Bruselas, 18.12.2015

COM(2015) 906 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

Tercer Informe sobre el progreso realizado por Kosovo* para cumplir los requisitos de la hoja de ruta de liberalización de visados

{SWD(2015) 706 final}


1. INTRODUCCIÓN

El 19 de enero de 2012, la Comisión Europea puso en marcha un diálogo sobre la liberalización del régimen de visados con Kosovo y, el 14 de junio de ese mismo año, entregó al Gobierno de Kosovo 1* una hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados. En dicho documento se señalaban las leyes y todas las demás medidas que Kosovo debía adoptar y aplicar para avanzar hacia la liberalización del régimen de visados.

La Comisión ha adoptado dos informes sobre los progresos realizados por Kosovo en el diálogo sobre el régimen de visados: el primero, el 8 de febrero de 2013 2 y el segundo, el 24 de julio de 2014 3 . Los informes contenían una evaluación de los avances realizados por Kosovo, recomendaciones a sus autoridades y datos estadísticos sobre la repercusión prevista de la liberalización del régimen de visados sobre la seguridad y la migración.

El presente documento es el tercer informe en el que se plasma la evaluación de la Comisión sobre los avances realizados por Kosovo en el cumplimiento de los requisitos de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados. En él se resumen las principales novedades relativas a la aplicación de la legislación y se formulan recomendaciones en ámbitos en los que son necesarias medidas adicionales para cumplir plenamente los requisitos de la hoja de ruta. Va acompañado de un documento de trabajo de los Servicios de la Comisión 4 , donde se abordan las repercusiones previstas de la liberalización de régimen de visados en la seguridad y la migración.

El informe y el documento de trabajo se basan en los informes presentados por el Gobierno de Kosovo, en los informes redactados por los expertos de los Estados miembros de la UE que participaron en las misiones de evaluación realizadas en julio de 2015, en la información remitida por la Oficina de la UE en Kosovo, la Misión EULEX y las agencias de la UE, así como en las estadísticas recopiladas por Eurostat y presentadas por los Estados miembros.

El diálogo sobre visados se desarrolla sin perjuicio de la posición de los Estados miembros de la UE con respecto al estatuto de Kosovo.

2. REQUISITOS RELATIVOS A LA READMISIÓN Y LA REINTEGRACIÓN

2.1. Readmisión

Kosovo cumple los siete requisitos en materia de readmisión.

Su marco jurídico sobre readmisión ha entrado en vigor. Ha celebrado acuerdos de readmisión con 17 Estados miembros de la UE, tres Estados asociados al espacio Schengen y dos países de los Balcanes Occidentales 5 . Ha celebrado también acuerdo de readmisión con Turquía el 15 de diciembre de 2015 y ha iniciado negociaciones con otros países.

La readmisión de los ciudadanos kosovares funciona correctamente, incluida la referida a las personas vulnerables 6 . Kosovo ha mejorado la tramitación de solicitudes; los asuntos pendientes han dejado de ser un motivo de preocupación. No hay datos sobre la readmisión de nacionales de terceros países y apátridas.

2.2. Reintegración

Kosovo cumple dos de los tres requisitos en materia reintegración.

El presupuesto de Kosovo asignó 3,2 millones de euros al Fondo de Reintegración en 2015, lo que incluía 1 millón de euros para la construcción de alojamientos para retornados. Un 20 % de dicha cantidad se gastó durante el primer semestre de este año. Se ha establecido un sistema de gestión de casos que facilita el acceso de los retornados a los servicios de reintegración. La fecha límite para poder optar a las prestaciones sigue siendo julio de 2010, aunque quienes abandonaron Kosovo posteriormente también pueden acceder, al retornar, a una serie de servicios de emergencia, tales como transporte, alojamiento y asistencia sanitaria. Las personas vulnerables gozan de acceso a toda la gama de servicios financiados con cargo a este fondo, independientemente de su fecha de salida de Kosovo.

Durante el primer semestre de 2015, 1 542 de los 2 744 retornados registrados en el sistema de gestión de casos (un 56 %) recibió, a su regreso a Kosovo, asistencia inmediata en forma de transporte, alojamiento, alimentación y asistencia médica; 256 personas de entre las registradas en el sistema (un 9 %) fueron beneficiarias de servicios de reintegración «sostenibles», como subsidios para solicitantes de empleo y ayuda para planes empresariales. Deberían reforzarse los programas de formación para retornados cualificados y la reintegración de menores en el sistema escolar, a través, en concreto, de formación lingüística.

Recomendación nº 1:

-Para cumplir plenamente los requisitos en materia de reintegración, debe consumirse íntegramente la dotación del Fondo de Reintegración, haciéndose hincapié en la oferta de asistencia en materia de empleo, la constitución de pequeñas empresas, la formación profesional y la formación lingüística de menores.

