52011DC0466

/* COM/2011/0466 final */ INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2010


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INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2010

ÍNDICE

1. Introducción (...)5

2. Visión general de las actividades del FEAG en 2010 (...)5

3. Seguimiento del informe anual relativo a las actividades del FEAG en 2009 (...)6

4. Análisis de las actividades del FEAG en 2010 (...)6

4.1. Solicitudes recibidas (...)6

Cuadro 1 – Solicitudes recibidas en 2010 (...)7

4.1.1. Solicitudes recibidas, desglosadas por Estado miembro y por sector (...)7

4.1.2. Solicitudes recibidas, desglosadas por importe solicitado (...)8

4.1.3. Solicitudes recibidas, desglosadas por número de trabajadores destinatarios (...)8

4.1.4. Solicitudes recibidas, desglosadas por importe per cápita solicitado (...)8

4.1.5. Solicitudes recibidas, desglosadas por criterio de intervención (...)9

4.2. Contribuciones concedidas (...)9

Cuadro 2 — Detalle de las contribuciones concedidas en 2010 (...)10

Cuadro 3 — Contribuciones del FEAG concedidas en 2010: perfil de los trabajadores (...)11

4.2.1. Acciones financiadas con la ayuda del FEAG (...)12

4.2.2. Complementariedad con las acciones financiadas por los Fondos Estructurales, en particular el Fondo Social Europeo (FSE) (...)12

4.3. Casos que no cumplen las condiciones para beneficiarse de una contribución financiera del FEAG (...)13

4.4 Logros del FEAG (...)13

4.4.1. Informes finales recibidos de los Estados miembros sobre la ejecución de las contribuciones financieras en 2010 (...)13

4.4.2. Resumen de los resultados y buenas prácticas comunicados en 2010 (...)14

Cuadro 4 — Informes finales recibidos en 2010 — visión general de los resultados (...)15

4.4.3. Detalles de las medidas aplicadas en 2010 (...)16

4.5. Informe financiero (...)19

4.5.1. Fondos aportados por el FEAG (...)19

4.5.2. Gastos en concepto de asistencia técnica (...)20

4.5.3. Irregularidades comunicadas o corregidas (...)21

4.5.4. Liquidación de las contribuciones financieras del FEAG (...)21

Cuadro 6 — Casos liquidados en 2010 (...)21

4.6. Actividades de asistencia técnica realizadas por la Comisión (...)22

4.6.1. Información y publicidad (...)22

4.6.2. Reuniones con las autoridades nacionales y los interlocutores sociales (...)22

4.6.3. Evaluación intermedia del FEAG (...)22

5. Tendencias (...)23

6. Conclusión (...)25

ANEXO 1 (...)26

1. Introducción

El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) fue establecido mediante el Reglamento (CE) nº 1927/2006 [1] con el objetivo de ayudar solidariamente a los trabajadores despedidos como consecuencia de los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial. Se diseñó como una forma de conciliar las ventajas generales, a largo plazo, de la liberalización del comercio en términos de crecimiento y empleo con los posibles efectos negativos a corto plazo de la globalización, en particular en el empleo de los trabajadores más vulnerables y menos cualificados. Fue modificado por el Reglamento (CE) nº 546/2009, de 18 de junio de 2009 [2], para responder más eficazmente a la crisis financiera y económica mundial.

El artículo 16 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 establece que, antes del 1 de julio de cada año, la Comisión debe presentar al Parlamento Europeo y al Consejo un informe cuantitativo y cualitativo de las actividades del FEAG en el año anterior. Dicho informe debe centrarse principalmente en los resultados obtenidos por el FEAG y debe contener, en particular, información sobre las solicitudes presentadas, las decisiones aprobadas, las acciones financiadas, incluida su complementariedad con las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales, en especial el Fondo Social Europeo (FSE), y la liquidación de la contribución financiera concedida. También debe contener información sobre las solicitudes rechazadas por falta de créditos suficientes o por no cumplir los criterios de admisibilidad.

2. Visión general de las actividades del FEAG en 2010

En 2010, la Comisión recibió treinta y una solicitudes de contribuciones del FEAG, una más que en 2009. Las solicitudes se presentan detalladamente en la sección 4.1 y en el cuadro 1.

En 2010, la Autoridad Presupuestaria adoptó treinta y una decisiones de concesión de financiación con cargo al FEAG, lo cual representa un incremento del 300 % en términos de decisiones y del 60 % en términos de cofinanciación del FEAG respecto a 2009. Las contribuciones asignadas se presentan detalladamente en la sección 4.2 y en los cuadros 2 y 3.

La Comisión recibió cuatro informes finales relativos a la ejecución de las contribuciones del FEAG en 2010. Las solicitudes se presentan detalladamente en la sección 4.4 y en el cuadro 4. Se liquidaron seis contribuciones del FEAG concedidas en años anteriores (véanse los detalles en la sección 4.5.4 y en el cuadro 6). Se prestó asistencia técnica por iniciativa de la Comisión (artículo 8, apartado 1, del Reglamento FEAG). Para más información, véanse la sección 4.6 y en el cuadro 5.

En 2010, la Comisión puso en marcha el nuevo proceso de toma de decisiones que había establecido hacia finales de 2009. También empezó a preparar las consultas sobre las próximas revisiones del FEAG post-2011 y post-2013 estipuladas en el artículo 1, apartado 1bis, y el artículo 20 del Reglamento FEAG. En las secciones 3 y 4.5.2 se detallan estos aspectos.

3. Seguimiento del informe anual relativo a las actividades del FEAG en 2009

Reglamento (CE) nº 546/2009 que modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización

La modificación del Reglamento (CE) nº 1927/2006 en 2009 aportó unas mejoras significativas al FEAG, que se tradujeron en unas condiciones más favorables cuando los Estados miembros solicitan cofinanciación al FEAG para respaldar su reacción a las repercusiones negativas de la crisis financiera y económica en el empleo. Esto se refleja en el número de solicitudes recibidas en 2010, que se mantuvieron en el mismo nivel elevado del año anterior (treinta y una solicitudes en 2010 comparadas con las treinta del año 2009). La solicitud de ayuda del FEAG se vio claramente facilitada por la excepción temporal de crisis, que incluye un incremento de la tasa de cofinanciación hasta el 65 %, y por la reducción permanente del número mínimo de trabajadores despedidos a quinientos y la ampliación del periodo de aplicación a veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud.

Los resultados, especialmente los efectos de la ayuda del FEAG sobre el empleo de los trabajadores despedidos, se determinarán una vez acaben los proyectos. Los primeros informes finales para el periodo de aplicación prolongado (veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud) se presentarán a la Comisión en noviembre/diciembre de 2011.

