16.12.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 320/6


Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, el 21 de noviembre de 2008, sobre la movilidad de los jóvenes

(2008/C 320/03)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:

1.

En sus sesiones celebradas en Lisboa en marzo de 2000 y en Barcelona en marzo de 2002, el Consejo Europeo acordó establecer un objetivo estratégico consistente en convertir a la Unión Europea antes de 2010 en la economía y la sociedad del conocimiento más competitivas y dinámicas del mundo, conseguir que los sistemas de enseñanza y de formación de la Unión Europea se conviertan en una referencia de calidad mundial antes de 2010 y crear un Espacio Europeo de Investigación e Innovación.

2.

El Consejo Europeo, reunido en Bruselas en marzo de 2008, adoptó el objetivo de suprimir los obstáculos a la libre circulación de los conocimientos, mediante la creación de una «quinta libertad» que, entre otras cosas, supondría un mayor nivel de movilidad transfronteriza de investigadores, estudiantes, científicos y personal docente de las universidades.

3.

Las Decisiones del Parlamento Europeo y del Consejo por las que se establecen programas de acción para el período comprendido entre 2007 y 2013 en el ámbito de la educación y de la formación permanentes y durante la juventud tienen como objetivo el fomento de la movilidad; por otro lado, los programas y acciones europeos en los ámbitos de la investigación y de las políticas empresariales, así como los fondos estructurales, comparten también ese mismo objetivo.

4.

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la Carta Europea de Calidad para la Movilidad (2006) proponía una serie de principios clave a fin de garantizar las mejores condiciones posibles para preparar, asistir y evaluar los períodos de movilidad de un joven en otro Estado miembro.

5.

Los procesos de Bolonia para la enseñanza superior y de Copenhague para la educación y la formación profesional pretenden crear un espacio europeo en el que se facilite la movilidad de estudiantes y profesores, aumente la transparencia en el reconocimiento de titulaciones y períodos de estudio y formación y mejore la cooperación interinstitucional.

6.

Los distintos instrumentos europeos existentes (EQE, ECTS, Europass) y futuros (ECVET) están destinados a permitir que los ciudadanos europeos obtengan un mayor reconocimiento de sus titulaciones y sus competencias y las mejoren, así como a facilitarles información sobre las oportunidades de aprendizaje en toda Europa (portales PLOTEUS y «Estudiar en Europa») (1).

7.

Las conclusiones del Consejo sobre competencias interculturales, de mayo de 2008, ponen de relieve la contribución de la movilidad en la adquisición de dichas competencias.

8.

La Recomendación del Consejo sobre la movilidad de los jóvenes voluntarios en la Unión Europea, de 20 de noviembre de 2008, se ocupa de las cuestiones relacionadas específicamente con la movilidad de los jóvenes voluntarios.

CELEBRA el informe del Foro de expertos de alto nivel sobre movilidad, publicado por la Comisión Europea en junio de 2008 (2) en respuesta a la petición del Consejo de desarrollar y ampliar la movilidad de grupos distintos de los estudiantes, haciendo partícipes a otros tipos de público joven, así como el informe del Comité Económico y Social Europeo de 29 de mayo de 2008 titulado «Fomentar mejor la movilidad de los jóvenes en Europa: aspectos prácticos y calendario».

CONSCIENTE de que:

La movilidad de los jóvenes en Europa, basada en el principio de libre circulación garantizado a todo ciudadano europeo, que constituye el núcleo de la cooperación europea en materia de educación y formación, sea formal, informal o no formal, y supone un reto crucial para la Europa del conocimiento, es un instrumento importante para:

fomentar el sentimiento de pertenencia europea,

favorecer la inserción social y profesional,

garantizar la competitividad de la economía europea en un entorno mundializado.

