9.8.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 261/110


RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

de 11 de julio de 2017

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2017 de Eslovaquia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2017 de Eslovaquia

(2017/C 261/24)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el dictamen del Comité de Empleo,

Visto el dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 16 de noviembre de 2016, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2017 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de los días 9 y 10 de marzo de 2017. El 16 de noviembre de 2016, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Eslovaquia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. En la misma fecha, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro, que fue ratificada por el Consejo Europeo los días 9 y 10 de marzo de 2017. El 21 de marzo de 2017, el Consejo adoptó la Recomendación sobre la política económica de la zona del euro (en lo sucesivo, «Recomendación para la zona del euro») (3).

(2)

Al ser un Estado miembro cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Eslovaquia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación para la zona del euro, como se refleja en las recomendaciones 1 a 2.

(3)

El informe específico de 2017 sobre Eslovaquia fue publicado el 22 de febrero de 2017. En él se evalúan los avances realizados por Eslovaquia a la hora de poner en práctica las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 12 de julio de 2016, las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones de años anteriores, así como los avances de Eslovaquia hacia sus objetivos nacionales en el marco de la Estrategia Europa 2020.

(4)

El 26 de abril de 2017, Eslovaquia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2017 y su Programa de Estabilidad de 2017. Para tener en cuenta las interrelaciones entre ambos programas, los dos se han evaluado al mismo tiempo.

(5)

En los programas relativos a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) para el período 2014-2020 se han atendido las correspondientes recomendaciones específicas por país. Según lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas correspondientes. La Comisión ha facilitado detalles suplementarios sobre cómo se debe emplear esa disposición en las directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos EIE con una buena gobernanza económica.

(6)

Eslovaquia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2017, el Gobierno prevé que el déficit global experimente una mejora hasta llegar al 1,3 % del PIB en 2017 y, gradualmente, al 0 % del PIB en 2019 y 2020. Se espera que el objetivo presupuestario a medio plazo -déficit estructural del 0,5 % del PIB- se alcance en 2018. Según el Programa de Estabilidad de 2017, se espera un descenso gradual de la ratio deuda de las Administraciones Públicas/PIB, para situarse en el 46 % de aquí a 2020. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil.

(7)

El 12 de julio de 2016, el Consejo recomendó a Eslovaquia que en 2017 lograse un ajuste presupuestario anual del 0,5 % del PIB hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2017 de la Comisión, existe el riesgo de cierto desvío respecto de esta recomendación en 2017.

(8)

En 2018, a la luz de su situación presupuestaria, se espera que Eslovaquia siga realizando ajustes hacia su objetivo presupuestario a medio plazo, consistente en un déficit estructural equivalente al 0,5 % del PIB. De acuerdo con la matriz de ajuste consensuada en virtud del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, ese ajuste se traduce en el requisito de lograr que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto (5) no supere el 2,9 %. Ello correspondería a un ajuste estructural del 0,5 % del PIB. Con la hipótesis de mantenimiento de la política económica, existe un riesgo de desvío significativo respecto de este requisito durante el período 2017-2018. Globalmente, el Consejo considera que Eslovaquia debe estar dispuesta a adoptar nuevas medidas para garantizar el cumplimiento en 2017 y que en 2018 se necesitarán más medidas para cumplir con las disposiciones del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Sin embargo, conforme a lo previsto en el Reglamento (CE) n.o 1466/97, la evaluación de los planes y resultados presupuestarios debe tener en cuenta el equilibrio presupuestario del Estado miembro considerado a la luz de las condiciones cíclicas. Tal como se recuerda en la Comunicación de la Comisión sobre el Semestre Europeo de 2017 que acompaña a las recomendaciones específicas por país, la evaluación del proyecto de Plan Presupuestario para 2018 y la posterior evaluación de los resultados presupuestarios de 2018, deberán tener debidamente en cuenta el objetivo de conseguir una orientación presupuestaria que contribuya tanto a reforzar la recuperación en curso como a garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas de Eslovaquia. En ese contexto, el Consejo toma nota de que la Comisión tiene el propósito de llevar a cabo una evaluación global acorde con el Reglamento (CE) n.o 1466/97, en particular en vista de la situación cíclica existente en Eslovaquia.

(9)

Las finanzas públicas de Eslovaquia siguen afrontando riesgos a largo plazo. El gasto en asistencia sanitaria continúa planteando un riesgo para la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, habida cuenta de la dificultad que plantea aumentar la relación eficacia/coste del sistema sanitario eslovaco. Se han adoptado algunas medidas para racionalizar la asistencia hospitalaria y reducir los costes, pero aún no se observan resultados concretos. El análisis de los gastos de 2016 ha señalado posibles ahorros. No obstante, los avances concretos hacia la realización de una reforma global de la asistencia sanitaria y del gasto sanitario hasta la fecha son limitados, y la introducción del sistema de «grupos homogéneos de pacientes» para los pagos y de sistemas de sanidad electrónica avanza solo lentamente. Por otra parte, se prevé que el déficit del sistema público de pensiones se duplique a largo plazo, y la edad de jubilación de Eslovaquia es una de las más bajas de la Unión. Los ajustes recientes del sistema de pensiones han sido en gran medida ajustes ad hoc y a corto plazo.

