52013DC0519

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Programación de los recursos humanos y financieros de las agencias descentralizadas para 2014-2020 /* COM/2013/0519 final */


ÍNDICE

1........... Introducción. 3

2........... Cumplir las tareas de las agencias con los recursos disponibles. 5

2.1........ MFP 2014-2020: limitaciones de la evolución de los recursos de las agencias. 5

2.2........ Combinación de la reducción general de personal con la creación de una reserva de reasignación  6

2.3........ Valoración de las necesidades de cada agencia en función de las disponibilidades de la reserva de reasignación. 6

2.4........ Distinción entre tareas y recursos de las agencias y de la Comisión. 7

2.5........ Financiación de las Escuelas Europeas. 8

3........... Programación de los recursos humanos y financieros de las agencias 2014-2020. 8

3.1........ Clasificación de las agencias: impacto en los recursos de las agencias. 8

3.2........ Contribuciones a la reserva de reasignación: las agencias en velocidad de crucero y los componentes en velocidad de crucero de las agencias con nuevas tareas. 8

3.3........ Beneficiarios de la reserva de reasignación: fase de puesta en marcha y el componente de nuevas tareas de las agencias con nuevas tareas. 9

4........... Principales resultados del ejercicio. 9

4.1........ Dotación de personal: reducción de plantilla del 5 % a lo largo de cinco años. 9

4.2........ Reserva de reasignación. 10

4.3........ Contribución del presupuesto de la UE: dotaciones indicativas compatibles con los techos del MFP. 11

5........... Resultados pormenorizados del ejercicio. 13

5.1........ Agencias en fase inicial 13

5.2........ Agencias con nuevas tareas. 15

5.3........ Propuestas de la Comisión para la creación de futuros nuevos organismos. 19

6........... Próximos pasos. 20

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

Programación de los recursos humanos y financieros de las agencias descentralizadas para 2014-2020

1.           Introducción

Las agencias descentralizadas son un elemento inherente al funcionamiento de la Unión que contribuye a la aplicación de diversas políticas de la Unión, ayuda en el proceso de toma de decisiones mediante la puesta en común de conocimientos especializados y aumenta la visibilidad de la Unión en los Estados miembros de la UE. A lo largo de un periodo de 35 años, se han creado 32 agencias descentralizadas para llevar a cabo una amplia gama de tareas. A lo largo del tiempo, la creación de nuevas agencias y la ampliación de las tareas de las existentes han hecho aumentar considerablemente el número total de personal y la subvención de la UE a dichas agencias.

Las agencias han ido creándose caso por caso, sin que el proceso se haya visto acompañado de una visión estratégica general de su papel y su lugar en la Unión. Tras la reflexión iniciada por la Comunicación de la Comisión Agencias europeas: Orientaciones para el futuro[1], se han mantenido debates interinstitucionales exhaustivos entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión. Esa reflexión condujo en julio de 2012 a refrendar un enfoque común de las agencias descentralizadas, en particular para abordar una serie de cuestiones de gobernanza en torno al aumento del número de agencias en un momento en que se espera que la racionalización de las actividades y la mejora del rendimiento contribuyan a mejorar la eficiencia. El enfoque común se ha traducido en una hoja de ruta, sobre el cual la Comisión deberá informar regularmente al Parlamento Europeo y al Consejo.

A fin de completar este enfoque global de la descentralización de las agencias, la presente Comunicación propone una programación de la dotación de personal y de los niveles de ayuda de cada agencia descentralizada con arreglo al nuevo Marco Financiero Plurianual (MFP) 2014-2020. Esta programación debe ser compatible con los techos de gasto del MFP, así como con la reducción de plantilla del 5 % a lo largo de cinco años aplicable a todas las instituciones, organismos y agencias incluidas en el proyecto de Acuerdo Interinstitucional sobre cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[2], alcanzado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión. Sobre esta base, la Comisión desea llegar a un entendimiento común con el Parlamento Europeo y el Consejo sobre las necesidades de recursos a medio plazo de las agencias descentralizadas.

El interés común de mantener un control adecuado de la evolución de los gastos administrativos y el personal de las instituciones y los organismos de la UE se refleja en los gráficos que se recogen más abajo. Los gráficos ilustran el constante aumento de la contribución total de la UE y el total de puestos de plantilla de las agencias descentralizadas a partir del año 2000, que, en parte, se deriva del hecho de que el número de agencias ha pasado de 12 en el año 2000 a 32 en la actualidad.

La contribución total de la UE para financiar los gastos de las agencias descentralizadas aumentó ocho veces, pasando de 95 millones EUR en 2000 a 775 millones EUR en el presupuesto de 2013.

Del mismo modo, el número total de puestos de la plantilla de las agencias descentralizadas se multiplicó por cuatro y pasó de 1 486 en el año 2000 a 6 050 en 2013[3].

La presente Comunicación fija el marco para la evolución de los gastos y los recursos humanos de las agencias descentralizadas en consonancia con el MFP, al tiempo que aborda las necesidades de las agencias de reciente creación y las derivadas de las nuevas misiones encomendadas a las agencias por la autoridad legislativa.

2.           Cumplir las tareas de las agencias con los recursos disponibles

2.1.        MFP 2014-2020: limitaciones de la evolución de los recursos de las agencias

La evolución de la dotación de personal y de los créditos destinados a las agencias descentralizadas para el periodo 2014-2020 gira en torno a dos limitaciones generales: por una parte, las dotaciones indicativas propuestas para los gastos de las agencias previstos en las rúbricas del nuevo MFP 2014-2020; por otro, el objetivo de reducir los niveles de dotación de personal de las agencias en un 5 % a lo largo de 5 años. Al igual que en las otras instituciones de la UE, esto irá acompañado de un aumento de las horas de trabajo sin el correspondiente aumento salarial.

A fin de garantizar que las necesidades se atienden respetando esas limitaciones, la Comisión ha agrupado las agencias en tres categorías en función del grado de madurez y evolución prevista de las tareas de cada una hasta 2020:

– las agencias «en velocidad de crucero» son aquellas bien asentadas y con tareas estables;

– las agencias «con nuevas tareas» son aquellas con un componente «en velocidad de crucero» cuyas tareas no varían respecto a años anteriores, pero que también tienen tareas adicionales o modificadas, según prevea explícitamente una modificación de su Reglamento de creación o esté prevista la entrada en vigor, en una fecha posterior, de tareas adicionales ya contempladas en el Reglamento inicial; y

– las agencias «en fase inicial» son aquellas de creación reciente que aún no han alcanzado una situación estable.

Esta clasificación de las agencias permite adoptar un enfoque diferenciado, ya que las agencias se encuentran en diversos estadios de desarrollo y cuentan con necesidades distintas.

A menos que las agencias decidan anticipar la reducción de plantilla del 5 %, deberá realizarse una reducción anual del 1 % a lo largo de un periodo de cinco años en el conjunto de las agencias descentralizadas. Una primera reducción del 1 % se ha incluido en el proyecto de presupuesto para 2014[4]. El cálculo de la reducción del 5 % se basa en el nivel de puestos de 2013 (incluido el proyecto de presupuesto rectificativo nº 4/2013), salvo en el caso de las agencias que ya habían reducido sus plantillas en 2013 con respecto a 2012.

La reducción de puestos en un 5 % significaría disminuir el total de puestos en 303. Sin embargo, teniendo en cuenta que algunas agencias[5] ya habían reducido en 27 puestos sus plantillas en 2013, la reducción neta equivale a una reducción de 276 puestos sobre los 6 050 puestos autorizados en 2013, lo que lleva a un total de 5 774 puestos, sin incluir los 30 puestos transferidos desde la Comisión en el marco de la delegación de tareas a la Agencia del GNSS Europeo (GSA) (véase el apartado 2.4).

2.2.        Combinación de la reducción general de personal con la creación de una reserva de reasignación

Para obtener una reducción del 5 % en el número de puestos en las plantillas de las agencias en cinco años, sin dejar de atender las necesidades de recursos humanos suplementarios de determinadas agencias, la Comisión propone crear una «reserva de reasignación» aplicando una cuota anual del 1 % de los puestos de todas las agencias[6]. Los puestos obtenidos mediante esta cuota se repartirán entre las agencias «en fase inicial» y las agencias «con nuevas tareas» en las que es necesario un aumento del número de puestos de plantilla.

Es importante señalar que la reserva de reasignación creada mediante la cuota estará compuesta por puestos que serán accesibles y que no implica ninguna transferencia de personal entre agencias. Esta medida no está destinada a obstaculizar el funcionamiento de las agencias sino, al contrario, a aportar mayor racionalización y crear cierta flexibilidad en la asignación de puestos, al tiempo que se respetan las limitaciones presupuestarias.

2.3.        Valoración de las necesidades de cada agencia en función de las disponibilidades de la reserva de reasignación

La Comisión ha llevado a cabo una evaluación exhaustiva de las necesidades de personal de las agencias durante el periodo 2014-2020, evaluando las posibilidades de crear sinergias y de racionalización. Esto ha permitido a la Comisión establecer qué necesidades de personal de las distintas agencias pueden cubrirse durante los siete próximos años de forma compatible con las limitaciones establecidas por el MFP («necesidades reconocidas», que ascienden a 346 puestos adicionales a lo largo del periodo 2014-2020). La Comisión propone asignar el número de puestos disponibles cada año a través de la reserva de reasignación, atendiendo a las necesidades reconocidas de cada agencia, lo que permitirá ajustar, en la medida de lo posible, las nuevas tareas a los correspondientes recursos.

