2.12.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 325/1 |
Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, sobre el plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014)
2010/C 325/01
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,
1. |
Recordando los objetivos que se atribuyen a la Unión Europea en el ámbito de la cultura en el artículo 167 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. |
2. |
Recordando la Resolución del Consejo, de 16 de noviembre de 2007, relativa a una Agenda Europea para la Cultura (1), y sus objetivos estratégicos, a saber: promoción de la diversidad cultural y el diálogo intercultural, la promoción de la cultura como catalizador para la creatividad en el marco de la Estrategia de Lisboa para el Crecimiento, el Empleo, la Innovación y la Competitividad, y promoción de la cultura como elemento vital en las relaciones internacionales de la Unión. |
3. |
Visto el Informe de la Comisión, de 19 de julio de 2010, sobre la aplicación de la Agenda Europea para la Cultura (2) y el documento de trabajo adjunto de la Comisión (3). |
4. |
Con la convicción de que la cultura puede contribuir al cumplimiento de los objetivos de Europa 2020, una estrategia para el empleo y un crecimiento inteligente, sostenible e integrador (4). |
5. |
Considerando que el plan de trabajo del Consejo en materia de cultura (2008-2010) — en particular con la utilización del método abierto de coordinación (MAC) — constituyó una nueva fase importante del desarrollo de la cooperación cultural entre los Estados miembros mejorando la coherencia y la notoriedad de la actuación europea en la materia, a la vez que puso de relieve la función horizontal en la cultura. |
6. |
Tomando nota de los resultados de los trabajos realizados en el marco del plan de trabajo del Consejo en materia de cultura (2008-2010), y en especial de que los grupos de trabajo creados por los Estados miembros han definido y compartido y siguen las mismas buenas prácticas, y de las recomendaciones que han formulado esos grupos. |
7. |
Estimando que el plan de trabajo que se presenta en el anexo I debe fundarse en esos trabajos y recomendaciones, y abarcar un período de cuatro años para hacer posible un estudio del mismo a medio plazo, |
CONVIENEN EN LO SIGUIENTE:
— |
Adoptar, respetando el principio de subsidiariedad, el plan de trabajo del Consejo en materia de cultura (2011-2014) que se recoge en el anexo I, así como los principios aplicables a la creación y funcionamiento de los grupos creados por los Estados miembros que se relacionan en el anexo II. |
— |
Crear grupos formados por expertos en representación de los Estados miembros basándose en los principios y en los mandatos definidos en los anexos I y II, y hacer un seguimiento de sus actividades. |
— |
Cumplir las prioridades del plan de trabajo que se enumeran en el anexo I: — Prioridad A: Diversidad cultural, diálogo intercultural y cultura accesible e integradora. — Prioridad B: Industrias culturales y creativas. — Prioridad C: Competencias y movilidad. — Prioridad D: Patrimonio cultural, incluida la movilidad de las colecciones. — Prioridad E: La cultura en las relaciones exteriores. — Prioridad F: Estadísticas culturales. |
Se seguirán estas prioridades para lograr resultados concretos y aprovechables, en particular en lo que se refiere a los grupos de trabajo.
