COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Programación de los recursos humanos y financieros de las agencias descentralizadas para 2014-2020 /* COM/2013/0519 final */
ÍNDICE 1........... Introducción. 3 2........... Cumplir las
tareas de las agencias con los recursos disponibles. 5 2.1........ MFP 2014-2020:
limitaciones de la evolución de los recursos de las agencias. 5 2.2........ Combinación de la
reducción general de personal con la creación de una reserva de reasignación 6 2.3........ Valoración de las
necesidades de cada agencia en función de las disponibilidades
de la reserva de reasignación. 6 2.4........ Distinción entre
tareas y recursos de las agencias y de la Comisión. 7 2.5........ Financiación de
las Escuelas Europeas. 8 3........... Programación
de los recursos humanos y financieros de las agencias 2014-2020. 8 3.1........ Clasificación de
las agencias: impacto en los recursos de las agencias. 8 3.2........ Contribuciones a
la reserva de reasignación: las agencias en velocidad de crucero
y los componentes en velocidad de crucero de las agencias con nuevas tareas. 8 3.3........ Beneficiarios de
la reserva de reasignación: fase de puesta en marcha y el
componente de nuevas tareas de las agencias con nuevas tareas. 9 4........... Principales
resultados del ejercicio. 9 4.1........ Dotación de
personal: reducción de plantilla del 5 % a lo largo de cinco años. 9 4.2........ Reserva de
reasignación. 10 4.3........ Contribución del
presupuesto de la UE: dotaciones indicativas compatibles con
los techos del MFP. 11 5........... Resultados
pormenorizados del ejercicio. 13 5.1........ Agencias en fase
inicial 13 5.2........ Agencias con
nuevas tareas. 15 5.3........ Propuestas de la
Comisión para la creación de futuros nuevos organismos. 19 6........... Próximos pasos. 20 COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL
PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Programación de
los recursos humanos y financieros de las agencias descentralizadas para
2014-2020 1. Introducción Las agencias descentralizadas son un elemento
inherente al funcionamiento de la Unión que contribuye a la aplicación de
diversas políticas de la Unión, ayuda en el proceso de toma de decisiones
mediante la puesta en común de conocimientos especializados y aumenta la
visibilidad de la Unión en los Estados miembros de la UE. A lo largo de un
periodo de 35 años, se han creado 32 agencias descentralizadas para llevar a
cabo una amplia gama de tareas. A lo largo del tiempo, la creación de nuevas
agencias y la ampliación de las tareas de las existentes han hecho aumentar
considerablemente el número total de personal y la subvención de la UE a dichas
agencias. Las agencias han ido creándose caso por caso,
sin que el proceso se haya visto acompañado de una visión estratégica general
de su papel y su lugar en la Unión. Tras la reflexión iniciada por la
Comunicación de la Comisión Agencias europeas: Orientaciones para el futuro[1], se han mantenido
debates interinstitucionales exhaustivos entre el Parlamento Europeo, el
Consejo y la Comisión. Esa reflexión condujo en julio de 2012 a refrendar un
enfoque común de las agencias descentralizadas, en particular para abordar una
serie de cuestiones de gobernanza en torno al aumento del número de agencias en
un momento en que se espera que la racionalización de las actividades y la
mejora del rendimiento contribuyan a mejorar la eficiencia. El enfoque común se
ha traducido en una hoja de ruta, sobre el cual la Comisión deberá informar
regularmente al Parlamento Europeo y al Consejo. A fin de completar este enfoque global de la
descentralización de las agencias, la presente Comunicación propone una
programación de la dotación de personal y de los niveles de ayuda de cada
agencia descentralizada con arreglo al nuevo Marco Financiero Plurianual (MFP)
2014-2020. Esta programación debe ser compatible con los techos de gasto del
MFP, así como con la reducción de plantilla del 5 % a lo largo de cinco
años aplicable a todas las instituciones, organismos y agencias incluidas en el
proyecto de Acuerdo Interinstitucional sobre cooperación en materia
presupuestaria y buena gestión financiera[2],
alcanzado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión. Sobre esta base,
la Comisión desea llegar a un entendimiento común con el Parlamento Europeo y
el Consejo sobre las necesidades de recursos a medio plazo de las agencias
descentralizadas. El interés común de mantener un control
adecuado de la evolución de los gastos administrativos y el personal de las
instituciones y los organismos de la UE se refleja en los gráficos que se
recogen más abajo. Los gráficos ilustran el constante aumento de la
contribución total de la UE y el total de puestos de plantilla de las agencias
descentralizadas a partir del año 2000, que, en parte, se deriva del hecho de
que el número de agencias ha pasado de 12 en el año 2000 a 32 en la actualidad. La contribución total de la UE para financiar
los gastos de las agencias descentralizadas aumentó ocho veces, pasando de 95
millones EUR en 2000 a 775 millones EUR en el presupuesto de 2013. Del mismo
modo, el número total de puestos de la plantilla de las agencias
descentralizadas se multiplicó por cuatro y pasó de 1 486 en el año 2000 a
6 050 en 2013[3]. La presente
Comunicación fija el marco para la evolución de los gastos y los recursos
humanos de las agencias descentralizadas en consonancia con el MFP, al tiempo
que aborda las necesidades de las agencias de reciente creación y las derivadas
de las nuevas misiones encomendadas a las agencias por la autoridad
legislativa. 2. Cumplir
las tareas de las agencias con los recursos disponibles 2.1. MFP 2014-2020: limitaciones de la evolución de los
recursos de las agencias La evolución de la dotación de personal y de
los créditos destinados a las agencias descentralizadas para el periodo
2014-2020 gira en torno a dos limitaciones generales: por una parte, las
dotaciones indicativas propuestas para los gastos de las agencias previstos en
las rúbricas del nuevo MFP 2014-2020; por otro, el objetivo de reducir los
niveles de dotación de personal de las agencias en un 5 % a lo largo de 5
años. Al igual que en las otras instituciones de la UE, esto irá acompañado de
un aumento de las horas de trabajo sin el correspondiente aumento salarial. A fin de garantizar que las necesidades se
atienden respetando esas limitaciones, la Comisión ha agrupado las agencias en
tres categorías en función del grado de madurez y evolución prevista de las
tareas de cada una hasta 2020: –
las agencias «en velocidad de crucero» son
aquellas bien asentadas y con tareas estables; –
las agencias «con nuevas tareas» son aquellas
con un componente «en velocidad de crucero» cuyas tareas no varían respecto a
años anteriores, pero que también tienen tareas adicionales o modificadas,
según prevea explícitamente una modificación de su Reglamento de creación o
esté prevista la entrada en vigor, en una fecha posterior, de tareas adicionales
ya contempladas en el Reglamento inicial; y –
las agencias «en fase inicial» son aquellas de
creación reciente que aún no han alcanzado una situación estable. Esta clasificación de las agencias permite
adoptar un enfoque diferenciado, ya que las agencias se encuentran en diversos
estadios de desarrollo y cuentan con necesidades distintas. A menos que las agencias decidan anticipar la
reducción de plantilla del 5 %, deberá realizarse una reducción anual del
1 % a lo largo de un periodo de cinco años en el conjunto de las agencias
descentralizadas. Una primera reducción del 1 % se ha incluido en el
proyecto de presupuesto para 2014[4].
El cálculo de la reducción del 5 % se basa en el nivel de puestos de 2013
(incluido el proyecto de presupuesto rectificativo nº 4/2013), salvo en el
caso de las agencias que ya habían reducido sus plantillas en 2013 con respecto
a 2012. La reducción de puestos en un 5 %
significaría disminuir el total de puestos en 303. Sin embargo, teniendo en
cuenta que algunas agencias[5]
ya habían reducido en 27 puestos sus plantillas en 2013, la reducción neta
equivale a una reducción de 276 puestos sobre los 6 050 puestos
autorizados en 2013, lo que lleva a un total de 5 774 puestos, sin incluir
los 30 puestos transferidos desde la Comisión en el marco de la delegación de
tareas a la Agencia del GNSS Europeo (GSA) (véase el apartado 2.4). 2.2. Combinación de la reducción general de personal con la
creación de una reserva de reasignación Para obtener una reducción del 5 % en el número de puestos en
las plantillas de las agencias en cinco años, sin dejar de atender las
necesidades de recursos humanos suplementarios de determinadas agencias, la
Comisión propone crear una «reserva de reasignación» aplicando una cuota anual
del 1 % de los puestos de todas las agencias[6]. Los puestos
obtenidos mediante esta cuota se repartirán entre las agencias «en fase
inicial» y las agencias «con nuevas tareas» en las que es necesario un aumento
del número de puestos de plantilla. Es importante señalar que la reserva de
reasignación creada mediante la cuota estará compuesta por puestos que serán
accesibles y que no implica ninguna transferencia de personal entre agencias.
Esta medida no está destinada a obstaculizar el funcionamiento de las agencias
sino, al contrario, a aportar mayor racionalización y crear cierta flexibilidad
en la asignación de puestos, al tiempo que se respetan las limitaciones
presupuestarias. 2.3. Valoración de las necesidades de cada agencia en
función de las disponibilidades de la reserva de reasignación La Comisión ha llevado a cabo una evaluación
exhaustiva de las necesidades de personal de las agencias durante el periodo
2014-2020, evaluando las posibilidades de crear sinergias y de racionalización.
Esto ha permitido a la Comisión establecer qué necesidades de personal de las
distintas agencias pueden cubrirse durante los siete próximos años de forma
compatible con las limitaciones establecidas por el MFP («necesidades
reconocidas», que ascienden a 346 puestos adicionales a lo largo del periodo 2014-2020).
