10.12.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 461/35


Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

(2016/C 461/10)

La presente publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

SOLICITUD DE APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN QUE NO SE CONSIDERA MENOR DEL PLIEGO DE CONDICIONES DE UNA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA O DE UNA INDICACIÓN GEOGRÁFICA PROTEGIDA

Solicitud de aprobación de una modificación con arreglo al artículo 53, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012.

«MOGETTE DE VENDÉE»

N.o UE: PGI-FR-02129 – 18.3.2016

DOP ( ) IGP ( X )

1.   Agrupación solicitante e interés legítimo

Vendée Qualité-Section Mogette

Dirección: Maison de l’Agriculture

21, Boulevard Réaumur

85013 La Roche-sur-Yon cedex

FRANCIA

Tel. +33 251368251

Fax +33 251368454

Correo electrónico: contact@vendeequalite.fr

Composición e interés legítimo: Productores de Mogette, agrupación de productores, recolectores/clasificadores, conserveras e industriales agrupados en una asociación regida por la Ley de 1 de julio de 1901. Para todos los operadores que intervengan en la IGP «Mogette de Vendée», es legítimo en presentar la solicitud de modificación del pliego de condiciones.

2.   Estado miembro o tercer país

Francia.

3.   Apartado del pliego de condiciones afectado por la(s) modificación(es)

Denominación del producto

Descripción del producto

Zona geográfica

Prueba del origen

Método de producción

Vínculo

Etiquetado

Otros: Agrupación solicitante/estructura de control/requisitos nacionales/zona geográfica

4.   Tipo de modificación(es)

Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada que, a tenor del artículo 53, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, no se considera menor.

Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada, cuyo documento único (o equivalente) no ha sido publicado y que, a tenor del artículo 53, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, no se considera menor.

5.   Modificación(es)

Descripción del producto

Se han eliminado las características de la planta porque el producto que se beneficia de la IGP es el grano. La descripción del grano permanece invariable.

Por tanto, estas características también se han eliminado en el punto 3.2 del documento único.

La descripción de la «Mogette de Vendée» se presenta en tres apartados según se trate de grano seco, grano semiseco congelado, o de «Mogette de Vendée» pasteurizada o esterilizada. Cada descripción incluye el modo de presentación y envasado. Esta reorganización aclara la descripción de la «Mogette de Vendée».

Se modifican varias disposiciones:

sobre el modo de presentación, se eliminan los pesos de los diferentes envases permitidos para el consumidor («500 g, 1 kg, 2 kg, etc.» y «1 kg, etc.»). Este cambio de redacción no modifica las prácticas de envasado en la medida en que la redacción anterior no era limitativa.

Se desprende de esta modificación la eliminación de los pesos de los diferentes envases en el punto 3.6, actualmente 3.5, del documento único.

Se elimina la frase «Envasado al por mayor cuando se destina a la transformación o al envasado por parte de compradores al por mayor que hayan suscrito un acuerdo de asociación» con el objetivo de enumerar las prácticas prohibidas y no todas las posibles. Esta eliminación no modifica, por tanto, las prácticas de comercialización al por mayor, que siguen siendo posibles.

Se elimina la misma frase en el punto 3.6, actualmente 3.5, del documento único.

Se elimina la frase «Para cada operación se dispone de una trazabilidad y una contabilidad material precisas, que incluyen la fecha de envasado, el número de lote de «Mogette de Vendée» utilizado, el número de entrega y el número de lotes de productos envasados o fabricados y las cantidades correspondientes» en la medida en que estas disposiciones se recogen en la parte 4 («Elementos que prueban que el producto es originario de la zona geográfica»).

El rango del porcentaje de humedad del grano seco de entre el 10 y el 16 % se eleva al 12 y el 17 % para un mantenimiento óptimo de la calidad. En efecto, tras varios años de aplicación del pliego de condiciones, parece que un porcentaje de humedad demasiado bajo (< 12 %) no es favorable para la calidad del producto: en el umbral del 10 % hay más granos rotos y el tiempo de cocción del grano se prolonga; por el contrario, un porcentaje de humedad del grano más elevado (17 %) favorece su cocción y blandura.

Por consiguiente, el porcentaje de humedad del grano seco mencionado en el punto 3.2 del documento único se sitúa entre el 12 y el 17 %.

Para el grano semiseco, se elimina la frase «Su porcentaje medio de humedad es del 50 %». El porcentaje de humedad se proporcionaba a título indicativo sin que ello significase un valor objetivo. No añade nada a la descripción del producto.

El apartado

«El perfil sensorial de la «Mogette de Vendée» cocida presentada en el anexo 10 refleja las características específicas del producto:

textura muy cremosa, con ausencia de firmeza, poco granulosa y piel poco dura,

homogeneidad del grano (igual tamaño, forma y color, pocos defectos),

sabor típico poco salado y dulce, que mezcla el aroma a castaña y notas de puerro.»

se sustituye por el apartado siguiente:

«Descripción de la “Mogette de Vendée” pasteurizada o esterilizada:

Los granos son de color blanco crema claro (con matices).

