15.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 188/98


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1220 DE LA COMISIÓN

de 14 de julio de 2022

por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al formato en el que las sucursales de empresas de terceros países y las autoridades competentes deben comunicar la información a que se refiere el artículo 41, apartados 3 y 4, de dicha Directiva

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifica la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (1), y en particular su artículo 41, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

Es necesario garantizar que la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) y las autoridades competentes afectadas reciban toda la información necesaria para supervisar las sucursales de empresas de terceros países y velar por que dicha información se trate de manera eficiente y rápida. Por consiguiente, la información a que se refiere el artículo 41, apartados 3 y 4, de la Directiva 2014/65/UE debe presentarse en una lengua habitual en el ámbito de las finanzas internacionales.

(2)

El artículo 39, apartado 2, de la Directiva 2014/65/UE exige que las sucursales de empresas de terceros países que deseen prestar servicios de inversión o realizar actividades de inversión en el territorio de un Estado miembro obtengan la autorización previa de la autoridad competente de dicho Estado miembro. Estas sucursales no están autorizadas a prestar servicios de inversión o realizar actividades de inversión en Estados miembros distintos del Estado miembro en el que dichas sucursales hayan recibido su autorización. No obstante, la Comisión Europea puede adoptar una decisión de equivalencia de conformidad con el artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), en la que se declare que el marco jurídico y de supervisión de dicho tercer país con respecto a las empresas de servicios de inversión es equivalente al que se aplica en la Unión. En tal caso, las sucursales autorizadas de empresas de servicios de inversión que entren en el ámbito de aplicación de dicha decisión de equivalencia seguirían siendo supervisadas por la autoridad competente del Estado miembro en el que estén establecidas dichas sucursales, independientemente de que presten servicios transfronterizos o realicen actividades transfronterizas. Por consiguiente, es necesario garantizar que el formato para la comunicación de la información a que se refiere el artículo 41, apartado 3, de la Directiva 2014/65/UE también sea adecuado para la comunicación de los servicios y actividades transfronterizos de dichas sucursales.

(3)

Con arreglo al artículo 41, apartado 3, de la Directiva 2014/65/UE, las sucursales de empresas de terceros países que hayan sido autorizadas de conformidad con el artículo 41, apartado 1, de dicha Directiva deben comunicar anualmente a la autoridad competente del Estado miembro en el que se haya concedido la autorización la información prevista en el apartado 3 de dicho artículo 41. Con el fin de armonizar no solo el formato, sino también el calendario de notificación, es necesario incluir un plazo para la comunicación de dicha información a las autoridades competentes.

(4)

El presente Reglamento se basa en los proyectos de normas técnicas de ejecución presentados por la AEVM a la Comisión.

(5)

La AEVM ha llevado a cabo una consulta pública abierta sobre los proyectos de normas técnicas de ejecución en que se basa el presente Reglamento, ha analizado los costes y beneficios potenciales correspondientes y ha recabado el dictamen del Grupo de partes interesadas del sector de valores y mercados, establecido de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Formato de la información que las sucursales de empresas de terceros países deben comunicar anualmente a las autoridades competentes

1.   La sucursal de una empresa de un tercer país autorizada de conformidad con el artículo 41, apartado 1, de la Directiva 2014/65/UE utilizará el formato establecido en el anexo I para comunicar la información a que se refiere el artículo 41, apartado 3, de dicha Directiva. No obstante, cuando la empresa del tercer país esté sujeta a una decisión de equivalencia con arreglo a lo dispuesto en el artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 600/2014, la sucursal de dicha empresa de un tercer país utilizará el formato establecido en el anexo II para aquellos servicios y actividades recogidos en dicha decisión de equivalencia.

2.   La información a que se refiere el apartado 1 se presentará en una lengua habitual en el ámbito de las finanzas internacionales.

3.   La información a que se refiere el apartado 1 se presentará a más tardar el 30 de abril de cada año y abarcará el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año natural anterior. La información facilitada será exacta a 31 de diciembre del año anterior.