La Comisión propone asignar el número de puestos disponibles cada año a través
de la reserva de reasignación, atendiendo a las necesidades reconocidas de cada
agencia, lo que permitirá ajustar, en la medida de lo posible, las nuevas
tareas a los correspondientes recursos. La evaluación de necesidades refleja, para
cada agencia, las nuevas tareas y la ampliación de las existentes que se
derivan de los actos jurídicos aprobados por la autoridad legislativa, de las
propuestas ya adoptadas por la Comisión y de las propuestas anunciadas por la
misma y, actualmente, en fase de preparación. En la evaluación, también se
tuvieron en cuenta tareas adicionales asignadas a las agencias por el
Parlamento Europeo y el Consejo durante el proceso legislativo. El ámbito
operativo de las agencias, la naturaleza de las nuevas funciones y el nivel de
especialización requerido para su ejecución son elementos que se tuvieron en
cuenta en la evaluación. Por otra parte, la evaluación incluyó la capacidad de
las agencias para absorber nuevas obligaciones en su estructura organizativa
actual, teniendo en cuenta el potencial de mejora de la eficiencia y las
sinergias dentro de las funciones que tiene asignadas. La asignación de
personal durante ese periodo de siete años se ajusta, en la medida de lo
posible y en función de la disponibilidad de puestos por reasignar de cada año,
al plan de ejecución de actividades previsto en el acto o la propuesta jurídica
pertinente, al tiempo que se procura facilitar la introducción progresiva de
los puestos adicionales. En las asignaciones propuestas también se han tenido
en cuenta las nuevas tareas reguladoras de las agencias, cuyos resultados son
un requisito previo para la aplicación de las políticas y los programas de la
Unión. La evaluación de las necesidades de personal
de cada agencia justificaría un refuerzo de personal en un número sustancial de
agencias durante los primeros años del periodo 2014-2020, en contraposición a
un incremento de puestos más progresivo a lo largo del mismo. No obstante, la
Comisión propone mantener una cuota estable del 1 % para la reserva de
reasignación durante el periodo 2014-2018, a fin de dar a las agencias que son
contribuyentes netos a la reserva tiempo suficiente para adaptarse a la
reducción de puestos y permitir a otras agencias la integración progresiva de
los puestos adicionales. Por ello, la Comisión propone ajustar la asignación de
puestos adicionales a los que están disponibles en la reserva de reasignación,
dando prioridad a las agencias con las necesidades más urgentes de puestos
adicionales. Este planteamiento gradual permitirá atender todas las necesidades
reconocidas de nuevos puestos hasta 2018[7]. 2.4. Distinción entre tareas y recursos de las agencias y
de la Comisión Las tareas de las agencias suelen reflejar la
puesta en común de actividades y recursos de los organismos nacionales en un
organismo autónomo a nivel de la UE, a fin de responder mejor a los desafíos
que tienen una clara dimensión UE. Dicha puesta en común es fijada por el Parlamento
y el Consejo en los correspondientes actos legislativos. La Comisión no delega,
por principio, tareas ejecutivas en las agencias descentralizadas,
especialmente debido a la complejidad de los problemas de gobernanza que ello
implicaría y, en particular, en lo relativo al papel del Consejo de
Administración, la separación de tareas y su control mediante el procedimiento
de aprobación de la gestión de la Comisión. Por este motivo, toda delegación de
tareas debe estar debidamente justificada por las características de las mismas
y la especialización concreta de la autoridad delegataria, mientras se asegura
una gestión financiera y una rentabilidad adecuadas. Toda transferencia de
tareas de la Comisión a una agencia mediante un acuerdo de delegación debe ir
acompañada de una reducción del personal de los servicios de la Comisión para
compensar el aumento de personal en la agencia, procurando al mismo tiempo
crear sinergias y mejorar la eficiencia. Un caso concreto de delegación de tareas se
refiere a aquellas que se propone asignar a la Agencia del GNSS Europeo
(Autoridad de Supervisión del GNSS o GSA) en la fase de explotación de los
programas Galileo y EGNOS, como se detalla más abajo en el apartado 5.2.
La Comisión considera que la agencia se encuentra en una posición idónea para
llevar a cabo esas tareas de ejecución y ha propuesto que la Agencia se haga
cargo de las tareas correspondientes durante el periodo 2014-2020. A tal
efecto, la Comisión reducirá su propia plantilla en 30 puestos (más del objetivo
de reducción del 5 % del personal de la Comisión) para compensar el
aumento de la plantilla de personal de la GSA. Dado que se ven compensados por
una reducción en el seno de la Comisión, estos puestos se añaden a la reserva
de reasignación descrita en el apartado 2.2. 2.5. Financiación de las Escuelas Europeas Al inicio del nuevo periodo del MFP, la
Comisión propone la armonización de los mecanismos de financiación de las
denominadas «Escuelas Europeas de tipo II»[8]
imputando a los presupuestos de las agencias los costes de escolarización de
los hijos de su personal en escuelas de tipo II, a fin de tratar todas las
agencias de manera coherente. En la actualidad las indemnizaciones escolares
por hijos del personal de las agencias corren a cargo del presupuesto de las
agencias si no hay una escuela de tipo II en las proximidades, pero cuando se
crea una escuela de dicho tipo, los gastos se imputan a la rúbrica 5 (Administración).
La Comisión propone compensar el gasto adicional que supone para los presupuestos
de las agencias la financiación revisada de las escuelas de tipo II (estimado
en unos 28,4 millones EUR para el periodo 2014-2020) incrementando en
consecuencia la contribución de la UE a las 10 agencias afectadas[9]. 3. Programación
de los recursos humanos y financieros de las agencias 2014-2020 3.1. Clasificación de las agencias: impacto en los recursos
de las agencias En general, como se ha señalado más arriba, el volumen propuesto
de la contribución de la UE y el nivel de personal de las distintas agencias
durante el periodo refleja su fase de desarrollo. La clasificación de las
agencias en los tipos «en velocidad de crucero», «con nuevas tareas» y «en fase
inicial» proporciona un marco para evaluar las necesidades sobre una base
individual: por lo general, las agencias de reciente creación o las que han
recibido nuevas tareas requieren créditos adicionales y más personal, con el
fin de llevar a cabo las tareas correspondientes a sus nuevos mandatos o a la
ampliación reciente de estos, mientras que las agencias en velocidad de crucero
tienen presupuestos y estructuras estables. Las consecuencias de la clasificación de cada
agencia sobre las necesidades de recursos humanos y financieros durante el
periodo 2014-2020 se exponen con más detalle más abajo. 3.2. Contribuciones a la reserva de reasignación: las
agencias en velocidad de crucero y los componentes en velocidad de crucero de
las agencias con nuevas tareas Como regla general, la Comisión propone la
siguiente evolución para los recursos humanos y financieros de las agencias en
velocidad de crucero: –
Puestos de plantilla: como se indica más arriba, la reducción de plantilla del
5 % a lo largo de 5 años se combina con una cuota anual del 1 % para
la reserva de reasignación entre los años 2014 y 2018. –
Otro personal:
se espera que la plantilla de personal externo (expresada en unidades
equivalentes de jornada completa o EJC) siga la disminución global del número
de puestos de plantilla, especialmente durante los años de reducción del número
de puestos mediante un planteamiento estricto de la contribución total de la UE
a las agencias, como se indica más abajo. –
Contribución del presupuesto de la UE: también a efectos de la reducción de personal y de la cuota para
la reserva de reasignación anuales, la contribución de la UE a las agencias en
velocidad de crucero se mantiene constante en términos nominales en el nivel de
la contribución de la UE del año anterior. Tan pronto como la agencia alcance
su objetivo de nivel de personal, se aplicará el deflactor estándar a la
contribución de la UE. 3.3. Beneficiarios de la reserva de reasignación: fase de
puesta en marcha y el componente de nuevas tareas de las agencias con nuevas
tareas En el apartado 5 se ofrece una visión de
conjunto de las agencias que se han creado recientemente o que cuentan con
nuevas tareas, y que, con el tiempo, requerirán recursos adicionales, en
comparación con las normas generales de recursos humanos y financieros
aplicadas a las agencias en velocidad de crucero (o el componente «en velocidad
de crucero» de las agencias con nuevas tareas) como se indica en el
apartado 3.2. En cuanto al personal de las agencias en fase
inicial, la contribución a la reducción de plantilla del 5 % y la
contribución a la reserva de reasignación tomadas de ellas son sistemáticamente
compensadas por la dotación correspondiente de la reserva para los años en que
la agencia se encuentre aún en fase de puesta en marcha (a más tardar hasta
2015): a partir de 2016, todas las agencias se clasificarán como «en velocidad
de crucero» o «con nuevas tareas». Como punto de partida, las normas generales
de las agencias en velocidad de crucero indicadas en el apartado 3.2 (es
decir, reducción de plantilla del 5 % a lo largo de 5 años, contribución
anual del 1 % a la reserva de reasignación a lo largo de los años 2014 a
2018, así como un nivel nominalmente constante de la contribución de la UE a
las actividades de velocidad de crucero) también se aplicarán a las agencias
con nuevas tareas y en fase inicial. La contribución de la UE se ajustará
posteriormente teniendo en cuenta los puestos adicionales que se asignarán
sobre la base de los costes medios y el coeficiente corrector aplicable al
lugar donde la agencia tiene su sede. En su caso, los gastos también se ajustarán
para tener en cuenta las partidas previstas específicamente relacionadas con
las nuevas tareas (por ejemplo, para sistemas informáticos), o derivados de
gastos de construcción puntuales de conformidad con el procedimiento previsto
para los proyectos inmobiliarios en el artículo 203 del Reglamento
Financiero[10]. 4. Principales
resultados del ejercicio En esta sección se presentan los principales
resultados del ejercicio para establecer una programación de recursos para las
agencias descentralizadas durante el periodo 2014-2020, tanto para los niveles
de personal como para los de ayuda. 4.1. Dotación de personal: reducción de plantilla del
5 % a lo largo de cinco años El cuadro que figura a continuación resume la
evolución del número de puestos durante el periodo, desglosados por rúbrica del
MFP sin incluir los puestos transferidos de la Comisión. En concreto, el cuadro
indica que el análisis de las necesidades de cada agencia, según lo establecido
