al Pacto Europeo por el Clima, al Plan de Acción de Educación Digital actualizado y a la iniciativa Vida saludable para todos Estará respaldado por el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales en los ámbitos del empleo, las capacidades y la reducción de la pobreza. El Año Europeo de la Juventud hará hincapié en los esfuerzos de la Unión por ampliar las oportunidades de empleo para la juventud en el contexto de la recuperación tras la pandemia mediante una Garantía Juvenil reforzada 4 y el nuevo lanzamiento de la Alianza Europea para la Formación de Aprendices y la Red Europea de Aprendices, la Garantía Infantil Europea, la aplicación de la Agenda de Capacidades Europea 5 , la Recomendación de la Comisión sobre un apoyo activo eficaz para el empleo tras la crisis de la COVID-19 (EASE) 6 , así como la puesta en marcha de la nueva iniciativa ALMA [por las siglas de Aim, Learn, Master, Achieve (Aspirar, Aprender, Dominar, Lograr)]. ALMA será un sistema transfronterizo de movilidad juvenil para jóvenes desfavorecidos de entre 18 y 30 años que ni trabajan, ni estudian ni reciben formación.
Los «nativos digitales», los jóvenes, especialmente los menores de edad, merecen apoyo y empoderamiento para una vida en la que la distinción entre estar en línea y fuera de línea sea cada vez más difusa. En 2022, la versión actualizada de la Estrategia europea en favor de una internet más adecuada para los niños se centrará en la participación de los jóvenes, las capacidades digitales, la inclusión y la promoción del bienestar de los niños.
La Estrategia Integral de la UE sobre los Derechos de la Infancia y la Garantía Infantil Europea 7 establecen una nueva norma para la participación de los niños y los adolescentes, puesto que en su elaboración han participado niños.
Muchas de estas oportunidades están respaldadas por una inversión significativa de la UE, en particular a través de programas como Erasmus+, el Cuerpo Europeo de Solidaridad, el Fondo Social Europeo Plus, Europa Creativa, Horizonte Europa, el Programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores, el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa «Justicia», el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural. Estos programas de financiación aportan una contribución significativa de la UE para que los jóvenes puedan perseguir su realización profesional, social y personal.
Los programas de la UE dedicados específicamente a la juventud tendrán un papel clave durante el Año Europeo de la Juventud. En 2022, se celebrará el trigésimo quinto aniversario del programa Erasmus+ y el Año será una gran oportunidad para conmemorar que, desde 1987, diez millones de jóvenes han participado en esta aventura, y promover la nueva generación de este programa en todas sus dimensiones, que abarcan la educación, la formación, la juventud y el deporte. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también entrará en su quinto año en 2022. El 9 de mayo será una fecha simbólica para organizar actividades o eventos en torno a este día.
Las actividades organizadas durante el Año Europeo de la Juventud deben adecuarse a todos los Estados miembros. Por tanto, se solicita a los Estados miembros que nombren un coordinador nacional responsable de organizar su participación en el Año Europeo de la Juventud. La Comisión convocará reuniones de los coordinadores nacionales con objeto de coordinar el funcionamiento del Año Europeo de la Juventud y de intercambiar información sobre su aplicación a escala nacional y de la UE.
•Coherencia con otras políticas de la Unión
El Año Europeo de la Juventud (2022) será intersectorial y se basará en todas las políticas y programas de la UE que tratan de mejorar la vida de todos los jóvenes y se esfuerzan por empoderarlos. Debe basarse en el Pacto Verde Europeo, la Estrategia de Crecimiento Sostenible de la UE, y otras iniciativas y políticas existentes, como la Década Digital, el Mercado Único Europeo (que pronto celebrará su trigésimo aniversario), la Nueva Bauhaus Europea, las misiones de Horizonte Europa, la Conferencia sobre el Futuro de Europa, el Pilar Europeo de Derechos Sociales, la Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño, la Estrategia sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Marco estratégico de la UE para la igualdad, la inclusión y la participación de los gitanos, la Estrategia para la Igualdad de las Personas LGBTIQ, el Plan de Acción de la UE Antirracismo, la Estrategia de la UE para combatir el antisemitismo y fomentar la forma de vida judía, el Plan de acción sobre integración e inclusión 2021-2027, la Estrategia para la Igualdad de Género, el Plan de Acción para la Democracia Europea, el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer y la Visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE. El Año Europeo de la Juventud tiene vínculos con muchos ámbitos de actuación de la Unión además de las políticas en el ámbito de la juventud, como en educación y formación, empleo, inclusión social, cultura y medios de comunicación, deporte, salud, investigación e innovación, medio ambiente y clima, transporte, no discriminación y antirracismo, política urbana y de cohesión, transporte, desarrollo rural o migración, así como con las relaciones de la Unión con sus países vecinos y sus socios internacionales.
El año Europeo de la Juventud se aplicará a través de programas y mecanismos de ejecución de la UE ya existentes, así como mediante el impulso de NextGenerationEU. Las inversiones aplicables a la juventud pueden optar actualmente a una financiación significativa de la UE en el marco de varios programas e instrumentos de la Unión, en particular Erasmus+, el Cuerpo Europeo de Solidaridad, Erasmus para Jóvenes Emprendedores, Europa Creativa, el Fondo Social Europeo Plus, la Iniciativa de Empleo Juvenil, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, el Programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores, Europa Digital y Horizonte Europa. La dimensión exterior de estos programas y la puesta en común de sus valiosas lecciones, así como instrumentos externos específicos como IVCDCI-Europa Global, serán parte integrante del compromiso de la juventud de la UE con nuestros socios internacionales. El próximo Plan de Acción para la Juventud se centrará principalmente en la dimensión exterior del Año Europeo de la Juventud.
El Año Europeo de la Juventud 2022 estará en consonancia con las prioridades de la Comisión para el período 2019-2024.
2. BASE JURÍDICA, SUBSIDIARIEDAD Y PROPORCIONALIDAD
•Base jurídica
De conformidad con el artículo 6, letra e), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Unión dispondrá en el ámbito de la juventud de competencias para llevar a cabo acciones con el fin de apoyar, coordinar o complementar la acción de los Estados miembros. Conforme al artículo 165, apartado 2, del TFUE, la acción de la Unión se encaminará «a favorecer el incremento de los intercambios de jóvenes y de animadores socioeducativos, y fomentar la participación de los jóvenes en la vida democrática de Europa». Este artículo prevé asimismo que se fomente la movilidad de los estudiantes y se desarrolle la dimensión europea de la enseñanza y el deporte. El artículo 166, apartado 2, del TFUE, dispone que la acción de la Unión se encaminará a «facilitar el acceso a la formación profesional y favorecer la movilidad de los educadores y de las personas en formación, especialmente de los jóvenes» y a «incrementar el intercambio de información y de experiencias sobre las cuestiones comunes a los sistemas de formación de los Estados miembros».
La propuesta tiene una base jurídica doble:
1)El artículo 165, apartado 4, según el cual, para contribuir a la realización de los objetivos mencionados en dicho artículo, «el Parlamento Europeo y el Consejo, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario y previa consulta al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones, adoptarán medidas de fomento, con exclusión de toda armonización de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros».
2)El artículo 166, apartado 4, del TFUE, que dispone que «[e]l Parlamento Europeo y el Consejo, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario y previa consulta al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones, adoptarán medidas para contribuir a la realización de los objetivos establecidos en el presente artículo, con exclusión de toda armonización de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros, y el Consejo adoptará, a propuesta de la Comisión, recomendaciones».
•Subsidiariedad (en el caso de competencia no exclusiva)
La presente propuesta se ajusta al principio de subsidiariedad establecido en el artículo 5, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea (TUE). Los objetivos de la presente propuesta no pueden alcanzarse de manera suficiente únicamente mediante acciones emprendidas por los Estados miembros debido a lo siguiente: la acción se dirige, específicamente, a reforzar la voz de los jóvenes a escala europea con objeto de enriquecer el proyecto común de la Unión, y la acción a escala solamente nacional no se beneficiaría de la dimensión europea que aporta el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre Estados miembros. La Unión perseguirá sus objetivos por los medios apropiados, de acuerdo con las competencias que le confieren los Tratados. Además, la acción de los Estados miembros se beneficiaría de la concienciación y la visibilidad generadas dentro y fuera de la UE.