Facilitar la toma de decisiones en las solicitudes de intervención del FEAG: procedimiento de presentación de propuestas al Consejo y al Parlamento Europeo

Las contribuciones del FEAG concedidas en 2010 se trataron con arreglo a los nuevos procedimientos de toma de decisiones del FEAG establecidos hacia finales de 2009. Se han hecho grandes esfuerzos para acelerar la toma de decisiones con arreglo a lo dispuesto en el actual Reglamento. La rapidez de intervención del FEAG y su función y potencial como instrumento de solidaridad fueron algunos de los temas más importantes que se trataron durante todo el año, en particular durante las consultas con los Estados miembros sobre las próximas revisiones del FEAG post-2011 y post-2013, que dieron comienzo en el segundo semestre de 2010.

4. Análisis de las actividades del FEAG en 2010

4.1. Solicitudes recibidas

Las treinta y una solicitudes recibidas por la Comisión en 2010 (véase el cuadro 1) suponían una más que en 2009. El Reglamento (CE) nº 546/2009, adoptado el 18 de junio de 2009, se aplica a todas las solicitudes (tasa de cofinanciación del 65 %, periodo de aplicación de veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud, etc.).

Doce Estados miembros presentaron solicitudes al FEAG, destinadas a 31 995 trabajadores despedidos, por un total de 169 994 542 EUR. Tres Estados miembros presentaron solicitudes por primera vez en 2010: la República Checa, Polonia y Eslovenia.

Cuadro 1 – Solicitudes recibidas en 2010

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4.1.1. Solicitudes recibidas, desglosadas por Estado miembro y por sector

Las treinta y una solicitudes recibidas hacían referencia a dieciséis sectores [3]. Siete de ellos son sectores para los que se presentó una solicitud de intervención del FEAG por vez primera en 2010: aparecen subrayados en la lista que figura más abajo. Una serie de solicitudes se vio facilitada por la posibilidad de presentar una solicitud con arreglo a la excepción de crisis.

Austria (dos solicitudes, de los sectores metales básicos y equipamiento electrónico), Bélgica (una solicitud, del sector automóvil), República Checa (una solicitud, del sector comercio al por menor), Dinamarca (cuatro solicitudes, de los sectores maquinaria y equipo y construcción naval), Francia (una solicitud, del sector automóvil); Alemania (una solicitud, del sector maquinaria y equipo), Irlanda (tres solicitudes, del sector construcción), Países Bajos (siete solicitudes, de los sectores equipamiento electrónico, artes gráficas, servicios financieros, y comercio al por mayor), Polonia (tres solicitudes, de los sectores automóvil, maquinaria y equipo), Portugal (una solicitud, del sector fabricación de calzado), España (seis solicitudes, de los sectores automóvil, prendas de vestir, piedra y mármol y comercio al por menor), Eslovenia (una solicitud, del sector prendas de vestir)

4.1.2. Solicitudes recibidas, desglosadas por importe solicitado

Los Estados miembros que soliciten ayuda del FEAG deben diseñar un paquete coordinado de medidas adaptadas lo mejor posible al perfil de los trabajadores afectados y decidir el importe de la ayuda que van a pedir. El Reglamento FEAG no recomienda ni limita el importe total de la solicitud, pero en la evaluación de la solicitud por la Comisión pueden plantearse cuestiones que lleven al Estado miembro a reconsiderar el paquete de servicios personalizados propuestos, lo que afectará al importe solicitado.

Las contribuciones solicitadas al FEAG por solicitud en 2010 fueron de 114 250 EUR a 38 052 069 EUR (promedio de 5 483 695 EUR).

4.1.3. Solicitudes recibidas, desglosadas por número de trabajadores destinatarios

El número total de trabajadores destinatarios de las medidas propuestas para la cofinanciación del FEAG fue de 31 995. Las cifras oscilaban entre 120 y 2 593 trabajadores, y tres solicitudes estaban destinadas a más de 2 000 trabajadores, cuatro iban dirigidas a entre 1 000 y 2 000, y veintiuna, a menos de 1 000 trabajadores [4].

El número de trabajadores afectados por los despidos puede diferir del número para el que se solicita el apoyo del FEAG si el Estado miembro solicitante decide centrar la ayuda del FEAG, por ejemplo, en quienes tienen dificultades excepcionales para mantenerse en el mercado laboral o en los más necesitados de ayuda. Algunos de los trabajadores afectados pueden recibir ayuda fuera del FEAG, mientras que otros pueden encontrar nuevos puestos de trabajo por su cuenta o pueden decidir jubilarse anticipadamente, lo que significa que podrían no estar incluidos en las medidas del FEAG.

4.1.4. Solicitudes recibidas, desglosadas por importe per cápita solicitado

En 2010, las cantidades solicitadas por trabajador variaron ligeramente entre algo más de 600 EUR y más de 23 000 EUR.

El paquete de servicios personalizados que el Estado miembro puede proponer para los trabajadores sin empleo se deja a su discreción, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento. Por lo tanto, el importe solicitado por trabajador afectado puede variar en función de la gravedad del despido, la situación del mercado de trabajo afectado, las circunstancias personales de los trabajadores a los que se destina la ayuda, las medidas ya previstas por el Estado miembro, y el coste de los servicios en el Estado miembro o la región en cuestión.

4.1.5. Solicitudes recibidas, desglosadas por criterio de intervención

Veinticuatro de las treinta y una solicitudes presentadas (77 %) lo fueron en apoyo de trabajadores despedidos como resultado directo de la crisis financiera y económica mundial (artículo 1 bis del Reglamento FEAG modificado), y las otras siete (23 %) pretendían hacer frente los importantes cambios estructurales de los patrones del comercio mundial debidos a la globalización.

Doce solicitudes se basaron en el artículo 2, letra a), del Reglamento FEAG, dieciocho se basaron en el artículo 2, letra b), y una solicitud hacía referencia al artículo 2, letra c), alegando circunstancias excepcionales y no cumplir plenamente las condiciones del artículo 2, letra a).

4.2. Contribuciones concedidas

En 2010, la Autoridad Presupuestaria adoptó treinta y una decisiones de concesión de cofinanciación, con cargo al FEAG, de medidas activas del mercado laboral (véanse los cuadros 2 y 3 para una visión de conjunto y un desglose de los perfiles de los trabajadores). Trece de ellas correspondían a solicitudes presentadas en 2010 y dieciocho se habían recibido en el segundo semestre de 2009. El Reglamento (CE) nº 546/2009, adoptado el 18 de junio de 2009, se aplica a todas las contribuciones concedidas (tasa de cofinanciación del 65 %, periodo de aplicación de veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud, etc.).

Las treinta y una contribuciones concedidas se referían a 23 688 trabajadores despedidos en nueve Estados miembros; el FEAG contribuyó con 83 554 141 EUR (16,7 % del importe máximo anual de que dispone el FEAG).