en el apartado 5, arroja un sustancial incremento neto de puestos para las
agencias de la subrúbrica 1a, dentro del objetivo global de una reducción de
plantilla del 5 % a lo largo de cinco años. Como se menciona en el
apartado 2.1, una serie de agencias descentralizadas ya había reducido el
número de puestos de sus plantillas en el presupuesto de 2013; esa reducción se
tiene en cuenta para alcanzar el objetivo de reducción del 5 % en 2018 a
más tardar. Número de puestos de las agencias descentralizadas (sin
transferencias) Rúbrica || Número de puestos en 2013 || Reducción total basada en el objetivo del 5 % || Total de puestos tras el objetivo de reducción del 5 % || Puestos programados en 2018-2020 || Diferencia con el objetivo en 2018-2020 tras la programación Subrúbrica 1a || 2 227 || 111[11] || 2 128 || 2 237 || 109 Rúbrica 2 || 244 || 12 || 232 || 226 || -6 Rúbrica 3 || 2 368 || 119[12] || 2 255 || 2 214 || -41 Rúbrica 4 || 96 || 5 || 91 || 86 || -5 Rúbrica 5 || 206 || 10[13] || 205 || 193 || -12 Autofinanciación || 909 || 46 || 863 || 818 || -45 Total || 6 050 || 303 || 5 774[14] || 5 774 || 0 La diferencia entre el objetivo de reducción
del 5 % por rúbrica y el número de puestos programado por rúbrica al final
del ejercicio, refleja la redistribución hecha mediante la reserva de
reasignación. 4.2. Reserva de reasignación Durante el periodo 2014-2020, la reserva de
reasignación resultante de la cuota anual del 1 % aplicada a todas las
agencias permite la reasignación de 193 puestos de las agencias «en velocidad
de crucero» a agencias «en fase inicial» y agencias «con nuevas tareas». Por
otra parte, las agencias «en fase inicial» y «con nuevas tareas» contribuyen a
la reserva con un total de 123 puestos, lo que, combinado con la transferencia
de 30 puestos de la GSA, permite asignar 346 puestos adicionales a cubrir las
necesidades durante el periodo en cuestión. El efecto neto de los puestos
reasignados a las agencias «en fase inicial» y «con nuevas tareas» mediante la
reserva de reasignación en su número de puestos es el resultado de la reducción
de plantilla del 5 %, la cuota anual del 1 % para la reserva de
reasignación y la asignación de los puestos adicionales procedentes de la
reserva. El cuadro que se incluye en el anexo II
muestra cómo repercuten en el número de puestos previsto para cada agencia en
2020 la reducción de plantilla del 5 %, la cuota anual del 1 % para
la reserva de reasignación y la asignación de puestos de trabajo suplementarios
desde dicha reserva. 4.3. Contribución del presupuesto de la UE: dotaciones
indicativas compatibles con los techos del MFP El cuadro que figura a continuación resume la
evolución de la contribución de la UE a las agencias descentralizadas según lo
previsto en la presente comunicación, a precios de 2011 y corrientes. El nivel
de gasto programado por rúbrica y año respeta las dotaciones indicativas
propuestas para los gastos de las agencias por rúbrica incluidas en el desglose
de los techos del MFP de las conclusiones del Consejo Europeo de los días 7 y 8
de febrero de 2013. Contribución del presupuesto de la UE a las agencias (en millones EUR, cifras redondeadas a
precios de 2011 y a precios corrientes) Rúbrica del MFP || Precios || Nivel programado de las contribuciones del presupuesto de la UE a las agencias por rúbrica del MFP 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 || Total Subrúbrica 1a || 2011 || 224,2 || 292,0 || 299,9 || 294,4 || 251,5 || 287,2 || 286,4 || 1 935,6 Corrientes || 237,9 || 316,0 || 331,1 || 331,6 || 288,9 || 336,5 || 342,2 || 2 184,3 Rúbrica 2 || 2011 || 48,9 || 48,5 || 44,9 || 44,1 || 43,0 || 41,0 || 41,0 || 311,5 Corrientes || 51,9 || 52,5 || 49,6 || 49,6 || 49,4 || 48,1 || 49,0 || 350,2 Rúbrica 3[15] || 2011 || 466,3 || 506,7 || 498,6 || 484,3 || 476,8 || 476,8 || 476,8 || 3.386,4 Corrientes || 494,8 || 548,5 || 550,5 || 545,4 || 547,7 || 558,7 || 569,9 || 3.815,5 Rúbrica 4 || 2011 || 19,0 || 18,6 || 18,2 || 17,9 || 17,5 || 17,5 || 17,5 || 126,3 Corrientes || 20,1 || 20,1 || 20,1 || 20,1 || 20,1 || 20,5 || 21,0 || 142,2 Total || 2011 || 758,4 || 865,8 || 861,6 || 840,7 || 788,9 || 822,6 || 821,8 || 5.759,8 Corrientes || 804,8 || 937,2 || 951,3 || 946,8 || 906,2 || 963,8 || 982,1 || 6.492,2 La fluctuación del nivel de gastos de la
subrúbrica 1a se debe sobre todo a las fluctuaciones de la previsión de
ingresos por recibir del sector por las actividades químicas de la ECHA, que, a
su vez, repercute en la contribución de equilibrio de la UE a esa agencia. En
2014, la ECHA continuará autofinanciándose en lo relativo a sus actividades
químicas. Sin embargo, se prevé que en 2015 la subvención de equilibrio
ascienda a 68 millones EUR (a precios corrientes) y que se mantenga entre ese
nivel y 77 millones EUR durante todo el periodo del MFP, con la excepción de
2018, año en que la necesidad de una subvención de equilibrio será muy inferior
(24 millones EUR) debido al aumento previsto de los ingresos por tasas
vinculado con una fecha de registro. El gráfico que figura a continuación
muestra las fluctuaciones del nivel global de la contribución de la UE a las
agencias durante el nuevo periodo del MFP. La variación del nivel de
contribución de la UE se debe fundamentalmente a la subvención de equilibrio a
las actividades químicas de la ECHA en el marco de la subrúbrica 1a. El gráfico que sigue muestra la
repercusión de la reducción de plantilla del 5 % en el número total de
puestos de las agencias durante el periodo en cuestión, teniendo en cuenta la
transferencia de puestos de la Comisión. 5. Resultados
pormenorizados del ejercicio El cuadro que se incluye en el anexo I contiene una visión
cuantitativa del personal de las agencias y del nivel de subvención por
agencias durante el periodo 2014-2020 resultantes del ejercicio. En los apartados 5.1 y 5.2 se ofrece una breve descripción de
los recursos programados para las seis agencias que aún estarán en fase inicial
al principio del periodo 2014-2020, seguido por las doce agencias que tendrán
nuevas tareas. Las propuestas de la Comisión para la creación futura de un
Consejo Europeo de Resolución y de la Fiscalía Europea se presentan en el
apartado 5.3. 5.1. Agencias en fase inicial 5.1.1. Autoridad
Bancaria Europea (ABE) La fase inicial de la Autoridad Bancaria
Europea (ABE) concluye en 2014, tras lo cual la agencia requerirá recursos
adicionales para realizar nuevas tareas en materia de rescate y resolución de
entidades bancarias (COM (2012) 280), el mecanismo único de supervisión (COM
(2012) 511) y el Reglamento sobre los requisitos prudenciales de las entidades
de crédito (propuestas sobre requisitos prudenciales, COM (2011) 452). Aunque
el personal adicional requerido para tareas de rescate bancario está plenamente
cubierto por la ficha de financiación aneja a la propuesta inicial de la
Comisión, se han revisado las necesidades de personal relacionadas con el
mecanismo único de supervisión y las tareas de las propuestas sobre requisitos
prudenciales para tener en cuenta el refuerzo del papel de la agencia aprobado
por el Parlamento Europeo y el Consejo. Habida cuenta de su fase inicial y de sus
nuevas tareas durante el periodo 2014-2017, la agencia podrá recibir 62 puestos
adicionales (incluidos los puestos adicionales para compensar la reducción de
plantilla durante la fase inicial), así como el presupuesto correspondiente. Se
estima que el número total de puestos se incrementará de 93 en 2013 a 145 en
2020. Se espera alcanzar la velocidad de crucero en 2019. La contribución de la
UE en ese periodo se incrementará debido al personal adicional necesario para
la realización de nuevas tareas y el correspondiente aumento de gastos
relacionados, como edificios y sistemas informáticos. Lo previsto es que la
cuota de este tipo de gasto a lo largo del periodo se mantenga en el 40 %
de la contribución global de la UE. 5.1.2. Autoridad
Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) La fase inicial de la AESPJ concluye en 2014,
tras lo cual requerirá recursos adicionales para realizar las nuevas tareas,
especialmente las relacionadas con la propuesta de una nueva Directiva sobre la
mediación en los seguros (COM (2012) 360), el desarrollo de las principales
tareas de supervisión (incluidas inspecciones conjuntas in situ), la
protección de los consumidores y la estabilidad financiera (es decir, la
presentación de informes en virtud de la Directiva Solvencia II). Habida cuenta de su fase inicial y de sus
nuevas tareas durante el periodo 2014-2017, la agencia podrá recibir 40 puestos
adicionales (incluidos los puestos adicionales para compensar la reducción de plantilla
durante la fase inicial), así como los créditos correspondientes. Se espera que
el número total de puestos pase de los 80 de 2013 a 112 en 2020. Se espera
alcanzar la velocidad de crucero en 2019 y 2020. El aumento de la contribución
de la UE durante el periodo se debe principalmente al aumento de personal
relacionado con las tareas adicionales. 5.1.3. Autoridad
Europea de Mercados y Valores (AEMV) La fase inicial de la AEMV concluye en 2014,
tras lo cual requerirá recursos adicionales para realizar las nuevas tareas
relacionadas con varios Reglamentos nuevos que atribuyen a la agencia
responsabilidades suplementarias, en particular en el ámbito de la supervisión,
el registro, la certificación y la coordinación de acciones nacionales de
supervisión (incluidas las previstas por el Reglamento sobre las agencias de
calificación crediticia, el Reglamento sobre las ventas en corto, el Reglamento
sobre los Fondos Europeos de Inversión a Largo Plazo y el Reglamento sobre la
infraestructura del mercado europeo). Habida cuenta de su fase inicial y de sus
nuevas tareas durante el periodo 2014-2017, la Agencia podrá recibir 54 puestos
adicionales (incluidos los puestos adicionales para compensar la reducción de
plantilla durante la fase inicial), así como los créditos correspondientes
destinados a salarios. Se estima que el número total de puestos pasará de los
121 de 2013 a 163 en 2020. Se espera alcanzar la velocidad de crucero en 2019 y
2020. El aumento de la contribución de la UE durante el periodo se debe principalmente
al aumento de personal relacionado con las tareas adicionales. 5.1.4. Agencia
Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) Las tareas de la ECHA están recogidas en tres
reglamentos claramente separados, de la forma siguiente: –
Actividades químicas: De acuerdo con su Reglamento de creación (CE) nº 1907/2006,
durante el periodo 2014-2020, la ECHA se clasifica como una agencia en
velocidad de crucero en cuanto a sus actividades químicas. En cuanto a los
niveles de personal, no se prevé contratación adicional de recursos humanos; la
optimización de la asignación actual de tareas de la Agencia producirá una
reducción de su plantilla que pasará de los 451 puestos de 2013 a 404 en 2020.
