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Dictamen del Comité Económico y Social sobre el tema «Las repercusiones de la instauración de la UEM para la cohesión económica y social»

Diario Oficial n° C 368 de 20/12/1999 p. 0087 - 0092


Dictamen del Comité Económico y Social sobre el tema "Las repercusiones de la instauración de la UEM para la cohesión económica y social"

(1999/C 368/22)

El 25 de febrero de 1999, de conformidad con el apartado 3 del artículo 23 de su Reglamento Interno, el Comité Económico y Social decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema "Las repercusiones de la instauración de la UEM para la cohesión económica y social".

La Sección de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 29 de septiembre de 1999 (ponente: Sr. Dock).

En su 367o Pleno de los días 20 y 21 de octubre de 1999 (sesión del 21 de octubre), el Comité Económico y Social ha aprobado por 101 votos a favor, 7 en contra y 5 abstenciones el presente Dictamen.

1. Introducción

1.1. Desde el 1 de enero de 1999, once Estados miembros forman parte de una unión monetaria. Se trata de un resultado muy positivo, fruto de un proceso de convergencia iniciado hace varios años. La mayoría de los Estados, para estar listos a tiempo, realizaron esfuerzos considerables, sobre todo en el saneamiento de la hacienda pública.

1.2. El euro no constituye un fin en sí. Más bien, es una valiosa herramienta que permite a los Estados miembros ahondar en el mercado único y seguir una política monetaria coordinada. Ahora, la moneda única debe utilizarse para fomentar una dinámica que permita a Europa ser más fuerte y más solidaria.

1.3. La moneda única no sólo afecta a los especialistas, sino que deberá interesar cada vez más al conjunto de los ciudadanos de la Unión Europea. El éxito del euro desde el punto de vista de los ciudadanos se evaluará a partir de criterios muy concretos.

1.3.1. El euro se valorará en su justa medida cuando la Unión Europea pueda utilizarlo para fomentar la creación de empleo y acrecentar la prosperidad del conjunto de países y regiones de la Unión Europea.

1.4. En el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea se establece que "La Unión tendrá los siguientes objetivos:- promover el progreso económico y social y un alto nivel de empleo y conseguir un desarrollo equilibrado y sostenible, principalmente mediante (...) el fortalecimiento de la cohesión económica y social y el establecimiento de una unión económica y monetaria..."

1.4.1. Por lo tanto, todas las políticas aplicadas en la Unión deben tener en cuenta el objetivo de reforzar la cohesión económica y social.

1.5. En muchos aspectos resulta peligroso intentar analizar las repercusiones de la UEM para la cohesión, cuando tan sólo han transcurrido algunos meses desde el inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria. Ahora bien, este corto período no impide formular ya algunas observaciones en la medida en que, para la mayoría de los Estados miembros, los efectos de la UEM no han esperado hasta el 1 de enero de 1999 para manifestarse.

2. La cohesión en la Unión Europea

2.1. En el artículo 158 del Tratado CE se especifica que el refuerzo de la cohesión económica y social consiste en "reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas regiones y el retraso de las regiones o islas menos favorecidas, incluidas las zonas rurales."

2.2. Con el fin de analizar los avances logrados en la realización de la cohesión económica y social, la Comisión presentó en noviembre de 1996 el "Primer Informe de la Comisión sobre la cohesión económica y social", que fue objeto de un dictamen del Comité(1). En el Sexto informe periódico sobre la situación y la evolución socioeconómica de las regiones de la Unión Europea(2) se ofrecen datos más recientes que permiten analizar los avances en pro de la cohesión.

2.3. La ventaja de abordar la cohesión a partir de la evolución de la situación de las regiones es que se pueden llevar a cabo análisis más detallados. En efecto, la evolución de las medias nacionales puede ocultar situaciones muy contrastadas en espacios territoriales más restringidos.

2.4. Las estadísticas recogidas en los informes de la Comisión no permiten dar una clara respuesta afirmativa a la pregunta de si se está produciendo un refuerzo de la cohesión.

2.4.1. Hay dos aspectos que merecen una atención especial: el del PIB per cápita y el del desempleo.

2.5. Por lo que se refiere al PIB per cápita, la Comisión advierte un proceso de recuperación. En el período de 1986 a 1996, el PIB per cápita de las veinticinco regiones más pobres pasó del 52 al 59 % de la media de la Unión.

