Bruselas, 26.2.2016

COM(2016) 87 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres

{SWD(2016) 38 final}


COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres

1. Contexto

El tráfico de especies silvestres 1 se ha convertido en uno de los delitos organizados más lucrativos a nivel mundial. Su magnitud es difícil de cuantificar con exactitud, pero distintas fuentes 2 estiman que los beneficios procedentes de ese tráfico se sitúan, cada año, entre 8 000 y 20 000 millones EUR. El tráfico afecta a un amplio abanico de especies protegidas, como los elefantes y rinocerontes, los corales, los mánidos, los tigres y los grandes simios.

Un problema creciente en todo el mundo...

El comercio ilícito de marfil se ha duplicado con creces desde 2007, y es más de tres veces superior al de 1998. En Sudáfrica, la caza furtiva del rinoceronte aumentó en un 7 000 % entre 2007 y 2013, lo que pone en peligro la supervivencia de esta especie 3 . Solo entre noviembre de 2013 y abril de 2014, las autoridades de varios países de tránsito y destino decomisaron más de 4 000 toneladas de una especie de palisandro muy amenazada, presuntamente exportadas ilegalmente desde Madagascar.

La UE tiene un papel importante que desempeñar en la lucha contra este tráfico, ya que Europa es actualmente un mercado de destino y un nodo central del tráfico en tránsito hacia otras regiones. Es, asimismo, una región de la que proceden algunas especies sometidas a comercio ilegal. En los últimos años, los Estados miembros han notificado, en particular, incautaciones de marfil y cuernos de rinoceronte en tránsito e importaciones ilegales de aves exóticas y reptiles vivos. También se sabe que varias toneladas de especies de anguilas gravemente amenazadas han sido vendidas ilegalmente a Asia desde la UE.

… con graves implicaciones para el Estado de Derecho, la delincuencia y la seguridad

El tráfico de especies silvestres tiene un efecto desastroso sobre la biodiversidad y supone una amenaza para la supervivencia de algunas especies. Por otra parte, no solo constituye un incentivo para prácticas corruptas sino que las propicia, socavando así el Estado de Derecho. Especialmente en algunas regiones de África, tiene un impacto muy negativo sobre el potencial de desarrollo económico 4 .

El tráfico de especies silvestres es muy atractivo para los delincuentes, ya que resulta sumamente lucrativo y, en la mayoría de los países, la prioridad que se da a su represión es muy baja en comparación con otras formas de tráfico, de manera que las posibilidades de detectarlo y sancionarlo son muy limitadas. Se ha venido informando con regularidad de vínculos con el blanqueo de dinero y otras formas de delincuencia organizada, como el tráfico de drogas y armas de fuego 5 . El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha reconocido que el tráfico de especies silvestres en África Central está recrudeciendo los conflictos y amenazando la seguridad nacional y regional porque constituye una fuente de financiación para las milicias 6 .

Una mayor proyección internacional...

En los últimos años ha aumentado el interés que se concede al tráfico de especies silvestres a nivel político internacional debido al auge de su impacto y magnitud. En julio de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la primera resolución sobre este asunto, copatrocinada por todos los Estados miembros de la UE 7 . El problema también se abordó de forma específica en otros importantes eventos internacionales recientes, como la Conferencia de alto nivel celebrada en Kasane, Botsuana, en marzo de 2015 8 , y la Cumbre del G-7, de junio de 2015 9 . Como consecuencia de esos actos, la comunidad internacional, incluida la UE y sus Estados miembros, adoptó una serie de compromisos conjuntos para intensificar las acciones de lucha contra ese tráfico.

Se han adoptado muchas medidas para combatir el tráfico de especies silvestres en el marco de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES), importantísimo tratado internacional que regula el comercio internacional de especies silvestres, en la que la UE es Parte desde 2015. Los Estados Unidos han creado un grupo de trabajo presidencial y han adoptado una estrategia nacional contra el tráfico de especies silvestres. Los principales países de destino de este tráfico, como China, están haciendo gala de una mayor implicación, especialmente intensificando sus esfuerzos coercitivos, y de su voluntad de cooperar más estrechamente con la UE en estos asuntos. La Unión Africana ha empezado a aplicar una estrategia a escala continental.

... que tiene que traducirse en una actuación sobre el terreno

La EU ya ha dado pruebas de liderazgo en la lucha contra el comercio ilegal de recursos naturales adoptando ambiciosas políticas sobre los productos de la pesca y la madera. Con el presente plan de acción, la UE demuestra su disposición a estar a la altura de las expectativas y compromisos internacionales y a reforzar sus objetivos en lo que se refiere a la lucha contra el comercio ilegal de especies silvestres. Por otra parte, contribuirá a garantizar que las grandes inversiones realizadas en las últimas décadas a través de la ayuda al desarrollo de la UE para la conservación de la vida silvestre en todo el mundo no se vean socavadas por actividades delictivas.