Cuadro 2 — Detalle de las contribuciones concedidas en 2010

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Cuadro 3 — Contribuciones del FEAG concedidas en 2010: perfil de los trabajadores

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4.2.1. Acciones financiadas con la ayuda del FEAG

El artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 establece que únicamente podrá concederse una contribución financiera del FEAG para aquellas medidas activas del mercado laboral destinadas a la reinserción laboral de los trabajadores despedidos. Establece asimismo que el FEAG podrá financiar las actividades de preparación, gestión, información, publicidad y control de la aplicación del Fondo (asistencia técnica).

Las medidas aprobadas para las treinta y una contribuciones del FEAG concedidas en 2010 iban destinadas a la reinserción laboral de 23 688 trabajadores despedidos. Consistían principalmente en una asistencia intensiva y personalizada en la búsqueda de un empleo y orientación profesional, una variada formación profesional, medidas de perfeccionamiento y reciclado, diversos incentivos y apoyos financieros temporales durante la búsqueda de empleo, medidas de formación y otras medidas activas del mercado laboral hasta el periodo efectivo de reinserción profesional, y otros tipos de actividades como la promoción del espíritu emprendedor y el empleo con apoyo.

4.2.2. Complementariedad con las acciones financiadas por los Fondos Estructurales, en particular el Fondo Social Europeo (FSE)

El objetivo que persigue el FEAG es aumentar la empleabilidad y favorecer la rápida reinserción profesional de los trabajadores despedidos mediante medidas activas del mercado laboral, complementando así al FSE, que es el instrumento principal de la UE para fomentar el empleo. Por lo general, la complementariedad de los dos tipos de fondos reside en la capacidad de abordar esas cuestiones desde dos perspectivas temporales diferentes: mientras que el FEAG proporciona ayuda individualizada a los trabajadores despedidos para responder a un despido masivo específico de escala europea, el FSE persigue objetivos estratégicos y a largo plazo (por ejemplo, el refuerzo del capital humano, la gestión del cambio, etc.) mediante programas plurianuales planificados, cuyos recursos normalmente no pueden reasignarse para hacer frente a las situaciones de crisis provocadas por despidos en masa. Las medidas del FEAG y del FSE se utilizan a veces para complementarse entre ellas a fin de aportar soluciones a corto y a largo plazo. El criterio decisivo es el potencial de los instrumentos disponibles para ayudar efectivamente a los trabajadores, y corresponde a los Estados miembros seleccionar (y planificar) los instrumentos e iniciativas más adecuados para alcanzar los objetivos perseguidos.

El contenido del «paquete coordinado de servicios personalizados» cofinanciados por el FEAG debe ser equilibrado y complementario con otras acciones. Las medidas cofinanciadas por el FEAG pueden ir mucho más allá de los cursos y acciones estándar, y la práctica ha mostrado que el FEAG permite a los Estados miembros ofrecer ayuda individualizada y en profundidad a los trabajadores despedidos, incluyendo medidas a las que normalmente no tendrían acceso (por ejemplo, formación de segundo o tercer niveles). El FEAG permite a los Estados miembros centrarse mejor en las personas especialmente vulnerables, como las menos cualificadas o de origen inmigrante, o prestarles ayuda durante un periodo más largo de tiempo, que no sería posible sin el FEAG. Todo ello aumenta las perspectivas de los trabajadores de mejorar su situación.

Ejemplos concreto de buena complementariedad entre el FEAG y el FSE son los casos FEAG/2010/011 NL/NXP Semiconductors y FEAG/2010/012 NL/Noord Holland ICT, presentados por los Países Bajos, FEAG/2010/014 SI/Mura, presentado por Eslovenia, y FEAG/2010/018 DE/Heidelberger Druckmaschinen, presentado por Alemania. Con respecto al primer caso holandés, la complementariedad reside en un proyecto específico de formación del FSE para los trabajadores de empresas que participan en la fabricación de semiconductores [5], cuyo calendario coincide en parte con el periodo de aplicación del FEAG. Con respecto al segundo caso, los trabajadores despedidos pudieron participar asimismo en dos proyectos del FSE en el sector de las TIC [6]. Eslovenia se aseguró de que las medidas del FEAG se complementaran con las diversas acciones del FSE [7]. En el caso de Alemania, el paquete FEAG de servicios personalizados se diseñó para complementar las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales, en especial los cursos de cualificación certificada del FSE impartidos en el marco del programa federal ESF-BA.

Todos los Estados miembros deberán poner en marcha los mecanismos necesarios para evitar todo riesgo de doble financiación por instrumentos financieros de la UE, como exige el artículo 6, apartado 5, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

4.3. Casos que no cumplen las condiciones para beneficiarse de una contribución financiera del FEAG

La Autoridad Presupuestaria no rechazó ninguna de las propuestas de financiación con cargo al FEAG que le hizo la Comisión. La Comisión consideró no admisible una solicitud (FEAG/2009/022 BG/Kremikovtsi, presentada por Bulgaria el 26.10.2009) [8]. Esta decisión se notificó al Estado miembro.

4.4 Logros del FEAG

La principal fuente de información sobre los logros del FEAG son los informes finales presentados por los Estados miembros de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Se complementan mediante la información enviada por los Estados miembros a través de contactos directos con la Comisión y con motivo de las reuniones de coordinación y las conferencias celebradas con los representantes de los Estados miembros a lo largo del año. Los resultados y los datos notificados por los Estados miembros en 2010 se resumen en la sección siguiente y en el cuadro 4.

4.4.1. Informes finales recibidos de los Estados miembros sobre la ejecución de las contribuciones financieras en 2010

En 2010, la Comisión recibió cuatro informes finales relativos a las siguientes casos: FEAG/2008/004 ES/Castilla y León y Aragón, FEAG/2008/005 ES/Cataluña, FEAG/2009/001 PT/Norte-Centro y FEAG/2009/002 DE/Nokia. Estos fueron los últimos casos FEAG con un periodo de aplicación de doce meses antes de que el periodo lo incrementara a veinticuatro meses el Reglamento (CE) nº 546/2009, de 18 de junio de 2009.

4.4.2. Resumen de los resultados y buenas prácticas comunicados en 2010

Según los cuatro informes finales presentados por los tres Estados miembros, al final o poco después de concluido el periodo de aplicación del FEAG, 629 trabajadores (20 % de 3 146) habían encontrado otro puesto de trabajo o se habían establecido como autónomos. Los demás estaban estudiando o cursaban una formación (aproximadamente un 5 %), o se encontraban desempleados o inactivos por motivos personales.