(10)

Han disminuido la evasión fiscal y la elusión fiscal, y se están realizando esfuerzos para aumentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Las mejoras de la recaudación tributaria han disminuido significativamente la elevada brecha del IVA que existía en el pasado. La reducción del fraude en materia de IVA también parece haber tenido un efecto positivo sobre la recaudación del impuesto sobre la renta de sociedades. La administración financiera se centra en mejorar el cumplimiento de las normas en materia de IVA, especialmente por medio de auditorías. Al mismo tiempo, se están estudiando actividades distintas de la auditoría para reforzar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

(11)

A pesar de las mejoras en el mercado laboral resultantes de la sólida recuperación económica y de la fuerte creación de empleo, el desempleo de larga duración sigue siendo un problema. La tasa de desempleo de larga duración sigue siendo una de las más altas de la Unión. Afecta especialmente a las comunidades gitanas marginadas, a los trabajadores poco cualificados y a los jóvenes. Además, las disparidades regionales persisten: la tasa de desempleo en Eslovaquia oriental aún sigue duplicando la de Bratislava. La tasa de participación de personas adultas en el aprendizaje permanente y en una educación de segunda oportunidad sigue siendo baja. A pesar de las medidas que incitan a los trabajadores de bajo salario a trabajar y a pesar de la actual reforma de los servicios públicos de empleo, aún persisten dificultades para introducir un apoyo individualizado en favor de los desempleados de larga duración y de los grupos vulnerables debido, en particular, al elevado número de asuntos pendientes. El Plan de Acción de Eslovaquia sobre la integración de los desempleados de larga duración, financiado en gran medida por el Fondo Social Europeo, pretende remediar esa situación aplicando un enfoque global a los servicios personalizados. Esto se logrará proporcionando un asesoramiento especializado, un nuevo sistema de establecimiento de perfiles, una cooperación con las agencias privadas de empleo y el establecimiento de programas de formación específicos diseñados por los empleadores atendiendo a las necesidades del mercado de trabajo regional. La participación de los gitanos en el mercado laboral eslovaco sigue siendo muy baja, y los progresos a la hora de incrementar su tasa de empleo son lentos. Los bajos niveles de educación y capacitación, así como la discriminación, son factores que contribuyen a los mediocres resultados de los mercados de trabajo. La baja tasa de empleo de las mujeres en edad de procrear se explica por el prolongado permiso parental (de hasta tres años), que rara vez es utilizado por el padre, la escasez de servicios de guardería, especialmente para los niños de menos de tres años, y el uso limitado de las disposiciones en materia de horario laboral flexible.

(12)

El sistema educativo está insuficientemente orientado al aumento del potencial económico de Eslovaquia. Los resultados educativos y el nivel de competencias básicas siguen siendo decepcionantes en comparación con los niveles internacionales, y se han deteriorado más en 2012-2015. Además, persisten grandes diferencias regionales. Los malos resultados están asociados principalmente a la fuerte repercusión del origen socioeconómico y étnico de los estudiantes, a aspectos de equidad, acceso e inclusión, y al relativamente escaso atractivo de la profesión docente. A pesar de la doble subida de sueldo de los docentes en 2016 (4 % en enero y 6 % en septiembre) y de las nuevas subidas previstas para 2017-2020, las condiciones poco competitivas en materia de salario y la limitada formación continua destinada a los docentes son algunos de los factores que hacen que esta profesión siga siendo muy poco atractiva, especialmente para posibles jóvenes profesores y para los residentes en las regiones más desarrolladas del país. La legislación contra la segregación de la comunidad gitana marginada, recientemente adoptada, todavía tiene que aplicarse íntegramente para permitir unos cambios positivos y aumentar la participación de este colectivo en un sistema educativo inclusivo, con especial atención a la educación y asistencia de la infancia y a la educación preescolar.

(13)

La Administración Pública de Eslovaquia se está modernizando, pero la corrupción sigue siendo un problema. El nivel de percepción de la corrupción se mantiene a un nivel elevado y constituye un importante impedimento para la actividad empresarial. Siguen pareciendo insuficientes los mecanismos de control y la aplicación de normas anticorrupción, y las iniciativas relativas a la denuncia de irregularidades y a las empresas ficticias pueden no bastar para resolver el problema. Además, en materia de contratación pública no se siguen las mejores prácticas en muchos ámbitos. Se están desarrollando medidas de formación para dotar al personal de un sistema de contratación pública más eficiente. Sin embargo, los conflictos de intereses, los pliegos de condiciones redactados a medida y el uso excesivo del criterio de selección de la oferta con el menor precio siguen constituyendo motivo de preocupación y dan lugar a una falta de competencia basada en criterios cualitativos. De manera persistente, se señala que la eficiencia en la asignación de los recursos públicos se ve afectada por las deficiencias en materia de contratación pública.

