Ficha resumen

Evaluación de impacto de los Reglamentos por los que se establecen los requisitos de diseño ecológico y etiquetado energético aplicables a los aparatos de refrigeración y por los que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 643/2009 1 y (UE) n.º 1060/2010 2 .

A. Necesidad de actuar

¿Por qué? ¿Cuál es el problema que se afronta?

Los aparatos de refrigeración siguen siendo uno de los aparatos que más electricidad consumen en los hogares (tras las calderas eléctricas y la iluminación, pero por delante de televisiones, hornos eléctricos, lavadoras, lavavajillas, etc.).

Estaba previsto que el consumo de electricidad de los aparatos de refrigeración domésticos descendiera en una situación sin cambios con respecto a la actual a 57 TWh/a en 2030, frente a los 86 TWh/a en 2015.

No obstante, es posible que no se llegue a alcanzar este ahorro debido a:

(1)el etiquetado energético y los requisitos sobre eficiencia energética, actualmente obsoletos.

Otros de los problemas con la normativa actual son:

(2)la falta de requisitos de economía circular;

(3)los vacíos legales o la menor adecuación de los requisitos en torno a determinadas tecnologías.

¿Cuál es el objetivo que se espera alcanzar con esta iniciativa?

Actualizar los requisitos de eficiencia energética y el etiquetado energético mejorará la competitividad de la industria de la UE y la información de los consumidores sobre los productos eficientes.

Contribuir a los objetivos de la economía circular permitirá a los consumidores ahorrar dinero y facilitará la reciclabilidad.

Redefinir el ámbito de aplicación permitirá colmar los posibles vacíos legales y adoptar un enfoque neutro en términos tecnológicos con el que obtener la igualdad de condiciones para la industria, facilitar el cumplimiento y la ejecución.

¿Cuál es el valor añadido de las medidas a escala de la UE? 

Exigir unos niveles mínimos de eficiencia energética y un etiquetado energético para toda la UE ofrece un claro valor añadido.

Ante la falta de requisitos armonizados a escala de la UE, los Estados miembros podrían verse incentivados a establecer requisitos mínimos de eficiencia energética por producto en el ámbito nacional, dentro del marco de sus políticas medioambientales y energéticas. Esto, a su vez, crearía obstáculos a la libre circulación de los productos. Antes de que se aplicaran las medidas sobre el diseño ecológico y el etiquetado energético a escala de la UE, esta era la realidad de muchos productos.

Los requisitos actuales de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración domésticos han dejado de generar un ahorro energético rentable, y el etiquetado energético actual ya no permite que los consumidores diferencien los aparatos del mercado de manera eficaz. Actualizar los requisitos de diseño ecológico y etiquetado energético a escala de la UE permite ofrecer a los usuarios finales garantías de que están adquiriendo un producto eficiente desde el punto de vista energético e información armonizada independientemente del Estado miembro en que realicen la compra. Un hecho que resulta todavía más importante a medida que se incrementa el comercio en línea. Mediante los requisitos de diseño ecológico y etiquetado energético para la UE, se promueven los productos energéticamente eficientes en los Estados miembros, lo que da lugar a un mercado más amplio y, por consiguiente, a mayores incentivos para que la industria los desarrolle.

B. Soluciones

¿Qué opciones legislativas y no legislativas se han estudiado? ¿Existe o no una opción preferida? ¿Por qué? 

Se han planteado cuatro opciones de actuación:

1.Opción de referencia: Se da por sentada la continuidad de los Reglamentos actuales en materia de diseño ecológico y etiquetado energético y demás medidas y políticas pertinentes a escala de la UE.

2.Coste mínimo del ciclo de vida (CMCV): Esta es la opción preferida.

·Límites de eficiencia energética a nivel del coste mínimo del ciclo de vida;

·reescalado de la etiqueta energética con una escala de la A a la G;

·requisitos y métodos de medición basados en las normas de ensayo más recientes;

·requisitos y métodos de cálculo basados en parámetros actualizados;

·requisitos para mejorar la reparabilidad de los aparatos;

·requisitos para mejorar la reciclabilidad de los aparatos;

·medidas para evitar el desperdicio de alimentos. 

3.Ambiciosa: Lo mismo que en la opción 2, con límites de eficiencia energética un 25 % superiores que el nivel del CMCV.

4.Tolerante: Lo mismo que en la opción 2, con límites de eficiencia energética un 20 % menores que el nivel del CMCV.

¿Quién apoya cada opción? 

Se ha enviado el documento de trabajo al Foro consultivo, incluida la opción de coste mínimo del ciclo de vida con plazos más ambiciosos. De las observaciones recibidas, se dedujo que esta opción resultaría demasiado ambiciosa, por lo que se descartó. Las partes interesadas hicieron observaciones respecto de esta opción descartada y las opciones presentadas en la evaluación de impacto.