Artículo 2

Formato de la información que debe comunicarse a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) a petición de las autoridades competentes

A efectos del artículo 41, apartado 4, de la Directiva 2014/65/UE, las autoridades competentes notificarán a la AEVM los siguientes campos de los anexos I y II:

1)

período de comunicación: 1a y 1b y, en su caso, 19a y 19b;

2)

nombre de la empresa del tercer país y de la sucursal: 2a y 2d y, en su caso, 20a y 20d;

3)

servicios y actividades de inversión y servicios auxiliares que se prevé que preste la sucursal: 3a, 3b, 3c, 3d, 3e, 3f, 3g y 3h y, en su caso, 21a, 21b, 21c, 21d, 21e, 21f, 21g y 21h;

4)

número de clientes y contrapartes y número de empleados de la sucursal: 4a, 4b, 4c, 4d y, en su caso, 22a, 22b y 22c;

5)

volumen de negocios y valor agregado de los activos de la sucursal: 5a, 5b, 5c y, en su caso, 23a, 23b y 23c.

Artículo 3

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)  DO L 173 de 12.6.2014, p. 349.

(2)  Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo a los mercados de instrumentos financieros y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO L 173 de 12.6.2014, p. 84).

(3)  Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/77/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 84).


ANEXO I

Formato para la presentación de la información a que se refiere el artículo 41, apartados 3 y 4, de la Directiva 2014/65/UE (1)

#

Campo

Subcampos

1a

Período de comunicación

Fecha de inicio de la comunicación de la información para el año natural

(AAAA-MM-DD)

1b

Fecha de finalización de la comunicación de la información para el año natural

(AAAA-MM-DD)

2a

Nombre y datos de contacto de la empresa del tercer país, incluidos los datos de la sucursal, de la persona encargada de presentar la información y de las autoridades del tercer país responsables de la supervisión de la empresa del tercer país

Razón social completa de la sucursal y código de identificación de entidad jurídica (LEI)

2b

Dirección de la sucursal

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

2c

Datos de contacto de la sucursal, incluidos la dirección de correo electrónico, el número de teléfono y los datos del sitio web

2d

Denominación legal completa de la empresa del tercer país y, en su caso, identificador de entidad jurídica (LEI)

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

2e

Domicilio social de la administración central de la empresa del tercer país

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

2f

Datos de contacto de la empresa del tercer país, incluidos la dirección de correo electrónico, el número de teléfono y los datos del sitio web

2g

País de la administración central de la empresa del tercer país

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

2h

Nombre, dirección y país de la autoridad responsable de la supervisión de la empresa del tercer país en el tercer país. Cuando más de una autoridad sea responsable de la supervisión de la empresa del tercer país, se facilitarán los detalles y los ámbitos de competencia respectivos por autoridad

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

2i

Nombre completo de la persona de contacto

2j

Dirección de la persona de contacto

2k

Número de teléfono de la persona de contacto

2l

Dirección de correo electrónico de la persona de contacto

2m

Función/cargo de la persona de contacto

3a

Servicios de inversión, actividades de inversión y servicios auxiliares prestados por la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida, durante el período de comunicación

La lista de servicios de inversión, actividades de inversión y servicios auxiliares (especificados en las secciones A y B del anexo I de la Directiva 2014/65/UE) prestados por la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida

3b

La lista de categorías de instrumentos financieros (según se especifica en la sección C del anexo I de la Directiva 2014/65/UE) en relación con los cuales se han realizado dichos servicios y actividades

3c

Cuando la sucursal preste servicios de gestión de carteras, el valor total de los activos gestionados para clientes en el Estado miembro en el que esté establecida al final del período de comunicación

3d

Cuando la sucursal preste servicios de gestión de carteras, el valor medio de los activos gestionados para clientes en el Estado miembro en el que esté establecida durante el período de comunicación

3e

Cuando la sucursal preste asesoramiento en materia de inversión, el valor total de los activos en relación con los cuales se haya prestado asesoramiento en materia de inversión para clientes en el Estado miembro en el que esté establecida al final del período de comunicación

3f

Cuando la sucursal preste asesoramiento en materia de inversión, el valor medio de los activos en relación con los cuales se haya prestado asesoramiento en materia de inversión para clientes en el Estado miembro en el que esté establecida durante el período de comunicación

3g

Cuando la sucursal preste el servicio auxiliar de custodia y administración de instrumentos financieros por cuenta de clientes o mantenga fondos de clientes, el valor total de los activos (incluido el efectivo) que haya mantenido para clientes en el Estado miembro en el que esté establecida al final del período de comunicación

