19.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 215/212


P8_TA(2016)0426

Estrategia de la UE para la Juventud 2013-2015

Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de octubre de 2016, sobre la evaluación de la Estrategia de la UE para la Juventud 2013-2015 (2015/2351(INI))

(2018/C 215/33)

El Parlamento Europeo,

Vistos los artículos 165 y 166 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y en particular sus artículos 14, 15, 21, 24 y 32,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.o 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (1),

Vistas la Resolución del Consejo relativa a un plan de trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2016-2018 (2) y la Resolución del Consejo, de 20 de mayo de 2014, relativa a un Plan de Trabajo de la Unión Europea para la Juventud para 2014-2015 (3),

Vista la Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, relativa al establecimiento de una garantía juvenil (4),

Vistas las Conclusiones del Consejo, de los días 7 y 8 de febrero de 2013, sobre la creación de una «Iniciativa de Empleo Juvenil» (5),

Vista la Resolución del Consejo, de 27 de noviembre de 2009, relativa a un marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) (6),

Vistas las Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) (7),

Vista su Resolución de 12 de abril de 2016 sobre Erasmus+ y otros instrumentos para fomentar la movilidad en la EFP — un enfoque basado en el aprendizaje permanente (8),

Vista la Declaración de París sobre la promoción de la ciudadanía y de los valores comunes de libertad, tolerancia y no discriminación mediante la educación, adoptada con motivo de la reunión informal de los ministros de Educación de la Unión Europea el 17 de marzo de 2015 en París,

Visto el informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018), aprobado por el Consejo el 23 de noviembre de 2015,

Vistos la Comunicación de la Comisión, de 15 de septiembre de 2015, titulada «Proyecto de informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018)» (COM(2015)0429) y los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión que acompañan a la Comunicación de la Comisión «Resultados del método abierto de coordinación en el ámbito de la juventud, con especial hincapié en el segundo ciclo (2013-2015)» (SWD(2015)0168) y «Situación de los jóvenes en la Unión» (SWD(2015)0169),

Vista la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal,

Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de agosto de 2015, titulada «Proyecto de informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (“ET 2020”), Nuevas prioridades para la cooperación europea en educación y formación» (COM(2015)0408),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «UE 2020: una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

Vistas su Resolución, de 11 de septiembre de 2013, sobre la aplicación de la estrategia de la UE para la Juventud 2010-2012 (9), y su Resolución, de 18 de mayo de 2010, sobre una estrategia de la UE para la juventud: inversión y capacitación (10),

Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño,

Vista su Resolución, de 12 de abril de 2016, sobre la adquisición de conocimientos acerca de la Unión Europea en la escuela (11),

Vista su Resolución, de 8 de septiembre de 2015, sobre el fomento del emprendimiento juvenil a través de la educación y la formación (12),

Vista su Resolución, de 28 de abril de 2015, sobre el seguimiento de la aplicación del Proceso de Bolonia (13),

Vista su Resolución, de 19 de enero de 2016, sobre el papel del diálogo intercultural, la diversidad cultural y la educación en la promoción de los valores fundamentales de la UE (14),

Visto el informe alternativo sobre la política de juventud publicado por el Foro Europeo de la Juventud,

Vista la Recomendación del Consejo, de 10 de marzo de 2014, sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas,

Visto el artículo 52 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Control Presupuestario y de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A8-0250/2016),

A.

Considerando que los jóvenes deben participar activamente en la planificación, el desarrollo, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de todas las políticas para la juventud;

B.

Considerando que debe ayudarse y empoderarse a los jóvenes para que resuelvan los gravísimos problemas a los que se enfrentan actualmente y a hacer frente a los retos que se les planteen en el futuro a través de unas políticas de juventud más pertinentes, efectivas y mejor coordinadas y un uso específico de los recursos de políticas económicas, de empleo y sociales a escala local, regional nacional y de la Unión;

C.

Considerando que es necesario reforzar la inclusión de la política relativa a la juventud, la cooperación transectorial y la acción social dentro de la Unión y las sinergias entre la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud y otras estrategias europeas como las relativas a la educación, la formación, la salud y el empleo, para garantizar así tanto las políticas actuales como las futuras puedan constituir una respuesta eficaz a las situaciones y necesidades de los jóvenes afectados por graves problemas económicos, de empleo y sociales; considerando que es fundamental la participación de las organizaciones juveniles en la elaboración de políticas;

D.

Considerando que el método abierto de coordinación se aplica en el ámbito de la juventud, inspirándose en la cooperación europea en el ámbito del empleo;

E.

Considerando que uno de los objetivos fijados para el programa Erasmus + en su conjunto es contribuir a la realización del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018); que, a este respecto, debe garantizarse el acceso a las subvenciones a proyectos en el marco del programa Erasmus+ a las organizaciones juveniles, así como la eliminación de obstáculos a la admisibilidad de los proyectos pequeños;

F.

Considerando que la estrategia de la UE para la juventud (2010-2018) tiene ocho ámbitos de acción en los que deben adoptarse iniciativas: educación y formación, empleo y espíritu empresarial, salud y bienestar, participación, actividades de voluntariado, inclusión social, la juventud y el mundo, y creatividad y cultura;

G.

Considerando que el tercer y último ciclo trienal de la estrategia de la UE para la juventud (2010-2018) dará prioridad a la inclusión social de todos los jóvenes, especialmente a los procedentes de entornos desfavorecidos, una mayor participación en la vida cívica y democrática y una transición más fácil hacia el mercado laboral;

H.

Considerando que la estrategia de la UE para la juventud (2010-2018) hace hincapié en la necesidad de un diálogo estructurado continuo entre los responsables de la toma de decisiones y los jóvenes y las organizaciones juveniles; que el 57 % de las organizaciones juveniles de la UE considera que la experiencia de los jóvenes no se tiene en cuenta en la elaboración de las políticas para la juventud;

I.

Considerando que la política para la juventud debería basarse en derechos y respaldar a todos los jóvenes, garantizando el cumplimiento de los derechos de los jóvenes y el desarrollo de su potencial, y evitar al mismo tiempo la estigmatización de determinados grupos;

J.

Considerando la relevancia de subrayar que los jóvenes están involucrados en la política de muchas formas, pero que su participación en los procesos electorales está decreciendo;

K.

Considerando que es esencial garantizar que todos los jóvenes tengan acceso a una educación —tanto formal como informal— y a una formación de calidad, dado que la juventud europea de hoy en día se enfrenta a unas elevadas tasas de desempleo en numerosos Estados miembros, a empleos inestables y a un aumento del riesgo de pobreza y exclusión social, y que son en particular los jóvenes con escasas cualificaciones, los carentes de estudios, empleo o formación (ninis), los aquejados por necesidades especiales y los procedentes de los entornos socioeconómicos desfavorecidos como minorías étnicas, refugiados, migrantes y solicitantes de asilo, quienes se encuentran con mayor probabilidad desempleados o en situación de marginalidad;

L.

Considerando que se precisa un esfuerzo continuado para incrementar los niveles de participación en el mercado de trabajo de las mujeres jóvenes (en particular tras la baja por maternidad y en el caso de las madres solteras) y los jóvenes migrantes, de quienes abandonen prematuramente la escuela o cuenten con baja cualificación, los jóvenes con discapacidad y todos aquellos en riesgo de discriminación;

M.

Considerando que la educación y la formación pueden contribuir a luchar contra el distanciamiento social, la marginalización y la radicalización de los jóvenes y a abordar el problema del desempleo juvenil y reforzar su toma de conciencia frente a la importancia de los valores fundamentales de la Unión; que los enfoques interculturales e interreligiosos son esenciales para fomentar el respeto mutuo y la integración de los jóvenes en el sistema educativo y en la vida social, así como para combatir los prejuicios y la intolerancia;

N.

