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Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones — Hacia una estrategia temática para la protección del suelo"

Diario Oficial n° C 128 de 29/05/2003 p. 0043 - 0048


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones - Hacia una estrategia temática para la protección del suelo"

(2003/C 128/07)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

vista la Comunicación de la Comisión "Hacia una estrategia temática para la protección del suelo" (COM(2002) 179 final);

vista la decisión de la Comisión Europea con fecha de 12 de abril de 2002 de consultarle sobre este asunto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

vista la decisión de su Mesa, de 12 de marzo de 2002, de encargar a la Comisión de Desarrollo Sostenible la preparación de los trabajos;

visto su Dictamen sobre el Sexto Programa de Acción de la Comunidad Europea en materia de Medio Ambiente (CDR 36/2001 fin)(1);

visto el proyecto de Dictamen (CDR 190/2002 rev. 2) aprobado por la Comisión de Desarrollo Sostenible el 12 de diciembre de 2002 (ponente: Sr. McChord, UK/PSE, miembro del Consejo de Stirling, Viewforth),

ha aprobado por unanimidad, en su 48o Pleno celebrado los días 12 y 13 de febrero de 2003 (sesión del 12 de febrero), el presente Dictamen.

1. Introducción

1.1. El CDR valora positivamente la propuesta relativa a una estrategia temática para la protección del suelo, recogida en el Sexto Programa de Acción de la Comunidad Europea en materia de Medio Ambiente "Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos".

1.2. El CDR desearía realizar algunas observaciones específicas acerca de esta Comunicación, a la vez que propone un planteamiento más estructurado para el desarrollo de dicha estrategia, especialmente con vistas a:

- definir una perspectiva de sostenibilidad de los suelos europeos;

- establecer una serie de indicadores de calidad y objetivos afines basados en la práctica, así como un programa de protección pragmático y local que atienda a criterios de riesgo y coste-eficacia;

- coordinar las acciones por medio de los instrumentos e incentivos reguladores ya existentes, y

- proponer posibilidades de control suplementario en años venideros con el fin de resolver de manera gradual los problemas que se han venido registrando tradicionalmente.

1.3. El CDR considera que los suelos europeos son cruciales tanto para nuestra subsistencia como para la de otros países no europeos. Además de aportarnos el sustento gracias a la agricultura, la silvicultura y la explotación de la madera, proporcionan materias primas esenciales. Los suelos constituyen un componente esencial del paisaje, son la fuente de toda la biodiversidad terrestre, la capa intermedia entre las aguas subterráneas y las de superficie, y tienen una enorme incidencia en la atmósfera. Además de desempeñar una importante función como depósitos de materias primas, revisten una enorme importancia de carácter social y cultural. A pesar de todo ello, los suelos han sufrido un cierto grado de deterioro, resultado tanto de la autocomplacencia como de la negligencia.

1.4. En parte se ha llegado a esta situación porque en Europa el suelo no se ha protegido suficientemente en las normativas puesto que tradicionalmente no se consideraba que constituyera un recurso común, como sí ha ocurrido con los ríos, los lagos, los mares o la atmósfera. De ahí que cualquier medida de carácter voluntario o regulador resulte inevitablemente más controvertida y que el desarrollo de una estrategia viable y eficaz para proteger el suelo europeo deberá reconocer y tener en cuenta dos factores: el primero relacionado con una correcta e inevitable explotación del suelo y el segundo con el deseo de proteger y preservar un recurso común.

1.5. El CDR estima que ahora es el momento idóneo para hacer frente a este desafío y garantizar el futuro sostenible y duradero de los suelos.

2. Puntos de vista del Comité de las Regiones

2.1. Definición (sección 2 de la Comunicación)

2.1.1. El CDR es partidario de una definición lo más amplia posible de suelo. En el pasado se han registrado problemas por cuestiones como la exclusión de la turba, a causa de su carácter completamente orgánico. Es importante definir el suelo a fin de garantizar la protección de toda la superficie terrestre de Europa (en este sentido pueden servir de modelo las definiciones relacionadas con otros bienes medioambientales como, por ejemplo, la distinción que se hace entre aguas subterráneas y aguas de superficie en el apartado 1 del segundo párrafo de la Ley alemana para la protección del suelo).