•Proporcionalidad
La presente propuesta se ajusta al principio de proporcionalidad establecido en el artículo 5, apartado 4, del Tratado de la Unión Europea (TUE). La línea de acción propuesta es simple. Se basa en programas ya existentes y en reorientar las actividades de comunicación hacia los temas del Año Europeo de la Juventud 2022. No impone ninguna restricción de gestión desproporcionada a las administraciones que la pongan en ejecución.
La acción de la Unión apoyará y complementará los esfuerzos de los Estados miembros. Esta acción permitirá, en primer lugar, mejorar la eficacia de los propios instrumentos de la Unión. En segundo lugar, tendrá un efecto facilitador fomentando las sinergias y la cooperación entre Estados miembros, organizaciones y fundaciones y empresas privadas y públicas.
La acción de la Unión no va más allá de lo necesario para abordar los retos detectados.
•Elección del instrumento
Una Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo es el instrumento más adecuado para garantizar la plena participación de la autoridad legislativa en la designación de 2022 como Año Europeo de la Juventud.
3.RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES EX POST, DE LAS CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS Y DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO
•Evaluaciones ex post / controles de la adecuación de la legislación existente
No aplicable
•Consultas con las partes interesadas
No aplicable
•Obtención y uso de asesoramiento especializado
No aplicable
•Evaluación de impacto
No es necesaria una evaluación de impacto, ya que los objetivos de la iniciativa propuesta se inscriben en los objetivos de programas de la Unión ya existentes. El Año Europeo de la Juventud 2022 puede ejecutarse dentro de los actuales límites presupuestarios, utilizando aquellos programas que disponen el establecimiento de prioridades de financiación sobre una base anual o plurianual. La iniciativa propuesta no tendría efectos sociales, económicos o medioambientales significativos, distintos de los de los instrumentos ya existentes.
•Adecuación regulatoria y simplificación
No aplicable
•Derechos fundamentales
No aplicable
4.REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS
La flexibilidad para establecer prioridades sobre una base anual o plurianual en los programas pertinentes, como el programa Erasmus+ y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, es suficiente para prever una campaña de concienciación a una escala similar a la de anteriores años europeos. Se destinarán al menos ocho millones de euros a estas actividades de coordinación. La mayor parte de las acciones recibirá el apoyo de programas e instrumentos de la Unión, con acciones que beneficiarán directamente a los jóvenes europeos.
5.OTROS ELEMENTOS
•Planes de ejecución y modalidades de seguimiento, evaluación e información
Los coordinadores nacionales, en cooperación con los representantes de organizaciones y organismos en el ámbito de la juventud, incluidos los propios jóvenes en la medida de lo posible, deben implicar activamente a los jóvenes en la preparación y la ejecución de las actividades del Año Europeo de la Juventud 2022.
La propuesta incluye la obligación de que la Comisión informe, a más tardar el 31 de diciembre de 2023, sobre la ejecución, los resultados y la evaluación general de las iniciativas contempladas en el Año Europeo de la Juventud.
Después del Año Europeo de la Juventud, la Comisión, en el marco de la aplicación de la Estrategia de la UE para la Juventud 2019-2027, intentará mantener su espíritu y promover, analizar más detalladamente y aplicar los resultados y el legado del año a través de varios programas de la Unión en el ámbito de la juventud.
•Documentos explicativos (para las Directivas)
No aplicable
•Explicación detallada de las disposiciones específicas de la propuesta
2021/0328 (COD)
Propuesta de
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
sobre el Año Europeo de la Juventud 2022
(Texto pertinente a efectos del EEE)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 165, apartado 4, y 166, apartado 4,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo 8 ,
Visto el dictamen del Comité de las Regiones 9 ,
De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario,
Considerando lo siguiente:
(1)El artículo 165, apartado 2, del TFUE establece que la acción de la Unión se encaminará, entre otras cosas, a «fomentar la participación de los jóvenes en la vida democrática de Europa».
(2)En la Hoja de Ruta de Bratislava, de 16 de septiembre de 2016 10 , los veintisiete jefes de Estado o de Gobierno se comprometieron a «ofrecer mejores oportunidades a la juventud», en particular mediante «decisiones sobre el apoyo de la UE a los Estados miembros en la lucha contra el desempleo juvenil y sobre el refuerzo de los programas de la UE destinados a los jóvenes».
(3)En la Declaración de Roma de 25 de marzo de 2017 11 , los dirigentes de los veintisiete Estados miembros y del Consejo Europeo, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea prometieron trabajar para conseguir «una Unión en la que los jóvenes reciban la mejor educación y formación y puedan estudiar y encontrar trabajo en todo el continente».
(4)La Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 reconoce que los jóvenes son los artífices de su propia vida, contribuyen a lograr un cambio positivo en la sociedad y enriquecen las ambiciones de la UE, y que la política en materia de juventud puede contribuir a crear un espacio en el que los jóvenes puedan aprovechar las oportunidades e identificarse con los valores europeos. Los Años Europeos anteriores, como el Año Europeo del Ferrocarril 2021, el Año Europeo del Patrimonio Cultural 2018, o el Año Europeo de los Ciudadanos 2013-2014, ofrecen una valiosa experiencia que debería servir de base a los esfuerzos futuros para involucrar a los jóvenes en la configuración de su futuro y del futuro de Europa.
(5)NextGenerationEU garantiza el rápido avance de la doble transición, ofrece la posibilidad de salir colectivamente fortalecidos de la pandemia, y reabre perspectivas llenas de oportunidades para los jóvenes, que incluyen empleos de calidad y la adaptación al cambio social. La Unión aspira a que la juventud participe plenamente en el despliegue de NextGenerationEU, reforzando su papel en la transición ecológica y digital.
(6)El 15 de septiembre de 2021, la presidenta Von der Leyen anunció en su discurso sobre el estado de la Unión Europea 12 que la Comisión Europea propondría que 2022 fuera el Año Europeo de la Juventud. La presidenta von der Leyen subrayaba su confianza en el futuro de Europa, que basa en las ideas facilitadas por los jóvenes europeos, y añadía que si queremos crear nuestra Unión a su imagen, los jóvenes deben poder crear el futuro de Europa. Europa necesita la visión, el compromiso y la participación de todos los jóvenes para construir un futuro mejor; y Europa debe ofrecer a los jóvenes oportunidades de futuro, de un futuro que sea más ecológico, más digital y más inclusivo. Por esta razón, la presidenta propuso «un año dedicado a valorar a una juventud que ha renunciado a tantas cosas por los demás».
(7)La participación activa de los jóvenes en los procesos democráticos es crucial para el futuro de Europa y sus sociedades democráticas. En consonancia con el Plan de Acción para la Democracia Europea
13
, el Año Europeo de la Juventud pretende dar un impulso a la participación activa de los jóvenes en la vida democrática de Europa, EN PARTICULAR FOMENTANDO las actividades dirigidas a la participación de jóvenes de diversos entornos en procesos como la Conferencia sobre el futuro de Europa, PROMOVIENDO el compromiso civil y las iniciativas de voluntariado, que refuerzan la concienciación sobre los derechos fundamentales y los valores comunes europeos, así como sobre la historia y la cultura europeas, reuniendo a los jóvenes y a los responsables de la toma de decisiones a escala local, nacional y de la Unión y contribuyendo al proceso de la integración europea.
(8)También se reconoce el papel esencial de los jóvenes, que debe recibir ayuda «a fin de canalizar sus ilimitadas capacidades de activismo para crear un mundo mejor». El Año Europeo de la Juventud supone una contribución concreta a la Agenda de Desarrollo Sostenible para 2030 de las Naciones Unidas («Agenda 2030») 14 , que destaca que «los niños y las mujeres y los hombres jóvenes son agentes de cambio fundamentales», y debería dar un nuevo impulso a la aplicación de esta Agenda, a la senda del desarrollo sostenible y a la capacidad de los jóvenes de configurar el futuro, no solo de la Unión, sino también de los países socios de la UE y de nuestro planeta en su conjunto.
(9)El Año Europeo debe contribuir a intensificar la participación de la juventud en la acción exterior de la UE en todos los ámbitos políticos, crear nuevas oportunidades para la educación y los intercambios, las asociaciones y el diálogo entre los jóvenes de los países de la UE y los países asociados, a fin de que la participación de los jóvenes desempeñe un papel más importante en la comunicación estratégica y la acción de la diplomacia pública.