Considerando el carácter específico y el papel del deporte en la integración social de los jóvenes desfavorecidos, en especial los refugiados y migrantes, junto a su importancia en la lucha contra la xenofobia y el racismo;

O.

Considerando que los jóvenes son el futuro y deben ser vistos como un recurso con un potencial enorme para el devenir de las sociedades europeas;

P.

Considerando que es fundamental incorporar una perspectiva de género a las políticas para la juventud en todas las fases del proceso político, que tenga en cuenta las circunstancias y los retos específicos a que se enfrentan las jóvenes y las niñas; que las medidas específicas que integren la dimensión de género deben incluirse en ámbitos de la política para la juventud tales como la lucha contra la violencia contra las mujeres y las niñas, la educación sexual y relacional y la educación sobre la igualdad de género;

Q.

Considerando que ha de prestarse especial atención durante la elaboración y ejecución de la política para la juventud a las necesidades de los jóvenes que sufren discriminación múltiple, también de los discapacitados y quienes padecen enfermedades mentales, y de los jóvenes que se identifican como personas LGBTI;

R.

Considerando que la inclusión y la movilidad sociales deben constituir prioridades esenciales de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud y que, por tanto, esta ha de orientarse específicamente a los jóvenes de grupos vulnerables, como los que se enfrentan a la pobreza y exclusión social, los de zonas rurales aisladas o de comunidades marginadas como las minorías étnicas o los refugiados y solicitantes de asilo;

Recomendaciones generales

1.

Acoge favorablemente el informe sobre la juventud de la UE, de 15 de septiembre de 2015, basado en la Comunicación de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018), incluidos los principales resultados del último ciclo trienal de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud, y que propone prioridades para el siguiente ciclo (COM(2015)0429); recomienda a las autoridades de la Unión, nacionales, regionales y locales que aseguren que los distintos programas a escala de la UE que se ocupan de la política para la juventud se difunden, ejecutan y coordinan correctamente a fin de responder a las nuevas necesidades, vistos los desafíos sociales y educativos futuros;

2.

Considera que el método abierto de coordinación es un medio apropiado pero insuficiente para elaborar políticas para la juventud, por lo que debe complementarse con otras medidas; reitera su llamamiento en favor del refuerzo de la cooperación y del intercambio de buenas prácticas en cuestiones relativas a la juventud a nivel local, regional, nacional y de la Unión; insta a los Estados miembros a acordar indicadores y criterios de referencia claros que permitan el seguimiento de los progresos alcanzados;

3.

Destaca que es necesario integrar a los jóvenes discapacitados en el mercado de trabajo de modo que puedan llevar una vida independiente e incorporarse plenamente a la sociedad como elementos activos y participantes reales;

4.

Hace hincapié en la importancia del diálogo estructurado como medio de participación de los jóvenes, tanto de los involucrados en organizaciones juveniles como de los que no; hace hincapié, a este respecto, en la necesidad de incrementar y mejorar el alcance, la visibilidad y la calidad del proceso, prestando especial atención a la participación de los grupos vulnerables y marginales, a fin de desarrollar, ejecutar y evaluar políticas para la juventud de manera más eficaz a todos los niveles y fomentar una ciudadanía activa entre los jóvenes; pide el fortalecimiento del diálogo estructurado como una herramienta participativa de calidad para los jóvenes en el próximo marco para la cooperación en el ámbito de la juventud;

5.

Constata el impacto del segundo ciclo de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud (2013-2015) a la hora de destacar la importancia que reviste un planteamiento de la política sobre la juventud que sea adaptable y contemple una implicación intersectorial a varios niveles; valora el Diálogo Estructurado con las organizaciones juveniles a este respecto; pide a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren el acceso a una educación de calidad y a la formación y el empleo para los jóvenes; recuerda los ocho ámbitos de acción que promueve la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud;

6.

Destaca la importancia de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud, teniendo en cuenta la alarmante tasa de desempleo juvenil en la Unión, los porcentajes elevados y fuertemente variables de ninis y los retos que plantean la pobreza y la exclusión social entre los jóvenes; destaca que el siguiente ciclo (2016-2018) debería contribuir a los dos objetivos de la Estrategia para la Juventud, determinando y abordando las causas del desempleo juvenil, como el abandono escolar prematuro, promoviendo el espíritu empresarial entre los jóvenes e invirtiendo en la educación, las prácticas profesionales, el aprendizaje y la formación profesional en aquellas aptitudes que reflejen las oportunidades, las necesidades y la evolución del mercado laboral, así como facilitando la transición al mercado de trabajo en términos de medidas que garanticen una mejor coordinación de los programas de formación, la política de empleo y la demanda de dicho mercado; señala que los agentes del mercado laboral deben recibir apoyo en sus esfuerzos por aplicar el Sistema de Garantía Juvenil, a fin de garantizar que, en el plazo máximo de cuatro meses después de dejar los estudios, los jóvenes estén integrados bien sea en el mercado laboral, en el sistema educativo o bien en un programa de formación, cualificación o recalificación profesional;

7.

Hace hincapié en que la aplicación efectiva de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud se vincule estrechamente a la consecución de los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020, y en particular a los dirigidos a conseguir que el 75 % de la población entre 20 y 64 años de edad tenga empleo y que el máximo número posible de jóvenes salga de la pobreza y la exclusión social; constata que, si bien se ha registrado una reducción de la tasa de desempleo juvenil en algunos Estados miembros desde 2013, existe todavía una verdadera preocupación por el hecho de que siga representando prácticamente el doble de la tasa de desempleo general, con cerca de ocho millones de jóvenes europeos todavía sin trabajo; destaca, por tanto, la importancia de abordar las divergencias geográficas entre la oferta y la demanda de empleo, tanto entre los Estados miembros como en el interior de sus territorios, en particular mediante los cambios introducidos en el portal europeo de la movilidad profesional (EURES), a fin de mejorar las oportunidades de empleo juvenil y conseguir una mayor cohesión social;

8.

Destaca la importancia de que el próximo ciclo de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud incluya entre sus objetivos a los jóvenes refugiados y solicitantes de asilo y vele por su trato equitativo y no discriminatorio, su acceso a la educación, la formación y el empleo y su integración social, ayudándoles de esta forma a forjar su identidad en los países de acogida y a aprovechar plenamente sus talentos y potencial, evitando su marginación y desencanto;

9.

Manifiesta su inquietud ante el fenómeno de la fuga de cerebros y su peligro para determinados Estados miembros, en especial, para aquellos que afrontan problemas y se encuentran en un programa de ajuste, en los que un número cada vez mayor de jóvenes licenciados, ante las cifras ingentes de desempleo, emigra, lo que priva a estos países del sector de mano de obra más importante y productivo;

10.

Destaca el potencial de las nuevas tecnologías para establecer vínculos con la juventud, y pide a la Unión y a los Estados miembros que lo aprovechen para reforzar el diálogo con los jóvenes y su capacidad de participación en la sociedad;

11.

Resalta la importancia de la participación de los jóvenes y las organizaciones juveniles en el establecimiento de las prioridades y la elaboración del nuevo marco para la cooperación de la UE en el ámbito de la juventud después de 2018;

12.

Recomienda que los Estados miembros y la Unión realicen una evaluación del impacto de las políticas destinadas a los jóvenes;

13.

