21.8.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 210/2 |
DECISIÓN (UE) 2018/1153 DEL CONSEJO
de 26 de junio de 2018
relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo relativo a la seguridad en la aviación civil entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Popular China
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 100, apartado 2, leído en relación con su artículo 218, apartado 5,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Mediante su Decisión de 7 de marzo de 2016, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con el Gobierno de la República Popular China relativas a un Acuerdo sobre seguridad en la aviación civil. La Comisión ha negociado en nombre de la Unión, un Acuerdo relativo a la seguridad en la aviación civil entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Popular China («Acuerdo»), con el fin de impulsar la cooperación bilateral en aviación civil y facilitar el comercio y la inversión en productos aeronáuticos entre la Unión y la República Popular China. |
(2) |
Procede firmar el Acuerdo en nombre de la Unión, a reserva de su celebración en una fecha posterior. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo relativo a la seguridad en la aviación civil entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Popular China («Acuerdo»), a reserva de la celebración del Acuerdo.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 26 de junio de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
E. ZAHARIEVA