(10)Las Metas de la Juventud Europea, que forman parte integrante de la Estrategia de la UE para la Juventud, y que han sido elaboradas por los jóvenes y para los jóvenes en el marco del proceso de Diálogo de la UE con la Juventud, reflejan el afán de muchos jóvenes europeos de contribuir a determinar la dirección que debería seguir la Unión Europea en su evolución.
(11)El Año Europeo de la Juventud debería suponer un impulso para la aplicación satisfactoria del primer principio del pilar europeo de derechos sociales 15 que destaca que «[t]oda persona tiene derecho a una educación, formación y aprendizaje permanente inclusivos y de calidad», y del Espacio Europeo de Educación, cuyo objetivo es estimular a los jóvenes en su realización profesional, social y personal mediante la creación, de aquí a 2025, de un verdadero espacio europeo de aprendizaje en el que la educación y la formación inclusivas y de calidad para todos no se vean obstaculizadas por las fronteras.
(12)El Año Europeo de la Juventud debería respaldar los esfuerzos de la Unión por ampliar las oportunidades de trabajo de los jóvenes en la recuperación posterior a la pandemia, como se establece en la Resolución del Parlamento Europeo sobre la Garantía Juvenil ( 2020/2764(RSP) ) 16 , que subraya que las medidas de confinamiento han perturbado de forma repentina la educación formal e informal, los períodos de formación, prácticas y aprendizaje profesional de los jóvenes, así como los puestos de trabajo, lo que ha afectado a sus ingresos, a su potencial de ingresos y a su bienestar, incluida su salud y, en particular, su salud mental.
(13)El Año Europeo de la Juventud debe dar un mayor ímpetu a la creación de oportunidades de empleo de calidad para los jóvenes en el marco de la iniciativa de Apoyo al empleo juvenil, incluida la Garantía Juvenil reforzada 17 , y en el marco de la iniciativa ALMA (por las siglas de Aim, Learn, Master, Achieve [Aspirar, Aprender, Dominar, Lograr]) que debe aplicarse en el marco del Fondo Social Europeo Plus. ALMA debe ser un sistema transfronterizo de movilidad juvenil para que las personas desfavorecidas que ni trabajan, ni estudian ni reciben formación puedan obtener experiencia profesional en el extranjero, acompañadas por servicios sociales, a fin de proporcionar a estos jóvenes, incluidos los procedentes de entornos rurales, periféricos o de regiones menos desarrolladas, educación, formación o un empleo de calidad.
(14)La Resolución del Parlamento Europeo sobre las repercusiones de la COVID-19 en los jóvenes y el deporte [2020/2864(RSP)] 18 subraya los efectos especialmente pronunciados que la actual pandemia ha tenido en los jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación (ninis) y destaca la necesidad de abordar los problemas a que se enfrentan los jóvenes de grupos vulnerables; además, señala que el desempleo y la pobreza juveniles han aumentado de forma constante desde el estallido de la pandemia, e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que adopten todas las medidas necesarias para contrarrestar los efectos tan desastrosos que ha tenido para el empleo juvenil.. La Resolución recuerda el papel del voluntariado en el desarrollo de las capacidades laborales y para la vida de los jóvenes y considera que el Cuerpo Europeo de Solidaridad puede ayudar a los jóvenes europeos a ampliar sus oportunidades más allá de sus realidades locales.
(15)El Año Europeo de la Juventud debe apoyar la puesta en práctica de la Resolución del Consejo, de 1 de diciembre de 2020, sobre el marco para establecer una agenda europea de trabajo en el ámbito de la juventud 19 y de las Conclusiones del Consejo, de 22 de mayo de 2019, sobre los jóvenes y el futuro del trabajo 20 , de 10 de diciembre de 2019, sobre el trabajo digital en el ámbito de la juventud 21 , y de 7 de septiembre de 2017, sobre el trabajo inteligente en el ámbito de la juventud 22 .
(16)El Año europeo de la Juventud, al reflejar la importancia de abordar las crisis climáticas y naturales en consonancia con el compromiso de la Unión de aplicar el Acuerdo de París 23 y alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas, debe contribuir a la integración de las acciones relacionadas con el clima y con la naturaleza y a la aplicación del Pacto Verde Europeo 24 de manera justa e inclusiva, a las misiones de Horizonte Europa y al paquete de medidas «Objetivo 55» 25 , en particular animando a los jóvenes a formular iniciativas propias e ideas creativas para alcanzar los objetivos en cuestión.
(17)El Año Europeo de la Juventud debe dar un mayor ímpetu a la Resolución del Parlamento Europeo sobre Medidas efectivas para ecologizar Erasmus+, Europa Creativa y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, [2019/2195(INI)] 26 , la cual subraya que Erasmus+, a través de su apoyo a la educación y la formación formal y no formal y a las actividades de participación de la juventud, es fundamental para la concienciación de los europeos, en especial las generaciones jóvenes, a fin de animarles a tener una posición activa e informada sobre la sostenibilidad y las políticas pertinentes y convertirse en ciudadanos comprometidos y conscientes en el futuro; destaca, en este sentido, el papel tan importante que desempeñan las organizaciones juveniles y de la sociedad civil en el intercambio de mejores prácticas y la ejecución de proyectos que sensibilicen a las generaciones más jóvenes sobre la sostenibilidad.
(18)Es su discurso sobre el estado de la Unión Europea, la presidenta von der Leyen subrayó que «Europa necesita a toda su juventud». En el cumplimiento de sus objetivos, el Año europeo de la Juventud sebe ser plenamente integrador y debe promover activamente la participación de los jóvenes con menos oportunidades.
(19)El Año Europeo de la Juventud está firmemente anclado en los principios que reconoce la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (la «Carta») 27 . En particular, en sus acciones y actividades el Año Europeo de la Juventud pretende que se respete plenamente el derecho de igualdad entre mujeres y hombres, así como el derecho a no ser discriminado por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y promover la aplicación de la Carta. La Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño 28 y la Garantía Infantil Europea 29 establecen una nueva norma para la representación de los niños y los adolescentes y reconocen a los niños y los jóvenes como ciudadanos activos y agentes de cambio.
(20)A fin de garantizar que el Año Europeo de la Juventud se lleva a cabo de forma efectiva y eficiente, deben aprovecharse al máximo los mecanismos de ejecución existentes. Para optimizar el valor añadido del Año Europeo, deben buscarse la complementariedad y las sinergias, en particular, entre el Año Europeo y los programas de la Unión, especialmente los que tienen un alcance internacional y están dirigidos específicamente a los jóvenes y los que carecen de carácter transnacional o internacional, y en particular los relativos a la educación y la formación, el deporte, la cultura y los medios de comunicación, la juventud y la solidaridad, el trabajo de voluntariado y la inclusión social, la investigación y la innovación, la industria y la empresa, la política digital, la agricultura y el desarrollo rural centrados en los jóvenes agricultores, el medio ambiente y el clima, la política de cohesión, la migración, la seguridad y la cooperación y el desarrollo internacionales, así como con la actividades realizadas por los Estados miembros.
(21)Al crear un entorno para promover estos objetivos simultáneamente a escala de la Unión, nacional, regional y local puede conseguirse una mayor sinergia y un mejor uso de los recursos. En este sentido, la Comisión debe facilitar información oportuna al Parlamento Europeo, al Consejo y a los Estados miembros, al Comité de las Regiones, al Comité Económico y Social Europeo y a los organismos y asociaciones activos en el ámbito de la juventud a escala de la Unión, y cooperar estrechamente con todos ellos. A fin de garantizar que las actividades desarrolladas para el Año Europeo de la Juventud tengan una dimensión europea, se anima a los Estados miembros a que colaboren también entre sí.
(22)El Año Europeo de la Juventud debe centrarse también en acciones y actividades que presenten un posible valor añadido europeo. La noción de valor añadido europeo debe entenderse en sentido amplio y debe demostrarse de diversas formas, por ejemplo cuando las acciones o actividades tienen un carácter transnacional, en particular en lo que se refiere a la cooperación destinada a lograr un impacto sistémico sostenible, o contribuyen a la identidad europea, la concienciación y la asimilación de los valores comunes y los derechos fundamentales europeos por parte de los jóvenes, o a su capacidad para participar en la democracia representativa y participativa de la Unión.