3. BLOQUE 1: SEGURIDAD DE LOS DOCUMENTOS

Kosovo cumple ocho de los nueve requisitos en materia de seguridad de los documentos.

Los elementos de seguridad de los documentos de viaje personales y los documentos de identidad y filiación son satisfactorios. Tales documentos cumplen las normas de seguridad de la Organización de Aviación Civil Internacional y de la UE.

El sistema de registro del estado civil de Kosovo ha experimentado una gran mejora. El trabajo en curso tiene por objeto crear una única base de datos central que fusione los datos de todas las bases de datos existentes y verifique la integridad y la calidad de los datos correspondientes. En el marco de una formación adecuada, en julio de 2015 se presentó una nueva versión del sistema que exige una rigurosa verificación cada vez que se expide un nuevo certificado del estado civil.

A los ciudadanos se les asigna un número de identificación personal único, asociado a sus datos biométricos, al solicitar un documento de estado civil. Este método ha permitido que la Agencia de Registro Civil verifique los datos personales de 1 602 453 ciudadanos o un 86 % de la población.

En 2014, la Agencia de Registro Civil celebró memorandos de acuerdo con el Consejo del Ministerio Fiscal, el Consejo Judicial, la Policía, la Unidad de Inteligencia Financiera, la Administración Tributaria y el Servicio de Aduanas de Kosovo para garantizar la interoperabilidad de sus respectivas bases de datos. La mayoría de estas bases de datos está ahora interconectada.

La modificación de nombres y apellidos se rige con arreglo a legislación secundaria adoptada en mayo de 2015 y modificada en noviembre de 2015. Condicionadas a un examen de antecedentes penales y a la confirmación de que el solicitante no es objeto de investigación penal, la policía y las autoridades judiciales deben aprobar las solicitudes, que solo pueden presentarse una vez cada cinco años. Las modificaciones adoptadas en noviembre de 2015 disponen la creación de un comité especial en la Agencia de Registro Civil para verificar las solicitudes de cambio de nombre sobre la base de extractos del sistema de registro del estado civil. En el futuro, está previsto que este comité asesore a los municipios a propósito de la aprobación de las solicitudes. Esta legislación modificada debe aplicarse íntegramente en adelante.

Recomendación nº 2:

-Para cumplir plenamente los requisitos en materia de seguridad de los documentos, Kosovo deberá demostrar que ha aplicado su legislación secundaria modificada en materia de cambio de nombre.

4. BLOQUE 2: GESTIÓN DE LAS FRONTERAS / LA LÍNEA DIVISORIA Y GESTIÓN DE LA MIGRACIÓN

4.1. Gestión de las fronteras / la línea divisoria

Kosovo cumple catorce de los quince requisitos sobre gestión de las fronteras / la línea divisoria, incluido el relativo a la responsabilidad de los transportistas.

La legislación kosovar es, en su mayoría, compatible con el acervo de Schengen, y los controles se efectúan con arreglo a las normas de la UE. Las fronteras o los pasos fronterizos están adecuadamente equipados para realizar controles de primera y segunda líneas, con la excepción de Merdare/Merdarë, donde se está estableciendo un paso fronterizo para la gestión integrada de la frontera común. Según las recomendaciones de la misión de expertos llevada a cabo en julio de 2015, las autoridades kosovares reintrodujeron a mediados de noviembre de 2015 controles de salida en los principales pasos fronterizos con Albania.

Las autoridades competentes cuentan con el personal adecuado para el control de los flujos de tráfico y los desplazamientos de viajeros. Están suficientemente equipadas para desempeñar tareas de vigilancia fronteriza. Se emplean métodos de análisis de riesgos para supervisar las zonas de riesgo elevado, aunque el nivel de detección es bajo. La Agencia Alimentaria y Veterinaria tiene acceso a Internet.

El centro de gestión integrada de las fronteras (GIF) funciona a pleno rendimiento. Se compone de personal de todas las autoridades competentes y es responsable de los análisis de riesgo estratégico y operativo a nivel central, del intercambio de información y de la protección de datos. A nivel local, el análisis de riesgos se efectúa en los pasos fronterizos.

La cooperación con los países vecinos ha mejorado. Kosovo debe ratificar el acuerdo en materia de definición de fronteras y líneas divisorias con Montenegro.

La cooperación de Kosovo con FRONTEX ha mejorado considerablemente Todas las autoridades competentes son conscientes de la situación en materia de delincuencia en las fronteras y líneas divisorias, aunque la cifra de asuntos de migración irregular, trata de seres humanos y tráfico de estupefacientes detectados e investigados sigue siendo baja.

Recomendación nº 3:

Para cumplir plenamente los requisitos en materia de gestión de las fronteras y líneas divisorias, Kosovo deberá ratificar el acuerdo en materia de definición de fronteras y líneas divisorias con Montenegro antes de que se conceda a sus ciudadanos la exención de visado.