2.5.1. Aunque este dato es alentador, debe relativizarse. Por ejemplo, la recuperación es mucho más clara en determinadas regiones como las capitales de los países de la cohesión. En cambio, los avances son mucho más lentos en las regiones rurales de dichos países.

2.5.2. Otro dato inquietante es que las disparidades regionales calculadas a partir del PIB per cápita aumentan dentro de las fronteras de la gran mayoría de los Estados miembros.

2.6. Por su parte, el desempleo ofrece un panorama sombrío. La triste realidad es que la tasa media de desempleo en la Unión sigue siendo elevada, con una cifra cercana al 10 % (de acuerdo con la definición de la OIT).

2.6.1. La disparidad que se esconde bajo esta tasa media es enorme. En determinadas regiones casi no existen problemas referidos al empleo. Las veinticinco regiones con la tasa de desempleo más baja prácticamente no han tenido incremento del subempleo desde hace diez años. Su tasa de desempleo se mantiene en torno al 4 %.

2.6.2. En cambio, otras regiones padecen un nivel de desempleo insostenible. En diez años (1987-1997), la tasa de desempleo en las veinticinco regiones más afectadas aumentó de forma sensible, pasando del 20,1 al 23,7 %.

2.7. Los avances relativos de recuperación en cuanto a riqueza producida tienen muy poca incidencia en el desempleo. En estas condiciones, cuesta hablar de avance significativo de la cohesión entre las regiones.

3. La necesidad del éxito del "Pacto europeo para el empleo"

3.1. La realización de progresos hacia una mayor cohesión económica y social está estrechamente vinculada al dinamismo de la economía. Asimismo, el éxito de la UEM a los ojos de los ciudadanos dependerá en gran medida de la capacidad de la Unión para mantener una estrategia de crecimiento y empleo. En este sentido, la adopción en la cumbre de Colonia de un procedimiento llamado "Pacto europeo para el empleo" reviste una gran importancia.

3.2. El objetivo del Pacto es profundizar la cooperación entre los diversos actores de la vida económica y social a fin de coordinar más eficazmente las políticas económicas tanto al nivel macroeconómico como en el plano estructural. Como subrayó el Comité en un reciente dictamen(3): "Las medidas de política laboral defendidas en Luxemburgo, completadas con el programa estructural que se puso en marcha en Cardiff, deberían añadirse a la combinación de políticas macroeconómicas adecuada -que engloba la política presupuestaria, la política monetaria y la política salarial- para crear un clima de confianza que fomente el consumo y la inversión y, en consecuencia, para reactivar el empleo de manera duradera."

3.3. La estrategia adoptada en Colonia es aún teórica y ahora debe ponerse en práctica. Según el Comité, ha llegado el momento de que todos los interesados, como los gobiernos, por supuesto, pero también los interlocutores sociales y el Banco Central Europeo, se comprometan decididamente a fin de que, en función de sus responsabilidades respectivas, contribuyan cada uno a la concretización fructífera de los tres procedimientos clave coordinados mediante el "Pacto europeo para el empleo". Se trata de medidas de política del mercado laboral ("procedimiento de Luxemburgo"), medidas de reforma de los mercados de bienes, servicios y capitales ("procedimiento de Cardiff") y medidas de política económica ("procedimiento de Colonia").

3.4. El Comité insiste una vez más en las interdependencias que existen entre cada una de estas tres estrategias. Los esfuerzos para mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo serán vanos si el crecimiento es demasiado débil para permitir la creación de empleo, y viceversa. Asimismo, pueden formularse observaciones idénticas respecto a la reforma de los mercados de bienes, servicios y capitales.

3.5. Como ha manifestado en otros dictámenes, el Comité desea también recordar que en los diferentes países de la Unión se impone una serie de esfuerzos, especialmente en vista del envejecimiento, para modernizar el funcionamiento de los mecanismos de protección social (pensiones, sanidad, etc.), tanto a nivel de financiación como de prestaciones, con el fin de salvaguardar su papel esencial en el modelo social europeo.

4. Los impactos potenciales de la UEM en los Estados miembros

4.1. La tercera fase de la UEM se inició hace tan sólo algunos meses. Por consiguiente, muchos efectos de la unificación monetaria son todavía poco visibles. Ahora bien, se espera una serie de cambios, de los que algunos ya son observables.

