15.11.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 306/16 |
DECISIÓN (PESC) 2016/1990 DEL CONSEJO
de 14 de noviembre de 2016
por la que se modifica la Acción Común 2008/124/PESC sobre la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (*) (EULEX KOSOVO)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 4 de febrero de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/124/PESC (1). |
(2) |
El 14 de junio de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/947 (2) que modificó la Acción Común 2008/124/PESC, prorrogó el mandato de la Misión EULEX KOSOVO hasta el 14 de junio de 2018 y estableció un nuevo importe de referencia financiera para la ejecución de su mandato en Kosovo hasta el 14 de diciembre de 2016 y para el apoyo a los procedimientos judiciales trasladados dentro de un Estado miembro hasta el 14 de junio de 2017. |
(3) |
Debe preverse un nuevo importe de referencia financiera para la ejecución del mandato de la Misión EULEX KOSOVO hasta el 14 de junio de 2017. |
(4) |
Nada de lo dispuesto en la presente Decisión debe interpretarse en el sentido de prejuzgar la independencia y la autonomía de los jueces y fiscales. |
(5) |
Debido al carácter especial de las actividades de la Misión EULEX KOSOVO en apoyo de los procedimientos judiciales trasladados dentro de un Estado miembro, procede determinar en la presente Decisión el importe previsto para cubrir la ayuda a los procedimientos judiciales trasladados dentro de un Estado miembro y para la ejecución de esa parte del presupuesto por medio de una subvención. |
(6) |
Las normas relativas a la participación en los procedimientos de adjudicación de contratos de la misión y las normas de origen aplicables a las mercancías que esta adquiera deben estar en consonancia con las disposiciones de las demás misiones civiles de la política común de seguridad y defensa. |
(7) |
Debe modificarse en consecuencia la Acción Común 2008/124/PESC. |
(8) |
La Misión EULEX KOSOVO se desarrollará en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría impedir el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión, que figuran en el artículo 21 del Tratado. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Acción Común 2008/124/PESC se modifica de la siguiente manera:
1) |
El artículo 16 se modifica de la siguiente manera:
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2) |
En el artículo 18, el apartado 1 se sustituye por lo siguiente: «1. Se autoriza a la AR a comunicar a las Naciones Unidas, a la OTAN/KFOR, a otros terceros asociados con la presente Acción Común, así como a Frontex, información y documentos clasificados de la UE elaborados a efectos de EULEX KOSOVO hasta el nivel de clasificación que corresponda a cada uno de ellos, de conformidad con la Decisión 2013/488/UE. Se elaborarán acuerdos técnicos locales para facilitar esta comunicación.». |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 14 de noviembre de 2016.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
(*) Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con el dictamen de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.
(1) Acción Común 2008/124/PESC del Consejo, de 4 de febrero de 2008, sobre la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo, EULEX KOSOVO (DO L 42 de 16.2.2008, p. 92).
(2) Decisión (PESC) 2016/947 del Consejo, de 14 de junio de 2016, por la que se modifica la Acción Común 2008/124/PESC sobre la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (EULEX KOSOVO) (DO L 157 de 15.6.2016, p. 26).