Los resultados en términos de reinserción laboral no fueron mejores a causa de la muy baja capacidad de absorción de los mercados de trabajo local y regional como consecuencia directa de la crisis financiera y económica mundial. La importancia del índice de reinserción no debería sobrestimarse ya que apenas proporciona una instantánea de la situación profesional de los trabajadores en el momento de la recogida de datos. No aporta ninguna información sobre el tipo de empleo y la calidad del trabajo que ha encontrado la persona, y puede cambiar considerablemente poco tiempo después. De acuerdo con la información recibida de los Estados miembros, los índices de reinserción ya empiezan a aumentar unos pocos meses después de la presentación de los informes finales, especialmente en los casos en que los trabajadores siguen recibiendo la ayuda individualizada una vez agotado el periodo del FEAG, con cargo a los Estados miembros o con ayuda del FSE.

Los Estados miembros notificaron una serie de hechos interesantes y una información alentadora que indican que la situación personal, la confianza en sí mismos y la empleabilidad de los trabajadores afectados ha mejorado claramente gracias a la asistencia y los servicios del FEAG, aunque no siempre hayan encontrado un nuevo trabajo rápidamente. El FEAG ha dado a los Estados miembros la oportunidad de actuar con una mayor intensidad en las regiones afectadas por los despidos, en lo que se refiere al número de personas ayudadas y a la duración y calidad de la ayuda, lo que no habría sido posible sin la financiación del FEAG. Los fondos de la UE les han permitido intervenir con una mayor flexibilidad e incluir en sus paquetes acciones muy personalizadas y a veces innovadoras y una mayor atención para los menos cualificados. La ayuda cofinanciada por el FEAG representa, por tanto, un aumento de la inversión en cualificaciones, que puede tener un efecto positivo a medio y largo plazo cuando los mercados se vayan recuperando progresivamente de la crisis. Por otra parte, el FEAG está considerado como un instrumento útil en tiempos de déficits presupuestarios y de recortes del sector público, cuando escasean los recursos nacionales y los Estados miembros y las empresas luchan para salir de la crisis mundial. La evaluación intermedia del FEAG, prevista para 2011, en virtud del artículo 17, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, evaluará los efectos de la ayuda del FEAG más detalladamente.

Cuadro 4 — Informes finales recibidos en 2010 — visión general de los resultados [9]

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4.4.3. Detalles de las medidas aplicadas en 2010

FEAG/2008/004 Castilla y León y Aragón/España (automóvil)

De los 534 trabajadores que participaron en las medidas cofinanciadas por el FEAG, 184 (34,5 %) trabajaban de nuevo al final del periodo de aplicación y los 350 restantes (65,5 %) estaban estudiando o cursaban una formación o se encontraban desempleados o inactivos por motivos personales. El índice de reinserción debe observarse en el contexto de los elevados índices de desempleo en las dos regiones afectadas, que se duplicaron entre 2008 y 2010 como consecuencia de la crisis financiera y económica.

Incluso los que seguían desempleados declararon que las medidas del FEAG les habían reforzado la confianza en sí mismos y la autoestima, les había desarrollado su independencia y les había proporcionado las competencias y las aptitudes básicas para su reinserción en el mercado laboral. Para las autoridades españolas, el FEAG es un instrumento especialmente idóneo para la reinserción de trabajadores con pocas oportunidades de encontrar un nuevo empleo rápidamente y, gracias a la contribución de este fondo, dichos trabajadores han podido elegir entre una amplia gama de medidas, muy individualizadas y más personalizadas de lo que habrían sido posible sin la financiación del FEAG. Un elevado porcentaje de los trabajadores beneficiarios de ayuda mantuvieron con éxito sus niveles de competencias o aumentaron su empleabilidad, con lo que mejoraron sus perspectivas en el mercado laboral.

Las medidas personalizadas aplicadas constituyen una combinación interesante de búsqueda de empleo, ayuda a la formación y la reinserción y subsidios. Tras una primera fase de medidas uniformes para todos los trabajadores destinatarios, como asesoramiento e itinerarios personalizados, se llevaron a cabo diversas acciones, empezando con una búsqueda a gran escala en el mercado de trabajo y concentrando a continuación los esfuerzos en la adecuación profesional. Se constituyeron equipos de asistencia de carácter multidisciplinario que visitaron a cerca de 3 000 empresas (muchas de ellas PYME) con el doble objetivo de adecuar las oportunidades de trabajo con las cualificaciones de los desempleados o de formar a estos para adaptarse a los nuevos puestos de trabajo y dar a conocer el proyecto a las empresas. Se recibieron más de 400 ofertas de empleo por esta vía, y más de 200 trabajadores consiguieron un nuevo puesto de trabajo a lo largo del periodo de aplicación del FEAG. Se acompaña a los trabajadores después de su reinserción con objeto de identificar posibles contratiempos y evaluar su satisfacción personal. Las autoridades españolas van a seguir analizando el mercado y las situaciones profesionales de los trabajadores cuando haya terminado el proyecto del FEAG, y también se van a mantener los contactos con las empresas para garantizar la continuidad de los logros del fondo a lo largo del tiempo.

Las medidas propuestas a los trabajadores para mejorar sus cualificaciones comprendían diversos tipos de formación; algunas de ellas estaban vinculadas al compromiso de una empresa de reinsertar a los trabajadores, como, por ejemplo: cursos para mejorar las competencias en tecnologías de energías renovables, en tecnologías de la información, y en los sectores técnico, de mantenimiento, social y turístico; contabilidad y gestión de las PYME; y técnicas de dirección y de comunicación. Se concedieron prestaciones financieras temporales a algunos trabajadores para compensar la diferencia entre sus salarios anteriores y los nuevos (incentivos a la reinserción) y/o asignaciones de búsqueda de empleo, incluyendo ayudas específicas para los trabajadores con responsabilidades familiares.

FEAG/2008/005 Cataluña/España (industria textil)

De los 587 trabajadores que se beneficiaron de las medidas cofinanciadas por el FEAG, 30 (5,1 %) trabajaban de nuevo al final del periodo de aplicación (incluido uno que había creado una nueva empresa), 17 (2,9 %) estaban estudiando o cursaban una formación y los 540 restantes (92,0 %) se encontraban desempleados o inactivos por motivos personales. El bajo índice de reinserción debe observarse en el contexto de debilidad del mercado de trabajo de la región como consecuencia de la crisis financiera y económica y también teniendo en cuenta el retraso en la llegada de los fondos del FEAG (véase el comentario más adelante).

Las autoridades españolas comunicaron que la contribución del FEAG les había permitido la puesta en marcha de acciones intensivas y personalizadas para los trabajadores afectados, a los que les convendrían menos otros fondos. La mayor parte de los trabajadores participantes mostraron un elevado nivel de compromiso con las medidas y su opinión generalizada fue muy positiva. El modelo de gestión incluía el uso de una amplia red de instituciones y la participación de las autoridades locales se consideró un elemento clave para el éxito de la aplicación de las medidas. En la medida de lo posible, las autoridades regionales aplicarán la metodología del FEAG a programas de reinserción laboral similares.

