2.12.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 310/39 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2019/2000 DE LA COMISIÓN
de 28 de noviembre de 2019
por la que se establece un formato para la comunicación de datos sobre residuos alimentarios y para la presentación del informe de control de calidad de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
[notificada con el número C(2019) 8577]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (1), y en particular su artículo 37, apartado 7,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Directiva 2008/98/CE establece la obligación de que los Estados miembros supervisen y evalúen la aplicación de sus medidas de prevención de los residuos alimentarios mediante la medición de los niveles de residuos alimentarios a partir de una metodología común y que comuniquen dichos datos a la Comisión. Los datos deben ir acompañados de un informe de control de calidad. |
(2) |
El formato que deben utilizar los Estados miembros para la comunicación de datos sobre los niveles de residuos alimentarios debe tener en cuenta las metodologías establecidas en la Decisión Delegada (UE) 2019/1597 de la Comisión (2), que establece la metodología común para medir los niveles de residuos alimentarios generados en los Estados miembros. |
(3) |
En la Decisión Delegada (UE) 2019/1597 se facilita a los Estados miembros una serie de métodos para la medición de los residuos alimentarios. Es necesario recopilar información detallada sobre los métodos utilizados en cada Estado miembro con el fin de garantizar una comunicación armonizada. |
(4) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 39 de la Directiva 2008/98/CE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los Estados miembros comunicarán los datos y presentarán el informe de control de calidad en relación con la aplicación del artículo 9, apartado 5, de la Directiva 2008/98/CE en el formato establecido en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 28 de noviembre de 2019.
Por la Comisión
Vytenis ANDRIUKAITIS
Miembro de la Comisión;
(1) DO L 312 de 22.11.2008, p. 3.
(2) Decisión Delegada (UE) 2019/1597 de la Comisión, de 3 de mayo de 2019, por la que se complementa la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que concierne a una metodología común y a los requisitos mínimos de calidad para la medición uniforme de los residuos alimentarios (DO L 248 de 27.9.2019, p. 77).
ANEXO
FORMATO PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS DATOS SOBRE EL NIVEL DE RESIDUOS ALIMENTARIOS
A. FORMATO PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS DATOS SOBRE LAS CANTIDADES DE RESIDUOS ALIMENTARIOS Y LOS DATOS RELACIONADOS CON LA PREVENCIÓN DE LOS RESIDUOS ALIMENTARIOS
1. Datos sobre las cantidades de residuos de alimentos (en toneladas métricas de masa fresca)
Fase de la cadena alimentaria |
Residuos alimentarios a los que se refiere el artículo 1 de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597 |
Residuos alimentarios desechados como aguas residuales o mezclados con ellas [a los que se refiere el artículo 3, letra b), de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597] |
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Total de residuos alimentarios |
Fracción del total de residuos alimentarios, compuesto de partes de alimentos destinados a ser ingeridos por seres humanos [a los que se refiere el artículo 3, letra a), de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597] |
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Producción primaria |
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Transformación y producción |
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Venta al por menor y otras formas de distribución de alimentos |
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Restaurantes y servicios de comidas |
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Hogares |
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Suma |
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2. Datos sobre la gestión de los excedentes alimentarios en relación con la prevención de los residuos alimentarios (en toneladas métricas de masa fresca)
Fase de la cadena alimentaria |
Alimentos redistribuidos para el consumo humano [a los que se refiere el artículo 3, letra c), de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597] |
Alimentos comercializados para su transformación en piensos [a los que se refiere el artículo 3, letra d), de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597] |
Antiguos alimentos [a los que se refiere el artículo 3, letra e), de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597] |
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Producción primaria |
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Transformación y producción |
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Venta al por menor y otras formas de distribución de alimentos |
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Restaurantes y servicios de comidas |
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Hogares |
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Suma |
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B. FORMATO PARA EL INFORME DE CONTROL DE CALIDAD QUE ACOMPAÑA A LOS DATOS INDICADOS EN LA PARTE A
1. Objetivos del informe
Los objetivos del informe de control de calidad son los siguientes:
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evaluar las metodologías para la medición de los residuos alimentarios establecidas en los anexos III y IV de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597; |
— |
evaluar la calidad de los datos sobre las cantidades de residuos alimentarios comunicadas; |
— |
evaluar la calidad de los procesos de recopilación de datos, incluidos el alcance y la validación de las fuentes de datos administrativos y la validez estadística de los planteamientos basados en encuestas; |
— |
indicar los motivos de los cambios significativos en los datos comunicados entre los años de comunicación de datos y garantizar la confianza en la exactitud de esos datos. |
2. Información general
Estado miembro:
Organización que comunica los datos y la descripción:
Persona de contacto / datos de contacto:
Año de comunicación de datos:
Fecha de entrega / versión:
Enlace a la publicación de los datos por el Estado miembro (en su caso):
3. Información general sobre la recogida de datos
Indíquese la metodología utilizada para medir la cantidad de residuos alimentarios generados en el año de comunicación de datos dado, para cada fase de la cadena alimentaria [márquense con una cruz las casillas pertinentes para indicar si los datos se recogen utilizando la metodología establecida en el anexo III o en el anexo IV de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597].
Fase de la cadena alimentaria |
Datos recogidos según la metodología establecida en el anexo III de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597 |
Datos recogidos según la metodología establecida en el anexo IV de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597 |
Producción primaria |
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Transformación y producción |
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Venta al por menor y otras formas de distribución de alimentos |
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Restaurantes y servicios de comidas |
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Hogares |
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4. Información relativa a la medición según la metodología establecida en el anexo III
4.1. Descripción general de las fuentes de datos para medir los residuos alimentarios en el marco de la metodología establecida en el anexo III de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597
Indíquense las fuentes de los datos sobre las cantidades de residuos alimentarios para cada fase de la cadena alimentaria (márquense con una cruz todas las casillas pertinentes).