OBSERVA que:

Aunque el programa Erasmus ha presentado óptimos resultados, la movilidad de los jóvenes, sigue siendo con demasiada frecuencia la excepción, incluso en el caso de los estudiantes, de los cuales sólo un porcentaje reducido viaja a otro Estado miembro para estudiar o para formarse en una empresa. Se caracteriza por una distribución desigual según los sectores y los tipos de formación, las disciplinas, los países y la condición social, como consecuencia de la falta de información, de los problemas de financiación y del reconocimiento insuficiente de los períodos de estudio en el extranjero en los cursos. La movilidad aún no se conoce suficientemente, debido a la falta de información de buena calidad y de estadísticas fiables y comparables fuera del marco de los programas comunitarios.

DESTACA LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS:

1.

La movilidad se refiere a todo joven europeo, sea alumno, estudiante, aprendiz, voluntario, profesor, joven investigador, formador, profesional que trabaje con jóvenes, empresario o se encuentre en el mercado laboral.

2.

La movilidad se ha de entender principalmente como movilidad física, lo que supone permanecer en otro país por estudios, prácticas profesionales, trabajo social o formación adicional en el contexto del aprendizaje permanente. No obstante, «la movilidad virtual», es decir, el uso de las TIC para fomentar colaboraciones o intercambios a larga distancia con jóvenes de otros países como parte de un proyecto estructurado de enseñanza o formación puede también contribuir significativamente a la movilidad, en particular en el contexto escolar.

3.

La movilidad debe concebirse no como un fin en sí misma, sino como una forma especialmente propicia para reforzar la ciudadanía y la competitividad europeas, ampliar y enriquecer la formación y las experiencias de los jóvenes y potenciar sus facultades de adaptación y su empleabilidad, así como para desarrollar su comprensión intercultural mediante el dominio de idiomas y el conocimiento de otras culturas.

4.

Una política ambiciosa y transversal de movilidad en Europa eficaz ha de despertar en todos los jóvenes un deseo de movilidad, debe perseguir el objetivo de que, paulatinamente, los períodos de movilidad en otro país europeo se conviertan en norma para todos y ha de disponer de una financiación adecuada para hacer frente a este reto. Se debe prestar una atención especial a los estudiantes que, debido a su procedencia socioeconómica o a sus necesidades específicas requieran ayuda financiera adicional. Dicha política también debe centrarse en mecanismos de preparación y apoyo a la movilidad, así como de reconocimiento de los resultados de aprendizaje de un período de movilidad, y promover la movilidad de profesores y formadores, que desempeñan un papel clave en estos mecanismos.

5.

El objeto de dicha política de movilidad es sobre todo la movilidad intraeuropea, pero también puede contribuir al fomento de la movilidad entre Europa y terceros países.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS A:

1.

adoptar el objetivo de establecer paulatinamente como norma, y no como excepción, la realización de períodos de aprendizaje en el extranjero para todos los jóvenes europeos, mediante el aumento de las oportunidades de movilidad transfronteriza en los distintos ámbitos de la enseñanza y de la formación, teniendo al mismo tiempo debidamente en cuenta los marcos y las legislaciones nacionales en el ámbito de las actividades de voluntariado;

2.

cumplir, con tal fin los objetivos fijados para el período 2007-2013 en los programas de la Unión Europea en los ámbitos de la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y la investigación;

3.

esforzarse, sobre la base de los trabajos del Foro de expertos de alto nivel, por alcanzar en la medida de lo posible los siguientes objetivos después de 2013:

3.1.

Todo joven debe tener la oportunidad de participar en algún tipo de movilidad, bien sea durante sus estudios o formación, bajo la forma de prácticas profesionales, o en el contexto de actividades de voluntariado. En particular:

cada escolar de la enseñanza general o de la enseñanza profesional debe tener la oportunidad de participar en algún programa de movilidad durante sus estudios,

cada estudiante de enseñanza superior debe tener la oportunidad de cursar un período de estudio o formación o de prácticas profesionales en el extranjero. Se debe incitar a las instituciones de enseñanza superior a que incorporen dichos períodos de movilidad como parte de sus disciplinas, tanto en el primer ciclo como en el segundo,

se deben aumentar significativamente las oportunidades de movilidad en el contexto de la enseñanza y formación profesional.

3.2.

