28.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 183/2


Notificación dirigida a los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2010/413/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, relativos a las medidas restrictivas contra Irán

(2019/C 183/02)

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información:

Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2010/413/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2019/870 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo (4), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/855 del Consejo (5).

El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el servicio RELEX.1.C de la Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (RELEX) de la Secretaría General del Consejo (SGC), con la que se puede contactar en la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1.C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Con el responsable de protección de datos de la SGC se puede contactar en la siguiente dirección:

Responsable de protección de datos

data.protection@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2010/413/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2019/870, y al Reglamento (UE) n.o 267/2012, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/855.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2010/413/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 267/2012.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la identificación correcta de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, se atenderá al ejercicio de los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a medidas restrictivas o haya expirado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.

Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)  DO L 195 de 27.7.2010, p. 39.

(3)  DO L 140 de 28.5.2019, p. 90.

(4)  DO L 88 de 24.3.2012, p. 1.

(5)  DO L 140 de 28.5.2019, p. 1.