(14)

Un marco legislativo a menudo cambiante hace difícil y costoso para las empresas el cumplimiento de la legislación y los procedimientos legislativos y reglamentarios, y los regímenes de insolvencia con frecuencia se consideran poco favorables para las empresas. Recientemente se ha creado un grupo de trabajo interministerial para la actividad empresarial, dirigido por el Secretario de Estado del Ministerio de Economía, y se espera que para junio de 2017 presente propuestas de medidas encaminadas a mejorar el entorno empresarial. En Eslovaquia, persisten altos obstáculos reglamentarios en el sector de servicios a las empresas. En enero de 2017, en una Comunicación de la Comisión relativa a las recomendaciones para la reforma de la regulación de los servicios profesionales, se proporcionó orientación específica por profesión para abordar esta cuestión, como parte de un conjunto de medidas tendentes a abordar los obstáculos en los mercados de servicios.

(15)

Mejorar la eficiencia del sistema judicial, y particularmente su independencia, constituye un reto para Eslovaquia, aunque se están realizando esfuerzos para remediar las ineficiencias. Sin embargo, persiste la inquietud acerca de la eficiencia e independencia del poder judicial. Por otro lado, la Administración Pública sigue adoleciendo de ineficiencia, capacidad insuficiente y fragmentación. La adopción de la Estrategia de gestión de los recursos humanos en octubre de 2015 y la reciente adopción de la Ley de la función pública son pasos en la dirección adecuada. El nuevo Consejo de la función pública, políticamente independiente, supervisará la aplicación de los principios de la Ley de la función pública, así como el código deontológico de los funcionarios. El complejo y opaco marco reglamentario complica las relaciones entre las partes interesadas en el mercado energético. Los recientes cambios en el establecimiento de las tarifas de distribución reflejan que sigue habiendo influencia política y empresarial. Se espera que la independencia de la autoridad reguladora de los precios energéticos disminuya tras la adopción de legislación que concede al Gobierno un derecho exclusivo de designar al presidente de dicha autoridad, y a los ministerios de Economía y Medio Ambiente, el derecho de intervenir en los procedimientos de fijación de precios.

(16)

En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Eslovaquia y lo ha publicado en el informe específico de 2017. Asimismo, ha evaluado el Programa de Estabilidad de 2017 y el Programa Nacional de Reformas de 2017, así como las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Eslovaquia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Eslovaquia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la Unión, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión incluyendo aportaciones al nivel de la Unión en las futuras decisiones nacionales.

(17)

A la luz de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación.

RECOMIENDA a Eslovaquia que tome medidas en 2017 y 2018 con el fin de:

1.

Realizar un importante esfuerzo presupuestario en 2018 atendiendo a los requisitos del componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, teniendo en cuenta la necesidad de consolidar la recuperación en curso y de garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas de Eslovaquia. Mejorar la relación eficacia/coste del sistema sanitario, particularmente aplicando proyectos rentables.

2.

Mejorar las medidas de activación en favor de los grupos desfavorecidos, especialmente aplicando el Plan de Acción para los desempleados de larga duración y prestando servicios individualizados y formación específica. Fomentar las oportunidades de empleo para las mujeres, particularmente ampliando unos servicios de asistencia a la infancia de calidad y asequibles. Mejorar la calidad de la educación y aumentar la participación de la comunidad gitana en un sistema educativo inclusivo.

3.

Mejorar la competencia y la transparencia en la contratación pública e intensificar la lucha contra la corrupción mediante una aplicación más estricta de la legislación vigente. Adoptar y aplicar un plan integral encaminado a reducir los obstáculos administrativos y reglamentarios para las empresas. Mejorar la eficiencia del sistema judicial, particularmente reduciendo la duración de los procedimientos civiles y mercantiles.

Hecho en Bruselas, el 11 de julio de 2017.

Por el Consejo

El Presidente

T. TÕNISTE


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

(2)  Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).

(3)  DO C 92 de 24.3.2017, p. 1.

(4)  Artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

(5)  El gasto público neto se obtiene deduciendo del gasto público total los gastos de intereses, los gastos en programas de la Unión íntegramente financiados por ingresos procedentes de fondos de la Unión y las variaciones no discrecionales en los gastos en prestaciones de desempleo. La formación bruta de capital fijo financiada a nivel interno se considera en un período de cuatro años. Se tienen en cuenta las medidas discrecionales en materia de ingresos o los incrementos de ingresos establecidos por ley. Las medidas puntuales, tanto del lado de los ingresos como del de los gastos, se compensan.

(6)  Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.