Considera que la puesta en común de las mejores prácticas, la elaboración de políticas basadas en pruebas, los grupos de expertos, las actividades de aprendizaje entre iguales y las revisiones constituyen herramientas importantes para la cooperación transectorial orientada a los resultados en favor de los jóvenes; destaca la importancia de la difusión de los resultados de estas actividades para maximizar su repercusión;

14.

Destaca la importancia de la cooperación intersectorial a todos los niveles y especialmente entre las distintas estrategias de la Unión que afectan a los jóvenes (estrategias de la Unión presentes y futuras para la juventud, la educación y formación, la salud, el empleo, etc.);

15.

Hace hincapié en la relevancia y la necesidad de reforzar y desarrollar más las estrategias e iniciativas destinadas a evitar la violencia y el acoso en la escuela;

16.

Subraya la importancia de una cooperación de la máxima calidad, enfocada a las necesidades individuales de los niños o jóvenes, inclusive entre las familias, las comunidades religiosas y las escuelas, las comunidades locales, las organizaciones juveniles, los monitores de juventud y las estructuras educativas formales, no formales e informales, a la hora de asistir y orientar a los jóvenes hacia la plena integración en la sociedad ofreciéndoles un lugar seguro para el crecimiento y el aprendizaje;

17.

Sugiere que se asocie a las autoridades locales y regionales en el ámbito de la política para la juventud, especialmente en aquellos Estados miembros en los que tengan competencias en el mismo;

18.

Subraya la importancia de promover estilos de vida saludables para prevenir enfermedades y considera necesario proporcionar a la juventud información correcta y ayuda sobre problemas serios en materia de salud mental, como el consumo y la adicción al tabaco, al alcohol y a los estupefacientes;

19.

Recuerda la importancia de incluir una dimensión intergeneracional en las políticas para la juventud y la necesidad de mejorar el diálogo entre las diferentes generaciones;

20.

Subraya la importancia de abordar la pobreza entre los jóvenes pertenecientes a entornos socioeconómicos desfavorecidos, los jóvenes cuyos padres se encuentran desempleados o los jóvenes que no han conseguido romper con el ciclo socioeconómico de sus familias;

21.

Insta a los Estados miembros a que faciliten una formación efectiva en el idioma nacional, conforme a los principios de multilingüismo y no discriminación y sobre la base de la legislación nacional y los principios europeos, y a que aumenten su apoyo a las instituciones educativas que enseñen en la lengua materna de las minorías nacionales o lingüísticas;

22.

Recuerda el objetivo principal de la Estrategia Europa 2020 de que el porcentaje de abandonos prematuros de la educación y la formación se sitúe por debajo del 10 %; destaca la necesidad de luchar contra el abandono escolar prematuro —un factor que contribuye al desempleo— mediante el diálogo entre el sector educativo, los servicios públicos de empleo y los interlocutores sociales, determinando las carencias del sistema educativo y la sociedad, prestando apoyo a los estudiantes para que puedan definir sus propios métodos de aprendizaje, elaborando currículos pertinentes y atractivos, estableciendo un sistema de orientación personalizada sólido, bien desarrollado y dotado de servicios de tutoría y asesoramiento de calidad para todos los estudiantes, especialmente cuando se manifiesten las primeras señales de abandono escolar, informando adecuadamente a los estudiantes acerca de las futuras oportunidades y las perspectivas profesionales en el mercado laboral, en particular para los perfiles técnicos y artesanales, ofreciendo oportunidades educativas en el ámbito de la ciencia, la tecnología, la ingeniería, las matemáticas y el aprendizaje dual, garantizando la existencia de programas de aprendizaje y prácticas de calidad y ofreciendo a los estudiantes una segunda oportunidad en el ámbito de la formación profesional;

23.

Pide a los Estados miembros que publiquen informes fundamentados y documentados sobre la situación social y las condiciones de vida de los jóvenes, que elaboren planes nacionales de acción y que los pongan en práctica de forma coherente;

24.

Destaca que el fomento de una mayor igualdad de oportunidades para todos los jóvenes que facilite la inclusión social, la igualdad de género y la solidaridad, así como la lucha contra todas las formas de discriminación con respecto a los jóvenes, en particular por motivos de sexo, origen racial o étnico o discapacidad, debería desempeñar un papel fundamental en la consecución de los objetivos de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud;

25.

Observa que deben desarrollarse políticas y estrategias nacionales para la juventud en concertación con los jóvenes y destinadas a ellos;

26.

Acoge con particular satisfacción la utilidad del Marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) en la mejora de la cooperación entre los Estados miembros y la Unión Europea y al abrir y desarrollar las oportunidades y ventajas que ofrece el proyecto de integración europeo a los jóvenes, por lo que pide a la Comisión que continúe con el marco y lo desarrolle más allá de 2018;

27.

Pide a los Estados miembros que creen las estructuras educativas necesarias para integrar a los refugiados jóvenes permitiéndoles aprender la lengua del Estado en que hayan obtenido asilo, finalizar su formación inicial o poner al nivel europeo las competencias que ya hayan adquirido, a fin de facilitar su integración en el mercado laboral y en la sociedad europea;

28.

Pide que se definan medidas específicas para los que abandonan prematuramente la escuela, que necesitan orientación, capacitación y formación, y la creación de un sistema eficaz en educación temprana que identifique a los alumnos que corren el riesgo de abandonar prematuramente la escuela o de convertirse en ninis, de modo que reciban asistencia desde una edad temprana y puedan alejarse de esa situación de desventaja;

29.

Propone a los Estados miembros que consideren el principio de la solidaridad intergeneracional en el ámbito de las políticas de protección y que tengan en cuenta la incidencia que estas políticas tienen o tendrán en los jóvenes;

30.

Acoge con satisfacción su Resolución de 12 de abril de 2016 sobre la adquisición de conocimientos acerca de la Unión en la escuela, y pide a los Estados miembros en consecuencia que fomenten unos conocimientos más extensos de la Unión a través de la educación formal, no formal e informal, centrándose en particular en la cooperación de los proveedores de educación formal y no formal / informal, lo que podría lograrse con una estrategia continuada de la Unión para la juventud;

31.

Pide a los Estados miembros que asocien más estrechamente a las organizaciones independientes en el proceso de transposición, sobre todo a escala local, y que mejoren la coordinación entre los procedimientos existentes en la estrategia posterior a 2018 (por ejemplo, a través de una participación a escala de la Unión en los comités de asistencia social a los jóvenes, etc.), a fin de poder aprovechar dicha estrategia también posteriormente;

32.

Subraya la necesidad de dotar a los jóvenes de un conocimiento sólido y una compresión de la Unión, también gracias al aprendizaje de los valores fundamentales, la gobernanza y el proceso de toma de decisiones de la Unión, permitiéndoles de este modo iniciar una reflexión crítica sobre la Unión y convertirse en ciudadanos europeos responsables y activos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos por promover una dimensión de la Unión en educación con el objetivo de preparar a los alumnos para vivir y trabajar en una Unión cada vez más compleja e integrada a la que pueden y deben dar forma;

Empleo y formación

33.

Pide a los Estados miembros que saquen el máximo partido a las políticas nacionales y de la UE y a los marcos financieros existentes para promover inversiones idóneas en los jóvenes y la creación de empleo seguro y de calidad; insiste a todos los niveles en los sistemas de movilidad que tienen como consecuencia la mejora de las cualificaciones y competencias de los jóvenes, les refuerza la confianza en sí mismos, desarrolla su curiosidad e interés por otras vías de aprendizaje y formas de participar en la sociedad; recomienda encarecidamente que se reconozcan y evalúen las cualificaciones que mejoran con la movilidad; pide a la Unión y a sus Estados miembros que se aseguren de que los jóvenes tienen un mejor acceso a información relativa a todos los programas e iniciativas de los que pueden beneficiarse;

34.

