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/* COM/2011/0244 final */ COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural


INTRODUCCIÓN

La biodiversidad, esa extraordinaria variedad de ecosistemas, especies y genes que nos rodea, representa nuestro seguro de vida, nos da alimento, agua potable y aire limpio, abrigo y medicamentos, mitigando los desastres naturales, las epidemias y las enfermedades, y contribuyendo a regular el clima. La biodiversidad constituye también nuestro capital natural, al prestar servicios ecosistémicos en provecho de nuestra economía. Su pérdida y deterioro ponen en peligro esos servicios: desaparecen especies y hábitats, así como la riqueza y el empleo que obtenemos de la naturaleza, y peligra nuestro bienestar. Así, la pérdida de la biodiversidad se convierte en la mayor amenaza medioambiental planetaria, junto con el cambio climático, estando ambos inextricablemente unidos. Aunque la biodiversidad constituye un elemento clave para la adaptación al cambio climático y la mitigación de sus consecuencias, el logro del objetivo «2 grados», junto con las medidas de adaptación adecuadas para reducir el impacto de los efectos inevitables del cambio climático son asimismo esenciales para detener la pérdida de biodiversidad.

El actual ritmo de extinción de especies no tiene paralelo. En un proceso desencadenado principalmente por la actividad humana, las especies están desapareciendo a una velocidad que multiplica entre 100 y 1000 el ritmo natural: según la FAO, el 60 % de los ecosistemas mundiales están degradados o se utilizan de manera insostenible; el 75 % de las poblaciones de peces están sobreexplotadas o significativamente agotadas, y desde 1990 se ha perdido el 75 % de la diversidad genética de los cultivos mundiales. Aproximadamente 13 millones de hectáreas de selva tropical se talan cada año[1] y el 20 % del arrecife de coral mundial ha desaparecido ya, mientras que el 95 % correrá peligro de desaparición o daño extremo en 2050 si no se consigue frenar el cambio climático[2].

En la Unión Europea, tan sólo el 17 % de los hábitats y especies y el 11 % de los ecosistemas clave protegidos por la legislación europea se encuentran en estado favorable[3], a pesar de las actuaciones emprendidas para luchar contra la pérdida de biodiversidad, especialmente desde la fijación en 2001 del objetivo de biodiversidad de la UE para 2010. Los beneficios de esas actuaciones se han visto contrarrestados por una continua y creciente presión sobre la biodiversidad europea: cambios en el uso del suelo, sobreexplotación de la biodiversidad y de sus componentes, extensión de especies exóticas invasoras, contaminación y cambio climático constantes o en aumento. También pesan gravemente sobre la biodiversidad el crecimiento de la población, la escasa sensibilización social y el hecho de que el valor económico de la biodiversidad no se refleja en los procesos de adopción de decisiones.

La presente estrategia tiene por objeto invertir la pérdida de biodiversidad y acelerar la transición de la UE hacia una economía ecológica capaz de utilizar eficientemente sus recursos. Está integrada en la Estrategia Europa 2020[4] y, en particular, en la iniciativa emblemática «Una Europa que utilice eficazmente los recursos»[5].

UN NUEVO FUNDAMENTO PARA LA POLÍTICA DE BIODIVERSIDAD DE LA UE

DOBLE MANDATO

El mandato de la UE

En marzo de 2010, los dirigentes de la UE reconocieron que el objetivo de biodiversidad fijado para 2010 no se cumpliría, a pesar de algunos éxitos importantes, como la creación de Natura 2000, la mayor red mundial de espacios protegidos. Por ese motivo refrendaron la visión a largo plazo y el ambicioso objetivo principal propuestos por la Comisión en su Comunicación «Opciones para una meta y una visión de la UE en materia de biodiversidad más allá de 2010»[6].

Visión para 2050

En 2050, la biodiversidad de la Unión Europea y los servicios ecosistémicos que presta (el capital natural de la UE) se protegerán, valorarán y restaurarán debidamente, dado el valor intrínseco de la biodiversidad y su contribución esencial al bienestar humano y a la prosperidad económica, evitando así los catastróficos cambios provocados por la pérdida de biodiversidad.

Objetivo principal para 2020

Detener en 2020 la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos de la Unión Europea, y restaurarlos en la medida de lo posible, incrementando al mismo tiempo la contribución de la UE a la lucha contra la pérdida de biodiversidad mundial.

El mandato mundial

La décima Conferencia de las Partes del Convenio sobre la diversidad biológica (CoP10), celebrada en Nagoya en 2010, concluyó con la aprobación del Plan estratégico mundial para la biodiversidad 2011-2020[7], el Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización (Protocolo ABS)[8], y una estrategia de movilización de recursos al servicio de la biodiversidad mundial.

La estrategia de biodiversidad de la Unión Europea hasta 2020 (EU 2020) responde a ambos mandatos, y sitúa a la Unión Europea en el buen camino para cumplir tanto sus objetivos propios como sus compromisos internacionales.

LAS MÚLTIPLES VENTAJAS DE VALORAR LA RIQUEZA NATURAL

El objetivo de biodiversidad EU 2020 se basa en la admisión de que, aparte de su valor intrínseco, la biodiversidad y los servicios que proporciona poseen un importante valor económico que pocas veces detectan los mercados. Al eludir los mecanismos de fijación de precios y no reflejarse en la contabilidad social, la biodiversidad es a menudo víctima de enfoques contrarios sobre la naturaleza y su utilización. El proyecto internacional patrocinado por la Comisión «Economía de los ecosistemas y biodiversidad» (TEEB) recomienda que el valor económico de la biodiversidad se tenga en cuenta en la toma de decisiones y aparezca reflejado en los sistemas de contabilidad e información[9]. En Nagoya, dicha recomendación se incorporó a un objetivo mundial y constituye una de las acciones esenciales de la actual estrategia.

A pesar de que el intento de detener la pérdida de biodiversidad acarrea costes[10], la pérdida de biodiversidad resulta ella misma globalmente onerosa para la sociedad, y en especial para los agentes económicos que se mueven en sectores que dependen directamente de los servicios ecosistémicos. Por ejemplo, se calcula que la polinización que realizan los insectos en la UE representa un valor económico anual de 15 000 millones de euros[11]. El continuo declive de las poblaciones de abejas y otros polinizadores[12] podría tener graves consecuencias para los agricultores y el sector de la agroindustra de la UE[13]. El sector privado es cada vez más consciente de estos riesgos. Numerosas empresas, situadas dentro y fuera de Europa, están evaluando su dependencia de la biodiversidad e incorporando a sus estrategias objetivos de uso sostenible de los recursos naturales[14].