Pueden presentarse en forma ligeramente desigual debido a su cremosidad.

Los granos se presentarán en un jugo para consumir, constituido únicamente por agua (salada o no).

Presentan una textura cremosa, con formas y tamaños homogéneos.

La “Mogette de Vendée” cocida al natural pasteurizada se presenta en barquetas termoselladas o bolsas UVC u otros envases de diferentes pesos.

La “Mogette de Vendée” cocida al natural esterilizada, cuando se vende en UVC, se envasa en tarros de cristal.»

Este cambio es el resultado de los trabajos realizados por la agrupación para definir mejor el perfil sensorial de la «Mogette de Vendée». Su objetivo es recoger la información sensorial esencial. Por otra parte, debido a la reorganización de los apartados, la nueva redacción incluye los requisitos de presentación.

Prueba del origen

Se añade un apartado «Mantenimiento de registros». Especifica la información que debe recogerse en la ficha de cultivo: variedad, fechas de siembra, de arranque o trilla, y cultivos anteriores.

Los esquemas relativos a la trazabilidad de los diferentes productos se sustituyen por cuadros. De esta forma se simplifica y aclara la presentación. Un cuadro único describe la trazabilidad del producto seco y del producto semiseco congelado. Un segundo cuadro describe la trazabilidad del producto pasteurizado y del producto esterilizado. Estas modificaciones de forma no repercuten en los medios aplicados para garantizar la trazabilidad.

Teniendo en cuenta las evoluciones reglamentarias nacionales, la sigla DLUO (fecha límite de utilización óptima) se sustituye por la sigla DDM (fecha de duración mínima).

Método de producción

Esquemas de vida

Para mayor claridad, los esquemas de vida del cultivo y del envasado en seco y en semiseco congelado se sustituyen por esquemas simplificados. Los dos esquemas de vida sobre la preparación de la «Mogette de Vendée» cocida al natural pasteurizada por una parte y esterilizada por otra, se sustituyen por un esquema común al producto pasteurizado y al producto esterilizado.

Características de la parcela

El apartado sobre las características de la parcela es menos estricto. Se han eliminado los elementos descriptivos no vinculantes y se reformula este apartado para una mejor comprensión.

Solo se han conservado los indicadores, especificándose en algunos casos. Se trata de:

valores objetivo de porcentajes de limo y arcilla en la selección de las parcelas:

Estos valores objetivo no se modificarán para el método de cosecha indirecta (máximo 25 % de arcilla y mínimo 35 % de limo para el cultivo de la «Mogette de Vendée» seca, y máximo 35 % de arcilla y mínimo 35 % de limo para el cultivo de la «Mogette de Vendée» semiseca).

Al añadirse la cosecha directa en el pliego de condiciones para la cosecha de las judías secas, se especifican valores objetivo para este modo de cosecha: máximo 35 % de arcilla y mínimo 35 % de limo.

cultivo precedente (no modificado).

Se elimina la exigencia de un análisis granulométrico para la calificación de la parcela del pliego de condiciones, ya que esta disposición se enmarca en las modalidades de control y, por tanto, en el plan de control.

Se elimina la exigencia de llevar una ficha de referencia y un registro de las parcelas calificadas en las campañas de judías. El mantenimiento de dicho registro no atañe a una condición de producción sino a la gestión de la documentación interna de la agrupación.

Se simplifica el apartado «Preparación del suelo-abono», se mantiene solo el criterio objetivo relativo a la aportación de cloruro de potasio (prohibido los 3 meses antes de la siembra). El punto que describe las modalidades de preparación del suelo para obtener «una tierra fina» forma parte de las buenas prácticas agrarias. No está asociada a un valor objetivo y se elimina. La frase que indica que la fertilización nitrogenada es «razonable y que la dosis será establecida por el productor utilizando el método del balance», se remite a la normativa vigente, por eso se ha eliminado.

Siembra

El apartado

«La siembra se realiza a partir del 10 de mayo con las variedades actuales, para garantizar que se realice en una tierra suficientemente caliente y seca. Garantizar la homogeneidad del brote aporta una garantía adicional de homogeneidad de la cosecha. Antes de esa fecha la tierra podría estar demasiado fría, la Mogette brotará de forma escalonada, no se desarrollará correctamente y el producto final no tendrá la calidad esperada. Si no se respetan los dos criterios, temperatura y humedad, el cultivo sufre retrasos de desarrollo, un brote heterogéneo y escalonado. Se ha fijado la fecha del 20 de junio debido a que el clima de Vendée, con otoños bastante lluviosos, hacen muy hipotéticas las cosechas realizadas a partir de octubre. El período de siembra será del 10 de mayo al 20 de junio.»

se sustituye por:

«La siembra se efectúa del 10 de mayo al 20 de junio. El productor puede sembrar antes del 10 de mayo si la temperatura del suelo a la profundidad de la siembra (entre 1 y 4 cm) es de al menos 12 °C».

Esta disposición es más precisa y permite la siembra antes del 10 de mayo los años en que se den las condiciones climáticas antes de esa fecha.