2.2. Características distintivas del suelo (sección 2.3 de la Comunicación)

2.2.1. La Comunicación señala que existen más de 320 tipos de suelo en toda Europa, y hace hincapié en la necesidad de incorporar una marcada dimensión local en las políticas de protección. Aunque no cabe duda de que todo esto es cierto, el suelo tiene una naturaleza extremadamente heterogénea, con grandes variaciones tanto de composición como de estructura y funciones ecológicas en distancias relativamente pequeñas, tanto horizontal como verticalmente. Por todo ello, hay que ser consciente de la interdependencia de los diferentes tipos de suelo y tener debidamente en cuenta este factor a la hora de elaborar una estrategia de protección.

2.2.2. Por lo general, los suelos son una fuente muy rica de biodiversidad, especialmente microbiológica, en la que destacan bacterias y hongos que conviven en estrecha armonía con la cubierta vegetal y los sistemas radiculares, formando una complicada red trófica con especies de orden superior. Este ensamblaje ecológico proporciona las funciones medioambientales esenciales para el flujo de energía y la renovación de carbono y nutrientes, a la vez que contribuye a crear la estructura del suelo. Aunque, según demuestra la investigación, la ecología del suelo presenta una cierta capacidad de recuperación que hace posible la sustitución por otras especies en caso de impacto natural o antropogénico con consecuencias adversas para determinadas especies fundamentales -permitiendo así una continuidad de la función medioambiental-, también empieza a haber pruebas de que algunas especies fundamentales, como la lombriz (Lumbricus terrestris), son vitales para la creación y el mantenimiento de la propia estructura del suelo en sistemas seminaturales. Cualquier estrategia de protección deberá ir encaminada a lograr suelos que preserven la sostenibilidad de sus funciones medioambientales y, en particular, de sus funciones naturales.

2.2.3. No cabe ninguna duda de que la capacidad de recuperación que presentan las estructuras ecológicas de los suelos refleja la evolución en respuesta a las condiciones extremas a que éstos se ven expuestos, con fenómenos como inundacionesp sequías, heladas o deshielos. Una estrategia de protección realista y viable deberá prever el impacto de este tipo de procesos naturales.

2.3. Principales amenazas para el suelo (sección 3 de la Comunicación)

2.3.1. Las principales amenazas quedan bien resumidas en la Comunicación, aunque merece la pena señalar también que la pérdida de materia orgánica y el deterioro de la estructura del suelo contribuyen considerablemente al agravamiento de la erosión. Además, se debería revisar técnicamente el punto 3.2 de la Comunicación en lo relativo al valor máximo recogido en la misma de un 3,6 % de sustancia orgánica como indicador de fase previa a la desertización. Asimismo, la pérdida de gelisuelos (zonas de permafrost) se percibe cada vez más como una amenaza, ya que constituye una prueba evidente de que los cambios en las pautas climáticas favorecen los ciclos sequía-inundación, algo que puede fomentar, en especial, la erosión en tierras altas.

2.3.2. Todo parece indicar que no se otorga suficiente atención a la importancia y el alcance de las repercusiones que tuvo la lluvia radiactiva de Chernóbil. Quedan todavía importantes áreas de suelo y vegetación contaminadas con cesio radiactivo, cuya filtración se ha producido a un ritmo mucho más lento de lo previsto, especialmente en turberas y suelos arenosos con bajos niveles de potasio. Se ha registrado un mayor impacto de Chernóbil en la vegetación, el ganado -a través de la cadena alimentaria- y las actividades de carácter deportivo, como, por ejemplo, la caza mayor en zonas de montaña. Se desconocen sus repercusiones en la biodiversidad.

2.3.3. Las prácticas erróneas de gestión del terreno y el suelo pueden llevar a la introducción de materiales patógenos que, a su vez, podrían transmitirse por medio de las cadenas de alimentos naturales a los seres humanos. Es importante abordar las cuestiones de bioseguridad y seguridad alimentaria en el marco de una estrategia para la protección de los suelos.

2.3.4. Es preciso prestar mayor atención a las cuestiones más generales relacionadas con la introducción de especies ajenas. Se debe tener en cuenta el impacto que puede tener la introducción de OMG en el medio ambiente y la posibilidad de que se produzcan fugas de material genético en los suelos. Además, parece que algunas de las especies que se han introducido -como el gusano de Nueva Zelanda- pueden mermar las poblaciones de gusano común, con graves consecuencias en la estructura y -por consiguiente- en la función y la forma del suelo, mientras que en otros casos, como el de la sanguinaria mayor del Japón (Fallopia japonica), ésta se ha extendido ampliamente gracias a la translocación de los suelos.