Valorar plenamente el potencial que brinda la naturaleza contribuirá a una serie de objetivos estratégicos de la UE:

- Una economía más eficiente en el uso de sus recursos: en la actualidad, la huella ecológica de la UE equivale al doble de su capacidad biológica[15]. Conservando y mejorando su base de recursos naturales y utilizándolos de manera sostenible, la UE podrá acrecentar la eficiencia de su economía respecto del uso de sus recursos y reducir la dependencia de los recursos naturales procedentes del exterior.

- Una economía hipocarbónica y más resiliente al clima: los enfoques sobre la mitigación y adaptación al cambio climático basados en los ecosistemas pueden ofrecer alternativas rentables a las soluciones tecnológicas, brindando a la vez numerosas ventajas que van más allá de la conservación de la biodiversidad.

- Liderazgo en la investigación y la innovación: los avances en numerosas ciencias aplicadas dependen de la disponibilidad a largo plazo de una variada riqueza natural. La diversidad genética, por ejemplo, constituye una de las principales fuentes de innovación para los sectores farmacológico y cosmético, y el potencial de innovación de la restauración de ecosistemas y la infraestructura verde[16] está en gran parte por explotar.

- Nuevas competencias, empleos y oportunidades empresariales: la innovación basada en la naturaleza, así como las medidas de restauración de ecosistemas y conservación de la biodiversidad, pueden crear nuevas competencias, puestos de trabajo y oportunidades de negocio. En el proyecto «Economía de los ecosistemas y biodiversidad» se calcula que las oportunidades de negocio derivadas de la inversión en biodiversidad podrían alcanzar en 2050 entre dos y seis billones de dólares en todo el mundo.

EL CONOCIMIENTO SOBRE LA BIODIVERSIDAD COMO PUNTO DE PARTIDA

Se ha avanzado mucho en el desarrollo de una base de conocimientos sobre la biodiversidad que pueda servir de fundamento para la elaboración de políticas a partir de información y datos científicos actualizados. Ello debe adaptarse ahora al marco de políticas hasta 2020.

La Comisión colaborará con los Estados miembros y la Agencia Europea del Medio Ambiente para elaborar, antes de que concluya 2012, un marco integrado de vigilancia, evaluación e información sobre el estado de ejecución de la estrategia. Las obligaciones de seguimiento, información y modificación nacionales, comunitarias y mundiales se mejorarán y, en la medida de lo posible, se armonizarán con las disposiciones de otros textos legislativos sobre medio ambiente, como la Directiva marco del agua. La base de referencia de la biodiversidad EU 2010 y los indicadores de biodiversidad actualizados de la UE[17] serán elementos clave de este marco, que asimismo utilizará otros datos e información, como los aportados por el Sistema Compartido de Información Medioambiental y la Vigilancia Mundial del Medio Ambiente, el Centro Europeo de Información Forestal y el estudio marco LUCAS sobre uso y cobertura del suelo. El portal web del sistema de información sobre la biodiversidad en Europa (BISE) incluirá la plataforma principal de intercambio de datos e información.

La presente estrategia prevé medidas concretas para mejorar los aspectos relativos al seguimiento y la información. Integrar el seguimiento e información sobre la biodiversidad en la normativa europea de protección de la naturaleza, la Política Agrícola Común (PAC), la Política Pesquera Común (PPC) y, en la medida de lo posible, la Política de Cohesión, podría servir para evaluar la repercusión sobre la biodiversidad de dichas políticas.

La Comisión seguirá trabajando para subsanar las lagunas de la investigación en relación con áreas como el cartografiado y la evaluación de los servicios ecosistémicos de Europa, contribuyendo así a mejorar nuestro conocimiento sobre las relaciones entre biodiversidad y cambio climático, y la función de la biodiversidad del suelo en la prestación de servicios ecosistémicos esenciales, como el secuestro de carbono y el suministro de alimentos. La financiación de actividades de investigación en el nuevo Marco Estratégico Común podría contribuir también a subsanar las insuficiencias de conocimientos detectadas y facilitar la aplicación de políticas.

Por último, la UE seguirá estrechamente vinculada y contribuirá activamente a la nueva plataforma intergubernamental científico-política sobre la biodiversidad y los servicios ecosistémicos (ipBes), en especial para trabajar en evaluaciones regionales, en las cuales puede ser necesario un mecanismo de nivel europeo para fortalecer la interfaz ciencia-política.

UN MARCO DE ACTUACIÓN PARA EL PRÓXIMO DECENIO

La estrategia Biodiversidad 2020 contiene seis objetivos interdependientes y que se refuerzan recíprocamente, que responden a las metas del objetivo principal fijado para 2020. Todos esos objetivos contribuirán a detener la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos, concentrándose cada uno en un aspecto concreto: proteger y restaurar la biodiversidad y los servicios ecosistémicos relacionados con ella (objetivos 1 y 2), aminorar los factores de presión más importantes que afectan a la biodiversidad en la UE (objetivos 3, 4 y 5), y reforzar la contribución de la UE a la biodiversidad mundial (objetivo 6). Cada uno de dichos objetivos se desglosa en una serie de medidas que responden al reto específico que se aborda. Las actuaciones concretas se recogen en el anexo de la presente Comunicación. Dichas actuaciones serán objeto de evaluaciones de impacto adicionales allí donde sea necesario[18].

CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE LA NATURALEZA

La aplicación integral de las Directivas de aves y hábitats (lo que equivale a alcanzar un estado de conservación favorable de todos los hábitats y especies de importancia europea, así como poblaciones adecuadas de las especies naturales de aves silvestres) es fundamental para contrarrestar la pérdida de biodiversidad en la Unión Europea. Un objetivo cuantificado y con un calendario establecido acelerará la aplicación de las directivas y el logro de los objetivos formulados en ellas.

Objetivo 1

Detener el deterioro que sufre el estado de conservación de todas las especies y hábitats contemplados en la normativa sobre protección de la naturaleza de la UE y mejorar dicho estado mensurable y significativamente, de modo que en 2020, en comparación con las evaluaciones actuales: i) un 100 % más de evaluaciones de hábitats y un 50 % más de evaluaciones de especies con arreglo a la Directiva de aves, evidencien una mejora de los estados de conservación, y ii) un 50 % más de evaluaciones de especies con arreglo a la Directiva de aves muestren un estado seguro o mejorado.

MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LOS ECOSISTEMAS Y SUS SERVICIOS

En la Unión Europea se han degradado numerosos ecosistemas, así como los servicios que prestan, en gran parte por efecto de la fragmentación del suelo. Aproximadamente el 30 % del territorio de la UE registra un grado de fragmentación entre moderado y muy alto. El objetivo 2 se refiere al mantenimiento y mejora de los servicios ecosistémicos y la restauración de ecosistemas degradados mediante la incorporación de infraestructura verde a la ordenación territorial. Esto contribuirá a hacer sostenibles los objetivos de crecimiento de la UE[19], así como a la mitigación y adaptación al cambio climático, fomentando la cohesión económica, territorial y social y protegiendo el patrimonio cultural de la Unión Europea. También garantizará una mejor conectividad funcional entre ecosistemas, tanto los que están situados en el interior de los espacios Natura 2000 como los que abarcan varios de dichos espacios o se encuentran fuera de ellos. El objetivo 2 incorpora el objetivo mundial acordado por los Estados miembros de la UE y la UE en Nagoya de restaurar el 15 % de los ecosistemas degradados no más tarde de 2020.

Objetivo 2

Mantenimiento y mejora de ecosistemas y servicios ecosistémicos no más tarde de 2020 mediante la creación de infraestructura verde y la restauración de al menos el 15 % de los ecosistemas degradados.

SOSTENIBILIDAD DE LA AGRICULTURA, LA SILVICULTURA Y LA PESCA

La Unión Europea viene ya esforzándose en integrar la biodiversidad en el desarrollo y la ejecución de otras políticas. Sin embargo, dados los beneficios que reportan la biodiversidad y los servicios ecosistémicos a numerosos sectores, dichos esfuerzos siguen siendo insuficientes. La presente estrategia intenta mejorar dicha integración en sectores fundamentales, especialmente a través de objetivos y medidas que acrecienten la contribución positiva de la agricultura, la silvicultura y la pesca a la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad[20].

En relación con la agricultura, los actuales instrumentos de la PAC contribuirán a este objetivo, así como a los objetivos 1 y 2. La próxima reforma de la PAC y la PPC, así como el próximo Marco Financiero Plurianual, ofrecen oportunidades de mejorar las sinergias y maximizar la coherencia entre los objetivos de protección de la biodiversidad y los de estas y otras políticas.

Objetivo 3 *

A) Agricultura: Aumentar todo lo posible las zonas agrarias de pastizales, tierra cultivable y cultivos permanentes sujetas a medidas de biodiversidad en el marco de la PAC, a fin de garantizar la conservación de la biodiversidad y mejorar mensurablemente (*) el estado de conservación de las especies o hábitats que dependan de la agricultura o estén afectados por esta en la prestación de servicios ecosistémicos, en comparación con la base de referencia EU 2010, contribuyendo así a mejorar la gestión sostenible.

B) Montes: Aplicación en 2020 de Planes de Gestión Forestal o instrumentos equivalentes, de manera acorde con la Gestión Forestal Sostenible [21] en todas las zonas de monte de titularidad pública o explotaciones forestales que superen una determinada superficie (que definirán los Estados miembros o las regiones y serán comunicadas en los Planes de Desarrollo Rural) receptoras de financiación en virtud del Programa de Desarrollo Rural de la UE, de modo que mejore mensurablemente (*) el estado de conservación de las especies o hábitats que dependan de la silvicultura o estén afectados por esta en la prestación de servicios ecosistémicos, en comparación con la base de referencia EU 2010, contribuyendo así a mejorar la gestión sostenible.

* Para ambos objetivos, las mejoras deberán medirse respecto de los objetivos cuantificados del estado de conservación de especies y hábitats de interés europeo que se recogen en el objetivo 1 y la restauración de ecosistemas degradados del objetivo 2.

** En las explotaciones forestales de menor tamaño, los Estados miembros podrán ofrecer incentivos adicionales para estimular la adopción de los Planes de Gestión o instrumentos equivalentes, de manera acorde con la Gestión Forestal Sostenible.

Objetivo 4

Pesca: Realización del Nivel de Rendimiento Máximo Sostenible[22] en 2015. Obtención de una distribución de edades y tamaños de las poblaciones indicativa de un estado saludable, mediante una gestión de las pesquerías que no provoque efectos perversos importantes sobre otras poblaciones, especies y ecosistemas, con objeto de alcanzar el Buen Estado Medioambiental en 2020, de conformidad con la Directiva marco de estrategia marina.

LUCHA CONTRA LAS ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS

Las especies exóticas invasoras plantean una clara amenaza a la biodiversidad de la Unión Europea, y es de prever que dicha amenaza se intensifique en un futuro, a menos que se tomen medidas enérgicas en todos los niveles para controlar su introducción y establecimiento y abordar el problema que presentan las ya introducidas[23]. Las especies exóticas invasoras provocan daños anuales por valor de 12 500 millones de euros en la UE. Aunque los retos que suponen son comunes a numerosos Estados miembros, no existe actualmente una política europea global dedicada específicamente a abordar el problema, con excepción de la normativa sobre el uso de especies exóticas y localmente ausentes en acuicultura. La presente estrategia intenta colmar ese vacío con un instrumento legislativo específico de la UE que aborde retos pendientes en relación, por ejemplo, con las vías de entrada de especies invasoras, la detección precoz y la respuesta, contención y gestión de dichas especies.

Objetivo 5:

Determinar y jerarquizar por orden de prioridad, no más tarde de 2020, las especies exóticas invasoras y sus vías de penetración, controlar o erradicar las especies prioritarias y gestionar las vías de penetración para impedir la irrupción y establecimiento de nuevas especies.

AFRONTAR LA CRISIS MUNDIAL DE LA BIODIVERSIDAD

La UE se ha comprometido a cumplir las metas y objetivos sobre biodiversidad acordados para 2020 en el Convenio de la Biodiversidad. Para ello es necesario tomar medidas dentro de la Unión Europea, pero también actuar en una dimensión planetaria, ya que la Unión Europea obtiene importantes beneficios de la biodiversidad mundial y, al mismo tiempo, es responsable de parte de la pérdida y degradación que se producen más allá de sus fronteras, especialmente por sus pautas de consumo insostenibles.