4.2. Gestión de la migración

Kosovo cumple los diez requisitos sobre gestión de la migración.

La legislación kosovar en materia de gestión de la migración es compatible con el acervo de la UE.

El sistema de información sobre visados de Kosovo se ha desplegado en 15 de las 30 misiones diplomáticas o consulares de Kosovo en el extranjero. Las 15 misiones restantes no vinculadas al sistema suelen ubicarse en Estados miembros de la UE o Estados asociados al espacio Schengen en los que al menos un puesto consular, por lo general el de la capital, se ha vinculado a este sistema. Debido a lo limitado de la representación diplomática kosovar en el mundo, el sistema de información sobre visados solo está disponible en unas pocas capitales americanas, africanas o asiáticas. Para ofrecer este sistema a todos los nacionales de terceros países que solicitan visado para entrar en Kosovo 7 , las autoridades kosovares han empezado a subcontratar la tramitación de las solicitudes de visado a proveedores de servicio externos, aunque conservan el control sobre las resoluciones en materia de visado. Este proceso debe continuar.

Con arreglo al Código de Fronteras Schengen, los visados se expiden únicamente en las fronteras de Kosovo en circunstancias excepcionales 8 .

El perfil migratorio ampliado de Kosovo está muy avanzado Podría, no obstante, perfeccionarse a través de la incorporación de información sobre la diáspora kosovar.

En 2014, Kosovo expidió 77 permisos de residencia a extranjeros. Toda vez que la integración de los extranjeros se halla en una etapa muy temprana, Kosovo debe aplicar en este ámbito la experiencia que ha recabado a través de la gestión de su programa de reintegración.

Kosovo gestiona sus centros de internamiento, uno temporal en el aeropuerto de Pristina y otro permanente en Vranidoll, de conformidad con la Directiva de la UE sobre el retorno. Los retornados cuentan con garantías procesales adecuadas y gozan de acceso a servicios, según exige la Directiva. Debe ofrecerse, en ambos centros, un folleto que describa las garantías procesales para los retornados.

Se está procediendo a interconectar las diversas bases de datos policiales y sobre migración. 9

4.3. Asilo

Kosovo cumple seis de los siete requisitos en materia de asilo.

La legislación de Kosovo es compatible con el acervo de la UE y cuenta con la estructura institucional y los recursos necesarios para ofrecer protección internacional a los solicitantes de asilo.

Según el ACNUR, 62 y 98 personas solicitaron asilo en Kosovo, respectivamente, en 2013 y 2014. Cuatro solicitantes recibieron protección subsidiaria en 2013 y uno en 2014. Aunque, hasta la fecha, la ruta migratoria de los Balcanes Occidentales ha dejado de lado Kosovo, el país debe utilizar sus recursos para ofrecer protección internacional a quienes la merezcan.

Kosovo ha potenciado su cooperación con el ACNUR en 2015, concretamente en el ámbito de la interpretación remota. Ha elaborado su propia lista de intérpretes y celebrado un acuerdo con el ACNUR para hacer uso de sus recursos de interpretación remota en idiomas que no quedan cubiertos por su combinación nacional.

Recomendación nº 4:

-Para cumplir íntegramente los requisitos en materia de asilo, Kosovo debe examinar las razones de su bajo índice de aceptación de solicitudes de asilo.

5. BLOQUE 3: ORDEN PÚBLICO Y SEGURIDAD

5.1. Prevención y lucha contra la delincuencia organizada, la corrupción y el terrorismo

Kosovo cumple doce de los quince requisitos en materia de lucha contra la delincuencia organizada, la corrupción y el terrorismo.

En junio de 2015, la Asamblea adoptó enmiendas a las cuatro leyes principales 10 en las que se fundamenta el sistema de justicia penal de Kosovo. A través de estas enmiendas se han armonizado los criterios para el nombramiento de jueces, la destitución de jueces y fiscales y el refuerzo de su independencia, al concedérseles la facultad de proponer sus propios presupuestos. Se están cubriendo vacantes en el Consejo Judicial y el Consejo del Ministerio Fiscal de Kosovo 11 .

En octubre de 2015, el Consejo Judicial de Kosovo transfirió a tres jueces a la sección de delitos graves del Tribunal de Primera Instancia de Pristina, con lo que la cifra total de jueces es de 14. Esta evolución favorable debe hacerse extensiva a todas las secciones de delitos graves de los tribunales kosovares. Reforzar los recursos humanos de las secciones de delitos graves de los tribunales de primera instancia, incluidos jueces cualificados y personal auxiliar a los que se dote de un presupuesto adecuado, ha de convertirse en una prioridad para Kosovo.