INVITAN A LA COMISIÓN Y A LOS ESTADOS MIEMBROS:
— |
A consultar e informar periódicamente a las partes interesadas sobre la marcha de los trabajos, los resultados obtenidos y la puesta en práctica de las recomendaciones de los grupos de trabajo con el fin de garantizar la pertinencia y la notoriedad de las actividades. |
— |
A realizar un estudio de mitad de periodo sobre la ejecución del plan de trabajo con miras a las posibles adaptaciones o reorientaciones del mismo en función de los resultados obtenidos y de la evolución de la situación política en la Unión. |
INVITAN A LA COMISIÓN Y A LAS PRESIDENCIAS DEL CONSEJO:
— |
A presentar a los Estados miembros iniciativas sobre otros ámbitos de actuación de la Comisión o del Consejo que tengan repercusiones en la cultura. |
INVITAN A LAS PRESIDENCIAS DEL CONSEJO:
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A que, en el contexto del Trío de Presidencias, tengan en cuenta al elaborar su programa las prioridades del plan de trabajo, informen sobre la ejecución del mismo y aprovechen los resultados obtenidos con el plan. |
— |
A que evalúen la pertinencia de organizar, en particular:
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— |
A estudiar la posibilidad de celebrar, en el contexto de la realización del plan de trabajo, reuniones conjuntas de altos funcionarios de los Ministerios de Cultura y de altos funcionarios de otros sectores. |
INVITAN A LA COMISIÓN:
— |
A que informe periódicamente a los Estados miembros sobre los trabajos que hayan llevado a cabo las plataformas del diálogo estructurado de la sociedad civil, y a informar a esas plataformas sobre los trabajos que se haya llevado a cabo en el contexto del plan de trabajo. |
— |
A que organice una reunión anual con los países candidatos, los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio y otros terceros países participantes en el programa «Cultura», con objeto de informarles de los trabajos efectuados en el contexto del plan de trabajo y dar lugar a un debate con los Estados miembros, los presidentes de los grupos de trabajo y la Comisión. |
— |
A que adopte, antes de final del primer semestre de 2014, un informe final sobre la ejecución y la pertinencia del plan de trabajo basándose en las colaboraciones voluntarias de los Estados miembros. El informe servirá de base para elaborar en el segundo semestre de 2014 un nuevo plan de trabajo. |
CELEBRAN:
La intención de la Comisión de respaldar las acciones emprendidas por los Estados miembros en ejecución del plan de trabajo que figuran en el anexo I.
(1) DO C 287 de 29.11.2007, p. 1.
(2) COM(2010) 390 final.
(3) SEC(2010) 904.
(4) Conclusiones del Consejo Europeo de 17 de junio de 2010 (doc. EUCO 13/1/10 REV 1).
ANEXO I
Prioridad A: Diversidad cultural, diálogo intercultural y cultura accesible e integradora
Agenda Europea para la Cultura — Promoción de la diversidad cultural y del diálogo intercultural (objetivo estratégico 1)
Europa 2020 — crecimiento integrador (prioridad 3)
Actores |
Temáticas |
Instrumentos y métodos de trabajo |
Resultados previstos y calendario indicativo |
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Estados miembros: |
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Grupo de expertos de los Estados miembros (MAC) (1). |
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Los expertos definirán las políticas y buenas prácticas desarrolladas por las instituciones artísticas y culturales públicas para fomentar un mejor acceso a la cultura y una participación más amplia en la misma, lo que incluirá a los grupos vulnerables o en situación de pobreza o de exclusión social (2). |
2011-2012 Definición de políticas y manual de buenas prácticas para las instituciones artísticas y culturales públicas. |
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Los expertos definirán las políticas y buenas prácticas sobre la creación, dentro de las instituciones artísticas y culturales públicas, de espacios para el fomento de los intercambios entre las culturas y entre los grupos sociales, en especial exponiendo la dimensión intercultural del patrimonio y fomentando la educación artística y cultural y el desarrollo de competencias interculturales. |
2012-2013 Definición de políticas y manual de buenas prácticas para las instituciones artísticas y culturales públicas. |
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Estados miembros: |
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Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (1). Los expertos (4) definirán las buenas prácticas que deberán aplicarse para el desarrollo de esta competencia clave y de su integración en las políticas educativas, basándose en los conocimientos y aptitudes indicadas en la recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (5). |
2013-2014 Manual de buenas prácticas para los organismos culturales y educativas de niveles nacional y europeo. |
