7.8.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 259/10 |
Notificación del Gobierno de Dinamarca en aplicación de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos
(2020/C 259/04)
De conformidad con el artículo 9, apartado 4, de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, de 14 de septiembre de 2009, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos (1), Dinamarca procede a notificar su compromiso de mantener unas reservas específicas.
1. |
El nivel de las reservas específicas que Dinamarca se compromete a mantener equivale a 30 días de consumo diario medio. |
2. |
El compromiso se aplica al período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021. |
3. |
Las reservas específicas se compondrán de las siguientes categorías de productos:
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4. |
Las reservas serán propiedad y se encontrarán en poder del organismo Foreningen Danske Olieberedskabslagre (FDO), entidad central de almacenamiento de Dinamarca. |