Mediante la presente estrategia se realizarán esfuerzos selectivos para aliviar la presión que se ejerce desde la UE sobre la biodiversidad, contribuyendo a una ecologización de la economía congruente con las prioridades de la UE en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible. Si la Unión Europea quiere seguir liderando la política internacional sobre biodiversidad, deberá también cumplir los compromisos de la CoP10 sobre movilización de recursos y aplicación del Protocolo de Nagoya.

Objetivo 6:

Mayor aportación a la lucha contra la pérdida de biodiversidad mundial en 2020.

CONTRIBUCIÓN DE OTRAS POLÍTICAS E INICIATIVAS MEDIOAMBIENTALES

Aunque la presente estrategia constituye el vehículo principal de la actuación de la Unión Europea frente a la reducción de la biodiversidad y orienta las actuaciones hacia aquellas áreas donde la UE posee mayor relevancia y valor añadido, alcanzar el objetivo EU 2020 requiere una aplicación plena de la normativa medioambiental de la UE vigente, así como una actuación nacional, regional y local.

Algunas iniciativas políticas en curso o en fase de planificación contribuirán a los objetivos de la biodiversidad. Por ejemplo, el cambio climático, un factor significativo y que ejerce una presión creciente sobre la biodiversidad que modificará hábitats y ecosistemas, es el tema de un amplio paquete de políticas adoptadas por la UE en 2009. Alcanzar el objetivo de 2 grados de calentamiento atmosférico será esencial para prevenir la pérdida de biodiversidad. La Comisión proyecta presentar una estrategia de adaptación al cambio climático para la Unión Europea en 2013.

La UE dispone de un corpus legislativo importante que obliga a alcanzar un estado ecológico favorable del agua en 2015[24] y de los ecosistemas marinos en 2020[25], aborda la contaminación de distintos orígenes y regula los productos químicos y sus efectos sobre el medio ambiente. La Comisión está valorando actualmente si es necesaria una actuación suplementaria en relación con la contaminación derivada del nitrógeno y los fosfatos y determinados contaminantes atmosféricos, mientras que los Estados miembros están estudiando una propuesta de directiva marco de protección del suelo, necesaria para que la UE pueda alcanzar sus objetivos de biodiversidad. Por último, algunos factores indirectos que contribuyen a la pérdida de biodiversidad se abordan parcialmente en la presente estrategia, por ejemplo a través de una actuación para reducir la huella ecológica de la UE, y en parte a través de otras iniciativas de la iniciativa emblemática «Una Europa que utilice eficazmente los recursos».

TODOS SOMOS PARTE

COLABORACIONES PARA LA BIODIVERSIDAD

Para alcanzar los objetivos europeos y mundiales previstos para 2020 en relación con la biodiversidad, es necesario el pleno compromiso de numerosos interesados. Para ello se ampliarán y fomentarán una serie de colaboraciones esenciales en apoyo de la presente estrategia:

- La Comisión ha creado la Plataforma Empresa y Biodiversidad , que actualmente congrega a empresas de seis sectores (agricultura, industrias extractivas, finanzas, alimentación, silvicultura y turismo) para poner en común sus experiencias y mejores prácticas. La Comisión continuará desarrollando la Plataforma y fomentando una cooperación más intensa entre las empresas en Europa, a la que se incorporarán las PYME, y el establecimiento de vínculos con otras iniciativas nacionales y mundiales.

- La Comisión seguirá colaborando con otros socios en la labor de divulgar y aplicar las recomendaciones del proyecto «Economía de los ecosistemas y biodiversidad» por toda la UE y dar apoyo a las actividades orientadas a valorar la biodiversidad y los servicios ecosistémicos en los países en desarrollo.

- La Comisión fomentará asimismo la colaboración entre los investigadores y otras partes interesadas que desempeñen su labor en las áreas de la ordenación y gestión territorial en la aplicación de estrategias de biodiversidad a todos los niveles, asegurando la coherencia con las recomendaciones formuladas a este respecto en la Agenda Territorial Europea.

- Se fomentará la participación activa de la sociedad civil en todos los niveles de aplicación. Las iniciativas científicas ciudadanas, por ejemplo, constituyen un valioso medio para recoger datos de calidad y a la vez movilizar a los ciudadanos para que participen en las actividades de conservación de la biodiversidad.

- La Comisión y los Estados miembros trabajarán con las regiones ultraperiféricas y los países y territorios de ultramar , que albergan un número de especies endémicas superior al de todo el continente europeo, a través de la iniciativa BEST (Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos en los Territorios Europeos de Ultramar) para fomentar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad.

- La UE apoyará también los actuales esfuerzos por mejorar la colaboración, las sinergias y el establecimiento de prioridades comunes entre los convenios que versan sobre la biodiversidad (Convenio sobre la diversidad biológica, CITES, Convención sobre las Especies Migratorias, Convenio de Ramsar sobre Humedales y Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial). La Unión Europea fomentará asimismo un mayor grado de colaboración para conseguir intercambios fructíferos entre el Convenio sobre la diversidad biológica y los Convenios sobre el cambio climático y la desertización.

- La UE reforzará su diálogo y cooperación en materia de biodiversidad con socios esenciales , en particular, los países candidatos y candidatos potenciales, para elaborar o adaptar sus políticas en función del cumplimiento de los objetivos de biodiversidad fijados para 2020. Se invita a los países candidatos y posibles candidatos a contribuir a la ejecución de la estrategia y a empezar a elaborar o adaptar sus políticas orientándolas al logro de los objetivos europeos y mundiales en materia de biodiversidad fijados para 2020.

Estas colaboraciones contribuyen a la sensibilización sobre la biodiversidad, que sigue siendo baja en la UE[26]. La campaña de 2010 emprendida por la Comisión «Biodiversidad: todos somos parte», irá seguida por otra centrada específicamente en la red Natura 2000.

MOVILIZACIÓN DE RECURSOS EN APOYO DE LA BIODIVERSIDAD Y LOS SERVICIOS ECOSISTÉMICOS

Conseguir los objetivos de la presente estrategia y garantizar que la UE cumple sus compromisos internacionales en relación con la biodiversidad dependerán de que se cuente con recursos financieros y estos se usen eficientemente. Dentro del actual período de programación y sin perjuicio del resultado de las negociaciones sobre el próximo Marco Financiero Plurianual, la Comisión y los Estados miembros se esforzarán en alcanzar las siguientes metas:

- Mejorar la utilización y distribución de los fondos destinados a la biodiversidad. Dentro del actual período de programación, se prevé utilizar 105 000 millones de euros de la Política de Cohesión para actividades medioambientales e iniciativas relacionadas con el clima, lo que incluye la biodiversidad y la protección de la naturaleza[27]. Sin embargo, es necesaria una concertación de los esfuerzos para garantizar la óptima utilización de los fondos disponibles[28].