Algunos Estados miembros y la mayor asociación industrial de este grupo de productos consideraron que la suma de los requisitos mínimos de eficiencia energética y los plazos de la opción descartada resultaba demasiado ambiciosa. La mayoría de las partes interesadas solicitaron posponer la aplicación en lugar de reducir el nivel de ambición de los requisitos de eficiencia energética.

La industria debatió sobre el escenario tolerante, pero pudo llegar a un acuerdo en torno a la opción del CMCV.

Las ONG de protección del medio ambiente solicitaron unos niveles de eficiencia más exigentes. En cuanto a los plazos, la mayoría estuvo de acuerdo en que debían ser suficientes para permitir que los fabricantes volvieran a probar los aparatos de conformidad con las nuevas normas y parámetros. Además, solicitaron más requisitos en materia de economía circular.

C. Repercusiones de la opción preferida

¿Cuáles son las ventajas de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)? 

Para 2030, la opción 2, el CMCV, tendrá los resultados siguientes:

·Un ahorro energético de 9,6 TWh/a y una reducción de las emisiones de GEI de 3,1 millones de toneladas equivalentes de CO2 anuales; es decir, un 0,66 % del objetivo de la Unión para 2030 en lo que se refiere al ahorro de consumo de energía final y 0,25 % del objetivo de la Unión para 2030 en lo que se refiere a la reducción de las emisiones de GEI.

·Un ahorro en el gasto anual de los usuarios finales de 2 800 millones EUR y unos ingresos adicionales para las empresas de 440 millones EUR al año.

·La adaptación a los avances tecnológicos y unos requisitos mínimos de eficiencia energética globales en otras economías.

·Su contribución a la competitividad de la industria de la UE y el liderazgo como fabricantes de gran calidad.

·Garantías para las pymes que operan en nichos de mercado. 

¿Cuáles son los costes de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)? 

La carga administrativa se prevé como sigue:

·proveedores: coste único de 3 300 000 EUR; coste anual de 90 000 EUR;

·comerciantes: coste único de 600 000 EUR;

·UE: coste único de 90 000 EUR; coste anual de 42 000 EUR;

·Estados miembros: coste anual de 330 000 EUR.

Estos costes son consecuencia de la aplicación del nuevo Reglamento marco sobre el etiquetado energético, no se prevén costes suplementarios en lo referente al diseño ecológico.

¿Cómo se verán afectadas las empresas, las pymes y las microempresas?

Las pymes que fabrican aparatos de refrigeración objeto de la normativa solo se encuentran en nichos de mercado como los minibares (aparatos de bajo nivel de ruido) o los aparatos personalizados para la conservación de vinos, fabricados de uno en uno o en pequeñas series para restaurantes, bares o expertos, normalmente con puertas de vidrio. Su cuota en estos mercados puede ser de entre el 30 y el 40 %.

A fin de salvaguardar el empleo en las pymes y limitar los efectos en estas últimas, todas las opciones aplican requisitos más tolerantes a los aparatos para la conservación de vinos y los aparatos de bajo nivel de ruido. En el caso de los aparatos para la conservación de vinos y los de bajo nivel de ruido con puertas de vidrio, se proponen requisitos todavía menos estrictos.

¿Habrá repercusiones significativas en los presupuestos y las administraciones nacionales?

Aparte de las repercusiones presentadas anteriormente, no se prevén otras repercusiones para las administraciones/presupuestos nacionales.

¿Habrá otras repercusiones significativas?

Sí, se espera que la opción preferida tenga un efecto positivo en la competitividad y la innovación en la UE.

Se prevé que la revisión del Reglamento relativo al etiquetado de los aparatos de refrigeración domésticos respalde la innovación y sea motor de transformación del mercado, como se observó en el pasado. Esto es acorde a las tendencias en curso en el mercado hacia una mayor eficiencia energética, donde la categoría energética alta de la etiqueta sigue siendo un fuerte incentivo comercial.

El desarrollo de tecnologías innovadoras eficientes desde el punto de vista energético con precios competitivos reforzará la competitividad de los fabricantes europeos, lo que resulta importante, puesto que los fabricantes asiáticos están ampliando a gran velocidad su cuota de mercado mundial. Para estos fabricantes, el precio del producto, más que su calidad, es uno de los principales argumentos de venta.

D. Seguimiento

¿Cuándo se revisará la política?

Se incluirá una cláusula de revisión cinco años después de la adopción.

(1)

    Reglamento (CE) n.º 643/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración domésticos (DO L 191 de 23.7.2009, p. 53). (Reglamento sobre el diseño ecológico).

(2)

    Reglamento Delegado (UE) n.º 1060/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración domésticos (DO L 314 de 30.11.2010, p. 17). (Reglamento sobre el etiquetado energético)