Fase de la cadena alimentaria |
A partir de los datos recogidos a los efectos del Reglamento (CE) n.o 2150/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) |
A partir de un estudio específico (por ejemplo, estudio científico o informe de consultoría) |
Otras fuentes o combinaciones de fuentes diferentes (especifíquese en el punto 4.2) (por ejemplo, informes administrativos o compromisos voluntarios del sector industrial) |
Producción primaria |
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Transformación y producción |
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Venta al por menor y otras formas de distribución de alimentos |
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Restaurantes y servicios de comidas |
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Hogares |
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4.2. Descripción detallada de los métodos para medir los residuos alimentarios en el marco de la metodología establecida en el anexo III de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597
Descríbanse para cada fase de la cadena alimentaria los métodos para medir las cantidades de residuos alimentarios, haciendo referencia al anexo III de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597.
Fase de la cadena alimentaria |
Breve descripción de los métodos utilizados (incluidos los métodos utilizados para medir las cantidades de residuos alimentarios en residuos mezclados, cuando proceda) |
Entidades que proporcionan datos sobre residuos alimentarios [por ejemplo, agricultores, empresas alimentarias (explotadores de empresas alimentarias), gestores de residuos, municipios u hogares] |
En caso de muestreo y/o de extrapolación, facilítese información sobre el tamaño y la selección de la muestra y descríbanse los métodos de extrapolación |
Descripción de los principales problemas que afectan a la exactitud de los datos, incluidos los errores relacionados con el muestreo, la cobertura, la medición, el tratamiento y la falta de respuesta |
Descripción del proceso de validación de los datos, incluidas posibles fuentes de incertidumbre y su posible impacto en los resultados comunicados |
Producción primaria |
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Transformación y producción |
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Venta al por menor y otras formas de distribución de alimentos |
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Restaurantes y servicios de comidas |
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Hogares |
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5. Información relativa a la medición según la metodología establecida en el anexo IV de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597
Facilítese información para cada fase de la cadena alimentaria para la que se han realizado cálculos en el año de comunicación de datos.
Fase de la cadena alimentaria |
Datos sobre las cantidades de residuos alimentarios utilizadas como base para los cálculos |
Datos socioeconómicos utilizados para los cálculos |
Descripción de los métodos utilizados para los cálculos |
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Valor [t] |
Año |
Tipo de datos (por ejemplo, población o producción de alimentos) (2) |
Valor (2) |
Año (2) |
Fuente (2) |
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Producción primaria |
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Transformación y producción |
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Venta al por menor y otras formas de distribución de alimentos |
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Restaurantes y servicios de comidas |
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Hogares |
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6. Comunicación voluntaria
Facilítese información para cada conjunto de datos comunicados de manera voluntaria.
Nombre del conjunto de datos [a los que se hace referencia en las letras a) a e) del artículo 3 de la Decisión Delegada (UE) 2019/1597] |
Fase de la cadena alimentaria |
Breve descripción del método de recopilación de datos |
Fuente - enlace al documento de referencia (si procede) |
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Añádanse filas según proceda.
7. Cambios metodológicos y notificaciones de problemas
7.1. Descripción de los cambios metodológicos (si procede)
Descríbanse los cambios metodológicos significativos en el método de cálculo para el año de comunicación de datos, en su caso (inclúyanse, en particular, revisiones retrospectivas, su naturaleza y si se requieren indicadores de ruptura para años de comunicación de datos específicos). Descríbase por separado para cada fase de la cadena alimentaria e indíquese la ubicación precisa de cada casilla (nombre de la tabla, fase de la cadena alimentaria, título de la columna).
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Añádanse filas según proceda.
7.2. Explicación de la diferencia de tonelaje (si procede)
Explíquense las causas de la diferencia de tonelaje (qué fases de la cadena alimentaria, sectores o estimaciones han provocado la diferencia y cuál es la causa subyacente) si la variación es superior al 20 % con respecto a los datos presentados para el año de comunicación de datos anterior.
Fase de la cadena alimentaria |
Variación (%) |
Motivo principal de la diferencia |
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Añádanse filas según proceda.
7.3. Notificación de problemas (en su caso)
En caso de que haya tenido problemas para atribuir residuo alimentario a una determinada fase de la cadena alimentaria, descríbanse estos problemas. Indíquese para cada problema específico la ubicación precisa de cada casilla (nombre de la tabla, fase de la cadena alimentaria, título de la columna).
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8. Confidencialidad
Comuníquense las razones para que no se publiquen determinadas partes del presente informe, en caso necesario. Indíquese para cada caso específico la ubicación precisa de cada casilla (nombre de la tabla, fase de la cadena alimentaria, título de la columna).
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9. Principales sitios web, documentos de referencia y publicaciones nacionales
Facilítense enlaces a los principales sitios web, documentos de referencia y publicaciones nacionales utilizados en la recogida de datos sobre las cantidades de residuos alimentarios.
Fase de la cadena alimentaria |
Referencias |
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Añádanse filas según proceda.
(1) Reglamento (CE) n.o 2150/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2002, relativo a las estadísticas sobre residuos (DO L 332 de 9.12.2002, p. 1).
(2) En caso de que se utilicen más fuentes de datos, añádanse filas adicionales dentro de la fase correspondiente de la cadena alimentaria, según proceda.