3h

Cuando la sucursal preste el servicio auxiliar de custodia y administración de instrumentos financieros por cuenta de clientes o mantenga fondos de clientes, el valor medio de los activos (incluido el efectivo) que haya mantenido para clientes en el Estado miembro en el que esté establecida durante el período de comunicación

4a

Número de clientes y contrapartes y número de empleados de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida, durante el período de comunicación

El número total de clientes y contrapartes de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida

4b

El desglose del número total de clientes y contrapartes de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida por servicio de inversión, actividad de inversión o servicio auxiliar prestado en ese Estado miembro

4c

El número de clientes minoristas, clientes profesionales y contrapartes elegibles (según lo establecido en la Directiva 2014/65/UE) a los que la sucursal presta servicios de inversión, actividades de inversión o servicios auxiliares en el Estado miembro en el que está establecida

4d

El desglose del número de empleados de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida por servicio de inversión, actividad de inversión o servicio auxiliar prestado en el Estado miembro

5a

Volumen de negocios y valor agregado de los activos de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida, durante el período de comunicación

El volumen de negocios generado por la sucursal y el valor agregado de los activos correspondientes a los servicios de inversión, las actividades de inversión y los servicios auxiliares prestados en el Estado miembro en el que esté establecida

5b

El desglose del volumen de negocios de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida por servicio de inversión, actividad de inversión y servicio auxiliar prestados en ese Estado miembro

5c

El desglose del volumen de negocios de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida por categoría de cliente, tal como se establece en la Directiva 2014/65/UE

6

Cuando la sucursal opere por cuenta propia, información sobre la exposición de la empresa del tercer país durante el período de comunicación frente a las contrapartes en el Estado miembro en el que esté establecida dicha sucursal

La exposición mensual mínima, media y máxima frente a las contrapartes en el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal

7

Cuando la sucursal suscriba instrumentos financieros o coloque instrumentos financieros sobre la base de un compromiso firme, información sobre el valor de los instrumentos financieros con origen en contrapartes en el Estado miembro en el que dicha sucursal esté establecida y suscritos o colocados sobre la base de un compromiso firme durante el período de comunicación

El valor total y el número de instrumentos financieros con origen en contrapartes en el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal y suscritos o colocados por ella sobre la base de un compromiso firme

8a

Composición del órgano de dirección de la empresa del tercer país

Lista de miembros del órgano de dirección de la empresa del tercer país

8b

Nombre completo, país de domicilio y datos de contacto de cada miembro del órgano de dirección

8c

El cargo en el que se nombra a cada uno de los miembros del órgano de dirección

9a

Titulares de funciones clave para las actividades de la sucursal

Lista de los titulares de funciones clave para las actividades de la sucursal

9b

Nombre completo, país de domicilio y datos de contacto de cada titular de funciones clave

9c

Cargo en el que se nombra a cada uno de los titulares de funciones clave

9d

Líneas jerárquicas entre los titulares de funciones clave y el órgano de dirección de la empresa del tercer país

10

Información sobre las reclamaciones recibidas por la sucursal o por la empresa del tercer país en relación con las actividades de la sucursal en el Estado miembro en el que esta última esté establecida y durante el período de comunicación

El número de reclamaciones recibidas por la sucursal o por la empresa del tercer país en relación con las actividades de la sucursal en el Estado miembro en el que esta última esté establecida, junto con:

un desglose de los cinco instrumentos financieros que generan el mayor número de reclamaciones;

un desglose de los cinco temas más frecuentes de las reclamaciones;

el número de reclamaciones tramitadas durante el período de comunicación;

las disposiciones adoptadas para tramitar con diligencia las reclamaciones.