Insta a los Estados miembros a que apliquen plenamente el programa Erasmus+, en particular su vertiente dedicada al aprendizaje, con el fin de promover y fomentar en mayor medida la formación, las carreras profesionales y la movilidad laboral transfronterizas entre los jóvenes, ofreciéndoles conocimientos y competencias útiles para toda la vida profesional, incluidos los conocimientos lingüísticos, al tiempo que se amplían las oportunidades y las posibilidades de participar en el mercado laboral y en la sociedad, con independencia de la titulación académica, las competencias o el nivel educativo; expresa su preocupación por el hecho de que la movilidad de los aprendices no haya alcanzado todavía los niveles que se pretenden, y pide a la Comisión, a los Estados miembros, a las empresas y a los centros escolares que busquen la forma de vencer los obstáculos a dicha movilidad que todavía persisten; subraya la importancia de apoyar a los jóvenes en sus proyectos de movilidad, teniendo en cuenta el factor de la edad y su situación financiera a menudo inestable, en particular suprimiendo determinadas restricciones indirectas vinculadas a la movilidad, como los problemas de alojamiento y transporte;

35.

Pide que se mejoren las oportunidades para que los estudiantes de educación y formación profesional puedan realizar prácticas profesionales en los países vecinos, a fin de promover una mejor comprensión de las prácticas laborales y formativas de los demás Estados miembros, por ejemplo financiando los gastos de viaje de los estudiantes que sigan residiendo en su país de origen; señala que la movilidad en la formación constituye una baza fundamental, no solo para acceder al mercado laboral, sino también para comprender y participar en el proyecto europeo mediante una experiencia directa; destaca la importancia de aplicar un marco europeo para fomentar la movilidad en el aprendizaje y la formación profesional; pide, por otra parte, a los Estados miembros que saquen el máximo partido de la red EURES para apoyar la movilidad laboral de los jóvenes en el seno de la Unión, incluida la movilidad en el aprendizaje profesional;

36.

Destaca la importancia de transmitir y adquirir competencias generales básicas como las tecnologías de la información y la comunicación, las matemáticas, el pensamiento crítico, las lenguas extranjeras, la movilidad, etc., que permitirán a los jóvenes adaptarse fácilmente a los cambios que se producen en el medio social y económico;

37.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que potencien la formación en TIC a fin de dotar a todos los jóvenes de las competencias digitales útiles para el mercado laboral, por ejemplo mediante la reasignación de fondos en el marco de la Iniciativa sobre Empleo Juvenil;

38.

Reitera que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) deben desempeñar un papel importante en el desarrollo personal y profesional de los jóvenes y reconoce su potencial para capacitar a los jóvenes uniéndoles en respuesta a las preocupaciones sociales y permitiéndoles estar conectados por encima de las barreras geográficas, sociales, religiosas, de género y económicas; pide, por consiguiente, a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que todos los jóvenes dispongan de competencias y capacidades sólidas y actualizadas en materia de TIC;

39.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan lo posible por la puesta en marcha de programas destinados a la juventud y a la educación que empoderen a las jóvenes y les faciliten el acceso a sectores tradicionalmente masculinos en los que estén infrarrepresentadas, como el emprendimiento, las TIC, o la ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM);

40.

Insiste en las grandísimas posibilidades que encierran las sinergias entre, por una parte, los sectores de CTIM y las TIC, y, por otra, las artes, el diseño y el sector de la creación, de modo que CTIM pase a ser ACTIM (arte, ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), y hace hincapié en que estas sinergias pueden atraer una mayor parte de la juventud, en particular a las jóvenes y las niñas, a CTIM;

41.

Pide a los Estados miembros que alienten a las mujeres a estudiar y trabajar en ámbitos en los que han estado infrarrepresentadas, como las ciencias, las tecnologías, las ingenierías, las matemáticas y la informática.

42.

Subraya la necesidad de garantizar que los jóvenes tengan la oportunidad de obtener al menos las competencias digitales básicas y de adquirir el conocimiento y la comprensión de los medios de comunicación, para poder trabajar, aprender y participar activamente en la sociedad moderna;

43.

Señala que incluso en el caso de que los jóvenes superen el verdadero reto de encontrar un empleo, no necesariamente se aseguran los medios para vivir por encima del umbral de la pobreza en muchos Estados miembros;

44.

Solicita la continuación de la Iniciativa sobre Empleo Juvenil (IEJ); pide que se propongan las adaptaciones necesarias en la reglamentación y los recursos, con el fin de superar los actuales obstáculos a la ejecución hasta el final del actual marco financiero;

45.

Pide una mejor coordinación a todos los niveles entre los programas de educación y formación y las necesidades de los mercados laborales cambiantes; pide que, a fin de cumplir los objetivos de la política de cohesión económica, social y territorial de la Unión, y habida cuenta de las desigualdades persistentes entre las zonas urbanas, las de la periferia urbana y las rurales, se emprendan en todos los centros de enseñanza general y profesional de la Unión campañas de información, de sensibilización y de valorización de los programas de movilidad; subraya, sin embargo, que debe preservarse el valor del conocimiento a fin de fomentar una formación global y una sólida base académica; Alienta a mejorar el diálogo y la cooperación entre las empresas y las universidades con el fin de desarrollar programas educativos que doten a los jóvenes del conjunto adecuado de capacidades, conocimientos y competencias; pide, a este respecto, una cooperación más estrecha entre las instituciones educativas, las empresas, en particular las pymes, y los servicios de empleo; propone que los Estados miembros adopten las mejores prácticas unos de otros a este respecto;

46.

Destaca que un enfoque educativo holístico e inclusivo es fundamental para que todos los estudiantes se sientan bien acogidos, integrados y capacitados para decidir sobre su propia educación; recuerda que el abandono escolar prematuro y sin cualificaciones representa uno de los mayores desafíos para nuestras sociedades, dado que aboca a la exclusión social, y que la lucha contra este fenómeno es uno de nuestros principales objetivos; señala que, además de adaptar los sistemas de formación, deben introducirse medidas individualizadas dirigidas a las personas con mayores dificultades; recuerda que los programas de prácticas y aprendizaje deben conducir al empleo, y que las condiciones laborales y las tareas asignadas deben ayudar a los beneficiarios de dichos programas a adquirir experiencia práctica y cualificaciones pertinentes para acceder al mercado laboral; considera que, para abordar el desempleo juvenil, es fundamental la implicación de las partes interesadas locales y regionales en el diseño y la aplicación de una combinación de políticas pertinentes;

47.

Pide a los Estados miembros que apliquen medidas que faciliten la transición de los jóvenes de la educación al empleo, entre otras cosas garantizando las prácticas y los programas de aprendizaje de calidad, ofreciendo a los jóvenes unos derechos claramente definidos que incluyan el acceso a la protección social, contratos vinculantes y por escrito y una remuneración justa, a fin de impedir que sean discriminados al acceder al mercado laboral, e informando adecuadamente a los estudiantes acerca de las futuras oportunidades en dicho mercado;

48.

Destaca que las tasas de desempleo disminuyen claramente cuando aumenta el nivel de estudios alcanzado, por lo que es necesario fomentar e invertir en oportunidades de educación superior para los jóvenes de la Unión;

49.

Señala, sin embargo, que la educación no solo debe proporcionar competencias y capacidades relevantes para las necesidades del mercado laboral, sino que también debe contribuir al desarrollo personal y a la madurez de los jóvenes para hacer de ellos unos ciudadanos responsables y proactivos; destaca por eso la necesidad de una educación cívica en la totalidad del sistema educativo tanto oficial como no oficial;

50.