2.3.5. La contaminación difusa debería quizás pasar a denominarse contaminación de los suelos, habida cuenta de que existe un impacto claramente observable. Amplias superficies de tierras sufren la acidificación y eutrofización, lo cual conlleva cambios en la vegetación natural, flora y fauna asociadas al suelo y un deterioro en la función ecológica del agua dulce. Resulta obvio que, a pesar de que se han emprendido importantes medidas para reducir la emisión y deposición de azufre, las emisiones de nitrógeno procedentes del transporte y la agricultura siguen constituyendo un problema de difícil solución. La deposición atmosférica de metales pesados puede originar entre el 38 y el 97 % del total de vertidos de metales que se registra en los terrenos agrícolas del Reino Unido. Así pues, sigue siendo necesario llevar a cabo una mayor vigilancia e investigación acerca de la deposición atmosférica de especies acidificadoras, nitrógeno y metales pesados en los suelos.

2.3.6. En Europa existen muchos suelos ricos en carbono. Resulta crucial proteger estas reservas de carbono para ayudar a controlar el cambio climático, especialmente si se tiene en cuenta que el aumento global de las temperaturas propiciará aún más las acciones en este sentido. Esta iniciativa constituye una importante contribución para atender a la prioridad de afrontar el cambio climático, tal como queda recogida en el Sexto Programa de Acción en materia de Medio Ambiente.

2.3.7. El documento de la Comisión no tiene debidamente en cuenta la pérdida de tierras derivada de la urbanización (sellado del suelo) ni el desarrollo de los terrenos industriales abandonados. De hecho, los fondos para la adhesión destinados a los países candidatos plantean ciertos problemas al respecto. El sellado del suelo se podría y debería combatir, en la medida de lo posible. Se debería fomentar en mayor medida el recurso a la Perspectiva Europea de Desarrollo Territorial (PEOT), como parte de los esfuerzos en favor de una estrategia integrada de protección del suelo.

2.3.8. En relación con las inundaciones y los corrimientos de tierra, en el documento de la Comisión no se hace referencia a la cuestión de la presencia del hombre cada vez menor en las zonas de montaña y las zonas rurales, especialmente en el sector de la agricultura, la silvicultura y el pastoreo. Las prácticas agrícolas y la explotación racional de los terrenos cada vez contrarrestan menos los efectos de las precipitaciones.

2.4. Medidas tomadas por los Estados miembros (sección 5 de la Comunicación)

2.4.1. No hay lugar a dudas de que existen considerables diferencias en el enfoque que los actuales Estados miembros y los países candidatos dedican a la protección del suelo y el terreno. El informe de diciembre de 1998 "Políticas para la protección del suelo en la Unión Europea" hace un resumen de los distintos sistemas actualmente en vigor y plantea si se traduce plenamente en un valor añadido un enfoque concertado en toda Europa que permita alcanzar una mayor armonización de las normas y una protección concertada de los sistemas hidrológicos en circunscripciones limítrofes, una acción armonizada a la hora de reducir los problemas de contaminación difusa o que afecte a más de una zona, y un planteamiento coordinado ante amenazas globales como el cambio climático.

2.4.2. En particular, existen grandes diferencias por lo que respecta a las medidas encaminadas a mejorar los problemas asociados tradicionalmente con las tierras contaminadas, abandonadas y baldías. Cabe señalar que, aunque la próxima Directiva europea en materia de responsabilidad ambiental ejercerá un control sobre nuevos emplazamientos contaminados, no existirá tal control sobre problemas legados. De cara al futuro, es importante que la propuesta de estrategia para la protección del suelo especifique cuáles son las tareas idóneas para paliar esta necesidad, que deberán emprenderse atendiendo a objetivos comunes basados en criterios de riesgo. Para la mejora de los sitios contaminados en el pasado, deberán preverse medidas adecuadas de incentivación y coordinación entre el sector público y el privado, excluyendo formas de responsabilidad objetiva con carácter retroactivo. En dichos procesos se deberá buscar la compatibilidad económica y medioambiental de las intervenciones de mejora que, en cualquier caso, deberán realizarse de acuerdo con análisis de riesgo.

2.5. Políticas comunitarias aplicables a la protección del suelo (sección 6 de la Comunicación)

2.5.1. Aunque de ámbito limitado, la regulación de los procesos y los residuos protege directamente el suelo, mientras que la legislación en materia de contaminación de las aguas y los hábitats ofrece únicamente una protección indirecta.