4.2. La unificación monetaria se inscribe en el mantenimiento del afán de construir en Europa un vasto mercado único. La desaparición de las diferentes monedas nacionales permitirá borrar un poco más las fronteras entre los diferentes Estados miembros. En este sentido, la unificación monetaria, especialmente gracias a la mayor transparencia de los precios, permitirá aumentar la competencia en el conjunto del territorio de la Unión. Los movimientos de empresas (acercamientos transfronterizos, fusiones, etc.), estimulados ya por el mercado único, se verán más alentados por la moneda única.

4.2.1. El aumento de la competencia es potencialmente beneficioso en la medida en que esta situación puede fomentar el incremento de la calidad y de la productividad. Ahora bien, hay que evitar que cada Estado miembro se entregue al juego de la competición y la competencia salvaje en detrimento de sus vecinos. El terreno podría ser el del entorno, la fiscalidad o las condiciones de trabajo. Con la unión monetaria, se impone más que nunca una serie de procedimientos de armonización o coordinación, sobre todo en el caso de los proyectos debatidos actualmente sobre fiscalidad del ahorro o de las sociedades.

4.2.2. La mayor competencia permitirá, sin lugar a dudas, aumentar la productividad, lo cual constituye, teóricamente, uno de los pilares del crecimiento y de la mejora del bienestar. Algunos también pueden preguntarse si este aumento de la productividad supondrá pérdidas de empleo en Europa. Este riesgo está bien presente. Sin embargo, si los responsables de la Unión Europea consiguen coordinar las diferentes políticas económicas, el resultado podría ser una demanda suficientemente vigorosa. En ese caso, el efecto neto sobre el empleo podría ser positivo. De hecho, el aumento de la productividad en determinados sectores puede dar lugar a la baja de los precios, lo que permitirá de rebote estimular la demanda en una amplia gama de bienes y servicios. Una vez más, la clave del éxito parece, pues, residir en la culminación del proceso del "Pacto europeo para el empleo" abordado en el punto 3.

4.3. Por definición, en una unión monetaria ya no puede producirse una perturbación de los tipos de cambio mediante ataques especulativos. Algunos países de la Unión no se vieron al abrigo de tales ataques durante los primeros años de la presente década. Y, en consecuencia, todo el continente tuvo que padecer las perturbaciones de la competencia con peores resultados en términos de empleo y crecimiento.

4.3.1. Por ello, el Comité celebra que los países de la zona euro se vieran protegidos durante 1998 de las sacudidas que hicieron tambalearse al mercado de cambios. Es un logro fundamental y constituye ya un punto positivo en el haber del euro.

4.3.2. Como subrayó el Sr. Wim Duisenberg, presidente del BCE, en su última reunión con representantes del CES, uno de los objetivos fundamentales del euro es que constituya un factor de estabilidad interna.

4.4. Resulta aventurado establecer previsiones sólidas sobre la evolución de los tipos de interés en la zona euro. Sin embargo, hay que hacer especial hincapié en que la supresión de los riesgos de cambio en la zona euro ejerce un impacto positivo en las finanzas públicas. En efecto, antes de la entrada en vigor de la moneda única, el temor a una devaluación incitaba a los mercados financieros a imponer a determinados Estados una prima específica de riesgo en sus operaciones de empréstitos públicos. Con la supresión del riesgo de cambio, esos Estados pueden hoy financiarse a un tipo más interesante. En la hipótesis de que todo siga igual, la carga de los intereses es menor y, a igual política, el saldo presupuestario mejora automáticamente. Particularmente en el caso de los países fuertemente endeudados, la extinción de las primas de riesgo vinculadas al temor a una variación de los tipos de cambio ejerce un impacto nada despreciable.

4.5. A medida que se aproxime la fecha del 1 de enero del año 2002 (y, por supuesto, mucho más a partir de entonces), la utilización del euro está llamada a aumentar en las operaciones comerciales. Así pues, en la zona euro se recurrirá cada vez menos a operaciones de cambio entre monedas. Esta evolución deberá permitir a los agentes económicos (empresas y consumidores) ahorrar una proporción importante de gastos de transacción. La Comisión estima que ese ahorro supondrá el 0,5 % del PIB de los países grandes. Y la ganancia podría elevarse incluso al 1 % en los países pequeños.

4.5.1. Este ahorro en gastos de transacción constituirá una contribución, a veces nada desdeñable, a la mejora de la competitividad de las empresas europeas.

