2.4.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 87/35 |
Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión
( Diario Oficial de la Unión Europea L 343 de 29 de diciembre de 2015 )
En la página 24, en el artículo 39:
donde dice:
«Las solicitudes para obtener el estatuto de exportador registrado podrán presentarse por medios distintos de las técnicas de tratamiento electrónico de datos.»,
debe decir:
«La solicitud del estatuto de exportador autorizado a efectos de la extensión de pruebas del origen preferencial podrá presentarse y la autorización de exportador autorizado podrá expedirse por medios distintos de las técnicas de tratamiento electrónico de datos.».