Las medidas comprendían: orientación profesional para identificar la empleabilidad de los trabajadores despedidos y los obstáculos para encontrar un nuevo empleo; asistencia intensiva para la recolocación/búsqueda de empleo con participación de consejeros personales para ayudar a los trabajadores a reintegrarse en el mercado laboral; y «formaciones prácticas» que den a los trabajadores acceso directo a ordenadores y portales de búsqueda de empleo junto a un asesoramiento a cargo de personal cualificado. Las medidas de formación incluían cursos de perfeccionamiento como los dedicados a tecnologías de la información, técnicas de comunicación oral y escrita, y cursos básicos de espíritu emprendedor que abordaban asimismo las necesidades especiales de los trabajadores mayores de 45 años, los menos cualificados o los no españoles. Se ofreció igualmente una formación en campos en los que las empresas locales habían señalado necesidades de cualificación o en sectores emergentes donde pueden surgir oportunidades de trabajo en el futuro. Se concedieron prestaciones financieras temporales a algunos trabajadores durante el periodo de búsqueda de empleo y/o en caso de que aceptaran un puesto de trabajo de seis meses como mínimo (incentivos a la reinserción).

Debido al retraso en la liberación de los fondos de la UE, España había empezado a aplicar la primera serie de medidas utilizando sus propios recursos. Como no se pudieron poner en marcha una gran parte de las medidas previstas hasta los últimos meses del periodo de aplicación del FEAG, España decidió asimismo la continuación de los servicios personalizados durante otros cuatro meses a su costa. Las medidas adicionales después del periodo de aplicación del FEAG permitieron a España ayudar a otros 387 trabajadores despedidos (además de los 1 100 inicialmente previstos). Medio año después del periodo de aplicación del FEAG, el índice de reinserción laboral era mucho más elevado que justo después del final del proyecto del FEAG.

FEAG/2009/001 Norte/Centro/Portugal (industria textil)

De los 720 trabajadores que participaron en las medidas cofinanciadas por el FEAG, 30 (4,2 %) trabajaban de nuevo al final del periodo de aplicación, nueve (1,3 %) estaban estudiando o cursaban una formación y los 681 restantes (94,6 %) se encontraban desempleados o inactivos por motivos personales. El índice de reinserción debe observarse en el contexto de debilidad del mercado de trabajo de la región como consecuencia de la crisis financiera y económica. Otras explicaciones son los bajos niveles de educación (el 79 % de los trabajadores beneficiarios de ayuda no habían terminado los nueve años de enseñanza básica y otro 13 % no había terminado la enseñanza secundaria) y el elevado número de trabajadores mayores de 55 años, para los cuales el periodo disponible era demasiado corto para beneficiarse de forma óptima de la extensiva ayuda educativa.

Las autoridades portuguesas notificaron que las medidas fueron bien recibidas por los participantes, que reconocieron que habían aumentado su competencia profesional y, por tanto, su empleabilidad, y también por los servicios de empleo, que pudieron, gracias a la ayuda del FEAG, hacer un seguimiento de las necesidades de los trabajadores desempleados dispersos en distintas poblaciones. Portugal reconoció la importancia de motivar a los trabajadores que han perdido su puesto de trabajo, garantizando la plena participación de los centros regionales de empleo y respetando un calendario para garantizar que el periodo de aplicación se utilice de la mejor manera posible.

Las medidas incluían asistencia individualizada en la búsqueda de empleo para un tercio de los trabajadores destinatarios aproximadamente, por ejemplo el reconocimiento/certificación de las competencias existentes, la preparación de itinerarios de formación y reinserción, y una variedad de módulos (breves) de formación y reciclado, basados en el Catálogo nacional de cualificaciones e impartidos por centros de formación reconocidos, para casi todos los trabajadores destinatarios. Otras medidas estaban adaptadas a las necesidades de las personas que tenían dificultades especiales para reinsertarse en el mundo laboral: las facilitaban organismos sin fines de lucro y constaban de planes de integración personal, ayudas a la integración y ayudas financieras para los trabajadores participantes. También se ofrecieron algunas becas de formación y apoyo al espíritu emprendedor. Para la mayor parte de las medidas se firmaron acuerdos de cooperación entre los trabajadores y los organismos prestatarios / de supervisión, en los que se fijaban sus respectivas obligaciones.

En enero de 2011 (un años después del periodo de aplicación del FEAG), el índice de reinserción había llegado a 200, lo que muestra que las medidas cofinanciadas por el FEAG siguen dando resultados positivos algún tiempo después de la aplicación del FEAG.

FEAG/2009/002 Nokia/Alemania (telefonía móvil)

De los 1 305 trabajadores que participaron en las medidas cofinanciadas por el FEAG, 385 (29,5 %) habían encontrado un nuevo puesto de trabajo cuatro semanas después del final del periodo de aplicación, (incluyendo 36 que se habían establecido como autónomos), 121 (9,3 %) estaban estudiando o cursaban una formación y las personas restantes se encontraban desempleadas (737, el 56,5 %) o inactivas por motivos personales (62, el 4,8 %).

A pesar de la situación desfavorable del mercado de trabajo como consecuencia de la crisis mundial y otros problemas como los niveles relativamente bajos de cualificación, la edad más avanzada de la mayor parte de los trabajadores, su poca voluntad de movilidad y su reticencia a aceptar nuevos puestos de trabajo menos remunerados, las autoridades alemanas consideraron los resultados del proyecto del FEAG «relativamente satisfactorios».

Alemania considera que el FEAG es un instrumento que complementa y profundiza los esfuerzos nacionales para hacer frente a la crisis de manera útil ampliando el espectro de cualificaciones disponibles y prolongando el periodo durante el cual los trabajadores destinatarios pueden recibir ayuda. Una amplia mayoría de los trabajadores que se benefician de la asistencia del FEAG eran antiguos trabajadores de Nokia que, tras participar en las primeras medidas de la Transfergesellschaft (establecida por los interlocutores sociales por una duración máxima de doce meses), no se habían reinsertado aún en el mercado laboral. Siguieron contando con un asesoramiento intensivo durante seis meses más con cargo al proyecto del FEAG, se les ofreció una amplio espectro de servicios personalizados para proporcionar una asistencia intensiva e individualizada en la búsqueda de empleo y actividades de formación, complementados con prestaciones financieras en forma de dietas de corta duración («Transferkurzarbeitergeld») mientras participaban en las actividades de formación y de reinserción activa, siempre que los trabajadores afectados se comprometan con el proyecto del FEAG a tiempo completo.