- Racionalizar los recursos disponibles y maximizar los beneficios colaterales de las diversas fuentes de financiación , incluidos los fondos destinados a la agricultura y el desarrollo rural, la pesca, la política regional y el cambio climático. De hecho, invertir en biodiversidad puede resultar rentable en más de un sentido, y brinda una respuesta eficaz ante el coste que supone la crisis del cambio climático. Se debe estudiar la integración de objetivos de biodiversidad en el Marco Estratégico Común que examina actualmente la Comisión para fijar las prioridades de financiación de cinco instrumentos correspondientes a las políticas rural, regional, social y pesquera.

- Diversificar e incrementar las distintas fuentes de financiación. La Comisión y los Estados miembros fomentarán el desarrollo y uso de mecanismos de financiación innovadores, incluidos los instrumentos de mercado. Los pagos por los sistemas de servicios ecosistémicos deberán utilizarse para remunerar los bienes públicos y privados procedentes de los ecosistemas agrarios, forestales y marinos. Se incentivarán las inversiones del sector privado en infraestructura verde, y se considerarán las posibilidades de compensaciones de biodiversidad como un modo de alcanzar una estrategia «sin pérdida neta». La Comisión y el Banco Europeo de Inversiones están examinando las posibilidades de utilizar instrumentos de financiación innovadores para afrontar los retos de la biodiversidad, como las colaboraciones público-privadas, y la posible creación de un instrumento de financiación de la biodiversidad.

En este contexto destacan, en particular, dos necesidades de financiación. La primera hace referencia a la plena implantación de la red Natura 2000, en relación con la cual la financiación del Estado miembro motiva una financiación equivalente de la UE[29] (la cual totaliza 5 800 millones de euros al año aproximadamente). Ello puede requerir que los Estados miembros elaboren una planificación plurianual para Natura 2000 coherente con los marcos de acción prioritaria prescritos por la Directiva de hábitats.

La segunda necesidad se relaciona con el compromiso de CoP10 de acrecentar sustancialmente los recursos financieros de todo origen para poder ejecutar con eficacia las conclusiones de Nagoya. En los debates en torno a los objetivos de financiación que están teniendo lugar en el marco de CoP11 se debe reconocer la necesidad de incrementar la financiación pública, pero también el potencial de otros mecanismos de financiación innovadores. Los flujos financieros (recursos propios y fuentes innovadoras) necesarios para atender las necesidades detectadas deben figurar en las estrategias y planes de acción nacionales en materia de biodiversidad.

Estos compromisos podrían cumplirse directamente aportando financiación adicional para la biodiversidad, e indirectamente buscando sinergias con otras fuentes de financiación pertinentes, como los fondos destinados al clima (por ejemplo, ingresos del RCDE, REDD+) y otras fuentes innovadoras, como los fondos generados por el Protocolo ABS. También redundará en beneficio de la biodiversidad la reforma de las subvenciones perniciosas, de acuerdo con la Estrategia 2020 y el objetivo mundial del Convenio sobre la Biodiversidad.

ESTRATEGIA DE APLICACIÓN COMÚN PARA LA UE

Es necesario intentar alcanzar los objetivos comunes de la Unión Europea y el Convenio sobre la Biodiversidad a través de una combinación de medidas subnacionales, nacionales y europeas. Así pues, será necesaria una estrecha coordinación para seguir avanzando hacia los objetivos, incluidos aquellos que se abordan mediante políticas externas a la presente estrategia, y garantizar la congruencia entre las actuaciones de la UE y de sus Estados miembros. A tal fin, la Comisión colaborará con los Estados miembros en el desarrollo de un marco común de aplicación, con participación de otros agentes, sectores e instituciones esenciales, sobre la base de buenas prácticas y fijando las funciones y responsabilidades de cada uno en el camino del éxito.

La Comisión apoyará y complementará los esfuerzos de los Estados miembros vigilando el cumplimiento de la normativa medioambiental, proponiendo nuevas iniciativas para colmar los vacíos políticos, aportando orientaciones, y financiando y fomentando la investigación y el intercambio de mejores prácticas.

ACCIÓN CONSECUTIVA

La presente estrategia brinda un marco de acción para permitir a la UE alcanzar su objetivo de biodiversidad en 2020 y situarla en el camino idóneo para alcanzar la visión de 2050. La estrategia se someterá a una revisión intermedia a principios de 2014, cuyos resultados se incorporarán a la preparación del quinto Informe Nacional de la UE previsto por el Convenio sobre la biodiversidad. Se reconsiderarán los objetivos y medidas conforme se disponga de más información y se avance en el logro de los objetivos formulados en la estrategia.

Dado que buena parte de las actuaciones para proteger la biodiversidad y mejorar nuestra riqueza natural que se emprendan hoy necesitarán un largo período para surtir efectos reales, la aplicación de la presente estrategia debe iniciarse inmediatamente si se quiere que la UE pueda cumplir su objetivo principal en 2020.

La Comisión invita al Parlamento Europeo y al Consejo a que refrenden los objetivos y actuaciones enumerados en el anexo de la presente Comunicación.

ANEXO

OBJETIVO 1: PLENA APLICACIÓN DE LAS DIRECTIVAS DE HÁBITATS Y AVES

Detener el deterioro que sufre el estado de conservación de todas las especies y hábitats contemplados en la normativa sobre protección de la naturaleza de la UE y mejorar dicho estado mensurable y significativamente, de modo que en 2020, en comparación con las evaluaciones actuales: i) un 100 % más de evaluaciones de hábitats y un 50 % más de evaluaciones de especies con arreglo a la Directiva de aves, evidencien una mejora de los estados de conservación, y ii) un 50 % más de evaluaciones de especies con arreglo a la Directiva de aves muestren un estado seguro o mejorado.

Actuación 1: Completar la implantación de la red Natura 2000 y garantizar su buena gestión

1a) Los Estados miembros y la Comisión garantizarán que la fase de establecimiento de Natura 2000, incluido el entorno marino, se ha completado en su mayor parte en 2012.