La evaluación de necesidades refleja, para cada agencia, las nuevas tareas y la ampliación de las existentes que se derivan de los actos jurídicos aprobados por la autoridad legislativa, de las propuestas ya adoptadas por la Comisión y de las propuestas anunciadas por la misma y, actualmente, en fase de preparación. En la evaluación, también se tuvieron en cuenta tareas adicionales asignadas a las agencias por el Parlamento Europeo y el Consejo durante el proceso legislativo. El ámbito operativo de las agencias, la naturaleza de las nuevas funciones y el nivel de especialización requerido para su ejecución son elementos que se tuvieron en cuenta en la evaluación. Por otra parte, la evaluación incluyó la capacidad de las agencias para absorber nuevas obligaciones en su estructura organizativa actual, teniendo en cuenta el potencial de mejora de la eficiencia y las sinergias dentro de las funciones que tiene asignadas. La asignación de personal durante ese periodo de siete años se ajusta, en la medida de lo posible y en función de la disponibilidad de puestos por reasignar de cada año, al plan de ejecución de actividades previsto en el acto o la propuesta jurídica pertinente, al tiempo que se procura facilitar la introducción progresiva de los puestos adicionales. En las asignaciones propuestas también se han tenido en cuenta las nuevas tareas reguladoras de las agencias, cuyos resultados son un requisito previo para la aplicación de las políticas y los programas de la Unión.

La evaluación de las necesidades de personal de cada agencia justificaría un refuerzo de personal en un número sustancial de agencias durante los primeros años del periodo 2014-2020, en contraposición a un incremento de puestos más progresivo a lo largo del mismo. No obstante, la Comisión propone mantener una cuota estable del 1 % para la reserva de reasignación durante el periodo 2014-2018, a fin de dar a las agencias que son contribuyentes netos a la reserva tiempo suficiente para adaptarse a la reducción de puestos y permitir a otras agencias la integración progresiva de los puestos adicionales. Por ello, la Comisión propone ajustar la asignación de puestos adicionales a los que están disponibles en la reserva de reasignación, dando prioridad a las agencias con las necesidades más urgentes de puestos adicionales. Este planteamiento gradual permitirá atender todas las necesidades reconocidas de nuevos puestos hasta 2018[7].

2.4.        Distinción entre tareas y recursos de las agencias y de la Comisión

Las tareas de las agencias suelen reflejar la puesta en común de actividades y recursos de los organismos nacionales en un organismo autónomo a nivel de la UE, a fin de responder mejor a los desafíos que tienen una clara dimensión UE. Dicha puesta en común es fijada por el Parlamento y el Consejo en los correspondientes actos legislativos. La Comisión no delega, por principio, tareas ejecutivas en las agencias descentralizadas, especialmente debido a la complejidad de los problemas de gobernanza que ello implicaría y, en particular, en lo relativo al papel del Consejo de Administración, la separación de tareas y su control mediante el procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión. Por este motivo, toda delegación de tareas debe estar debidamente justificada por las características de las mismas y la especialización concreta de la autoridad delegataria, mientras se asegura una gestión financiera y una rentabilidad adecuadas. Toda transferencia de tareas de la Comisión a una agencia mediante un acuerdo de delegación debe ir acompañada de una reducción del personal de los servicios de la Comisión para compensar el aumento de personal en la agencia, procurando al mismo tiempo crear sinergias y mejorar la eficiencia.

Un caso concreto de delegación de tareas se refiere a aquellas que se propone asignar a la Agencia del GNSS Europeo (Autoridad de Supervisión del GNSS o GSA) en la fase de explotación de los programas Galileo y EGNOS, como se detalla más abajo en el apartado 5.2. La Comisión considera que la agencia se encuentra en una posición idónea para llevar a cabo esas tareas de ejecución y ha propuesto que la Agencia se haga cargo de las tareas correspondientes durante el periodo 2014-2020. A tal efecto, la Comisión reducirá su propia plantilla en 30 puestos (más del objetivo de reducción del 5 % del personal de la Comisión) para compensar el aumento de la plantilla de personal de la GSA. Dado que se ven compensados por una reducción en el seno de la Comisión, estos puestos se añaden a la reserva de reasignación descrita en el apartado 2.2.

2.5.        Financiación de las Escuelas Europeas

Al inicio del nuevo periodo del MFP, la Comisión propone la armonización de los mecanismos de financiación de las denominadas «Escuelas Europeas de tipo II»[8] imputando a los presupuestos de las agencias los costes de escolarización de los hijos de su personal en escuelas de tipo II, a fin de tratar todas las agencias de manera coherente. En la actualidad las indemnizaciones escolares por hijos del personal de las agencias corren a cargo del presupuesto de las agencias si no hay una escuela de tipo II en las proximidades, pero cuando se crea una escuela de dicho tipo, los gastos se imputan a la rúbrica 5 (Administración). La Comisión propone compensar el gasto adicional que supone para los presupuestos de las agencias la financiación revisada de las escuelas de tipo II (estimado en unos 28,4 millones EUR para el periodo 2014-2020) incrementando en consecuencia la contribución de la UE a las 10 agencias afectadas[9].

3.           Programación de los recursos humanos y financieros de las agencias 2014-2020

3.1.        Clasificación de las agencias: impacto en los recursos de las agencias

En general, como se ha señalado más arriba, el volumen propuesto de la contribución de la UE y el nivel de personal de las distintas agencias durante el periodo refleja su fase de desarrollo. La clasificación de las agencias en los tipos «en velocidad de crucero», «con nuevas tareas» y «en fase inicial» proporciona un marco para evaluar las necesidades sobre una base individual: por lo general, las agencias de reciente creación o las que han recibido nuevas tareas requieren créditos adicionales y más personal, con el fin de llevar a cabo las tareas correspondientes a sus nuevos mandatos o a la ampliación reciente de estos, mientras que las agencias en velocidad de crucero tienen presupuestos y estructuras estables.

Las consecuencias de la clasificación de cada agencia sobre las necesidades de recursos humanos y financieros durante el periodo 2014-2020 se exponen con más detalle más abajo.

3.2.        Contribuciones a la reserva de reasignación: las agencias en velocidad de crucero y los componentes en velocidad de crucero de las agencias con nuevas tareas

Como regla general, la Comisión propone la siguiente evolución para los recursos humanos y financieros de las agencias en velocidad de crucero:

– Puestos de plantilla: como se indica más arriba, la reducción de plantilla del 5 % a lo largo de 5 años se combina con una cuota anual del 1 % para la reserva de reasignación entre los años 2014 y 2018.

– Otro personal: se espera que la plantilla de personal externo (expresada en unidades equivalentes de jornada completa o EJC) siga la disminución global del número de puestos de plantilla, especialmente durante los años de reducción del número de puestos mediante un planteamiento estricto de la contribución total de la UE a las agencias, como se indica más abajo.

– Contribución del presupuesto de la UE: también a efectos de la reducción de personal y de la cuota para la reserva de reasignación anuales, la contribución de la UE a las agencias en velocidad de crucero se mantiene constante en términos nominales en el nivel de la contribución de la UE del año anterior. Tan pronto como la agencia alcance su objetivo de nivel de personal, se aplicará el deflactor estándar a la contribución de la UE.

3.3.        Beneficiarios de la reserva de reasignación: fase de puesta en marcha y el componente de nuevas tareas de las agencias con nuevas tareas

En el apartado 5 se ofrece una visión de conjunto de las agencias que se han creado recientemente o que cuentan con nuevas tareas, y que, con el tiempo, requerirán recursos adicionales, en comparación con las normas generales de recursos humanos y financieros aplicadas a las agencias en velocidad de crucero (o el componente «en velocidad de crucero» de las agencias con nuevas tareas) como se indica en el apartado 3.2.

En cuanto al personal de las agencias en fase inicial, la contribución a la reducción de plantilla del 5 % y la contribución a la reserva de reasignación tomadas de ellas son sistemáticamente compensadas por la dotación correspondiente de la reserva para los años en que la agencia se encuentre aún en fase de puesta en marcha (a más tardar hasta 2015): a partir de 2016, todas las agencias se clasificarán como «en velocidad de crucero» o «con nuevas tareas».

Como punto de partida, las normas generales de las agencias en velocidad de crucero indicadas en el apartado 3.2 (es decir, reducción de plantilla del 5 % a lo largo de 5 años, contribución anual del 1 % a la reserva de reasignación a lo largo de los años 2014 a 2018, así como un nivel nominalmente constante de la contribución de la UE a las actividades de velocidad de crucero) también se aplicarán a las agencias con nuevas tareas y en fase inicial. La contribución de la UE se ajustará posteriormente teniendo en cuenta los puestos adicionales que se asignarán sobre la base de los costes medios y el coeficiente corrector aplicable al lugar donde la agencia tiene su sede.