El plan de acción es una contribución importante a los objetivos de desarrollo sostenible fijados en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, acordada por los Jefes de Estado en la Cumbre de las Naciones Unidas de septiembre de 2015. El objetivo 15, que se refiere a la biodiversidad, incluye la meta siguiente: «Adoptar medidas urgentes para poner fin a la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas de flora y fauna y abordar la demanda y la oferta ilegales de productos silvestres» 10 .

En una resolución adoptada en enero de 2014, el Parlamento Europeo instó a que se adoptara un plan de acción 11 . La elaboración de un plan de esas características a nivel de la UE también recibió el apoyo de muchos Estados miembros, organizaciones internacionales, ONG y empresas afectadas durante una consulta de las partes interesadas sobre la estrategia de la UE contra el tráfico de especies silvestres, abierta por la Comisión Europea en febrero de 2014 12 .

La UE y sus Estados miembros deben abordar el problema juntos. Desde 1983, la CITES se aplica en todos los Estados miembros por medio de normas a escala de la UE que regulan el comercio de vida silvestre 13 , y en 2007 la Comisión publicó una Recomendación sobre la ejecución de esas normas 14 .

No obstante, hay informes 15 que ponen de manifiesto la existencia de grandes disparidades en la manera en que los Estados miembros aplican y hacen cumplir esas normas comunes. Esto representa un gran riesgo; los delincuentes pueden aprovecharse fácilmente de esta situación desviando las rutas comerciales, como se ha observado en algunas ocasiones en los últimos años. Por otra parte, en varios informes y durante la consulta de las partes interesadas, se puso de manifiesto que la falta de concienciación y compromiso político obstaculizan también gravemente la lucha eficaz contra el tráfico de especies silvestres.

Para perseguir estos delitos de una manera más uniforme en la UE, una solución puede ser un compromiso conjunto de la Unión y sus Estados miembros en forma de plan de acción para aplicar compromisos internacionales comunes y reconocer a nivel político la importancia de resolver el problema. Ese plan contribuirá a reforzar la credibilidad de la UE en el mundo cuando esta pida a sus socios internacionales que actúen con mayor firmeza contra el tráfico de especies silvestres.

En la aplicación de ese plan de acción, será esencial colaborar estrechamente con las partes interesadas, incluidas las organizaciones de la sociedad civil y los sectores empresariales pertinentes, en relación con muchas medidas específicas para aprovechar al máximo la experiencia y los conocimientos disponibles y garantizar el máximo impacto.

2. Componentes del plan de acción

El plan de acción de la UE incluye una serie de medidas que deben adoptar las instituciones de la UE o los Estados miembros. Esas medidas se exponen en el anexo de la presente Comunicación.

Es evidente que, para que puedan aplicarse esas medidas, será necesario disponer de los suficientes fondos y recursos humanos. El presente plan de acción proporciona el impulso y el marco adecuados para explotar mejor los recursos existentes de la UE. Las medidas se destinan esencialmente a mejorar la cooperación entre todos los agentes interesados, a hacer un uso más eficaz de las políticas y los instrumentos existentes y a reforzar las sinergias entre ellos, de manera que el tráfico de especies silvestres pueda combatirse mejor en toda la UE y en el mundo.

Las medidas, pensadas para resolver de forma holística un problema complejo involucrando a todas las organizaciones pertinentes, se basan en tres prioridades:
1) prevenir el tráfico de especies silvestres y atacar sus causas profundas;
2) aplicar y hacer cumplir las normas existentes más efectivamente y combatir con más eficacia los delitos organizados contra las especies silvestres;
3) reforzar la asociación mundial de países de origen, consumo y tránsito contra el tráfico de especies silvestres.

Los objetivos y las medidas asociadas dentro de cada prioridad se detallan en el cuadro que figura en el anexo.

Prioridad 1: Prevenir el tráfico de especies silvestres y atacar sus causas profundas

Se harán esfuerzos para reducir la oferta y la demanda de productos ilícitos de especies silvestres, tanto dentro de la UE como en todo el mundo, recurriendo a las herramientas específicas disponibles a nivel multilateral (CITES) y de la UE, apoyando campañas concretas y limitando aún más el comercio de marfil dentro de la UE y a partir de ella (objetivo 1.1, véase el cuadro del anexo). Un medio fundamental para atacar las causas profundas del tráfico de especies silvestres consiste en conseguir que las comunidades rurales de los países de origen se impliquen más en la conservación de la vida silvestre y obtengan más beneficios por ello (objetivo 1.2).

Otro aspecto esencial es comprometerse más activamente con los sectores empresariales pertinentes, que van desde los que participan en el comercio de vida silvestre o utilizan productos de especies silvestres hasta los que prestan servicios para el comercio. Esto refleja el compromiso de la UE con la gestión responsable de las cadenas mundiales de suministro 16 (objetivo 1.3). Por último, se adoptarán medidas bilaterales y multilaterales para hacer frente a la corrupción, factor esencial que hace posible el tráfico de especies silvestres, a lo largo de toda la cadena coercitiva (objetivo 1.4).