Pide a los Estados miembros que ofrezcan oportunidades para dobles carreras a los jóvenes que tienen talento para el deporte, de modo que puedan desarrollar su talento como atletas y adquirir al mismo tiempo competencias educativas;

51.

Destaca la necesidad de incluir elementos de aprendizaje empresarial en todos los niveles y modalidades de la educación y la formación, ya que inculcar el espíritu empresarial en los jóvenes a una edad temprana es una manera eficaz de combatir el desempleo juvenil; alienta, en este sentido, el diálogo activo y la cooperación entre la universidad y la empresa, con el fin de desarrollar programas educativos que doten a los jóvenes de las capacidades y las competencias necesarias; subraya asimismo la necesidad de promover y apoyar políticas de fomento del emprendimiento juvenil, en particular en el ámbito cultural y creativo y en el deportivo para crear puestos de trabajo seguros y de calidad e impulsar el desarrollo y la cohesión social de las comunidades; destaca asimismo el potencial del voluntariado para adquirir competencias, potenciar el desarrollo personal y permitir a los jóvenes descubrir su vocación;

52.

Señala que el espíritu empresarial exige el desarrollo de competencias transversales como la creatividad, el pensamiento crítico, el trabajo en equipo y el sentido de la iniciativa, que contribuyen al desarrollo personal y profesional de los jóvenes y facilitan su paso al mercado laboral; en este sentido, considera que es necesario facilitar y fomentar la participación de los empresarios en el proceso educativo;

53.

Subraya la importancia que reviste que haya una mayor inversión en las empresas emergentes y en el emprendimiento juvenil permitiéndoles un acceso más fácil al capital inicial y a los nodos de mentores empresariales con experiencia;

54.

Recuerda que el empleo y el espíritu empresarial constituyen una de las ocho prioridades enunciadas en el Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2010-2018; destaca que el trabajo juvenil y el aprendizaje no formal, sobre todo en las organizaciones de jóvenes emprendedores y en las organizaciones juveniles que ofrecen a los jóvenes la posibilidad de desarrollar proyectos innovadores y adquirir experiencia empresarial, así como las herramientas y la confianza necesarias para establecer su propio negocio, son decisivos para que los jóvenes puedan desarrollar su potencial creativo e innovador, el espíritu empresarial y las aptitudes cívicas y de negocio; destaca la necesidad de crear un entorno favorable al emprendimiento y a la creación de empresas innovadoras en aras del empleo juvenil en Europa; hace hincapié en la necesidad de suprimir todos los obstáculos que impiden a los jóvenes desarrollar sus ideas, su potencial y sus aptitudes;

55.

Recomienda que la Estrategia de la UE para la Juventud se centre en mayor medida en el emprendimiento como factor clave para impulsar el crecimiento económico; observa que, en 2014, tan solo uno de cada cinco jóvenes europeos deseaba crear su propia empresa y lo seguía considerando difícil; opina que debe darse prioridad al desarrollo de la cultura emprendedora a una edad temprana, a normativas laborales flexibles que permitan combinar el trabajo y los estudios, a la educación dual y al acceso a la financiación;

56.

Recuerda que las industrias creativas representan uno de los sectores con mayor nivel de emprendimiento y crecimiento más rápido, y que la educación creativa desarrolla competencias transferibles como el pensamiento creativo, la resolución de problemas, el trabajo en equipo y el ingenio; reconoce que los sectores relacionados con el arte y los medios de comunicación resultan especialmente atractivos para los jóvenes;

57.

Destaca la importancia del emprendimiento social como motor para la innovación, el desarrollo social y el empleo y pide, por lo tanto a la Unión y los Estados miembros que lo promuevan más eficazmente y refuercen su papel;

58.

Anima a los Estados miembros a tomar medidas para incentivar el espíritu empresarial mediante la creación de un entorno más favorable al emprendedor y a la creación de empresas a la hora de poner en marcha nuevas empresas, por ejemplo mediante reglamentaciones y medidas de concesión simplificada de préstamos por parte de los bancos, simplificación normativa y desgravación fiscal, que permitan a los jóvenes seguir adelante con sus propias ideas empresariales; aboga por métodos educativos que promuevan un espíritu emprendedor y creativo, así como por la contratación de jóvenes licenciados como jóvenes empresarios;

59.

Subraya que, para que los Estados miembros puedan luchar contra el desempleo juvenil, es necesario que el personal de orientación profesional cuente con una buena formación y esté bien informado de las oportunidades educativas a nivel universitario y profesional y conozca bien la situación actual del mercado de trabajo, la probable evolución en los Estados miembros y los nuevos sectores de sus economías;

60.

Anima a los Estados miembros a que apoyen a los jóvenes a iniciar su vida independiente y crear sus propias familias mediante subsidios de vivienda, mecanismos preferenciales y la reducción del impuesto sobre la renta de las personas físicas y a que ofrezcan préstamos preferenciales para estudiantes;

61.

Subraya la importancia del mutuo reconocimiento y validación de las competencias y conocimientos adquiridos a través de la educación informal y no formal así como del aprendizaje permanente, dado que esta validación es fundamental para hacer visible y valorizar la diversidad y riqueza del aprendizaje de las personas, en particular de las que tienen menos oportunidades; señala que la validación de competencias contribuye a mejorar el acceso a la educación formal y a nuevas oportunidades profesionales, reforzando al mismo la autoestima y la motivación para aprender, el desarrollo de valores, aptitudes y competencias para los jóvenes, así como el aprendizaje en materia de ciudadanía y participación democrática; insta a los Estados miembros a que intensifiquen sus esfuerzos por crear mecanismos de validación globales para 2018, tal como se pide en la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal, en estrecha colaboración con todas las principales partes interesadas, incluidas las organizaciones juveniles;

62.

Destaca la importancia para los jóvenes del aprendizaje formal, informal y no formal —también en el ámbito de las actividades asociativas— para el desarrollo de valores, aptitudes y competencias, así como para el aprendizaje sobre la ciudadanía y participación democrática; llama la atención sobre la variedad de oportunidades y modelos formativos disponibles en los Estados miembros, especialmente en lo que se refiere al aprendizaje dual, que pueden facilitar la transición desde el sistema de educación o de formación al mercado laboral; respalda la aplicación del aprendizaje permanente; pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la coherencia, la validez y el reconocimiento a nivel europeo de las aptitudes y las competencias adquiridas a través del aprendizaje formal, informal y no formal y las prácticas profesionales, con el fin de colmar la brecha en las deficiencias y los desajustes en las aptitudes que se manifiestan en el mercado laboral europeo, y que brinden su apoyo a estas actividades en el marco de los respectivos programas de la Unión; insta, asimismo, a que se preste más atención a las lenguas, especialmente las de los países vecinos, en el ámbito de la educación y la formación profesionales, con el fin de reforzar la posición y la empleabilidad de los estudiantes interesados en el mercado laboral transfronterizo;

63.

Señala que, debido al actual proceso de digitalización y a las nuevas tendencias del mercado laboral, cada vez son más los jóvenes que deben afrontar nuevas formas de empleo de carácter intermedio entre la flexibilidad y la seguridad; destaca la importancia que reviste ofrecer una educación adecuada a los jóvenes que haga hincapié en el papel que desempeñan los mecanismos de protección social en el desarrollo de la carrera profesional;

64.

Opina que las intervenciones tempranas y las políticas de mercado laboral proactivas representan un cambio de enfoque, pasando de la atención a los síntomas de la penuria multigeneracional a la detección y la gestión de riesgos en una fase temprana de la vida para prevenir el desempleo y facilitar la reintegración; llama la atención, en particular, sobre la situación de los más marginados y con mayor riesgo de desempleo;

65.