Los cursos de formación se escogieron cuidadosamente para los ámbitos en que hay demanda en el mercado laboral y se diseñaron para complementar los cursos que ya ofrecía el Fondo Social Europeo o la empresa que ha despedido a los trabajadores. También se incluyó en la oferta ayuda para que los que habían encontrado trabajo se prepararan para sus nuevos puestos, apoyo para los futuros empresarios, orientación para los que buscan trabajo en el extranjero y establecimiento de grupos inter pares para capacitar a grupos específicos de personas. El FEAG permitió a Alemania mejorar considerablemente la proporción entre solicitantes de empleo y consejeros (un consejero por cuarenta trabajadores frente la proporción habitual de un consejero por cada 200 trabajadores) y estos últimos se seleccionaron en función del perfil de los participantes. Debido al retraso en la liberación de los fondos del FEAG, Alemania había empezado a aplicar las medidas iniciales utilizando sus propios recursos.

Todas esas medidas permitieron una ayuda cofinanciada por el FEAG altamente individualizada y eficaz.

Seis meses después del final del periodo de aplicación, otras 42 personas, anteriormente desempleadas, habían encontrado un nuevo puesto de trabajo, con lo que la cantidad de trabajadores reinsertados aumentó a 427. El índice de reinserción aumentó aún más un par de meses después, lo que mostró que la ayuda cofinanciada por el FEAG puede tener también un efecto positivo a más largo plazo.

4.5. Informe financiero

4.5.1. Fondos aportados por el FEAG

En 2010, la Autoridad Presupuestaria adoptó treinta y una decisiones de concesión de financiación con cargo al FEAG, por un total de 83 554 141 EUR, que representa el 16,7 % de su máximo anual disponible (cuadro 2). Los treinta y un pagos eran con cargo al presupuesto de 2010, aunque nueve de ellos se pagaran a principios de 2011.

De conformidad con el punto 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 [10], que establece el marco presupuestario del FEAG, el importe máximo anual de este Fondo no podrá exceder de 500 millones de euros, los cuales podrán proceder de cualquier margen existente dentro del límite máximo total de gastos del ejercicio anterior o de los créditos de compromiso cancelados en los dos ejercicios anteriores con exclusión de los de la rúbrica 1B del marco financiero. Por otra parte, el artículo 12 del Reglamento FEAG establece que al menos un cuarto del importe máximo anual del FEAG deberá seguir estando disponible el 1 de septiembre de cada año para responder a las necesidades que pudieran surgir hasta finales de año.

Los créditos de compromiso para los fondos concedidos en 2010 se transfirieron de la reserva a la línea presupuestaria del FEAG.

En 2010, los créditos de pago procedían del presupuesto del FSE (19 881 554 EUR) al comenzar el año a causa de la proximidad política de los dos fondos. Con objeto de evitar confusión en el uso de los recursos presupuestarios, la Comisión definió fuentes alternativas de créditos de pago durante el año, y así los recursos infrautilizados salieron a la luz. Se utilizó un importe de 21 381 228 EUR procedente de la línea presupuestaria «Finalización del programa para las empresas: mejora del entorno financiero de las pequeñas y medianas empresas (PYME)» Se identificó otro importe de 42 291 359 EUR, que se utilizó a partir de la línea presupuestaria «Programa marco para la innovación y la competitividad — Programa para la iniciativa empresarial y la innovación». Las previsiones de inversión para esas dos líneas presupuestarias se habían reducido drásticamente como consecuencia de la crisis financiera.

Los pagos efectuados para el año 2010 (83 554 141 EUR) fueron un 60 % superiores a los de 2009 (52 349 047 EUR). La experiencia ha mostrado que los Estados miembros actualmente elaboran y presentan las solicitudes al FEAG de manera más eficaz que durante los primeros años.

4.5.2. Gastos en concepto de asistencia técnica

De conformidad con el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1927/2006, a iniciativa de la Comisión, y hasta un límite máximo del 0,35 % de los recursos financieros disponibles para el año (máximo de 1,75 millones EUR), el FEAG podrá utilizarse para financiar actividades de información, asistencia administrativa y técnica, supervisión, auditoría, control y evaluación necesarias para la aplicación del Reglamento FEAG. En 2010 se pusieron a disposición 1 110 000 EUR en concepto de asistencia técnica [11] en relación con las actividades enumeradas en el cuadro 5. No se movilizaron los otros 640 000 EUR potencialmente disponibles para asistencia técnica durante el año.

Cuadro 5 — Gastos de asistencia técnica en 2010

A lo largo del año, se decidió la organización de dos conferencias del FEAG con las partes interesadas para consultar a los Estados miembros, los organismos de ejecución y los interlocutores sociales sobre el Reglamento FEAG actual y las modificaciones necesarias después del año 2011 (tanto si continúa como si no la excepción de crisis que permite al FEAG apoyar a los trabajadores despedidos como resultado de la crisis financiera y económica mundial y aumentar la contribución del FEAG al 65 % de los costes totales) y después del año 2013 (cuando se revise el Reglamento FEAG en su totalidad). Esas conferencias consultivas sustituyeron a los diez estudios de seguimiento originalmente previstos. Por otra parte, se programó un seminario de auditores del FEAG para abril de 2011.

4.5.3. Irregularidades comunicadas o corregidas

En 2010 no se comunicó a la Comisión ninguna irregularidad relativa al Reglamento FEAG, ni se corrigió irregularidad alguna.

4.5.4. Liquidación de las contribuciones financieras del FEAG

El artículo 15, apartado 2, del Reglamento FEAG establece el procedimiento de liquidación de las contribuciones financieras del FEAG. En 2010, se liquidó la segunda serie de contribuciones del FEAG desde la creación del Fondo. Estas contribuciones son las seis siguientes:

Cuadro 6 — Casos liquidados en 2010

(...PICT...)

La cantidad total de fondos no gastados que deben reembolsarse a la Comisión en estos seis casos asciende a 9 857 484,55 EUR.

Hay diversas razones por las que los Estados miembros no utilizaron la totalidad de las contribuciones FEAG concedidas. Si bien se insta a los Estados miembros a hacer estimaciones presupuestarias realistas para el paquete coordinado de servicios personalizados, no todos los recursos solicitados pueden ser necesarios durante la ejecución de las medidas. En ciertos casos, se puede haber sobreestimado el número de trabajadores que necesita ayuda, algunos pueden preferir medidas de menor costo, algunos pueden participar en una medida durante un periodo más breve de lo previsto por haber encontrado otro empleo, y otros no pueden participar en absoluto ya que se acogieron a la jubilación anticipada. Los retrasos en comenzar las medidas pueden ser otra razón de un menor gasto. Se espera que, a medida que los Estados miembros adquieran más experiencia, mejore la elaboración de presupuestos de las medidas y el pronóstico de la participación de trabajadores. Los Estados miembros ya han comenzado además a poner en práctica las lecciones aprendidas en las solicitudes siguientes. Por otro lado, se está trabajando intensamente para simplificar los procedimientos de toma de decisiones y el pago de los fondos del FEAG, para que el tiempo y los fondos proporcionados puedan utilizarse de manera óptima en el futuro.