2.5.2. Se debe señalar que, de por sí, la Directiva sobre lodos de depuradora no logra prevenir todos los efectos perjudiciales sobre el suelo, ya que el control se centra en la prevención de la contaminación de los suelos y la propagación de enfermedades. El uso de lodos, especialmente cuando van acompañados por otros agentes -como los fertilizantes orgánicos e inorgánicos-, puede resultar en la eutrofización del suelo. Además, el aprovechamiento de lodos de depuradora en condiciones inadecuadas puede dar lugar a la compactación y el deterioro de las estructuras físicas. En la actualidad, la directiva no controla otros residuos utilizados en las tierras de labranza, como lodos procedentes de la industria papelera, residuos de alimentos, desechos de cal, yesos o compost, todos los cuales pueden ocasionar contaminación y propagar enfermedades si no se gestionan de la manera adecuada.

2.5.3. Los requisitos de la Directiva sobre las aguas de baño también han obligado a llevar a cabo controles para la gestión del suelo y el terreno en zonas donde las infracciones de la normativa de obligado cumplimiento pueden estar relacionadas con escorrentía agrícola de carácter difuso o con el flujo subterráneo de organismos de origen fecal.

2.5.4. El CDR acoge con satisfacción las oportunidades que brindan el programa CAFÉ "Aire puro para Europa", la reforma de la PAC y la Directiva marco del agua con miras a reforzar los mecanismos para la protección del suelo. En particular, la Comunicación sobre ordenación y medio ambiente cumplirá plenamente el requisito recogido en el Sexto Programa de Acción en materia de Medio Ambiente para integrar las cuestiones medioambientales en el resto de las políticas.

2.5.5. Hay que señalar que, si se gestionan adecuadamente, los pasillos de transporte contribuyen positivamente a la biodiversidad. Unos acotamientos amplios y protegidos desde un punto de vista ecológico pueden constituir senderos de migración a larga distancia frecuentemente inexistentes hasta el momento, especialmente en áreas de gestión agrícola intensiva.

2.5.6. Si bien está claro que existen diversas políticas que ayudan a proteger el suelo, se debe admitir que, a menudo, no cumplen este papel y que no existen los vínculos necesarios entre las diversas políticas. A modo de ejemplo, cabe cuestionarse sobre el grado de protección que ofrece la evaluación de sustancias nuevas o ya existentes dado que la cantidad de productos químicos revisados es muy limitada y que faltan argumentos sólidos acerca de su impacto en el suelo y en sus complejos sistemas ecológicos.

2.5.7. La Comisión describe una serie de buenas prácticas agrícolas que se deben favorecer, así como medidas agroambientales positivas para la protección del suelo. No obstante, falta una línea precisa de orientación y apoyo para garantizar, a través de la PAC, un control global de los suelos más adecuado.

2.6. Sistemas existentes de recogida de datos sobre el suelo (sección 7 de la Comunicación)

2.6.1. En ocasiones, los muestreos y análisis tradicionales del suelo exigen mucho tiempo y recursos, en parte por la heterogeneidad de los suelos (véase la sección 3.2 de esta Comunicación) o por la falta de conocimiento sobre los complejos procesos físicoquímicos y ecológicos presentes en el funcionamiento general del suelo. Todo ello hace que los múltiples muestreos y análisis puedan verse expuestos a un enorme número de condicionantes. Este planteamiento requiere una revisión urgente y esencial para llegar a modelos de informes más sencillos, rentables y relevantes desde una perspectiva ecológica, capaces de satisfacer los claros objetivos a escala europea. No obstante, es necesario integrar en un sistema europeo las experiencias que se han registrado con los actuales sistemas de vigilancia y los conocimientos que se tienen al respecto.

2.7. El camino a seguir (sección 8 de la Comunicación)

2.7.1. El CDR respalda la propuesta de ampliar los anexos de la Directiva sobre los hábitats para que pasen también a abarcar la protección de los suelos. Cabe señalar que en el Reino Unido se viene desarrollando un importante programa de investigación sobre la biodiversidad de los suelos, y está previsto mantener durante cinco años este emplazamiento, donde se encuentra el suelo más estudiado en todo el mundo.

2.7.2. No cabe duda de que se necesitan medidas para garantizar la integración de la política medioambiental, la PAC y otras políticas relevantes con el fin de proporcionar un modelo de protección más coherente, completo y sistemático. La creación de un grupo interservicios de la Comisión resulta fundamental para alcanzar este objetivo.

3. Recomendaciones del Comité de las Regiones

3.1. El CDR estima que, en el fondo, la estrategia debería incluir un análisis de la situación actual, una perspectiva de futuro y una serie de medidas escalonadas para hacer realidad esta perspectiva de futuro. Todo ello deberá combinarse con un programa para medir y vigilar la evolución y los resultados.