4.5.2. Otro interés del euro es que, junto al yen y el dólar, la moneda europea está llamada cada vez en más medida a constituir una divisa de referencia en el plano mundial. Un primer indicio de ello es la proporción de emisiones obligatorias emitidas en euros. Disponer de una moneda que cuente a escala mundial presenta múltiples ventajas. Una de ellas es sin duda que ofrece una mejor protección contra los efectos de las fluctuaciones de las otras monedas.

4.6. Además de los logros o las promesas engendradas por el nacimiento del euro, la moneda única impone también a los países participantes una serie de cambios de comportamiento. Ahora que la Unión se ha dotado de una moneda, es esencial que evolucione igualmente hacia una unión económica y política. Analizar esta evolución plantea múltiples preguntas abordadas en otros dictámenes del Comité(4): la coordinación de las políticas económicas, la fiscalidad, etc.

4.6.1. En el presente dictamen el Comité querría insistir particularmente en dos dimensiones: la política presupuestaria y la política de rentas.

4.7. En materia presupuestaria, es fundamental que los países participantes respeten las disposiciones del "Pacto de estabilidad y crecimiento". En varios Estados miembros, debe proseguirse el saneamiento de las finanzas públicas. El objetivo es que todos los países de la Unión puedan disponer de márgenes presupuestarios suficientes para hacer frente, llegado el caso, a un deterioro de la coyuntura.

4.8. Por su parte, la política de rentas también cobra otra dimensión en la Unión monetaria. En efecto, ya no es posible corregir una diferencia de competitividad mediante una devaluación. Por consiguiente, sobre los hombros de los interlocutores sociales encargados de negociar las evoluciones salariales pesan responsabilidades mayores.

4.8.1. En un dictamen anterior(5), el Comité estimaba conveniente que las organizaciones socioeconómicas consiguieran acentuar la coordinación entre los diferentes niveles y lugares en los que tenían lugar las negociaciones salariales. Se trata de que los interlocutores sociales puedan contribuir a una dinámica de crecimiento y empleo, evitando alimentar las tensiones inflacionistas.

5. Las inversiones y la UEM

5.1. Los movimientos de las inversiones en el territorio europeo se verán muy afectados por la unificación monetaria. Pero hay un dato que puede señalarse ya: las inversiones directas extranjeras en la zona euro se encuentran totalmente al abrigo de la inestabilidad de los tipos de cambio de los países participantes. Por consiguiente, ganan en seguridad.

5.2. Son muchos los estudios científicos que han intentado determinar los factores que explican el movimiento de las inversiones. El objeto del presente dictamen no es, por supuesto, decidir entre los resultados de esos diferentes trabajos. Ahora bien, el Comité desea recordar que el interés de Europa no es competir con los países de bajos salarios a nivel de sus ventajas comparativas. Los estudios científicos demuestran que hay otros factores determinantes para atraer las inversiones creadoras de alto valor añadido: el dinamismo de la investigación, los conocimientos, la calidad de la mano de obra y el clima social son otros elementos importantes.

5.2.1. Para mantener la prosperidad en todo el territorio de la Unión, Europa debe apoyarse ante todo en estrategias basadas en la calidad de los productos y la alta productividad de su mano de obra.

5.3. Además de las inversiones privadas, las inversiones públicas son un factor importante para garantizar el desarrollo armonioso de todas las regiones de la Unión Europea.

5.3.1. En un reciente informe de la Comisión(6) se indica que la inversión pública se redujo desde el 3 % del PIB a principios de los años noventa hasta poco más del 2 % en la actualidad. Una de las principales razones de esta disminución es el cumplimiento del criterio de déficit público. La segunda causa es la privatización de una serie de servicios y la transferencia al sector privado de las inversiones correspondientes.

5.3.2. Esta situación podría repercutir negativamente en el desarrollo regional, sobre todo con respecto a las inversiones en nuevas tecnologías que son de vital importancia. Además, es esencial velar por que las privatizaciones no provoquen una desinversión en las regiones menos desarrolladas alegando la necesidad de rentabilidad económica. Este aspecto deberá ser estudiado detenidamente en el futuro.

5.3.3. Dado que las perspectivas financieras aprobadas en la cumbre europea de Berlín en marzo de 1999 supondrán una menor intervención de la Unión en términos regionales, las inversiones que las autoridades públicas podrán realizar en sus regiones menos desarrolladas adquieren una importancia aún mayor. El Comité insiste en que la evaluación del cumplimiento de las exigencias del "Pacto de estabilidad y crecimiento" debe ser suficientemente precisa.

