15.3.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 69/1


DECISIÓN (UE) 2017/446 DEL CONSEJO

de 3 de marzo de 2017

relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo (2015) por el que se modifica el anexo del Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante la Decisión 80/271/CEE (2), el Consejo aprobó la celebración del Acuerdo GATT sobre el Comercio de Aeronaves Civiles («Acuerdo»).

(2)

El 5 de noviembre de 2015, en Ginebra, los Signatarios del Acuerdo convinieron, por medio de sus representantes, en abrir a la aceptación el Protocolo (2015) por el que se modifica el anexo del Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles («Protocolo»), por el que se transponen al anexo del Acuerdo los cambios introducidos en la versión de 2007 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.

(3)

El Protocolo debe ser aprobado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Protocolo (2015) por el que se modifica el anexo del Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles.

Se adjunta a la presente Decisión el texto del Protocolo.

Artículo 2

El Presidente del Consejo designará a la persona o las personas habilitadas para depositar, en nombre de la Unión, el instrumento de aceptación a fin de expresar el consentimiento de la Unión en quedar vinculada por el Protocolo (3).

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 3 de marzo de 2017.

Por el Consejo

El Presidente

M. FARRUGIA


(1)  Aprobación de 15 de febrero de 2017 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).

(2)  Decisión 80/271/CEE del Consejo, de 10 de diciembre de 1979, referente a la celebración de los Acuerdos multilaterales resultantes de las negociaciones comerciales de 1973-1979 (DO L 71 de 17.3.1980, p. 1).

(3)  La Secretaría General del Consejo publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.