En su caso, los gastos también se ajustarán para tener en cuenta las partidas previstas específicamente relacionadas con las nuevas tareas (por ejemplo, para sistemas informáticos), o derivados de gastos de construcción puntuales de conformidad con el procedimiento previsto para los proyectos inmobiliarios en el artículo 203 del Reglamento Financiero[10].

4.           Principales resultados del ejercicio

En esta sección se presentan los principales resultados del ejercicio para establecer una programación de recursos para las agencias descentralizadas durante el periodo 2014-2020, tanto para los niveles de personal como para los de ayuda.

4.1.        Dotación de personal: reducción de plantilla del 5 % a lo largo de cinco años

El cuadro que figura a continuación resume la evolución del número de puestos durante el periodo, desglosados por rúbrica del MFP sin incluir los puestos transferidos de la Comisión. En concreto, el cuadro indica que el análisis de las necesidades de cada agencia, según lo establecido en el apartado 5, arroja un sustancial incremento neto de puestos para las agencias de la subrúbrica 1a, dentro del objetivo global de una reducción de plantilla del 5 % a lo largo de cinco años. Como se menciona en el apartado 2.1, una serie de agencias descentralizadas ya había reducido el número de puestos de sus plantillas en el presupuesto de 2013; esa reducción se tiene en cuenta para alcanzar el objetivo de reducción del 5 % en 2018 a más tardar.

Número de puestos de las agencias descentralizadas (sin transferencias)

Rúbrica || Número de puestos en 2013 || Reducción total basada en el objetivo del 5 % || Total de puestos tras el objetivo de reducción del 5 % || Puestos programados en 2018-2020 || Diferencia con el objetivo en 2018-2020 tras la programación

Subrúbrica 1a || 2 227 || 111[11] || 2 128 || 2 237 || 109

Rúbrica 2 || 244 || 12 || 232 || 226 || -6

Rúbrica 3 || 2 368 || 119[12] || 2 255 || 2 214 || -41

Rúbrica 4 || 96 || 5 || 91 || 86 || -5

Rúbrica 5 || 206 || 10[13] || 205 || 193 || -12

Autofinanciación || 909 || 46 || 863 || 818 || -45

Total || 6 050 || 303 || 5 774[14] || 5 774 || 0

La diferencia entre el objetivo de reducción del 5 % por rúbrica y el número de puestos programado por rúbrica al final del ejercicio, refleja la redistribución hecha mediante la reserva de reasignación.

4.2.        Reserva de reasignación

Durante el periodo 2014-2020, la reserva de reasignación resultante de la cuota anual del 1 % aplicada a todas las agencias permite la reasignación de 193 puestos de las agencias «en velocidad de crucero» a agencias «en fase inicial» y agencias «con nuevas tareas». Por otra parte, las agencias «en fase inicial» y «con nuevas tareas» contribuyen a la reserva con un total de 123 puestos, lo que, combinado con la transferencia de 30 puestos de la GSA, permite asignar 346 puestos adicionales a cubrir las necesidades durante el periodo en cuestión. El efecto neto de los puestos reasignados a las agencias «en fase inicial» y «con nuevas tareas» mediante la reserva de reasignación en su número de puestos es el resultado de la reducción de plantilla del 5 %, la cuota anual del 1 % para la reserva de reasignación y la asignación de los puestos adicionales procedentes de la reserva.

El cuadro que se incluye en el anexo II muestra cómo repercuten en el número de puestos previsto para cada agencia en 2020 la reducción de plantilla del 5 %, la cuota anual del 1 % para la reserva de reasignación y la asignación de puestos de trabajo suplementarios desde dicha reserva.

4.3.        Contribución del presupuesto de la UE: dotaciones indicativas compatibles con los techos del MFP

El cuadro que figura a continuación resume la evolución de la contribución de la UE a las agencias descentralizadas según lo previsto en la presente comunicación, a precios de 2011 y corrientes. El nivel de gasto programado por rúbrica y año respeta las dotaciones indicativas propuestas para los gastos de las agencias por rúbrica incluidas en el desglose de los techos del MFP de las conclusiones del Consejo Europeo de los días 7 y 8 de febrero de 2013.

Contribución del presupuesto de la UE a las agencias (en millones EUR, cifras redondeadas a precios de 2011 y a precios corrientes)

Rúbrica del MFP || Precios || Nivel programado de las contribuciones del presupuesto de la UE a las agencias por rúbrica del MFP

2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 || Total

Subrúbrica 1a || 2011 || 224,2 || 292,0 || 299,9 || 294,4 || 251,5 || 287,2 || 286,4 || 1 935,6

Corrientes || 237,9 || 316,0 || 331,1 || 331,6 || 288,9 || 336,5 || 342,2 || 2 184,3

Rúbrica 2 || 2011 || 48,9 || 48,5 || 44,9 || 44,1 || 43,0 || 41,0 || 41,0 || 311,5

Corrientes || 51,9 || 52,5 || 49,6 || 49,6 || 49,4 || 48,1 || 49,0 || 350,2

Rúbrica 3[15] || 2011 || 466,3 || 506,7 || 498,6 || 484,3 || 476,8 || 476,8 || 476,8 || 3.386,4

Corrientes || 494,8 || 548,5 || 550,5 || 545,4 || 547,7 || 558,7 || 569,9 || 3.815,5

Rúbrica 4 || 2011 || 19,0 || 18,6 || 18,2 || 17,9 || 17,5 || 17,5 || 17,5 || 126,3

Corrientes || 20,1 || 20,1 || 20,1 || 20,1 || 20,1 || 20,5 || 21,0 || 142,2

Total || 2011 || 758,4 || 865,8 || 861,6 || 840,7 || 788,9 || 822,6 || 821,8 || 5.759,8

Corrientes || 804,8 || 937,2 || 951,3 || 946,8 || 906,2 || 963,8 || 982,1 || 6.492,2

La fluctuación del nivel de gastos de la subrúbrica 1a se debe sobre todo a las fluctuaciones de la previsión de ingresos por recibir del sector por las actividades químicas de la ECHA, que, a su vez, repercute en la contribución de equilibrio de la UE a esa agencia. En 2014, la ECHA continuará autofinanciándose en lo relativo a sus actividades químicas. Sin embargo, se prevé que en 2015 la subvención de equilibrio ascienda a 68 millones EUR (a precios corrientes) y que se mantenga entre ese nivel y 77 millones EUR durante todo el periodo del MFP, con la excepción de 2018, año en que la necesidad de una subvención de equilibrio será muy inferior (24 millones EUR) debido al aumento previsto de los ingresos por tasas vinculado con una fecha de registro.

El gráfico que figura a continuación muestra las fluctuaciones del nivel global de la contribución de la UE a las agencias durante el nuevo periodo del MFP. La variación del nivel de contribución de la UE se debe fundamentalmente a la subvención de equilibrio a las actividades químicas de la ECHA en el marco de la subrúbrica 1a.

El gráfico que sigue muestra la repercusión de la reducción de plantilla del 5 % en el número total de puestos de las agencias durante el periodo en cuestión, teniendo en cuenta la transferencia de puestos de la Comisión.

5.           Resultados pormenorizados del ejercicio

El cuadro que se incluye en el anexo I contiene una visión cuantitativa del personal de las agencias y del nivel de subvención por agencias durante el periodo 2014-2020 resultantes del ejercicio.

En los apartados 5.1 y 5.2 se ofrece una breve descripción de los recursos programados para las seis agencias que aún estarán en fase inicial al principio del periodo 2014-2020, seguido por las doce agencias que tendrán nuevas tareas.

Las propuestas de la Comisión para la creación futura de un Consejo Europeo de Resolución y de la Fiscalía Europea se presentan en el apartado 5.3.

5.1.        Agencias en fase inicial

5.1.1.     Autoridad Bancaria Europea (ABE)

La fase inicial de la Autoridad Bancaria Europea (ABE) concluye en 2014, tras lo cual la agencia requerirá recursos adicionales para realizar nuevas tareas en materia de rescate y resolución de entidades bancarias (COM (2012) 280), el mecanismo único de supervisión (COM (2012) 511) y el Reglamento sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito (propuestas sobre requisitos prudenciales, COM (2011) 452). Aunque el personal adicional requerido para tareas de rescate bancario está plenamente cubierto por la ficha de financiación aneja a la propuesta inicial de la Comisión, se han revisado las necesidades de personal relacionadas con el mecanismo único de supervisión y las tareas de las propuestas sobre requisitos prudenciales para tener en cuenta el refuerzo del papel de la agencia aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo.

Habida cuenta de su fase inicial y de sus nuevas tareas durante el periodo 2014-2017, la agencia podrá recibir 62 puestos adicionales (incluidos los puestos adicionales para compensar la reducción de plantilla durante la fase inicial), así como el presupuesto correspondiente. Se estima que el número total de puestos se incrementará de 93 en 2013 a 145 en 2020. Se espera alcanzar la velocidad de crucero en 2019. La contribución de la UE en ese periodo se incrementará debido al personal adicional necesario para la realización de nuevas tareas y el correspondiente aumento de gastos relacionados, como edificios y sistemas informáticos. Lo previsto es que la cuota de este tipo de gasto a lo largo del periodo se mantenga en el 40 % de la contribución global de la UE.