5.3.4. En el futuro habrá que evitar la experiencia del pasado. En efecto, sería nefasto para la cohesión económica y social que, en caso de crisis o choque, la inversión pública fuera el primer ámbito en sufrir recortes, tal como ocurrió con el paso a la tercera fase de la unión económica y monetaria y como suele ocurrir cuando se lleva a cabo un ajuste presupuestario significativo.

6. Las crisis asimétricas como amenaza a la cohesión

6.1. Un problema clásico de una unión monetaria es la capacidad de reacción ante una crisis asimétrica, esto es, un acontecimiento no previsto que repercute de forma directa o indirecta en los parámetros socioeconómicos: empleo, producción, inflación.

6.1.1. El carácter asimétrico significa que la crisis no afectará de la misma manera a todo el territorio que compone la unión monetaria.

6.2. El riesgo de crisis asimétrica puede estudiarse a partir de múltiples parámetros.

6.3. Uno de ellos es el grado de apertura comercial. Los intercambios de los países de la zona euro con el exterior sólo representan alrededor del 13 % de su PIB. Es evidente que se trata de una media y que algunos Estados superan ampliamente esta cifra. Sin embargo, permite poner de manifiesto que el vigor de la coyuntura dentro de la zona euro depende ante todo y en gran medida de factores internos.

6.4. Un segundo enfoque consiste en observar la evolución de los ciclos coyunturales.

Cuadro 1

Correlación del crecimiento del PIB por país con la zona euro((Se trata del índice de correlación del crecimiento del PIB de cada país con el de los once países que participan en la UEM en 1999. Las correlaciones se basan en datos semestrales.))

>SITIO PARA UN CUADRO>

Fuente: OCDE

6.4.1. Las cifras recogidas en el cuadro anterior indican una aproximación de los ciclos económicos de los países de la zona euro. En otras palabras, los períodos de crecimiento y desaceleración coyuntural tienden a coincidir de forma más precisa. Los ciclos económicos dentro de la zona euro de once países evolucionan hacia una simetría cada vez mayor. Falta que esta aproximación de los ciclos económicos se confirme en el futuro, lo que se producirá siempre que se logren avances en la coordinación de las políticas económicas.

6.4.2. Huelga decir que estos resultados deben interpretarse con cautela. En todo caso, no permiten afirmar que la posibilidad de crisis asimétricas es nula, sino más bien relativizar los riesgos.

6.5. En estudios económicos recientes se pone de manifiesto que las crisis asimétricas suelen tener un alcance más regional o plurirregional que nacional. Si se realiza un somero análisis de las estructuras productivas de los distintos Estados miembros, se comprueban las diferencias regionales existentes en las estructuras productivas o de servicios.

6.6. Hay quien considera que la migración interregional puede ser una solución en caso de crisis particular o desempleo persistente. Los estudios sobre el tema ponen de manifiesto que hay una serie de elementos que restringen dicha movilidad, en especial las posibilidades de encontrar una vivienda. Debe destacarse que, en caso de crisis temporal, la migración de una parte del potencial cualificado de una región dada contribuirá más, a medio plazo, a debilitar la recuperación económica que a fomentarla.

6.7. El Comité desea recordar la necesidad de que los Estados respeten las disposiciones del "Pacto de estabilidad y crecimiento". En efecto, es esencial que los Estados miembros tengan una hacienda pública saneada para poder reaccionar en caso de crisis inesperada. En tales circunstancias, un país debe, en efecto, poder contar con sus propios recursos.

6.8. Al mismo tiempo, la solidaridad europea deberá también poder considerarse tal como está explícitamente previsto en el apartado 2 del artículo 100 de los Tratados consolidados, en el sentido de que "en caso de dificultades o en caso de serio riesgo de dificultades graves en un Estado miembro, ocasionadas por acontecimientos excepcionales que dicho Estado no pudiere controlar, el Consejo, por unanimidad y a propuesta de la Comisión, podrá decidir la concesión, en determinadas condiciones, de una ayuda financiera comunitaria al Estado miembro en cuestión."

6.8.1. El Comité estima que la Unión Europea debe reflexionar ya sobre la puesta a punto de un mecanismo de reacción en caso de crisis asimétrica. Varias personalidades europeas de importancia, como el Presidente de la Comisión, Sr. Romano Prodi, han lanzado el debate a este respecto. Por su parte, el Parlamento Europeo ha adoptado un informe en este sentido(7). El Comité lamenta que, hasta ahora, este problema no haya sido debatido en el Consejo Ecofin. El objetivo es tener preparadas respuestas para una eventualidad que no puede descartarse por completo.