11a

Descripción de las actividades de comercialización de la sucursal o de la empresa del tercer país en relación con las actividades de la sucursal en el Estado miembro en el que esta última esté establecida y durante el período de comunicación

Una descripción de la estrategia de comercialización de la sucursal o de la empresa del tercer país utilizada en el Estado miembro en el que dicha sucursal esté establecida en relación con las actividades de la sucursal, incluidos detalles sobre su ámbito geográfico y los medios de comercialización utilizados por la empresa del tercer país (por ejemplo, agentes, campañas itinerantes, llamadas telefónicas, sitios web)

11b

La lista de los nombres comerciales utilizados por la sucursal de la empresa del tercer país en el Estado miembro en el que dicha sucursal esté establecida l, junto con, para cada nombre comercial:

las categorías de instrumentos financieros en relación con los cuales se utiliza, así como

las categorías de clientes en relación con los cuales se utiliza

11c

En el caso de los agentes o entidades similares utilizados por la sucursal de la empresa del tercer país en ese Estado miembro, el nombre de la persona física o entidad, junto con la dirección y los datos de contacto

11d

La lista de los sitios web utilizados por la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida, junto con el URL de cada sitio web

12a

Descripción de los mecanismos de protección de los inversores de la empresa del tercer país a disposición de los clientes de la sucursal en el Estado miembro en el que esta última esté establecida, incluidos los derechos de dichos clientes resultantes del sistema de indemnización de los inversores a que se refiere el artículo 39, apartado 2, letra f), de la Directiva 2014/65/UE

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

Información y comunicación a los clientes

Descripción de las disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país en lo que respecta a sus obligaciones de información y comunicación a los clientes y de las medidas de ejecución para las operaciones de la sucursal en el Estado miembro en el que esta última esté establecida

12b

La lengua o lenguas que la sucursal utilizará con sus clientes en el Estado miembro en el que esté establecida

12c

Idoneidad y conveniencia

Descripción de las disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para evaluar la idoneidad o conveniencia, según el caso, cuando la sucursal preste servicios a clientes en el Estado miembro en el que esté establecida

12d

Ejecución óptima

Cuando la sucursal ejecute órdenes para sus clientes en el Estado miembro en el que esté establecida, descripción de las disposiciones adoptadas para ejecutar esas órdenes de clientes en las condiciones más favorables para ellos

12e

Normas de gestión de órdenes de clientes

Cuando la sucursal gestione órdenes de clientes, descripción de las disposiciones que haya adoptado para la ejecución rápida, equitativa y diligente de dichas órdenes, centrándose en las operaciones que lleve a cabo en el Estado miembro en el que esté establecida

12f

Mecanismos de gobernanza de productos

Cuando la empresa de un tercer país fabrique o distribuya, a través de su sucursal, instrumentos financieros, descripción de los mecanismos de gobernanza de productos establecidos por la empresa del tercer país para las operaciones de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida esta última

12g

Disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para detectar, prevenir y gestionar los conflictos de intereses

Descripción de las disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país, a través de su sucursal, para detectar y prevenir o gestionar los conflictos de intereses que surjan durante la prestación de servicios de inversión y auxiliares, incluidos los derivados de la política de remuneración de las personas que participan en la prestación de servicios de inversión, actividades de inversión y servicios auxiliares prestados en el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal

12h

Disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para la tramitación de las reclamaciones

Descripción del procedimiento establecido por la empresa del tercer país a través de su sucursal y que deben seguir los clientes de la sucursal para presentar una reclamación

12i

El servicio encargado de tramitar las reclamaciones de los clientes de la sucursal

12j

La lengua o lenguas en que los clientes deben presentar sus reclamaciones

12k

Los órganos jurisdiccionales pertinentes (en caso de litigio) a que se refiere cualquier acuerdo contractual entre la empresa del tercer país que actúe a través de su sucursal y sus clientes en el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal

12l

La entidad o entidades de resolución alternativa de litigios competentes para tratar litigios en los que estén implicados clientes del Estado miembro en el que esté establecida la sucursal y la empresa del tercer país

12m

Pertenencia de la empresa del tercer país a un régimen de indemnización de los inversores

La descripción de la pertenencia de la empresa del tercer país a un régimen de indemnización de los inversores, indicando si los clientes y contrapartes de la sucursal podrán acogerse a dicho régimen, su ámbito de aplicación, una descripción de las condiciones de admisibilidad y de los importes e instrumentos financieros cubiertos por el régimen

12n

Disposiciones de la empresa del tercer país para proteger y gestionar los fondos y activos de los clientes

La descripción de cualquier disposición de salvaguardia de los fondos o activos de clientes (en particular, cuando los instrumentos y fondos financieros se mantengan en un custodio, el nombre del custodio y los contratos conexos) adoptada en el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal

12o

Otras disposiciones

La descripción de cualquier otra disposición que la empresa del tercer país pueda considerar pertinente para la prestación de servicios y la realización de las actividades de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida esta última de manera honesta, leal y profesional que promueva los intereses de los clientes

13a

Información sobre los acuerdos de externalización de la empresa del tercer país aplicables a las operaciones de la sucursal

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

La lista y la descripción de las funciones externalizadas (o de las que se prevé externalizar)

13b

La descripción de los recursos (en particular, humanos y técnicos, y del sistema de control interno) asignados al control de las funciones, servicios o actividades externalizados, en la medida en que estén relacionados con las operaciones de la sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida

14

Información sobre los mecanismos (incluidas las disposiciones informáticas) establecidos por la empresa del tercer país aplicables a las actividades de la sucursal en relación con la negociación algorítmica, la negociación de alta frecuencia y el acceso electrónico directo

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

Descripción de los mecanismos y recursos (en particular recursos humanos e informáticos) que la empresa del tercer país pueda haber puesto en marcha o asignado a las actividades de su sucursal en el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal para la negociación algorítmica, la negociación de alta frecuencia y el acceso electrónico directo, así como para el control de dichas actividades

15a

Información sobre las actividades de la función de cumplimiento (o equivalente)

Cambios reglamentarios

Descripción de la gestión y aplicación de los cambios significativos y de la evolución de los requisitos reglamentarios durante el período de comunicación que afecten a las disposiciones de protección de los inversores por lo que respecta a las actividades de la sucursal de la empresa del tercer país

15b

Constataciones

El número de controles realizados in situ y externalizados y un resumen de las principales constataciones de la función de cumplimiento sobre las operaciones de la empresa del tercer país, en la medida en que sean pertinentes para las operaciones de la sucursal

15c

Medidas adoptadas o por adoptar (incluso a raíz de reclamaciones o desviaciones de las recomendaciones de la función de cumplimiento dirigidas a la alta dirección) para abordar los fallos o riesgos de incumplimiento detectados por parte de la empresa del tercer país, en la medida en que estén relacionadas con las operaciones de la sucursal

15d

Otros

Cualquier otra información que la sucursal considere pertinente mencionar

16a

Información sobre las actividades de la función de auditoría interna (o equivalente)

Constataciones

Un resumen de las principales constataciones de la función de auditoría interna sobre las operaciones de la empresa del tercer país, en la medida en que sean pertinentes para las operaciones de la sucursal

16b

Medidas adoptadas o por adoptar globalmente (incluidos el calendario y las unidades organizativas de la empresa del tercer país de que se trate) para abordar los fallos o riesgos de incumplimiento detectados por parte de la empresa del tercer país, en la medida en que estén relacionadas con las operaciones de la sucursal

17a

Información sobre las actividades de la función de gestión del riesgo (o equivalente) y la política de gestión del riesgo de la empresa del tercer país

Política de gestión del riesgo

Un resumen de la política de gestión del riesgo de la empresa del tercer país, en la medida en que se refiera a las operaciones de la sucursal y a las disposiciones aplicadas por la sucursal para los servicios y actividades llevados a cabo por la sucursal

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

17b

Constataciones

Un resumen de las principales constataciones de la función de gestión del riesgo sobre las operaciones de la empresa del tercer país en su totalidad y las medidas adoptadas o que deben adoptarse para hacerles frente

18

Cualquier otra información que la sucursal de una empresa del tercer país considere pertinente comunicar a la autoridad competente del Estado miembro en el que esté establecida


(1)  Cualquier información relativa a la prestación de servicios transfronterizos por sucursales de empresas de terceros países está cubierta por el anexo II.