En 2014, el Consejo Judicial de Kosovo adoptó una estrategia para reducir el volumen de causas acumuladas a través de la cual se pretende lograr, a finales de 2016, la ejecución de la mayoría de las sentencias en asuntos contenciosos-administrativos 12 . El Consejo Judicial de Kosovo debe priorizar el uso de sus escasos recursos de manera que los jueces de secciones de delitos graves, que han de contar de un personal auxiliar adecuado, puedan concentrarse en dictar sentencia en causas de delincuencia organizada grave y corrupción.

El historial kosovar de sentencias dictadas en causas de delincuencia organizada grave y corrupción sigue siendo pobre, debido en parte a los problemas de capacidad del poder judicial 13 . Para rectificar este problema, el Fiscal General nombró en octubre de 2015 al responsable en funciones de la Fiscalía Especial coordinador central responsable de la identificación y la selección de causas de delincuencia organizada grave y de corrupción de gran relieve. Kosovo habrá de considerar ahora la conveniencia de encomendar a la oficina del coordinador central el mandato de dirigir equipos multidisciplinares, compuestos de fiscales especiales, funcionarios policiales y funcionarios de la Administración tributaria y dotarla de los recursos necesarios para llevar a cabo investigaciones financieras y supervisar el seguimiento judicial de las causas de delincuencia organizada y corrupción de gran relieve, lo que comprende la facultad de embargar preventivamente y confiscar activos, ejecutar las órdenes de incautación y restituir a la sociedad el patrimonio obtenido ilegalmente.

Kosovo está trabajando en el desarrollo de un sistema integrado de gestión de casos que permita el seguimiento de tales casos desde las fases de recopilación de información e investigación hasta la condena definitiva y la recuperación patrimonial, pasando por las diligencias judiciales. La oficina del coordinador central responsable de las causas de delincuencia organizada y corrupción de gran relieve debe adoptar medidas para reforzar los vínculos operativos e informáticos entre las autoridades policiales y el ministerio fiscal. Se están llevando a cabo las labores preparatorias.

Se ha ejecutado la estrategia del Gobierno de 2014 relativa a la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, aunque el índice de sentencias condenatorias por blanqueo de capitales sigue siendo bajo.

Kosovo ha logrado ciertos avances en cuanto al embargo preventivo o la incautación de activos obtenidos ilegalmente, aunque solo se ha confiscado una pequeña fracción de tales activos 14 . A falta de un número suficiente de órdenes de confiscación, la Agencia de Gestión de Patrimonio Embargado y Confiscado está obligada a gestionar de manera indefinida los activos embargados por las autoridades policiales. La ley de 2013 sobre la ampliación de las facultades de confiscación debe aplicarse plenamente.

En 2015, Kosovo ha reforzado de manera considerable las actividades de investigación policial basadas en la inteligencia, que deben mantenerse. La policía kosovar tiene acceso a una serie de bases de datos necesarias para su trabajo.

Se está llevando a cabo el trabajo conducente a la elaboración de una base de datos de antecedentes penales, pero aún debe introducirse la totalidad de los datos en el sistema.

La contratación pública sigue siendo una importante fuente de corrupción en Kosovo. El 14 de diciembre de 2015, la Asamblea adoptó una enmienda legislativa sobre contratación pública que, entre otras cuestiones, dispone la creación de una plataforma de contratación electrónica y persigue la regularización de los miembros de la Comisión Reguladora de Contratación Pública, que gestiona los contratos públicos en Kosovo, y del Organismo de Examen de la Contratación Pública, que examina las resoluciones de dicha comisión. Las enmiendas legislativas deben entrar en vigor en enero de 2016. En vista de las acusaciones de connivencia entre el Organismo de Examen y el poder judicial y de corrupción del responsable de dicho Organismo, es fundamental que Kosovo adopte las garantías adecuadas para asegurar la independencia operativa de dicho Organismo de Examen. Deben aplicarse unos planes de integridad rigurosos para proteger la independencia de ambos órganos.

La Agencia de Lucha contra la Corrupción y el Consejo de Lucha contra la Corrupción, dirigidos por el Presidente de Kosovo, han reforzado su cooperación. La Agencia de Lucha contra la Corrupción cuenta con recursos adecuados y sigue encargándose de examinar las declaraciones patrimoniales y de supervisar los conflictos de interés en el sector público.

La ley de financiación de partidos de Kosovo comenzó aplicarse con ocasión de la campaña electoral de 2014. La Comisión Electoral Central (CEC) cuenta ahora con una plantilla de personal adecuada Durante la campaña del año pasado, todos los partidos políticos presentaron a la CEC sus informes económicos y algunos de ellos fueron multados por haberlos presentado tarde.

La ley de interceptación de las telecomunicaciones de Kosovo se adoptó en mayo de 2015. La ley distingue claramente entre puntos de vista jurídicos, procesales y técnicos, entre interceptación legal con fines vinculados a la justicia penal y protección de la seguridad de Kosovo. Esta legislación regula también la conservación de datos. Se está procediendo a la aplicación de este acto legislativo básico.