3.2. La Comunicación hace un mesurado análisis de la situación actual y un resumen de las numerosas fuerzas motrices, las presiones, las consecuencias y las medidas de saneamiento disponibles en la actualidad.

3.3. No obstante, en la Comunicación no se hacen apreciaciones sobre el futuro estado de los suelos europeos. Esta tarea no tiene por qué ser necesariamente difícil ni complicada a pesar de que, como ya se ha dicho anteriormente, el suelo presenta una gran variedad de funciones y formas.

3.4. Perspectivas

3.4.1. Lo que debemos procurar es, en esencia, evitar cualquier deterioro del suelo que se pudiera producir en el futuro y conseguir que los suelos de toda Europa sean "aptos para su uso" en el plazo de una generación, tras lo cual deberán gestionarse con criterios plenamente sostenibles. El término "apto para su uso" introduce un componente pragmático y realista en la estrategia, algo que resulta fundamental para su viabilidad.

3.4.2. Entre estos usos cabría incluir:

- apoyo a la biodiversidad dentro del propio suelo o que dependa de él;

- función de interfaz y amortiguador entre las aguas subterráneas y de superficie para preservar un buen equilibrio ecológico y lograr una calidad satisfactoria con vistas a otros usos, como las actividades de ocio o baño y el suministro de agua potable;

- la producción agrícola y silvícola;

- la conservación de los recursos de carbono;

- el desarrollo humano;

- los asentamientos humanos, y

- depósitos de materias primas.

3.4.3. Estos usos han de inscribirse en un contexto más amplio que comprenda el conjunto de la superficie terrestre en toda Europa, a falta de otros usos -o combinaciones de uso- más exigentes. Es necesario integrar en la estrategia el concepto de clasificación del terreno y los sistemas de idoneidad para su utilización con diversos fines, basados en los tipos de suelo, situación, clima, altitud, aspecto y pendiente.

3.5. Acciones para materializar estas perspectivas

3.5.1. El título "Estrategia para la protección del suelo" sugiere que el objetivo que se persigue es únicamente el de evitar que la calidad de los suelos continúe deteriorándose en Europa. Se trata de un objetivo loable de por sí. La estrategia debe establecer con toda claridad si se limita a este objetivo específico -y algo restringido- o si aspira a mirar hacia el futuro y proponer medios para mejorar de manera activa la calidad y resolver problemas legados como los que plantean las tierras contaminadas. Como mínimo, cualquier estrategia que se precie habrá de tener presentes estos designios a largo plazo en su estructura y sus objetivos y evaluar el grado de protección de manera que ésta se vea reforzada mediante la recopilación de datos e información. En la elaboración de la estrategia para la protección del suelo y de las nuevas disposiciones se debería prestar rigurosa atención al respeto del principio de subsidiariedad. Numerosos problemas en materia de protección del suelo pueden ser resueltos a nivel nacional o de forma bilateral entre los Estados miembros o, en su caso, las regiones u otros organismos locales que tienen una competencia directa en la materia.

3.5.2. La estrategia ha de tener un carácter global e integrador. No sería aconsejable el desarrollo por separado -tal y como se propone- de iniciativas relacionadas con la erosión, la pérdida de materia orgánica o la contaminación (especialmente, por lo que respecta a los lodos de depuración, el compost y los residuos de minería).

3.5.3. La definición del uso del suelo deberá permitir la derivación de normas de calidad del suelo adecuadas y arraigadas a escala local. Con vistas a determinados usos específicos como los asentamientos o el desarrollo humanos, cabe la posibilidad de establecer estas normas atendiendo a parámetros químicos pertinentes en función de los riesgos a que se vea expuesta la población como consecuencia de sus actividades, con lo que se apoya la iniciativa -recogida en el Sexto Programa de Acción- de vincular el medio ambiente a la salud humana. Por lo que respecta a otros usos, como el apoyo a la biodiversidad, se deberían desarrollar parámetros de calidad más generales mediante un programa europeo de investigación. Es fundamental poner a disposición las técnicas de pruebas más sencillas, rentables y apropiadas desde un punto de vista ecológico. Existe la posibilidad de adoptar pruebas sencillas, esbozos fisiológicos de poblaciones microbiológicas a nivel comunitario, biosensores o bioindicadores que ofrezcan una serie de pruebas normalizadas de manera rápida y coherente, que podrían luego ser cotejadas en toda Europa con suelos seminaturales para crear un sistema que permitiera evaluar la situación ecológica de un suelo específico. Este planteamiento reflejaría el ejemplar enfoque que se ha adoptado en la Directiva marco del agua, en la que se establecen objetivos buenos y excelentes de estatus ecológico en relación con las aguas de superficie, exceptuando aquellos casos en que dichas aguas se han visto enormemente modificadas por el desarrollo humano, en los que sólo cabe esperar un buen potencial ecológico.