(23)A escala de la Unión, la dotación financiera necesaria para la aplicación de la presente Decisión se consignará en el presupuesto de los programas contribuyentes, de conformidad con el Marco Financiero Plurianual 2021-2027. Sin perjuicio de las competencias de la autoridad presupuestaria, el objetivo debe ser proporcionar una financiación para la aplicación de la presente Decisión de, como mínimo, ocho millones de euros. En función de la disponibilidad de financiación, la cofinanciación con cargo al presupuesto de la Unión de actividades en apoyo del Año Europeo de la Juventud será conforme a las normas aplicables a los programas pertinentes, incluidos, en particular, Erasmus+ y el Cuerpo Europeo de Solidaridad y, en su caso, otros programas de la Unión.
(24)Puesto que los objetivos de la presente Decisión no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, sino que, debido a la dimensión y los efectos de la acción propuesta, pueden lograrse mejor a escala de la Unión, esta puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad establecido en el artículo 5 del TUE. De conformidad con el principio de proporcionalidad establecido en dicho artículo, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.
(25)En vista de las repercusiones de la COVID-19 en la juventud, y por tanto, de la necesidad apremiante del objetivo de este Año de reconocer y respaldar a los jóvenes, y comprometerse con ellos con la perspectiva de la etapa posterior a la pandemia, procede establecer una excepción al período de ocho semanas mencionado en el artículo 4 del Protocolo n.º 1 sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea, adjunto al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
(26)Con objeto de velar por una implementación sin dilaciones del Año Europeo de la Juventud, la presente Decisión debe entrar en vigor con carácter de urgencia el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Objeto
El año 2022 será declarado «Año Europeo de la Juventud 2022» (en lo sucesivo, «el Año Europeo»).
Artículo 2
Objetivos
En consonancia con los objetivos de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 y las Metas de la Juventud Europea, el objetivo general del Año Europeo será impulsar los esfuerzos de la Unión, los Estados miembros y las autoridades regionales y locales por reconocer y respaldar a los jóvenes, y comprometerse con ellos con la perspectiva de la etapa posterior a la pandemia. En particular, el Año Europeo tendrá por objeto lo siguiente:
1.Destacar cómo las transiciones ecológica y digital ofrecen una perspectiva renovada para el futuro, así como oportunidades para contrarrestar el impacto negativo de la pandemia en los jóvenes y en el conjunto de la sociedad, inspirándose en las acciones, la visión y los puntos de vista de los jóvenes para seguir reforzando y revitalizando el proyecto común de la Unión Europea, así como escuchando a los jóvenes, teniendo en cuenta sus preocupaciones y ayudándolos a desarrollar oportunidades concretas e inclusivas mediante un uso óptimo de los instrumentos de la Unión.
2.Animar a todos los jóvenes, especialmente a aquellos con menos oportunidades y a los procedentes de entornos desfavorecidos o pertenecientes a grupos vulnerables, así como a los procedentes de entornos rurales, periféricos o de regiones menos desarrolladas, a que se conviertan en ciudadanos activos y comprometidos y en impulsores del cambio, inspirados por un sentimiento de pertenencia a Europa, también mediante los esfuerzos adicionales dirigidos al desarrollo de capacidades para la participación de los jóvenes y el compromiso cívico de la juventud y de todas las partes interesadas que trabajan para representar los intereses de los jóvenes, y que tienen relación con la contribución de los jóvenes de diversos entornos en los procesos de consulta clave, como la Conferencia sobre el Futuro de Europa.
3.Fomentar las oportunidades para los jóvenes derivadas de las políticas públicas a escala de la UE, nacional, regional y local, con objeto de apoyar su desarrollo personal, social y profesional en un mundo más ecológico, digital e inclusivo.
Artículo 3
Tipo de medidas
1.Las medidas que deben adoptarse para alcanzar los objetivos establecidos en el artículo 2 incluirán las siguientes actividades a escala europea, nacional, regional o local y, en su caso, en los países asociados, relacionadas con los objetivos del Año Europeo:
a)realizar conferencias, actos e iniciativas para promover un debate inclusivo y accesible sobre los retos, entre otros el impacto de la pandemia de la COVID-19, a los que se enfrentan los jóvenes, incluidos aquellos con menos oportunidades y pertenecientes a grupos vulnerables, y sobre la línea de actuación que pueden adoptar las partes interesadas a distintos niveles;
b)promover la participación de los jóvenes y mejorar las herramientas, los canales y los programas existentes que permiten que los jóvenes lleguen hasta los responsables políticos, identificando, recopilando e intercambiando experiencias y buenas prácticas;
c)recabar ideas mediante el uso de métodos participativos, en un esfuerzo por crear conjuntamente el Año Europeo;
d)llevar a cabo campañas de información, educación y concienciación para transmitir valores como la igualdad, la solidaridad, el voluntariado, el sentimiento de pertenencia y seguridad o la impresión de ser escuchado y respetado, con objeto de estimular una contribución activa de los jóvenes en la construcción de una sociedad más inclusiva, más ecológica y más digital;
e)crear un espacio de intercambio sobre cómo convertir los retos en oportunidades con un espíritu emprendedor;
f)llevar a cabo estudios e investigaciones sobre la situación de la juventud en la Unión, también mediante la elaboración y utilización de estadísticas europeas armonizadas y otras estadísticas de la UE, así como promover y difundir estos resultados a escala europea, nacional o regional.
g)fomentar programas, oportunidades de financiación, proyectos, acciones y redes de interés para la juventud, también a través de las redes sociales y las comunidades virtuales.
2.La Comisión podrá determinar otras actividades que contribuyan a los objetivos del Año Europeo, y permitir el uso de referencias al Año Europeo en la promoción de dichas actividades, en la medida en que estas contribuyan a la consecución de los mencionados objetivos. Las instituciones europeas y los Estados miembros también podrán determinar otras actividades de este tipo y sugerirlas a la Comisión.
Artículo 4
Coordinación a escala nacional
La organización de la participación en el Año Europeo a escala nacional será responsabilidad de los Estados miembros. Los Estados miembros designarán coordinadores nacionales a tal efecto. Los coordinadores nacionales se encargarán de la coordinación de las actividades pertinentes a escala nacional. También velarán por la participación y el compromiso activos de los jóvenes y de las organizaciones juveniles de la sociedad civil en la ejecución de las actividades del Año.
Artículo 5
Coordinación a escala de la Unión
1.La Comisión convocará reuniones de los coordinadores nacionales con objeto de coordinar el funcionamiento del Año Europeo. Estas reuniones servirán también para intercambiar información sobre la ejecución del Año Europeo a escala nacional y de la Unión. Los representantes del Parlamento Europeo podrán participar en calidad de observadores y contribuir a estas reuniones.
2.La coordinación del Año Europeo a escala de la Unión tendrá un enfoque transversal con vistas a crear sinergias entre los distintos programas e iniciativas de la Unión de interés para los jóvenes.
3.La Comisión convocará reuniones de las partes interesadas y los representantes de organizaciones u organismos en el ámbito de la juventud para ayudar en la creación y ejecución del Año Europeo a escala de la Unión.
Artículo 6
Cooperación a escala internacional
A efectos del Año Europeo la Comisión, en caso necesario, cooperará con socios internacionales y organizaciones internacionales competentes, velando por la visibilidad de la participación de la Unión. La Comisión procurará, en particular, la cooperación con el Consejo de Europa, también en el marco de la Asociación entre la UE y el Consejo de Europa en el ámbito de la juventud, así como con redes y organizaciones juveniles internacionales.
Artículo 7
Seguimiento y evaluación
El 31 de diciembre de 2023 a más tardar, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de la Regiones, sobre la ejecución, los resultados y la evaluación general de las iniciativas establecidas en la presente Decisión.