Se ha puesto en funcionamiento en Kosovo un sistema de protección de testigos. La Dirección de Protección de Testigos de la Policía cuenta con personal adecuado y un presupuesto suficiente. Se ha celebrado una serie de acuerdos de reubicación con terceros países.

Kosovo ha logrado ciertos avances en la lucha contra el tráfico de estupefacientes. En 2013 y 2014 aumentaron las cantidades incautadas de marihuana, heroína y cocaína. Kosovo ha celebrado una serie de memorandos de acuerdo con sus socios principales y participa, a través de su unidad de cooperación policial internacional (ILECU), en las iniciativas de lucha contra el tráfico de estupefacientes, «Ruta de los Balcanes Occidentales» y «Equipo de Investigación Conjunta de los Balcanes», dirigidas por Europol. La mayoría de asuntos de delincuencia organizada investigados por la policía se refiere al tráfico de estupefacientes, pese a que el índice de sentencias condenatorias relacionadas con aquellos sigue siendo bajo.

La respuesta de Kosovo frente a la trata de seres humanos y al tráfico ilícito de migrantes es aceptable. La policía dispone de personal suficiente para investigar delitos relacionados con la trata de seres humanos y el tráfico ilícito de migrantes. De resultas de la crisis migratoria extraordinaria que afectó a Kosovo entre finales de 2014 y comienzos de 2015, el país ha endurecido los controles practicados sobre las empresas de autobuses que solían facilitar el tráfico ilícito de migrantes. Aunque, hasta la fecha, la ruta migratoria de los Balcanes Occidentales ha dejado de lado Kosovo, se ha reforzado la cooperación policial con Serbia, Hungría y Austria.

Se está aplicando la ley de indemnización de víctimas de delitos, y Kosovo ha potenciado sus esfuerzos encaminados a rehabilitar a las víctimas y evitar la trata de seres humanos.

Kosovo está tratando el problema del tráfico de armas, aunque el ritmo de destrucción de armas ligeras sigue siendo bajo. Para potenciar la eficacia de sus esfuerzos de lucha contra el tráfico de armas de fuego, Kosovo debe conceder prioridad a la ejecución de todas acciones acordadas en el Plan de Acción en materia de tráfico ilegal de armas de fuego entre la UE y los países de la región de Europa Sudoriental.

La labor de lucha contra el terrorismo de Kosovo sigue funcionando. Los combatientes en el extranjero siguen siendo un motivo de preocupación, y las autoridades kosovares han recopilado abundante información sobre sus combatientes nacionales en Siria. Se está procediendo a aplicar una ley de 2015 sobre prohibición de la participación en conflictos armados. El Gobierno ha incrementado notablemente sus esfuerzos de lucha contra el extremismo violento y la radicalización en Kosovo, recurriendo para ello al apoyo de los líderes musulmanes.

Recomendaciones nº 5,, nº 6 y nº 7:

Para cumplir plenamente los requisitos en materia de lucha contra la delincuencia organizada, la corrupción y el terrorismo, Kosovo deberá emprender las siguientes medidas:

-Transferir un número suficiente de jueces, con un personal auxiliar adecuado, a las secciones de delitos graves de los tribunales kosovares;

-Consolidar un historial de investigaciones, sentencias judiciales definitivas y confiscaciones en causas de delincuencia organizada grave y corrupción, dotando para ello a la oficina del coordinador central de tales causas de la facultad y los recursos necesarios para dirigir equipos multidisciplinares, llevar a cabo investigaciones financieras y supervisar el seguimiento judicial de dichas causas;

-Garantizar la independencia operativa del Organismo de Examen de la Contratación Pública. Habrán de ejecutarse planes de integridad rigurosos para proteger la independencia de este órgano y de la Comisión Reguladora de la Contratación Pública.

5.2. Cooperación policial

Kosovo cumple los once requisitos en materia de cooperación policial.

Kosovo ha celebrado 55 memorandos de acuerdo sobre cooperación policial con 16 países y con EULEX. Ha enviado a siete funcionarios de enlace en comisión de servicios a las autoridades de sus socios principales, a saber, Turquía, Alemania, Austria y Francia.

La cooperación policial se produce tanto de forma bilateral como en asociación con Europol a través de EULEX o con Interpol a través del punto de contacto adscrito a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK, por sus siglas en inglés). Estas dos últimas también facilitan el intercambio de información con Serbia en este ámbito.

Las relaciones con Europol a través de EULEX han mejorado considerablemente, al igual que la cooperación con Interpol a través del punto de contacto adscrito a la UNMIK. En agosto de 2015, Kosovo presentó su solicitud de ingreso en Interpol.

La policía de Kosovo puede participar en seminarios organizados por la Escuela Europea de Policía (CEPOL).

5.3. Cooperación judicial en materia penal

Kosovo cumple los siete requisitos sobre cooperación judicial en materia penal.

