17.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 124/35 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/835 DE LA COMISIÓN
de 12 de mayo de 2017
por el que se corrigen las versiones lingüísticas eslovena y sueca del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1035/2011 y los Reglamentos (CE) n.o 1265/2007, (CE) n.o 1794/2006, (CE) n.o 730/2006, (CE) n.o 1033/2006 y (UE) n.o 255/2010
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 551/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, relativo a la organización y utilización del espacio aéreo en el cielo único europeo (Reglamento del espacio aéreo) (1), y en particular su artículo 4, letras a) y b),
Visto el Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea (2) (Reglamento de base de la EASA), y, en particular sus artículos 8 y 8 ter, así como su anexo V ter,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Existen errores en las versiones lingüísticas eslovena y sueca del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 de la Comisión (3). En las demás versiones lingüísticas no se dan esos errores. |
(2) |
Procede, por tanto, corregir el Reglamento (UE) n.o 923/2012 convenientemente. |
(3) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Cielo Único. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Afecta únicamente a la versión lingüística eslovena.
Artículo 2
Afecta únicamente a la versión lingüística sueca.
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 12 de mayo de 2017.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 96 de 31.3.2004, p. 20.
(2) DO L 79 de 19.3.2008, p. 1.
(3) Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1035/2011 y los Reglamentos (CE) n.o 1265/2007, (CE) n.o 1794/2006, (CE) n.o 730/2006, (CE) n.o 1033/2006 y (UE) n.o 255/2010 (DO L 281 de 13.10.2012, p. 1).