Artículo 8
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el
Por el Parlamento Europeo Por el Consejo
El Presidente / La Presidenta El Presidente / La Presidenta
FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA
ÍNDICE
1.MARCO DE LA PROPUESTA/INICIATIVA19
1.1.Denominación de la propuesta o iniciativa19
1.2.Ámbito(s) político(s) afectado(s)19
1.3.La propuesta/iniciativa se refiere a:19
1.4.Objetivo(s)19
1.4.1.Objetivo(s) general(es)19
1.4.2.Objetivo(s) específico(s)19
1.4.3.Resultado(s) e incidencia esperados20
1.4.4.Indicadores de resultados21
1.5.Justificación de la propuesta/iniciativa21
1.5.1.Necesidad(es) que debe(n) satisfacerse a corto o largo plazo, incluido un calendario detallado de la aplicación de la iniciativa21
1.5.2.Valor añadido de la intervención de la Unión (puede derivarse de distintos factores, como mejor coordinación, seguridad jurídica, mejora de la eficacia o complementariedades). A efectos del presente punto, se entenderá por «valor añadido de la intervención de la Unión» el valor resultante de una intervención de la Unión que viene a sumarse al valor que se habría generado de haber actuado los Estados miembros de forma aislada.21
1.5.3.Principales conclusiones extraídas de experiencias similares anteriores22
1.5.4.Compatibilidad con el marco financiero plurianual y posibles sinergias con otros instrumentos adecuados22
1.6.Duración e incidencia financiera de la propuesta/iniciativa23
1.7.Modo(s) de gestión previsto(s)23
2.MEDIDAS DE GESTIÓN24
2.1.Disposiciones en materia de seguimiento e informes24
2.2.Sistema(s) de gestión y de control24
2.2.1.Justificación del modo o los modos de gestión, el mecanismo o los mecanismos de aplicación de la financiación, las modalidades de pago y la estrategia de control propuestos24
2.2.2.Estimación y justificación de la eficiencia del gasto de los controles (cociente entre los gastos de control y el importe de los fondos gestionados correspondientes) y evaluación del nivel previsto de riesgo de error (en los pagos y al cierre)24
2.3.Medidas de prevención del fraude y de las irregularidades24
3.INCIDENCIA FINANCIERA ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA25
3.1.Rúbrica(s) del marco financiero plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s)25
3.2.Incidencia financiera estimada de la propuesta en los créditos26
3.2.1.Resumen de la incidencia estimada en los créditos de operaciones26
3.2.2.Resultados estimados financiados con créditos de operaciones29
3.2.3.Resumen de la incidencia estimada en los créditos administrativos31
3.2.4.Compatibilidad con el marco financiero plurianual vigente33
3.2.5.Contribución de terceros33
3.3.Incidencia estimada en los ingresos34
FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA
1.MARCO DE LA PROPUESTA/INICIATIVA
1.1.Denominación de la propuesta o iniciativa
Año Europeo de la Juventud 2022
1.2.Ámbito(s) político(s) afectado(s)
Ámbito de actuación: educación y formación, juventud y deporte
En la rúbrica 2: cohesión, resiliencia y valores
1.3.La propuesta/iniciativa se refiere a:
X·una acción nueva
◻ una acción nueva a raíz de un proyecto piloto / una acción preparatoria 30
◻ la prolongación de una acción existente
◻ una fusión o reorientación de una o más acciones hacia otra / una nueva acción
1.4.Objetivo(s)
1.4.1.Objetivo(s) general(es)
Los objetivos del Año Europeo de la Juventud serán fomentar y apoyar los esfuerzos de la Unión, los Estados Miembros y las autoridades regionales y locales para reconocer y respaldar a los jóvenes, y comprometerse con ellos con la perspectiva de la etapa posterior a la pandemia inspirándose en las ideas, las aspiraciones y las visiones aportadas por los jóvenes. Configurar la evolución futura de la Unión y de la sociedad en general. Será asimismo una ocasión para aumentar la concienciación sobre las oportunidades futuras para los jóvenes.
1.4.2.Objetivo(s) específico(s)
– Destacar cómo las transiciones ecológica y digital ofrecen una perspectiva renovada para el futuro, así como oportunidades para contrarrestar el impacto negativo de la pandemia en los jóvenes y en el conjunto de la sociedad, inspirándose en las acciones, la visión y los puntos de vista de los jóvenes para seguir reforzando y revitalizando el proyecto común de la Unión Europea, así como escuchando a los jóvenes, teniendo en cuenta sus preocupaciones y ayudándolos a desarrollar oportunidades concretas e inclusivas mediante un uso óptimo de los instrumentos de la Unión.
– Animar a todos los jóvenes, especialmente a aquellos con menos oportunidades y a los procedentes de entornos desfavorecidos o pertenecientes a grupos vulnerables, así como a los procedentes de entornos rurales, periféricos o de regiones menos desarrolladas, a que se conviertan en ciudadanos activos y comprometidos y en impulsores del cambio, inspirados por un sentimiento de pertenencia a Europa, también mediante los esfuerzos adicionales dirigidos al desarrollo de capacidades para la participación de los jóvenes y el compromiso cívico de la juventud y de todas las partes interesadas que trabajan para representar los intereses de los jóvenes. Esto implica la contribución de los jóvenes de diversos entornos en los procesos de consulta clave, como la Conferencia sobre el Futuro de Europa.
– Fomentar las oportunidades para los jóvenes derivadas de las políticas públicas a escala de la UE, nacional, regional y local de forma equitativa, con objeto de apoyar su desarrollo personal, social y profesional en un mundo más ecológico, digital e inclusivo.
1.4.3.Resultado(s) e incidencia esperados
Especifíquense los efectos que la propuesta/iniciativa debería tener sobre los beneficiarios / la población destinataria.
Campañas de información y promoción, eventos e iniciativas a escala europea, nacional, regional o local para transmitir mensajes clave y difundir información sobre ejemplos de buenas prácticas, incluido el papel de la UE en la promoción de soluciones compartidas. Esto conducirá a la participación y el aprendizaje activos en los ámbitos de actuación clave, como el cambio climático, el Pacto Verde, etc.
Concienciación sobre la importancia y el papel clave de la juventud en el futuro de la UE y promoción de las herramientas para que los jóvenes contribuyan a modular una visión renovada para una sociedad que sea más inclusiva, ecológica y digital, tanto a escala nacional como a escala europea.
Los jóvenes adquirirán los conocimientos, las capacidades y las competencias, los valores y las actitudes que necesitan para avanzar en su desarrollo personal y profesional y se familiarizarán con el panorama político a escala europea, nacional y regional
1.4.4.Indicadores de resultados
Especifíquense los indicadores que permiten realizar el seguimiento de los avances y los logros.
Debe establecerse el número de resultados que se pretende conseguir en el marco de la campaña de información.
1.5.Justificación de la propuesta/iniciativa
1.5.1.Necesidad(es) que debe(n) satisfacerse a corto o largo plazo, incluido un calendario detallado de la aplicación de la iniciativa
A corto plazo: una mayor concienciación entre los ciudadanos sobre la importancia de la juventud en la configuración del futuro de Europa, así como las herramientas disponibles para ayudar a los jóvenes a influir en sus sociedades.
A largo plazo: motivar a los jóvenes en un contexto posterior a la pandemia y ofrecerles nuevas oportunidades y nuevas capacidades para apoyar su desarrollo personal y profesional en un mundo cambiante.
1.5.2.Valor añadido de la intervención de la Unión (puede derivarse de distintos factores, como mejor coordinación, seguridad jurídica, mejora de la eficacia o complementariedades). A efectos del presente punto, se entenderá por «valor añadido de la intervención de la Unión» el valor resultante de una intervención de la Unión que viene a sumarse al valor que se habría generado de haber actuado los Estados miembros de forma aislada.
Refuerzo de la concienciación sobre las oportunidades para que los jóvenes se conviertan en ciudadanos activos y comprometidos a escala europea, nacional y local, así como en impulsores del cambio, inspirados en un sentimiento pertenencia a Europa.
Dimensión europea de las medidas destinadas a acelerar la recuperación profesional y personal de la juventud tras la pandemia, en consonancia con los objetivos de NextGenerationEU, las directrices políticas de la actual Comisión Europea (2019-2024) y otras políticas y programas de la UE que tratan de mejorar la vida de los jóvenes.
1.5.3.Principales conclusiones extraídas de experiencias similares anteriores
Los Años Europeos celebrados en los últimos diez años han demostrado su utilidad como instrumentos de concienciación eficaces que han surtido efecto tanto en el público en general como en los multiplicadores y que han creado sinergias entre distintos ámbitos de intervención a escala de la Unión y de los Estados miembros.
1.5.4.Compatibilidad con el marco financiero plurianual y posibles sinergias con otros instrumentos adecuados
El Año Europeo de la Juventud (2022) será intersectorial y se basará en todas las políticas y programas de la UE que tratan de mejorar la vida de los jóvenes y se esfuerzan por empoderarlos. Debe basarse en iniciativas y políticas existentes, como el Pacto Verde Europeo, la Década Digital, la Nueva Bauhaus Europea, la Conferencia sobre el Futuro de Europa, el Pilar Europeo de Derechos Sociales, la Garantía Infantil, la Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño, el Plan de Acción sobre Integración e Inclusión 2021-2027, el Plan de Acción para la Democracia Europea y el Pacto Rural y el Plan de Acción Rural.