Variedades

El apartado

«Las variedades de semillas utilizadas son seleccionadas periódicamente por las asociaciones interprofesionales de la “Mogette de Vendée” entre las variedades comerciales disponibles en el catálogo oficial de variedades y que corresponden a los criterios que debe reunir la “Mogette de Vendée” y están en consonancia con la “Mogette de Vendée” tal como se conoce tradicionalmente en Vendée. La lista de variedades es anual y se comunica a los productores.

La asociación interprofesional basa sus decisiones en varios elementos:

El análisis agronómico y técnico de los técnicos agrícolas que garantizan el seguimiento de la producción y pueden probar nuevas variedades para completar la lista y el retorno de observaciones de los propios productores.

Los resultados de catas realizadas internamente (grupo de productores y conserveros, acompañado de personas invitadas) durante el invierno de la producción recolectada.

Determinadas variedades seleccionadas puede que solo sean adecuadas para uno de los dos tipos de cosecha y, en este caso, esta característica se especificará en la lista de la asociación interprofesional.»

se sustituye por un proceso de selección de las variedades más preciso, redactado de la siguiente manera:

«La “Mogette de Vendée” se produce a partir de semillas estándar:

Con la indicación “Reglas y normas CE”. Están inscritas en el catálogo oficial francés o europeo y sujetas a los controles de los servicios oficiales.

Inscritas en la lista de variedades reconocidas por la agrupación.

Está prohibida la utilización de semillas de granja.

La inscripción de una nueva variedad se atiene a un procedimiento que permite garantizar que:

se verifiquen las características físicas descritas en el capítulo “Descripción del producto” del presente pliego de condiciones,

las siguientes características organolépticas estén presentes después de la cocción: “granos cremosos” y “piel fina”.

Una nueva variedad solo puede inscribirse en la lista de variedades reconocidas por la agrupación si:

durante dos campañas de prueba y previo dictamen de la agrupación cumple los criterios mencionados anteriormente,

ha sido objeto de un dictamen favorable de un comité de cata denominado “comité de expertos”.

Una variedad ya registrada puede excluirse si es objeto de un dictamen desfavorable de un comité de cata denominado “comité de expertos” de la agrupación, después de tomar y degustar muestras representativas.

El “comité de expertos” se compone de al menos 5 personas que representan como mínimo a 2 de las 3 asociaciones siguientes: consumidores, personas que hayan ejercido o estén ejerciendo una actividad en el mundo agrícola y restauradores. La agrupación adopta las decisiones finales de inscripción o exclusión de una variedad de la lista de variedades reconocidas. La lista de variedades autorizadas está disponible en la sede de la agrupación y se remitirá anualmente al organismo de control.»

El objetivo de esta modificación es la utilización de solo las semillas certificadas por motivos sanitarios.

En efecto, la utilización de semillas certificadas es el medio más eficaz para garantizar la utilización de semillas resistentes a enfermedades. Esto permite, entre otras cosas, luchar contra la grasa bacteriana. Esta enfermedad de la judía es especialmente difícil de erradicar, contamina el suelo durante años y se transmite de una parcela a otra. Sin una mayor vigilancia del territorio, las tierras podrían infestarse rápidamente y perjudicar las cosechas y el futuro de la judía en la zona.

Por otra parte, la utilización de semillas certificadas tiene un impacto directo sobre la homogeneidad del producto, a diferencia de las semillas artesanas que pueden degenerar en los años siguientes. El productor de semillas de la «Mogette de Vendée» debe estar certificado para garantizar una semilla sana y estable. En caso de producción de semillas artesanas, el riesgo de degeneración y los riesgos sanitarios son mayores, lo que compromete las cosechas.

se especifica el procedimiento que conduce a la inscripción de una nueva variedad: obligación de respetar dos campañas de prueba, respeto de las características físicas y organolépticas del producto, dictamen de un comité de expertos. Este procedimiento codifica la práctica usual de la agrupación.

Gestión del cultivo

Este apartado no contiene ningún valor objetivo y se elimina. Las disposiciones descritas corresponden a las buenas prácticas de producción excepto los requisitos documentales que se desplazan al apartado «Mantenimiento de registro».

Cosecha y envasado de la «Mogette de Vendée» seca

Se añade la técnica de cosecha «directa», ya autorizada para la producción de judías semisecas, a la cosecha de la judía seca. Las evoluciones técnicas permiten ahora la cosecha directa (trilla sin fase de arranque pero con una fase de secado sobre pies) en el caso de la judía seca. Hace 20 años, solo podían trillarse las judías semisecas con el método de trilla directo. El uso de este método para la trilla de los granos secos los habría alterado: los granos secos son extremadamente frágiles y la trilla directa con el material de la época habría roto los granos. Sin embargo, la cámara de trilla ha evolucionado. Antes era corta y la trilla se hacía mecánicamente sin posibilidad de afinar los ajustes. Ahora la cámara de trilla es larga (5 m). De esta forma, la materia vegetal permanece más tiempo en la máquina y se puede extraer el grano suavemente, sin dañar el producto, combinando diferentes parámetros como la inclinación de la cámara. Este tipo de material permite adaptarse a la humedad del producto y a la cantidad de vegetación: las vainas, por lo tanto, no deben someterse a una desecación completa mediante la fase de secado en el suelo. En cosecha directa, las judías permanecen una media de 6 a 10 días adicionales en la tierra. El secado es más gradual y controlado que cuando se arrancan los pies y se dejan en el suelo en cosecha indirecta (mientras que la planta permanece en la tierra, recoge la humedad de la noche). Así pues, se introduce la posibilidad de cosecha directa para las judías secas, manteniendo la técnica de cosecha indirecta.