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Comisión: |
Promoción de ciudades que practican la integración cultural. |
La Comisión definirá las buenas prácticas e instrumentos para promover las ciudades que practiquen la integración cultural, basándose en los resultados de los proyectos sobre la gestión de la diversidad en las ciudades cofinanciados por la UE (6). |
A partir de 2011. Definición de buenas prácticas. |
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Comisión: |
Fomento del multilingüismo. |
Estudio sobre las posibilidades que ofrece el subtitulado para fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras: el estudio tiene por objeto valorar en qué forma y en qué medida fomenta y facilita el subtitulado el aprendizaje de lenguas extranjeras y contribuye al perfeccionamiento de las mismas, contribuyendo así a la creación de un entorno lingüístico más favorable procurando, en especial, que se valore la dimensión cultural. |
Informe final previsto para el segundo trimestre de 2011. |
Prioridad B: Industrias culturales y creativas
Agenda Europea para la Cultura — Promoción de la cultura como catalizador para la creatividad (objetivo estratégico 2)
Europa 2020 — Crecimiento inteligente y sostenible (prioridades 1 y 2)
Actores |
Temáticas |
Instrumentos y métodos de trabajo |
Resultados previstos y calendario indicativo |
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Estados miembros: |
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Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (7). Los expertos definirán, compararán y modernizarán las buenas prácticas en esta materia, para los responsables de la gestión y los agentes del sector cultural, en particular las industrias culturales y creativas, basándose en las conclusiones del Consejo de 10 de mayo de 2010 (8) y en el estudio sobre la aportación de la cultura al desarrollo regional y local. Los expertos estudiarán además el efecto impulsor de las industrias culturales y creativas sobre la economía en sentido amplio, especialmente en cuanto a innovación, y las posibilidades de dar mejor uso a los programas de apoyo de la Unión para fomentar esos efectos. |
2011 Guías políticas. Reflexión sobre una iniciativa de sensibilización a escala europea, de la Comisión y los Estados miembros conjuntamente, para fomentar la integración de la cultura de las políticas de desarrollos regional y local y apoyar estrategias de especialización inteligente. |
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Estados miembros: |
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Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (7). Los expertos definirán las buenas prácticas de apoyo a la expansión internacional y a la exportación de las industrias culturales y creativas. |
2012-2013 Manual de buenas prácticas. |
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Estados miembros: |
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Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (7). Los expertos elaborarán un manual destinado tanto a los proveedores de fondos para estas industrias como a los usuarios de los fondos, partiendo del análisis de los mecanismos de financiación y las medidas fiscales existentes preparado por los estudios encargados por la Comisión (9). Este trabajo tendrá en cuenta otras actuaciones emprendidas a nivel europeo en este sector, según se anuncia en el libro verde de la Comisión «Liberar el potencial de las industrias culturales y creativas» (10). |
2013-2014 Manual de buenas prácticas y casuística. |
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Comisión: |
Actuaciones derivadas del libro verde «Liberar el potencial de las industrias culturales y creativas». |
La Comisión estudiará los resultados de la consulta pública y publicará a finales de 2010 un análisis de las aportaciones recibidas para proponer en el primer semestre de 2011 una iniciativa sobre el fomento de las industrias culturales y creativas y el apoyo a las mismas. |
A partir de 2011. |
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Comisión: |
Creación de la alianza europea de industrias creativas. |
La Comisión creará la alianza europea de industrias creativas basándose en la estrecha colaboración entre sus servicios, incluida la DG Empresa. |
A partir de 2011. |
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Comisión: |
Fomento del turismo cultural como motor del desarrollo social y económico sostenible. |
En el contexto de la Comunicación de la Comisión sobre un nuevo marco político para el turismo europeo (11), la Comisión introducirá una colaboración estrecha entre sus servicios, incluida la DG Empresa, para fomentar el desarrollo del turismo cultural y de las industrias relacionadas con el mismo y determinar las buenas prácticas para una gestión sostenible del turismo cultural, con inclusión del patrimonio material e inmaterial, en las estrategias integradas de desarrollo regional. |