El Año Europeo de la Juventud tiene vínculos con muchos ámbitos de actuación de la Unión además de las políticas en el ámbito de la juventud, como en educación y formación, empleo, inclusión social, cultura y medios de comunicación, deporte, salud, investigación e innovación, medio ambiente y clima, política de cohesión, desarrollo rural o migración, así como con las relaciones de la Unión con sus países vecinos. Además, pondrá de relieve la dimensión europea e interdisciplinaria de la juventud, en tanto que generación que llevará al continente al futuro, de forma inclusiva, sostenible y más digital.
1.6.Duración e incidencia financiera de la propuesta/iniciativa
X duración limitada
–X en vigor desde la adopción de la Decisión el 31.12.2023
–X incidencia financiera desde 2021 hasta 2024 para los créditos de compromiso y desde 2022 hasta 2026 para los créditos de pago.
◻ duración ilimitada
–fase de puesta en marcha desde AAAA hasta AAAA,
–seguida del pleno funcionamiento a partir de la fecha.
1.7.Modo(s) de gestión previsto(s) 31
X Gestión directa a cargo de la Comisión
–x por sus servicios, incluido su personal en las delegaciones de la Unión;
–x por las agencias ejecutivas.
◻ Gestión compartida con los Estados miembros
◻ Gestión indirecta mediante delegación de tareas de ejecución presupuestaria en:
–◻ terceros países o en los organismos que estos hayan designado;
–◻ organizaciones internacionales y sus agencias (especifíquense);
–◻ el BEI y el Fondo Europeo de Inversiones;
–◻ los organismos a que se hace referencia en los artículos 70 y 71 del Reglamento Financiero;
–◻ organismos de Derecho público;
–◻ organismos de Derecho privado investidos de una misión de servicio público, en la medida en que presenten garantías financieras suficientes;
–◻ organismos de Derecho privado de un Estado miembro a los que se haya encomendado la ejecución de una colaboración público-privada y que presenten garantías financieras suficientes;
–◻ personas a quienes se haya encomendado la ejecución de acciones específicas en el marco de la PESC, de conformidad con el título V del Tratado de la Unión Europea, y que estén identificadas en el acto de base correspondiente.
–Si se indica más de un modo de gestión, facilítense los detalles en el recuadro de observaciones.
Observaciones
[…]
[…]
2.MEDIDAS DE GESTIÓN
2.1.Disposiciones en materia de seguimiento e informes
Especifíquense la frecuencia y las condiciones de dichas disposiciones.
Programa de trabajo del Año Europeo
Creación de un Comité Director
2.2.Sistema(s) de gestión y de control
2.2.1.Justificación del modo o los modos de gestión, el mecanismo o los mecanismos de aplicación de la financiación, las modalidades de pago y la estrategia de control propuestos
La gestión directa, de conformidad con el artículo 62, apartado 1, letra a), del Reglamento Financiero, es el modo preferible, dado que las acciones serán ejecutadas por la Comisión Europea, en particular la DG EAC, que se ocupará de la coordinación con los Estados miembros y las distintas partes interesadas.
2.2.2.Estimación y justificación de la eficiencia del gasto de los controles (cociente entre los gastos de control y el importe de los fondos gestionados correspondientes) y evaluación del nivel previsto de riesgo de error (en los pagos y al cierre)
Los controles forman parte del sistema de control interno de la DG EAC. Estas nuevas actividades solo generarán costes de control adicionales en la Dirección General que no son significativos.
2.3.Medidas de prevención del fraude y de las irregularidades
Especifíquense las medidas de prevención y protección existentes o previstas, por ejemplo, en la estrategia de lucha contra el fraude.
La Comisión velará por que, cuando se realicen las acciones financiadas en el marco de la presente Decisión, los intereses financieros de la Unión queden protegidos mediante la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y cualesquiera otras actividades ilegales, mediante controles efectivos, mediante la recuperación de los importes pagados indebidamente y, si se detectan irregularidades, mediante sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias. La Comisión estará autorizada a realizar comprobaciones y verificaciones in situ en el marco de la presente Decisión, de conformidad con el Reglamento (Euratom, CE) n.º 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades. Las investigaciones serán efectuadas, en su caso, por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude y se regirán por el Reglamento (CE) n.º 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
3.INCIDENCIA FINANCIERA ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA
3.1.Rúbrica(s) del marco financiero plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s)
·Líneas presupuestarias existentes
En el orden de las rúbricas del marco financiero plurianual y las líneas presupuestarias.
|
Rúbrica del marco financiero plurianual |
Línea presupuestaria |
Tipo de gasto |
Contribución |
|||
|
Número
|
CD/CND 32 |
de los países de la AELC 33 |
de los países candidatos 34 |
de terceros países |
a efectos de lo dispuesto en el artículo 21, apartado 2, letra b), del Reglamento Financiero |
|
|
CD/CND |
SÍ/NO |
SÍ/NO |
SÍ/NO |
SÍ/NO |
||
|
2.b |
07 01 02 01 – Gastos de apoyo a Erasmus |
CD |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
|
2.b |
07 01 03 01 – Gastos de apoyo al Cuerpo Europeo de Solidaridad |
CD |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
|
2.b |
07 03 01 02 – Promover la movilidad educativa de las personas, así como la cooperación, la inclusión, la excelencia, la creatividad y la innovación a nivel de las organizaciones y las políticas en el campo de la educación y la formación – Gestión directa |
CD |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
|
2.b |
07 03 02 – Promover la movilidad educativa no formal y la participación activa entre los jóvenes, así como la cooperación, la inclusión, la creatividad y la innovación a nivel de las organizaciones y las políticas en el ámbito de la juventud |
CD |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
|
2.b |
07 04 01 – Cuerpo Europeo de Solidaridad |
CD |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
3.2.Incidencia financiera estimada de la propuesta en los créditos
Los programas y líneas presupuestarias mencionados a continuación son indicativos. Se consignará la financiación adecuada con cargo a las dotaciones de los programas contribuyentes, de conformidad con las normas financieras aplicables.