Destaca la importancia que revisten los programas abiertos y de fácil acceso para trabajar con jóvenes procedentes de entornos menos estimulantes;

66.

Subraya la importancia que para el aprendizaje permanente y la mejora de las oportunidades educativas y de empleo de los jóvenes reviste garantizar el mutuo reconocimiento y la compatibilidad a nivel transfronterizo de las cualificaciones y los títulos académicos, a fin de reforzar el sistema de garantía de la calidad; pide que este mutuo reconocimiento y compatibilidad sigan ampliándose, evaluándose y adaptándose a las exigencias cambiantes en materia de formación, y observa que ello debería garantizarse a nivel europeo y en todos los países que se han adherido al Espacio Europeo de Enseñanza Superior y a los incluidos en el Marco Europeo de Cualificaciones;

67.

Destaca, en este sentido, el importante papel del aprendizaje no formal e informal, así como la participación en actividades deportivas y de voluntariado, para estimular el desarrollo de competencias y aptitudes cívicas, sociales e interculturales; hace hincapié en el hecho de que algunos países han realizado progresos significativos en relación con la elaboración del marco jurídico pertinente, mientras que otros tienen dificultades para crear estrategias de validación exhaustivas; destaca por tanto la necesidad de elaborar estrategias exhaustivas para permitir la validación;

68.

Hace hincapié en la importancia de abordar los déficits y desajustes de las cualificaciones fomentando y facilitando la movilidad de las personas en proceso de aprendizaje y el profesorado mediante un mejor uso de todos los instrumentos y programas de la Unión; recuerda que la movilidad en la formación constituye una baza fundamental a la hora de acceder al mercado laboral; insiste en que se apliquen medidas para garantizar la coordinación, complementariedad y coherencia entre los diferentes fondos estructurales en favor de la movilidad, como el Fondo Social Europeo (FSE), y programas como Erasmus+; subraya en este sentido el importante papel de los programas de movilidad como Erasmus+ a la hora de estimular el desarrollo de aptitudes y competencias horizontales y los intercambios interculturales entre los jóvenes; acoge con satisfacción la transformación del actual sitio web del Panorama de Cualificaciones de la UE;

69.

Destaca la necesidad de reforzar el papel del programa Erasmus para Jóvenes Emprendedores en la creación de empleo duradero y de calidad; considera que la movilidad laboral es necesaria para explotar el potencial de los jóvenes; señala que, en la actualidad, hay 217,7 millones de personas empleadas en la Unión, 7,5 millones de las cuales (el 3,1 %) están trabajando en otro Estado miembro; observa además que, según las encuestas de la Unión, hay más probabilidades de que los jóvenes se presten a la movilidad y a volver a su país de origen con nuevas competencias y cualificaciones;

70.

Pide a la Comisión que refuerce y apoye la movilidad de los estudiantes en el ámbito de la educación y la formación profesional fomentando el programa Erasmus para aprendices;

71.

Pide a los Estados miembros que saquen el máximo partido de la actual reforma de la red EURES para apoyar la movilidad laboral de los jóvenes dentro de la Unión, incluida la movilidad en el aprendizaje profesional y los períodos de prácticas; solicita a los Estados miembros que actualicen periódicamente las vacantes y los currículums; pide a la Comisión que mejore el procedimiento de adecuación entre ofertas y demandas de empleo de EURES, a fin de garantizar que a los jóvenes les lleguen ofertas de empleo que sean pertinentes y de calidad y encajen con sus currículums;

72.

Alienta a los Estados miembros a que establezcan sistemas duales de educación y formación profesional de calidad de manera coordinada con los agentes económicos locales y regionales, tras el intercambio de las mejores prácticas y en consonancia con las características propias de cada sistema educativo, a fin de superar la falta de adecuación de cualificaciones ahora y en el futuro;

73.

Invita a los Estados miembros y a la Comisión a que ofrezcan becas innovadoras y flexibles para fomentar el talento las capacidades artísticas y deportivas en los ámbitos de la cultura, la educación y la formación; apoya a los Estados miembros que fomentan la organización de programas de becas para alumnos con habilidades comprobadas en los ámbitos académico, artístico y deportivo;

74.

Observa que el abandono escolar y la interrupción de los estudios sin haber obtenido una cualificación son un enorme desafío para nuestras sociedades porque conducen a la precariedad y a la exclusión social, y que la lucha contra esos fenómenos ha de ser uno de nuestros objetivos principales; recuerda que la movilidad, la adaptación de los sistemas educativos y la aplicación de medidas personalizadas pueden aportar soluciones para las personas más desfavorecidas, a fin de reducir la tasa de abandono en los ámbitos educativo y de la formación;

75.

Destaca la necesidad de crear un contrato estudiantil que permita a los estudiantes universitarios y de formación profesional que puedan compatibilizar el estudio con el trabajo, preferiblemente en empresas del campo en el que se forman, con la garantía de acabar los estudios iniciados;

76.

Hace hincapié en la necesidad de no cejar en el esfuerzo por reducir el abandono escolar prematuro y promover la educación de los jóvenes desfavorecidos;

77.

Observa que, a pesar de la disminución observada en la mayoría de los Estados miembros después del máximo alcanzado en 2013, el desempleo juvenil sigue siendo un grave motivo de preocupación en la Unión Europea, con una cifra aproximada de ocho millones de jóvenes europeos que no encuentran trabajo y un porcentaje todavía elevado de jóvenes en situación de desempleo de larga duración, de empleo a tiempo parcial involuntario o de prácticas;

Recursos financieros

78.

Subraya la importancia de la inversión estratégica, incluida la procedente de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, en particular el Fondo Social Europeo, para el desarrollo regional, la competitividad y la creación de períodos de prácticas de gran calidad, la formación de aprendices y la generación de empleo sostenible; señala que debe prestarse especial atención a los jóvenes que ni trabajan ni estudian ni reciben formación (los llamados «ninis»);

79.

Constata que el período de programación 2014-2020 tardó algunos meses en ponerse en marcha y que una primera evaluación de las políticas de la Unión en dicho período —especialmente por lo que se refiere a las dedicadas a la juventud— no puede ser plenamente representativa de su impacto real;

80.

Señala que, en el anterior período de programación, el Tribunal de Cuentas estimó que el porcentaje de error de las operaciones llevadas a cabo en el marco del Programa de Aprendizaje Permanente (PAP) y del programa «La juventud en acción» (JEA) fue superior al 4 %; espera que la Comisión haya abordado esos errores en la aplicación del programa Erasmus+;

81.

Toma nota de que el índice de ejecución presupuestaria de los programas del período 2007-2013 —en particular, el programa PAP, el programa de Cultura, el programa MEDIA y el programa JEA— fue del 100 % en 2013; considera, no obstante, que el índice de ejecución no es por sí solo un indicador significativo de la eficacia de los programas a la hora de evaluar su éxito;

82.

Expresa su preocupación por el hecho de que el desequilibrio entre los créditos de compromiso y los créditos de pago aprobados ocasionara un déficit en los pagos a finales de 2013 (por ejemplo, en el caso del programa Erasmus+, por valor de 202 millones EUR), con repercusiones negativas en el ejercicio siguiente; pide a la Comisión que vele por que esa situación no se repita en el contexto de los nuevos programas;

83.

Recuerda asimismo que las reticencias de los jóvenes a crear una empresa también contribuyen a la débil tasa de crecimiento en Europa, y, por consiguiente, considera necesario apoyar a los jóvenes que quieran crear su propia empresa;

84.