Las disposiciones relativas a la evaluación de la fase de cosecha («cuando la mayoría de las hojas verdes se ha secado y el grano ha alcanzado el porcentaje de humedad (estimado) adecuado (10-20 %)») se sustituyen por una disposición más objetiva y más fácil de controlar: «90 % mínimo de vainas secas». Esta reformulación no modifica la fase de cosecha.

El porcentaje de humedad de los granos en el momento de la recepción en la sala de recogida pasa del 10-20 % al 12-25 %, teniendo en cuenta la modernización del material de secado en el centro. En efecto, la precisión de los parámetros de configuración del material existente permite ahora secar un producto cuya humedad alcanza el 25 % en condiciones óptimas, conservando las cualidades del grano. Además, con la experiencia, parece que el porcentaje de humedad del 10 % no es favorable a la calidad del producto. Efectivamente, con dicha humedad, los granos rotos son más numerosos y la cocción más larga. Por tanto, el grado de humedad se limita al 12 %.

Se modifican las obligaciones de secado: la humedad que supone un secado obligatorio comprendido entre el 16 y el 20 % se sustituye por una humedad superior al 17 %, ya que un porcentaje más elevado favorece la cocción del grano y su blandura.

La fase de limpieza previa del grano seco se vuelve facultativa. Su realización no afecta a la calidad del producto acabado. Para especificar la indicación «porcentaje de impurezas muy pequeñas», se añaden características físicas precisas que deben cumplir los lotes en la salida de la selección: hasta el 0,4 % (en masa) de cuerpos extraños, polvo, granos extraños, restos vegetales, granos impropios para el consumo y hasta el 4 % (en masa) de granos manchados, estrujados, replegados o rotos.

Cosecha y envasado de la «Mogette de Vendée» semiseca

Las disposiciones relativas a la evaluación del momento de recolección («Cuando la mayoría de las plantas ha alcanzado el buen momento de recolección […]. Las vainas no deben estar demasiado verdes: la fase semiseca no se alcanzaría. Tampoco deben estar demasiado secas.») se sustituyen por una disposición más precisa «en la fase en que al menos el 65 % de los granos son blancos». Esta reformulación no modifica la fase de cosecha.

Se elimina el título de la parte 7.6 «Producción de la «Mogette de Vendée» semiseca congelada». El contenido de esta parte se incluye en la parte 5.4. «Cosecha y envasado de la «Mogette de Vendée» semiseca congelada».

Se añade una obligación relativa a la temperatura del producto semiseco en su recepción: esta debe ser inferior o igual a 30 °C en su recepción. Este añadido contribuye a la calidad del producto, porque garantiza la ausencia de fermentación de los granos y, en consecuencia, la ausencia de degradación de su calidad.

El proceso de lavado actual consta de 3 fases: lavado/almacenamiento de granos sin agua en recipientes/lavado. Se elimina la obligación de realizar 2 lavados distintos interrumpidos por un período de almacenamiento:

por una parte para dejar la posibilidad, si los lotes lo necesitan, de 3 lavados o más,

por otra parte, para permitir la utilización de un proceso más eficiente «continuo» de lavado y homogeneización de los lotes.

Por tanto, se elimina también la puntualización de «primer» lavado.

La descripción completa del proceso de congelación se sustituye por el nombre del método «El producto está congelado IQF» cuya definición figura a pie de página del pliego de condiciones («IQF (Individually Quick Frozen): técnica de fabricación de productos congelados adaptada a los pequeños productos frágiles, para evitar que las unidades se unan entre sí.»). El nombre de este método ya está presente en el pliego de condiciones vigente en el apartado «Requisitos nacionales».

Para especificar la indicación «grado de impurezas bajo», se añaden características físicas precisas que deben cumplir los lotes en la salida de la selección: hasta el 0,4 % (en masa) de cuerpos extraños, polvo, granos extraños, restos vegetales, granos impropios para el consumo y hasta el 4 % (en masa) de granos manchados, estrujados, replegados o rotos.

«Mogette de Vendée» cocida al natural pasteurizada y esterilizada

Se reformularán las disposiciones relativas al jugo con el que se envasan las judías para una mejor comprensión. En efecto, la redacción «jugo constituido por agua y sal marina (o no)» no permite comprender si es facultativa la presencia de sal o el origen marino. Esta expresión se sustituye por «jugo constituido por agua con o sin sal marina».