3.2.1.Resumen de la incidencia estimada en los créditos de operaciones
–◻ La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos de operaciones
–x La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos de operaciones, tal como se explica a continuación:
En millones EUR (al tercer decimal)
|
Rúbrica del marco financiero plurianual |
Número |
En la rúbrica 2: cohesión, resiliencia y valores |
|
DG EAC |
2021 |
2022 |
2023 |
2024 |
2025 2026 2027 |
TOTAL |
||||||||||
|
• Créditos de operaciones |
||||||||||||||||
|
Línea presupuestaria 07 03 01 02 |
Compromisos |
(1a) |
3,500 |
3,500 |
||||||||||||
|
Pagos |
(2a) |
1,437 |
0,515 |
0,987 |
0,310 |
0,251 |
3,500 |
|||||||||
|
Línea presupuestaria 07 03 02 |
Compromisos |
(1b) |
4,000 |
0,500 |
4,500 |
|||||||||||
|
Pagos |
(2b) |
2,724 |
1,403 |
0,346 |
0,027 |
4,500 |
||||||||||
|
Línea presupuestaria 07 04 01 |
Compromisos |
(1c) |
0,500 |
0,500 |
||||||||||||
|
Pagos |
(2c) |
0,275 |
0,130 |
0,054 |
0,041 |
0,500 |
||||||||||
|
|
Compromisos |
1a+1b+1c |
8,000 |
0,500 |
8,500 |
|||||
|
Pagos |
2a+2b +2 |
4,436 |
2,048 |
1,387 |
0,378 |
0,251 |
8,500 |
|
·Créditos de carácter administrativo financiados mediante la dotación de los programas específicos |
|||||||||||||||
|
Línea presupuestaria 07 01 02 01 |
Compromisos/Pagos |
(3) |
0,200 |
0,200 |
0,200 |
0,600 |
|||||||||
|
Línea presupuestaria 07 01 03 01 |
Compromisos/Pagos |
(3) |
0,050 |
0,050 |
0,050 |
0,150 |
|||||||||
|
TOTAL de los créditos
|
Compromisos |
=1a+1b+1c+3 |
8,250 |
0,750 |
0,250 |
9,250 |
|||||||||
|
Pagos |
=2a+2b +2c+3 |
4,686 |
2,298 |
1,637 |
0,378 |
0,251 |
9,250 |
||||||||
|
|
7 |
«Gastos administrativos» |
En millones EUR (al tercer decimal)
|
Año
|
Año
|
Año
|
Año
|
Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) |
TOTAL |
|||||
|
DG EAC |
||||||||||
|
• Recursos humanos |
0,948 |
1,358 |
0,240 |
2,546 |
||||||
|
• Otros gastos administrativos |
0,012 |
0,012 |
||||||||
|
TOTAL DG EAC |
Créditos |
0,948 |
1,370 |
0,240 |
2,558 |
|||||
|
TOTAL de los créditos
|
(Total de los compromisos = total de los pagos) |
0,948 |
1,370 |
0,240 |
2,558 |
En millones EUR (al tercer decimal)
|
2021 35 |
2022 |
2023 |
2024 |
Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) |
TOTAL |
|||||
|
TOTAL de los créditos
|
Compromisos |
0,948 |
9,620 |
0,990 |
0,250 |
11,808 |
||||
|
Pagos |
0,948 |
6,056 |
2,538 |
1,637 |
0,378 |
0,251 |
11,808 |
|||
3.2.2.Resultados estimados financiados con créditos de operaciones
Créditos de compromiso en millones EUR (al tercer decimal)
|
Indíquense los objetivos y los resultados ⇩ |
Año
|
Año
|
Año
|
Año
|
Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) |
TOTAL |
|||||||||||||
|
RESULTADOS |
|||||||||||||||||||
|
Tipo 36 |
Coste medio |
No |
Coste |
No |
Coste |
No |
Coste |
No |
Coste |
No |
Coste |
No |
Coste |
No |
Coste |
Número total |
Coste total |
||
|
OBJETIVO ESPECÍFICO N.° 1 37 ... |
|||||||||||||||||||
|
– Resultado |
|||||||||||||||||||
|
– Resultado |
|||||||||||||||||||
|
– Resultado |
|||||||||||||||||||
|
Subtotal del objetivo específico n.º 1 |
|||||||||||||||||||
|
OBJETIVO ESPECÍFICO N.° 2 |
|||||||||||||||||||
|
– Resultado |
|||||||||||||||||||
|
Subtotal del objetivo específico n.º 2 |
|||||||||||||||||||
|
TOTALES |
|||||||||||||||||||
3.2.3.Resumen de la incidencia estimada en los créditos administrativos
–◻ La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos administrativos.
–X La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos administrativos, tal como se explica a continuación:
En millones EUR (al tercer decimal)
|
Año
|
Año
|
Año
|
Año
|
Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) |
TOTAL |
|
RÚBRICA 7
|
||||||||
|
Recursos humanos |
0,948 |
1,358 |
0,240 |
2,546 |
||||
|
Otros gastos administrativos |
0,012 |
0,012 |
||||||
|
Subtotal para la RÚBRICA 7
|
0,948 |
1,370 |
0,240 |
2,558 |
|
Al margen de la RÚBRICA 7
39
|
||||||||
|
Recursos humanos |
||||||||
|
Otros gastos de carácter administrativo |
0,250 |
0,250 |
0,250 |
0,750 |
||||
|
Subtotal
|
0,250 |
0,250 |
0,250 |
0,750 |
|
TOTAL |
0,948 |
1,620 |
0,490 |
0,250 |
3,308 |
Los créditos necesarios para recursos humanos y otros gastos de carácter administrativo se cubrirán mediante créditos de la DG ya asignados a la gestión de la acción y/o reasignados dentro de la DG, que se complementarán, en caso necesario, con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.
3.2.3.1.Necesidades estimadas de recursos humanos
–◻ La propuesta/iniciativa no exige la utilización de recursos humanos.
–X La propuesta/iniciativa exige la utilización de recursos humanos, tal como se explica a continuación:
Estimación que debe expresarse en unidades de equivalente a jornada completa
|
Año
|
Año
|
Año 2023 |
Año N+3 |
Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) |
|||||
|
•Empleos de plantilla (funcionarios y personal temporal) |
|||||||||
|
20 01 02 01 (sede y oficinas de representación de la Comisión) |
3 |
3 |
0,50 |
||||||
|
20 01 02 03 (Delegaciones) |
|||||||||
|
01 01 01 01 (investigación indirecta) |
|||||||||
|
01 01 01 11 (investigación directa) |
|||||||||
|
Otras líneas presupuestarias (especifíquense) |
|||||||||
|
•Personal externo (en unidades de equivalente a jornada completa: EJC) 40 |
|||||||||
|
20 02 01 (AL, ENCS, INT de la «dotación global») |
6 |
11 |
2 |
||||||
|
20 02 03 (AC, AL, ENCS, INT y JED en las Delegaciones) |
|||||||||
|
XX 01 xx yy zz 41 |
- en la sede |
||||||||
|
- en las Delegaciones |
|||||||||
|
01 01 01 02 (AC, ENCS, INT; investigación indirecta) |
|||||||||
|
01 01 01 12 (AC, ENCS, INT; investigación directa) |
|||||||||
|
Otras líneas presupuestarias (especifíquense) |
|||||||||
|
TOTAL |
9 |
14 |
2,50 |
||||||
XX es el ámbito político o título presupuestario en cuestión.
Las necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya destinado a la gestión de la acción y/o reasignado dentro de la DG, que se complementará, en caso necesario, con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.
Descripción de las tareas que deben llevarse a cabo:
|
Funcionarios y agentes temporales |
Formular y coordinar con otros servicios el plan de trabajo del Año; elaborar el pliego de condiciones para los contratos de servicios y de adquisición y acompañar el proceso de selección; ocuparse de la coordinación interinstitucional; preparar reuniones informativas y discursos del comisario y la DG; proporcionar información a la prensa; efectuar las correspondientes evaluaciones ex post. |
|
Personal externo |
3.2.4.Compatibilidad con el marco financiero plurianual vigente
La propuesta/iniciativa:
–X la propuesta es compatible con el marco financiero plurianual vigente.
–◻ puede ser financiada en su totalidad mediante una redistribución dentro de la rúbrica correspondiente del marco financiero plurianual (MFP).
–◻ requiere el uso de los márgenes no asignados con cargo a la rúbrica correspondiente del MFP o el uso de instrumentos especiales tal como se define en el Reglamento del MFP.
–◻ requiere una revisión del MFP.
3.2.5.Contribución de terceros
La propuesta/iniciativa:
–x no prevé la cofinanciación por terceros
–◻ prevé la cofinanciación por terceros que se estima a continuación:
Créditos en millones EUR (al tercer decimal)
|
Año
|
Año
|
Año
|
Año
|
Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) |
Total |
|||
|
Especifíquese el organismo de cofinanciación |
||||||||
|
TOTAL de los créditos cofinanciados |
||||||||
3.3.Incidencia estimada en los ingresos
–X La propuesta/iniciativa no tiene incidencia financiera en los ingresos.
–◻ La propuesta/iniciativa tiene la incidencia financiera que se indica a continuación:
–◻ en otros ingresos
–indíquese si los ingresos se asignan a las líneas de gastos ◻
En millones EUR (al tercer decimal)
|
Línea presupuestaria de ingresos: |
Créditos disponibles para el ejercicio presupuestario en curso |
Incidencia de la propuesta/iniciativa 43 |
||||||
|
Año
|
Año
|
Año
|
Año
|
Insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración de la incidencia (véase el punto 1.6) |
||||
|
Artículo …………. |
||||||||
En el caso de los ingresos «asignados», especifíquese la línea o líneas presupuestaria(s) de gasto en la(s) que repercutan.
Otras observaciones (por ejemplo, método/fórmula que se utiliza para calcular la incidencia sobre los ingresos o cualquier otra información).
ANEXO
de la FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA
Denominación de la propuesta o iniciativa:
Año Europeo de la Juventud 2022
1. NÚMERO Y COSTE DE LOS RECURSOS HUMANOS QUE SE CONSIDERAN NECESARIOS
2. COSTE DE LOS DEMÁS GASTOS ADMINISTRATIVOS
3. COSTES ADMINISTRATIVOS TOTALES
4. MÉTODOS DE CÁLCULO UTILIZADOS PARA LA ESTIMACIÓN DE LOS COSTES
4.1.Recursos humanos
4.2. Otros gastos administrativos
El presente anexo debe acompañar a la ficha financiera legislativa cuando empiece la consulta interservicios.