El órgano competente cuenta con suficiente personal para gestionar las solicitudes entrantes y salientes de asistencia jurídica mutua.

Kosovo ha celebrado acuerdos de asistencia mutua con Bélgica, Croacia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Alemania, Italia, Suiza y Turquía. Se han entablado negociaciones con Montenegro, Eslovenia y los Estados Unidos. La cooperación con Serbia, a través del Representante especial de la Unión Europea, ha experimentado una considerable mejora.

La cooperación judicial en materia penal con los Estados miembros de la UE se realiza a través de acuerdos bilaterales o a través del Representante especial.

Kosovo también ha estudiado modalidades de cooperación con Eurojust.

5.4. Protección de datos

Kosovo cumple los tres requisitos en materia de protección de datos.

La ley sobre protección de datos personales es compatible con el acervo de la UE, aunque la futura modificación del marco de protección de datos de la UE debe incorporarse a la estructura jurídica de Kosovo. La Agencia de Protección de Datos ha adoptado legislación secundaria sobre seguridad de los datos.

Actualmente se consulta sistemáticamente a esta agencia a propósito de los proyectos de ley sometidos a la Asamblea, facultad de la que la agencia ha hecho uso para influir en el contenido de diversos proyectos legislativos.

La agencia también ha celebrado varios actos de sensibilización, y se han nombrado funcionarios responsables de protección de datos de ámbito local. Debe mantenerse el presupuesto de la agencia.

6. BLOQUE 4: DERECHOS FUNDAMENTALES RELACIONADOS CON LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN

Kosovo cumple siete de los ocho requisitos en materia de derechos fundamentales relacionados con la libertad de circulación.

El marco de derechos fundamentales sigue siendo sólido y se ha visto reforzado con la adopción en mayo de 2015 de la ley de protección contra la discriminación, la ley de igualdad de género y la ley del Defensor del Pueblo. Estas leyes se adoptaron en forma de paquete legislativo (Paquete legislativo de derechos humanos) y entraron en vigor en junio de 2015.

La ley de protección contra la discriminación incluye disposiciones para evitar y combatir la discriminación, promover una igualdad efectiva y aplicar el principio de igualdad de trato de todas las personas ante la ley. La ley de igualdad de género establece el pleno respeto de los derechos de la mujer con arreglo a las normas internacionales. La nueva ley del Defensor del Pueblo supone una mejora de la legislación relativa a dicha institución, amplía su mandato y refuerza las disposiciones referidas a su independencia y su imparcialidad. La aplicación de estas leyes precisará de la adopción de ocho reglamentos antes de la conclusión de 2015.

La aplicación de la ley del Defensor del Pueblo exige, en concreto, un incremento de la capacidad y los recursos de la institución para que pueda responder a la ampliación de su mandato. En su calidad de principal órgano de igualdad de trato y mecanismo nacional de prevención, precisa de más personal, de unas dependencias apropiadas y del presupuesto adecuado para desempeñar su nueva función. Las medidas adoptadas inicialmente por el Gobierno atentan contra el espíritu de la nueva ley. El Gobierno debería asignar unas dependencias adecuadas al Defensor del Pueblo y garantizar su plena independencia presupuestaria.

Las oficinas regionales del Defensor del Pueblo garantizan que los ciudadanos tengan acceso a información sobre su mandato y sus cometidos.

El Gobierno ha seguido asimismo aplicando la estrategia y el plan de acción de integración de las comunidades romaní, ashkali y egiptana. Se han asignado y gastado fondos adicionales a nivel local en beneficio de diversas iniciativas dirigidas a las minorías romaní, ashkali y egiptana.

Una aplicación estricta del artículo 147 del Código Penal no cubriría todos los incidentes de motivación étnica, toda vez que este artículo no se ocupa de la intencionalidad del delito. La aplicación exclusiva de este artículo significaría que el registro de incidentes puede no tener en cuenta su posible motivación étnica. Esta laguna podría colmarse aplicando el artículo 74.2.12 del Código Penal, que sí tiene en cuenta si un delito se debe a una motivación étnica.

En 2014, la Policía de Kosovo registró 19 casos de posible motivación étnica. A lo largo del último trimestre de 2014 se denunciaron 26 casos que podrían tener una motivación étnica. Desde 2014 funciona un mecanismo de seguimiento. Sin embargo, la cifra de delitos con posible motivación étnica sigue sin estar clara, ya que la policía kosovar no recopila estadísticas de un modo armonizado.

Han entrado en vigor disposiciones que permiten evitar solapamientos entre los mandatos de los consejos de seguridad municipales y las asambleas municipales. En enero de 2015 se publicó un manual destinado a los municipios.

Recomendación nº 8:

-Para cumplir íntegramente los requisitos en materia de derechos fundamentales relacionados con la libertad de circulación, Kosovo debe asignar al Defensor del Pueblo unas dependencias apropiadas y garantizar su plena independencia presupuestaria.