1b) Los Estados miembros y la Comisión integrarán en mayor medida las necesidades de protección y gestión de especies y hábitats en las políticas más importantes de uso del suelo y el agua, dentro y fuera de los espacios Natura 2000.

1c) Los Estados miembros garantizarán que se elaboran y aplican oportunamente planes de gestión o instrumentos equivalentes que incluyan medidas de conservación y restauración para todos los lugares Natura 2000.

1d) La Comisión, junto con los Estados miembros, establecerá en 2012 un proceso para fomentar el intercambio de experiencias, las buenas prácticas y la cooperación transfronteriza en relación con la gestión de Natura 2000, dentro de los marcos biogeográficos establecidos en la Directiva de hábitats.

Actuación 2: Garantizar una adecuada financiación de los lugares Natura 2000

2) La Comisión y los Estados miembros facilitarán los fondos e incentivos necesarios para Natura 2000, lo que comprende el uso de instrumentos de financiación de la UE, dentro del próximo Marco Financiero Plurianual. En 2011 la Comisión presentará sus tesis en relación con la financiación de Natura 2000 en el próximo Marco Financiero Plurianual.

Actuación 3: Sensibilizar e implicar a los interesados y mejorar los mecanismos para hacer cumplir la normativa

3a) La Comisión, junto con los Estados miembros, elaborará y lanzará una gran campaña de comunicación sobre Natura 2000 en 2013.

3b) La Comisión y los Estados miembros colaborarán mejor con los sectores clave y seguirán elaborando documentos de orientación para mejorar el conocimiento por parte de dichos sectores de las obligaciones derivadas de la normativa europea sobre protección de la naturaleza, así como su valor para el desarrollo económico.

3c) La Comisión y los Estados miembros facilitarán la aplicación de las directivas de protección de la naturaleza, ofreciendo programas de formación específicos sobre Natura 2000 a jueces y fiscales y mejorando la capacidad represiva.

Actuación 4: Mejorar y racionalizar la vigilancia y la información

4a) La Comisión, junto con los Estados miembros, elaborará, no más tarde de 2012, un nuevo sistema europeo de información sobre aves, seguirá desarrollando el sistema de información previsto en el artículo 17 de la Directiva de hábitats y mejorará el flujo, la accesibilidad y la pertinencia de los datos sobre Natura 2000.

4b) La Comisión creará un instrumento de TIC especializado como parte del Sistema de Información sobre la Biodiversidad para Europa, a fin de mejorar la disponibilidad y uso de los datos en 2012.

OBJETIVO 2: MANTENIMIENTO Y RESTAURACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS Y SUS SERVICIOS

Mantenimiento y mejora de ecosistemas y servicios ecosistémicos en 2020 mediante la creación de infraestructuras verdes y la restauración de al menos el 15 % de los ecosistemas degradados.

Actuación 5: Mejorar el conocimiento de los ecosistemas y los servicios ecosistémicos en la UE

5) Los Estados miembros, con asistencia de la Comisión, cartografiarán y evaluarán el estado de los ecosistemas y sus servicios en sus respectivos territorios no más tarde de 2014, calcularán el valor económico de dichos servicios y promoverán la integración de ese valor en los sistemas de contabilidad e información a nivel nacional y europeo no más tarde de 2020.

Actuación 6: Fijar prioridades de restauración y fomentar el uso de infraestructura verde

6a) Antes de que finalice 2014, los Estados miembros, con asistencia de la Comisión, elaborarán un marco estratégico para fijar las prioridades de restauración de ecosistemas a nivel subnacional, nacional y de la UE.

6b) La Comisión redactará una estrategia en materia de infraestructura verde antes de que concluya 2012, a fin de fomentar el despliegue de dicha infraestructura en las zonas urbanas y rurales de la UE, incluyendo el uso de incentivos para fomentar una inversión temprana en proyectos de infraestructura verde y el mantenimiento de los servicios ecosistémicos, por ejemplo, mediante un uso más selectivo de los flujos de financiación europea y las colaboraciones público-privadas.

Actuación 7: Prevenir la pérdida neta de biodiversidad y servicios ecosistémicos

7a) En colaboración con los Estados miembros, la Comisión creará una metodología para evaluar en 2014 el efecto de los programas, planes y proyectos sobre biodiversidad financiados por la UE.

7b) La Comisión seguirá trabajando para proponer en 2015 una iniciativa que evite la pérdida neta de ecosistemas y servicios ecosistémicos (por ejemplo, mediante sistemas de compensación).

OBJETIVO 3: MAYOR CONTRIBUCIÓN DE LA AGRICULTURA Y LA SILVICULTURA AL MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LA BIODIVERSIDAD

A) Agricultura: Aumentar todo lo posible las zonas agrarias de pastizales, tierra cultivable y cultivos permanentes sujetas a medidas de biodiversidad en el marco de la PAC, a fin de garantizar la conservación de la biodiversidad y mejorar mensurablemente (*) el estado de conservación de las especies o hábitats que dependan de la agricultura o estén afectados por esta en la prestación de servicios ecosistémicos, en comparación con la base de referencia EU 2010, contribuyendo así a mejorar la gestión sostenible.

B) Montes: Aplicación en 2020 de Planes de Gestión Forestal o instrumentos equivalentes, de manera acorde con la Gestión Forestal Sostenible [30] en todas las zonas de monte de titularidad pública o explotaciones forestales que superen una determinada superficie (que definirán los Estados miembros o las regiones y serán comunicadas en los Planes de Desarrollo Rural) receptoras de financiación en virtud del Programa de Desarrollo Rural de la UE, de modo que mejore mensurablemente (*) el estado de conservación de las especies o hábitats que dependan de la silvicultura o estén afectados por esta en la prestación de servicios ecosistémicos, en comparación con la base de referencia EU 2010, contribuyendo así a mejorar la gestión sostenible.

* Para ambos objetivos, las mejoras deberán medirse respecto de los objetivos cuantificados del estado de conservación de especies y hábitats de interés europeo que se recogen en el objetivo 1 y la restauración de ecosistemas degradados del objetivo 2.

** En las explotaciones forestales de menor tamaño, los Estados miembros podrán ofrecer incentivos adicionales para estimular la adopción de los Planes de Gestión o instrumentos equivalentes, de manera acorde con la Gestión Forestal Sostenible.

Actuación 8: Mejorar los pagos directos a los bienes medioambientales públicos en la Política Agrícola Común

8a) La Comisión propondrá que los pagos directos de la PAC retribuyan la prestación de bienes medioambientales públicos más allá de la condicionalidad (por ejemplo, pastizal permanente, cubierta vegetal, rotación de cultivos, barbecho ecológico, Natura 2000).