Prioridad 2: Aplicar y hacer cumplir las normas existentes más efectivamente y combatir con más eficacia los delitos organizados contra las especies silvestres

Aunque las normas existentes a nivel internacional y de la UE sobre el comercio de especies silvestres son adecuadas en general, numerosos estudios e informes ponen de manifiesto 17 la existencia de grandes dificultades a la hora de aplicarlas y hacerlas cumplir. Esto es particularmente cierto en el caso del fenómeno relativamente nuevo de la delincuencia organizada contra las especies silvestres. Deben examinarse las deficiencias de aplicación en todos los Estados miembros, y deben desarrollarse estrategias para corregirlas, de manera que se garantice que las normas vigentes se hagan cumplir de una manera más coherente en toda la UE (objetivo 2.1).

El establecimiento conjunto de prioridades represivas y el apoyo específico de Europol y Eurojust en asuntos transfronterizos contribuirá a que controlar y hacer cumplir la ley adquiera un carácter más estratégico. De acuerdo con la Agenda Europea de Seguridad, en 2016 se realizará una evaluación para determinar si el marco legislativo vigente en la UE para combatir los delitos contra el medio ambiente, en particular la delincuencia organizada contra la vida silvestre, resulta adecuado para el cumplimiento de sus objetivos.

La finalidad del objetivo 2.2 es potenciar la capacidad de todos los eslabones de la cadena coercitiva y del poder judicial para que puedan tomar medidas efectivas contra el tráfico de especies silvestres en la UE. Para ello es preciso actuar a nivel nacional para mejorar la cooperación, la coordinación, la comunicación y el flujo de datos entre agencias mediante el intercambio de las mejores prácticas a nivel de la UE. Tiene que perfeccionarse la base de conocimientos sobre asuntos relacionados con el tráfico de especies silvestres, y la formación es esencial.

Para luchar con más eficacia contra la delincuencia organizada (objetivo 2.3) en el ámbito del tráfico de especies silvestres es preciso sensibilizar a este respecto a los especialistas en crimen organizado, ciberdelincuencia y blanqueo de capitales. Además, todos los Estados miembros deben cumplir los compromisos internacionales que hayan contraído para garantizar que su legislación sobre delincuencia organizada se aplique al tráfico de especies silvestres y se puedan imponer sanciones adecuadas a este tráfico. Por último, debe reforzarse la cooperación internacional para hacer cumplir las leyes (objetivo 2.4) a través de la participación en operaciones policiales, la asistencia técnica y ayuda financiera específica.

Prioridad 3: Reforzar la asociación mundial de países de origen, consumo y tránsito contra el tráfico de especies silvestres

Se adoptará una serie de medidas para aumentar la ayuda financiera a países en desarrollo en su lucha contra el tráfico de especies silvestres para conseguir que la ayuda sea más eficaz y para utilizarla de forma más estratégica. Para ello se evaluarán con exhaustividad las necesidades y se coordinará la ayuda de una forma más eficaz con otros donantes (objetivo 3.1). A fin de reforzar la asociación mundial contra el tráfico de especies silvestres, los instrumentos diplomáticos de la UE y sus Estados miembros y otras herramientas, en particular la política comercial de la UE, deben utilizarse de forma más eficaz en las relaciones con los principales países de origen, consumo y tránsito y con las organizaciones regionales pertinentes (objetivo 3.2).

Deben desarrollarse instrumentos más eficaces para abordar los vínculos que existen en algunas regiones entre tráfico de especies silvestres y seguridad (objetivo 3.3). Por último, deben utilizarse los procesos multilaterales existentes en los acuerdos y foros internacionales para mantener este problema en la agenda mundial, renovar el compromiso político y controlar el cumplimiento de los compromisos. A este respecto, será especialmente importante la próxima Conferencia de las Partes en la CITES, que se celebrará en septiembre de 2016 (objetivo 3.4).

3. Seguimiento y evaluación

El plan de acción abarca los cinco años comprendidos entre 2016 y 2020. En el cuadro del anexo se asigna cada medida a una instancia de la UE (los servicios de la Comisión, el SEAE, Europol, Eurojust) y/o a los Estados miembros, y se establece un calendario para su aplicación. Los servicios de la Comisión y el SEAE establecerán un cuadro de indicadores para el seguimiento de la aplicación.

El Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres creado en virtud del Reglamento (CE) n.º 338/97, compuesto por representantes de las autoridades judiciales y policiales de los Estados miembros de la UE, evaluará los avances dos veces al año. Antes de julio de 2018, la Comisión informará al Consejo y al Parlamento Europeo sobre los avances en la aplicación del plan de acción y sobre si sus prioridades y objetivos resultan ser adecuados y pertinentes. Los progresos realizados y el éxito del plan de acción en la lucha contra el tráfico de especies silvestres se evaluarán en 2020. Sobre esa base, la Comisión considerará qué otras medidas será preciso adoptar.

Un grupo interservicios de la Comisión coordinará las actividades a través de los ámbitos afectados y velará por que todos los servicios pertinentes de la Comisión y el SEAE lleven a cabo las tareas que les hayan sido encomendadas.