Se debe incrementar la movilidad de los profesores, formadores y otros docentes, especialmente en el marco de los programas existentes.

4.

poner en práctica estos objetivos a distintos niveles, con el fin de aumentar las oportunidades de movilidad de que disponen los jóvenes, y crear asociaciones para la movilidad en las que participen todos los interesados —los poderes públicos, las empresas, los centros educativos y de formación— y la sociedad civil.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, adopten medidas que tengan en cuenta las situaciones y las legislaciones nacionales, con vistas a suprimir los obstáculos a la movilidad en los distintos ámbitos, así como a garantizar el reconocimiento de los períodos de estudios y de formación realizados en el extranjero. En el marco de los distintos ejercicios del método abierto de coordinación en la educación y la formación, la cultura y la juventud, velarán en particular por:

1.   Desarrollar el alcance de la movilidad para todos los jóvenes

1.1.

mejorar la gestión del apoyo público a la movilidad, facilitando la intervención coordinada de los agentes políticos (Unión Europea, Estado, poderes regionales y locales) y administrativos (en particular los organismos nacionales encargados de la gestión de los programas comunitarios);

1.2.

aprovechar plenamente todas las posibilidades actuales de movilidad que ofrecen los programas de la Unión Europea que ofrecen una movilidad virtual, y en los que participen no sólo jóvenes, sino también, más en general, personal docente;

1.3.

tener en cuenta las necesidades, en particular financieras, de los estudiantes menos favorecidos que, en otro caso, no podrían beneficiarse de los programas de movilidad;

1.4.

fomentar la creación de nuevas oportunidades de movilidad, en especial mediante:

la ampliación de las colaboraciones que comprendan períodos reconocidos de movilidad en otros centros o estructuras, en particular asociativas,

el aumento de los diplomas dobles o conjuntos,

la intensificación del apoyo a la movilidad en el ámbito de la formación profesional de los jóvenes, incluidos los aprendices,

un mayor recurso a las estancias culturales y lingüísticas,

el fomento de las agrupaciones de estudiantes, también de los inscritos en las escuelas de arte europeas, con objeto de que realicen proyectos comunes,

la constitución de módulos de formación complementaria ofrecidos por centros de enseñanza superior, por ejemplo, cursos de verano,

el aumento de la movilidad entre empresas y entre éstas y el mundo de la enseñanza, la formación y la investigación,

la creación de oportunidades de intercambios en el marco de las actividades de voluntariado.

2.   Informar mejor sobre todos los programas de movilidad existentes

2.1.

sensibilizar sobre las ventajas de la movilidad a los jóvenes y las personas que trabajan o conviven con ellos, en particular sus familias, profesores y personal educativo, así como a los profesionales que trabajan con jóvenes, y facilitar para ello, por todos los medios, el acceso de esas personas a la información;

2.2.

seguir potenciando la promoción y la ejecución de los programas de la Unión Europea en los ámbitos de la enseñanza, la juventud, la cultura, la ciudadanía y la investigación.

3.   Simplificar los procedimientos

3.1.

seguir simplificando los procedimientos de aplicación de los programas de la Unión Europea, prestando especial atención a la generalización de los convenios plurianuales, sobre todo en el ámbito de la enseñanza y la formación profesional, convenios que son condición previa para el establecimiento de asociaciones permanentes entre los centros de formación y las empresas;

3.2.

entablar o favorecer el desarrollo de una estrategia de incentivos financieros para los organismos y otros agentes interesados, sobre todo los profesores, los formadores y otros profesionales que trabajen con jóvenes, organicen la movilidad europea de los jóvenes a su cargo;

3.3.

mejorar el reconocimiento de los frutos derivados de la movilidad, generalizando en la medida de lo posible la validación de los resultados del aprendizaje realizado en todo período de movilidad efectuado en Europa, validación facilitada por el establecimiento, de aquí a 2010, de correspondencias entre los sistemas de certificación de los Estados miembros y el marco europeo de cualificaciones y por instrumentos europeos como el Europass, el Youthpass, los créditos ECTS y el sistema ECVET (sistema europeo de transferencia de créditos de formación profesional).