ANEXO II

Formato para la presentación de la información a que se refiere el artículo 41, apartados 3 y 4, de la Directiva 2014/65/UE en caso de que la Comisión haya adoptado una decisión de equivalencia conforme a lo dispuesto en el artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 600/2014

Además de la información exigida en el anexo I del presente Reglamento de Ejecución, las empresas de terceros países que también presten servicios y realicen actividades de inversión en la Unión Europea, de conformidad con el artículo 47, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 600/2014 a través del régimen de equivalencia de terceros países [si se reconocen efectivamente como tales en virtud del artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 600/2014], incluirán también los siguientes campos en su informe a la autoridad competente, tal como se exige en el artículo 41, apartado 3, de la Directiva 2014/65/UE:

#

Campo

Subcampos

19a

Período de comunicación

Fecha de inicio de la comunicación de la información para el año natural

(AAAA-MM-DD)

19b

Fecha de finalización de la comunicación de la información para el año natural

(AAAA-MM-DD)

20a

Nombre y datos de contacto de la empresa del tercer país, incluidos los datos de la sucursal, de la persona encargada de presentar la información y de las autoridades del tercer país responsables de la supervisión de la empresa del tercer país

Razón social completa de la sucursal y código de identificación de entidad jurídica (LEI), en su caso

20b

Dirección de la sucursal

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

20c

Datos de contacto de la sucursal, incluidos la dirección de correo electrónico, el número de teléfono y los datos del sitio web

20d

Denominación legal completa de la empresa del tercer país y, en su caso, identificador de entidad jurídica (LEI)

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

20e

Domicilio social de la administración central de la empresa del tercer país

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

20f

Datos de contacto de la empresa del tercer país, incluidos la dirección de correo electrónico, el número de teléfono y los datos del sitio web

20g

País de la administración central de la empresa del tercer país

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

20h

Nombre, dirección y país de la autoridad responsable de la supervisión de la empresa del tercer país en el tercer país. Cuando más de una autoridad sea responsable de la supervisión de la empresa del tercer país, se facilitarán los detalles y los ámbitos de competencia respectivos por autoridad

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

20i

Nombre completo de la persona de contacto

20j

Dirección de la persona de contacto

20k

Número de teléfono de la persona de contacto

20l

Dirección de correo electrónico de la persona de contacto

20m

Función/cargo de la persona de contacto

21a

Servicios de inversión, actividades de inversión y servicios auxiliares prestados por la sucursal en cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida, durante el período de comunicación

La lista de servicios de inversión, actividades de inversión y servicios auxiliares (especificados en las secciones A y B del anexo I de la Directiva 2014/65/UE) prestados a contrapartes elegibles y clientes profesionales en el sentido de la sección I del anexo II de la Directiva 2014/65/UE, en cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal

21b

La lista de categorías de instrumentos financieros (según se especifica en la sección C del anexo I de la Directiva 2014/65/UE) en relación con los cuales se hayan realizado dichos servicios y actividades

21c

Para cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal preste servicios de gestión de cartera, el valor total de los activos gestionados para clientes en el Estado miembro al final del período de comunicación

21d

Respecto de cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal preste servicios de gestión de cartera, el valor medio de los activos gestionados para clientes en el Estado miembro durante el período de comunicación

21e

Para cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal preste asesoramiento en materia de inversión, el valor total de los activos en relación con los cuales se haya prestado dicho servicio para clientes en el Estado miembro al final del período de comunicación

21f

Para cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal preste asesoramiento en materia de inversión, el valor medio de los activos en relación con los cuales se haya prestado dicho servicio para clientes en el Estado miembro durante el período de comunicación

21g

Para cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal preste el servicio auxiliar de custodia y administración de instrumentos financieros por cuenta de clientes o mantenga fondos de clientes, el valor total de los activos (incluido el efectivo) mantenidos por la sucursal para clientes en el Estado miembro al final del período de comunicación

21h

Para cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal preste el servicio auxiliar de custodia y administración de instrumentos financieros por cuenta de clientes o mantenga fondos de clientes, el valor medio de los activos (incluido el efectivo) mantenidos por la sucursal para clientes en el Estado miembro durante el período de comunicación

22a

Número de clientes y contrapartes de la sucursal en Estados miembros distintos de aquel en el que esté establecida y en total, durante el período de comunicación

El número total de clientes y contrapartes de la sucursal en la Unión Europea (excluido el Estado miembro en el que esté establecida)

22b

El número total de clientes y contrapartes de la empresa del tercer país en total

22c

Respecto de cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal haya prestado servicios de inversión, actividades de inversión o servicios auxiliares, el número total de clientes y contrapartes de la sucursal en ese otro Estado miembro, junto con:

un desglose de este número por servicio de inversión, actividad de inversión o servicio auxiliar prestado en cada Estado miembro, así como

un desglose por categoría de cliente, tal como se establece en la Directiva 2014/65/UE.

