18.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 332/142


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2396 DEL CONSEJO

de 10 de diciembre de 2015

por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2009/1008/UE por la que se autoriza a la República de Letonia a prorrogar la aplicación de una medida de excepción a lo dispuesto en el artículo 193 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 291, apartado 2,

Vista la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (1), y, en particular, su artículo 395, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante carta registrada en la Comisión el 30 de marzo de 2015, la República de Letonia solicitó a las autoridades tributarias autorización para seguir aplicando una medida de excepción al artículo 193 de la Directiva 2006/112/CE relativas al deudor del impuesto sobre el valor añadido (IVA).

(2)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 395, apartado 2, de la Directiva 2006/112/CE, la Comisión informó a los demás Estados miembros, mediante carta fechada el 18 de mayo de 2015, de la solicitud presentada por Letonia. Por carta de 20 de mayo de 2015, la Comisión notificó a Letonia que disponía de toda la información necesaria para examinar su solicitud.

(3)

La Decisión 2006/42/CE del Consejo (2) autorizó a Letonia a convertir en deudor del IVA al destinatario de las entregas de madera.

(4)

El plazo de aplicación de la medida de excepción fue prorrogado dos veces, mediante las Decisiones de Ejecución 2009/1008/UE (3) y 2013/55/UE (4) del Consejo.

(5)

Las inspecciones y el análisis de la aplicación del mecanismo llevado a cabo por las autoridades tributarias letonas han puesto de manifiesto la eficacia de dicha medida de excepción.

(6)

La Comisión entiende que la situación de hecho y de derecho que justificó la actual aplicación de la medida de excepción sigue existiendo y no ha variado. Por lo tanto, debe autorizarse a Letonia a seguir aplicando dicha medida por un período limitado.

(7)

En caso de que Letonia se plantee la necesidad de solicitar una nueva prórroga de la medida de excepción después de 2018, deberá remitir a la Comisión, no más tarde del 31 de marzo de 2018, la correspondiente solicitud de prórroga acompañada de un informe de evaluación, a fin de que la Comisión tenga suficiente tiempo para estudiar la solicitud.

(8)

La medida de excepción no tendrá incidencia negativa en los recursos propios de la Unión procedentes del IVA.

(9)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución 2009/1008/UE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los artículos 2 y 2 bis de la Decisión de Ejecución 2009/1008/UE se sustituyen por el texto siguiente:

«Artículo 2

La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2018.

Toda solicitud de prórroga de la medida contemplada en la presente Decisión deberá remitirse a la Comisión no más tarde del 31 de marzo de 2018, debiendo ir acompañada de un informe en el que se examine su aplicación.».

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será la República de Letonia.

Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2015.

Por el Consejo

El Presidente

F. BAUSCH


(1)  DO L 347 de 11.12.2006, p. 1.

(2)  La Decisión 2006/42/CE del Consejo, de 24 de enero de 2006, por la que se autoriza a la República de Letonia a aplicar una medida de excepción del artículo 21de la sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios (DO L 25 de 28.1.2006, p. 31).

(3)  Decisión de Ejecución 2009/1008/UE del Consejo, de 7 de diciembre de 2009, por la que se autoriza a la República de Letonia a prorrogar la aplicación de una medida de excepción a lo dispuesto en el artículo 193 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347 de 24.12.2009, p. 30).

(4)  Decisión de Ejecución 2013/55/UE del Consejo, de 22 de enero de 2013, que modifica la Decisión de Ejecución 2009/1008/UE por la que se autoriza a la República de Letonia a prorrogar la aplicación de una medida de excepción a lo dispuesto en el artículo 193 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 22 de 25.1.2013, p. 16).