7.10.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 256/10


DECISIÓN (PESC) 2019/1672 DEL CONSEJO

de 4 de octubre de 2019

sobre una acción de la Unión Europea para apoyar el Mecanismo de Verificación e Inspección de las Naciones Unidas en Yemen

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 27 de diciembre de 2017, la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) presentó una propuesta encaminada a reforzar y ampliar las actividades del Mecanismo de Verificación e Inspección de las Naciones Unidas (UNVIM) por un período adicional de un año, hasta marzo de 2019, en particular acelerando todavía más el proceso de autorización de los envíos comerciales y aumentando la capacidad del UNVIM para desplegar personal y recursos adicionales en los puertos afectados.

(2)

El 3 de abril de 2017 y el 25 de junio de 2018, el Consejo adoptó unas conclusiones en las que se recordaba la importancia de garantizar la tramitación efectiva y oportuna del transporte marítimo de carácter mercantil en los puertos del mar Rojo, incluido el transporte de combustible, y expresó su pleno apoyo a la continuación del UNVIM y a la ejecución plena y sin obstáculos de su mandato. Por otra parte, en dichas conclusiones el Consejo afirmó que estudiaría un refuerzo del UNVIM.

(3)

Basándose en una solicitud del UNVIM, el 18 de septiembre de 2018 el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/1249 (1). Se confió a la UNOPS la ejecución técnica de la Decisión (PESC) 2018/1249 con el objetivo de permitir al UNVIM seguir desempeñando sus funciones en materia de vigilancia e inspección con arreglo a la Resolución 2216 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

(4)

El 13 de diciembre de 2018, las partes en conflicto en Yemen firmaron el Acuerdo de Estocolmo, cuyas disposiciones fueron refrendadas por las Resoluciones 2451 (2018) y 2452 (2019) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. El 18 de febrero de 2019, el Consejo adoptó unas conclusiones en las que celebraba la adopción del Acuerdo de Estocolmo y la adopción por unanimidad de las Resoluciones 2451 (2018) y 2452 (2019) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. El Consejo reiteró su llamamiento a todas las partes para que faciliten la entrega de suministros comerciales, incluido el combustible, y recordó que el funcionamiento del puerto de Al-Hudayda junto a los puertos de Salif y Ras Isa es de vital importancia para la supervivencia de millones de yemeníes. El Consejo reiteró su apoyo al UNVIM para garantizar que las mercancías sigan entrando en Yemen en plena conformidad con todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

(5)

El 24 de junio de 2019, el UNVIM presentó a los donantes una segunda propuesta de prórroga de las operaciones, especialmente en lo que se refiere a la aplicación del Acuerdo de Estocolmo. La propuesta se refería al refuerzo de las operaciones del UNVIM desde octubre de 2019 hasta septiembre de 2020.

(6)

La Unión debe renovar su apoyo al UNVIM para que se ejecute el mandato de este.

(7)

Procede encomendar a la Comisión la supervisión de la correcta ejecución de la contribución financiera de la Unión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   La Unión renovará su apoyo al UNVIM para que ejecute su mandato de conformidad con lo dispuesto en las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en particular las Resoluciones 2216 (2015), 2451 (2018) y 2452 (2019). Dicho apoyo tendrá como objetivos generales contribuir al restablecimiento de la libre circulación sin obstáculos de mercancías hacia Yemen mediante un procedimiento de autorización transparente y eficaz de los envíos comerciales destinados a puertos yemeníes que no estén bajo el control del Gobierno de Yemen, y reforzar el papel del UNVIM en la aplicación de las disposiciones del Acuerdo de Estocolmo.

2.   Los objetivos específicos del presente proyecto son:

incrementar el flujo de cargamentos comerciales hacia Yemen acelerando aún más el proceso de autorización de envíos comerciales y fomentando la confianza de las compañías de transporte marítimo en cuanto a la accesibilidad de los puertos de Al‐Hudayda, Salif y Ras Isa en caso de su apertura al tráfico marítimo mercantil,

mejorar la capacidad de despliegue del UNVIM en los puertos de Al-Hudayda, Salif y Ras Isa según lo dispuesto en el Acuerdo de Estocolmo y en las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

3.   La Unión contribuirá mediante la presente Decisión a cubrir costes ligados al refuerzo del UNVIM y, así, a responder a las necesidades de la población yemení, en el marco de una estrategia humanitaria más amplia.