4. Vínculos con otras iniciativas y políticas de la UE

El plan de acción sustituirá a la Recomendación 2007/425/CE, por la que se define una serie de actuaciones con vistas a la aplicación del Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

El plan de acción se aplicará de tal modo que se garantice la coherencia con las políticas existentes de la UE que afectan al comercio ilegal de recursos naturales. Entre ellas cabe citar, en particular, el plan de acción de la UE sobre aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT); la política de la UE contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR); e iniciativas de la UE contra el tráfico de residuos, drogas, mercancías falsificadas, armas de fuego o la trata de seres humanos, el blanqueo de capitales y los flujos financieros ilícitos.

Anexo. Cuadro de medidas

Prioridad I. Prevenir el tráfico de especies silvestres y atacar sus causas profundas

Medidas

Respon-sable

Resultados previstos

Calendario

Objetivo 1.1:

Reducir la oferta y la demanda de productos ilícitos de especies silvestres

1. Aumentar las ayudas para campañas de sensibilización y de reducción de la demanda en la UE y en el mundo.

COM/

ARVP 18 /

EM

Se toman las medidas y se ponen a disposición los fondos necesarios para sensibilizar y reducir la demanda de productos ilícitos de especies silvestres dentro de la UE y en terceros países importantes, en particular con respecto a especies comercializadas de forma ilegal en grandes cantidades dentro de la UE.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

EM

Los Estados miembros comparten los instrumentos y materiales de sensibilización existentes.

Finales de 2016.

2. Limitar aún más el comercio de marfil dentro de la UE y a partir de ella.

COM

La Comisión ha publicado directrices para garantizar una interpretación uniforme de las normas de la UE con el fin de suspender la exportación de marfil en bruto preconvención y garantizar que solo se comercialicen en la UE antigüedades de marfil legales.

Finales de 2016.

EM

Los Estados miembros no expiden documentos de exportación y reexportación de marfil en bruto preconvención.

Los Estados miembros únicamente expiden certificados para el comercio dentro de la UE de antigüedades de marfil sobre la base de los criterios establecidos en las directrices.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

3. Reducir o prohibir las importaciones insostenibles en la UE de especies amenazadas, proponiendo su inclusión en los apéndices de la CITES (por ejemplo, especies raras de reptiles).

COM

Se presentan en las Conferencias de las Partes (CoP) en la CITES, para su consideración, nuevas propuestas de inclusión.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Objetivo 1.2:

Velar por que las comunidades rurales de los países de origen se impliquen en la conservación de la vida silvestre y obtengan beneficios de ello

4. Consolidar el compromiso de las comunidades rurales en la gestión y la conservación de la flora y la fauna silvestres.

COM/

EM

En las políticas y la financiación pertinentes de los Estados miembros y la UE se da prioridad a la necesidad de que las comunidades rurales participen adecuadamente en la concepción y aplicación de medidas para combatir el tráfico de especies silvestres.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

5. Apoyar el desarrollo de medios de subsistencia alternativos y sostenibles para las comunidades que viven dentro de hábitats silvestres o en sus alrededores.

COM/

ARVP/

EM

El apoyo a actividades económicas sostenibles que beneficien a comunidades rurales que viven dentro de hábitats silvestres o en sus alrededores es una prioridad de las políticas de la UE y sus Estados miembros sobre la financiación a favor de zonas rurales en los países de origen.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Objetivo 1.3:

Consolidar el compromiso del sector empresarial en los esfuerzos para combatir el tráfico de especies silvestres y fomentar un abastecimiento sostenible de productos de especies silvestres

6. Aumentar la sensibilización de los sectores empresariales que comercian con productos de especies silvestres dentro de la UE o desde ella o que facilitan ese comercio.

COM

Se han identificado a nivel de la UE los principales agentes de los sectores empresariales que participan en el comercio de especies silvestres y se han establecido entre ellos y la Comisión canales de comunicación periódica sobre cuestiones relativas a ese comercio.

Finales de 2016.

COM

Se organizan reuniones del Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres con agentes económicos para debatir cuestiones específicas (por ejemplo, la medicina tradicional china, los animales de compañía exóticos, el sector de los productos de lujo, el turismo cinegético, el transporte, las empresas de mensajería, el comercio en línea).

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

7. Apoyar iniciativas del sector privado destinadas a frenar el comercio ilegal de especies silvestres y fomentar un abastecimiento sostenible de productos de especies silvestres en la UE y a partir de ella.

COM/

EM

Se presta apoyo a las iniciativas privadas existentes y a las asociaciones entre el sector público y el privado, y se comparten las mejores prácticas para fomentar nuevas iniciativas.

Finales de 2017.

Objetivo 1.4:

Acabar con la corrupción asociada al tráfico de especies silvestres

8. Apoyar iniciativas de lucha contra la corrupción asociada al tráfico de especies silvestres a nivel nacional, regional e internacional.

COM/

ARVP

El tráfico de especies silvestres se ha incluido en la política de la UE y en las herramientas contra la corrupción (en particular, en el marco de los diálogos con terceros países clave que reciben apoyo presupuestario).