A la luz de la evolución legislativa y reglamentaria y, en particular, del Reglamento (CE) n.o 852/2004, los baremos de pasteurización y esterilización se dejan en manos de los operadores en quién recae la responsabilidad de aplicar un tratamiento térmico que garantice la estabilidad bacteriológica de los productos hasta DLC (fecha límite para el consumo) o DDM (fecha de duración mínima). Por ello, se eliminan las siguientes especificaciones: «La temperatura de pasteurización se sitúa alrededor de 98 °C. El valor mínimo de pasteurización es igual a 1 000.» y «El valor mínimo de esterilización es igual a 10.».

La formulación «El tiempo de blanqueado es de 30 a 40 minutos» se sustituye por «El tiempo de blanqueado es de 40 minutos como máximo». En efecto, un tiempo de blanqueado prolongado incide negativamente en la textura del producto que se aplastará después fácilmente. A la inversa, un tiempo de blanqueado corto no afecta a la textura del producto cuya cremosidad estará garantizada por el tratamiento térmico siguiente. Por consiguiente, al igual que ocurre actualmente para el producto pasteurizado, solo se mantiene un tiempo de blanqueado máximo para el producto esterilizado.

Se especifica para los productos esterilizados que el envasado en tarros de vidrio solo es obligatorio para los productos destinados a venderse en UVC. En efecto, se autorizan otros envases cuando el producto está destinado a mayoristas, por ejemplo.

Se elimina la obligación de almacenar los productos esterilizados protegidos de la luz ya que, una vez colocados en los estantes en la fase de distribución, esta exigencia es imposible de cumplir.

Se eliminan los puntos que atañen a la normativa general: «Las unidades de venta se etiquetan a continuación», «Se respeta la cadena de frío hasta el punto de venta con un mantenimiento de la temperatura por debajo de 4 °C», «Los tarros se etiquetan a continuación».

Se eliminan las indicaciones imprecisas que no hacen referencia a ningún valor objetivo: «La calidad del blanqueado se verifica visualmente», «La temperatura de pasteurización se sitúa alrededor de 98 °C», «Se realiza una prueba de cocción para comprobar la coherencia con las características de la “Mogette de Vendée”», «Los productos pasteurizados y esterilizados dan al consumidor la posibilidad de tener a la vez un producto de calidad y rapidez en su preparación. Los procesos conservan las características de la “Mogette de Vendée”».

Se eliminan otras disposiciones correspondientes al plan de control: «Se comprueba la contabilidad de existencias y la trazabilidad de los lotes de “Mogette de Vendée”. Se efectúan controles documentales para verificar el cumplimiento del pliego de condiciones en las distintas fases de los procesos. Las judías sin clasificar se comercializan bajo la denominación de “Judía blanca”.»

Vínculo con el origen

El «vínculo con el origen» se ha redactado de nuevo para caracterizar mejor las especificidades de la zona, las características específicas del producto y el nexo causal.

La redacción del punto 5 del documento único se ha adaptado a la nueva redacción del vínculo con el origen en el pliego de condiciones.

La modificación de esta parte está relacionada con la introducción de la cosecha directa de la judía seca y el secado del producto seco en la parcela. Con la integración del método de cosecha directa, el secado del producto con este tipo de cosecha se realiza «sobre pie» en lugar de hacerse únicamente en el suelo. La introducción de una nueva posibilidad de cosecha permite recoger Mogettes tras un secado «en el campo»«en el suelo» (método de cosecha indirecta conservado) o «sobre pie» (método de cosecha directa añadido). La «Mogette de Vendée» recolectada según este último método tiene un ciclo de cultivo (desde la siembra a la cosecha) de 6 a 10 días adicionales de media. No obstante, no altera el vínculo con el origen, ya que resulta de la evolución del conocimiento local y la mejora de los equipos, en particular del material de cosecha. No pone en peligro las características específicas del producto.

Etiquetado

Las dos frases siguientes:

«Los productos que se benefician de la IGP se venden bajo la denominación de “Mogette de Vendée”»,

«La mención “Indicación geográfica protegida” o el logotipo comunitario figuran en el etiquetado»

se eliminan del documento único. La denominación IGP «Mogette de Vendée» y el símbolo IGP de la Unión Europea son obligatorios ahora conforme al Reglamento (UE) n.o 1151/2012.

Otros

Agrupación solicitante

Se actualiza el nombre de la agrupación solicitante y sus datos de contacto:

la agrupación solicitante es «Vendée Qualité-Section Mogette».

sus datos de contacto son:

Maison de l’Agriculture

21, Boulevard Réaumur

85013 La Roche-sur-Yon cedex

FRANCIA

Tel. +33 251368251

Fax +33 251368454

Correo electrónico: contact@vendeequalite.fr

Se elimina la información sobre la organización del sector, ya que no se refiere a las disposiciones relativas a la «Mogette de Vendée»

Otros

Referencias relativas a las estructuras de control

Estructura de control: en aplicación de las normas vigentes a nivel nacional destinadas a armonizar la redacción de los pliegos de condiciones, se elimina el nombre y los datos de contacto del organismo certificador. En este apartado se incluyen ahora los datos de contacto de las autoridades competentes en materia de control a nivel francés: Instituto Nacional de Denominaciones de Origen (INAO) y la Dirección General de Competencia, Consumo y Represión de Fraudes (DGCCRF). El nombre y los datos de contacto del organismo certificador pueden consultarse en el sitio del INAO y en la base de datos de la Comisión Europea.