5.1.2.     Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ)

La fase inicial de la AESPJ concluye en 2014, tras lo cual requerirá recursos adicionales para realizar las nuevas tareas, especialmente las relacionadas con la propuesta de una nueva Directiva sobre la mediación en los seguros (COM (2012) 360), el desarrollo de las principales tareas de supervisión (incluidas inspecciones conjuntas in situ), la protección de los consumidores y la estabilidad financiera (es decir, la presentación de informes en virtud de la Directiva Solvencia II).

Habida cuenta de su fase inicial y de sus nuevas tareas durante el periodo 2014-2017, la agencia podrá recibir 40 puestos adicionales (incluidos los puestos adicionales para compensar la reducción de plantilla durante la fase inicial), así como los créditos correspondientes. Se espera que el número total de puestos pase de los 80 de 2013 a 112 en 2020. Se espera alcanzar la velocidad de crucero en 2019 y 2020. El aumento de la contribución de la UE durante el periodo se debe principalmente al aumento de personal relacionado con las tareas adicionales.

5.1.3.     Autoridad Europea de Mercados y Valores (AEMV)

La fase inicial de la AEMV concluye en 2014, tras lo cual requerirá recursos adicionales para realizar las nuevas tareas relacionadas con varios Reglamentos nuevos que atribuyen a la agencia responsabilidades suplementarias, en particular en el ámbito de la supervisión, el registro, la certificación y la coordinación de acciones nacionales de supervisión (incluidas las previstas por el Reglamento sobre las agencias de calificación crediticia, el Reglamento sobre las ventas en corto, el Reglamento sobre los Fondos Europeos de Inversión a Largo Plazo y el Reglamento sobre la infraestructura del mercado europeo).

Habida cuenta de su fase inicial y de sus nuevas tareas durante el periodo 2014-2017, la Agencia podrá recibir 54 puestos adicionales (incluidos los puestos adicionales para compensar la reducción de plantilla durante la fase inicial), así como los créditos correspondientes destinados a salarios. Se estima que el número total de puestos pasará de los 121 de 2013 a 163 en 2020. Se espera alcanzar la velocidad de crucero en 2019 y 2020. El aumento de la contribución de la UE durante el periodo se debe principalmente al aumento de personal relacionado con las tareas adicionales.

5.1.4.     Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA)

Las tareas de la ECHA están recogidas en tres reglamentos claramente separados, de la forma siguiente:

– Actividades químicas: De acuerdo con su Reglamento de creación (CE) nº 1907/2006, durante el periodo 2014-2020, la ECHA se clasifica como una agencia en velocidad de crucero en cuanto a sus actividades químicas. En cuanto a los niveles de personal, no se prevé contratación adicional de recursos humanos; la optimización de la asignación actual de tareas de la Agencia producirá una reducción de su plantilla que pasará de los 451 puestos de 2013 a 404 en 2020. La contribución de equilibrio de la UE a lo largo del periodo se estima en 381,7 millones EUR, sobre la base del calendario de reducción de puestos y de las estimaciones de ingresos por tasas procedentes del sector. Las fluctuaciones interanuales del nivel previsto de tasas procedentes del sector darán lugar a la fluctuación correspondiente en la necesidad de la contribución de equilibrio de la UE.

– Actividades sobre biocidas: El Reglamento (UE) nº 528/2012 amplió el mandato de la ECHA, a partir del 1 de septiembre de 2013, a la comercialización y el uso de los biocidas. Por este motivo, en cuanto a sus actividades sobre biocidas, la ECHA se ha agrupado con las agencias «en fase inicial» en los años 2014 y 2015, durante los cuales irá ganando operatividad progresivamente y se autofinanciará parcialmente mediante el cobro de tasas procedentes del sector. El artículo 42 del Reglamento nº 528/2012 amplía el ámbito de aplicación en 2017, cuando podrán autorizarse otros tres tipos de producto, así como en 2020, cuando podrán autorizarse todos los tipos de producto restantes. Por tanto, la agencia se clasifica como «con nuevas tareas» en 2017 y 2020. La agencia recibe una subvención de equilibrio que va reduciéndose durante todo el periodo, de acuerdo con el aumento previsto de los ingresos por tasas. La agencia se convertirá en plenamente autofinanciada a partir de 2019. Habida cuenta de su fase inicial y de las nuevas tareas, la agencia podrá recibir en el periodo 2014-2015 tres puestos adicionales (de los cuales, dos se destinarán a compensar la reducción de plantilla durante la fase de puesta en marcha), así como los créditos correspondientes para salarios, tras lo cual seguirán dos puestos en 2017-2018 y siete puestos adicionales (autofinanciados) en 2019-2020. Se estima que el número total de puestos directamente destinado a actividades sobre biocidas pasará de los 47 de 2013 a 54 en 2020. El aumento de personal necesario para las tareas adicionales en 2017 deberá cubrirlo la agencia mediante redistribución interna, ya que los nuevos puestos se ven compensados por la cuota para la reserva de reasignación.

– Actividades sobre el CFP: El Reglamento (UE) nº 649/2012 amplió el mandato de la ECHA, a partir del 1 de marzo de 2014, a la exportación e importación de productos químicos peligrosos (consentimiento fundamentado previo o CFP). Por este motivo, en cuanto a sus actividades sobre el CFP, la ECHA se ha clasificado como «en fase inicial» en los años 2014 y 2015, durante los que irá ganando operatividad progresivamente. Se espera que el número de notificaciones de exportación que debe tratar la agencia aumente un 10 % cada año, un efecto acumulativo que queda reconocido al clasificarse la agencia como «con nuevas tareas» en 2017. La contribución de la UE presenta un perfil decreciente a lo largo del periodo, puesto que el aumento de los gastos de personal se compensa con una disminución de los gastos operativos vinculados a la creación de las bases de datos y los programas informáticos. Habida cuenta de su fase inicial y las nuevas tareas, la agencia podrá recibir en 2014 un puesto adicional, con los créditos correspondientes, seguido de un nuevo puesto suplementario en 2018. Por tanto, el número total de puestos directamente destinado a actividades sobre el CFP pasa de los cinco de 2013 a siete en 2020.

5.1.5.     Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO)

La fase inicial de la EASO concluye en 2014, tras cual alcanzará su velocidad de crucero. Habida cuenta de su fase inicial y de su transición a la categoría «con nuevas tareas», la agencia podrá recibir en 2014-2015 diez puestos adicionales (incluido un puesto para compensar la reducción de plantilla durante la fase inicial), así como los créditos correspondientes a los salarios. Se estima que el número total de puestos se incrementará de 45 en 2013 a 51 en 2020. El aumento de la contribución de la UE para 2014-2015 refleja principalmente el aumento de personal vinculado a la finalización de la fase inicial de la EASO.

5.1.6.     Agencia para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos (eu.LISA)

La eu.LISA es una agencia de nueva creación que se espera alcance su velocidad de crucero en 2015. A partir de 2016, las tareas de la agencia se ampliarán para incluir el desarrollo y la gestión de los dos nuevos sistemas informáticos que constituyen el paquete «Fronteras inteligentes» (COM (2013) 95, 96 y 97), es decir, el Sistema de Entrada/Salida y el Programa de Registro de Viajeros. Además, a partir de 2016, los actuales sistemas SIS, VIS y Eurodac deberán modernizarse para cumplir los nuevos requisitos que se derivan de la transición a la biometría. Los gastos operativos adicionales relacionados con el paquete «Fronteras inteligentes» y el paso modernizador a la biometría requerirán un aumento de la contribución de la UE a eu.LISA por valor de 4 670 000 EUR en 2015, que ascenderá a 20 600 000 EUR en 2016. Por último, los costes puntuales para un proyecto de construcción (19 millones EUR) se incluyen en 2015.

Habida cuenta de su fase inicial y las nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2017 cinco puestos adicionales para compensar la reducción de plantilla durante la fase inicial, lo que, combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la cuota anual para la reserva de reasignación, resulta en una reducción del total de puestos de los 120 de 2013 a 113 en 2020.

5.2.        Agencias con nuevas tareas

5.2.1.     Agencia del GNSS Europeo (GSA)

La propuesta de la Comisión de un nuevo Reglamento sobre el GNSS (COM (2011) 814), en el que presenta un nuevo marco de gobernanza y financiación de los programas EGNOS y Galileo durante el periodo 2014-2020, asigna nuevas tareas a la GSA para el periodo 2014-2018. Con el fin de que el Parlamento Europeo y el Consejo puedan contar con una visión completa de las condiciones en las que la Agencia llevará a cabo las tareas que se le encomiendan de acuerdo con el nuevo modelo de gobernanza, el 6 de febrero de 2013 la Comisión adoptó una propuesta para modificar el Reglamento (UE) nº 912/2010 relativo a la GSA [COM(2013)40].

Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2018, 48 puestos adicionales, así como los créditos correspondientes, Esto incluye tres puestos para compensar la reducción de plantilla ya prevista como parte de la contribución de la GSA a la reducción de plantilla del 5 %. Esto, sumado a la cuota anual para la reserva de reasignación, resulta en un total de puestos que aumenta de los 77 de 2013 a 120 en 2020.

