18.12.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 455/4


Informe final del consejero auditor (1)

Marine Harvest/Morpol (artículo 14, apartado 2, del Reglamento de concentraciones)

(M.7184)

(2014/C 455/04)

1.

El proyecto de decisión con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14, apartado 2, del Reglamento de concentraciones (2) considera en sustancia que Marine Harvest ASA («Marine Harvest»), mediante la ejecución de una operación que supone la adquisición del control exclusivo de Morpol ASA («Morpol») antes de notificarlo a la Comisión Europea, ha infringido la obligación de notificación previa y la obligación de suspensión que se derivan respectivamente de los artículos 4, apartado 1, y 7, apartado 1, del Reglamento de concentraciones.

2.

Marine Harvest notificó su adquisición del control exclusivo de Morpol a la Comisión el 9 de agosto de 2013. Mediante Decisión de 30 de septiembre de 2013, la Comisión declaró dicha operación de concentración compatible con el mercado común a condición de que se cumplieran los compromisos formulados por Marine Harvest. En esa Decisión se aludía a la posibilidad de un procedimiento separado en relación con las posibles infracciones de los artículos 4, apartado 1, y 7, apartado 1, del Reglamento de concentraciones (3).

3.

Mediante escrito de 30 de enero de 2014, la Comisión informó a Marine Harvest de la investigación en curso de estas posibles infracciones y de la apertura de un expediente separado para la misma.

4.

El 31 de marzo de 2014, la Comisión adoptó un pliego de cargos, en el que expuso su opinión preliminar según la cual Marine Harvest había infringido el artículo 4, apartado 1, y el artículo 7, apartado 1, del Reglamento de concentraciones.

5.

En el escrito que acompañaba al pliego de cargos, la Dirección General de Competencia («DG Competencia»), ofreció a Marine Harvest la oportunidad de acceder al expediente de la Comisión.

6.

A solicitud de Marine Harvest, la DG de Competencia prorrogó el plazo para responder a dicho pliego de cargos del 24 de abril de 2014 al 30 de abril de 2014. Marine Harvest respondió al pliego de cargos el 30 de abril de 2014.

7.

El 6 de mayo de 2014 tuvo lugar una audiencia formal. A ella asistieron Marine Harvest y sus asesores jurídicos, los funcionarios de los departamentos y servicios de la Comisión implicados en el asunto, y representantes de las autoridades de competencia de ocho Estados miembros de la UE.

8.

De conformidad con el artículo 16 de la Decisión 2011/695/UE, he examinado si el proyecto de Decisión atiende únicamente objeciones respecto de las cuales Marine Harvest haya tenido ocasión de dar a conocer sus puntos de vista. Llego a la conclusión de que así es.

9.

En líneas generales, considero que el ejercicio efectivo de los derechos procedimentales se ha respetado durante el presente procedimiento.

Bruselas, 10 de julio de 2014.

Wouter WILS


(1)  De conformidad con los artículos 16 y 17 de la Decisión 2011/695/UE del Presidente de la Comisión Europea, de 13 de octubre de 2011, relativa a la función y el mandato del consejero auditor en determinados procedimientos de competencia (DO L 275 de 20.10.2011, p. 29) («Decisión 2011/695/UE»).

(2)  Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas (DO L 24 de 29.1.2004, p. 1) («el Reglamento de concentraciones»).

(3)  Decisión de 30 de septiembre de 2013 en el asunto M.6850, Marine Harvest/Morpol, apartado 9.