Otros

Requisitos nacionales

A la luz de la evolución legislativa y reglamentaria nacional, se revisa este apartado y se centran los requisitos en los principales puntos que deben controlarse.

Otros

Zona geográfica

La tarjeta de la zona geográfica se sustituye por una tarjeta simplificada. Se elimina la distribución de los diferentes operadores en el territorio, ya que está sujeta a evolución.

La presentación de los municipios por cantón se sustituye por una lista de municipios (fusiones, cambios de nombre, etc.).

En el momento de la redacción del pliego de condiciones vigente se han omitido tres municipios. Pertenecen a tres cantones incluidos en su totalidad en la zona geográfica mencionada en la ficha resumen registrada.

El municipio de Mallièvre se había omitido en la lista de municipios del cantón de Mortagne-sur-Sèvre. El municipio de Montaigu se había omitido en la lista de municipios del cantón de Montaigu. El municipio de Longève se había omitido en la lista de municipios del cantón de Fontenay-le-Comte. Así pues, los municipios de Montaigu, Mallièvre y Longèves se reincorporan a la lista de los municipios indicados en el pliego de condiciones. Los límites de la zona geográfica de producción permanecen inalterados.

Se elimina la argumentación de las zonas excluidas de la zona, dado que carece de interés para la caracterización del área geográfica de la denominación.

Las fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica delimitada, definidas en el capítulo 3 del pliego de condiciones relativo a la delimitación de la zona geográfica, e inalteradas, se especifican en el documento único. En el punto 3.4 actualmente punto 3.5 del documento único, la frase «El cultivo de la “Mogette de Vendée” debe efectuarse en la zona geográfica de la IGP» se sustituye por «Las fases que deben realizarse en la zona geográfica son las fases del cultivo de la «Mogette de Vendée» hasta la cosecha». Esta modificación obedece a una armonización con el pliego de condiciones.

DOCUMENTO ÚNICO

«MOGETTE DE VENDÉE»

N.o UE: PGI-FR-02129 – 18.3.2016

DOP ( ) IGP ( X )

1.   Denominación(es)

«Mogette de Vendée».

2.   Estado miembro o tercer país

Francia.

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio

3.1.   Tipo de producto

Clase 1.6, «Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados».

3.2.   Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1

La «Mogette de Vendée» es una judía blanca de la especie Phaseolus vulgaris de tipo «lingot». Se recolecta en estado seco (en madurez completa) o semiseco.

El grano es de forma regular, de elíptica a arriñonada, ancha, de 1 a 2 centímetros de longitud, rectangular y, con frecuencia, con un extremo truncado, de espesor superior o igual a 4,5 mm.

Descripción de la «Mogette de Vendée» en granos secos:

El color es blanco y homogéneo, sin veteado fuerte visible.

La piel es fina y brillante.

El grano es seco, su porcentaje de humedad está comprendido entre el 12 y el 17 %.

El peso de mil granos está comprendido entre 400 g y 650 g.

Descripción de la «Mogette de Vendée» en grano semiseco congelado

Forma regular, de elíptica a arriñonada, ancha, algo más grueso que el seco.

El color oscila del blanco al verde muy claro en función de la fase de maduración.

La piel es lisa y brillante.

El grano es un producto fresco que no requiere remojo.

El grano ha alcanzado su madurez fisiológica pero aún no se ha secado, su porcentaje de humedad es del 50 % por término medio.

Descripción de la «Mogette de Vendée» pasteurizada o esterilizada:

Los granos son de color blanco crema claro (con matices).

Pueden presentarse en forma ligeramente desigual debido a su cremosidad.

Los granos se presentarán en un jugo para consumir, constituido únicamente por agua (salada o no).

Presentan una textura cremosa, con formas y tamaños homogéneos.

3.3.   Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal) y materias primas (únicamente en el caso de productos transformados)

3.4.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida

Las fases que deben realizarse en la zona geográfica son las fases del cultivo de la «Mogette de Vendée» hasta la cosecha.

3.5.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc., del producto al que se refiere la denominación

 

Se excluye la venta a granel al particular de «Mogette de Vendée» en granos secos: el producto debe presentarse en UVC (unidad de venta al consumidor): bolsitas, redes u otros envases de diversos pesos.

 

Se excluye la venta a granel al particular de «Mogette de Vendée» en granos semisecos congelados: el producto debe presentarse en UVC (unidad de venta al consumidor): bolsitas u otros envases de diversos pesos.

 

La «Mogette de Vendée» cocida al natural pasteurizada se presenta en barquetas termoselladas o bolsas UVC.