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

ARVP/

EM

El problema se trata en reuniones bilaterales con los principales países socios y en los foros multilaterales pertinentes, como el G-7, el G-20 o la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

EM

Se ha presentado a la CoP17 de la CITES para su examen una propuesta de resolución pertinente.

Abril de 2016.

Prioridad 2. Aplicar y hacer cumplir las normas existentes más efectivamente y combatir con más eficacia los delitos organizados contra las especies silvestres

Medidas

Respon-sable

Resultados previstos

Calendario

Objetivo 2.1: Garantizar una aplicación más uniforme de las normas de la UE sobre el comercio de especies silvestres y aplicar un enfoque más estratégico a la hora de controlar y hacer cumplir las normas contra el tráfico de especies silvestres a nivel de la UE

9. Desarrollar estrategias para mejorar el cumplimiento a nivel nacional de la legislación de la UE relativa a la vida silvestre.

COM

La Comisión ha evaluado las deficiencias en la aplicación de la normativa de la UE sobre el comercio de vida silvestre en cada Estado miembro y se han presentado recomendaciones sobre cómo corregirlas.

Finales de 2016.

EM

Los Estados miembros aplican las recomendaciones.

2017.

COM

La aplicación de las normas de la UE sobre importación de trofeos de caza en la UE se controla de forma proactiva para asegurarse de que el origen de tales trofeos de caza es legal y sostenible.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

10. Aumentar el índice de detección de actividades ilegales.

EM

Además de los controles en los pasos fronterizos previstos en el Reglamento (CE) n.º 338/97, en el interior de los países también se controla y se garantiza el cumplimiento, en particular mediante inspecciones periódicas de comercios y negocios tales como tiendas de mascotas, criadores y viveros.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

11. Intensificar los esfuerzos para garantizar la aplicación de la hoja de ruta de la UE destinada a la eliminación de la caza, captura y comercio ilegales de aves silvestres (también pertinente en el marco de la prioridad 1).  

COM

Se han proporcionado fondos al Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre la caza ilegal de aves silvestres en el Mediterráneo, establecido de conformidad con la Convención sobre las Especies Migratorias, y ese Grupo de Trabajo ha mantenido su primera reunión.

Mediados de 2016.

COM/

EM

Se adoptan medidas para controlar y garantizar mejor el cumplimiento.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

12. Determinar y evaluar periódicamente los riesgos prioritarios.

EM

A nivel nacional se han establecido prioridades represivas en relación con una serie de especies y productos (como, por ejemplo, anguilas, marfil, cuernos de rinoceronte, reptiles y aves vivas), rutas comerciales y métodos de contrabando específicos.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

Europol/EM

El Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres ha acordado las prioridades determinadas a nivel de la UE, fundándose en una evaluación común basada en el riesgo, en cooperación con Europol.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

13. Reforzar la cooperación entre los Estados miembros en asuntos transfronterizos de tráfico de especies silvestres.

COM/

Europol/Eurojust

En Europol y Eurojust se asignan recursos suficientes para la labor relativa al tráfico de especies silvestres.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Europol/Eurojust/EM

Los Estados miembros de la UE realizan operaciones conjuntas periódicas que implican una cooperación transfronteriza (facilitada por Europol).

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Europol/Eurojust/EM

Se han creado equipos conjuntos de investigación en los que participan Europol y Eurojust.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

14. Revisar el marco legislativo y político de la UE sobre los delitos contra el medio ambiente de acuerdo con la Agenda Europea de Seguridad.

COM

Se ha revisado la eficacia de la Directiva 2008/99/CE, en particular en relación con las sanciones penales aplicables al tráfico de especies silvestres en toda la UE.

2016.

Objetivo 2.2: Potenciar la capacidad de todos los eslabones de la cadena coercitiva y del poder judicial para combatir el tráfico de especies silvestres

15. Reforzar la cooperación, la coordinación, la comunicación y el flujo de datos entre las autoridades policiales responsables de los Estados miembros.

EM

En cada Estado miembro se ha establecido un mecanismo de coordinación (un grupo de trabajo o un memorándum de acuerdo) entre las entidades pertinentes (aduanas, policía, servicios de inspección, órganos de gestión y autoridades de observancia de la CITES), y todas las autoridades con responsabilidades en este ámbito tienen acceso a los canales de comunicación pertinentes.

Mediados de 2017.

EM

Los Estados miembros han estudiado diferentes opciones respecto al intercambio de datos entre las autoridades responsables en este ámbito en el marco de la legislación nacional.

Mediados de 2017.

COM/

EM

Las mejores prácticas aplicadas en los Estados miembros respecto a la cooperación entre autoridades y al control y la garantía del cumplimiento se recopilan y ponen en común a nivel de la UE a través del Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

16. Mejorar la base de conocimientos sobre los controles, las investigaciones y los procesos y actuaciones judiciales contra el tráfico de especies silvestres.