Los cuadros de datos se utilizan como fuente para los cuadros que figuran en la ficha financiera legislativa. Son únicamente para su uso interno dentro de la Comisión.
1. Coste de los recursos humanos que se consideran necesarios
La propuesta/iniciativa no exige la utilización de recursos humanos.
x La propuesta/iniciativa exige la utilización de recursos humanos, tal como se explica a continuación:
En millones EUR (al tercer decimal)
|
RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
2021 |
2022 |
2023 |
Año N+3 |
Año N+4 |
Año N+5 |
Año N+7 |
TOTAL |
|||||||||
|
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
||
|
• Empleos de plantilla (funcionarios y personal temporal) |
|||||||||||||||||
|
20 01 02 01 – Sede y oficinas de representación |
AD |
3 |
0,456 |
3 |
0,456 |
0,50 |
0,076 |
|
|
|
|
|
|
|
|
6,5 |
0,988 |
|
AST |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||
|
20 01 02 03 – Delegaciones de la Unión |
AD |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
AST |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
• Personal externo 44 |
|||||||||||||||||
|
20 02 01 y 20 02 02 – Personal externo – Sede y oficinas de representación |
AC |
3 |
0,246 |
8 |
0,656 |
2 |
0,164 |
|
|
|
|
|
|
|
|
13 |
1,066 |
|
ENCS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
INT |
3 |
0,246 |
3 |
0,246 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
6 |
0,492 |
|
|
20 02 03 03 – Personal externo – Delegaciones de la Unión |
AC |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
AL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
ENCS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
INT |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
JPD |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Otras líneas presupuestarias relacionadas con los recursos humanos (especifíquense) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Subtotal RR. HH. para la RÚBRICA 7 |
|
9 |
0,948 |
14 |
1,358 |
2,50 |
0,240 |
|
|
|
|
|
|
|
|
25,5 |
2,546 |
Las necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya destinado a la gestión de la acción y/o reasignado dentro de la DG, que se complementará, en caso necesario, con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.
|
Al margen de la RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
2021 |
2022 |
2023 |
Año N+3 |
Año N+4 |
Año N+5 |
Año N+7 |
TOTAL |
||||||||||
|
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
EJC |
Créditos |
|||
|
• Empleos de plantilla (funcionarios y personal temporal) |
||||||||||||||||||
|
01 01 01 01 Investigación indirecta 45 01 01 01 11 Investigación directa Otra (especifíquese) |
AD |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
AST |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
• Personal externo 46 |
||||||||||||||||||
|
Personal externo con cargo a créditos de operaciones (antiguas líneas «BA»). |
– en la sede |
AC |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
ENCS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
INT |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
– en las delegaciones de la Unión |
AC |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
AL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
ENCS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
INT |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
JPD |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
01 01 01 02 Investigación indirecta 01 01 01 12 Investigación directa Otra (especifíquese) 47 |
AC |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
ENCS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
INT |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
Otras líneas presupuestarias relacionadas con los recursos humanos (especifíquense) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Subtotal RR. HH. al margen de la RÚBRICA 7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total RR. HH. (todas las rúbricas del MFP) |
||||||||||||||||||
Las necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya destinado a la gestión de la acción y/o reasignado dentro de la DG, que se complementará, en caso necesario, con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.
Las necesidades en materia de recursos humanos las cubre parcialmente el personal de la DG reasignado dentro de esta, junto con la solicitud de una dotación adicional de cuatro agentes contractuales, que pueden asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.
2. Coste de los demás gastos administrativos
La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos administrativos
x La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos administrativos, tal como se explica a continuación:
En millones EUR (al tercer decimal)
|
RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
2021 |
2022 |
2023 |
Año N+3 |
Año N+4 |
Año N+5 |
Año N+7 |
Total |
|
En la sede o dentro del territorio de la UE: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
20 02 06 01 – Gastos de misiones y de representación |
|
0,012 |
|
|
|
|
|
0,012 |
|
20 02 06 02 – Gastos de conferencias y reuniones |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
20 02 06 03 – Comités 48 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
20 02 06 04 Estudios y consultas |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
20 04 – Gasto en TI (institucional) 49 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Otras líneas presupuestarias no relacionadas con los recursos humanos (especifíquense cuando sea necesario) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
En las delegaciones de la Unión |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
20 02 07 01 – Gastos de misiones y conferencias y gastos de representación |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
20 02 07 02 – Formación complementaria del personal |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
20 03 05 – Infraestructura y logística |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Otras líneas presupuestarias no relacionadas con los recursos humanos (especifíquense cuando sea necesario) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Subtotal Otros de la RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
|
0,012 |
|
|
|
|
|
0,012 |
Las necesidades en materia de créditos administrativos se cubrirán mediante los créditos ya destinados a la gestión de la acción o reasignados, que se complementarán en caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.
En millones EUR (al tercer decimal)
|
Al margen de la RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
Año N 50 |
Año N+1 |
Año N+2 |
Año N+3 |
Año N+4 |
Año N+5 |
Año N+7 |
Total |
|
Gastos en asistencia técnica y administrativa (con exclusión del personal externo) con cargo a créditos de operaciones (antiguas líneas «BA»): |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
– en la sede |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
– en las delegaciones de la Unión |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Otros gastos de gestión en el ámbito de la investigación |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Gasto estratégico en TI: programas operativos 51 |
||||||||
|
Gasto institucional en TI: programas operativos 52 |
||||||||
|
Otras líneas presupuestarias no relacionadas con los recursos humanos (especifíquense cuando sea necesario) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Subtotal Otros al margen de la RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total Otros gastos administrativos (todas las rúbricas del MFP) |
3. Costes administrativos totales (todas las rúbricas del MFP)
En millones EUR (al tercer decimal)
|
Resumen |
Año 2021 |
Año 2022 |
Año 2023 |
Año N+3 |
Año N+4 |
Año N+5 |
Año N+7 |
Total |
|||||
|
Rúbrica 7 – Recursos humanos |
0,948 |
1,358 |
0,240 |
|
|
|
|
2,546 |
|||||
|
Rúbrica 7 – Otros gastos administrativos |
|
0,012 |
|
|
|
|
|
0,012 |
|||||
|
Subtotal Rúbrica 7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||
|
Al margen de la rúbrica 7 – Recursos humanos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||
|
Al margen de la rúbrica 7 – Otros gastos administrativos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||
|
Subtotal para otras rúbricas |
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||
|
TOTAL RÚBRICA 7 y al margen de la RÚBRICA 7 |
0,948 |
1,370 |
0,240 |
2,558 |
|||||||||
Las necesidades en materia de créditos administrativos se cubrirán mediante los créditos ya destinados a la gestión de la acción o reasignados, que se complementarán en caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.
4. Métodos de cálculo utilizados para la estimación de los costes
4.1. Recursos humanos
En este apartado se expone el método de cálculo utilizado para estimar los recursos humanos considerados necesarios [hipótesis sobre carga de trabajo, incluidos los empleos específicos (perfiles de actividad Sysper 2), categorías de personal y costes medios conexos]
|
RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
|
NB: los costes medios correspondientes a cada categoría de personal en la sede se encuentran disponibles en BudgWeb: https://myintracomm.ec.europa.eu/budgweb/EN/pre/legalbasis/Pages/pre-040-020_preparation.aspx |
|
• Funcionarios y agentes temporales 3,00 EJC en 2021 para la preparación del Año 3,00 EJC en 2022 para las actividades de coordinación 0,5 EJC en 2023 para el informe final |
|
• Personal externo 3 AC y 3 INT para preparar el Año en un período de 3 a 4 meses
8 AC en 2022 y 3 INT para llevar a cabo todas las actividades y los vínculos con las DG y las partes interesadas 2 AC en 2023 para ayudar a elaborar el informe final y la clausura de las actividades |
|
Al margen de la RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
|
• únicamente puestos financiados con cargo al presupuesto de investigación |
|
• Personal externo |
4.2. Otros gastos administrativos
Descríbase detalladamente el método de cálculo utilizado para cada línea presupuestaria
y, en particular, las hipótesis de base (p. ej., número de reuniones al año, costes medios, etc.)
|
RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |
|
Alrededor de 10 misiones en los Estados miembros en 2022 |
|
Al margen de la RÚBRICA 7 del marco financiero plurianual |