13.12.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 319/20


Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 21 de noviembre de 2008 — Preparar a los jóvenes para el siglo XXI: agenda para la cooperación europea en las escuelas

(2008/C 319/08)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:

1.

en las Conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa de 23 y 24 de marzo de 2000 (1) se destacaba que la inversión en educación y formación ocupa un lugar crucial en la economía europea basada en el conocimiento;

2.

en la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2001, relativa a la cooperación europea en materia de evaluación de la calidad de la educación escolar (2) se invitaba a los Estados miembros a fomentar la mejora en la evaluación de la calidad de la educación escolar;

3.

en las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 14 de noviembre de 2006, sobre eficiencia y equidad en los sistemas de educación y formación (3), se invitaba a los Estados miembros a garantizar la eficiente focalización de las inversiones y reformas de la educación y la formación para mejorar la calidad y la equidad, en particular centrándose en la enseñanza preescolar, en programas con objetivos de intervención temprana y en sistemas equitativos de educación y formación;

4.

en la Decisión no 1720/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006 (4), se estableció un programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente;

5.

en la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (5) se definió la base de conocimientos, capacidades y actitudes que todos les alumnos deberían haber adquirido al acabar la educación y la formación inicial, a fin de participar en la sociedad del conocimiento, y que, dado su carácter transversal, implica un planteamiento de la enseñanza que rebasa las fronteras disciplinarias tradicionales;

6.

en la Resolución del Consejo, de 15 de noviembre de 2007 (6), se insistía en la necesidad de hacer que las personas adquieran nuevas competencias para nuevos empleos y aumentar los niveles generales de competencias, proponiendo una formación y una educación inicial y continua para la consecución de competencias de la máxima calidad, a fin de mantener y reforzar sus capacidades de innovación necesarias para incrementar la competitividad, el crecimiento y el empleo;

7.

en las conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 15 de noviembre de 2007, sobre la mejora de la calidad de la formación del profesorado (7), se destacaba la necesidad de esforzarse por procurar que la oferta en lo que se refiere a la formación inicial del profesorado, el apoyo en el comienzo del ejercicio de la docencia y el posterior desarrollo profesional sean coordinados y coherentes y cuenten con los recursos adecuados y con garantía de calidad;

8.

en las conclusiones del Consejo Europeo de marzo de 2008 (8) se destacaba que desarrollar plenamente el potencial de innovación y creatividad de los ciudadanos europeos sobre la base de la cultura y la excelencia científica europeas constituye un factor fundamental para el crecimiento futuro, y se instaba a los Estados miembros a reducir de manera sustancial el número de jóvenes que no son capaces de leer correctamente y las cifras de abandono escolar prematuro, y mejorar los niveles de aprendizaje de los educandos de origen inmigrante o procedentes de colectivos desfavorecidos;

9.

en las conclusiones del Consejo de 22 de mayo de 2008 sobre el fomento de la creatividad y la innovación en la educación y la formación (9) se destacaba que es cada vez más necesario adoptar medidas a nivel nacional, así como en cooperación a escala de la UE, para que tenga lugar un cambio necesario si se quiere que las escuelas preparen a los alumnos para hacer frente a los importantes desafíos y problemas de un mundo en rápida mutación.

ACOGEN CON SATISFACCIÓN la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 3 de julio de 2008, titulada Mejorar las competencias en el siglo XXI: agenda para la cooperación europea en las escuelas, que propone una agenda para la cooperación entre los Estados miembros a fin de intensificar y reforzar el desarrollo de los sistemas escolares.

REAFIRMAN QUE:

1.

la educación gratuita y obligatoria es un derecho fundamental de todos los ciudadanos, cuya aplicación es un deber de las autoridades públicas y cuya organización es responsabilidad de los Estados miembros;

2.

la educación escolar, entendida como la formación escolar hasta el final de la enseñanza secundaria, pone los cimientos que permiten a los alumnos adquirir las competencias clave indispensables para formarse y orientarse a lo largo de toda la vida, tanto para su desarrollo personal como para su vida profesional;

3.

la educación escolar no solo representa un vector importante de la socialización de los individuos así como de la transmisión de los valores, las competencias, los conocimientos y las actitudes necesarios para la democracia, la ciudadanía, el diálogo intercultural y el desarrollo personal, sino que también desempeña una función esencial en la adquisición de las competencias básicas necesarias para el éxito de la integración en la vida económica;

4.