6.8.2. Tal como indica el Parlamento Europeo, es necesario disponer ya de un marco jurídico para, en caso de producirse este tipo de crisis, no perder tiempo en su elaboración. El Comité también apoya la propuesta de establecer un sistema de alerta que permita evaluar dos veces al año el riesgo de que se produzca una crisis de este tipo.

6.8.3. Las transferencias financieras temporales podrían ayudar a una región a recuperar su potencial de crecimiento. Este mecanismo no tendría por objeto operar una redistribución, sino más bien ayudar a un Estado miembro a hacer frente a la crisis (a nivel nacional o regional). Puede decirse que funcionaría como una especie de seguro.

6.8.4. Entre los medios que permitan alimentar un fondo destinado a reaccionar en caso de crisis asimétrica, algunos observadores sugieren estudiar la conveniencia de utilizar los excesos de reservas con que cuenten los bancos centrales nacionales. Se trata de una idea que cabría explorar.

7. Conclusiones

7.1. El nacimiento del euro es un acto fundamental en la construcción europea. Europa dispone ahora de una valiosa herramienta. Es imprescindible seguir fomentando la dinámica lanzada por el proyecto de la moneda única. Efectivamente, el euro no constituye un fin en sí, sino que debe servir de impulso para progresar hacia una Europa más fuerte, capaz de responder a las aspiraciones fundamentales de los ciudadanos.

7.2. Algunos meses después del inicio de la tercera fase de la UEM, la cohesión económica y social entre las regiones de la Unión Europea sigue siendo en gran medida imperfecta. Si bien pueden ponerse de relieve algunos progresos de recuperación en términos de riqueza generada entre regiones ricas y pobres, aún se traducen demasiado poco en la reducción del paro.

7.3. El Comité ha depositado una gran esperanza en el proceso del "Pacto europeo para el empleo" iniciado por la Presidencia alemana. Sólo a través de una fuerte coordinación entre las estrategias de Luxemburgo (medidas de política del mercado de trabajo), de Cardiff (medidas de reforma de los mercados de bienes, servicios y capitales) y de Colonia (medidas macroeconómicas), la UEM podrá ponerse al servicio del crecimiento y el empleo. La plena participación de los diferentes agentes y, sobre todo, de los interlocutores sociales, será indispensable para el éxito de este proceso.

7.4. La constitución de una unión económica y monetaria supone una serie de cambios de los que algunos aún no son visibles. La unificación monetaria ofrece nuevas posibilidades: aumento de la competencia, asentamiento de las inversiones extranjeras, reducción de los gastos de transacción, mejora de la estabilidad interna, etc.

7.5. Ello obliga igualmente a los países participantes a someterse a una mayor disciplina, sobre todo, en lo que respecta a la política presupuestaria. Por su parte, los interlocutores sociales tienen la gran responsabilidad de coordinar adecuadamente las negociaciones salariales, a fin de sostener la demanda, evitando suscitar el recalentamiento de la economía y alimentar las tensiones inflacionistas.

7.6. El Comité estima que una de las amenazas que se ciernen sobre la cohesión en la UEM es la aparición de una crisis asimétrica que afectaría a una parte de las regiones de la Unión. Tanto los Estados miembros individualmente como las instituciones europeas deben prepararse para hacer frente a ese riesgo. Existen pistas para ello. El Comité insiste en que se elaboren sin demora los instrumentos que permitan que la Unión esté preparada para reaccionar en cuanto se produzca esa eventual crisis.

Bruselas, el 21 de octubre de 1999.

La Presidenta

del Comité Económico y Social

Beatrice RANGONI MACHIAVELLI

(1) DO C 206 de 7.7.1997.

(2) DO C 329 de 17.11.1999.

(3) DO C 209 de 22.7.1999.

(4) Véanse, entre otros, los dictámenes sobre el "Informe económico anual 1999", DO C 209 de 22.7.1999, y sobre "La política fiscal", (en curso de elaboración).

(5) DO C 40 de 15.2.1999.

(6) "Comunicación de la Comisión - La inversión pública en la estrategia económica", COM (1998) 682 final de 2.12.1998.

(7) DO C 98 de 9.4.1999.