23a

Volumen de negocios y valor agregado de los activos de la sucursal en Estados miembros distintos de aquel en el que esté establecida y de la empresa del tercer país en total, durante el período de comunicación

Volumen de negocios de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida) y valor agregado de los activos correspondientes a los servicios y actividades prestados por la empresa del tercer país en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida)

23b

Volumen de negocios mundial de la empresa del tercer país

23c

Para cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal haya prestado servicios de inversión, actividades de inversión o servicios auxiliares, el volumen de negocios y valor agregado de los activos correspondientes a dichos servicios de inversión, actividades de inversión y servicios auxiliares, junto con:

un desglose por servicio de inversión, actividad de inversión o servicios auxiliares prestados en el Estado miembro, así como

un desglose por categoría de cliente, tal como se establece en la Directiva 2014/65/UE

24a

Cuando la sucursal opere por cuenta propia, información sobre la exposición de la empresa del tercer país frente a las contrapartes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) durante el período de comunicación

Respecto de cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal opere por cuenta propia, la exposición mensual mínima, media y máxima frente a las contrapartes en ese Estado miembro

24b

La exposición mensual mínima, media y máxima frente a las contrapartes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

25a

Cuando la sucursal suscriba instrumentos financieros o coloque instrumentos financieros sobre la base de un compromiso firme, información sobre el valor de los instrumentos financieros con origen en contrapartes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que la sucursal esté establecida) y suscritos o colocados sobre la base de un compromiso firme durante el período de comunicación

Respecto de cada Estado miembro distinto de aquel en el que esté establecida la sucursal y en el que la sucursal proporcione la suscripción de instrumentos financieros o la colocación de instrumentos financieros sobre la base de un compromiso firme, el valor total de los instrumentos financieros con origen en contrapartes en el Estado miembro y suscritos o colocados sobre la base de un compromiso firme por la sucursal

25b

El valor total de los instrumentos financieros con origen en contrapartes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) y suscritos o colocados sobre la base de un compromiso firme por la sucursal

26

Información sobre las reclamaciones recibidas por la sucursal o por la empresa del tercer país en relación con las actividades de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) durante el período de comunicación

El número de reclamaciones recibidas por la sucursal o por la empresa del tercer país en relación con las actividades de la sucursal en Estados miembros diferentes de aquel en el que esté establecida la sucursal, junto con:

un desglose por Estado miembro;

un desglose de los cinco instrumentos financieros que generan el mayor número de reclamaciones;

un desglose de los cinco temas más frecuentes de las reclamaciones;

el número de reclamaciones tramitadas durante el período de comunicación;

las disposiciones adoptadas para tramitar con diligencia las reclamaciones.

27a

Descripción de las actividades de comercialización de la sucursal o de la empresa del tercer país en relación con las actividades de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) durante el período de comunicación

Una descripción de la estrategia de comercialización de la empresa del tercer país utilizada en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) en relación con las actividades de la sucursal, incluidos detalles sobre su ámbito geográfico y los medios de comercialización utilizados por la empresa del tercer país (por ejemplo, agentes, campañas itinerantes, llamadas telefónicas, sitios web)

27b

La lista de los nombres comerciales utilizados por la empresa del tercer país en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) junto con, para cada nombre comercial:

la lista de los Estados miembros en los que se utiliza;

las categorías de instrumentos financieros en relación con los cuales se utiliza, así como

las categorías de clientes en relación con los cuales se utiliza.

27c

En el caso de los agentes o entidades similares utilizados por la empresa del tercer país en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal), el nombre de la persona física o entidad, junto con la dirección y los datos de contacto

27d

La lista de los sitios web utilizados por la empresa del tercer país en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) junto con el URL de cada sitio web

28a

Descripción de los mecanismos de protección de los inversores de la empresa del tercer país a disposición de los clientes de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal), incluidos los derechos de dichos clientes resultantes del sistema de indemnización de los inversores a que se refiere el artículo 39, apartado 2, letra f), de la Directiva 2014/65/UE

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

Información y comunicación a los clientes

La descripción de las disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de información y comunicación a los clientes en virtud de los artículos 24 y 25 de la Directiva 2014/65/UE y de las medidas de aplicación para las operaciones de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esta última esté establecida)