En el anexo figura una descripción detallada de las actividades del proyecto.

Artículo 2

1.   El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la aplicación de la presente Decisión.

2.   La ejecución técnica de las actividades a que se hace referencia en el artículo 1 se confiará a la UNOPS. Esta llevará a cabo dicha tarea bajo la responsabilidad del Alto Representante. Para ello, el Alto Representante celebrará los acuerdos necesarios con la UNOPS.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto a que se refiere el artículo 1, será de 4 458 333 EUR.

2.   Los gastos financiados con cargo al importe indicado en el apartado 1 se administrarán con arreglo a las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto de la Unión.

3.   La Comisión supervisará la correcta gestión de los gastos financiados con el importe que figura en el apartado 1. A tal efecto, celebrará un convenio de contribución con la UNOPS. El convenio de contribución estipulará que la UNOPS debe garantizar la debida proyección pública de la contribución de la Unión.

4.   La Comisión procurará celebrar el convenio de contribución mencionado en el apartado 3 lo antes posible tras la adopción de la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad relacionada con ese proceso, así como de la fecha de celebración del citado convenio de contribución.

Artículo 4

1.   El Alto Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión, basándose en los informes periódicos elaborados por el UNVIM, incluidos los informes sobre las reuniones mensuales del Comité Director del UNVIM. Estos informes serán la base de una evaluación del Consejo.

2.   La Comisión proporcionará información al Consejo sobre los aspectos financieros de la ejecución del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Artículo 5

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

La presente Decisión se aplicará a partir del 1 de octubre de 2019.

La presente Decisión expirará a los doce meses de la fecha de la celebración del convenio de contribución entre la Comisión y la UNOPS a que se refiere el artículo 3, apartado 3.

Hecho en Estrasburgo, el 4 de octubre de 2019.

Por el Consejo

El Presidente

K. MIKKONEN


(1)  Decisión (PESC) 2018/1249 del Consejo, de 18 de septiembre de 2018, sobre una acción de la Unión Europea para apoyar el Mecanismo de Verificación e Inspección de las Naciones Unidas en Yemen (DO L 235 de 19.9.2018, p. 14).


ANEXO

1.   Antecedentes

La guerra de Yemen ha causado la crisis humanitaria más grave del mundo. Más de 24 millones de personas dependen de alguna forma de ayuda, y ha seguido aumentando el número de yemeníes que se encuentran en una situación de inseguridad alimentaria aguda. Las Naciones Unidas dan de comer en la actualidad a más de 10 millones de personas al mes en la mayor operación de su historia. En 2019, se solicitó a la comunidad internacional una contribución de 4 200 millones de dólares estadounidenses (USD) para ayuda humanitaria, la mayor petición de ayuda del mundo.

En este contexto, sigue siendo fundamental que las mercancías sigan fluyendo al país. Las Naciones Unidas no han cesado de instar a las partes en conflicto a que garanticen la entrada sin obstáculos de mercancías, incluido el combustible, a Yemen. La puesta en marcha del Mecanismo de Verificación e Inspección de las Naciones Unidas (UNVIM) en 2016 tenía por objeto facilitar este flujo y reactivar la economía del país de conformidad con la Resolución 2216 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

El UNVIM estableció su principal base de operaciones en Yibuti con 4 inspectores, 4 equipos de perros detectores de explosivos, 13 miembros del personal directivo y técnico y hasta 7 personas en comisión de servicios procedentes del Reino Unido. El UNVIM tiene presencia actualmente en Jeddah (2 supervisores), en Puerto del Rey Abdalá (2 supervisores en proceso de selección) y en Al‐Hudayda (5 supervisores, 3 de los cuales ya han sido contratados). El UNVIM se ha utilizado para cultivar una relación entre las Naciones Unidas [Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS)] y la coalición liderada por Arabia Saudí, así como con el Gobierno de Yemen. A lo largo del proyecto se han organizado varias reuniones con compañías navieras con el fin de fomentar la confianza y la previsibilidad para los exportadores que comercian con Yemen.