Celebra que en el nuevo periodo de programación se hayan destinado más de 12 400 millones EUR del Fondo Social Europeo (FSE) y de la Iniciativa sobre Empleo Juvenil (IEJ) a la lucha contra el desempleo juvenil;

85.

Observa con satisfacción que 110 300 jóvenes desempleados participaron en 2014 en acciones financiadas por la IEJ; celebra que los jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea hayan destinado 6 400 millones EUR de los fondos de la Unión (3 200 millones EUR del FSE y 3 200 millones EUR procedentes de una nueva línea presupuestaria) a la Garantía Juvenil (GJ); destaca, no obstante, que en algunos Estados miembros sigue habiendo algunas dificultades para aplicar la GJ y la IEJ;

86.

Pide a la Unión y a los Estados miembros que refuercen las medidas destinadas a garantizar que los períodos de aprendizaje y de prácticas no sustituyan puestos profesionales ni se utilicen como fuentes de empleo precario, y pide que se garanticen al mismo tiempo todas las protecciones laborales necesarias y conexas, incluidas las retributivas y financieras;

87.

Pide unas medidas específicas y simplificadas con miras a aumentar la capacidad de los Estados miembros de hacer uso de la financiación disponible a través de los Fondos Estructurales europeos, el Fondo Social Europeo, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo de Cohesión Europeo, el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE), la Iniciativa de Empleo Juvenil, Juventud en movimiento, «Tu primer trabajo EURES», Horizonte 2020 y los programas y acciones en el ámbito de la ciudadanía;

88.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que simplifiquen los procedimientos administrativos para la concesión de recursos financieros a organizaciones juveniles, dado que estas carecen a menudo de los medios necesarios para sortear las complicaciones que pueden entrañar los procesos de solicitud de ayuda de los distintos programas de la Unión;

89.

Anima a los Estados miembros a hacer pleno uso del programa Erasmus+ abarcando a personas de todos los niveles de formación, a fin de mejorar las perspectivas de empleo de los jóvenes, y fomentar una movilidad profesional y laboral justa a escala transfronteriza; apoya el aprendizaje intercultural, la ciudadanía europea y la educación de los jóvenes en cultura democrática y valores, por lo que pide a la Comisión que, al llevar a cabo la evaluación intermedia, detecte y suprima las trabas al procedimiento de financiación que están complicando la realización de estos objetivos, a fin de garantizar una mayor eficacia de Erasmus+ en este sentido;

90.

Celebra que el programa Erasmus haya superado la barrera de los tres millones de estudiantes; constata el éxito continuado que este programa emblemático de la Unión ha tenido desde su inicio, y cree que es importante que el programa siga recibiendo apoyo;

91.

Lamenta la enorme diferencia existente entre el número de estudiantes Erasmus enviados y recibidos por los distintos Estados miembros; recomienda que se hagan campañas de información más decididas y se simplifiquen las normas;

92.

Recuerda a los Estados miembros que deberían comprometerse a aumentar la financiación nacional para completar los créditos del FSE y de la IEJ con el fin de garantizar la necesaria incentivación del empleo juvenil; considera necesario, por otra parte, que los instrumentos utilizados y las becas concedidas permitan llevar una vida digna; pide, por consiguiente, que se evalúen las becas a la luz del coste de la vida real en cada Estado miembro;

93.

Insta a los Estados miembros a que adopten las medidas necesarias para aplicar el sistema de Garantía Juvenil; pide que se mantenga el compromiso político para con la Garantía Juvenil en forma de reforma estructural a largo plazo, que garantice la sostenibilidad de la integración del mercado laboral a través de ofertas de gran calidad;

94.

Insta a los Estados miembros a aplicar plenamente la Garantía Juvenil, sobre la base de una intensa cooperación entre las autoridades nacionales, regionales y locales, los sistemas educativos y los servicios de empleo; señala que la Garantía Juvenil debería integrarse plenamente en los planes nacionales de empleo y en la planificación de las políticas de juventud y educativa, así como ser dada a conocer ampliamente entre todos los jóvenes; recuerda que la participación de las organizaciones juveniles en la comunicación, y también en la evaluación y ejecución de la Garantía Juvenil es esencial para el éxito de la misma;

95.

Recuerda que, dependiendo de sus circunstancias socioeconómicas, los y las jóvenes han de lidiar a edades distintas con situaciones del mercado de trabajo diferentes; pide a la Comisión y a los Estados miembros que estos planteamientos relativos al sexo y a las circunstancias socioeconómicas se tengan en cuenta a la hora de elaborar e implantar políticas de juventud y mercado de trabajo, como puede ser la Garantía Juvenil;

96.

Considera que el envejecimiento de la población europea y los altos niveles de precariedad laboral, especialmente entre los jóvenes, plantean un importante desafío para la sostenibilidad, la suficiencia y la adecuación de los sistemas de pensiones y merman gravemente la solidaridad intergeneracional; pide, por tanto, a la Comisión y a los Estados miembros que adopten todas las medidas necesarias para prevenir los abusos al menos en el sistema de subvenciones concedidas en el marco de la Garantía Juvenil y fomenten, al menos en los contratos establecidos en el marco de la Garantía Juvenil, la contratación que permita que los jóvenes puedan cotizar a los regímenes nacionales de seguridad social;

97.

Insta a los Estados miembros a que apliquen y supervisen plenamente la efectividad de la Garantía Juvenil, haciendo pleno uso de los fondos que facilita la Unión para adoptar medidas dirigidas a promover el empleo juvenil mediante la integración en el mercado laboral de los jóvenes, incluidas las personas con discapacidad, ofreciendo un puesto de trabajo, de aprendizaje o de prácticas en los cuatro meses siguientes al abandono de la escuela o a la pérdida de un empleo, por ejemplo creando sistemas específicos de orientación profesional a lo largo de toda la vida, servicios de registro, puntos de información y métodos de recogida de datos, fomentando el registro de desempleados a fin de obtener una imagen real de la situación del desempleo juvenil y mejorando los servicios que prestan las oficinas de empleo a los jóvenes que buscan un trabajo;

98.

Insta a los Estados miembros a abordar sin demora los principales factores que determinan el éxito en la aplicación de la Garantía Juvenil Europea, como la calidad y la sostenibilidad de las ofertas de empleo, la profundización en la enseñanza y la formación, la inclusión social, las sinergias con otros ámbitos estratégicos (en relación con el sistema educativo, el mercado laboral, los servicios sociales y la juventud) y la colaboración entre todas las partes interesadas pertinentes, con el fin de integrar a los jóvenes en el mercado laboral, reducir la tasa de desempleo juvenil y obtener resultados positivos a largo plazo en materia de prevención de la exclusión social y laboral de los jóvenes en el proceso de transición del sistema educativo al mercado de trabajo;

99.

Pide que la incidencia del programa de Garantía Juvenil en la educación y la formación para los jóvenes desempleados sin cualificación o poco cualificados se amplíe también a los jóvenes titulados y a aquellos que ya hayan concluido la formación profesional, y que se amplíe el límite de edad de dicho programa de los veinticinco a los veintinueve años, con el fin de reflejar que muchos titulados y personas en busca del primer empleo tienen poco menos de treinta años de edad;

100.

Pide a los Estados miembros y a las regiones que intercambien las mejores prácticas y aprovechen las experiencias de sus socios; señala la importancia de llevar a cabo una evaluación de la aplicación de la Iniciativa de Empleo Juvenil en los Estados miembros en 2014 y 2015; destaca la importancia que reviste evaluar la eficacia de la Garantía Juvenil a medio plazo, centrándose en particular en los resultados obtenidos en el empeño de conseguir que los jóvenes adquieran competencias y accedan al empleo, y considera esencial que se dé continuidad a esta iniciativa; señala, asimismo, que la participación de las organizaciones juveniles en la evaluación y la aplicación de la Garantía Juvenil es fundamental para el éxito de esta iniciativa;

101.