3.5.4. Las metodologías normalizadas -sometidas a un adecuado control de calidad- constituyen un requisito previo para instituir evaluaciones coordinadas sobre la calidad del suelo en toda Europa.

3.5.5. Una vez asignados los usos de los suelos y evaluada su calidad en función de las normas más adecuadas, un análisis para evaluar el riesgo con carácter local debería determinar qué suelos han de protegerse de manera prioritaria y cuáles pueden protegerse de manera más rentable, teniendo en todo momento presente el grado de presiones a que se ven sometidos.

3.5.6. Un marco de acción europeo de estas características ofrecerá un campo de acción equilibrado y apoyará la búsqueda de los escasos recursos disponibles mediante planes de acción de mayor base local encaminados a limitar en la mayor medida posible las repercusiones medioambientales.

3.5.7. Además, la estrategia deberá determinar los instrumentos disponibles en la actualidad y proponer modos de operación para lograr los mejores resultados y permitir así a los Estados miembros comenzar a desarrollar modelos de buenas prácticas y dar a conocer metodologías empíricas y eficaces. Por ejemplo, la Directiva marco del agua requerirá la adopción de medidas en las cuencas o subcuencas fluviales para luchar contra la contaminación difusa. Inevitablemente, muchas de estas medidas guardarán una estrecha relación con los asuntos relacionados con la gestión del terreno y el suelo, lo que podría aprovecharse para proteger o mejorar la calidad de los suelos (por ejemplo, los contratos de gestión del terreno utilizados por los agricultores franceses). Se deben impulsar al máximo estos efectos sinérgicos antes de proceder a establecer cualquier nuevo régimen regulador con el que se pretenda paliar posibles lagunas.

3.5.8. Un componente fundamental para el éxito de la estrategia reside en lograr la participación activa de las distintas partes interesadas. Habida cuenta de que la mayor parte de las tierras pertenece a particulares, reviste una especial importancia el concepto de "interacción con el mercado", recogido en el Sexto Programa de Acción en materia de Medio Ambiente. La búsqueda de nuevas fórmulas para involucrar a los gestores del suelo y el terreno, así como a otros sectores industriales, resultará esencial con vistas a lograr buenos resultados. Éste ha de ser uno de los hilos conductores de la estrategia.

3.6. Programa de trabajo y calendario

3.6.1. La publicación de la estrategia, o de determinados componentes de la misma, en 2004 parece una opción realista aun aceptando la posibilidad de que algunos de los estudios en los que se apoya no estén aún disponibles para esa fecha. El CDR hace una vez más hincapié en que es preferible una estrategia integrada a una serie de elementos específicos e inconexos sobre criterios como la presión, el suelo, la región o la respuesta. Convendría tener en cuenta las normativas actuales de regiones y municipios y los criterios en que se basan.

3.6.2. No se ha definido el período durante el cual estará operativa la estrategia. Lo ideal sería que tuviera una amplia duración, de al menos diez años, con lo que sería posible una planificación y un compromiso a largo plazo que permitieran pasar de la mera actividad de protección a otra de saneamiento, así como elaborar nuevo material complementario, de carácter consultivo o regulador, a la luz de futuros resultados y análisis sobre la eficacia de las medidas. Consiguientemente, una estrategia de diez años de duración haría también necesaria una revisión a medio plazo.

3.6.3. Un marco estratégico para la protección de los suelos que ofrezca soluciones a largo plazo en este ámbito enviará a los países candidatos un mensaje en el sentido de que han de conservar todo aquello que resulte valioso en función de sus propias prácticas de gestión del suelo y que, al mismo tiempo, deberán realizar un mayor esfuerzo para evitar cualquier riesgo de deterioro tras su adhesión a la Unión Europea. Los países candidatos también han registrado tradicionalmente unos niveles de contaminación y degradación considerables que deberán abordarse y corregirse en un programa evolutivo, plurianual y centrado en el factor de riesgo.

Bruselas, 12 de febrero de 2003.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Albert Bore

(1) DO C 357 de 14.12.2001 p. 44.