La Unión decidió apoyar el UNVIM mediante la adopción, el 18 de septiembre de 2018, de la Decisión (PESC) 2018/1249 del Consejo. Posteriormente se lanzaron reiteradas peticiones de la Unión en las que se hacía hincapié en la importancia de un tratamiento eficaz y a tiempo del transporte marítimo mercantil. El apoyo de la Unión al UNVIM a través de una acción de estabilización de la UE basada en el artículo 28 del TUE permitió a la Unión estar presente en las reuniones mensuales del Comité Director del UNVIM —en el que también están representados el Gobierno de Yemen y la coalición liderada por Arabia Saudí, establecer una relación de trabajo con la coalición liderada por Arabia Saudí y el Gobierno de Yemen, profundizar su coordinación con otros donantes (en particular, el Reino Unido y los Estados Unidos) e incrementar la proyección pública de la Unión con respecto a su apoyo al proceso liderado por las Naciones Unidas en Yemen.

Las partes en conflicto firmaron el Acuerdo de Estocolmo, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, el 13 de diciembre de 2018. Aprobaron un papel de liderazgo de las Naciones Unidas en el apoyo a los puertos del Mar Rojo en el apoyo a la gestión y las inspecciones en los puertos de Al‐Hudayda, Salif y Ras Isa, para incluir la mejora del control del UNVIM en los puertos de Al‐Hudayda, Salif y Ras Isa. Por consiguiente, el UNVIM sigue siendo un elemento esencial del plan del Enviado Especial de las Naciones Unidas para aplicar las disposiciones del Acuerdo de Estocolmo.

La Oficina del Enviado Especial de las Naciones Unidas ha considerado que es fundamental progresar en este ámbito antes de encaminarse a consultas políticas entre las partes. El UNVIM ha iniciado su despliegue de supervisores en el puerto de Al-Hudayda el 25 de febrero de 2019 y ha mantenido conversaciones con la dirección del puerto en relación con el establecimiento de las actividades del UNVIM. Estas conversaciones han contado con la participación de la Misión de las Naciones Unidas en apoyo del Acuerdo de Al-Hudayda (UNMHA). El UNVIM necesita ahora un mayor apoyo para sus operaciones, así como para su despliegue en los puertos del mar Rojo.

2.   Proceso de inspección y verificación del UNVIM

En la actualidad, los procedimientos operativos normalizados del UNVIM se aplican a: i) todos los buques de más de 100 toneladas cuyo destino sea algún puerto yemení que no esté bajo el control del Gobierno de Yemen y a todos los buques que transportan mercancías comerciales adquiridas por entidades privadas o públicas con sede en Yemen para ser vendidas en Yemen, y ii) la asistencia bilateral de los Estados miembros de las Naciones Unidas que no se canaliza a través de organismos, programas o fondos de las Naciones Unidas o de una organización humanitaria internacional reconocida.

El proceso de verificación se inicia cuando una empresa de transporte marítimo presenta una solicitud de autorización en línea en la dirección www.vimye.org, carga los documentos necesarios y presenta toda la documentación solicitada al UNVIM. En las 48 horas siguientes, el UNVIM examina la documentación y envía una notificación a socios externos como la Célula de Operaciones Humanitarias y de Evacuación de las Fuerzas de Coalición (EHOC). A continuación, el UNVIM decide según sus propios procedimientos si procede inspeccionar el buque o no, atendiendo a aspectos como las discrepancias en la documentación recibida, las escalas portuarias no declaradas, la existencia de movimientos sospechosos del buque, la desconexión del sistema de identificación automática durante más de cuatro horas, y la información facilitada por socios externos. Las inspecciones de los buques se realizan bien en puerto en las aguas territoriales o bien en mar en las aguas internacionales.

A continuación se otorga o se deniega (es decir, se anula, rechaza o revoca) el certificado de autorización. El UNVIM, a través del sistema de identificación automática, sigue vigilando los movimientos de los buques que han obtenido autorización, también durante el tránsito a la zona de espera de la Coalición; de la zona de espera al fondeadero; y del fondeadero al muelle de descarga. El seguimiento del UNVIM finaliza cuando los buques autorizados salen de los puertos yemeníes del mar Rojo tras haber descargado la carga y abandonado el puerto. A lo largo de todo el proceso, el UNVIM mantiene un estrecho contacto con las empresas de transporte marítimo y con el capitán de los buques, y desempeña un papel fundamental en la resolución de cualquier problema que los buques encuentren en el mar, incluso interviniendo ante la Célula de Operaciones Humanitarias y de Evacuación de las Fuerzas de Coalición (EHOC) y la Coalición. La facilitación por parte del UNVIM de todo el proceso de autorización y la comunicación permanente con las compañías de transporte marítimo es crucial para mantener la confianza de las compañías navieras internacionales y, por lo tanto, para garantizar la continuación de las importaciones comerciales a la mayoría de la población yemení a pesar del conflicto en curso.