4.6. Actividades de asistencia técnica realizadas por la Comisión

4.6.1. Información y publicidad

Sitio web

En el artículo 9 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 se solicita a la Comisión que «cree un sitio web en Internet, disponible en todas las lenguas comunitarias, para facilitar información sobre el FEAG y orientaciones para la presentación de solicitudes, así como información actualizada sobre las solicitudes admitidas y rechazadas, en la que se destacará el cometido de la Autoridad Presupuestaria».

A tenor de ello, el sitio web del FEAG (http://ec.europa.eu/egf) creado por la Comisión está disponible en las veintitrés lenguas de la UE, incluido el irlandés. En 2010, se contabilizaron 177 654 páginas consultadas por 80 208 visitantes.

Acciones de promoción emprendidas en 2010

En el primer trimestre de 2010, se publicó un folleto para poner de manifiesto los cambios principales que introdujo el Reglamento (CE) nº 546/2009 que modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización. El folleto se publicó en veintitrés lenguas y está disponible en línea en el sitio web del FEAG. Se distribuyeron ejemplares impresos en alemán, inglés y francés en las oficinas públicas de empleo y entre el público en general.

4.6.2. Reuniones con las autoridades nacionales y los interlocutores sociales

La quinta y sexta reuniones del Grupo de expertos sobre personas de contacto del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, formado por representantes de los Estados miembros, se celebraron el 11 de marzo de 2010 en Bruselas y los días 29 y 30 de septiembre de 2010 en Oporto. Una parte de la reunión de Oporto se dedicó a la preparación de las dos revisiones del Reglamento FEAG que la Comisión llevará a cabo a finales de 2011 y de 2013, respectivamente.

4.6.3. Evaluación intermedia del FEAG

La Comisión emprendió los preparativos para la evaluación intermedia del FEAG de conformidad con el artículo 17, apartado 1, letra a), del Reglamento FEAG. Los procedimientos administrativos para subcontratar la evaluación ya estaban casi completos a finales de 2010.

5. Tendencias

El número creciente de intervenciones del FEAG permite disponer de más datos para identificar tendencias en su aplicación y tener una visión de conjunto de la dirección que toman las acciones del Fondo. Los datos que aparecen en los gráficos siguientes y en el anexo 1 hacen referencia a las setenta y tres solicitudes en veinticinco sectores económicos recibidas entre enero de 2007 y diciembre de 2010.

Gráfico 1: número de solicitudes recibidas entre 2007 y 2010

(...PICT...)

| 2007 | 2008 | 2009 | 2010 | Total |

A causa de la crisis | ------- | ------ | 23 | 24 | 47 |

A causa del comercio | 8 | 5 | 6 | 7 | 26 |

Total | 8 | 5 | 29 | 31 | 73 |

% del total | 11.0 % | 6,8 % | 39,7 % | 42,5 % | 100.0 % |

Gráfico 2: número de beneficiarios por Estado miembro

(...PICT...)

Irlanda encabeza la lista de Estados miembros con más de 12 600 trabajadores destinatarios de la ayuda, seguido por España con más de 9 600 trabajadores, mientras que la República Checa y Bulgaria han solicitado la ayuda para unos 450 y 650 trabajadores.

Gráfico 3: número de beneficiarios por sector

(...PICT...)

*) a partir del 31.12.2010 los dos sectores con un asterisco se incluyen en «Construcción de edificios» (división 41 de la NACE).

Los sectores afectados son sobre todo el sector automóvil, con más de 18 000 trabajadores beneficiarios, seguido del sector textil (más de 11 000 trabajadores beneficiarios) y el sector de la construcción de edificios (un poco más de 10 000 trabajadores afectados) [12].

Gráfico 4: Importe medio del FEAG por trabajador destinatario y por sector

(...PICT...)

*) a partir del 31.12.2010 los dos sectores con un asterisco se incluyen en «Construcción de edificios» (división 41 de la NACE).

El gráfico 4 ilustra el apoyo medio del FEAG por trabajador en cada sector. Los trabajadores del sector de la «construcción naval» recibieron la mayor cantidad media del FEAG (ligeramente superior a 15 000 EUR por persona), seguidas por el sector de los «metales básicos» (casi 9 700 EUR por persona), el sector «mantenimiento aeronáutico» (más de 8 700 EUR por persona) y el de «maquinaria y equipo» (más de 7 000 EUR por persona). Los sectores de «muebles», «comercio al por menor» y «prendas de vestir» recibieron las medias más bajas (unos 1 000 EUR por trabajador).

6. Conclusión

Las tendencias observadas hasta ahora muestran que las solicitudes al FEAG se están presentando en un número cada vez mayor de sectores y por un número creciente de Estados miembros. Estos cada vez tienen más experiencia a la hora de seleccionar las medidas más apropiadas, planificar su ayuda a los trabajadores despedidos y hacer uso del FEAG para poner a prueba nuevos enfoques. El desarrollo del pleno potencial del FEAG, complementándolo con otros instrumentos disponibles y consultando a la totalidad de los principales interesados, ayudará cada vez más a los trabajadores despedidos de forma personalizada y adaptada, lo que mejorará sus oportunidades en el mercado de trabajo.

ANEXO 1Solicitudes de ayuda del FEAG según la nomenclatura de actividades económicas a 31.12.2010 Número total de solicitudes: 73 *) |

| | |

Automóvil (NACE: Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques, división 29) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2007/001 | FR | Peugeot |

FEAG/2007/010 | PT | Lisboa-Alentejo |

FEAG/2008/002 | ES | Delphi |

FEAG/2008/004 | ES | Castilla y León |

FEAG/2009/007 | SE | Volvo |

FEAG/2009/009 | AT | Steiermark |

FEAG/2009/013 | DE | Karmann |

FEAG/2009/019 | FR | Renault |

FEAG/2010/002 | ES | Cataluña |

FEAG/2010/004 | PL | Wielkopolskie |

FEAG/2010/015 | FR | Peugeot |

FEAG/2010/023 | ES | Lear |

FEAG/2010/031 | BE | General Motors Bélgica |

Textil (NACE: Industria textil, división 13) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2007/005 | IT | Cerdeña |

FEAG/2007/006 | IT | Piamonte |

FEAG/2007/007 | IT | Lombardía |

FEAG/2008/001 | IT | Toscana |

FEAG/2008/003 | LT | Alytaus tekstilė |

FEAG/2008/005 | ES | Cataluña |

FEAG/2009/001 | PT | Norte/Centro |

FEAG/2009/004 | BE | Oost-West Vlaanderen |

FEAG/2009/005 | BE | Limburgo |

FEAG/2010/009 | ES | Valencia |

Prendas de vestir (NACE: Confección de prendas de vestir, división 14) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2007/008 | MT | Productos textiles |