8b) La Comisión propondrá mejorar y simplificar las normas de condicionalidad relativas a las buenas condiciones agrarias y medioambientales y considerará la inclusión de la Directiva marco del agua en el ámbito de aplicación de la condicionalidad, una vez se aplique dicha Directiva y se determinen las obligaciones operativas para los agricultores, a fin de mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos en las zonas rurales.

Actuación 9: Orientar mejor el desarrollo rural a la conservación de la biodiversidad

9a) La Comisión y los Estados miembros integrarán objetivos de biodiversidad cuantificados en las estrategias y programas de desarrollo rural, adaptando su actuación a las necesidades regionales y locales.

9b) La Comisión y los Estados miembros crearán mecanismos para facilitar la colaboración entre agricultores y silvicultores, a fin de facilitar la continuidad de los elementos paisajísticos, la protección de los recursos genéticos y otros mecanismos de colaboración que protejan la biodiversidad.

Actuación 10: Conservar la diversidad genética agraria de Europa

10) La Comisión y los Estados miembros fomentarán la adopción de medidas agroambientales en apoyo de la diversidad genética agraria y examinarán las posibilidades de elaborar una estrategia encaminada a la conservación de la diversidad genética.

Actuación 11: Animar a los silvicultores a que protejan y mejoren la biodiversidad forestal

11a) Los Estados miembros y la Comisión estimularán la adopción de Planes de Gestión[31] a través de actuaciones como el uso de medidas de desarrollo rural[32] y el programa LIFE+.

11b) Los Estados miembros y la Comisión fomentarán mecanismos innovadores (por ejemplo, pagos por servicios ecosistémicos) con objeto de financiar el mantenimiento y restauración de los servicios ecosistémicos que proporcionan los montes multifuncionales.

Actuación 12: Integrar las medidas de protección de la biodiversidad en los planes de gestión forestal

12) Los Estados miembros velarán por que los planes de gestión forestal u otros instrumentos equivalentes contengan el mayor número posible de medidas entre las que se citan a continuación:

- mantenimiento en niveles óptimos de la madera muerta, teniendo en cuenta variaciones regionales como el riesgo de incendios o las posibles plagas de insectos;

- conservación de espacios silvestres;

- medidas ecosistémicas para mejorar la resiliencia del monte a los incendios dentro de los planes de prevención de incendios forestales, de manera acorde con las actividades llevadas a cabo dentro del Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales (EFFIS);

- medidas específicas para los lugares forestales de Natura 2000;

- forestación acorde con las «Directrices generales para la gestión sostenible de los bosques en Europa»[33], en particular con respecto a la diversidad de especies y las necesidades de adaptación al cambio climático.

OBJETIVO 4: USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS PESQUEROS

Realización del Nivel de Rendimiento Máximo Sostenible en 2015. Obtención de una distribución de edades y tamaños de las poblaciones indicativa de un estado saludable, mediante una gestión de las pesquerías que no provoque efectos perversos importantes sobre otras poblaciones, especies y ecosistemas, con objeto de alcanzar el Buen Estado Medioambiental en 2020, de conformidad con la Directiva marco de estrategia marina.

Actuación 13: Mejorar la gestión de las poblaciones de peces

13a) La Comisión y los Estados miembros mantendrán y restaurarán las poblaciones de peces a niveles que puedan producir RMS en todas las zonas en que operen las flotas pesqueras de la UE, incluidas las reguladas por las organizaciones regionales de gestión de pesquerías y las de terceros países con los que la Unión Europea haya celebrado acuerdos de asociación pesquera.

13b) La Comisión y los Estados miembros elaborarán y aplicarán, en el marco de la PPC, planes de gestión a largo plazo que incorporen normas de control de capturas basadas en el enfoque RMS. Esos planes deben concebirse para responder a objetivos de calendario específicos y basarse en el asesoramiento científico y en los principios de la sostenibilidad.

13c) La Comisión y los Estados miembros intensificarán notablemente su trabajo de recogida de datos para apoyar la aplicación del RMS. Una vez alcanzado ese objetivo, se recabará asesoramiento científico con el fin de incorporar las consideraciones ecológicas a la definición del RMS no más tarde de 2020.

Actuación 14: Eliminar los efectos adversos sobre las poblaciones de peces, sus especies, hábitats y ecosistemas

14a) La UE diseñará medidas para suprimir gradualmente los descartes, evitar las capturas accesorias de especies no deseadas y preservar los ecosistemas marinos vulnerables de conformidad con la normativa europea y las obligaciones internacionales.

14b) La Comisión y los Estados miembros apoyarán la aplicación de la Directiva marco de estrategia marina, incluida la aportación de incentivos económicos a través de los futuros instrumentos financieros destinados a la pesca y la política marítima en las zonas marinas protegidas (incluidos los espacios Natura 2000 y los creados en virtud de acuerdos internacionales o regionales). Ello podría suponer la restauración de ecosistemas marinos, la adaptación de las actividades pesqueras y el fomento de la participación del sector en actividades alternativas, como el ecoturismo, la vigilancia y gestión de la biodiversidad marina y la lucha contra los desechos marinos.

OBJETIVO 5: LUCHA CONTRA LAS ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS

Determinar y jerarquizar por orden de prioridad, no más tarde de 2020, las especies exóticas invasoras y sus vías de penetración, controlar o erradicar las especies prioritarias y gestionar las vías de penetración para impedir la irrupción y el establecimiento de nuevas especies.

Actuación 15: Fortalecer los regímenes fitosanitarios y de sanidad animal de la UE

15) La Comisión integrará nuevos aspectos relacionados con la biodiversidad en los regímenes fitosanitarios y de sanidad animal no más tarde de 2012.

Actuación 16: Crear un instrumento especial relativo a las especies exóticas invasoras

16) La Comisión colmará las lagunas que existen en la política de lucha contra las especies exóticas invasoras elaborando un instrumento legislativo especial antes de que concluya 2012.

OBJETIVO 6: CONTRIBUCIÓN A LA LUCHA CONTRA LA PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD EN EL MUNDO

Mayor aportación a la lucha contra la pérdida de biodiversidad mundial en 2020.