7. CONCLUSIÓN

La Comisión ha evaluado la ejecución de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados por parte de Kosovo sobre la base de la información y los documentos relevantes de carácter legislativo y político facilitados por este país. La evaluación documental se ha complementado con misiones de evaluación sobre el terreno llevadas a cabo por la Comisión Europea con la asistencia de expertos de los Estados miembros de la UE.

Desde la puesta en marcha del diálogo sobre la liberalización del régimen de visados con Kosovo en enero de 2012 y la presentación a las autoridades kosovares de la hoja de ruta en esta materia en junio de 2012, la Comisión ha presentado informes periódicos al Consejo y a los Estados miembros, así como al Parlamento Europeo, sobre los avances logrados por Kosovo en el cumplimiento de los requisitos de la hoja de ruta.

El diálogo sobre la liberalización del régimen de visados, que forma parte de la política general de la UE en relación con los Balcanes Occidentales, se ha producido en el marco del diálogo del Proceso de Estabilización y Asociación. La Comisión ha organizado cuatro reuniones de altos funcionarios desde 2012 y convocado varias reuniones técnicas para expertos. Los avances logrados en los temas incluidos en el diálogo sobre la liberalización del régimen de visados han sido objeto de debate e informes periódicos en el marco del diálogo del Proceso de Estabilización y Asociación.

La Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (EULEX KOSOVO), con arreglo a su mandato, ha desempeñado una importante función en la supervisión, el asesoramiento y la orientación de las instituciones kosovares en la adopción y la ejecución de las reformas y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados. Las autoridades kosovares también han cooperado eficazmente con EULEX, incluso en el desempeño de su mandato ejecutivo.

El diálogo sobre la liberalización del régimen de visados con Kosovo ha resultado ser una herramienta importante y especialmente eficaz en el desarrollo de reformas de gran alcance y complejidad en materia de Justicia e Interior y, aparte de estos en ámbitos como el Estado de Derecho y la reforma de la justicia penal. Estas cuestiones también son objeto de supervisión en otros marcos, como el correspondiente al subcomité de Justicia, Libertad y Seguridad del diálogo del Proceso de Estabilización y Asociación.

Los avances logrados por Kosovo en todos los ámbitos de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados han sido constantes y eficaces. Ello pone de manifiesto el prolongado compromiso de las instituciones kosovares con el cumplimiento de los requisitos de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados como asunto de la máxima prioridad.

La Comisión ya ha presentado dos exhaustivos informes sobre los avances logrados por Kosovo en el cumplimiento de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados. El primero, adoptado en febrero de 2013, se centraba en el cumplimiento por parte de Kosovo de los requisitos legislativos de la hoja de ruta. El segundo informe, publicado en julio de 2014, se centraba en la aplicación. En este último se formulaban 52 recomendaciones distribuidas entre los cuatro bloques de la hoja de ruta y referidas asimismo a la readmisión y la reintegración. Se señalaba que Kosovo ha logrado importantes avances en el cumplimiento de los requisitos de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados, aunque seguía siendo necesario adoptar esfuerzos adicionales con arreglo a las recomendaciones citadas.

En el presente informe se recogen 8 recomendaciones relativas a los 8 requisitos restantes de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados.

El avance en la ejecución de las reformas referidas a los ámbitos siguientes sigue siendo una prioridad fundamental:

-Transferir un número suficiente de jueces, con un personal auxiliar adecuado, a las secciones de delitos graves de los tribunales kosovares;

-Consolidar un historial de investigaciones, sentencias judiciales definitivas y confiscaciones en causas de delincuencia organizada grave y corrupción, dotando para ello a la oficina del coordinador central de tales causas de la facultad y los recursos necesarios para dirigir equipos multidisciplinares, llevar a cabo investigaciones financieras y supervisar el seguimiento judicial de dichas causas;

-Garantizar la independencia operativa del Organismo de Examen de la Contratación Pública y la ejecución de unos planes de integridad rigurosos para proteger la independencia de este órgano y de la Comisión Reguladora de la Contratación;

-Demostrar que Kosovo ha aplicado su legislación secundaria modificada en materia de cambio de nombre.

La Comisión seguirá supervisando los avances de Kosovo en el cumplimiento de los demás requisitos pendientes y la ejecución de las reformas en curso en los ámbitos siguientes: el acuerdo en materia de definición de fronteras y líneas divisorias con Montenegro previo a la exención de visados a los ciudadanos de Kosovo; la utilización de la dotación del Fondo de reintegración, haciendo hincapié en la oferta de asistencia en materia de empleo, la constitución de pequeñas empresas, la formación profesional y la formación lingüística de menores; el examen de las razones del bajo índice de aceptación de solicitudes de asilo de Kosovo; y la asignación de dependencias apropiadas al Defensor del Pueblo y la garantía de su plena independencia presupuestaria.

