7.8.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 259/10


Notificación del Gobierno de Dinamarca en aplicación de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos

(2020/C 259/04)

De conformidad con el artículo 9, apartado 4, de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, de 14 de septiembre de 2009, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos (1), Dinamarca procede a notificar su compromiso de mantener unas reservas específicas.

1.

El nivel de las reservas específicas que Dinamarca se compromete a mantener equivale a 30 días de consumo diario medio.

2.

El compromiso se aplica al período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.

3.

Las reservas específicas se compondrán de las siguientes categorías de productos:

Gasolina para motores

Gasóleo/carburante diésel

4.

Las reservas serán propiedad y se encontrarán en poder del organismo Foreningen Danske Olieberedskabslagre (FDO), entidad central de almacenamiento de Dinamarca.


(1)  DO L 265 de 9.10.2009, p. 9.