 

La «Mogette de Vendée» cocida al natural esterilizada, cuando se vende en UVC, se envasa en tarros de vidrio.

3.6.   Normas especiales sobre el etiquetado del producto al que se refiere la denominación

4.   Descripción sucinta de la delimitación de la zona geográfica

Departamento de Loire-Atlantique:

los municipios de Geneston, Legé, La Limouzinière, La Marne, Montbert, Paulx, La Planche, Saint-Colomban, Corcoué-sur-Logne, Saint-Étienne-de-Mer-Morte, Saint Philbert-de-Grand-Lieu (excepto el lago), Touvois y Vieillevigne.

Departamento de Vendée:

los cantones de: Aizenay, Challans (excepto los municipios de Bois-de-Cené, Chateauneuf, Sallertaine), Chantonnay, La Châtaigneraie, Fontenay-le-Comte (excepto los municipios de Damvix, Maillé, Le Mazeau, Saint Sigismond y Vix), Les Herbiers, Mareuil-sur-Lay-Dissay (exceptos los municipios de Angles, La Jonchère, St Benoist-sur-Mer, La Tranche-sur-Mer), Montaigu, Mortagne-sur-Sèvre, La Roche-sur-Yon Nord y La Roche-sur-Yon Sud.

los municipios de: Beaulieu-sous-la-Roche, La Chapelle-Achard, La Chapelle-Hermier, Chasnais, Coëx, Le Girouard, Lairoux, Landeronde, Luçon, Les Magnils-Reigniers, Martinet, La Mothe-Achard, Mouzeuil-Saint-Martin, Nalliers, Nieul-le-Dolent, Pouillé, Sainte-Flaive-des-Loups, Sainte-Gemme-la-Plaine, Saint-Georges-de-Pointindoux, Saint-Julien-des-Landes y Saint-Mathurin.

5.   Vínculo con la zona geográfica

La zona de la «Mogette de Vendée» se caracteriza por una geología, un clima y unos factores humanos que constituyen la especificidad de esta zona.

Prolongación meridional del Macizo Armoricano, Vendée aparece principalmente como una región de sotos (el 70 % de la superficie total del departamento) de relieve ligeramente ondulado, caracterizado por una malla de setos flexible, que desempeñan el papel de cortavientos frente a los flujos del Noreste a menudo activos en primavera. Los suelos encontrados son suelos pardos moderadamente profundos, a menudo de tipo brunisol (suelos pardos forestales) o luvisoles (suelos lavados). Presentan un buen equilibrio arcilla-limo, del que resulta una reserva útil de agua media (entre 120 y 160 mm).

Las temperaturas medias son suaves en primavera (15-16 °C en el mes de mayo) y con escasas amplitudes térmicas diarias. Durante los meses más cálidos (de junio a agosto), las temperaturas mínimas medias oscilan entre 12 y 16 °C desde las tierras hacia el borde litoral y las máximas medias varían de 22 a 26 °C de las islas de Vendée hacia el interior de las tierras. A este clima especialmente suave y soleado, se añade una pluviometría satisfactoria (1 000 mm de media en la zona) con cantidades acumuladas de junio a agosto comprendidas entre 120 y 150 mm. El mes de agosto se caracteriza por una pluviometría escasa, 44 mm de media en la zona. Las precipitaciones que se producen durante el período de octubre a marzo, sustanciales y regulares, permiten a los suelos reconstituir sus reservas de agua. En cuanto a la exposición solar de la zona, Vendée recibe un número anual de horas de sol un 10 % más que el resto de la región, es decir, entre 2 000 y 2 500 horas/año.

En este territorio, propicio para el cultivo de la judía blanca, el hombre ha desarrollado un saber hacer que se ha transmitido y mejorado a lo largo de las generaciones, a fin de permitir una producción de calidad. Dicho saber hacer permite, entre otras cosas, que los productores intervengan de manera muy precisa y rigurosa en las fases clave de la gestión del cultivo de las judías secas y semisecas. En primer lugar un protocolo de selección de variedades a través de ensayos en cultivo, intercambios y degustaciones permite garantizar y mantener, año tras año, la autenticidad de la «Mogette de Vendée». Posteriormente, este saber hacer se expresa en la elección de los tipos de suelo cuyo contenido en arcilla y limo son propicios para el cultivo de la «Mogette de Vendée». Por último, la determinación de la fecha propicia de siembra (en un suelo suficientemente caliente) y el diagnóstico del momento óptimo de trilla (el 90 % de vainas secas para el seco o el 65 % de granos blancos para el semiseco) son el resultado de muchos años de trabajo del suelo, de cultivo y conocimiento del producto.

La «Mogette de Vendée» es una judía blanca de tipo «lingot», arriñonada y regular. El producto final seco (con un 12 a un 17 % de humedad) es de color blanco. El producto cosechado semiseco combina grano blanco y grano verde claro. La piel es fina, lisa y brillante, lo que aporta al producto una textura cremosa después de la cocción y una piel poco dura. Los granos son especialmente homogéneos en tamaño, forma y color (blanco de los granos secos, blanco y verde claro de los granos semisecos) o en términos de imperfección (presentan pocos defectos).