EM

Los Estados miembros proporcionan de forma más sistemática a la Comisión los datos cualitativos y estadísticos pertinentes, en particular información sobre los controles, investigaciones, incautaciones, juicios y sentencias, incluidas las sanciones impuestas, e información sistemática a Europol sobre todos los asuntos con implicaciones transfronterizas o con aspectos relacionados con la delincuencia organizada.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

EM

Se ha simplificado la metodología de recogida de datos en el ámbito del tráfico de especies silvestres en toda la UE y se ha sensibilizado a los grupos de expertos pertinentes en estadísticas sobre delitos.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

ENPE

En la red ENPE 19 se ha creado una base de datos sobre la jurisprudencia de los Estados miembros en relación con el tráfico de especies silvestres para facilitar el intercambio de conocimientos.

Mediados de 2017.

17. Reforzar la formación de todas las partes de la cadena coercitiva, con inclusión de actividades conjuntas de formación.

COM

La formación sobre el tráfico de especies silvestres forma parte del programa de formación de instituciones de la UE tales como CEPOL, ERA y otras.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

EM

El material de formación existente se compila y comparte dentro de la UE.

Finales de 2016.

COM

La formación contra el tráfico de especies silvestres es subvencionable con cargo a los distintos instrumentos financieros pertinentes de la UE (LIFE, Fondo de Seguridad Interior, etc.)

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

EM

En los Estados miembros se imparte periódicamente formación a toda la cadena coercitiva y del poder judicial, en particular sesiones conjuntas de formación que reúnen a los policías, fiscales y jueces pertinentes.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

18. Consolidar redes de profesionales o, en su caso, crearlas, a nivel nacional y regional, y reforzar la cooperación entre ellas.

EM

En cada Estado miembro se ha apoyado la creación de las redes nacionales pertinentes.

Mediados de 2017.

COM

Se organizan reuniones conjuntas de las redes pertinentes de la UE 20 .

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

19. Mejorar el cuidado de las plantas y los animales vivos incautados o confiscados.

EM

Todos los Estados miembros cuentan con instalaciones para el cuidado temporal de los especímenes vivos incautados o confiscados y con mecanismos para su realojamiento a largo plazo, en caso necesario. Se presta asistencia a otros Estados miembros.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Objetivo 2.3: Combatir con más eficacia la delincuencia organizada contra las especies silvestres

20. Evaluar con periodicidad la amenaza que plantea el tráfico organizado de especies silvestres en la UE.

Europol

En las evaluaciones de la amenaza de la delincuencia grave y organizada (evaluaciones SOCTA) se examina la amenaza del tráfico de especies silvestres, teniendo en cuenta los datos y, si es posible, las evaluaciones nacionales de amenazas facilitados por los Estados miembros.

Acción constante; primera etapa en el primer semestre de 2017.

21. Potenciar la capacidad de los expertos pertinentes para abordar los vínculos entre el tráfico de especies silvestres y la delincuencia organizada, incluidos los ciberdelitos y los flujos financieros ilícitos asociados.

COM/

EM

Se realizan campañas de sensibilización en los foros pertinentes [Red de Fiscales contra el Crimen Organizado (REFCO) y unidades nacionales de investigación financiera, de la delincuencia organizada y de la ciberdelincuencia].

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

EM

Se han potenciado las capacidades para combatir en línea el tráfico de especies silvestres dentro de las unidades competentes y se garantiza la existencia de canales para activar la asistencia de las unidades especializadas en ciberdelincuencia en casos específicos (por ejemplo, investigaciones en la web «oscura», sobre el uso indebido de monedas virtuales, etc.).

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

EM

Esta cuestión se ha inscrito en la agenda del GAFI 21 , de la red CARIN 22 y del Grupo Egmont de Unidades de Información Financiera.

Finales de 2016.

COM/

EM

Se ha solicitado al GAFI que elabore orientaciones sobre los vínculos existentes entre el blanqueo de capitales y el tráfico de especies silvestres.

Finales de 2016.

EM

Se organizan cursos de formación sobre la investigación de flujos financieros ilícitos relacionados con el tráfico de especies silvestres.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

22. Los Estados miembros asegurarán, en consonancia con los compromisos internacionales contraídos, que el tráfico organizado de especies silvestres se considera en toda la UE un delito grave en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, es decir, que es sancionable con una pena privativa de libertad de al menos cuatro años.

EM

Se ha revisado y, en caso necesario, modificado, la legislación nacional pertinente.

Finales de 2017.

23. Los Estados miembros examinarán, en consonancia con la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la legislación nacional sobre blanqueo de capitales para garantizar que los delitos relacionados con el tráfico de especies silvestres puedan considerarse delitos principales y sean procesables en virtud de la legislación nacional sobre productos del delito.

EM

Se ha revisado y, en caso necesario, modificado, la legislación nacional pertinente.

Finales de 2017.