La Comisión seguirá supervisando activamente el cumplimiento por parte de Kosovo de los requisitos establecidos en los cuatro bloques de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados, así como de los referidos a la reintegración y la readmisión, en el marco del diálogo del Proceso de Estabilización y Asociación en curso y, en caso de necesidad, a través de mecanismos de seguimiento específicos.

Sobre la base de la presente evaluación, y habida cuenta del resultado de las actividades continuas de seguimiento y elaboración de informes llevadas a cabo desde la puesta en marcha del diálogo para la liberalización del régimen de visados con Kosovo en enero de 2012, la Comisión considera que el presente informe es el definitivo.

Sigue pendiente el cumplimiento de las recomendaciones citadas; en cuanto se hayan cumplido y en tanto se adopten y mantengan medidas eficaces para evitar una nueva crisis migratoria, la Comisión procederá a publicar una propuesta de modificación del Reglamento (CE) nº 539/2001.

Kosovo debe seguir organizando campañas de información específicas con objeto de aclarar los derechos y las obligaciones asociados a los desplazamientos sin visado al espacio Schengen y las normas que rigen el acceso al mercado laboral de la UE. La Comisión seguirá supervisando y haciendo lo posible por ayudar a Kosovo a cumplir los requisitos de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados.

(1)

Esta designación se realiza sin perjuicio de cualesquiera posiciones sobre su estatuto y está en línea con la Resolución del CSNU 1244 (1999) y el dictamen del TIJ sobre la declaración de independencia de Kosovo.

(2)

 COM(2013)66 final.

(3)

 COM(2014)488.

(4)

SWD(2015) 706.

(5)

 Albania, Alemania, Austria, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, Liechtenstein, Malta, Montenegro, Noruega, República Checa, Suecia, Suiza, aparte de un acuerdo único que incluye a Bélgica, Luxemburgo y Países Bajos.

(6)

 Durante la crisis migratoria extraordinaria a la que se enfrentó Kosovo entre septiembre de 2014 y abril de 2015, 87 495 ciudadanos kosovares solicitaron asilo en Estados miembros de la UE y Estados asociados al espacio Schengen. Durante los diez primeros meses de 2015, Kosovo ha readmitido a 9 182 ciudadanos.

(7)

 Precisan de visado para entrar en Kosovo los ciudadanos de 88 países. Los ciudadanos de los Estados miembros de la UE y de los Estados asociados al espacio Schengen están exentos del requisito de visado. Los nacionales de terceros países que precisan de visado para entrar en Kosovo pueden permanecer en el país durante quince días si son titulares de un visado de entrada múltiple válido para el espacio Schengen. Estas disposiciones se aplican asimismo a los titulares de documentos de viaje para refugiados y apátridas.

(8)

 Entre octubre de 2014 y octubre de 2015, se expidieron únicamente ocho visados en los pasos fronterizos/líneas divisorias de Kosovo.

(9)

 Entre estos sistemas se incluyen los siguientes: el sistema de gestión de fronteras, el sistema de información de la Policía de Kosovo, el sistema de información sobre visados de Kosovo, el sistema de registro del estado civil y el sistema de gestión de casos relativos a retornados, así como la base de datos sobre asilo y migración.

(10)

 Ley de tribunales, Ley del Consejo Judicial de Kosovo, Ley del Consejo del Ministerio Fiscal del Kosovo, Ley del ministerio fiscal.

(11)

 De los 171 puestos de fiscalía vacantes, el Consejo del Ministerio Fiscal de Kosovo ha cubierto 157. Está en marcha una convocatoria para la contratación de 15 fiscales procedentes de grupos minoritarios.

(12)

 De las 102 009 causas acumuladas en diciembre de 2011, los tribunales kosovares habían logrado pronunciarse en relación con 25 275 (es decir, casi un 25 % del volumen acumulado) en 2014. La mayoría de ellas exigía la ejecución de sentencias relativas al pago de facturas de servicios. El Consejo Fiscal de Kosovo tiene previsto seguir reduciendo el volumen de causas acumuladas en 2016, concretamente a través de un método de resolución de litigios alternativo.

(13)

 El ministerio fiscal ha presentado dos cargos de delincuencia organizada en 2013, ocho en 2014 y tres durante el primer trimestre de 2015. En 2013 presentó cargos en 314 casos de corrupción; en 2014, en 444; y en el primer semestre de 2015 han sido 128. No se dispone de datos sobre condenas en relación con tales causas.

(14)

 En 2014, se procedió a embargos preventivos o incautación de activos cuyo valor ascendía a 30 millones de euros, pero solo se confiscaron 128 000 euros. Durante el primer semestre de 2015 se confiscaron 27 000 euros de activos objeto de embargo preventivo o incautación cuyo importe total ascendía a 16 millones de euros.