Por otra parte, la contribución de la UE a la agencia se incrementará hasta cubrir los costes extraordinarios por obras de construcción en la nueva sede de Praga (por un importe de 2 900 000 EUR en 2015 y 600 000 EUR en 2016). Estos costes específicos irán seguidos de un incremento de 500 000 EUR en el nivel de costes de funcionamiento anuales a partir de mediados de 2016, además de 1 300 000 EUR de gastos de alquiler anuales. Además, están previstos costes de infraestructura informática de los Centros de gestión de la seguridad del sistema Galileo (GSMC) en el Reino Unido y Francia por valor de 1 200 000 EUR, destinados a completar los sistemas informáticos en 2014, y de 1 000 000 EUR para la sustitución de los servidores en 2018. El incremento de la contribución a la GSA se imputará en la dotación presupuestaria del programa Galileo.

5.2.2.     Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA)

La AESA se considera una agencia «con nuevas tareas» durante el periodo 2015-2018, especialmente por las nuevas tareas relacionadas con los operadores de terceros países, según lo previsto en el Reglamento de base, y sistemas de aeronaves teledirigidas. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2017, 16 puestos adicionales, así como los créditos correspondientes, lo que combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en una reducción del total de puestos de los 692 de 2013 a 639 en 2020. Por último, se necesitan créditos adicionales para financiar los costes vinculados con el proyecto de construcción de la AESA por un importe de 1 500 000 EUR tanto en 2015 como en 2016.

5.2.3.     Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA)

El Reglamento (UE) nº 100/2013 amplía las tareas de la EMSA, en particular con el fin de facilitar el establecimiento de un espacio europeo de transporte marítimo sin barreras, por lo que esta agencia se considera «con nuevas tareas» hasta el año 2015. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir dos puestos adicionales durante el periodo 2014-2015, así como los créditos correspondientes, lo que combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en una reducción del total de puestos de los 213 de 2013 a 195 en 2020.

La contribución de la UE a la EMSA durante el periodo muestra un aumento que responde a la financiación del programa de medidas de lucha contra la contaminación llevado a cabo por la EMSA y pone de manifiesto el perfil de crecimiento hasta 2020, de acuerdo con el proyecto de Reglamento COM (2013) 174. Por último, se han incluido también los costes de tres agentes contractuales adicionales que se contratarán a partir de 2016 en el marco del programa Copernicus.

5.2.4.     Agencia Ferroviaria Europea (AFE)

La clasificación como agencia «con nuevas tareas» de la AFE responde a la entrada en vigor prevista para 2015 del proyecto de Reglamento propuesto en el COM (2013) 27. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2018, 18 puestos adicionales, que se financiarán mediante tasas y cánones según lo previsto en el proyecto de Reglamento. Esto, combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en un incremento del total de puestos de los 143 de 2013 a 148 en 2020. El perfil de la contribución de la UE refleja el impacto presupuestario previsto en la ficha financiera legislativa que acompaña al proyecto de Reglamento.

5.2.5.     Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA)

El Reglamento (UE) nº 526/2013, adoptado el 21 de mayo de 2013, amplía el mandato y las funciones de la ENISA. Estas nuevas tareas se refieren en particular al desarrollo de la política de ciberseguridad (estudios, investigaciones y análisis), la creación de capacidades en favor de los Estados miembros y las instituciones de la UE (CERT-UE), ofreciendo formación en materia de seguridad de las redes y de la información a los organismos públicos pertinentes, y apoyando el desarrollo de un mecanismo europeo de alerta temprana. Esta es la razón por la que la ENISA se ha clasificado como agencia «con nuevas tareas» hasta 2016, tras la cual pasará a ser una agencia «en velocidad de crucero» en 2017. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2017, 5 puestos adicionales, lo que combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, incrementa en uno el total de puestos durante el periodo 2014-2017, tras lo cual recupera el nivel de 47 puestos de 2013. La contribución de la UE reflejará la evolución de la plantilla, las contrataciones previstas de personal externo y las mejoras de eficiencia, gracias a la reorganización interna de la agencia.

5.2.6.     Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

Durante el periodo 2014-2016 la ACER se considera una agencia «con nuevas tareas» debido a la introducción progresiva de nuevas tareas que se le asignan con arreglo al Reglamento (UE) nº 1227/2011 (REMIT) y el Reglamento (UE) nº 347/2013 (Orientaciones RTE-E). La contribución de la UE a la agencia aumenta a partir de 2014 para cubrir los gastos ordinarios de mantenimiento de la infraestructura informática necesaria con arreglo al Reglamento REMIT (por un importe de 1,5 millones EUR por año), así como para la evolución de su plantilla.

A la vista de las nuevas tareas que derivan de las directrices RTE-E (que incluyen principalmente la identificación y el seguimiento de proyectos de interés común en el ámbito de la infraestructura de gas y electricidad), en el periodo 2014-2017 la ACER puede recibir ocho puestos adicionales, así como los créditos correspondientes. Esto, combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la cuota anual para la reserva de reasignación, resulta en un aumento del total de puestos de los 49 de 2013 a 52 en 2020.

5.2.7.     Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA)

Se ha señalado que la AEMA podría coordinar la ejecución del servicio terrestre de Copernicus, basándose en su prolongada experiencia con el Inventario Corine de cobertura y usos del suelo y otras actividades de las operaciones iniciales del GMES (precursor del servicio terrestre). Está prevista una modificación de la base jurídica de la agencia para incluir esa nueva tarea, por lo que en 2016 está clasificada como agencia «con nuevas tareas». Esta nueva tarea se cubrirá exclusivamente mediante la contratación de cinco nuevos agentes contractuales. La reducción de plantilla del 5 % y la cuota anual para la reserva de reasignación resultan en una reducción del total de puestos de los 138 de 2013 a 124 en 2020.

5.2.8.     Agencia Europea de Medicamentos (EMA)

La EMA es una agencia «con nuevas tareas» debido a la introducción progresiva de actividades adicionales que se le asignan en el marco de la revisión a fondo del marco jurídico de la farmacovigilancia en 2010, que es aplicable a partir de julio de 2012 (Reglamento (UE) nº 1235/2010 y Directiva 2010/84/UE). El Parlamento Europeo y el Consejo añadieron tareas que requieren recursos adicionales con respecto a la ficha financiera inicial, especialmente en las competencias relativas a los medicamentos autorizados a nivel nacional y el refuerzo de las competencias para los medicamentos autorizados de forma centralizada. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2015-2018, 38 puestos adicionales, lo que, combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en una reducción del total de puestos de los 611 de 2013 a 588 en 2020.

Actualmente, alrededor del 80 % del presupuesto de la EMA se financia mediante tasas y se espera que este porcentaje aumente durante el periodo 2014-2020. Todas las nuevas actividades de farmacovigilancia se financiarán íntegramente mediante tasas adicionales, la contribución de la UE seguirá siendo muy estable en términos reales durante ese periodo, dado el impacto de las previsiones para las tasas que se percibirán del sector sobre la necesidad de una subvención de equilibrio del presupuesto de la UE.

5.2.9.     Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores (FRONTEX)

La agencia FRONTEX se clasifica como «con nuevas tareas» durante el periodo 2014-2018 debido a la ampliación prevista de sus tareas en lo relativo al Sistema Europeo de Vigilancia de Fronteras (EUROSUR) [COM (2011) 873]. Habida cuenta de estas nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2018, ocho puestos adicionales, así como los créditos correspondientes, lo que combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en una reducción del total de puestos de los 153 de 2013 a 145 en 2020. Se espera alcanzar la velocidad de crucero en 2019 y 2020.

Dadas las necesidades de gastos operativos de EUROSUR, la contribución de la UE a FRONTEX aumentará en 3 000 000 EUR en 2014, que pasarán gradualmente a 5 000 000 EUR en 2015, 7 500 000 EUR 2016 y 10 000 000 EUR a partir de 2017. Además, a partir de 2015, está prevista una nueva ampliación de 3 000 000 EUR para reforzar la capacidad operativa de FRONTEX, debido a la constante presión migratoria sobre las fronteras exteriores de la Unión.

5.2.10.   Oficina Europea de Policía (EUROPOL)

EUROPOL se considera una agencia «con nuevas tareas» debido a la propuesta de modificación de su Reglamento de creación [COM (2013) 172 y 173)], lo que abrirá la posibilidad de fusionar las actividades actualmente asignadas a CEPOL y generar sinergias y ahorros estimados en 17 000 000 EUR de aquí a 2020. Por otra parte, se ha propuesto utilizar la revisión del mandato de EUROPOL para incluir dos nuevas tareas: los programas de formación sobre los servicios con funciones coercitivas y el desarrollo del Centro Europeo de Ciberdelincuencia.

Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2018, 15 puestos adicionales, así como los créditos correspondientes, lo que combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en una reducción del total de puestos de los 457 de 2013 a 427 en 2020. Por último, la contribución de la UE a la agencia se incrementará en 12 500 000 EUR en 2015 para seguir desarrollando las herramientas informáticas necesarias para llevar a cabo su mandato ampliado, tanto para la recogida y el procesamiento de datos como para las herramientas de las TIC relacionadas con la ciberdelincuencia.

