52003XC1231(08)

Comunicación de la Comisión de 19 de diciembre de 2003 relativa a la cuota media comunitaria de apertura del mercado de la electricidad, definida en la Directiva 96/92/CE, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad (Texto pertinente a efectos del EEE)

Diario Oficial n° C 321 de 31/12/2003 p. 0051 - 0051


Comunicación de la Comisión de 19 de diciembre de 2003 relativa a la cuota media comunitaria de apertura del mercado de la electricidad, definida en la Directiva 96/92/CE(1), sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad

(2003/C 321/14)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Según los cálculos efectuados por la Comisión con arreglo a los párrafos segundo y tercero del apartado 1 del artículo 19 de la Directiva 96/92/CE, la cuota media comunitaria de apertura del mercado de la electricidad aplicable del 1 de enero de 2004 al 1 de julio de 2004, se establece en 34,76 %.

La cifra se ha obtenido calculando, por una parte, el consumo de electricidad de los consumidores de más de 9 GWh para el conjunto de los Estados miembros y, por otra parte, el consumo total neto de electricidad para el conjunto de los Estados miembros y dividiendo después el primer total por el segundo.

(1) DO L 27 de 30.1.1997, p. 20.