FEAG/2009/018 | LT | Prendas de vestir |

FEAG/2010/003 | ES | Galicia |

FEAG/2010/014 | SI | Mura |

Artes gráficas (NACE: Artes gráficas y reproducción de soportes grabados, división 18) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/026 | NL | Noord Holland y Utrecht |

FEAG/2009/027 | NL | Noord Brabant y Zuid Holland |

FEAG/2009/028 | NL | Limburgo |

FEAG/2009/029 | NL | Gelderland y Overijssel |

FEAG/2009/030 | NL | Drenthe |

FEAG/2010/027 | NL | N Brabant Div. 18 |

FEAG/2010/028 | NL | Overijssel Div. 18 |

FEAG/2010/029 | NL | Z Holland/Utrecht Div. 18 |

FEAG/2010/030 | NL | N Holland/Flevoland Div. 18 |

Maquinaria y equipo (NACE: Fabricación de maquinaria y equipo n.c.p., división 28) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/015 | DK | Danfoss Group |

FEAG/2009/031 | DK | Linak |

FEAG/2010/001 | DK | Nordjylland |

FEAG/2010/006 | PL | H.Cegielski-Poznań |

FEAG/2010/013 | PL | Podkarpackie |

FEAG/2010/017 | DK | Midtjylland machinery |

FEAG/2010/018 | DE | Heidelberger Druckmaschinen |

FEAG/2010/022 | DK | LM Glasfiber |

Equipamiento electrónico (NACE: Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos, división 26) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/023 | PT | Qimonda |

FEAG/2010/008 | AT | AT&S |

FEAG/2010/011 | NL | NXP Semiconductors |

Telefonía móvil (NACE: Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos, división 26) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2007/003 | DE | BenQ |

FEAG/2007/004 | FI | Perlos |

FEAG/2009/002 | DE | Nokia |

Construcción (NACE: Construcción de edificios, división 41) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/011 | NL | Heijmans |

FEAG/2009/017 | LT | Construcción |

FEAG/2010/019 | IE | Construcción 41 |

Actividades de construcción especializada (NACE: Actividades de construcción especializada, división 43) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/020 | IE | Construcción 43 |

Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería (NACE: Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos, división 71) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/021 | IE | Construcción 71 |

Metales básicos (NACE: Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones, división 24) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/022 | BG | Kremikovtsi AD (no admisible) |

FEAG/2010/007 | AT | Steiermark-Niederösterreich |

Electrodomésticos (NACE: Fabricación de material y equipo eléctrico, división 27) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/006 | IT | Gruppo Merloni |

FEAG/2009/010 | LT | AB Snaigė |

Comercio al por menor (NACE: Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas, división 47) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/010 | CZ | Unilever |

FEAG/2010/016 | ES | Aragón |

Ordenadores (NACE: Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos, división 26) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/008 | IE | Dell |

Comercio al por mayor (NACE: Comercio al por mayor, división 46) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/012 | NL | Noord Holland ICT |

Mantenimiento aeronáutico (NACE: Reparación e instalación de maquinaria y equipo, división 33) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/021 | IE | SR Technics |

Edición (NACE: Edición, división 58) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/024 | NL | Noord Holland y Zuid Holland |

Muebles (NACE: Fabricación de muebles, división 31) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/016 | LT | Muebles |

Vidrio (NACE: Fabricación de otros productos minerales no metálicos, división 23) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/012 | IE | Waterford Crystal |

Piedra y mármol (NACE: Fabricación de otros productos minerales no metálicos, división 23) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/005 | ES | Valencia |

Cerámica (NACE: Fabricación de otros productos minerales no metálicos, división 23) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/014 | ES | Valencia |

Carpintería (NACE: Fabricación de productos de madera y corcho (excepto muebles), división 16) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2009/020 | ES | Castilla – La Mancha |

Servicios financieros (NACE: Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones, división 64) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/024 | NL | ABN Amrobank |

Construcción naval (NACE: Fabricación de otro material de transporte, división 30) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/025 | DK | Odense Steel Shipyard |

Fabricación de calzado (NACE: Industria del cuero y del calzado, división 15) |

Nº | EM | Caso |

FEAG/2010/026 | PT | Rohde |

*) los cuatro casos siguientes fueron retirados por los Estados miembros (el 31.12.2010) y no se incluyen en la lista ni en la estadística: |

| | |

FEAG/2007/002 | FR | Renault |

FEAG/2007/009 | ES | Delphi |

FEAG/2009/003 | AT | Magna Steyr |

FEAG/2009/025 | NL | Noord Brabant |

[1] Reglamento (CE) nº 1927/2006, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, DO L 406 de 30.12.2006, p. 1, corregido en el DO L 48 de 22.2.2008, p. 82, para todas las lenguas y en el DO L 202 de 31.7.2008, p. 74, para la lengua inglesa solamente.

[2] Reglamento (CE) nº 546/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, que modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, DO L 167 de 29.6.2009.

[3] Maquinaria y equipo (6), automóvil (5), artes gráficas (4), equipamiento electrónico (2), comercio al por menor (2), prendas de vestir (2), textil (1), construcción de edificios (1), actividades de construcción especializada (1), servicios técnicos de arquitectura e ingeniería (1), servicios financieros (1), construcción naval (1), fabricación de calzado (1), piedra y mármol (1), comercio al por mayor (1), metales básicos (1).

[4] Los tres casos irlandeses relativos a la construcción (FEAG/2010/019, 020 y 021) no se tienen en consideración aquí porque no se ha proporcionado un desglose hasta el año 2011.

[5] 2009ESFN451 Stichting Opleidings- en ontwikkelingsfonds voor semiconductor productiebedrijven.

[6] 2008ESFN226 (plazo del proyecto: entre el 1.4.2009 y el 31.3.2010) y 2008ESFB295 (plazo del proyecto: entre el 1.11.2009 y el 31.10.2010).

[7] Entre ellas «formación para mejorar la empleabilidad» y «preparación para los procedimientos de evaluación y concesión de cualificaciones profesionales nacionales».

[8] SEC(2010) 993 final, de 30.8.2010.

[9] Compilado por la Comisión a partir de las medidas aplicadas por los Estados miembros y comunicadas en sus informes finales. Las categorías de las medidas se basan en (pero no corresponden enteramente a) la metodología utilizada por Eurostat, que se describe en el documento «Labour market policy database – Methodology – Revision of June 2006» (Base de datos de políticas del mercado de trabajo – metodología – revisión de junio de 2006). Algunas de las medidas cofinanciadas no se inscriben en ninguna de las categorías de Eurostat (por ejemplo, las asignaciones para la búsqueda de empleo, las ayudas a la formación y las dietas para las personas que se benefician de las medidas activas del mercado laboral).

[10] DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[11] DO L 154 de 19.6.2010, p. 27.

[12] Para un desglose más detallado, véase el anexo 1.

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