A partir de 2011. |
Prioridad C: Capacidades y movilidad
Agenda Europea para la Cultura — Promoción de la diversidad cultural y el diálogo intercultural y promoción de la cultura como catalizador para la creatividad (objetivos estratégicos 1 y 2)
Europa 2020 — crecimiento inteligente, sostenible e integrador (prioridades 1, 2 y 3)
Actores |
Temáticas |
Instrumentos y métodos de trabajo |
Resultados previstos y calendario indicativo |
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Estados miembros: |
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Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (12). Los expertos, basándose en el estudio «Mobility matters», de 2008, analizarán y evaluarán los programas y planes de apoyo a la movilidad para localizar los obstáculos y los problemas con que se encuentran en particular los operadores de pequeñas dimensiones y los jóvenes artistas y profesionales de la cultura. Definirán también las buenas prácticas que permitan superar esas dificultades. |
2011-2012 Resultados del análisis: localización de los obstáculos y definición de buenas prácticas. |
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Estados miembros: |
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Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (12). Los expertos determinarán y analizarán los tipos de asociaciones y de prácticas fructíferas, incluidas las repercusiones positivas que se generen. |
2012-2013 Guías políticas. Reflexión sobre la puesta en marcha de la iniciativa a escala europea, de forma conjunta entre la Comisión y los socios nacionales, regionales y locales de los Estados miembros para fomentar las asociaciones creativas. |
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Estados miembros: |
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Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (12). Los expertos determinarán los factores de éxito en la preparación, la realización y el seguimiento de las residencias para artistas, centrándose especialmente en el aumento de las capacidades y en el objetivo de reducción de los desequilibrios entre residencias internas y externas. Las buenas prácticas definidas deberán permitir la mejora de las capacidades tanto dentro de la UE como al crear residencias para artistas en terceros países, y facilitar la creación de redes a escala de la UE. |
2013-2014 Manual de buenas prácticas sobre la preparación, organización y seguimiento de las residencias, y creación de redes y mecanismos de apoyo. |
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Comisión: |
Definición y desarrollo de competencias utilizando los consejos sectoriales sobre cultura (14). |
La Comisión, partiendo de una estrecha colaboración entre sus servicios, incluida la DG Empleo y Asuntos Sociales, estudiará la posibilidad de crear asesores sectoriales sobre cultura a escala de la UE. La misión de esos asesores será ayudar a elaborar las políticas sobre el sector correspondiente proporcionando un análisis de las evoluciones probables del mercado del empleo en el sector y permitiendo una mejor cobertura de la necesidad de competencias que tiene el sector. |
A partir de 2011. Intercambio de información y de buenas prácticas. |
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Comisión: |
Fomento de formación en materia de medios de comunicación. |
Estudio sobre la formación en materia de medios de comunicación. El estudio ensayará y perfeccionará los criterios de evaluación de los niveles de alfabetización mediática en los Estados miembros, de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva de servicios de comunicación audiovisual (15), que prevé un informe de la Comisión sobre los niveles de formación en materia de medios de comunicación en los Estados miembros. |
2010-2011 |
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Comisión: |
Continuación de la elaboración de propuestas de normas de información sobre la movilidad. |
Un grupo creado por la Comisión elaborará propuestas de normas para la información, basándose en las recomendaciones que en julio de 2010 presentó el grupo de la MAC (plan de trabajo 2008-2010) sobre la movilidad de los profesionales de la cultura. La comisión presentará en 2011 una propuesta de recomendación del Consejo sobre los servicios de información para la movilidad. |
2011 Propuesta detallada sobre contenidos y normas para los servicios de información y asesoramiento. |
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Comisión: |
Análisis de los procedimientos administrativos sobre movilidad de los artistas (incluidos los temas de visados, impuestos y seguridad social). |
La Comisión organizará seminarios temáticos en los que participarán las autoridades públicas de los Estados miembros, los servicios de la Comisión y los «usuarios finales» y facilitará el intercambio de información y de buenas prácticas. |