5.2.11.   Escuela Europea de Policía (CEPOL)

La CEPOL se presenta como una agencia «en velocidad de crucero», aunque su personal, una vez integrado en EUROPOL [COM (2013) 172 y 173], se asignará a los programas de formación sobre los servicios con funciones coercitivas que deben ponerse en marcha en 2015 y 2016. El incremento de la eficiencia logrado mediante la fusión con EUROPOL también ha incidido en el número de efectivos de la CEPOL: como consecuencia, el total de puestos de la agencia se mantiene estable durante el periodo, en los 28 puestos de 2013, con un descenso temporal de un puesto en el periodo 2014-2017.

5.2.12.   Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea (Eurojust)

EUROJUST alcanzará su velocidad de crucero en 2014 y mantendrá este estatus durante todo el periodo. La propuesta de reforma del acto fundacional de EUROJUST, que se espera que la Comisión adopte junto con la propuesta de creación de la Fiscalía Europea (véase más abajo), se centra en la estructura de gobernanza de EUROJUST. La reducción de plantilla del 5 % y la cuota anual para la reserva de reasignación resultan en una reducción del total de puestos de EUROJUST de los 213 de 2013 a 191 en 2020. La contribución de la UE a EUROJUST durante el período 2014-2020 refleja su estatus de agencia «en velocidad de crucero». Sin embargo, la cofinanciación del proyecto de nuevo edificio de Eurojust requiere créditos adicionales por un importe de 10 900 000 EUR en 2015 y 7 250 000 EUR en 2016.

5.3.        Propuestas de la Comisión para la creación de futuros nuevos organismos

Los futuros organismos de la UE no entran en el ámbito de aplicación de la presente Comunicación, que presenta el resumen de los recursos de las agencias descentralizadas actuales. Sin embargo, en lo que respecta a la programación financiera, si nuevos organismos precisaran financiación del presupuesto de la UE, esta deberá ajustarse a las dotaciones indicativas propuestas para los gastos de las agencias por rúbrica del MFP. En este apartado se describen brevemente dos iniciativas legislativas que proponen la creación de nuevos organismos de la UE y están siendo estudiadas por la Comisión: el Consejo Europeo de Resolución y la Fiscalía Europea.

5.3.1.     Consejo Europeo de Resolución

La Comisión ha adoptado una propuesta para el establecimiento de un futuro Consejo Europeo de Resolución[16]. La creación de este organismo es probable que tenga lugar en 2014, para que pueda ser plenamente operativo a finales de ese año. Se espera que se financie íntegramente mediante aportaciones del sector bancario, lo que implica, a su vez, que su creación no requerirá una contribución del presupuesto de la UE. Por tanto, la creación del Consejo no incidirá en la dotación presupuestaria orientativa para los gastos de las agencias de la subrúbrica 1a (Competitividad para el crecimiento y el empleo). En términos de recursos humanos, se espera que el Consejo requiera 309 unidades equivalentes de jornada completa en forma de puestos de plantilla, agentes contractuales y expertos nacionales en comisión de servicios. Los puestos necesarios para este nuevo organismo no entran en el ámbito de aplicación del objetivo de reducción de personal del 5 %.

5.3.2.     Fiscalía Europea

La Comisión tiene la intención de adoptar una propuesta para el establecimiento de una futura Fiscalía Europea en julio de 2013. La propuesta facilitará un incremento progresivo de las tareas y recursos de este nuevo organismo después de 2020. La creación de la futura Fiscalía Europea debería implicar la puesta en común de recursos administrativos y de apoyo con EUROJUST (que se espera desempeñe un papel en su creación con arreglo al artículo 86 del TFUE), así como la redistribución del personal de la OLAF para la ejecución de sus funciones operativas. La previsión es que la creación de la Fiscalía Europea se financiará íntegramente mediante una contribución del presupuesto de la UE con cargo a la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía). La aplicación progresiva de la contribución de la UE a la Fiscalía Europea 2014-2020 será compatible con la dotación presupuestaria orientativa para los gastos de las agencias de dicha rúbrica. En todo caso, el impacto presupuestario general será limitado gracias a las reasignaciones hechas a partir de la rúbrica 5 (Administración).

6.           Próximos pasos

La presente Comunicación ofrece la programación financiera de los recursos humanos y presupuestarios para las agencias descentralizadas hasta el año 2020. Esta programación no excluye que determinadas tareas se lleven a cabo con menos recursos que los programados gracias a las nuevas mejoras de eficiencia que puedan lograr las agencias. Por otro lado, es posible que el continuo desarrollo de políticas de la UE obligue a exigir a las agencias actuales a contribuir con conocimientos especializados adicionales. Las propuestas legislativas específicas que modifiquen el ámbito de aplicación de las actuales agencias se ajustarán a la programación de los recursos financieros y humanos que figuran en la presente Comunicación. Toda nueva propuesta legislativa que requiera recursos humanos adicionales para las distintas agencias requerirá simultáneamente la correspondiente reducción en los planes de actuación de otras agencias y/o de la Comisión en caso de que se deleguen en las agencias tareas de la misma.

A este respecto, al igual que todas las demás instituciones y organismos de la UE, las agencias deberán mejorar su eficiencia y, en su caso, reasignar sus plantillas, en particular, de las funciones de coordinación y apoyo a las actividades operativas. A fin de permitir la mejor utilización posible de los recursos disponibles y la gestión eficiente y eficaz de las agencias, se buscará crear sinergias entre las mismas. La búsqueda de sinergias también puede dar pie a propuestas de fusión entre las agencias existentes, como la recientemente propuesta de EUROPOL y CEPOL.

Según lo previsto en la hoja de ruta de la Comisión sobre el seguimiento del enfoque común de las agencias descentralizadas, la Comisión está examinando cuidadosamente formas de ampliar el nivel y el alcance de las actividades de apoyo que proporciona actualmente a las agencias en áreas como la gestión del personal, la contabilidad y la financiación, a fin de reducir sus gastos administrativos y para que dichas agencias puedan producir los resultados esperados con los recursos disponibles. En este contexto, la Comisión también revisará el Reglamento Financiero Marco aplicable a las agencias descentralizadas, a fin de dotarlas de mejores herramientas de información y gestión financiera.

Sobre la base de la presente Comunicación, la Comisión tiene la intención de iniciar el procedimiento previsto en el apartado 47 del Acuerdo Interinstitucional actual sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[17].

Anexo I

Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas de la rúbrica 1ª: Competitividad para el crecimiento y el empleo

(en millones EUR)

Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos

2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020

Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) || 02 03 03 || Helsinki || 2006 || 2014-2020 || 0 || 0 || 67,879 || 76,805 || 75,533 || 24,517 || 67,224 || 67,682 || 379,640 || Que se autofinancian parcialmente

Efectivos autorizados || || || || || 451 || 441 || 431 || 420 || 410 || 404 || 404 || 404 ||

Agencia del GNSS Europeo (GSA) || 02 05 11 || Praga || 2004 || 2019-2020 || 14,159 || 24,651 || 26,840 || 28,350 || 27,847 || 30,848 || 30,722 || 30,964 || 200,222 || Transferencia de puestos de la Comisión

Efectivos autorizados || (02 05 02) || (Bruselas) || || || 77 || 96 || 102 || 113 || 116 || 118 || 119 || 120 || ||

Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound) || 04 03 11 || Dublín || 1975 || 2014-2020 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,779 || 21,195 || 143,829 ||

Efectivos autorizados || (04 04 03) || || || || 101 || 99 || 97 || 95 || 93 || 91 || 91 || 91 || ||

Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) || 04 03 12 || Bilbao || 1994 || 2014-2020 || 14,678 || 14,095 || 14,679 || 14,679 || 14,679 || 14,973 || 15,273 || 15,579 || 103,957 ||

Efectivos autorizados || (04 04 04) || || || || 44 || 43 || 42 || 41 || 40 || 40 || 40 || 40 || ||

Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) || 06 02 02 || Colonia || 2002 || 2014, 2019-2020 || 34,862 || 34,174 || 36,370 || 36,370 || 34,870 || 34,870 || 35,568 || 36,279 || 248,501 || Que se autofinancian parcialmente

Efectivos autorizados || (06 02 01) || || || || 692 || 678 || 672 || 662 || 650 || 639 || 639 || 639 ||

Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA) || 06 02 03 || Lisboa || 2002 || 2016-2020 || 55,892 || 50,453 || 52,656 || 53,879 || 55,083 || 56,963 || 57,984 || 59,692 || 386,710 ||

incluidas las medidas anticontaminación || 06 02 03 02 || || || || 22,663 || 19,675 || 20,600 || 21,600 || 22,800 || 24,675 || 25,050 || 26,100 || 160,500 ||

Efectivos autorizados || (06 02 02) || || || || 213 || 210 || 207 || 202 || 198 || 195 || 195 || 195 || ||