4.   Ampliar y diversificar las fuentes de financiación de la movilidad de la juventud

4.1.

apoyar la movilidad juvenil mediante una financiación comunitaria adecuada, dentro de los límites del marco financiero, especialmente mediante los Fondos Estructurales (y sobre todo aprovechando mejor las posibilidades que brinda el Fondo Social Europeo), y, a largo plazo, adaptando sus orientaciones y su gestión en función de las prioridades de los Estados miembros de modo que tengan en cuenta el objetivo de la movilidad;

4.2.

potenciar una mayor diversificación y mejorar la complementariedad de las formas de financiación de los proyectos de movilidad juvenil, recurriendo a fuentes de financiación públicas y privadas, dentro de los límites de sus capacidades respectivas (Estado, poderes regionales y locales, empresas, instituciones bancarias, incluido el Banco Europeo de Inversiones, fundaciones, asociaciones profesionales europeas, etc.);

4.3.

tener en cuenta las necesidades financieras específicas de los estudiantes con procedencias socioeconómicas menos favorables o con necesidades específicas, con el fin de que puedan participar en los programas de movilidad.

5.   Aplicar a todas las formas de movilidad juvenil los principios de la Carta Europea de Calidad para la Movilidad en la educación y la formación, en particular por lo que se refiere a los procedimientos de preparación, seguimiento y evaluación de los períodos de movilidad

5.1.

estimular los intercambios de prácticas idóneas con respecto al aumento de la capacidad de acogida de los jóvenes europeos que se desplazan y la mejora de su calidad;

5.2.

invitar a los responsables a que mejoren las condiciones de alojamiento, de vida y de trabajo de los jóvenes europeos que se desplazan, especialmente en los campus de enseñanza superior;

5.3.

mejorar la preparación lingüística y cultural de los jóvenes para la movilidad.

6.   Conocer mejor la movilidad de los jóvenes

6.1.

realizar un inventario de los flujos de movilidad que se están produciendo en Europa, mediante la consolidación y, si procede, la recopilación de datos estadísticos fiables y comparables;

6.2.

divulgar y compartir mejor las encuestas existentes;

6.3.

cuando proceda, realizar estudios de impacto en los que se evalúen las aportaciones concretas que supone la movilidad para los jóvenes europeos, desde el punto de vista cultural, educativo y profesional.

INVITA A LA COMISIÓN EUROPEA A:

1.

establecer un plan de trabajo para integrar las actuaciones en pro de la movilidad transfronteriza en todos los programas europeos, en particular, estableciendo mecanismos destinados a promover los programas entre los jóvenes y facilitando la creación, junto con las autoridades competentes, de «ventanillas únicas», así como de un portal europeo de la movilidad juvenil, para garantizar una mejor divulgación de la información entre éstos y las instituciones competentes, para aprovechar en cada programa las posibilidades de acciones de movilidad virtual y para generar efectos multiplicadores entre los distintos programas;

2.

publicar, para finales de 2010, un informe sobre el desarrollo a medio plazo de la movilidad juvenil en Europa y elaborar informes periódicos incluidos en el informe intermedio conjunto cada 4 años sobre la situación de la movilidad juvenil y del profesorado en la Unión Europea;

3.

confeccionar una guía, destinada a los Estados miembros, a las autoridades regionales y locales y a los centros de enseñanza y de formación, así como a los agentes asociados a las políticas de juventud, con el fin de facilitar su acceso a las demás políticas europeas en apoyo de la movilidad, como los Fondos Estructurales y las políticas y programas de investigación;

4.

estudiar la viabilidad de establecer nuevos mecanismos de ayuda económica que ayuden a los jóvenes a beneficiarse de períodos de movilidad transfronteriza de aprendizaje, incluida la posibilidad de obtener préstamos europeos para estudios, e informar al Consejo de los progresos realizados.


(1)  http://www.ec.europa.eu/ploteus, http://www.study-in-europe.org

(2)  http://ec.europa.eu/education/doc/2008/mobilityreport_en.pdf