15.10.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 418/6


Dictamen del Comité Consultivo en materia de práctivas restrictivas y de posiciones dominantes en su reunión de 19 de mayo de 2021 en relación con un anteproyecto de Decisión en el Asunto AT.40324 — Obligaciones estatales europeas

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2021/C 418/06)

1.

El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que el comportamiento contrario a la competencia objeto del proyecto de Decisión tuvo lugar en los mercados primario y secundario de obligaciones estatales europeas en el EEE y constituye un acuerdo y/o una práctica concertada entre empresas en el sentido del artículo 101 del TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE.

2.

El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que el objeto del acuerdo y/o de la práctica concertada era restringir la competencia en virtud del artículo 101 del TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE.

3.

El Comité Consultivo comparte la valoración de la Comisión relativa a la duración de la infracción.

4.

El Comité Consultivo coincide con el proyecto de Decisión de la Comisión por lo que se refiere a los destinatarios a efectos de determinar la existencia de una infracción, incluidos dos destinatarios para los que ha prescrito el plazo de imposición de multas por parte de la Comisión.

5.

El Comité Consultivo expresa su acuerdo con el proyecto de Decisión de la Comisión por lo que se refiere a los destinatarios a efectos de imposición de multas.

6.

El Comité Consultivo coincide con la Comisión en el cálculo del valor de referencia para el valor de las ventas a fin de permitir la aplicación a este asunto de las Directrices de 2006 para el cálculo de las multas impuestas en aplicación del artículo 23, apartado 2, letra a), del Reglamento (CE) n.o 1/2003.

7.

El Comité Consultivo coincide con la Comisión en cuanto a la reducción de las multas, en aplicación de la Comunicación sobre clemencia de 2006.

8.

El Comité Consultivo coincide con la Comisión en cuanto a los importes definitivos de las multas.

9.

El Comité Consultivo recomienda la publicación de su dictamen en el Diario Oficial de la Unión Europea.