Agencia Ferroviaria Europea (AFE) || 06 02 04 || Lille || 2004 || 2015-2020 || 25,007 || 25,007 || 25,613 || 26,000 || 26,000 || 26,250 || 26,500 || 26,750 || 182,120 ||

Efectivos autorizados || (06 02 08) || Valenciennes || || || 143 || 140 || 137 || 134 || 139 || 148 || 148 || 148 || ||

Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA) || 09 02 03 || Heraklion || 2004 || 2017-2020 || 8,335 || 8,822 || 9,372 || 10,120 || 10,322 || 10,529 || 10,739 || 10,954 || 70,859 ||

Efectivos autorizados || || || || || 47 || 48 || 48 || 48 || 48 || 47 || 47 || 47 || ||

Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE — Oficina) || 09 02 04 || Riga || 2009 || 2014-2020 || 4,191 || 4,163 || 4,163 || 4,246 || 4,246 || 4,331 || 4,418 || 4,506 || 30,073 ||

Efectivos autorizados || || || || || 16 || 16 || 15 || 15 || 14 || 14 || 14 || 14 || ||

Autoridad Bancaria Europea (ABE) || 12 03 02 || Londres || 2010 || 2019-2020 || 10,387 || 11,304 || 12,021 || 13,104 || 14,115 || 15,123 || 15,683 || 15,997 || 97,349 || Cofinanciación nacional

Efectivos autorizados || (12 04 02) || || || || 93 || 103 || 111 || 125 || 134 || 145 || 145 || 145 ||

Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) || 12 03 03 || Frankfurt || 2010 || 2019-2020 || 7,507 || 7,514 || 7,763 || 8,134 || 8,676 || 9,365 || 9,734 || 9,929 || 61,117 || Cofinanciación nacional

Efectivos autorizados || (12 04 03) || || || || 80 || 84 || 87 || 92 || 101 || 112 || 112 || 112 ||

Autoridad Europea de Mercados y Valores (AEMV) || 12 03 04 || París || 2010 || 2019-2020 || 8,697 || 9,077 || 9,603 || 10,099 || 10,888 || 11,876 || 12,377 || 12,624 || 76,543 || Cofinanciación nacional

Efectivos autorizados || (12 04 04) || || || || 121 || 128 || 133 || 138 || 150 || 163 || 163 || 163 ||

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP) || 15 02 11 || Tesalónica || 1975 || 2014-2020 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,783 || 18,138 || 123,091 ||

Efectivos autorizados || (15 02 25) || || || || 100 || 98 || 96 || 94 || 92 || 91 || 91 || 91 || ||

Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) || 32 02 10 || Liubliana || 2009 || 2017-2020 || 8,941 || 10,880 || 11,266 || 11,492 || 11,492 || 11,492 || 11,722 || 11,957 || 80,301 || Gasto en TI

Efectivos autorizados || (32 04 10) || || || || 49 || 54 || 54 || 54 || 53 || 52 || 52 || 52 ||

Total de las agencias descentralizadas de la subrúbrica 1a || || || || || 230,462 || 237,944 || 316,031 || 331,083 || 331,559 || 288,942 || 336,506 || 342,246 || 2 184,310 ||

Efectivos autorizados || || || || || 2 227 || 2 238 || 2 232 || 2 233 || 2 238 || 2 259 || 2 260 || 2 261 || ||

Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas de la rúbrica 2: Crecimiento sostenible: recursos naturales

(en millones EUR)

Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos

2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020

Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) - Actividades sobre biocidas || 07 02 05 01 || Helsinki || 2012 || 2016, 2018-2020 || 6,071 || 5,064 || 5,789 || 2,435 || 2,435 || 2,226 || 0,000 || 0,000 || 17,948 || Que se autofinancian parcialmente

Efectivos autorizados || (07 03 60) || || || || 47 || 48 || 48 || 47 || 47 || 47 || 53 || 54 ||

Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) - Actividades sobre CFP || 07 02 05 02 || Helsinki || 2012 || 2016, 2018-2020 || 1,562 || 1,297 || 1,222 || 1,151 || 1,183 || 1,142 || 1,142 || 1,142 || 8,279 ||

Efectivos autorizados || (07 03 70) || || || || 5 || 6 || 6 || 6 || 6 || 7 || 7 || 7 || ||

Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) || 07 02 06 || Copenhague || 1990 || 2014-2015, 2017-2020 || 36,309 || 36,309 || 36,309 || 36,809 || 36,809 || 36,809 || 37,545 || 38,296 || 258,888 ||

Efectivos autorizados || (07 03 09) || || || || 138 || 135 || 132 || 129 || 126 || 124 || 124 || 124 || ||

Agencia Europea de Control de la Pesca (AECP) || 11 06 64 || Vigo || 2005 || 2014-2020 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,401 || 9,590 || 65,077 ||

Efectivos autorizados || (11 08 05) || || || || 54 || 53 || 52 || 51 || 49 || 48 || 48 || 48 || ||

Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 2 || || || || || 53,159 || 51,888 || 52,537 || 49,612 || 49,644 || 49,394 || 48,089 || 49,028 || 350,192 ||

Efectivos autorizados || || || || || 244 || 242 || 238 || 233 || 228 || 226 || 232 || 233 || ||

Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas de la rúbrica 3: Seguridad y ciudadanía

(en millones EUR)

Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos

2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020

Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) || 17 03 10 || Estocolmo || 2004 || 2014-2020 || 56,727 || 56,766 || 56,766 || 56,766 || 56,766 || 56,766 || 57,901 || 59,059 || 400,791 ||

Efectivos autorizados || (17 03 03) || || || || 198 || 194 || 190 || 186 || 182 || 180 || 180 || 180 || ||

Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) || 17 03 11 || Parma || 2002 || 2014-2020 || 76,000 || 77,333 || 77,333 || 77,333 || 77,333 || 77,333 || 77,880 || 80,457 || 546,003 ||

Efectivos autorizados || (17 03 07) || || || || 351 || 344 || 337 || 330 || 323 || 319 || 319 || 319 || ||

Agencia Europea de Medicamentos (EMA) || 17 03 12 || Londres || 1993 || 2019-2020 || 39,230 || 39,230 || 40,015 || 40,815 || 40,029 || 40,174 || 40,978 || 41,798 || 283,038 || Que se autofinancian parcialmente

incluida la contribución especial para los medicamentos huérfanos || 17 03 12 02 || || || || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 42,000

Efectivos autorizados || (17 03 10) || || || || 611 || 599 || 599 || 599 || 593 || 588 || 588 || 588 ||

Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores (FRONTEX) || 18 02 03 || Varsovia || 2004 || 2019-2020 || 79,500 || 80,910 || 86,112 || 88,774 || 91,274 || 91,274 || 93,099 || 94,961 || 626,405 ||

Efectivos autorizados || || || || || 153 || 152 || 151 || 149 || 146 || 145 || 145 || 145 || ||

Oficina Europea de Policía (EUROPOL) || 18 02 04 || La Haya || 1995 || 2014, 2019-2020 || 82,562 || 82,212 || 94,714 || 94,716 || 94,718 || 94,720 || 96,614 || 98,546 || 656,589 || Fusión con CEPOL

Efectivos autorizados || (18 05 02) || || || || 457 || 448 || 443 || 439 || 432 || 427 || 427 || 427 || ||

Escuela Europea de Policía (CEPOL) || 18 02 05 || Bramshill || 2005 || 2014, 2017-2020 || 8,450 || 8,305 || 8,471 || 8,641 || 8,813 || 9,126 || 9,308 || 9,495 || 62,159 || Fusión con EUROPOL

Efectivos autorizados || (18 05 05) || || || || 28 || 27 || 27 || 27 || 27 || 28 || 28 || 28 || ||

Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT) || 18 02 06 || Lisboa || 1993 || 2014-2020 || 15,550 || 14,794 || 14,794 || 14,794 || 14,794 || 14,794 || 15,090 || 15,392 || 104,452 ||

Efectivos autorizados || (18 05 11) || || || || 84 || 82 || 80 || 79 || 77 || 76 || 76 || 76 || ||

Agencia para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu.LISA) || 18 02 07 || Tallin-Estrasburgo || 2011 || 2017-2020 || 41,000 || 59,380 || 83,064 || 84,727 || 84,742 || 85,700 || 87,414 || 89,163 || 574,190 || Gastos inmobiliarios

Efectivos autorizados || (18 02 11) || || || || 120 || 120 || 120 || 118 || 115 || 113 || 113 || 113 || ||

Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) || 18 03 02 || La Valeta || 2010 || 2016-2020 || 12,000 || 14,526 || 15,032 || 15,333 || 15,639 || 15,952 || 16,271 || 16,596 || 109,349 ||

Efectivos autorizados || (18 03 14) || || || || 45 || 49 || 51 || 51 || 51 || 51 || 51 || 51 || ||

Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) || 33 02 06 || Viena || 2007 || 2014-2020 || 21, 246 || 21,229 || 21,229 || 21,229 || 21,229 || 21,654 || 22,088 || 22,530 || 151,188 ||

Efectivos autorizados || (33 02 03) || || || || 78 || 75 || 73 || 72 || 70 || 70 || 70 || 70 || ||

Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) || 33 02 07 || Vilnius || 2006 || 2014-2020 || 7,478 || 7,340 || 7,628 || 7,628 || 7,628 || 7,781 || 7,937 || 8,096 || 54,038 ||

Efectivos autorizados || (33 06 03) || || || || 30 || 29 || 28 || 27 || 26 || 26 || 26 || 26 || ||

Unidad de Cooperación judicial de la Unión Europea (Eurojust) || 33 03 04 || La Haya || 2002 || 2014-2020 || 32,359 || 32,450 || 43,350 || 39,700 || 32,450 || 32,450 || 33,099 || 33,761 || 247,260 || Gastos inmobiliarios

Efectivos autorizados || (33 03 02) || || || || 213 || 209 || 205 || 200 || 195 || 191 || 191 || 191 ||

Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 3 || || || || || 471,661 || 494,825 || 548,507 || 550,455 || 545,415 || 547,724 || 558,680 || 569,854 || 3 815, 460 ||

Efectivos autorizados || || || || || 2 368 || 2 328 || 2 304 || 2 277 || 2 237 || 2 214 || 2 214 || 2 214 || ||

Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas de la rúbrica 4: Una Europa global

(en millones EUR)

Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos

2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020

Fundación Europea de Formación (ETF) || 15 02 12 || Turín || 1990 || 2014-2020 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,546 || 20,957 || 142,222 ||

Efectivos autorizados || (15 02 27) || || || || 96 || 94 || 92 || 90 || 88 || 86 || 86 || 86 ||

Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 4 || || || || || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,546 || 20,957 || 142,222 ||

Efectivos autorizados || || || || || 96 || 94 || 92 || 90 || 88 || 86 || 86 || 86 || ||

Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas de la rúbrica 5: Administración

(en millones EUR)

Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos

2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020

Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea || 31 01 10 || Luxemburgo || 1994 || 2014-2020 || || || || || || || || || || Autofinanciación

Efectivos autorizados || (31 01 09) || || || || 206 || 203 || 200 || 197 || 195 || 193 || 193 || 193 ||

Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 5 || || || || || || || || || || || || || ||

Efectivos autorizados || || || || || 206 || 203 || 200 || 197 || 195 || 193 || 193 || 193 || ||

Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas que se autofinancian

(en millones EUR)

Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos

2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020

Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) || || Alicante || 1993 || 2014-2020 || || || || || || || || || || Autofinanciación

Efectivos autorizados || || || || || 861 || 844 || 827 || 810 || 792 || 775 || 775 || 774 ||

Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV) || || Angers || 1994 || 2014-2020 || || || || || || || || || || Autofinanciación

Efectivos autorizados || || || || || 48 || 47 || 46 || 45 || 44 || 43 || 43 || 43 ||

Total de agencias descentralizadas autofinanciadas || || || || || || || || || || || || || ||

Efectivos autorizados || || || || || 909 || 891 || 873 || 855 || 836 || 818 || 818 || 817 || ||

Resumen 2014-2020: Total de las agencias descentralizadas

(en millones EUR)

Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos

2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020

Total de las agencias descentralizadas || || || || || 775,426 || 804,801 || 937,218 || 951,293 || 946,760 || 906,204 || 963,821 || 982,085 || 6 492,184 ||

Efectivos autorizados || || || || || 6 050 || 5 996 || 5 939 || 5 885 || 5 822 || 5 796 || 5 803 || 5 804 || ||

Anexo II

Agencia || Cálculo del número de puestos en 2020

Número de puestos en 2013 (1) || Reducción de plantilla del 5 % (2) || 1 % de contribución anual a la reserva (3) || Asignación de la reserva (4) || Evolución total 2014-2020 (5 = 4 - 2 - 3) || Número de puestos en 2020 (6 = 1 + 5)

ECHA: Actividades químicas || 451 || - 18,0 || - 29,0 || - || - 47 || 404

GSA || 77 || - 1,0 || - 4,0 || + 48 || + 43 || 120

EUROFOUND || 101 || - 5,0 || - 5,0 || - || - 10 || 91

EU-OSHA || 44 || - 2,0 || - 2,0 || - || - 4 || 40

EASA || 692 || - 34,5 || - 34,5 || + 16 || - 53 || 639

EMSA || 213 || - 8,5 || - 11,5 || + 2 || - 18 || 195

EEI || 143 || - 6,0 || - 7,0 || + 18 || + 5 || 148

ENISA || 47 || - 2,5 || - 2,5 || + 5 || - || 47

ORECE — Oficina || 16 || - 1,0 || - 1,0 || - || - 2 || 14

ABE || 93 || - 4,5 || - 5,5 || + 62 || + 52 || 145

AESPJ || 80 || - 4,0 || - 4,0 || + 40 || + 32 || 112

AEMV || 121 || - 6,0 || - 6,0 || + 54 || + 42 || 163

CEDEFOP || 100 || - 4,0 || - 5,0 || - || - 9 || 91

ACER || 49 || - 2,5 || - 2,5 || + 8 || + 3 || 52

ECHA: Actividades sobre biocidas || 47 || - 2,5 || - 2,5 || + 12 || + 7 || 54

ECHA: Actividades sobre CFP || 5 || - || - || + 2 || + 2 || 7

AEMA || 138 || - 7,0 || - 7,0 || - || - 14 || 124

AECP || 54 || - 2,5 || - 3,5 || - || - 6 || 48

ECDC || 198 || - 8,0 || - 10,0 || - || - 18 || 180

EFSA || 351 || - 13,5 || - 18,5 || - || - 32 || 319

EMA || 611 || - 30,5 || - 30,5 || + 38 || - 23 || 588

FRONTEX || 153 || - 7,5 || - 8,5 || + 8 || - 8 || 145

EUROPOL || 457 || - 23,0 || - 22,0 || + 15 || - 30 || 427

CEPOL || 28 || - 1,5 || - 1,5 || + 3 || - || 28

OEDT || 84 || - 4,0 || - 4,0 || - || - 8 || 76

eu.LISA || 120 || - 6,0 || - 6,0 || + 5 || - 7 || 113

OEAA || 45 || - 2,0 || - 2,0 || + 10 || + 6 || 51

FRA || 78 || - 4,0 || - 4,0 || - || - 8 || 70

EIGE || 30 || - 1,5 || - 2,5 || - || - 4 || 26

EUROJUST || 213 || - 10,5 || - 11,5 || - || - 22 || 191

ETF || 96 || - 5,0 || - 5,0 || - || - 10 || 86

CdT || 206 || - 1,5 || - 11,5 || - || - 13 || 193

OAMI || 861 || - 43,5 || - 43,5 || - || - 87 || 774

OCVV || 48 || - 2,5 || - 2,5 || - || - 5 || 43

Total || 6 050 || - 276 || - 316 || + 346 || - 246 || 5 804

Puestos reducidos antes de 2014 || || - 27 || || || ||

Total de la reducción de plantilla del 5 % || || - 303 || || || ||

Puestos transferidos de la Comisión || || || 30 || || ||

Total puestos disponibles en la reserva || || || 346 || || ||

[1]               COM(2008) 135 de 11.03.2008.

[2]               Apartado [23] del proyecto de Acuerdo Interinstitucional.

[3]               Incluido el proyecto de presupuesto rectificativo nº 4/2013.

[4]               COM(2013) 450 de 28.6.2013.

[5]               ECHA – Actividades químicas, EMSA, EEI, ECDC, EFSA y CdT.

[6]               Incluidas las dos agencias cuya plantilla no se incluye en el presupuesto de la UE: la OAMI y la OCVV.

[7]               El limitado número de necesidades restantes de puestos adicionales tras 2018 se cubrirá mediante una transferencia de puestos de trabajo de la Comisión a la Agencia del GNSS Europeo, como se establece en la ficha de financiación legislativa [COM (2013) 40], y mediante la asignación de un último puesto en 2020 para cubrir las necesidades de las actividades sobre biocidas de la ECHA.

[8]               Las Escuelas Europeas de tipo II son escuelas nacionales que ofrecen un plan de estudios equivalente al de las escuelas europeas.

[9]               ECHA, EASA, ENISA, AEMA, ECDC, EFSA, CEPOL, EUROPOL, EUROJUST y eu.LISA.

[10]             DO L 298 de 26.10.2012.

[11]             Del cual ya se ha logrado una reducción de 12 puestos en el presupuesto de 2013.

[12]             Del cual ya se ha logrado una reducción de 6 puestos en el presupuesto de 2013.

[13]             Del cual ya se ha logrado una reducción de 9 puestos en el presupuesto de 2013.

[14]             Teniendo en cuenta el hecho de que antes del presente ejercicio ya se habían reducido 27 puestos, la reducción que debe aplicarse a 6 050 puestos es de 303 - 27 = 276 puestos. Habida cuenta de los 30 puestos transferidos desde la Comisión, el número final de puestos de trabajo asciende a 5 804 puestos.

[15]             En esta Comunicación, el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) se incluye en la rúbrica 3.

[16]             COM (2013) 520 de 10.7.2013.

[17]             DO C 139 de 14.6.2006. Estas mismas disposiciones se incluyen en el apartado [25] del proyecto de Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera para el periodo 2014-2020, sobre el que se ha alcanzado un acuerdo político.