2011-2014 Manual de buenas prácticas para las autoridades públicas nacionales. |
Prioridad D: Patrimonio cultural, incluida la movilidad de las colecciones
Agenda Europea para la Cultura — Promoción de la diversidad cultural y el diálogo intercultural (objetivo estratégico 1)
Europa 2020 — crecimiento sostenible e integrador (prioridades 2 y 3)
Actores |
Temáticas |
Instrumentos y métodos de trabajo |
Resultados previstos y calendario indicativo |
Estados miembros: |
Estudio de las vías y medios para simplificar los procesos de cesión y préstamo. |
Grupo formado por expertos de los Estados miembros (MAC) (16). Los expertos definirán las buenas prácticas para todas las cuestiones pertinentes en torno a la movilidad de las colecciones. |
2011-2012 Conjunto de instrumentos sobre el funcionamiento de las garantías públicas (incluidas las orientaciones generales sobre buenas prácticas, modelos y «guías para el usuario»). Manual de buenas prácticas sobre los demás aspectos pertinentes, para las instituciones nacionales. |
Estados miembros y Comisión: |
Continuación de la digitalización del patrimonio cultural, incluido el patrimonio cinematográfico. |
El Grupo de reflexión de la Comisión (el «comité de sabios») presentará para final de 2010 recomendaciones para la digitalización, acceso en línea y conservación del patrimonio cultural europeo en la era digital. |
Informe para final de 2010 y actuaciones derivadas en 2011. |
El Grupo de expertos de los Estados miembros sobre digitalización y conservación digital continuará sus trabajos sobre la financiación y gestión de la biblioteca digital europea (Europeana) a partir de 2013. |
2011-2012 |
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Para 2012 la Comisión propondrá un modelo sostenible para la financiación de Europeana, de acuerdo con «Una Agenda Digital para Europa» (17) y la acción clave no 15 de la misma, y con las conclusiones del Consejo de 10 de mayo de 2010 sobre «Europeana: los próximos pasos» (18). |
2012 |
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Los miembros del grupo de expertos sobre cine (subgrupo «patrimonio cinematográfico») intercambiarán las buenas prácticas sobre las actuaciones derivadas de las conclusiones del Consejo de 18 de noviembre del 2010 sobre el patrimonio cinematográfico europeo, incluidos los retos de la era digital (19). |
A partir de 2011. |
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Estados miembros y Comisión: |
Introducción del Sello de Patrimonio Europeo (20). |
La Comisión preparará los modelos para la presentación de solicitudes y las líneas directrices para facilitar los procedimientos de selección y control, en cooperación directa con el tribunal europeo de selección. |
2011-2012 |
Primeras selecciones de sitios dentro del procedimiento transitorio. |
2013-2014 |
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Comisión: |
Prevención y lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales. |
Cuando se conozcan los resultados del estudio que se está realizando sobre la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales (previsto para mitad de 2011), la Comisión procederá a una intensificación de la colaboración entre sus servicios. El grupo o grupos que cree la Comisión (21) en cooperación con los Estados miembros podrían proponer un conjunto de instrumentos que incluya las directrices en materia de buenas prácticas y un código deontológico sobre la diligencia debida en la lucha contra el tráfico ilícito y el robo, partiendo de los documentos y códigos existentes y teniendo en cuenta los instrumentos pertinentes de la Unión a este respecto. |
2012-2013 Conjunto de instrumentos sobre la lucha contra el tráfico ilícito y el robo. |
Comisión: |
Análisis de los sistemas de valoración de las obras de arte. |
Se procederá a una investigación comparativa sobre los sistemas de valoración de las obras de arte en lo que se refiere a las garantías públicas, seguros y responsabilidad compartida. |
Informe en 2012. |
Prioridad E: La cultura en las relaciones exteriores
Agenda Europea para la Cultura — Promoción de la cultura como elemento vital en las relaciones internacionales de la UE (objetivo estratégico 3)
Europa 2020 — Despliegue los instrumentos de política exterior
Actores |
Temáticas |
Instrumentos y métodos de trabajo |
Resultados previstos y calendario indicativo |
Estados miembros y Comisión: |
Elaboración de la orientación estratégica y de la cooperación. |
Se invita a las Presidencias del Consejo a que evalúen la pertinencia de organizar una reunión informal conjunta de altos funcionarios de los Ministerios de Cultura y de altos funcionarios responsables de asuntos culturales en los Ministerios de Asuntos Exteriores, para elaborar una orientación estratégica de la cultura dentro de la Relaciones Exteriores y consolidar la cooperación en ese ámbito. Los altos funcionarios definirán el calendario de sus propios trabajos, los temas que habrán de abordarse y los resultados que se espere obtener. |