Actuación 17: Reducir las causas indirectas de la pérdida de biodiversidad

17a) En virtud de la iniciativa emblemática relativa a la eficiencia en el uso de los recursos, la UE adoptará medidas (que podrán incluir actuaciones en las vertientes de la demanda y/o la oferta) a fin de reducir el impacto sobre la biodiversidad de las pautas de consumo europeas, en especial por lo que respecta a los recursos cuyo uso perjudica significativamente la biodiversidad.

17b) La Comisión mejorará la contribución de la política comercial a la conservación de la biodiversidad y abordará sus potenciales efectos negativos, incluyendo sistemáticamente dicho aspecto en las negociaciones comerciales y el diálogo con terceros países, determinando y evaluando el posible impacto sobre la biodiversidad derivado de la liberalización del comercio y la inversión mediante la realización de evaluaciones de impacto sobre la sostenibilidad del comercio y evaluaciones a posteriori, e intentará incluir en todo nuevo acuerdo comercial un capítulo dedicado al desarrollo sostenible que contenga disposiciones medioambientales importantes en el contexto comercial, incluidos los fines relacionados con la biodiversidad.

17c) La Comisión colaborará con los Estados miembros y las partes interesadas más relevantes para generar las señales de mercado adecuadas para la conservación de la biodiversidad, trabajando para reformar y eliminar progresivamente las subvenciones perniciosas que conceden tanto la UE como los Estados miembros, y proporcionar incentivos positivos para la conservación de la biodiversidad y el uso sostenible.

Actuación 18: Movilizar recursos suplementarios para la conservación de la biodiversidad mundial

18a) La Comisión y los Estados miembros contribuirán en su justa medida a los esfuerzos mundiales encaminados a acrecentar significativamente los recursos destinados a la biodiversidad planetaria dentro de los procesos internacionales que intentan calcular las necesidades de financiación de la biodiversidad y adoptar objetivos de movilización de recursos en la CoP11 del Convenio de la Biodiversidad en 2012[34].

18b) La Comisión contribuirá a la eficacia de la financiación europea de la biodiversidad mundial, por ejemplo, dando apoyo a las evaluaciones del capital natural de los países receptores y al desarrollo y/o actualización de las estrategias y planes de acción nacionales de biodiversidad, y mejorando la coordinación en el interior de la UE y con los donantes de mayor relevancia no pertenecientes a la Unión Europea en la ejecución de proyectos/asistencia a la biodiversidad.

Actuación 19: Cooperación al desarrollo «a prueba de biodiversidad»

19) La Comisión continuará analizando sistemáticamente sus actuaciones de cooperación al desarrollo para reducir en lo posible cualquier efecto negativo sobre la biodiversidad, y llevará a cabo evaluaciones ambientales estratégicas y/o evaluaciones de impacto ambiental en relación con aquellas acciones que puedan tener una repercusión importante sobre la biodiversidad.

Actuación 20: Regular el acceso a los recursos genéticos y a un reparto equitativo de los beneficios derivados de su utilización

20) La Comisión propondrá normas legislativas para aplicar el Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización en la UE, a fin de que la Unión Europea pueda ratificar el Protocolo lo antes posible y, en todo caso, no más tarde de 2015, de conformidad con lo previsto en el objetivo mundial.

[1] FAO, 2010.

[2] 'Reefs at Risk Revisited', World Resources Institute, 2011.

[3] http://www.eea.europa.eu/publications/eu-2010-biodiversity-baseline/.

[4] COM(2010) 2020.

[5] COM(2011) 21.

[6] COM(2010) 4 final.

[7] El Plan estratégico mundial 2011-2020 contiene una visión para 2050, una misión para 2020 y veinte objetivos.

[8] El 11 de febrero de 2011 la Comisión presentó una propuesta de decisión del Consejo sobre la firma, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo de Nagoya.

[9] http://www.teebweb.org/

[10] Así se indica en el documento de trabajo adjunto.

[11] Gallai et al, 2009.

[12] Las poblaciones de mariposas de pradera se han reducido en más del 70 % desde 1990.

[13] Se calcula que más del 80 % de los cultivos de la Unión Europea dependen en parte de la polinización de insectos (‘Bee Mortality and Bee Surveillance in Europe’, 2009).

[14] ‘State of Green Business 2011’, GreenBiz Group.

[15] http://www.eea.europa.eu/data-and-maps/indicators/ecological-footprint-of-european-countries/.

[16] Como se describe en COM(2009) 147 final y COM(2011) 17 final.

[17] http://biodiversity.europa.eu/topics/sebi-indicators. Conviene también citar los indicadores agroambientales y de desarrollo sostenible de la UE.

[18] El efecto potencial de objetivos y medidas se evalúa en el documento de trabajo adjunto, pp. 81/82, donde se indican también las actuaciones respecto de las cuales se proyecta efectuar futuras evaluaciones de impacto.

[19] COM(2011) 17.

[20] La agricultura y el monte cubren el 72 % del territorio de la UE. El mantenimiento y mejora de la biodiversidad forestal es un objetivo declarado del Plan de Acción Forestal 2006 de la UE - COM(2006) 302.

[21] Como se define en SEC(2006) 748.

[22] La UE se comprometió a alcanzar el nivel RMS en 2015 en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de 2002, y también el nuevo objetivo de pesca para 2020 aprobado en CoP10.

[23] IEEP, 2010.

[24] Directiva 2000/60/CE.

[25] Directiva 2008/56/CE.

[26] http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_290_en.pdf.

[27] COM(2011) 17 final.

[28] COM(2010) 110. La utilización de los fondos destinados a la biodiversidad fue menor que en otras categorías de gasto. Al mismo tiempo, la utilización de las dos categorías directamente relacionadas con la biodiversidad («Fomento de la biodiversidad y protección de la naturaleza» y «Fomento de la riqueza natural») se situaron en el 18,1 % y el 22 % respectivamente, frente a una media del 27,1 % para toda la financiación de la política de cohesión cuando concluyó septiembre de 2009. Los Estados miembros deben presentar cifras actualizadas no más tarde de junio de 2011, de modo que en el verano debería disponerse de datos consolidados.

[29] Según dispone el artículo 8 de la Directiva de hábitats.

[30] Como se define en SEC(2006) 748.

[31] La gestión forestal sostenible exige un uso más amplio de planes de gestión o instrumentos equivalentes. Veintitrés Estados miembros aplican ya este tipo de planes a más del 60 % de sus zonas forestales.

[32] De conformidad con el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.

[33] http://www.foresteurope.org/.

[34] Según la decisión X/3 de CoP10.