El UNVIM también ha procurado dar seguridades a la comunidad internacional del transporte marítimo a través de reuniones trimestrales con sus representantes para asegurarse de que sus dificultades y desafíos se entienden y se abordan correctamente.

3.   Objetivos generales

A fin de garantizar el cumplimiento sin trabas del mandato del UNVIM, el objetivo general de la acción de estabilización de la UE es contribuir a facilitar una circulación de mercancías sin trabas hacia Yemen mediante un proceso de autorización transparente y eficaz de los envíos comerciales destinados a puertos yemeníes no controlados por el Gobierno de Yemen. Esto incluye actualmente, con arreglo al Acuerdo de Estocolmo, el despliegue del UNVIM en los puertos del mar Rojo de Al‐Hudayda, Salif y Ras Isa.

Los objetivos específicos de la acción de estabilización de la UE son:

incrementar el flujo de carga comercial hacia Yemen acelerando el proceso de autorización de envíos comerciales y restableciendo la confianza de las compañías de transporte marítimo,

aumentar la capacidad del UNVIM para desplegar personal y recursos en la región, y en particular en Al-Hudayda, Salif y Ras Isa, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de Estocolmo.

En caso de que el mandato o las necesidades del UNVIM cambien de tal manera que queden en entredicho la pertinencia o la idoneidad del proyecto para alcanzar los mencionados objetivos, se reevaluará la contribución de la Unión en consecuencia.

4.   Descripción de las actividades

La UNOPS se encargará de la ejecución técnica del proyecto bajo su propia responsabilidad.

Actividad 1: Aumento del personal del UNVIM.

Se aumentará el personal operativo, en un primer momento hasta alcanzar un total de nueve personas, con la posibilidad de volver a aumentar el número del personal operativo más adelante.

Los nueve miembros del personal operativo serán:

siete efectivos del UNVIM que se destinarán a Al-Hudayda: un agente de coordinación, un asesor de seguridad sobre el terreno, un supervisor, un operador de escáner, un asistente de protocolo y operaciones, un asistente local de seguridad y un asistente administrativo en Al-Hudayda,

dos supervisores, uno de los cuales va a ser destinado a Salif y otro a Ras Isa. Este aumento de su capacidad permitiría al UNVIM desplegarse de manera efectiva en los puertos del mar Rojo.

Además, también se financiará al personal administrativo de apoyo (de finanzas, de contratación, etc.) necesario para la ejecución de la acción de estabilización de la UE.

Las actividades previstas son las siguientes:

la UNOPS contratará a los nuevos supervisores, inspectores y funcionarios, de conformidad con las normas y procedimientos de contratación de la UNOPS,

la UNOPS informará previamente al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) de la creación de cualquier puesto de trabajo.

Cronología: durante la vigencia del proyecto

Actividad 2: Alquiler de una parte del puerto de Yibuti y alquiler de una oficina en Saná. La Unión seguirá financiando el alquiler de las instalaciones portuarias para contar con un lugar permanente en el que llevar a cabo las inspecciones. Además, la Unión financiará el alquiler de la oficina de Saná, que sirve de base temporal para que el personal del UNVIM se conecte con Al-Hudayda y Yibuti.

Cronología: durante la vigencia del proyecto

Actividad 3: Adquisición de equipo de inspección adicional: el UNVIM adquirirá el equipo de inspección adicional (por ejemplo, escáneres) necesario para la ejecución de la acción de estabilización de la UE. Este equipo adicional facilitará la inspección oportuna de los buques en el puerto de Yibuti y en aguas internacionales.

Las actividades previstas son las siguientes:

la elaboración de las especificaciones técnicas está actualmente en curso,

la convocatoria, con arreglo a los procedimientos de adquisición de la UNOPS, de una licitación internacional de suministros, y la adjudicación del contrato,

el suministro del equipo y la formación correspondiente del personal.

Cronología: meses primero a cuarto del proyecto. Al final del proyecto, la enajenación de los activos se hará de conformidad con el contrato firmado con la Comisión Europea.