2011-2014 |
Elaboración de los instrumentos para compartir la información. |
Como resultado de la reunión de mayo de 2010, celebrada en Mallorca, de los directores generales de Cultura de los Ministerios de Asuntos Exteriores, la Comisión proporcionará un espacio de Internet para intercambiar información, según el modelo acordado. Los Estados miembros y la Comisión actualizarán regularmente sus contenidos respectivos, para que pueda ser un instrumento de cooperación práctica y de debate. |
Puesta en marcha del instrumento de información en 2011. |
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Estados miembros y Comisión: |
Fomento de la ratificación y aplicación de la Convención de 2005 de la Unesco sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales. |
Seguir fomentando la ratificación de la Convención y sus objetivos en las relaciones con los terceros países. Intentar la aplicación de la Convención e integrar los objetivos de la misma en las políticas europeas y nacionales correspondientes. |
De forma continua. |
Comisión: |
Fomento de las relaciones culturales con los terceros países. |
Si fuera necesario, convocar grupos de expertos para alimentar la reflexión sobre asuntos concretos y facilitar la implantación de estrategias sobre las relaciones culturales con los terceros países. Se invitará a los grupos de expertos (22), en particular, a que aborden temas concretos en el plano regional, por ejemplo la cultura y la Vecindad (Euromed, Asociación Oriental, Región del Danubio, etc.), la cultura en las economías emergentes y cultura y desarrollo. |
A partir de 2011 si fuera necesario. |
Prioridad F: Estadísticas culturales
Actores |
Temática |
Instrumentos y métodos de trabajo |
Resultados previstos y calendario indicativo |
Estados miembros y Comisión: |
Mejora de las metodologías sobre estadísticas culturales. |
El informe de la ESSnet, previsto para finales de 2011, sobre las estadísticas culturales servirá de base a los debates sobre la consideración de las recomendaciones y las prioridades y métodos de trabajo para el futuro. |
A partir de 2012. Propuesta de un marco metodológico. |
Comisión: |
Mejora de la información sobre estadísticas culturales. |
Nueva edición del «libro de bolsillo» de Eurostat sobre las estadísticas culturales. |
Publicación en 2011. |
Comisión: |
Mejora de la producción de estadísticas sobre movilidad. |
Un grupo de expertos que creará la Comisión propondrá una orientación compartida sobre el muestreo para la recogida de datos sobre movilidad de los artistas y de los profesionales de la cultura (23). |
2012-2013 Conjunto de instrumentos para las administraciones e instituciones culturales sobre la forma de proceder al muestreo de datos sobre movilidad. |
(1) Los principios que regirán la creación y el funcionamiento de los grupos se indican en el anexo II.
(2) A este respecto véanse las conclusiones del Consejo de 18 de noviembre de 2010 sobre el papel de la cultura en la lucha contra la pobreza y la exclusión social (doc. 15448/10).
(3) Basándose en las recomendaciones formuladas en junio de 2010 por el Grupo del método abierto de coordinación sobre las sinergias entre la cultura de la educación, y en particular la educación artística (plan de trabajo 2008-2010).
(4) La composición de este grupo será un aspecto fundamental para tener en cuenta sus resultados dentro del futuro ciclo de trabajo del marco «ET 2020» (marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación), por lo que se recomendará que participen especialistas de los Ministerios de Educación. Los servicios competentes de la Comisión prestarán apoyo al grupo.
(5) DO L 394 de 30.12.2006, p. 10.
(6) Por ejemplo: Ciudades interculturales (cofinanciado por el programa Culture), Open Cities (cofinanciado por Urbact II) y la red CLIP (Cities for local integration policies, cofinanciada por Eurofound).
(7) Los principios que regirán la creación y el funcionamiento de los grupos se indican en el anexo II
(8) Conclusiones del Consejo, de 10 de mayo de 2010, sobre la contribución de la cultura al desarrollo regional y local (DO C 135 de 26.5.2010, p. 15).
(9) «The entrepreneurial dimension of the cultural and creative industries», Utrecht School of the Arts, octubre de 2010, «Access to finance activities of the European Creative Industry Alliance», Jenny Tooth, enero de 2010.
(10) COM(2010) 183 final.
(11) COM(2010) 352 final.
(12) Los principios que regirán la creación y el funcionamiento de los grupos se indican en el anexo II.
(13) Las «asociaciones creativas» entre la cultura y sectores como la educación y formación, el de los negocios, la investigación y el sector público hacen posible la transferencia de competencias creativas del sector cultural a otros sectores.
