11.7.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 185/50 |
DECISIÓN (UE) 2019/1184 DE LA COMISIÓN
de 3 de julio de 2019
relativa a la iniciativa ciudadana propuesta bajo el título de «Cultivemos los progresos científicos, ¡los cultivos son importantes!»
[notificada con el número C(2019) 4975]
(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana (1), y en particular su artículo 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El objeto de la iniciativa ciudadana propuesta bajo el título de «Cultivemos los progresos científicos, ¡los cultivos son importantes!» es el siguiente: «La Directiva 2001/18/CE ha quedado obsoleta. Como estudiantes de Ciencias Naturales, consideramos importante revisar el actual mecanismo de exención establecido en la Directiva con respecto a las nuevas técnicas de mejora vegetal». |
(2) |
Los objetivos de la propuesta de iniciativa ciudadana son los siguientes: «En particular, exigimos mayor claridad jurídica y otras definiciones. Nuestro objetivo consiste en facilitar el procedimiento de autorización de los productos obtenidos a través de las nuevas técnicas de mejora vegetal, que solo son portadores de características naturales ya existentes. La finalidad es mejorar el progreso científico en la Unión Europea y proteger la salud humana y animal y el medio ambiente». |
(3) |
El Tratado de la Unión Europea (TUE) consolida la ciudadanía de la Unión y refuerza aún más el funcionamiento democrático de esta al disponer, entre otras cosas, que todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión mediante una iniciativa ciudadana europea. |
(4) |
Para ello, los procedimientos y requisitos necesarios aplicables a la iniciativa ciudadana deben ser claros, sencillos, fáciles y proporcionados a la naturaleza de esta, de modo que se fomente la participación de los ciudadanos y que la Unión sea más accesible. |
(5) |
Pueden adoptarse actos jurídicos de la Unión a efectos de la aplicación de los Tratados para la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que tengan por objeto el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior, sobre la base del artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). |
(6) |
Por esos motivos, la iniciativa ciudadana propuesta no queda manifiestamente fuera del marco de competencias de la Comisión para presentar una propuesta relativa a un acto jurídico de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento. |
(7) |
Además, se ha constituido un comité de ciudadanos y se ha nombrado a las personas de contacto, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento, y la iniciativa ciudadana propuesta no es ni manifiestamente abusiva, frívola o temeraria, ni manifiestamente contraria a los valores de la Unión establecidos en el artículo 2 del TUE. |
(8) |
Por consiguiente, debe registrarse la iniciativa ciudadana propuesta bajo el título de «Cultivemos los progresos científicos, ¡los cultivos son importantes!». |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La iniciativa ciudadana propuesta bajo el título de «Cultivemos los progresos científicos, ¡los cultivos son importantes!».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 25 de julio de 2019.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión son los organizadores (miembros del comité de ciudadanos) de la iniciativa ciudadana propuesta bajo el título de «Cultivemos los progresos científicos, ¡los cultivos son importantes!», representados por D.a Lavinia SCUDIERO y D.a Martina HELMLINGER, que actúan como personas de contacto.
Hecho en Bruselas, el 3 de julio de 2019.
Por la Comisión
Frans TIMMERMANS
Vicepresidente Primero