6.7.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 153/5 |
Actualización de la lista de permisos de residencia citados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) tal como se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea C 247 de 13 de octubre de 2006, p. 1
(2007/C 153/02)
La publicación de la lista de permisos de residencia citados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) se basa en la información facilitada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Código de fronteras Schengen.
Además de la lista publicada en el Diario Oficial, una actualización mensual de la misma puede consultarse en la página web de la Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad.
FRANCIA
Sustitución de la lista publicada en el DO C 247 de 13.10.2006
1) |
Los extranjeros mayores de edad deberán ir provistos de los siguientes documentos:
Hasta el 31 de diciembre de 2006, los permisos de residencia de una validez igual o inferior a 1 año pueden adoptar la forma de una etiqueta adhesiva pegada en el pasaporte. En los demás casos, desde el 13 de mayo de 2002, los permisos de residencia, cualquiera que sea su período de validez, adoptan la forma de una tarjeta plastificada acorde con el modelo uniforme europeo. La expedición de permisos de residencia plastificados con arreglo al modelo francés se suspendió el 12 de mayo de 2002, aunque esos permisos seguirán siendo válidos hasta, como máximo, el 12 de mayo de 2012.
|
2) |
Los extranjeros menores de edad deberán ir provistos de los siguientes documentos:
|
3) |
Lista de personas que participan en un viaje escolar dentro de la Unión Europea. Nota 1:Cabe destacar que los recibos de primera solicitud de permiso de residencia no autorizan a entrar sin visado. Por el contrario, los recibos de solicitud de renovación del permiso de residencia o de modificación del mismo se consideran válidos, en la medida en que vayan acompañados del antiguo permiso. Nota 2:Los «attestations de fonctions» (certificados de destino) expedidos por el servicio de protocolo del Ministerio de Asuntos Exteriores no sirven de permiso de residencia. Sus titulares deberán estar en posesión, además, de uno de los permisos de residencia de Derecho común. |
MALTA
El formato de los permisos de residencia expedidos a los nacionales de terceros países es el formato uniforme previsto en el Reglamento (CE) no 1030/2002 del Consejo, de 13 de junio de 2002, por el que se establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países. En el espacio en blanco previsto en cada documento para el «type of permit» (tipo de permiso) se indicará alguna de las siguientes categorías:
— |
Xogÿol (trabajador por cuenta ajena) |
— |
Jaÿdem gÿal rasu (trabajador por cuenta propia) |
— |
Temporanju (temporal) |
— |
Residenti fit-tul- KE (residente de larga duración-CE) |
— |
Benestant (económicamente autosuficiente) |
— |
Adozzjoni (adopción) |
— |
Raÿunijiet ta' Saÿÿa (motivos de salud) |
— |
Reliÿjuÿ (motivos religiosos) |
— |
Skema — Residenza Permanenti (sistema permanente de residencia) |
Para el período transitorio durante el que se tramita la solicitud del permiso de residencia, se expide al solicitante un recibo de su solicitud. Este documento sirve de documento temporal de residencia, válido únicamente en territorio maltés.
La policía de inmigración expide un «Immigration Certificate» (certificado de inmigración) por motivos humanitarios a los nacionales de terceros países que carecen de otros medios de identificación. Este documento, que se utiliza a efectos de identificación, sólo es váildo dentro de Malta y no permite viajar.
A los nacionales de terceros países que son miembros de la familia de nacionales del EEE que ejercen un derecho conferido por el Tratado en Malta se les expide un documento de residencia en forma de sello que se estampa en el pasaporte de la persona en cuestión.
El cónyuge, la viuda, el viudo y los hijos menores de 21 años de edad de un ciudadano maltés son considerados «personas exentas» y, por consiguiente, pueden residir y trabajar en Malta. La situación inmigratoria de tales personas se refleja en su pasaporte mediante la estampación de uno de los siguientes sellos:
— |
el titular goza de libertad de circulación de conformidad con la sección 44.4.a) de la Constitución de Malta, |
— |
el titular es una persona exenta de conformidad con la sección 4.1.g) h) del capítulo 217 de las Laws of Malta (Derecho primario de Malta). |
NORUEGA
Sustitución de la lista publicada en el DO C 247 de 13.10.2006
— |
Oppholdstillatelse (permiso de residencia) |
— |
Arbeidstillatelse (permiso de trabajo) |
— |
Bosettingstillatelse (permiso de establecimiento/permiso de trabajo y de residencia ilimitado) |
Los permisos de residencia expedidos con anterioridad al 25 de marzo de 2000 se reconocen por tratarse de sellos estampados (en vez de etiquetas adhesivas) en los documentos de viaje de los titulares. En el caso de los extranjeros sujetos a la obligación de visado estos sellos se completan con una etiqueta de visado noruega para el periodo de validez del permiso de residencia. Los permisos de residencia expedidos después de la fecha de entrada en vigor de Schengen, esto es, del 25 de marzo de 2001, llevarán una etiqueta adhesiva. El documento de viaje de un extranjero que lleve estampado uno de los antiguos sellos seguirá siendo válido hasta que las autoridades noruegas tengan que sustituir los sellos por la nueva etiqueta que deberá figurar en el permiso de residencia.
Los citados permisos no tienen valor de documentos de viaje. Si el extranjero necesita un documento de viaje, se puede utilizar, para completar el permiso de trabajo, de residencia o de establecimiento, uno de los dos documentos siguientes:
— |
documento de viaje para refugiado («Reisebevis») (color verde), |
— |
pasaporte de inmigrante («Utlendingspass») (color azul). |
Cualquiera de estos documentos de viaje autoriza al titular a volver a entrar en territorio noruego durante la validez del documento.
— |
Tarjeta EEE expedida a los nacionales de los Estados miembros del EEE y a los miembros de sus familias nacionales de terceros países. Estas tarjetas van siempre plastificadas |
— |
Identitetskort for diplomater (tarjeta de identidad para diplomáticos) (color rojo) |
— |
Identitetskort for hjelpepersonale ved diplomatisk stasjon (tarjeta de identidad expedida al personal auxiliar) (color marrón) |
— |
Identitetskort for administrativt og teknisk personale ved diplomatisk stasjon (tarjeta de identidad expedida al personal administrativo y técnico) (color azul) |
— |
Identitetskort for utsendte konsuler (tarjeta de identidad para cónsules) (color verde) |
— |
Residence/Visa sticker (visado de residencia en forma de etiqueta). Se expide a los titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio y oficiales a los que se exige visado y al personal de las legaciones extranjeras titular de un pasaporte nacional. |