la Escuela debe ofrecer a los alumnos la educación que les permita adaptarse a un entorno cada vez más mundializado, competitivo, diversificado y complejo en el que la creatividad, la capacidad de innovar, el sentido de la iniciativa, el espíritu empresarial y el compromiso de seguir aprendiendo cuentan tanto, si no más, como los conocimientos temáticos específicos;

5.

aunque la responsabilidad de la organización y el contenido de los sistemas de educación y de formación corresponda a cada Estado miembro, y pese a que los centros de enseñanza escolar puedan a veces gozar de un grado considerable de autonomía, la cooperación europea ha de desempeñar una importante función. En efecto, puede ayudar a los Estados miembros a responder a los desafíos comunes, en particular mediante el método abierto de coordinación;

6.

los Estados miembros tienen un interés común en cooperar a fin de sacar provecho de la diversidad de las prácticas innovadoras y de calidad existentes en los sistemas escolares de la Unión Europea.

DESTACAN QUE:

1.

habida cuenta de la función esencial que desempeñan la educación y la formación en favor del crecimiento futuro, la competitividad a largo plazo y la cohesión social de la Unión, así como para la promoción de una ciudadanía activa, la educación y la formación deberían ser una prioridad clave del próximo ciclo del proceso de Lisboa;

2.

el desarrollo de los sistemas escolares debe proseguir, con objeto de preservar la cohesión social y de que, gracias a una escuela más accesible y que ofrezca posibilidades más amplias, cada joven se halle en condiciones de desarrollar todo su potencial y llegar a ser un participante activo de la emergente sociedad del conocimiento;

3.

los centros escolares deben favorecer la creatividad y el espíritu innovador y emprendedor de los alumnos, proponiendo entornos de trabajo estimulantes. Para ello, las propias escuelas deberían ser lugares creativos y dinámicos, abiertos a la cooperación y a las asociaciones con el mundo en el sentido más amplio y que desarrollen una cultura de autoevaluación interna y externa en la que participen también las familias para determinar los posibles ámbitos de cambio y de mejora;

4.

como promedio, son insuficientes los progresos hacia los tres criterios de referencia europeos adoptados por el Consejo para 2010 que incumben directamente a la enseñanza escolar y que son los relativos al número de alumnos que abandonan prematuramente la escuela, a las aptitudes de lectura y a la finalización del ciclo superior de enseñanza secundaria;

5.

un planteamiento coherente para el desarrollo de las competencias, basado en el marco europeo de competencias clave para el aprendizaje permanente (10), requiere mayores esfuerzos para mejorar la lectura y otros conocimientos básicos, así como un planteamiento más personalizado del aprendizaje que responda a las necesidades individuales de cada alumno, que implique formas adecuadas de evaluación y que conduzca a una mejor motivación para el aprendizaje;

6.

para garantizar la alta calidad de unos sistemas de educación y de formación que sean a la vez equitativos y eficientes (11) se necesita una educación preescolar de mejor calidad y más accesible, escuelas ambiciosas que ofrezcan oportunidades equitativas a todos los alumnos, sin distinción de sus orígenes, así como un correcto equilibrio entre enseñanzas generales y especializadas para los alumnos con necesidades específicas.

7.

también se requiere desplegar mayores esfuerzos para aplicar las conclusiones del Consejo de noviembre de 2007 (12), en las que se invitaba a los Estados miembros a garantizar un alto nivel de formación inicial del profesorado, a procurar que el apoyo en el comienzo del ejercicio de la docencia y el posterior desarrollo profesional sean coordinados y coherentes y cuenten con los recursos adecuados y con garantías de calidad, a atraer a las profesiones docentes y esforzarse por conservar en ellas a las personas más cualificadas, a abordar los casos de bajo rendimiento escolar, a apoyar a todos los alumnos para que aprovechen plenamente su potencial y a crear entornos escolares en los que los profesores intercambien sus experiencias y hagan hincapié en los progresos de los alumnos.

CONVIENEN EN LAS SIGUIENTES PRIORIDADES PARA LA COOPERACIÓN EUROPEA EN EL ÁMBITO DE LA ENSEÑANZA ESCOLAR:

1.

garantizar y mejorar la adquisición de las competencias clave, en particular el dominio de la lengua y del cálculo;

2.

mejorar la función primordial de la Escuela en el fomento de sociedades incluyentes y el refuerzo de la cohesión social, garantizando un aprendizaje de calidad para todos los alumnos con arreglo al principio de equidad;

3.

promover la profesión de profesor y mejorar la formación, inicial y durante el ejercicio profesional, del personal docente y de los equipos directivos escolares.

SOLICITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS, CON EL APOYO DE LA COMISIÓN, QUE:

1.

en el marco del método abierto de coordinación, trabajen de común acuerdo para mejorar la cooperación europea, a fin de promover las prioridades políticas enunciadas en las presentes conclusiones;

2.

al atender la Recomendación sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, centren su cooperación en:

mejorar los niveles de aptitud en lectura, escritura y matemáticas y fomentar el aprendizaje de al menos dos lenguas extranjeras además de la lengua materna,

estimular el interés de los alumnos por las matemáticas, las ciencias y las tecnologías, a fin de formar desde los primeros años su espíritu científico,

reforzar no sólo las competencias temáticas sino también las competencias transversales, en particular la de «aprender a aprender», así como las competencias sociales y cívicas,

mejorar las técnicas de evaluación en contextos de aprendizaje individualizado;

3.

al atender las conclusiones del Consejo sobre eficiencia y equidad en educación y formación, centren su cooperación en:

garantizar una oferta accesible de educación preescolar de calidad elevada,

reducir el número de abandonos precoces del sistema escolar,

combatir las desigualdades y reforzar la inclusión social, procurando reducir el bajo rendimiento de los alumnos y mejorar el rendimiento de los centros escolares,

garantizar el éxito en las transiciones entre los diversos tipos de escuelas y los diversos niveles, así como hacia la educación y la formación permanentes, en particular mejorando el acceso y la calidad de los servicios de información, orientación y asesoramiento,

garantizar el acceso a oportunidades y servicios educativos de alta calidad, en particular para los niños y jóvenes que, al estar desfavorecidos por circunstancias personales, sociales y/o económicas, necesitan especial apoyo para desarrollar su potencial educativo,

detectar de manera precoz las dificultades de aprendizaje y aplicar soluciones basadas en planteamientos pedagógicos más personalizados, adaptados a las necesidades y capacidades de cada alumno,

garantizar un apoyo oportuno y adecuado al aprendizaje para todos los alumnos que tengan necesidades específicas, ya sea en las escuelas generales o en las especializadas,

mejorar la buena gestión de las escuelas y la apertura a su entorno;

4.

al atender las conclusiones del Consejo sobre la mejora de la calidad de la formación del profesorado, centren su cooperación en:

dar mayor atractivo a la profesión de profesor,

posibilitar que todos los profesores principiantes se beneficien de programas estructurados de apoyo en las fases iniciales de la carrera,

mejorar la oferta y la calidad de los programas de formación continua del profesorado, así como los niveles de participación en dichos programas,

revisar las políticas de provisión de plazas y destinos y movilidad del profesorado, y las políticas de incitación a permanecer en la carrera docente, a fin de potenciar al máximo la repercusión de estas políticas en la calidad de la educación escolar,

ampliar las posibilidades ofrecidas a los profesores de pasar un período de su tiempo de trabajo en otro Estado miembro a fin de que puedan promover su propia educación y formación, adquirir nuevas experiencias de trabajo y desarrollar sus competencias en lenguas extranjeras,

mejorar la provisión de plazas y la formación de los directores de centros escolares a fin de desarrollar sus competencias de gestión y pedagógicas;

5.

utilicen todos los instrumentos pertinentes, como los del método abierto de coordinación, el programa de aprendizaje permanente, el Séptimo programa marco de investigación y desarrollo tecnológico y, de conformidad con las prioridades nacionales, el Fondo Social Europeo, a fin de promover los citados objetivos;

6.

lleven a cabo un diálogo periódico sobre las cuestiones escolares —incluido el fomento de la creatividad y la capacidad innovadora en la educación escolar y a través de ella— en el que participen responsables políticos de alto nivel de los Estados miembros;

SOLICITAN A LA COMISIÓN:

que proponga formas de cooperación y el intercambio de buenas prácticas en los ámbitos mencionados en las presentes conclusiones, en el contexto de los preparativos de un nuevo marco estratégico de cooperación europea en materia de educación y formación con posterioridad a 2010.


(1)  SN 100/1/00 REV 1, apartado 25.

(2)  DO L 60 de 1.3.2001.

(3)  DO C 298 de 8.12.2006.

(4)  DO L 327 de 24.11.2006.

(5)  DO L 394 de 30.12.2006.

(6)  DO C 290 de 4.12.2007.

(7)  DO C 300 de 12.12.2007.

(8)  Doc. 7652/08, apartado 15, p. 10.

(9)  DO C 141 de 7.6.2008, p.17.

(10)  DO L 394 de 30.12.2006.

(11)  Conclusiones del Consejo Europeo de marzo de 2006 (doc. 7775/06, apartado 23, p. 6).

(12)  DO C 300 de 12.12.2007.