La contribución de equilibrio de la UE a lo largo del periodo se estima en
381,7 millones EUR, sobre la base del calendario de reducción de puestos y de
las estimaciones de ingresos por tasas procedentes del sector. Las
fluctuaciones interanuales del nivel previsto de tasas procedentes del sector
darán lugar a la fluctuación correspondiente en la necesidad de la contribución
de equilibrio de la UE. –
Actividades sobre biocidas: El Reglamento (UE) nº 528/2012 amplió el mandato de la
ECHA, a partir del 1 de septiembre de 2013, a la comercialización y el uso de
los biocidas. Por este motivo, en cuanto a sus actividades sobre biocidas, la
ECHA se ha agrupado con las agencias «en fase inicial» en los años 2014 y 2015,
durante los cuales irá ganando operatividad progresivamente y se autofinanciará
parcialmente mediante el cobro de tasas procedentes del sector. El
artículo 42 del Reglamento nº 528/2012 amplía el ámbito de aplicación
en 2017, cuando podrán autorizarse otros tres tipos de producto, así como en
2020, cuando podrán autorizarse todos los tipos de producto restantes. Por
tanto, la agencia se clasifica como «con nuevas tareas» en 2017 y 2020. La
agencia recibe una subvención de equilibrio que va reduciéndose durante todo el
periodo, de acuerdo con el aumento previsto de los ingresos por tasas. La
agencia se convertirá en plenamente autofinanciada a partir de 2019. Habida
cuenta de su fase inicial y de las nuevas tareas, la agencia podrá recibir en
el periodo 2014-2015 tres puestos adicionales (de los cuales, dos se destinarán
a compensar la reducción de plantilla durante la fase de puesta en marcha), así
como los créditos correspondientes para salarios, tras lo cual seguirán dos
puestos en 2017-2018 y siete puestos adicionales (autofinanciados) en
2019-2020. Se estima que el número total de puestos directamente destinado a
actividades sobre biocidas pasará de los 47 de 2013 a 54 en 2020. El aumento de
personal necesario para las tareas adicionales en 2017 deberá cubrirlo la
agencia mediante redistribución interna, ya que los nuevos puestos se ven
compensados por la cuota para la reserva de reasignación. –
Actividades sobre el CFP: El Reglamento (UE) nº 649/2012 amplió el mandato de la
ECHA, a partir del 1 de marzo de 2014, a la exportación e importación de
productos químicos peligrosos (consentimiento fundamentado previo o CFP). Por
este motivo, en cuanto a sus actividades sobre el CFP, la ECHA se ha
clasificado como «en fase inicial» en los años 2014 y 2015, durante los que irá
ganando operatividad progresivamente. Se espera que el número de notificaciones
de exportación que debe tratar la agencia aumente un 10 % cada año, un
efecto acumulativo que queda reconocido al clasificarse la agencia como «con
nuevas tareas» en 2017. La contribución de la UE presenta un perfil decreciente
a lo largo del periodo, puesto que el aumento de los gastos de personal se
compensa con una disminución de los gastos operativos vinculados a la creación
de las bases de datos y los programas informáticos. Habida cuenta de su fase
inicial y las nuevas tareas, la agencia podrá recibir en 2014 un puesto
adicional, con los créditos correspondientes, seguido de un nuevo puesto
suplementario en 2018. Por tanto, el número total de puestos directamente
destinado a actividades sobre el CFP pasa de los cinco de 2013 a siete en 2020. 5.1.5. Oficina
Europea de Apoyo al Asilo (EASO) La fase
inicial de la EASO concluye en 2014, tras cual alcanzará su velocidad de
crucero. Habida cuenta de su fase inicial y de su transición a la categoría
«con nuevas tareas», la agencia podrá recibir en 2014-2015 diez puestos adicionales
(incluido un puesto para compensar la reducción de plantilla durante la fase
inicial), así como los créditos correspondientes a los salarios. Se estima que
el número total de puestos se incrementará de 45 en 2013 a 51 en 2020. El
aumento de la contribución de la UE para 2014-2015 refleja principalmente el
aumento de personal vinculado a la finalización de la fase inicial de la EASO. 5.1.6. Agencia
para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos (eu.LISA) La eu.LISA es una agencia de nueva creación
que se espera alcance su velocidad de crucero en 2015. A partir de 2016, las
tareas de la agencia se ampliarán para incluir el desarrollo y la gestión de
los dos nuevos sistemas informáticos que constituyen el paquete «Fronteras
inteligentes» (COM (2013) 95, 96 y 97), es decir, el Sistema de Entrada/Salida
y el Programa de Registro de Viajeros. Además, a partir de 2016, los actuales
sistemas SIS, VIS y Eurodac deberán modernizarse para cumplir los nuevos
requisitos que se derivan de la transición a la biometría. Los gastos
operativos adicionales relacionados con el paquete «Fronteras inteligentes» y
el paso modernizador a la biometría requerirán un aumento de la contribución de
la UE a eu.LISA por valor de 4 670 000 EUR en 2015, que ascenderá a
20 600 000 EUR en 2016. Por último, los costes puntuales para un
proyecto de construcción (19 millones EUR) se incluyen en 2015. Habida cuenta de su fase inicial y las nuevas
tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2017 cinco puestos
adicionales para compensar la reducción de plantilla durante la fase inicial,
lo que, combinado con la reducción de plantilla del 5 % y la cuota anual
para la reserva de reasignación, resulta en una reducción del total de puestos
de los 120 de 2013 a 113 en 2020. 5.2. Agencias con nuevas tareas 5.2.1. Agencia
del GNSS Europeo (GSA) La propuesta de la Comisión de un nuevo
Reglamento sobre el GNSS (COM (2011) 814), en el que presenta un nuevo marco de
gobernanza y financiación de los programas EGNOS y Galileo durante el periodo
2014-2020, asigna nuevas tareas a la GSA para el periodo 2014-2018. Con el fin
de que el Parlamento Europeo y el Consejo puedan contar con una visión completa
de las condiciones en las que la Agencia llevará a cabo las tareas que se le
encomiendan de acuerdo con el nuevo modelo de gobernanza, el 6 de febrero de
2013 la Comisión adoptó una propuesta para modificar el
Reglamento (UE) nº 912/2010 relativo a la GSA [COM(2013)40]. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la
agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2018, 48 puestos adicionales, así
como los créditos correspondientes, Esto incluye tres puestos para compensar la
reducción de plantilla ya prevista como parte de la contribución de la GSA a la
reducción de plantilla del 5 %. Esto, sumado a la cuota anual para la
reserva de reasignación, resulta en un total de puestos que aumenta de los 77
de 2013 a 120 en 2020. Por otra parte, la contribución de la UE a la
agencia se incrementará hasta cubrir los costes extraordinarios por obras de
construcción en la nueva sede de Praga (por un importe de
2 900 000 EUR en 2015 y 600 000 EUR en 2016). Estos costes
específicos irán seguidos de un incremento de 500 000 EUR en el nivel de
costes de funcionamiento anuales a partir de mediados de 2016, además de
1 300 000 EUR de gastos de alquiler anuales. Además, están previstos
costes de infraestructura informática de los Centros de gestión de la seguridad
del sistema Galileo (GSMC) en el Reino Unido y Francia por valor de
1 200 000 EUR, destinados a completar los sistemas informáticos
en 2014, y de 1 000 000 EUR para la sustitución de los
servidores en 2018. El incremento de la contribución a la GSA se imputará en la
dotación presupuestaria del programa Galileo. 5.2.2. Agencia
Europea de Seguridad Aérea (AESA) La AESA se
considera una agencia «con nuevas tareas» durante el periodo 2015-2018,
especialmente por las nuevas tareas relacionadas con los operadores de terceros
países, según lo previsto en el Reglamento de base, y sistemas de aeronaves
teledirigidas. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir
durante el periodo 2014-2017, 16 puestos adicionales, así como los créditos
correspondientes, lo que combinado con la reducción de plantilla del 5 % y
la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en una reducción
del total de puestos de los 692 de 2013 a 639 en 2020. Por último, se necesitan
créditos adicionales para financiar los costes vinculados con el proyecto de
construcción de la AESA por un importe de 1 500 000 EUR tanto en 2015
como en 2016. 5.2.3. Agencia
Europea de Seguridad Marítima (EMSA) El Reglamento (UE) nº 100/2013 amplía
las tareas de la EMSA, en particular con el fin de facilitar el establecimiento