Aguarda con interés la presentación por parte de la Comisión del informe global sobre la aplicación de la Garantía Juvenil, que tendrá lugar este año;

102.

Señala que el informe del Tribunal de Cuentas sobre la aplicación en los Estados miembros de la Garantía Juvenil de la Unión, cuya finalización está prevista para principios de 2017, ofrecerá una idea más clara de los resultados del programa; considera que este informe debería incluir, entre otros aspectos, un análisis de la eficiencia y los resultados a largo plazo de dicho programa;

103.

Recuerda a la Comisión la importancia que reviste asegurar un elevado nivel de sensibilización entre los jóvenes sobre los programas disponibles y las oportunidades de participación, asegurándose asimismo de que la información que se ofrece en los programas sea de alta calidad, mediante el uso de indicadores cuantificables (contando, por ejemplo, con la respuesta y la participación de los grupos destinatarios);

104.

Insta a la Comisión y a los Estados miembros a aplicar políticas económicas expansivas que ofrezcan un mayor margen de maniobra en el ámbito de las inversiones públicas en educación, formación y aprendizaje de calidad;

105.

Insta a los Estados miembros a que inviertan más en lugar de recortar sus fondos presupuestarios nacionales destinados a las políticas para la juventud, las artes, la cultura, la educación, la sanidad y los servicios sociales; pide asimismo a los Estados miembros que canalicen sus inversiones hacia una educación inclusiva que responda a los retos de la sociedad, con miras a garantizar una igualdad de acceso y de oportunidades para todos, en particular para los jóvenes con orígenes socioeconómicos diferentes, así como los colectivos vulnerables y desfavorecidos;

106.

Recomienda que se incluya el emprendimiento juvenil en el MFP y que los Estados miembros elaboren estrategias nacionales destinadas a lograr sinergias entre Erasmus+, el FSE, la IEJ y Erasmus para Jóvenes Emprendedores; observa que la Comisión debe proporcionar a los Estados miembros unas directrices claras para la evaluación de impacto;

107.

Pide a la Comisión que elabore un plan de seguimiento global de los programas juveniles que combine los indicadores de los resultados previstos con los resultados concretos y los resultados a largo plazo;

108.

Destaca la necesidad de definir un enfoque centrado en la eficacia y los resultados, al tiempo que observa con satisfacción que el nuevo marco normativo de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (FEIE) para el período de programación 2014-2020 incluye disposiciones para que los Estados miembros informen sobre los resultados obtenidos;

109.

Recuerda que el 68 % del presupuesto del FSE se destina a proyectos de los que los jóvenes podrían ser uno de los grupos destinatarios;

110.

Destaca la necesidad de impulsar becas para la vivienda, para hacer frente a las necesidades derivadas de la imposibilidad de realizar los estudios de Formación Profesional (FP) o estudios universitarios en la propia ciudad de residencia o en ciudades de radios próximos, inferiores a 50 Km;

Participación en la toma de decisiones

111.

Pide una mayor colaboración entre las organizaciones de jóvenes y las autoridades públicas, a fin de aumentar las posibilidades de participación de los jóvenes y de sus organizaciones en la elaboración de políticas; considera especialmente importante el papel de las organizaciones juveniles, artísticas y deportivas para que los jóvenes desarrollen sus capacidades participativas y para la mejora de la calidad del proceso de toma de decisiones, prestando especial atención a que, además de aportar a la sociedad, los jóvenes brindan soluciones a los retos que en estos tiempos se plantean a la sociedad europea; destaca la singular función de las organizaciones de jóvenes en lo que respecta al fomento del civismo en torno al ejercicio de los valores y procedimientos democráticos;

112.

Subraya la importancia de las organizaciones juveniles en cuanto vehículo de transmisión de civismo y de los valores, aptitudes y competencias propios de la democracia, y es consciente de su contribución a la mejora de la participación de los jóvenes en los procedimientos democráticos;

113.

Destaca la importancia fundamental del aprendizaje informal y no formal, de las artes, del deporte, del voluntariado y de las actividades sociales para fomentar la participación de los jóvenes y la cohesión social en cuanto herramientas que pueden tener una gran repercusión sobre las comunidades locales y ayudar a abordar muchos de los retos que la sociedad nos plantea;

114.

Pide a los Estados miembros que cumplan estrictamente los principios de inclusión en el trabajo con los jóvenes, haciendo especial hincapié en los jóvenes con discapacidad;

115.

Destaca la necesidad de desarrollar de forma intensiva la sensibilización sobre la ciudadanía, los medios de comunicación y la cultura digital, el pensamiento crítico y el entendimiento intercultural por medio de una amplia gama de instrumentos que resultan familiares a los jóvenes (por ejemplo, las redes sociales); señala el destacado papel que desempeñan estos programas y la educación en la prevención de la radicalización entre los jóvenes;

116.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta las nuevas formas de participación económica juvenil, como la decisión, cada vez más frecuente entre los jóvenes, de recurrir a los instrumentos de la economía colaborativa;

117.

Subraya la conveniencia de apoyar las actividades políticas, sociales, culturales, deportivas y de voluntariado de los jóvenes, en el ámbito local, regional y nacional, y de reconocer mejor su valor como forma importante de aprendizaje no formal que contribuye a la adquisición de competencias clave para la vida y a promover valores tales como la cooperación, la solidaridad, la igualdad y la justicia; destaca no obstante que la disposición de los jóvenes a llevar a cabo estas actividades no puede en última instancia servir de sustituto de bajo coste de servicios de los que debería hacerse cargo el Estado miembro correspondiente; pide que se reconozcan plenamente o convaliden las actividades de voluntariado;

118.

Pide a los Estados miembros que promuevan la participación democrática de los jóvenes estudiantes y que los ayuden a interesarse por su educación y contribuyan a esta a través de su pertenencia a organizaciones estudiantiles;

119.

Hace hincapié en que, para fomentar la participación democrática y una ciudadanía activa entre los jóvenes, resulta esencial una mejor comprensión de la diversidad europea y de los valores y el funcionamiento de la Unión;

120.

Pide a la Comisión que aproveche al máximo las nuevas herramientas digitales y agote las posibilidades que ofrecen las redes sociales en la educación y la formación, que brinde formación específica de calidad sobre los medios al objeto de fomentar la alfabetización mediática y el pensamiento crítico, y que promueva y favorezca la participación juvenil tanto en la toma de decisiones como en la vida ciudadana, cultural y social de la sociedad, a fin de aumentar la capacidad de inserción profesional y fomentar el espíritu empresarial, la innovación y la cultura; es asimismo consciente de las posibilidades de las herramientas digitales como medio eficaz para combatir el acoso escolar, la incitación al odio y la radicalización;

o

o o

121.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros.

(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 50.

(2)  DO C 417 de 15.12.2015, p. 1.

(3)  DO C 183 de 14.6.2014, p. 5.

(4)  DO C 120 de 26.4.2013, p. 1.

(5)  EUCO 37/13

(6)  DO C 311 de 19.12.2009, p. 1.

(7)  DO C 119 de 28.5.2009, p. 2.

(8)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0107.

(9)  DO C 93 de 9.3.2016, p. 61.

(10)  DO C 161 E de 31.5.2011, p. 21.

(11)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0106.

(12)  Textos Aprobados, P8_TA(2015)0292.

(13)  DO C 346 de 21.9.2016, p. 2.

(14)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0005.