(14) Los asesores sectoriales para el empleo y las competencias a nivel de la UE reúnen a los agentes clave de cada sector económico concreto, incluidos los representantes sindicales y de las organizaciones empresariales, y los agentes del sector de la educación y la formación, además de otros, como los que participan en el desarrollo económico.
(15) DO L 95, 15.4.2010, p. 1.
(16) Los principios que regirán la creación y el funcionamiento de los grupos se indican en el anexo II.
(17) COM(2010) 245 final/2.
(18) DO C 137 de 27.5.2010, p. 19.
(19) Doc. 14711/10.
(20) A reserva de que se adopte la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece una acción de la Unión Europea relativa al Sello de Patrimonio Europeo.
(21) Por ser fundamental en este ámbito la combinación de conocimientos especializados, el Grupo estará formado, en particular, por expertos de los Ministerios de Cultura, museos, autoridades judiciales, servicios de aduanas y servicios policiales.
(22) Si fuera necesario, otros servicios de la Comisión se asociarán estrechamente a estas tareas.
(23) El grupo incluirá miembros de ESSnet y representantes de los proyectos piloto pertinentes.
ANEXO II
Principios aplicables a la creación y funcionamiento de los grupos creados por los Estados miembros en el marco del plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014)
— |
La participación de los Estados miembros en el trabajo de los grupos será voluntaria, y los Estados miembros podrán participar en los grupos en todo momento. |
— |
Cada Estado miembro interesado en participar en los trabajos de los grupos nombrará un experto como miembro del grupo. El Estado miembro procurará que el experto nombrado tenga experiencia práctica nacional en el ámbito de que se trate y se encargará del enlace con las autoridades nacionales competentes. La Comisión coordinará los procedimientos de nombramiento de los expertos. Con objeto de lograr el perfil de experto más adecuado para cada tema los Estados miembros podrán, si fuera necesario, un experto distinto para cada nuevo ámbito temático. |
— |
Los grupos abordarán de forma sucesiva los objetivos definidos en el plan de trabajo, respetando, en la medida de lo posible, el calendario a que se refiere el anexo I. |
— |
La definición y el calendario de los objetivos podrán revisarse, cuando se proceda al estudio a mitad de periodo, en función de los resultados cosechados y de los acontecimientos políticos que se vayan produciendo en la Unión. |
— |
Cada grupo nombrará a su presidente o a sus copresidentes para cada ámbito temático dentro de sus prioridades. |
— |
Cada grupo podrá decidir invitar, en función de las necesidades, a expertos independientes de otros sectores para que contribuyan asesorándole en sus trabajos. |
— |
Los grupos podrán invitar, de la forma adecuada y cuando sea necesario, a los representantes de las plataformas del diálogo estructurado de la sociedad civil a que participen en puntos concretos de sus trabajos. |
— |
Los presidentes de los grupos informarán, según sea necesario, al Comité de Asuntos Culturales sobre la marcha de los trabajos de los grupos respectivos. Se dará al Comité de Asuntos Culturales la oportunidad de dar a los grupos orientaciones para garantizar el resultado deseado y la coordinación de sus trabajos. |
— |
Para cada objetivo mencionado en el anexo I los grupos presentarán un informe sobre los trabajos realizados que contenga resultados concretos y aprovechables. Dependiendo del objetivo, estos resultados podrán tener la forma de un manual de buenas prácticas, guías políticas o recomendaciones de actuación. Los informes podrán igualmente recomendar que se elabore cualquier instrumento pertinente, en la forma oportuna, para su uso por la Comisión o por los Estados miembros. |
— |
Los órdenes del día y las actas de las reuniones de todos los grupos se pondrán sistemáticamente a disposición de todos los Estados miembros, con independencia de su grado de participación en cada ámbito determinado. Los informes de los grupos se publicarán. |
— |
La Comisión prestará apoyo logístico y servicio de secretaría a los grupos. En lo posible, apoyará también a los grupos en sus trabajos por cualquier otro medio adecuado (incluso con estudios sobre sus respectivos ámbitos de trabajo). |
— |
Los informes mencionados servirán de base para el informe final de la Comisión sobre la ejecución del plan de trabajo. |