de un espacio europeo de transporte marítimo sin barreras, por lo que esta agencia
se considera «con nuevas tareas» hasta el año 2015. Habida cuenta de sus nuevas
tareas, la agencia podrá recibir dos puestos adicionales durante el periodo
2014-2015, así como los créditos correspondientes, lo que combinado con la
reducción de plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de
reasignación, resulta en una reducción del total de puestos de los 213 de 2013
a 195 en 2020. La contribución de la UE a la EMSA durante el
periodo muestra un aumento que responde a la financiación del programa de
medidas de lucha contra la contaminación llevado a cabo por la EMSA y pone de
manifiesto el perfil de crecimiento hasta 2020, de acuerdo con el proyecto de
Reglamento COM (2013) 174. Por último, se han incluido también los costes de
tres agentes contractuales adicionales que se contratarán a partir de 2016 en
el marco del programa Copernicus. 5.2.4. Agencia
Ferroviaria Europea (AFE) La clasificación como agencia «con nuevas
tareas» de la AFE responde a la entrada en vigor prevista para 2015 del proyecto
de Reglamento propuesto en el COM (2013) 27. Habida cuenta de sus nuevas
tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2018, 18 puestos
adicionales, que se financiarán mediante tasas y cánones según lo previsto en
el proyecto de Reglamento. Esto, combinado con la reducción de plantilla del
5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en un
incremento del total de puestos de los 143 de 2013 a 148 en 2020. El perfil de
la contribución de la UE refleja el impacto presupuestario previsto en la ficha
financiera legislativa que acompaña al proyecto de Reglamento. 5.2.5. Agencia
Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA) El Reglamento (UE) nº 526/2013, adoptado
el 21 de mayo de 2013, amplía el mandato y las funciones de la ENISA. Estas
nuevas tareas se refieren en particular al desarrollo de la política de
ciberseguridad (estudios, investigaciones y análisis), la creación de
capacidades en favor de los Estados miembros y las instituciones de la UE
(CERT-UE), ofreciendo formación en materia de seguridad de las redes y de la
información a los organismos públicos pertinentes, y apoyando el desarrollo de
un mecanismo europeo de alerta temprana. Esta es la razón por la que la ENISA
se ha clasificado como agencia «con nuevas tareas» hasta 2016, tras la cual
pasará a ser una agencia «en velocidad de crucero» en 2017. Habida cuenta de
sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2017, 5
puestos adicionales, lo que combinado con la reducción de plantilla del
5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, incrementa en
uno el total de puestos durante el periodo 2014-2017, tras lo cual recupera el
nivel de 47 puestos de 2013. La contribución de la UE reflejará la evolución de
la plantilla, las contrataciones previstas de personal externo y las mejoras de
eficiencia, gracias a la reorganización interna de la agencia. 5.2.6. Agencia
de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) Durante el periodo 2014-2016 la ACER se considera una agencia «con
nuevas tareas» debido a la introducción progresiva de nuevas tareas que se le
asignan con arreglo al Reglamento (UE) nº 1227/2011 (REMIT) y el Reglamento (UE)
nº 347/2013 (Orientaciones RTE-E). La contribución de la UE a la agencia
aumenta a partir de 2014 para cubrir los gastos ordinarios de mantenimiento de
la infraestructura informática necesaria con arreglo al Reglamento REMIT (por
un importe de 1,5 millones EUR por año), así como para la evolución de su
plantilla. A la vista de las nuevas tareas que derivan
de las directrices RTE-E (que incluyen principalmente la identificación y el
seguimiento de proyectos de interés común en el ámbito de la infraestructura de
gas y electricidad), en el periodo 2014-2017 la ACER puede recibir ocho puestos
adicionales, así como los créditos correspondientes. Esto, combinado con la
reducción de plantilla del 5 % y la cuota anual para la reserva de
reasignación, resulta en un aumento del total de puestos de los 49 de 2013 a 52
en 2020. 5.2.7. Agencia
Europea de Medio Ambiente (AEMA) Se ha señalado que la AEMA podría coordinar
la ejecución del servicio terrestre de Copernicus, basándose en su prolongada
experiencia con el Inventario Corine de cobertura y usos del suelo y otras
actividades de las operaciones iniciales del GMES (precursor del servicio
terrestre). Está prevista una modificación de la base jurídica de la agencia
para incluir esa nueva tarea, por lo que en 2016 está clasificada como agencia
«con nuevas tareas». Esta nueva tarea se cubrirá exclusivamente mediante la
contratación de cinco nuevos agentes contractuales. La reducción de plantilla
del 5 % y la cuota anual para la reserva de reasignación resultan en una
reducción del total de puestos de los 138 de 2013 a 124 en 2020. 5.2.8. Agencia
Europea de Medicamentos (EMA) La EMA es una agencia «con nuevas tareas»
debido a la introducción progresiva de actividades adicionales que se le
asignan en el marco de la revisión a fondo del marco jurídico de la
farmacovigilancia en 2010, que es aplicable a partir de julio de 2012
(Reglamento (UE) nº 1235/2010 y Directiva 2010/84/UE). El Parlamento
Europeo y el Consejo añadieron tareas que requieren recursos adicionales con
respecto a la ficha financiera inicial, especialmente en las competencias
relativas a los medicamentos autorizados a nivel nacional y el refuerzo de las
competencias para los medicamentos autorizados de forma centralizada. Habida
cuenta de sus nuevas tareas, la agencia podrá recibir durante el periodo
2015-2018, 38 puestos adicionales, lo que, combinado con la reducción de
plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación,
resulta en una reducción del total de puestos de los 611 de 2013 a 588 en 2020. Actualmente, alrededor del 80 % del
presupuesto de la EMA se financia mediante tasas y se espera que este
porcentaje aumente durante el periodo 2014-2020. Todas las nuevas actividades
de farmacovigilancia se financiarán íntegramente mediante tasas adicionales, la
contribución de la UE seguirá siendo muy estable en términos reales durante ese
periodo, dado el impacto de las previsiones para las tasas que se percibirán
del sector sobre la necesidad de una subvención de equilibrio del presupuesto
de la UE. 5.2.9. Agencia
Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores
(FRONTEX) La agencia FRONTEX se clasifica como «con
nuevas tareas» durante el periodo 2014-2018 debido a la ampliación prevista de
sus tareas en lo relativo al Sistema Europeo de Vigilancia de Fronteras
(EUROSUR) [COM (2011) 873]. Habida cuenta de estas nuevas tareas, la agencia
podrá recibir durante el periodo 2014-2018, ocho puestos adicionales, así como
los créditos correspondientes, lo que combinado con la reducción de plantilla
del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación, resulta en
una reducción del total de puestos de los 153 de 2013 a 145 en 2020. Se espera
alcanzar la velocidad de crucero en 2019 y 2020. Dadas las necesidades de gastos operativos de
EUROSUR, la contribución de la UE a FRONTEX aumentará en
3 000 000 EUR en 2014, que pasarán gradualmente a
5 000 000 EUR en 2015, 7 500 000 EUR 2016 y
10 000 000 EUR a partir de 2017. Además, a partir de 2015, está
prevista una nueva ampliación de 3 000 000 EUR para reforzar la
capacidad operativa de FRONTEX, debido a la constante presión migratoria sobre
las fronteras exteriores de la Unión. 5.2.10. Oficina
Europea de Policía (EUROPOL) EUROPOL se considera una agencia «con nuevas
tareas» debido a la propuesta de modificación de su Reglamento de creación [COM
(2013) 172 y 173)], lo que abrirá la posibilidad de fusionar las actividades
actualmente asignadas a CEPOL y generar sinergias y ahorros estimados en
17 000 000 EUR de aquí a 2020. Por otra parte, se ha propuesto
utilizar la revisión del mandato de EUROPOL para incluir dos nuevas tareas: los
programas de formación sobre los servicios con funciones coercitivas y el
desarrollo del Centro Europeo de Ciberdelincuencia. Habida cuenta de sus nuevas tareas, la
agencia podrá recibir durante el periodo 2014-2018, 15 puestos adicionales, así
como los créditos correspondientes, lo que combinado con la reducción de
plantilla del 5 % y la contribución anual a la reserva de reasignación,
resulta en una reducción del total de puestos de los 457 de 2013 a 427 en 2020.