Actividad 4: Mejora de la seguridad del UNVIM: esta actividad se dedicará a garantizar que las operaciones del UNVIM en los puertos del Mar Rojo cumplan los requisitos de seguridad adecuados y permitan al UNVIM realizar correctamente su cometido.

Las actividades previstas son las siguientes:

la elaboración de las especificaciones técnicas está actualmente en curso,

la convocatoria, con arreglo a los procedimientos de adquisición de la UNOPS, de una licitación internacional de suministros, y la adjudicación del contrato,

el suministro del equipo y la formación correspondiente del personal.

Cronología: meses primero a cuarto del proyecto. Al final del proyecto, la enajenación de los activos se hará de conformidad con el contrato firmado con la Comisión Europea.

Actividad 5: ejecución de proyecto. La UNOPS se encargará de la supervisión de la gestión del programa. Esta labor de supervisión debe incluir el establecimiento de objetivos intermedios, las revisiones internas, la supervisión de los acuerdos contractuales y la gestión financiera. Las actividades previstas incluyen:

la contratación de servicios externos o un acuerdo de servicios especiales de asistencia técnica para la ejecución del proyecto,

la gestión financiera y contractual de los servicios que la UNOPS subcontrate a terceros.

Cronología: durante la vigencia del proyecto

5.   Resultados esperados

Al intensificar las actividades operativas del UNVIM, los resultados esperados del proyecto son los siguientes:

impedir la entrada de mercancías prohibidas en los puertos yemeníes del mar Rojo,

facilitar la libre circulación de mercancías a los puertos yemeníes del mar Rojo,

apoyar a la Sociedad yemení de Puertos del Mar Rojo en el marco de la gestión y la inspección del funcionamiento de los puertos de Al-Hudayda, Salif y Ras Isa,

fomentar la confianza en la comunidad internacional de transporte marítimo proyectando un proceso transparente y eficiente para la entrada de mercancías en los puertos yemeníes del mar Rojo, a pesar del conflicto en curso,

apoyar al Gobierno de Yemen para que pueda satisfacer las necesidades de productos básicos de su población a las que no se puedan atender plenamente con asistencia humanitaria y fuentes locales.

6.   Duración estimada

La duración prevista del proyecto es de 12 meses. Se firmará un convenio de contribución entre la Comisión y la UNOPS.

7.   Proyección pública de la Unión

Como responsable de la ejecución técnica del proyecto, la UNOPS garantizará la debida proyección pública del apoyo financiero de la Unión, por ejemplo en informes, actos o reuniones. En toda la documentación del UNVIM aparecerá una bandera de la UE. El UNVIM y la UNOPS garantizarán la debida proyección pública de todos los equipos adquiridos con fondos de la UE que no sean bienes fungibles, en particular mostrando en ellos el logotipo de la UE. En los casos en los que la visibilidad del logotipo pudiera poner en peligro las prerrogativas e inmunidades de la UNOPS o la seguridad de su personal o de los beneficiarios finales, se adoptarán disposiciones alternativas adecuadas.

8.   Participación de la UE en el Comité Director del UNVIM

El Comité Director del UNVIM está compuesto por el Reino de Arabia Saudita (representado por EHOC y el Ministerio de Defensa), los Emiratos Árabes Unidos, el Gobierno de Yemen (representado por un funcionario de enlace del UNVIM con destino en Yibuti y un representante del Ministerio de Transportes), la UNOPS y la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas. Al igual que los Estados Unidos, los Países Bajos y el Reino Unido, que asisten a las reuniones de este Comité con «estatuto de observador» en su calidad de donantes del UNVIM, la Unión seguirá participando en las reuniones mensuales del Comité Director del UNVIM.

9.   Informes

El UNVIM y la UNOPS proporcionarán al SEAE un informe mensual para evaluar los progresos hacia la realización de los resultados del proyecto. Estos informes se facilitarán al órgano pertinente del Consejo.

El SEAE informará al órgano pertinente del Consejo sobre las reuniones mensuales del Comité Director del UNVIM.

El UNVIM y la UNOPS informarán directamente en Bruselas al órgano pertinente del Consejo, con una periodicidad trimestral.

El UNVIM y la UNOPS enviarán un informe final, descriptivo y financiero, dentro de los seis meses siguientes a la finalización del período de ejecución.