28b

La lengua o lenguas que la sucursal utilizará con sus clientes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

28c

Idoneidad y conveniencia

Descripción de las disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para asegurar que cumple con sus obligaciones de evaluación de la idoneidad o conveniencia, según el caso, cuando la sucursal preste servicios a clientes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

28d

Ejecución óptima

Cuando la sucursal ejecute órdenes para sus clientes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal), descripción de las disposiciones adoptadas para asegurar que ejecuta las órdenes de clientes en las condiciones más favorables para ellos

28e

Normas de gestión de órdenes de clientes

Descripción de las disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para la ejecución rápida, equitativa y diligente de las órdenes de clientes, centrándose en las operaciones de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

28f

Mecanismos de gobernanza de productos

Cuando la empresa de un tercer país fabrique o distribuya instrumentos financieros en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal), descripción de los mecanismos de gobernanza de productos establecidos por la empresa del tercer país para sus operaciones en la Unión

28g

Disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para detectar, prevenir y gestionar los conflictos de intereses

Descripción de las disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para detectar y prevenir o gestionar los conflictos de intereses que surjan durante la prestación de servicios de inversión y auxiliares, incluidos los derivados de la política de remuneración de las personas que participan en la prestación de servicios de inversión, actividades de inversión y servicios auxiliares prestados en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

28h

Disposiciones adoptadas por la empresa del tercer país para la tramitación de las reclamaciones

Una descripción del proceso que necesitan seguir los clientes de la empresa del tercer país en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) para presentar una reclamación

28j

El servicio encargado de tramitar las reclamaciones de los clientes de la sucursal

28k

La lengua o lenguas en que los clientes deben presentar sus reclamaciones

28l

Los órganos jurisdiccionales pertinentes (en caso de litigio) a que se refiere cualquier acuerdo contractual entre la empresa del tercer país y sus clientes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

28m

La entidad o entidades de resolución alternativa de litigios competentes para tratar litigios transfronterizos en los que estén implicados clientes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

28n

Pertenencia de la empresa del tercer país a un régimen de indemnización de los inversores

La descripción de la pertenencia de la empresa del tercer país a un régimen de indemnización de los inversores, indicando si los clientes y contrapartes de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) podrán acogerse a dicho régimen, su ámbito de aplicación, una descripción de las condiciones de admisibilidad y de los importes e instrumentos financieros cubiertos por el régimen

28o

Disposiciones de la empresa del tercer país para proteger y gestionar los fondos y activos de los clientes

La descripción de los mecanismos de salvaguardia aplicables a cualquier fondo o activo de clientes en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal), en particular, cuando los instrumentos y fondos financieros se mantengan en un custodio, el nombre del custodio y los contratos conexos

28p

Otras disposiciones

La descripción de cualquier otra disposición que la empresa del tercer país pueda considerar pertinente para la prestación de servicios y la realización de las actividades de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) de manera honesta, leal y profesional que promueva los intereses de los clientes

29a

Información sobre los acuerdos de externalización de la empresa del tercer país aplicables a las operaciones de la sucursal

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

La lista y la descripción de las funciones externalizadas (o las que se prevé externalizar) para la prestación de los servicios de inversión de la sucursal y la realización de sus actividades en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

29b

La descripción de los recursos (en particular, humanos y técnicos, y del sistema de control interno) asignados al control de las funciones, servicios o actividades externalizados, en la medida en que estén relacionados con las operaciones de la sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal)

30

Información sobre los mecanismos (incluidas las disposiciones informáticas) establecidas por la empresa del tercer país aplicables a las actividades de la sucursal en relación con la negociación algorítmica, la negociación de alta frecuencia y el acceso electrónico directo

(deberá facilitarse en caso de modificación de la información previamente comunicada a la autoridad competente)

Descripción de los mecanismos y recursos (en particular recursos humanos e informáticos) que la empresa del tercer país pueda haber puesto en marcha o asignado a las actividades de su sucursal en la Unión (excluido el Estado miembro en el que esté establecida la sucursal) para la negociación algorítmica, la negociación de alta frecuencia y el acceso electrónico directo, así como para el control de dichas actividades

31

Cualquier otra información que la autoridad competente estime necesaria para permitir una supervisión exhaustiva de las actividades de la sucursal en la Unión