Por último, la contribución de la UE a la agencia se incrementará en
12 500 000 EUR en 2015 para seguir desarrollando las
herramientas informáticas necesarias para llevar a cabo su mandato ampliado,
tanto para la recogida y el procesamiento de datos como para las herramientas de
las TIC relacionadas con la ciberdelincuencia. 5.2.11. Escuela
Europea de Policía (CEPOL) La CEPOL se presenta como una agencia «en
velocidad de crucero», aunque su personal, una vez integrado en EUROPOL [COM
(2013) 172 y 173], se asignará a los programas de formación sobre los servicios
con funciones coercitivas que deben ponerse en marcha en 2015 y 2016. El
incremento de la eficiencia logrado mediante la fusión con EUROPOL también ha
incidido en el número de efectivos de la CEPOL: como consecuencia, el total de
puestos de la agencia se mantiene estable durante el periodo, en los 28 puestos
de 2013, con un descenso temporal de un puesto en el periodo 2014-2017. 5.2.12. Unidad
de Cooperación Judicial de la Unión Europea (Eurojust) EUROJUST alcanzará su velocidad de crucero en
2014 y mantendrá este estatus durante todo el periodo. La propuesta de reforma
del acto fundacional de EUROJUST, que se espera que la Comisión adopte junto
con la propuesta de creación de la Fiscalía Europea (véase más abajo), se centra
en la estructura de gobernanza de EUROJUST. La reducción de plantilla del
5 % y la cuota anual para la reserva de reasignación resultan en una
reducción del total de puestos de EUROJUST de los 213 de 2013 a 191 en 2020. La
contribución de la UE a EUROJUST durante el período 2014-2020 refleja su
estatus de agencia «en velocidad de crucero». Sin embargo, la cofinanciación
del proyecto de nuevo edificio de Eurojust requiere créditos adicionales por un
importe de 10 900 000 EUR en 2015 y 7 250 000 EUR
en 2016. 5.3. Propuestas de la Comisión para la creación de futuros
nuevos organismos Los futuros organismos de la UE no entran en
el ámbito de aplicación de la presente Comunicación, que presenta el resumen de
los recursos de las agencias descentralizadas actuales. Sin embargo, en lo que
respecta a la programación financiera, si nuevos organismos precisaran
financiación del presupuesto de la UE, esta deberá ajustarse a las dotaciones
indicativas propuestas para los gastos de las agencias por rúbrica del MFP. En este
apartado se describen brevemente dos iniciativas legislativas que proponen la
creación de nuevos organismos de la UE y están siendo estudiadas por la
Comisión: el Consejo Europeo de Resolución y la Fiscalía Europea. 5.3.1. Consejo
Europeo de Resolución La Comisión ha adoptado una propuesta para el
establecimiento de un futuro Consejo Europeo de Resolución[16]. La creación de
este organismo es probable que tenga lugar en 2014, para que pueda ser
plenamente operativo a finales de ese año. Se espera que se financie
íntegramente mediante aportaciones del sector bancario, lo que implica, a su
vez, que su creación no requerirá una contribución del presupuesto de la UE.
Por tanto, la creación del Consejo no incidirá en la dotación presupuestaria
orientativa para los gastos de las agencias de la subrúbrica 1a (Competitividad
para el crecimiento y el empleo). En términos de recursos humanos, se
espera que el Consejo requiera 309 unidades equivalentes de jornada completa en
forma de puestos de plantilla, agentes contractuales y expertos nacionales en
comisión de servicios. Los puestos necesarios para este nuevo organismo no
entran en el ámbito de aplicación del objetivo de reducción de personal del
5 %. 5.3.2. Fiscalía
Europea La Comisión tiene la intención de adoptar una
propuesta para el establecimiento de una futura Fiscalía Europea en julio de
2013. La propuesta facilitará un incremento progresivo de las tareas y recursos
de este nuevo organismo después de 2020. La creación de la futura Fiscalía
Europea debería implicar la puesta en común de recursos administrativos y de
apoyo con EUROJUST (que se espera desempeñe un papel en su creación con arreglo
al artículo 86 del TFUE), así como la redistribución del personal de la
OLAF para la ejecución de sus funciones operativas. La previsión es que la
creación de la Fiscalía Europea se financiará íntegramente mediante una
contribución del presupuesto de la UE con cargo a la rúbrica 3 (Seguridad y
ciudadanía). La aplicación progresiva de la contribución de la UE a la
Fiscalía Europea 2014-2020 será compatible con la dotación presupuestaria
orientativa para los gastos de las agencias de dicha rúbrica. En todo caso, el
impacto presupuestario general será limitado gracias a las reasignaciones
hechas a partir de la rúbrica 5 (Administración). 6. Próximos
pasos La presente Comunicación ofrece la
programación financiera de los recursos humanos y presupuestarios para las
agencias descentralizadas hasta el año 2020. Esta programación no excluye que
determinadas tareas se lleven a cabo con menos recursos que los programados
gracias a las nuevas mejoras de eficiencia que puedan lograr las agencias. Por
otro lado, es posible que el continuo desarrollo de políticas de la UE obligue
a exigir a las agencias actuales a contribuir con conocimientos especializados
adicionales. Las propuestas legislativas específicas que modifiquen el ámbito
de aplicación de las actuales agencias se ajustarán a la programación de los
recursos financieros y humanos que figuran en la presente Comunicación. Toda nueva
propuesta legislativa que requiera recursos humanos adicionales para las
distintas agencias requerirá simultáneamente la correspondiente reducción en
los planes de actuación de otras agencias y/o de la Comisión en caso de que se
deleguen en las agencias tareas de la misma. A este respecto, al igual que todas las demás
instituciones y organismos de la UE, las agencias deberán mejorar su eficiencia
y, en su caso, reasignar sus plantillas, en particular, de las funciones de
coordinación y apoyo a las actividades operativas. A fin de permitir la mejor
utilización posible de los recursos disponibles y la gestión eficiente y eficaz
de las agencias, se buscará crear sinergias entre las mismas. La búsqueda de
sinergias también puede dar pie a propuestas de fusión entre las agencias
existentes, como la recientemente propuesta de EUROPOL y CEPOL. Según lo previsto en la hoja de ruta de la
Comisión sobre el seguimiento del enfoque común de las agencias
descentralizadas, la Comisión está examinando cuidadosamente formas de ampliar
el nivel y el alcance de las actividades de apoyo que proporciona actualmente a
las agencias en áreas como la gestión del personal, la contabilidad y la
financiación, a fin de reducir sus gastos administrativos y para que dichas
agencias puedan producir los resultados esperados con los recursos disponibles.