La particularidad de la IGP «Mogette de Vendée» se basa en la calidad y en la reputación del producto a lo largo de la historia. La «Mogette de Vendée» está potenciando su identidad tanto de las características edafoclimáticas de la zona, como del saber hacer específico relacionado con el conocimiento de la producción y del medio con el que interactúa. La textura especialmente cremosa de la «Mogette de Vendée» y la homogeneidad de su grano está estrechamente relacionada con las características edafoclimáticas de la zona IGP y el saber hacer de los hombres y mujeres que la cultivan.

Las abundantes precipitaciones del invierno permiten a los suelos de la zona reconstituir sus reservas de agua. En primavera, la disponibilidad del agua asociada a las escasas amplitudes térmicas diarias, permiten, en cuanto el suelo alcanza una temperatura ideal (alrededor de 12 °C), una germinación y un desarrollo homogéneo en todas las plantas. El saber hacer del productor añade la elección de una fecha que reúna las condiciones óptimas para la siembra. En cuanto a la presencia de setos, desempeñan el papel de cortavientos contra la desecación del suelo y favorece la obtención de un brote rápido y regular de las plantas. Esta regularidad de brote desempeña un papel primordial en la homogeneidad del producto en la cosecha.

Los suelos de la zona presentan un buen equilibrio de arcilla-limo del que resulta una reserva de agua media suficiente para limitar de manera natural el estrés hídrico. Cuando las condiciones naturales no son satisfactorias, el saber hacer del productor le permite intervenir regando su cultivo. Esta aportación regular de agua a las plantas de judías y, por consiguiente a los granos, evita la alteración y el endurecimiento de las membranas celulares. Desempeña un papel fundamental en el desarrollo del criterio de cremosidad y homogeneidad de las judías.

El clima de verano caluroso y soleado hace posible el secado natural en el campo, ya sea en el suelo (caso de arranque antes de la trilla) o sobre pie (caso de trilla directa), para reducir las diferencias en las fases de las judías y obtener así un producto homogéneo. La elección de la fecha de arranque o trilla es primordial y esta fase debe realizarse cuando la judía está en el buen momento de madurez (al menos un 90 % de vainas secas para el seco y un 65 % de granos blancos para el semiseco) y con una humedad específica (entre el 12 y el 25 % para el seco, en torno al 50 % para el semiseco). Solo una gran experiencia y conocimiento del cultivo permiten identificar este momento óptimo, última fase que garantiza la tipicidad del producto.

La «Mogette de Vendée» es una producción tradicional, anclada en su territorio. Ya a fines del siglo XVII, los médicos se referían al cultivo de «judías» en Vendée: «En esta región […] parece que la judía americana ha elegido su tierra, […]. A lo largo del siglo, la reputación de las Mogettes se extendió posteriormente a otras regiones de Vendée puesto que, en 1931, la guía UNA recomienda a los gastrónomos no solo las de Fontenay-le-Comte, Luçon y Nallier, en el sur del departamento, sino también las de Pouzauges, en Haut-Bocage.» (Prom’Agri, 1995; GUICHARD, O. y al., 1993).

T. Sarrazin, responsable del Departamento de Agricultura, señalaba en 1930 en relación con los cultivos hortícolas en Vendée que «el más importante de todos es la judía de grano, que ocupa cerca de 9 000 ha y cuya variedad local, llamada “Mogette”, constituye la base de la alimentación de los campesinos de Vendée.» Se encuentra difundida por todo el departamento. En un pasado más reciente, se podía leer en un periódico de 1966 sobre las ventas de esta campaña: «Se han mantenido las cotizaciones a pesar de las judías de importación a precios bajos, gracias a que la calidad de la producción de Vendée es reconocida y apreciada por numerosos compradores. […] Los productores de judías de Vendée, que tienen la suerte de estar en una zona privilegiada donde esta producción tiene una calidad indiscutible […].» (COURADETTE, 1966).

Algunos responsables nacionales también afirman esta calidad del producto «Mogette de Vendée»: «En una región como Vendée, […] tenemos posibilidades desde el punto de vista de la judía, del «lingot», únicos en el mundo. A pesar de todo, hay que reconocer que el «lingot» de Vendée sigue siendo, en este tipo de judía, absolutamente excepcional», señalaba el Sr. Wallery-Masson, presidente de la Federación Nacional de Legumbre Seca, en una de sus intervenciones (Les légumes secs, Ed. Invuflec, 1978). También se encuentran folletos o etiquetas de hace más de 20 años hasta nuestros días, de la «Mogette de Vendée», el «lingot» o la judía de Vendée; esto refleja el dinamismo en torno a la «Mogette de Vendée», su reputación comercial y la anterioridad de dicha denominación.

Referencia a la publicación del pliego de condiciones

(artículo 6, apartado 1, párrafo segundo, del presente Reglamento)

https://info.agriculture.gouv.fr/gedei/site/bo-agri/document_administratif-96e588fd-319f-431b-9c3e-503a19baa1d3/telechargement


(1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.