Propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la decisión de 19 de diciembre de 1996 por el que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad («Aduana 2000») /* COM/97/0433 final - COD 97/0228 */
Diario Oficial n° C 310 de 10/10/1997 p. 0003
Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión de 19 de diciembre de 1996 por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad («Aduana 2000») (97/C 310/03) COM(97) 433 final - 97/0228(COD) (Presentada por la Comisión el 4 de septiembre de 1997) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 100 A, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Comité Económico y Social, (1) Considerando que la Decisión n° 210/97/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 1996, por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad («Aduana 2000») (1) reconoce que la informatización de los procedimientos y de los controles aduaneros constituye una prioridad de primera importancia para la gestión de la unión aduanera en el marco del mercado único; (2) Considerando que la misma Decisión Aduana 2000 asigna a la Comunidad y a los Estados miembros la obligación de reforzar y desarrollar, en el plazo más corto posible, el tratamiento informatizado utilizando las técnicas más modernas en materia de intercambio telemático de datos, con objeto de lograr que las administraciones aduaneras de la Comunidad funcionen de manera tan eficaz como si fueran una sola y única administración; (3) Considerando que la financiación de los proyectos informatizados de intercambio de informaciones en el sector aduanero está prevista, entre otras cosas, en el marco del programa IDA, creado mediante la Decisión 95/468/CE del Consejo, de 6 de noviembre de 1995, sobre la contribución comunitaria al intercambio telemático de datos entre las administraciones en la Comunidad (2); que el actual programa sólo abarca el período que va hasta el 31 de diciembre de 1997; (4) Considerando que, con motivo de la aprobación del presupuesto de 1997, la autoridad presupuestaria procedió a la agrupación de todas las acciones de Aduana 2000, incluidas las acciones de informatización de la aduana comunitaria, con cargo a la partida «Aduana 2000» (B5-303) del presupuesto de la Comisión; (5) Considerando, por lo tanto, que el marco más adaptado para la financiación de los sistemas informatizados de intercambio de datos en el sector aduanero es el programa Aduana 2000; (6) Considerando que la Decisión n° 210/97/CE debe modificarse en consecuencia, HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La Decisión n° 210/97/CE quedará modificada de la siguiente manera: 1) en el apartado 1 del artículo 18, el primer guión se sustituirá por el texto siguiente: «Sin perjuicio de las acciones cuya financiación está prevista en el marco de otros programas comunitarios, la dotación financiera para la ejecución del presente programa, para el período comprendido entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre de 2000, se establece en 85 millones de ecus, según las modalidades que figuran en el anexo.»; 2) el cuadro que figura en el anexo, en consecuencia, se sustituirá por el cuadro siguiente: «>SITIO PARA UN CUADRO> ». Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. (1) DO L 33 de 4. 2. 1997, p. 24. (2) DO L 269 de 11. 11. 1995, p. 23.