En este contexto, la Comisión también revisará el Reglamento Financiero Marco
aplicable a las agencias descentralizadas, a fin de dotarlas de mejores
herramientas de información y gestión financiera. Sobre la base de la presente Comunicación, la
Comisión tiene la intención de iniciar el procedimiento previsto en el
apartado 47 del Acuerdo Interinstitucional actual sobre disciplina
presupuestaria y buena gestión financiera[17]. Anexo I Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas de la rúbrica 1ª:
Competitividad para el crecimiento y el empleo (en millones EUR) Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos 2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) || 02 03 03 || Helsinki || 2006 || 2014-2020 || 0 || 0 || 67,879 || 76,805 || 75,533 || 24,517 || 67,224 || 67,682 || 379,640 || Que se autofinancian parcialmente Efectivos autorizados || || || || || 451 || 441 || 431 || 420 || 410 || 404 || 404 || 404 || Agencia del GNSS Europeo (GSA) || 02 05 11 || Praga || 2004 || 2019-2020 || 14,159 || 24,651 || 26,840 || 28,350 || 27,847 || 30,848 || 30,722 || 30,964 || 200,222 || Transferencia de puestos de la Comisión Efectivos autorizados || (02 05 02) || (Bruselas) || || || 77 || 96 || 102 || 113 || 116 || 118 || 119 || 120 || || Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound) || 04 03 11 || Dublín || 1975 || 2014-2020 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,371 || 20,779 || 21,195 || 143,829 || Efectivos autorizados || (04 04 03) || || || || 101 || 99 || 97 || 95 || 93 || 91 || 91 || 91 || || Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) || 04 03 12 || Bilbao || 1994 || 2014-2020 || 14,678 || 14,095 || 14,679 || 14,679 || 14,679 || 14,973 || 15,273 || 15,579 || 103,957 || Efectivos autorizados || (04 04 04) || || || || 44 || 43 || 42 || 41 || 40 || 40 || 40 || 40 || || Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) || 06 02 02 || Colonia || 2002 || 2014, 2019-2020 || 34,862 || 34,174 || 36,370 || 36,370 || 34,870 || 34,870 || 35,568 || 36,279 || 248,501 || Que se autofinancian parcialmente Efectivos autorizados || (06 02 01) || || || || 692 || 678 || 672 || 662 || 650 || 639 || 639 || 639 || Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA) || 06 02 03 || Lisboa || 2002 || 2016-2020 || 55,892 || 50,453 || 52,656 || 53,879 || 55,083 || 56,963 || 57,984 || 59,692 || 386,710 || incluidas las medidas anticontaminación || 06 02 03 02 || || || || 22,663 || 19,675 || 20,600 || 21,600 || 22,800 || 24,675 || 25,050 || 26,100 || 160,500 || Efectivos autorizados || (06 02 02) || || || || 213 || 210 || 207 || 202 || 198 || 195 || 195 || 195 || || Agencia Ferroviaria Europea (AFE) || 06 02 04 || Lille || 2004 || 2015-2020 || 25,007 || 25,007 || 25,613 || 26,000 || 26,000 || 26,250 || 26,500 || 26,750 || 182,120 || Efectivos autorizados || (06 02 08) || Valenciennes || || || 143 || 140 || 137 || 134 || 139 || 148 || 148 || 148 || || Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA) || 09 02 03 || Heraklion || 2004 || 2017-2020 || 8,335 || 8,822 || 9,372 || 10,120 || 10,322 || 10,529 || 10,739 || 10,954 || 70,859 || Efectivos autorizados || || || || || 47 || 48 || 48 || 48 || 48 || 47 || 47 || 47 || || Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE — Oficina) || 09 02 04 || Riga || 2009 || 2014-2020 || 4,191 || 4,163 || 4,163 || 4,246 || 4,246 || 4,331 || 4,418 || 4,506 || 30,073 || Efectivos autorizados || || || || || 16 || 16 || 15 || 15 || 14 || 14 || 14 || 14 || || Autoridad Bancaria Europea (ABE) || 12 03 02 || Londres || 2010 || 2019-2020 || 10,387 || 11,304 || 12,021 || 13,104 || 14,115 || 15,123 || 15,683 || 15,997 || 97,349 || Cofinanciación nacional Efectivos autorizados || (12 04 02) || || || || 93 || 103 || 111 || 125 || 134 || 145 || 145 || 145 || Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) || 12 03 03 || Frankfurt || 2010 || 2019-2020 || 7,507 || 7,514 || 7,763 || 8,134 || 8,676 || 9,365 || 9,734 || 9,929 || 61,117 || Cofinanciación nacional Efectivos autorizados || (12 04 03) || || || || 80 || 84 || 87 || 92 || 101 || 112 || 112 || 112 || Autoridad Europea de Mercados y Valores (AEMV) || 12 03 04 || París || 2010 || 2019-2020 || 8,697 || 9,077 || 9,603 || 10,099 || 10,888 || 11,876 || 12,377 || 12,624 || 76,543 || Cofinanciación nacional Efectivos autorizados || (12 04 04) || || || || 121 || 128 || 133 || 138 || 150 || 163 || 163 || 163 || Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP) || 15 02 11 || Tesalónica || 1975 || 2014-2020 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,434 || 17,783 || 18,138 || 123,091 || Efectivos autorizados || (15 02 25) || || || || 100 || 98 || 96 || 94 || 92 || 91 || 91 || 91 || || Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) || 32 02 10 || Liubliana || 2009 || 2017-2020 || 8,941 || 10,880 || 11,266 || 11,492 || 11,492 || 11,492 || 11,722 || 11,957 || 80,301 || Gasto en TI Efectivos autorizados || (32 04 10) || || || || 49 || 54 || 54 || 54 || 53 || 52 || 52 || 52 || Total de las agencias descentralizadas de la subrúbrica 1a || || || || || 230,462 || 237,944 || 316,031 || 331,083 || 331,559 || 288,942 || 336,506 || 342,246 || 2 184,310 || Efectivos autorizados || || || || || 2 227 || 2 238 || 2 232 || 2 233 || 2 238 || 2 259 || 2 260 || 2 261 || || Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas de la rúbrica 2:
Crecimiento sostenible: recursos naturales (en millones EUR) Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos 2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) - Actividades sobre biocidas || 07 02 05 01 || Helsinki || 2012 || 2016, 2018-2020 || 6,071 || 5,064 || 5,789 || 2,435 || 2,435 || 2,226 || 0,000 || 0,000 || 17,948 || Que se autofinancian parcialmente Efectivos autorizados || (07 03 60) || || || || 47 || 48 || 48 || 47 || 47 || 47 || 53 || 54 || Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) - Actividades sobre CFP || 07 02 05 02 || Helsinki || 2012 || 2016, 2018-2020 || 1,562 || 1,297 || 1,222 || 1,151 || 1,183 || 1,142 || 1,142 || 1,142 || 8,279 || Efectivos autorizados || (07 03 70) || || || || 5 || 6 || 6 || 6 || 6 || 7 || 7 || 7 || || Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) || 07 02 06 || Copenhague || 1990 || 2014-2015, 2017-2020 || 36,309 || 36,309 || 36,309 || 36,809 || 36,809 || 36,809 || 37,545 || 38,296 || 258,888 || Efectivos autorizados || (07 03 09) || || || || 138 || 135 || 132 || 129 || 126 || 124 || 124 || 124 || || Agencia Europea de Control de la Pesca (AECP) || 11 06 64 || Vigo || 2005 || 2014-2020 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,217 || 9,401 || 9,590 || 65,077 || Efectivos autorizados || (11 08 05) || || || || 54 || 53 || 52 || 51 || 49 || 48 || 48 || 48 || || Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 2 || || || || || 53,159 || 51,888 || 52,537 || 49,612 || 49,644 || 49,394 || 48,089 || 49,028 || 350,192 || Efectivos autorizados || || || || || 244 || 242 || 238 || 233 || 228 || 226 || 232 || 233 || || Resumen 2014-2020:
Agencias descentralizadas de la rúbrica 3: Seguridad y ciudadanía (en millones EUR) Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos 2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) || 17 03 10 || Estocolmo || 2004 || 2014-2020 || 56,727 || 56,766 || 56,766 || 56,766 || 56,766 || 56,766 || 57,901 || 59,059 || 400,791 || Efectivos autorizados || (17 03 03) || || || || 198 || 194 || 190 || 186 || 182 || 180 || 180 || 180 || || Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) || 17 03 11 || Parma || 2002 || 2014-2020 || 76,000 || 77,333 || 77,333 || 77,333 || 77,333 || 77,333 || 77,880 || 80,457 || 546,003 || Efectivos autorizados || (17 03 07) || || || || 351 || 344 || 337 || 330 || 323 || 319 || 319 || 319 || || Agencia Europea de Medicamentos (EMA) || 17 03 12 || Londres || 1993 || 2019-2020 || 39,230 || 39,230 || 40,015 || 40,815 || 40,029 || 40,174 || 40,978 || 41,798 || 283,038 || Que se autofinancian parcialmente incluida la contribución especial para los medicamentos huérfanos || 17 03 12 02 || || || || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 6,000 || 42,000 Efectivos autorizados || (17 03 10) || || || || 611 || 599 || 599 || 599 || 593 || 588 || 588 || 588 || Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores (FRONTEX) || 18 02 03 || Varsovia || 2004 || 2019-2020 || 79,500 || 80,910 || 86,112 || 88,774 || 91,274 || 91,274 || 93,099 || 94,961 || 626,405 || Efectivos autorizados || || || || || 153 || 152 || 151 || 149 || 146 || 145 || 145 || 145 || || Oficina Europea de Policía (EUROPOL) || 18 02 04 || La Haya || 1995 || 2014, 2019-2020 || 82,562 || 82,212 || 94,714 || 94,716 || 94,718 || 94,720 || 96,614 || 98,546 || 656,589 || Fusión con CEPOL Efectivos autorizados || (18 05 02) || || || || 457 || 448 || 443 || 439 || 432 || 427 || 427 || 427 || || Escuela Europea de Policía (CEPOL) || 18 02 05 || Bramshill || 2005 || 2014, 2017-2020 || 8,450 || 8,305 || 8,471 || 8,641 || 8,813 || 9,126 || 9,308 || 9,495 || 62,159 || Fusión con EUROPOL Efectivos autorizados || (18 05 05) || || || || 28 || 27 || 27 || 27 || 27 || 28 || 28 || 28 || || Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT) || 18 02 06 || Lisboa || 1993 || 2014-2020 || 15,550 || 14,794 || 14,794 || 14,794 || 14,794 || 14,794 || 15,090 || 15,392 || 104,452 || Efectivos autorizados || (18 05 11) || || || || 84 || 82 || 80 || 79 || 77 || 76 || 76 || 76 || || Agencia para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu.LISA) || 18 02 07 || Tallin-Estrasburgo || 2011 || 2017-2020 || 41,000 || 59,380 || 83,064 || 84,727 || 84,742 || 85,700 || 87,414 || 89,163 || 574,190 || Gastos inmobiliarios Efectivos autorizados || (18 02 11) || || || || 120 || 120 || 120 || 118 || 115 || 113 || 113 || 113 || || Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) || 18 03 02 || La Valeta || 2010 || 2016-2020 || 12,000 || 14,526 || 15,032 || 15,333 || 15,639 || 15,952 || 16,271 || 16,596 || 109,349 || Efectivos autorizados || (18 03 14) || || || || 45 || 49 || 51 || 51 || 51 || 51 || 51 || 51 || || Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) || 33 02 06 || Viena || 2007 || 2014-2020 || 21, 246 || 21,229 || 21,229 || 21,229 || 21,229 || 21,654 || 22,088 || 22,530 || 151,188 || Efectivos autorizados || (33 02 03) || || || || 78 || 75 || 73 || 72 || 70 || 70 || 70 || 70 || || Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) || 33 02 07 || Vilnius || 2006 || 2014-2020 || 7,478 || 7,340 || 7,628 || 7,628 || 7,628 || 7,781 || 7,937 || 8,096 || 54,038 || Efectivos autorizados || (33 06 03) || || || || 30 || 29 || 28 || 27 || 26 || 26 || 26 || 26 || || Unidad de Cooperación judicial de la Unión Europea (Eurojust) || 33 03 04 || La Haya || 2002 || 2014-2020 || 32,359 || 32,450 || 43,350 || 39,700 || 32,450 || 32,450 || 33,099 || 33,761 || 247,260 || Gastos inmobiliarios Efectivos autorizados || (33 03 02) || || || || 213 || 209 || 205 || 200 || 195 || 191 || 191 || 191 || Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 3 || || || || || 471,661 || 494,825 || 548,507 || 550,455 || 545,415 || 547,724 || 558,680 || 569,854 || 3 815, 460 || Efectivos autorizados || || || || || 2 368 || 2 328 || 2 304 || 2 277 || 2 237 || 2 214 || 2 214 || 2 214 || || Resumen 2014-2020:
Agencias descentralizadas de la rúbrica 4: Una Europa global (en millones EUR) Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos 2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 Fundación Europea de Formación (ETF) || 15 02 12 || Turín || 1990 || 2014-2020 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,546 || 20,957 || 142,222 || Efectivos autorizados || (15 02 27) || || || || 96 || 94 || 92 || 90 || 88 || 86 || 86 || 86 || Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 4 || || || || || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,144 || 20,546 || 20,957 || 142,222 || Efectivos autorizados || || || || || 96 || 94 || 92 || 90 || 88 || 86 || 86 || 86 || || Resumen 2014-2020:
Agencias descentralizadas de la rúbrica 5: Administración (en millones EUR) Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos 2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea || 31 01 10 || Luxemburgo || 1994 || 2014-2020 || || || || || || || || || || Autofinanciación Efectivos autorizados || (31 01 09) || || || || 206 || 203 || 200 || 197 || 195 || 193 || 193 || 193 || Total de las agencias descentralizadas de la rúbrica 5 || || || || || || || || || || || || || || Efectivos autorizados || || || || || 206 || 203 || 200 || 197 || 195 || 193 || 193 || 193 || || Resumen 2014-2020: Agencias descentralizadas que se autofinancian (en millones EUR) Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos 2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) || || Alicante || 1993 || 2014-2020 || || || || || || || || || || Autofinanciación Efectivos autorizados || || || || || 861 || 844 || 827 || 810 || 792 || 775 || 775 || 774 || Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV) || || Angers || 1994 || 2014-2020 || || || || || || || || || || Autofinanciación Efectivos autorizados || || || || || 48 || 47 || 46 || 45 || 44 || 43 || 43 || 43 || Total de agencias descentralizadas autofinanciadas || || || || || || || || || || || || || || Efectivos autorizados || || || || || 909 || 891 || 873 || 855 || 836 || 818 || 818 || 817 || || Resumen 2014-2020:
Total de las agencias descentralizadas (en millones EUR) Nombre de la agencia descentralizada || Línea presupuestaria || Localización || Año de creación || Años en velocidad de crucero en el periodo 2014-2020 || Contribución total de la UE/Efectivos autorizados || Contribución total de la UE 2014-2020 || Otros datos 2013 || 2014 || 2015 || 2016 || 2017 || 2018 || 2019 || 2020 Total de las agencias descentralizadas || || || || || 775,426 || 804,801 || 937,218 || 951,293 || 946,760 || 906,204 || 963,821 || 982,085 || 6 492,184 || Efectivos autorizados || || || || || 6 050 || 5 996 || 5 939 || 5 885 || 5 822 || 5 796 || 5 803 || 5 804 || || Anexo
II Agencia || Cálculo del número de puestos en 2020 Número de puestos en 2013 (1) || Reducción de plantilla del 5 % (2) || 1 % de contribución anual a la reserva (3) || Asignación de la reserva (4) || Evolución total 2014-2020 (5 = 4 - 2 - 3) || Número de puestos en 2020 (6 = 1 + 5) ECHA: Actividades químicas || 451 || - 18,0 || - 29,0 || - || - 47 || 404 GSA || 77 || - 1,0 || - 4,0 || + 48 || + 43 || 120 EUROFOUND || 101 || - 5,0 || - 5,0 || - || - 10 || 91 EU-OSHA || 44 || - 2,0 || - 2,0 || - || - 4 || 40 EASA || 692 || - 34,5 || - 34,5 || + 16 || - 53 || 639 EMSA || 213 || - 8,5 || - 11,5 || + 2 || - 18 || 195 EEI || 143 || - 6,0 || - 7,0 || + 18 || + 5 || 148 ENISA || 47 || - 2,5 || - 2,5 || + 5 || - || 47 ORECE — Oficina || 16 || - 1,0 || - 1,0 || - || - 2 || 14 ABE || 93 || - 4,5 || - 5,5 || + 62 || + 52 || 145 AESPJ || 80 || - 4,0 || - 4,0 || + 40 || + 32 || 112 AEMV || 121 || - 6,0 || - 6,0 || + 54 || + 42 || 163 CEDEFOP || 100 || - 4,0 || - 5,0 || - || - 9 || 91 ACER || 49 || - 2,5 || - 2,5 || + 8 || + 3 || 52 ECHA: Actividades sobre biocidas || 47 || - 2,5 || - 2,5 || + 12 || + 7 || 54 ECHA: Actividades sobre CFP || 5 || - || - || + 2 || + 2 || 7 AEMA || 138 || - 7,0 || - 7,0 || - || - 14 || 124 AECP || 54 || - 2,5 || - 3,5 || - || - 6 || 48 ECDC || 198 || - 8,0 || - 10,0 || - || - 18 || 180 EFSA || 351 || - 13,5 || - 18,5 || - || - 32 || 319 EMA || 611 || - 30,5 || - 30,5 || + 38 || - 23 || 588 FRONTEX || 153 || - 7,5 || - 8,5 || + 8 || - 8 || 145 EUROPOL || 457 || - 23,0 || - 22,0 || + 15 || - 30 || 427 CEPOL || 28 || - 1,5 || - 1,5 || + 3 || - || 28 OEDT || 84 || - 4,0 || - 4,0 || - || - 8 || 76 eu.LISA || 120 || - 6,0 || - 6,0 || + 5 || - 7 || 113 OEAA || 45 || - 2,0 || - 2,0 || + 10 || + 6 || 51 FRA || 78 || - 4,0 || - 4,0 || - || - 8 || 70 EIGE || 30 || - 1,5 || - 2,5 || - || - 4 || 26 EUROJUST || 213 || - 10,5 || - 11,5 || - || - 22 || 191 ETF || 96 || - 5,0 || - 5,0 || - || - 10 || 86 CdT || 206 || - 1,5 || - 11,5 || - || - 13 || 193 OAMI || 861 || - 43,5 || - 43,5 || - || - 87 || 774 OCVV || 48 || - 2,5 || - 2,5 || - || - 5 || 43 Total || 6 050 || - 276 || - 316 || + 346 || - 246 || 5 804 Puestos reducidos antes de 2014 || || - 27 || || || || Total de la reducción de plantilla del 5 % || || - 303 || || || || Puestos transferidos de la Comisión || || || 30 || || || Total puestos disponibles en la reserva || || || 346 || || || [1] COM(2008) 135 de 11.03.2008. [2] Apartado [23] del proyecto de Acuerdo Interinstitucional. [3] Incluido el proyecto de presupuesto rectificativo nº
4/2013. [4] COM(2013) 450 de 28.6.2013. [5] ECHA – Actividades químicas, EMSA, EEI, ECDC, EFSA y
CdT. [6] Incluidas las dos agencias cuya plantilla no se incluye
en el presupuesto de la UE: la OAMI y la OCVV. [7] El limitado número de necesidades restantes de puestos
adicionales tras 2018 se cubrirá mediante una transferencia de puestos de
trabajo de la Comisión a la Agencia del GNSS Europeo, como se establece en la
ficha de financiación legislativa [COM (2013) 40], y mediante la asignación de
un último puesto en 2020 para cubrir las necesidades de las actividades sobre
biocidas de la ECHA. [8] Las Escuelas Europeas de tipo II son escuelas nacionales
que ofrecen un plan de estudios equivalente al de las escuelas europeas. [9] ECHA, EASA, ENISA, AEMA, ECDC, EFSA, CEPOL, EUROPOL,
EUROJUST y eu.LISA. [10] DO L 298 de 26.10.2012. [11] Del cual ya se ha logrado una reducción de 12 puestos en
el presupuesto de 2013. [12] Del cual ya se ha logrado una reducción de 6 puestos en el
presupuesto de 2013. [13] Del cual ya se ha logrado una reducción de 9 puestos en el
presupuesto de 2013. [14] Teniendo en cuenta el hecho de que antes del presente
ejercicio ya se habían reducido 27 puestos, la reducción que debe aplicarse a
6 050 puestos es de 303 - 27 = 276 puestos. Habida cuenta de los 30 puestos transferidos desde
la Comisión, el número final de puestos de trabajo asciende a 5 804
puestos. [15] En esta Comunicación, el Instituto Europeo de la Igualdad
de Género (EIGE) se incluye en la rúbrica 3. [16] COM (2013) 520 de 10.7.2013. [17] DO C 139 de 14.6.2006. Estas mismas disposiciones se
incluyen en el apartado [25] del proyecto de Acuerdo interinstitucional sobre
disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena
gestión financiera para el periodo 2014-2020, sobre el que se ha alcanzado un
acuerdo político.