Objetivo 2.4: Reforzar la cooperación internacional para hacer cumplir las leyes contra el tráfico de especies silvestres

24. Intensificar la cooperación para hacer cumplir las leyes entre las autoridades policiales de la UE y los Estados miembros y los principales terceros países y otras redes regionales de cumplimiento y observancia en materia de vida silvestre y las redes pertinentes a nivel mundial [el Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre (ICCWC) 23 y la Red Internacional de Cumplimiento Ambiental (INECE)].

COM/

Europol

Se celebran reuniones conjuntas entre Europol, el Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres, las redes regionales de cumplimiento y observancia pertinentes (por ejemplo, ASEAN-WEN y el Grupo operativo del Acuerdo de Lusaka) e INECE.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM

Se comparten las mejores prácticas en materia de cooperación para hacer cumplir las leyes.

Finales de 2016.

EM/

Europol

Los Estados miembros, asistidos por Europol, participan en operaciones policiales conjuntas a nivel internacional.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

25. Apoyar el refuerzo de las capacidades para perseguir los delitos en los principales países de origen y de destino, incluso dentro de espacios protegidos.

COM/

ARVP/

EM

Se están financiando constantemente actividades del ICCWC, incluidas las evaluaciones de sistemas de persecución de delitos basados en el Conjunto de Instrumentos Analíticos para combatir los delitos contra la vida silvestre y los bosques del ICCWC.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

COM/

ARVP/

EM

Se tienen en cuenta los resultados de las recomendaciones del Conjunto de Instrumentos del ICCWC en el apoyo específico a terceros países.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Prioridad 3. Reforzar la asociación mundial de países de origen, consumo y tránsito contra el tráfico de especies silvestres

Medidas

Respon-sable

Resultados previstos

Calendario

Objetivo 3.1:

Proporcionar a los países en desarrollo una ayuda incrementada, más eficaz y más estratégicamente focalizada.

26. Garantizar que las medidas contra el tráfico de especies silvestres puedan obtener financiación de la UE en el marco de los programas pertinentes en los ámbitos de la gestión de los recursos naturales, el medio ambiente, la delincuencia organizada, la seguridad y la gobernanza.

COM/

ARVP

El planteamiento estratégico para la conservación de la vida silvestre en África 24 se utiliza como base para la programación de la ayuda al desarrollo pertinente.

Se desarrollan otros planteamientos estratégicos regionales o temáticos.

Las fuentes de financiación de la cooperación al desarrollo, en particular el Fondo Europeo de Desarrollo (FED), el Instrumento de Cooperación al Desarrollo (ICD), el Instrumento en pro de la estabilidad y la paz y otros instrumentos financieros, como el Instrumento de Asociación, se movilizan contra el tráfico de especies silvestres en el marco de las dotaciones financieras acordadas de los programas considerados y se estudian otras posibles fuentes de financiación.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

27. Aumentar la eficacia de la ayuda financiera concedida a la lucha contra el tráfico de especies silvestres.

COM/

ARVP/

EM

Se organizan reuniones periódicas en países clave para coordinar las actividades de los donantes.

Se solicita a los países beneficiarios que comuniquen hasta qué punto las medidas contra el tráfico de especies silvestres financiadas por la UE han sido eficaces para solucionar el problema (utilizando indicadores tales como el número de incautaciones y enjuiciamientos seguidos de condena).

Acción constante; primera etapa a finales de 2016. 

Objetivo 3.2:

Reforzar y coordinar mejor la acción contra el tráfico de especies silvestres y sus causas profundas con los países de origen, tránsito y consumo pertinentes

28. Intensificar el diálogo con los principales países de origen, tránsito y consumo, en particular con las comunidades locales, la sociedad civil y el sector privado.

COM/

ARVP/

EM

Se han identificado los países prioritarios.

Se han establecido estructuras específicas para el diálogo y la cooperación técnica.

Esta cuestión se incluye sistemáticamente en el orden del día de los diálogos políticos y sectoriales y de las reuniones de alto nivel con los principales países o regiones terceros.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

ARVP/

EM

Se ha creado una red de puntos de contacto en las delegaciones y embajadas de los países pertinentes, recurriendo, en su caso, a las estructuras ya existentes, como la Red de Diplomacia Verde.

Finales de 2016.

29. Los instrumentos y políticas comerciales de la UE se utilizan proactivamente para apoyar la lucha contra el tráfico de especies silvestres.

COM/

ARVP

La UE ha propuesto incluir compromisos ambiciosos para combatir el tráfico de especies silvestres en futuros acuerdos de libre comercio, en particular con Japón y los Estados Unidos [Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (TTIP)].

En los acuerdos de libre comercio existentes y en el régimen SPG + se ha incluido un control proactivo de la aplicación de los compromisos relacionados con el tráfico de especies silvestres.

El tráfico de especies silvestres se incluye en el orden del día de los diálogos comerciales bilaterales de la UE con los principales socios y del Comité de Comercio y Medio Ambiente de la OMC.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

30. Reforzar la cooperación en la lucha contra el tráfico de especies silvestres con las organizaciones regionales pertinentes, como la Unión Africana, la SADC, la Comunidad del África Oriental y la ASEAN, así como en los foros multilaterales pertinentes, como la ASEM.

