12.8.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 289/53 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2021/1339 DE LA COMISIÓN
de 11 de agosto de 2021
por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048, en lo que atañe a la norma armonizada aplicable a los sitios web y a las aplicaciones para dispositivos móviles
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 6, apartado 1, de la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se presume que el contenido de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles que cumpla las normas armonizadas o partes de estas, cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, es conforme a los requisitos de accesibilidad establecidos en el artículo 4 de dicha Directiva que estén cubiertos por dichas normas o partes de ellas. |
(2) |
Sobre la base de la Decisión de Ejecución C(2017) 2585, el Comité Europeo de Normalización (CEN), el Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) y el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) modificaron la norma armonizada EN301 549 v2.1.2 (2018-08), cuyas referencias figuran en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 de la Comisión (3). Esto dio lugar a la adopción de la norma europea armonizada modificativa EN301 549 v3.2.1 (2021-03).La norma europea armonizada EN301 549 v3.2.1 (2021-03) establece, entre otras cosas, requisitos técnicos relativos a la accesibilidad de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles y contiene una correspondencia de las disposiciones pertinentes de la norma con los requisitos en materia de accesibilidad que figuran en el artículo 4 de la Directiva (UE) 2016/2102. |
(3) |
La norma armonizada EN301 549 v3.2.1 (2021-03) actualiza, entre otras cosas, las correspondencias de los cuadros A.1 y A.2 del anexo A que confieren la presunción de conformidad con la Directiva (UE) 2016/2102. La norma también incluye en el anexo E orientaciones sobre su uso y proporciona en el anexo F más información acerca de las modificaciones. |
(4) |
La Comisión, junto con el CEN, el Cenelec y el ETSI, han valorado si las disposiciones pertinentes de la norma europea armonizada EN 301 549 v3.2.1 (2021-03) presentada por el CEN, el Cenelec y ETSI satisfacen la petición que figura en la Decisión de Ejecución C(2017) 2585. |
(5) |
De esa evaluación se desprende que las disposiciones pertinentes de la norma europea armonizada EN 301 549 v3.2.1 (2021-03) satisfacen los requisitos que pretenden cubrir y que se recogen en el anexo II de la Decisión de Ejecución C(2017) 2585. Procede, por tanto, publicar la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
(6) |
Por consiguiente, las referencias de la norma armonizada EN 301 549 v2.1.2 (2018-08) han de retirarse del Diario Oficial de la Unión Europea, ya que esta norma ha sido modificada por la norma europea armonizada EN 301 549 v3.2.1 (2021-03). |
(7) |
Con el fin de disponer de tiempo suficiente para preparar la aplicación de la norma armonizada EN 301 549 V3.2.1 (2021-03), es necesario aplazar la aplicación de la retirada de la norma armonizada EN 301 549 v2.1.2 (2018-08). |
(8) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 en consecuencia. |
(9) |
La conformidad con una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos básicos correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por tanto, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El punto 1) del anexo será aplicable a partir del 12 de febrero de 2022.
Hecho en Bruselas, el 11 de agosto de 2021.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.
(2) Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público (DO L 327 de 2.12.2016, p. 1).
(3) Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2018, sobre la norma armonizada aplicable a los sitios web y a las aplicaciones para dispositivos móviles redactada en apoyo de la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 327 de 21.12.2018, p. 84).
ANEXO
El cuadro del anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 se modifica como sigue:
1) |
Se suprime la fila 1. |
2) |
Se inserta la fila 2 siguiente:
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