COM/

ARVP

Esta cuestión se incluye periódicamente en el orden del día de las reuniones de alto nivel.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Objetivo 3.3:

Abordar los aspectos del tráfico de especies silvestres relacionados con la seguridad

31. Mejorar la base de conocimientos y desarrollar estrategias para abordar los vínculos entre el tráfico de especies silvestres y la seguridad.

COM/

ARVP

Se ha iniciado un estudio para mejorar la base de conocimientos sobre los vínculos existentes entre el tráfico de especies silvestres y otras formas de delincuencia organizada y la financiación de milicias o grupos terroristas.

Mediados de 2016.

COM/

ARVP/

EM

Sobre la base de los resultados, se han acordado las próximas etapas en los foros pertinentes de la UE.

Mediados de 2017.

COM/

ARVP/

EM

Los aspectos del tráfico de especies silvestres relacionados con la seguridad se tienen en cuenta en las evaluaciones globales de la UE sobre la situación de los terceros países pertinentes.

Finales de 2016. 

ARVP/

EM

Se ha reforzado la cooperación entre la UE y las Naciones Unidas sobre el comercio ilícito de especies silvestres en el contexto del mantenimiento de la paz y la gestión de crisis.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

Objetivo 3.4

Reforzar los esfuerzos multilaterales para luchar contra el tráfico de especies silvestres

32. Respaldar la adopción y ejecución de decisiones, resoluciones y declaraciones políticas firmes sobre el tráfico de especies silvestres en instrumentos internacionales y foros multilaterales.

COM/

ARVP/

EM

Esta cuestión se aborda en los marcos siguientes:

la CITES, incluso, si resulta necesario, mediante el apoyo a la imposición de sanciones comerciales en caso de incumplimiento,

la Convención sobre las especies migratorias - Plan de Acción de Túnez 2013-2020 para la erradicación de la matanza, la captura con trampas y el comercio ilegal de aves silvestres en el marco del Convenio de Berna relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa,

las iniciativas multilaterales pertinentes a nivel mundial (Naciones Unidas, los procesos de seguimiento de Londres y Kasane, el G-7, el G-20, etc.).

La UE y sus Estados miembros controlan periódicamente la aplicación de los compromisos contraídos en esos foros.

Acción constante; primera etapa a finales de 2016.

(1)

     Por tráfico de especies silvestres se entiende el comercio ilegal, internacional o no, de animales y plantas silvestres y de productos derivados, así como los delitos estrechamente interrelacionados, como la caza furtiva.

(2)

      https://www.unodc.org/unodc/en/frontpage/2014/May/wildlife-crime-worth-8-10-billion-annually.html

https://cites.org/esp/node/15648   http://www.gfintegrity.org/report/briefing-paper-transnational-crime/ .

(3)

     En el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a la presente Comunicación [SWD(2016) 38] se expone con más detalle la magnitud del tráfico de especies silvestres en el mundo y el papel de la UE en el comercio ilegal.

(4)

     Véase el documento SWD(2016) 38.

(5)

     Véase el documento SWD(2016) 38.

(6)

     Resoluciones 2134 (2014) y 2136 (2014); Informe del Secretario General sobre la situación en África Central y las actividades de la Oficina Regional de las Naciones Unidas para África Central, 30 de noviembre de 2015.

(7)

     Resolución 69/314.

(8)

      https://www.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/421074/iwt-kasane-statement-spanish.pdf .

(9)

      https://www.g7germany.de/Content/EN/_Anlagen/G7/2015-06-08-g7-abschluss-eng_en.pdf?__blob=publicationFile&v=3 , p. 11.

(10)

     Meta 15.7.

(11)

     Véase la Resolución 2013/2747(RSP) del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2014.

(12)

     Véanse los documentos COM(2014) 64 y SWD(2014) 347.

(13)

     Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo.

(14)

     DO L 159 de 20.6.2007, p. 45.

(15)

     Véase el documento SWD(2016) 38.

(16)

     Véase el documento COM(2015) 497 «Comercio para todos. Hacia una política de comercio e inversión más responsable».

(17)

     Véase el documento SWD(2016) 38.

(18)

     Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad / Vicepresidente de la Comisión Europea.

(19)

     Red Europea de Fiscales por el Medio Ambiente.

(20)

     Por ejemplo, el Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres, la Red Europea de Fiscales por el Medio Ambiente (ENPE), el Foro Europeo de Jueces para el Medio Ambiente (EUFJE), el Grupo de expertos PARCS sobre acción aduanera para proteger la salud, el patrimonio cultural, el medio ambiente y la naturaleza y EnviCrimeNet.

(21)

     Grupo de Acción Financiera Internacional.

(22)

     Red Interinstitucional de Recuperación de Activos de Camden.

(23)

     Compuesto por Interpol, la Secretaría de la CITES, la Organización Mundial de Aduanas, la UNODC y el Banco Mundial.

(24)

     Larger than elephants - Inputs for an EU strategic approach to wildlife conservation in Africa – Synthesis, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, 2015.